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PROYECTO DE PROYECTO TÉRMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA CONVOCATORIA No

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PROYECTO DE

PROYECTO TÉRMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA 017-2007

Código: GJU-FR-00 REV.1

CONVOCATORIA No. 017-2007

PROYECTO DE TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN, INDEXACIÓN, PREPARACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FOLIACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL ÁREA DE TESORERÍA

La Industria Licorera de Caldas pone en consideración de los interesados por el término de cinco (5) días calendario, a partir del 4 de mayo y hasta el 8 de mayo de 2007 el proyecto de términos de referencia para selección del contratista que prestará el servicio de digitalización. indexación, preparación, organización y folización de los documentos del Área de Tesorería con el propósito de que se formulen observaciones a su contenido dentro del término de publicación, las cuales deben realizarse a través de nuestro e mail: ilcjuridica@licoreradecaldas.com.co o mediante escrito dirigido a la Subgerencia General Administrativa y/o a la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas.

El día 9 de mayo de 2007 se pretende tener resueltas las observaciones presentadas, con el fin de tener confeccionado en esta misma fecha los términos de referencia definitivos.

Se tiene previsto un cronograma inicial, el cual podrá ser variado de acuerdo con las necesidades de la Industria Licorera de Caldas.

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1. OBJETO.

La Industria Licorera de Caldas, requiere contratar el servicio de digitalización, IDEXACIÓN, preparación, organización y foliación de los documentos del área de Tesorería, EL CONTRATISTA que preste el servicio solicitado debe contar como mínimo con:

- Escaner de alta resolución - Equipos de computo

- Suministrar todos los implementos de oficina requeridos (sacaganchos, cosedoras, lápices, lapiceros, ganchos, papel, carpetas, cinta, pegantes entre otros)

- Contar con toda la tecnología y el personal necesario para el desarrollo del objeto de la convocatoria.

- Mano de obra calificada y capacitada para desarrollar las diferentes labores del objeto contratado - Debe apoyarse en toda la legislación que existe en materia de digitalización de archivos contables y de tesorería

- Debe tener en cuenta la Ley 962 de 2005 articulo 28 donde se hace referencia a las diligencias que se deben adelantar en la Cámara de Comercio para realizar la eliminación documental de los archivos contables.

- Debe hacer un inventario en excel de todos y cada uno de los documentos escaneados donde indique :Nombre del Tomo digitalizado, Fechas extremas, Números de los boletines y estado ( Eliminación de documento físico y copia digitalizada - Original Físico y Copia Digitalizada)

El oferente seleccionado ejecutará la totalidad del objeto de la Convocatoria dentro de la instalaciones de la Industria Licorera de Caldas.

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Las especificaciones técnicas del objeto del contrato se hacen constar a continuación:

CÓDIGO CUBS DESCRIPCIÓN SERVICIO 2.32.2.1. Servicio de Digitalización 2.1. INFORMACIÓN TÉCNICA ADICIONAL:

El oferente seleccionado se obliga además de las obligaciones previstas en la Ley 80 de 1993 a las inherentes a la naturaleza de la presente convocatoria, a las derivadas de las disposiciones legales vigentes que regulan su actividad, a las siguientes:

2.1. FOLIADO: Para foliar las unidades documentales objeto del contrato, se debe respetar el orden del estado natural de los documentos, de acuerdo al orden en que aparecen en el mismo. Esta indicación se realiza en el ángulo superior derecho, procedimiento que se realizará antes de desempastar los libros, con el fin de asegurar el orden original de los documentos y evitar pérdidas posteriores de los documentos

Durante este proceso se verificara el consecutivo de los comprobantes de pago, dejando constancia por escrito en el caso de faltar alguno de ellos o de existir alguna anomalía en los expedientes

2.2. DESEMPASTAR: El proceso de desempatar consiste en guillotinar los tomos, para facilitar el proceso de escaneo. Cuando los folios queden sueltos se deberán ordenar en la misma dirección

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vertical.

2.3. ESCANEO : La imagen debe cumplir unas ciertas características. Fundamentalmente debe tener una gran resolución, unos 300 ppp para textos con tipos de letra claros o 600 ppp si se trata de tipos de letra pequeños u originales de poca calidad como periódicos. Bastará con blanco y negro (1 bit de color), las fotografías a lo sumo una escala de 256 grises (8 bits)

2.4. ORDENACION: Los documentos se entregaran a la Industria Licorera de Caldas en el mismo orden y estado (empastado) en que se recibieron, los libros desempastados de mas de 10 años de antigüedad, se podrán organizar en sus respectivas pastas sin pegar, bastara con ajustarlos con cinta o gancho, ya que estos se presentaran al comité de archivo de la ILC. para su eliminación. 2.5. ACTA ELIMINACION DE DOCUMENTOS: De acuerdo a las leyes y normas se deberá presentar a la Cámara de Comercio las respectivas actas y los inventarios de los documentos a eliminar aprobadas por el comité de archivo de la Industria Licorera de Caldas para su legalidad . El tramite estará a cargo del contratista.

2.6. SUBIR TODA LA INFORMACIÓN DIGITALIZADA AL SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL SGD DE LA LICORERA ATENDIENDO LOS SIGUIENTES REQUERIMIENTOS:

La información de carpetas y documentos se sube al sistema SGD, por medio del módulo ImportSGD, para lo cual es necesario un archivo Inventario en Excel y una estructura de los archivos digitalizados.

Archivo Inventario Excel: Este archivo es utilizado para llenar la información de cada una de las unidades documentales. Este debe constar de los siguientes campos:

Nombre Campo Tipo Campo Longitud Máxima en

caracteres Formato

Nombre Alfanumérico 100

Serie Documental Alfanumérico 100

Número Empastado Numérico 6

Periodo (Año) Numérico 4

Fecha Inicial Numérico 8 ddmmyyyy

Fecha Final Numérico 8 ddmmyyyy

Soporte Alfanumérico 1 [C] Carpeta

[E] Empastado [F] Folder [A] A-Z

Folios Numérico 4

Estructura de Archivos: El sistema utiliza esta estructura para crear de forma análoga las carpetas y documentos en el SGD.

Se debe crear una carpeta en Windows por cada unidad documental (Tomo, libro o empastado) Dentro de cada carpeta deben estar los documentos que componen esa unidad documental. El nombre de cada documento debe ser el número del consecutivo y debe estar en formato tif. (Multipage)

Ej: En este caso se tiene una carpeta con el número 523 y dentro existen dos documentos consecutivos, con extensión tif.

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|---à 2540.tif |---à 2541.tif

Apareo: El sistema aparea el campo Numero del archivo excel con el nombre de la carpeta en la estructura de archivos y esta información la reproduce en el SGD.

Después de subir al sistema la información aparece en el archivo central del SGD de la siguiente manera:

Carpeta Periodo Fecha_inicio Fecha_Final Folios Soporte Boletin Diario 123 Abril 2006 03/Abril/2006 05/Abril/2006 467 Empastado

3. PRESUPUESTO OFICIAL APROXIMADO: La Industria Licorera de Caldas cuenta con presupuesto oficial aproximado la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS ($52.282.447) incluido el IVA.

El valor por cada folio ofertado no debe superar la suma de $90 sin incluir IVA, quien supere este valor será eliminado y no será tenida en cuenta su propuesta.

EL PRESUPUESTO OFICIAL INCLUYE:

- Costos relacionados con el (los) elementos a comprar o el servicio a prestar tales como:

COSTO RESPUESTA SI/NO/CUALES)

Costos de Personal Aplica

Herramientas, Equpos y Materiales Aplica

Fletes Aplica

Costos de desplazamiento, Alojamiento y Manutención de Personal Aplica Administración, Imprevistos y Utilidad (AIU) No aplica

Costos de Importación y Nacionalización No aplica

IVA Aplica

Retención en la Fuente Aplica

Otros costos, Cuáles?

3.1. El oferente deberá tener en cuenta las características exigidas en las especificaciones técnicas descritas en los presentes términos de referencia.

3.2. Costos legales: El oferente que resulte favorecido con la adjudicación del contrato debe tener en cuenta en el presente valor las obligaciones legales impositivas a su cargo a cargo que implique la legalización del contrato tales como: Estampilla pro-universidad y pro-desarrollo (2.5%), pólizas y gastos de publicación en los casos que se requiera.

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4.1. REQUISITOS LEGALES DE PARTICIPACIÓN.

4.1.1. REGISTRO MERCANTIL, EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL:

Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que estén debidamente inscritas en la Cámara de Comercio de Colombia o su equivalente en el exterior de conformidad con la ley respectiva, cuya actividad mercantil u objeto comercial se refiera la prestación de servicios de digitalización. indexación, preparación, organización y folización de los documentos

Los proponentes deberán acreditar su inscripción en el registro mercantil, o su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la autoridad competente de su domicilio principal, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días con respecto a la fecha de presentación de la propuesta; La duración de la sociedad para efectos de la contratación, debe ser al menos igual al plazo de ejecución del contrato y un año más.

Si el representante legal de la persona jurídica necesita autorización de la Junta Directiva tanto para presentar la oferta como para celebrar el contrato, sus adiciones y/o modificaciones, acompañará dicho documento con la fijación de las cuantías.

4.1.2. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:

- No podrán participar en la presente contratación directa las personas que se encuentren incursas en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución Política, en el artículo 8 de la ley 80 de 1993 o en alguno de los eventos de prohibiciones especiales para poder contratar.

- El proponente presentará una manifestación escrita donde conste que el representante legal y la persona jurídica que representa no se haya incurso en ninguna causal de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado

-Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviniere durante el trámite del proceso de selección, se entiende que el proponente afectado renuncia a la participación en dicho proceso y a los derechos surgidos o que puedan surgir del mismo.

4.1.3. REGISTRO DE PRECIOS DE REFERENCIA SICE (LEY 598 DE 2000, DECRETO REGLAMENTARIO 3512 DE 2003)

Si de conformidad a lo previsto en las condiciones específicas de esta Convocatoria, el contrato a celebrar es referido a bienes de uso común o de uso en contratos de obra, para que su propuesta sea aceptada, el proponente (proveedor) debe tener registrados los precios de referencia de los bienes y/o servicios que ofrece, en el Registro Único de Precios de Referencia (RUPR), bajo las condiciones establecidas en el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE)

Para acreditar el cumplimiento de este requisito, el proponente (proveedor) debe referenciar en su propuesta de manera clara y precisa el número de certificado de registro de cada bien y o servicio ofrecido, generado por el portal del SICE. La ausencia de esta información en la oferta, en relación con uno o varios de los bienes o servicios ofrecidos será subsanable, solo en el caso de que estando inscritos los bienes, haya olvidado enviar la documentación.

La ILC verificará dicho registro mediante la respectiva consulta en el portal del SICE.

Si uno o varios de los bienes ofrecidos por el proponente no se encuentran registrados en el SICE, debiendo cumplir con dicho requisito por existir en el ITEM correspondiente en el CUBS ,

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la propuesta será ELIMINADA. Es decir, el hecho que el proveedor se inscriba en el sistema SICE con fecha posterior al cierre de este proceso no evitará que la propuesta sea ELIMINADA. En caso que la propuesta se presentare en Consorcio o Unión temporal, en la misma se debe referenciar el (los) número (s) de certificado (s) de registro(s) correspondiente (s) al (los) integrante (s) que haya (n) realizado el registro de precios.

Aplica SI ( ) NO ( X)

De conformidad con el artículo 18 del decreto 3512 de 2003 que reglamenta las excepciones a las obligaciones SICE, al presente proceso se le aplica la excepción referente a la adquisición de servicios de obra pública que no estén codificados en el CUBS.

Como se trata de un proceso contractual que involucra SERVICIO y el código del servicio no se encuentra codificado hasta el nivel de ITEM (), este proceso se encuentra exento temporalmente de las obligaciones SICE. (Preguntas más frecuentes resueltas por el comité SICE).

4.1.4. PAGOS DE APORTES PARAFISCALES:

Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, con sucursal legalmente constituida en el país, deberán presentar con su oferta el certificado o constancia de pago de los aportes parafiscales (Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Aporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Aporte al Servicio Nacional de Aprendizaje Sena), cuando a ello hubiere lugar, y de las cotizaciones al Régimen de Seguridad Social en Salud, Pensiones y Riesgos Profesionales.

La certificación o constancia de pagos de aportes a los mencionados sistemas, cuando se trate de personas jurídicas deberá ser expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley o en su defecto, por el Representante Legal.

Todo esto en cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002, que prescribe que el proponente deberá encontrarse a paz y salvo por concepto de parafiscales de sus empleados en Colombia a la fecha de iniciación del plazo para la presentación de propuestas.

4.1.5. EMBARGOS- CONCORDATOS:

Los proponentes no podrán tener embargos judiciales , ni haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores o concordatos. En caso de personas jurídicas tal circunstancia se verificará en el contenido de su certificado de existencia y representación. En el caso de personas naturales el proponente deberá dejar constancia expresa de no tener embargos, ni de haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores, ni concordatos.

4.1.6. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:

El proponente deberá adjuntar a la propuesta una garantía de seriedad de la misma expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, por un valor mínimo equivalente al 10% del valor de la propuesta, vigente mínimo por el término de 60 días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo previsto para su presentación.

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4.1.7. PARA EXTRANJERAS:

- La persona jurídica extranjera aunque tenga establecida sucursal en Colombia deberá acreditar además de la existencia y representación de la sucursal en Colombia, la existencia y representación de la principal expedida en el país de origen.

- Las personas extranjeras que no tengan domicilio en el país deben acreditar su existencia y representación con certificado expedido por la entidad competente en su país de origen. - Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia , deberán constituir apoderado debidamente facultado para presentar la propuesta, firmar el contrato y las adiciones que sean necesarias , al igual para que lo represente judicial y extrajudicialmente.

- Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deban constituir apoderado deberán protocolizar en la Notaría del respectivo circulo del domicilio del apoderado, prueba idónea de la existencia y representación de la persona que designa el apoderado y del correspondiente poder; un extracto de los documentos protocolizados se inscribirá en la Cámara de Comercio del lugar, si se tratare de una sociedad, y en los demás casos en el Ministerio de Justicia ( Art 48 CPC).

- El oferente extranjero que presente documentos públicos otorgados en el exterior en uno de los estados que hagan parte de la convención suscrita en la Haya el 5 de Octubre de 1961 la cual entró en vigor en Colombia a partir del 30 de enero de 2001, deberán apostillarse en el país en el cual fue expedido. Se citan como ejemplo de estados que adhirieron a esta convención los siguientes: Alemania, Argentina, Austria, Australia, Bélgica, China, Colombia, España, Estados Unidos de América, Francia, Grecia, Italia, Japón, México, Noruega, Panamá; Portugal, Reino Unido, Suecia, Turquía, Venezuela etc.

- En caso de presentación de documentos otorgados en el exterior en uno de los estados que no hagan parte de la Convención de La Haya, el oferente deberá proceder a autenticarlos en el país de origen y la firma del funcionario que realice esta diligencia, será autenticada por el Cónsul Colombiano, o a falta de este, por el de una Nación amiga sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el Régimen de Poderes; la firma del Agente Consular de la República se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y si se trata de Agente Consular de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo. Igualmente, los documentos extendidos en idioma distinto al castellano deben tener su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por un intérprete o traductor oficial debidamente autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Artículo 480 del Código de Comercio y 259, 260 del Código de Procedimiento Civil).

-En el caso de los documentos extendidos en idioma distinto al castellano en país que pertenezca a la Convención, deberá anexar la traducción efectuada por intérprete oficial y la correspondiente apostilla.

- En caso de consorcios u uniones temporales integrado totalmente por oferentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, cada uno de los integrantes extranjeros deberá constituir apoderado en Colombia.

4.1.8. PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES:

Se admite presentación de propuestas conjuntas en Consorcios o Uniones Temporales. Los integrantes de la propuesta conjunta presentarán documento de conformación indicando si su participación es a título de consorcio o unión temporal, el cual debe contener sus integrantes , la persona que va a representar el consorcio o la unión y las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, indicando expresamente sus facultades.

Una vez constituido el Consorcio o la Unión Temporal , sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el mismo, ni modificar sus integrantes o su participación en aquel,

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salvo en el evento que LA LICORERA lo autorice previamente y por escrito en los casos que legalmente este permitido.

En el caso de las uniones temporales señalarán las condiciones, términos y extensión de la participación de cada integrante en la propuesta y en su ejecución.

Los consorcios o uniones temporales podrán estar conformados hasta por dos (2) personas cada uno de sus integrantes debe acreditar por lo menos el 50% de la experiencia. En ningún caso se aceptará un porcentaje menor al requerido, aunque el otro integrante del consorcio o de la unión temporal acredite mas del porcentaje que se le requirió.

Cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar:

La inscripción en el registro mercantil SI (X) NO ( )

La existencia y representación SI (X) NO ( )

La experiencia en el porcentaje solicitado SI (X) NO ( )

El pago de aportes parafiscales SI (X) NO ( )

No tener embargos judiciales SI (X) NO ( )

No haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores y concordatos SI (X) NO ( ) El apoderado en Colombia si el proponente es extranjero sin domicilio o

sucursal en Colombia SI (X) NO ( )

OTROS: SI ( ) NO ( ). Cuales:

4.2. REQUISITOS TECNICOS DE PARTICIPACION 4.2.1. Experiencia del proponente

APLICA SI(X) NO( )

La experiencia mínima requerida para participar en este proceso de selección corresponde a un mínimo de dos (2) contratos celebrados con clientes con objeto similares a los del presente proceso, ejecutados por el proponente dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de vencimiento del plazo de presentación

La ejecución de contratos por parte del proponente, deberá acreditarse aportando los documentos soporte idóneos para verificar su celebración. Serán aceptadas certificaciones expedidas por el cliente contratante (En plantilla , ver Anexo No 2), y/o copias de los contratos u órdenes de compras suscritas con dichas entidades. Caso en el cual, las copias de los contratos u órdenes de compra deberán estar acompañadas de las certificaciones de ejecución del contrato firmadas por el representante legal o funcionario competente, en donde conste el cumplimiento del contrato y valor ejecutado hasta la fecha de expedición de la misma , en cuyo caso se tendrá en cuenta solo el valor ejecutado certificado para la calificación técnica de la propuesta.

4.2.2. Calidad del servicio APLICA SI(X ) NO( )

El proponente deberá presentar como mínimo dos (2) certificados del servicio cuya calificación del servicio prestado por la Empresa proponente sea excelente o bueno, según formato que se anexa a los presentes pliegos de condiciones (Ver anexo No 3)

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5.1. OFERENTES Y PREPARACIÓN DE LA OFERTA

La propuesta debe formularse directamente por el oferente si es persona natural, o por el representante legal de la persona jurídica o por una persona debidamente autorizada para tal efecto.

Si el representante legal necesita autorización de la Junta Directiva, acompañará dicho documento con fijación de las cuantías, tanto para presentar la oferta como para celebrar el contrato.

La oferta debe incluir toda la información solicitada en los términos de referencia.

Cualquier otra información que el oferente quiera presentar, se adjuntará mediante anexos a la correspondiente oferta.

5.2 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Cada oferta debe ser entregada así:

5.2.1 Un sobre marcado ORIGINAL que contenga el original completo de la oferta y los anexos en ella relacionados. Este sobre será abierto en la fecha límite de presentación de la oferta a la hora fijada.

5.2.2 Un sobre marcado COPIA que contenga copia de toda la información y documentos suministrados en el original de la propuesta y sus anexos.

Si se encuentra alguna discrepancia entre el original de la oferta y la copia, prevalecerá el texto original.

5.2.3 Cada sobre debe estar sellado y rotulado de la siguiente manera:

- Oferta para digitalización. indexación, preparación, organización y folización de los documentos del Área de Tesorería de la Industria Licorera de Caldas

- Convocatoria No. 017-2007 - Nombre del oferente

- Identificación del contenido del sobre, según lo antes indicado (original, copia).

5.2.4 La oferta, tanto su original como las copias deberán presentarse totalmente foliadas, encuadernada y traer índice de paginado que corresponda a la numeración foliar.

5.2.5 La oferta debe indicar el nombre completo y el domicilio comercial del oferente y debe ser refrendada por éste con su firma, o la del representante legal.

6. CONTENIDO DE LAS OFERTAS.

La oferta debe ser elaborada teniendo en cuenta las condiciones exigidas en estos términos de referencia, adjuntando la información y documentos solicitados:

6.1.Carta de presentación.

Carta de presentación de la oferta, de acuerdo con el modelo adjunto, ver Anexo 1 firmada por el representante legal, o por el representante del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido, quien debe estar facultado para participar en la presente

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invitación y suscribir el contrato que se derive de ella. En el último evento debe anexar el poder correspondiente.

En la carta de presentación en la que incluya en forma clara y expresa la manifestación del oferente de no encontrarse en las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución Política, la Ley 80 de 1.993, en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 y en las demás disposiciones legales concordantes. Anexo No. 1

La carta de presentación debe indicar claramente el valor de la propuesta, en letras y en números, la cual deberá expresarse como una cifra única. En caso de presentarse diferencias entre el valor en letras y el valor en números, prevalecerá el valor en letras.

6.2.Constancia o copia del recibo de pago de los términos de referencia o inscripción. El proponente anexará copia del recibo de pago del valor de los términos de referencia o inscripción, el cual debe estar a su nombre.

6.3. Recibo de pago de estampillas pro-desarrollo y pro-universidad.

6.4. Registro mercantil o certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio con una antigüedad no mayor de sesenta (60) días de la fecha de la presentación de la oferta, de acuerdo con las especificaciones relacionadas en el numeral 4.1.1. de los presentes términos de referencia.

6.5. Autorización de la Junta o Consejo Directivo para el representante legal de la persona jurídica para presentación de oferta y firma del contrato, cuando sea necesario. En caso de que la autorización sea permanente deberá estar debidamente registrada como reforma estatutaria en la respectiva Cámara de Comercio

6.6. Oferta Técnica, de acuerdo a las condiciones técnicas exigidas en el numeral 2 de los presentes términos de referencia.

6.7. Oferta económica que debe contener las siguientes especificaciones:

Precios: Deberá indicarse el valor unitario por cada folio, discriminando, en dicho precio se entiende incluidos todos los costos relacionados en el numeral denominado PRESUPUESTO OFICIAL APROXIMADO de los presentes términos de referencia.

Debe indicarse el correspondiente IVA. En caso de no indicarse el valor del impuesto a las ventas, la Industria Licorera de Caldas lo entenderá incluido en el precio unitario

Especificar descuentos (si los hay) y forma de pago.

Para la valoración de la oferta el proponente deberá tener en cuenta los costos de legalización del contrato contemplados en el numeral 13 de los presentes términos de referencia.

Para la forma de pago, el oferente deberá tener en cuenta que la Industria Licorera de Caldas, cancelará los productos entregados y debidamente facturados con giro directo o cheques de la empresa, por lo menos 30 días después de fecha factura.

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En caso de no especificarse la forma de pago o de hacerse constar un término inferior, se tendrá en cuenta, para la elaboración del contrato, lo señalado en los presentes términos de referencia.

6.8. Póliza de garantía de seriedad de la oferta, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con sucursal en la ciudad de Manizales, hasta por el diez por ciento (10%) del valor total de la oferta. La vigencia de la Póliza de seriedad será de 60 días calendario, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta.

La póliza debe venir debidamente firmada por el representante legal del oferente. 6.9. Constancia de pago de la póliza de seriedad.

6.10. Un mínimo de dos (2) contratos celebrados con clientes con objeto similar a los de la presente convocatoria, ejecutados por el proponente dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de propuestas, de acuerdo con lo solicitado en el numeral 4.2.1. de los presentes términos de referencia.

El proponente deberá diligenciar el Anexo No 2, de la presente convocatoria. Al cual deberá adjuntar los soportes correspondientes, tales como: Certificaciones expedidas por el cliente contratante y/o copias de los contratos, u órdenes de compras, y/o facturas de venta suscritas con dichas entidades, caso en el cual, las copias de los contratos, u órdenes de compra o facturas de venta deberán estar acompañadas de las certificaciones de ejecución del contrato, firmadas por el representante legal o funcionario competente, en donde conste el valor y cumplimiento del contrato, con calificación de Malo, Regular, Bueno o Excelente.

Solo se tendrán en cuenta las certificaciones en que se incluya la calificación del cumplimiento como buena o excelente.

6.11. Las personas naturales o jurídicas extranjeras, aportarán la documentación con la que se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Artículo 22.4 de la Ley 80 de 1993, , concordante con el numeral 4.1.7. de los presentes términos de referencia.

6.12. En caso de ser persona jurídica deberá anexar certificación expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal de la Sociedad, en la que se acredite el pago de los aportes a sus empleados por concepto la Seguridad Social, Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Sena (Dando así cumplimiento a lo señalado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002).

6.13. Declaración de la persona natural oferente de no encontrarse en embargos, cesión de pagos, concordatos o concurso de acreedores. En el caso de personas jurídicas oferentes este aspecto se verificará en el contenido del certificado de existencia y representación.

6.14. Fotocopia del Registro Único Tributario.

6.16. Documento de Constitución de Consorcio o Unión Temporal.

7. PROCESO DE ANÁLISIS DE OFERTAS Y ESCOGENCIA DEL CONTRATISTA.

Se realizará una evaluación jurídica, técnica y financiera de las ofertas, la cual se realizará por una comisión delegada por

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fin de definir cuales propuestas son legalmente válidas teniendo en cuenta lo exigido en los estudios previos.

9.2 EVALUACION TECNICA: Consistirá en el análisis de las ofertas para determinar si las propuestas cumplen con las condiciones técnicas exigidas en los presentes estudios previos. La comisión deberá además determinar si las propuestas evaluadas cumplen con las condiciones exigidas y con los requisitos técnicos de participación exigidos.

La propuesta que no cumpla con la totalidad de las especificaciones o condiciones técnicas, la experiencia exigida será eliminada.

9.3 EVALUACION FINANCIERA: El objeto de esta evaluación es identificar la oferta económicamente más conveniente y favorable para la ILC.

METODOLOGÍA PARA CALIFICACION TÉCNICO FINANCIERA:

Se asigna una puntaje a la calificación Técnica y Financiera cuya suma será de 100 puntos. PUNTOS TÉCNICOS- EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: Puntaje Máximo de 50 Puntos Para evaluar la experiencia de los proponentes se establecerá una tabla donde se asignan posiciones de acuerdo con los valores de los contratos certificados así:

Primera Posición: Para el proponente que certifique la experiencia en la forma requerida en el numeral de 4.2.1.el valor más alto que resulte de la sumatoria de los contratos certificados se le asignará el primer puesto. El segundo puesto lo obtendrá el oferente cuyo valor de la sumatoria de los contratos sea inmediatamente inferior y así sucesivamente se establecerá el orden de las demás posiciones.

Una vez se determine la posición de cada proponente, se establecerá el número de puntos obtenido por cada uno de ellos, de acuerdo con la siguiente tabla en donde el mayor puntaje corresponde a 50 puntos. Posición Puntaje 1 (50) Puntos 2 (40) Puntos 3 (30) Puntos 4 (20) Puntos 5 (10) Puntos

Nota: Los proponentes que ocupen de la sexta posición en adelante no obtendrán puntaje. PUNTOS FINANCIEROS: PRECIO: Puntaje máximo de 50 Puntos

Evaluación Financiera: La evaluación financiera se realiza con base en el valor total de las ofertas después de descuentos en precio sin tener en cuenta descuentos financieros o condicionados:

Hay que tener en cuenta que los precios o valores totales siempre se tendrán en cuenta incluyendo el IVA.

Donde:

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P1: Valor de la oferta evaluable mas baja Px: Valor de la oferta que se esta ponderando

La aplicación de esta fórmula tiene como resultado que al mayor puntaje financiero se le asigna a la Propuesta con Menor Valor Total.

7.6. CAMBIOS DE LA OFERTA.

Una vez entregadas las ofertas no podrán retirarse, adicionarse, modificarse o reemplazarse. A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las propuestas, la Industria Licorera de Caldas podrá solicitar por escrito las aclaraciones que no afecten el principio de igualdad entre los oferentes.

La Industria Licorera de Caldas se reservará el derecho de interpretar libremente cualquier incongruencia contenida en las ofertas.

7.7. CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE LAS OFERTAS

La Industria Licorera de Caldas eliminará la oferta en la que encuentre uno de los siguientes casos:

7.7.1. El oferente no cumpla con todos los requisitos técnicos exigidos en los presentes términos de referencia.

7.7.2. Cuando el oferente no tenga la capacidad legal para contratar o se encuentre inhabilitado o exista alguna incompatibilidad para contratar con la Industria Licorera de Caldas.

7.7.3. Cuando se hubiere presentado la propuesta después de la fecha y hora exactas establecidas para el cierre de la convocatoria.

7.7.4. Cuando no se aporte dentro del plazo requerido los documentos que la Industria Licorera de Caldas solicite con la finalidad de aclarar su propuesta.

7.7.5. Cuando existan dos o más ofertas hechas por el mismo proponente bajo el mismo nombre o nombres.

7.7.6. Cuando la propuesta que por su presentación o redacción resulte condicionada, confusa, indefinida, ambigua o induzca al error, siempre que impida la comparación objetiva de las propuestas.

7.7.7. Cuando no se presente la garantía de seriedad de la oferta. 7.7.8. Cuando no se presente la oferta económica

7.7.9. Cuando se adjunten a la propuesta documentos, requisitos o datos indispensables para la comparación de las oferta

7.7.10. Cuando la propuesta supere el presupuesto oficial fijado para cada folio.

7.7.11. Cuando tratándose de persona jurídica, ésta no reúna los requisitos señalados en estos términos de referencia o su representante legal no tenga autorización suficiente para presentar la propuesta y firmar del respectivo contrato.

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7.7.12. Cuando el oferente no cumpla con los siguientes requisitos de participación:

• Constancia de inscripción en el registro mercantil en la actividad solicitada, en caso de persona natural comerciante.

• Certificado de existencia y representación de las sociedades o personas jurídicas oferentes con objeto social referido al solicitado.

• Experiencia solicitada en los presentes términos de referencia.

• El proponente no se encuentre al día con los pagos de aportes al Sistema de Seguridad Social de los trabajadores a su cargo (Salud, Pensiones, ARP) al igual que en el pago de aportes parafiscales de conformidad con lo establecido por el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

• El proponente se encuentre reportado en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República.

7.8. SELECCIÓN DE LA MEJOR OFERTA

Una vez realizados los procedimientos y pasos descritos anteriormente, la comisión Técnico-Financiera suscribirá acta estableciendo un orden de elegibilidad definitivo.

7.9. REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA COMPARACIÓN DE OFERTAS.

Para la comparación de ofertas será indispensable el diligenciamiento y la presentación de los siguientes documentos:

7.9.1. El Certificado de experiencia definido en el numeral de los presentes términos de referencia.

7.9.2. La Oferta económica donde se indique el valor de la digitalización de cada folio, en los términos del numeral 2 de los presentes términos de referencia.

7.10. ASPECTOS SUBSANABLES Son aspectos subsanables los siguientes:

7.10.1. La ausencia de la carta de presentación de la propuesta o la omisión de la firma en ella. 7.10.2. La presentación del registro mercantil o del certificado de existencia y representación con fecha de expedición superior a la solicitada.

7.10.3. Los defectos en la garantía de seriedad de la propuesta.

7.10.4. La ausencia de la documentación soporte que acredite que el proponente esta en situación de cumplimiento por concepto de pago de Aportes Parafiscales.

7.10.5. La ausencia de la constancia de persona natural oferente de no tener embargos, ni de haber incurrido en cesación de pagos, concurso de acreedores, ni concordatos.

7.10.6. El documento de constitución de consorcio o de unión temporal. 7.10.7. La falta de apostilla en un documento que lo requiera.

7.10.8. La presentación de documentos en idioma distinto del castellano. 7.10.9. Documento en el que conste la garantía de calidad.

7.10.10.Presentación del RUT.

7.10.11. Ausencia de declaración de no encontrarse en causal de inhabilidad. 7.10.12. Recibo de pago de la garantía de seriedad.

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7.11. CRITERIOS DE DESEMPATE

En el caso de existir empate en el orden de elegibilidad presentado por las comisiones técnico-financiera, se procederá a seleccionar la propuesta que presente mayor numero de certificados de experiencia y si a la totalidad de las ofertas no se puede aplicar el criterio enunciado, el desempate se hará por sorteo, asignando un número a cada proponente, depositándose en un sobre o bolsa dichos números escritos y al azar, se sacará el primer número. Al oferente que le corresponda dicho número será el seleccionado para la adjudicación del contrato. Al sorteo podrán asistir los oferentes o sus delegados.

8. PUBLICIDAD DE LAS EVALUACIONES

Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la Oficina de Asesora Jurídica por el término de tres (3) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes, sin que sea procedente completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta, de acuerdo con el numeral 8 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993.

Del término de publicidad no se enviará comunicación a los participantes, si se cumple dentro del cronograma previsto en anexo de los presentes términos de referencia, a menos que varíen los términos establecidos para las evaluaciones jurídica y técnico financiera.

9. ADJUDICACIÓN

Se efectuará mediante acto administrativo, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes contados a partir de la fecha límite para la presentación de la oferta.

No se efectuarán adjudicaciones parciales

La adjudicación corresponde al Representante Legal de la entidad o a su delegado, de conformidad a los Artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993.

10. PROCEDIMIENTO EN CASO DE NO ADJUDICARSE EL CONTRATO

En caso de no ser posible efectuarse escogencia objetiva de EL CONTRATISTA, la Industria Licorera de Caldas hará esta declaración mediante acto administrativo motivado, en el mismo se ordenará continuar con el procedimiento de selección a partir del paso 9 del Manual de Contratación desde el 10% y hasta el tope de la menor cuantía GJU-DE-003.

Contra el acto administrativo que no adjudica el proceso procederá el recurso de reposición. 11. PROCEDIMIENTO DE LA CONVOCATORIA

11.1. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA

Normas de Contratación Pública a saber: Ley 80 de 1993, decretos reglamentarios y demás normas concordantes, Artículo 68 del Acuerdo 034 del 14 de agosto de 2006 (Estatutos Internos). Manual de Contratación Interno GJU-DE-003.

El contrato resultante de este proceso de selección, estará sometido a la Ley Colombiana, y, en especial se regirá por las disposiciones pertinentes a la Ley 80 de 1993, además de las normas del Código de Comercio y Código Civil en lo que éstas fueren aplicables.

11.2. PLAN DE COMPRAS

Según lo verificó la Jefe Oficina de Área de Compras y Contratación la presente contratación se incluye en el Plan de Compras inscrito ante el SICE CÓDIGO CUBS

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AREA DESCRIPCIÓN PRESUPUESTO Archivo y Correspondencia Servicio de digitalización de documentos 60.000.000 11.3. VALOR DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Y FECHA DE INSCRIPCIÓN.

La inscripción tiene un valor no reembolsable de CINCUENTA MIL PESOS ($50.000), el cual deberá ser consignado por el interesado en la cuenta corriente del Banco de Colombia número 7055 000161-4 a favor de la Industria Licorera de Caldas, desde el 9 de mayo de 2007 a partir de las 8:00 am hasta el día 16 de mayo de 2007 a las 14:00 horas.

Previamente a la inscripción, los interesados deberán consignar el valor de la estampilla pro-desarrollo y la estampilla pro-universidad ante la Tesorería del Departamento de Caldas. (El valor de estas estampillas se liquida sobre el valor de los términos de referencia).

Los comprobantes de pago de las estampillas deberán ser presentados en la Oficina Asesora Jurídica con el recibo expedido por la Coordinación del Área Tesorería de la Industria Licorera de Caldas, en el cual conste el pago de dicha inscripción.

No se aceptarán comprobantes de consignación expedidos a favor de una persona diferente a la que se inscriba como Proponente.

Cuando se presenten propuestas por un Consorcio o Unión Temporal bastará que el recibo de pago se haya expedido a nombre de uno de los integrantes.

11.4. ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA

Los interesados que se hayan inscritos para participar en la presente convocatoria, podrán formular consultas con respecto al contenido de los Términos de Referencia hasta dos (2) días hábiles antes de la fecha de cierre o fecha límite para presentación de ofertas. Estas consultas se formularán por correo electrónico a la siguiente dirección:

ilcjuridica@licoreradecaldas.com.co o a través del fax número 8782219, 8782212.

Las aclaraciones o modificaciones que haga la Industria Licorera de Caldas serán realizadas mediante acta, addendas y/o comunicados, las cuales serán publicadas en la página Web y remitidas a cada uno de los interesados que se hubieren inscrito.

11.5. FECHA LIMITE DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS:

Las propuestas deberán ser entregadas en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, edificio administrativo, segundo piso, edificio administrativo, segundo piso, ubicada en la Zona Industrial Juanchito de Manizales, hasta el día 17 del mes de mayo de 2007 a las catorce horas (14:00) horas. Las horas expresadas se entienden como horas en punto. Ninguna propuesta que llegue por fuera del plazo y hora será recibida. No se aceptarán propuestas enviadas por correo, ni por fax, ni se admitirán documentos remitidos por estas vías, ni serán recibidas las propuestas entregadas en lugar diferente al expresamente señalado. La Industria Licorera de Caldas consultará para el efecto la hora legal colombiana que indique la Superintendencia de Industria y Comercio (numeral 5 del artículo 20 del decreto 2153 de 1992), la cual está a disposición de los usuarios en la página de internet www.sic.gov.co. La Industria Licorera de Caldas dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas en que se presentan las ofertas, indicando de manera clara y precisa el nombre y razón social del

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proponente y el de la persona que en nombre de éste haya efectuado materialmente el acto de presentación.

Para efectos de las inhabilidades de los ordinales g) y h) del artículo 8 de la ley 80 de 1993, en caso de presentación simultánea de propuestas, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya retirado los Términos de Referencia. Se levantará acta en la que se relacionen las ofertas presentadas con los datos generales respectivos.

12. CONDICIONES INHERENTES AL CONTRATO 12.1. OBJETO.

El Contratista se obliga a prestar el servicio de digitalización, indexación, preparación, organización y foliación de los documentos del área de Tesorería, el contratista que preste el servicio solicitado debe contar como mínimo con el siguiente equipo:

1 Escaner de alta resolución 1 Equipo de computo

Suministrar todos los implementos de oficina requeridos (sacaganchos, cosedoras, lápices, lapiceros, ganchos, papel, carpetas, cinta, pegantes entre otros)

- Contar con toda la tecnología y el personal necesario para la ejecución del contrato - Mano de obra calificada y capacitada para desarrollar ña

- Debe apoyarse en toda la legislación que existe en materia de digitalización de archivos contables y de tesorería

- Tener en cuenta la Ley 962 de 2005 articulo 28 donde se hace referencia a las diligencias que se deben adelantar en la Cámara de Comercio para realizar la eliminación documental de los archivos contables.

- Efectuar un inventario en excel de todos y cada uno de los documentos escaneados donde indique :Nombre del Tomo digitalizado, Fechas extremas, Números de los boletines y estado ( Eliminación de documento físico y copia digitalizada - Original Físico y Copia Digitalizada) El Contratista ejecutará la totalidad del contrato dentro de la instalaciones de LA LICORERA 12.2. DURACION DEL CONTRATO.

El plazo de duración del contrato será de seis (6) meses contados a partir de la fecha de aprobación de la garantía única.

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12.3.1 Prestar el servicio contratado a la Industria Licorera de Caldas de acuerdo con las características técnicas descritas en los presentes términos de referencia

12.3.2. Entregar la información escaneada en soporte DVD y en Disco Duro, de acuerdo a la estructura directorios establecida con su respectivo archivo de indexamiento, a si mismo el inventario en Excel con los requisitos anteriormente descritos.

12.3.3 Presentar cada mes a la interventoria del contrato los pagos de seguridad social (Salud, Pensiones, Riesgos Profesional y Parafiscales) cancelados al personal contratado para la ejecución del contrato, documentos sin los cuales no se iniciará el tramite del pago de por los servicios prestados.

12.3.4. Asistir a la inducción del Sistema Integrado de Gestión para contratistas. Es de aclarar, que cada vez que ingrese nuevo personal durante la ejecución del contrato, es su obligación asistir a la inducción respectiva.

12.3.5. Entregar el Jefe de Seguridad Industrial de la ILC y al interventor del contrato, una relación de los riesgos a los que estarán expuestos durante la ejecución del mismo y como los mantendrá controlados.

12.3.6 Para la ejecución de las labores debe proveer a los trabajadores de los elementos de protección necesarios y asegurarse de que los usen.

12.3.7. Es su obligación cumplir con todos los requisitos establecidos en el manual de contratistas para Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

12.3.8 Utilizar siempre el carné de identificación en un lugar visible.

12.3.9 Entregar y mantener el pasado judicial vigente (aplica para personal de aseo, cafetería, vigilancia, transportadores del personal de la ILC).

12.3.10. Contar con todos los elementos, equipos, herramientas y el personal necesario requerido para el desarrollo del contrato.

12.3.11 Entregar informe de visita domicilia realizada al personal antes de ingresar a trabajar a la ILC (aplica para personal de aseo y vigilancia)

12.3.12 Deberá separa de cada boletín de caja por mes por pagos parafiscales o de ley 100 efectuadas por la Empresa a las diferentes EPS, las cuales deberán reposar en un archivo independiente

12.3. 13. Repetir la digitalización de todos aquellos documentos que de acuerdo a la certificación de la interventora no cumplan con los requisitos de calidad sin que esto cause un costo adicional para la empresa y sin perjuicio de las acciones contractuales legales a que ello hubiere lugar

12.3.14. Teniendo en cuenta que la información a digitalizar puede ser consultada o requerida en cualquier momento por la licorera, se requiere absoluta disponibilidad del contratista para suministrar la información oportunamente.

12.3.15. Cumplir con las demás obligaciones que se generen de la propuesta y que se deriven del objeto del contrato

12.4. OBLIGACIONES A CARGO DE LA LICORERA

12.4.1. Proporcionar el espacio físico para la ejecución del contrato

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normas de seguridad industrial, de acuerdo al trabajo a realizar

12.5. LUGAR DE EJECUCIÒN :

En las instalaciones de la ILC ubicadas en Manizales, en la Zona Industrial Juanchito , en el archivo central de la ILC o donde se indique , Zona Industrial Juanchito, Ciudad Manizales, Departamento de Caldas, País Colombia.

12.6. PROTECCIÓN DE LA INFORMACIÓN Y DE LA OPERACIÓN

El proponente acepta que la información suministrada y procesada en desarrollo del objeto del contrato es confidencial y de propiedad exclusiva de la Industria Licorera de Caldas y se obliga a guardar la reserva y cuidar por toda la información que con ocasión de la ejecución del contrato deba conocer.

12.7. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO.

El contrato deberá suscribirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo de adjudicación.

12.8. VALOR DEL CONTRATO

El valor del contrato será hasta agotar el presupuesto oficial indicado en el numeral 3 de los presentes términos de referencia, liquidado al valor unitario de cada folio

12.9. FORMA DE PAGO

La Industria Licorera de Caldas cancelará el valor del contrato de la siguiente forma: a) Entregas totales 30 días fecha de factura, previa certificación de cumplimiento por parte del Interventor del contrato.

b) Al recibo a satisfacción de la totalidad del objeto del contrato.

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cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato, pago que se efectuará dentro de los treinta (30) dias fecha de factura, previo al pago el Contratista deberá acreditar el pago de los aportes de Seguridad Social : Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales, Salarios al personal que contrate para la ejecución del mismo

12.10. INTERVENTORIA

La interventoría del contrato la realizará :

52 LUZ MARY VILLA HOYOS Coordinar Archivo y Correspondencia

El interventor tendrá la facultad de inspeccionar y/o vigilar en cualquier tiempo el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad de los productos ofrecidos y el servicio prestado, e igualmente velar por el estricto cumplimiento del objeto del contrato.

El interventor ejercerá funciones de supervisión y vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato, estipuladas en la Resolución 2045 del 15 de noviembre de 2004 (Manual de Interventoría)

12.11. VINCULO LABORAL. APLICA (SI) (NO)

El Contratista no tendrá ninguna vinculación laboral con la Industria Licorera de Caldas, como tampoco el personal que sea utilizado por el contratista en la ejecución del mismo, por lo tanto no tendrá derecho a reclamo de prestaciones sociales, ya que estas estan a cargo del Contratista

12.12. DOMICILIO

Para todos los efectos de este procedimiento contractual y del contrato que se derive se tendrá como domicilio la Industria Licorera de Caldas (Zona Industrial Juanchito), ciudad de Manizales, Departamento de Caldas, República de Colombia.

12.13. LIQUIDACIÓN

El contrato deberá liquidarse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de vencimiento.

Para la liquidación del contrato se dará aplicación de lo establecido en los artículos 60 y 61 de la ley 80 de 1993.

12.14. SANCIONES

En caso de mora o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones contractuales a cargo de EL CONTRATISTA, podrá LA LICORERA, mediante resolución motivada, imponerle multas sucesivas hasta por el cero punto cinco por ciento (0,5%) diarios del valor total del contrato, por cada día de retardo en el cumplimiento de sus obligaciones; sin perjuicio de la declaratoria de caducidad. i

12.15. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA.

En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones adquiridas en el contrato por parte de EL CONTRATISTA, éste deberá pagar una cláusula penal pecuniaria equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato en favor de LA LICORERA, a título de indemnización de perjuicios.

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13. CONDICIONES DE COSTO.

El oferente a quien se le adjudique el contrato incurrirá en los siguientes gastos:

a. Pago de estampillas pro-desarrollo: Equivalente al 1% del valor del contrato exceptuando el IVA.

b. Pago de estampilla pro-universidad: Equivalente al 1,5% del valor del contrato sin incluir el IVA.

c. Pago publicación del contrato SMMLV.

d. Pago de la garantía única que deberá cubrir los siguientes riesgos:

POLIZA COBERTURA VIGENCIA

Cumplimiento (30%) del valor total del

contrato Igual al plazo del contrato y seis(6) meses más Calidad (20%) del valor del contrato Igual al plazo del contrato y un año más Salarios y

Prestaciones Sociales (10%) del valor del contrato Igual al plazo del contrato y tres años más 14. VISITA DE CARÁCTER INFORMATIVA

Para tener mas claridad del objeto que se pretende contratar, proponentes interesados en la presentación de ofertas podrán efectuar visita informativa al archivo de la Industria Licorera de Caldas, donde se encuentran los documentos objeto de la presente convocatoria, entre el 9 y el 16 de mayo de 2007 entre las 7:00 am y las 3:00 pm., para lo cual deberán concertar cita previa con la Coordinadora de Archivo y Correspondencia o con el funcionario que designe el Subgerente General Administrativo. Esta visita no será obligatoria.

15. ANEXOS:

Anexo 1 Carta de Presentación Anexo 2 Certificado de experiencia Anexo 3 Certificado de calidad 16. FIRMAS

LUZ MARY VILLA HOYOS ALVARO MONTOYA SALAZAR

Coordinadora Archivo y Correspondencia Subgerente General Administrativa Vo. Bo. JORGE ENRIQUE VELASQUEZ YEPES

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