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Ecoembes, la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia y la Federación de Municipios de la Región de Murcia.

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Ecoembes, la Dirección General de Medio Ambiente de

la Región de Murcia y la Federación de Municipios de la

Región de Murcia.

Concurso Premios Reciclaje Región de Murcia 2018 01/01/2018

BASE 1.- OBJETO y ÁMBITO DEL CONCURSO

Este concurso está organizado por ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A., la entidad sin ánimo de lucro que cuida del medio ambiente a través del reciclaje y del “ecodiseño” de los envases, con domicilio en Paseo de la Castellana 83-85, planta 11 de Madrid, la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia, en calle Catedrático E. Úbeda Romero s/n, 30007 Murcia y la Federación de Municipios de la Región de Murcia, en Plaza Mayor, 3. 30005 Murcia (en adelante, “los Organizadores”). El concurso se denomina “PREMIOS RECICLAJE REGIÓN DE MURCIA 2018” (en adelante, “PREMIOS RECICLAJE”); y forma parte de una campaña publicitaria ejecutada a través de la agencia de publicidad TRAGOS BONNANGE WIESENDANGER AJRODI DE ESPAÑA, S.A. (en adelante, “TBWA”) con domicilio en calle Juan Explandiú 11, 28007, Madrid.

PREMIOS RECICLAJE tiene como objetivo movilizar e incentivar a la ciudadanía de 42 municipios murcianos para que depositen sus residuos domésticos de envases ligeros (latas, briks y envases de plástico) al contenedor amarillo, separándolos correctamente del resto de residuos generados en el hogar.

BASE 2.- DURACIÓN DEL CONCURSO

El concurso comenzará el 1 de enero de 2018 y finalizará el 31 de diciembre de 2018 a las 23:59 horas.

La campaña se comunica en los tres plazos siguientes: ü Del 18 de junio al 1 de julio de 2018

ü Del 1 al 14 de octubre de 2018, ü Del 5 al 18 de noviembre de 2018.

Se establece como periodo de duración del concurso el comprendido entre el 1 enero de 2018 y 31 de diciembre 2018, por cuanto la información de Ecoembes a través de la cual se identifica al ganador del premio, es extraída del Informe Oficial emitido por la Comunidad Autónoma de Murcia en marzo de 2019, teniendo este informe y losdatos contenidos en el mismo carácter anual.

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BASE 3.- PARTICIPACIÓN

Participarán en el concurso los Ayuntamientos de los 42 municipios murcianos que tienen la recogida selectiva de envases ligeros implantada con anterioridad al 1 de enero de 2017, a saber: - Ayuntamiento de Abanilla, Ayuntamiento de Abarán, Ayuntamiento de Águilas, Ayuntamiento de Albudeite, Ayuntamiento de Alcantarilla, Ayuntamiento de Alguazas, Ayuntamiento de Alhama de Murcia, Ayuntamiento de Archena, Ayuntamiento de Beniel, Ayuntamiento de Blanca, Ayuntamiento de Bullas, Ayuntamiento de Calasparra, Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, Ayuntamiento de Cartagena, Ayuntamiento de Cehegín, Ayuntamiento de Ceutí, Ayuntamiento de Cieza, Ayuntamiento de Fortuna, Ayuntamiento de Fuente-Álamo de Murcia, Ayuntamiento de Jumilla, Ayuntamiento de La Unión, Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas, Ayuntamiento de Librilla, Ayuntamiento de Lorca, Ayuntamiento de Lorquí, Ayuntamiento de Los Alcázares, Ayuntamiento de Mazarrón, Ayuntamiento de Molina de Segura, Ayuntamiento de Moratalla, Ayuntamiento de Mula, Ayuntamiento de Murcia, Ayuntamiento de Ojós, Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, Ayuntamiento de Ricote, Ayuntamiento de San Javier, Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar, Ayuntamiento de Santomera, Ayuntamiento de Torre-Pacheco, Ayuntamiento de Totana, Ayuntamiento de Ulea, Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura y Ayuntamiento de Yecla.

BASE 4.- PREMIOS

Los Ayuntamientos participantes en el presente concurso, podrán optar a uno de los tres premios económicos, que suman un total de 15.000€, siempre que cumplan alguno de los tres requisitos siguientes:

a) Primer Premio: Ser el municipio que más aportación neta de envases ligeros en el

contenedor amarillo haya conseguido durante todo el año 2018. El registro se contabilizará por kilos/habitante, descontando el porcentaje de material depositado en el contenedor amarillo de forma errónea. Este premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.

b) Segundo Premio: Ser el municipio que haya incrementado su aportación neta de envases ligeros al contenedor amarillo con respecto al año 2017, y siempre y cuando se supere la media autonómica anual de aportación. El registro se contabilizará por kilos/habitantes, descontando el porcentaje de material depositado en el contenedor amarillo de forma errónea. Este premio tendrá una dotación económica de 5.000 euros. c) Tercer Premio: Ser el municipio que haya incrementado su aportación neta de envases ligeros al contenedor amarillo con respecto al año 2017, estando por debajo de la media autonómica anual de aportación. El registro se contabilizará por kilos/habitante, descontando el porcentaje de material depositado en el contenedor amarillo de forma errónea. Este premio tendrá una dotación económica de 4.000 euros.

Los resultados de aportación se medirán con un decimal. En caso de que se produzca un empate en alguna de las categorías, el importe del premio se repartirá equitativamente entre los participantes empatados.

En el caso de que un mismo municipio sea ganador en dos categorías, se le otorgará únicamente el premio de mayor cuantía económica. El premio de menor cuantía económica, se asignará al segundo clasificado en esa categoría.

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BASE 5.- OPERATIVA DE PARTICIPACIÓN Y DESTINO DEL PREMIO

Desde el 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018 a las 23:59 h, los municipios de la Región de Murcia participantes en el concurso medirán los kilos de envases depositados en sus contenedores amarillos.

La contabilización y registro de la totalidad de kilos recogidos por municipio no se efectuará hasta marzo de 2019, y será en abril de 2019 cuando los Organizadores se pondrán en contacto con los municipios ganadores vía correo electrónico.

Los premios concedidos a los Ayuntamientos ganadores, deberán destinarse a un proyecto de Obra Social, que deberá consensuarse previamente con los Organizadores. Ecoembes suscribirá con los Ayuntamientos ganadores un documento en el que se acreditará la entrega del premio en el marco del concurso “PEMIOS DE RECICLAJE REGIÓN MURCIA 2018” contemplando la finalidad del mismo. Asimismo, en este documento deberá recogerse el compromiso del Ayuntamiento de destinar el premio recibido a los objetivos señalados en las bases del concurso.

El premio, en ningún caso, podrá ser objeto de cambio en metálico, alteración o compensación a petición de los ganadores.

El premio es intransferible y se hará efectivo por los Organizadores, a modo de donación, directamente a la causa social elegida, mediante transferencia bancaria efectuado por TBWA (Organizador técnico de la campaña “PREMIOS RECICLAJE”). El premio será destinado a la causa social escogida por los tres municipios premiados, respectivamente, en un plazo máximo de cinco meses a contar desde la fecha de comunicación del premio por los Organizadores a los mismos (abril de 2019) esto es, hasta el 30 de septiembre de 2019.

Los Organizadores se reservan el derecho a verificar el adecuado destino final del premio. En este sentido, no se entregará el premio a los Ayuntamientos ganadores si la causa social a la que se destina el mismo no se adecua a los fines y propósito de la presente promoción.

Asimismo, el premio no se entregará a los Ayuntamientos ganadores si la causa social a la que se destina no está previamente seleccionada por dichos ayuntamientos y consensuada con los Organizadores.

BASE 6.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La simple participación en el presente concurso implica la aceptación expresa y sin reservas de las presentes bases legales, que quedarán depositadas ante Notario. Estas bases podrán ser consultadas en el Microsite: www.ecoembes.com/murcia El incumplimiento de alguna de las BASES dará lugar a la exclusión del municipio participante del presente concurso.

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Ecoembes, la Dirección General de Medio Ambiente de la Región de Murcia y la Federación de Municipios de la Región de Murcia podrán modificar las presentes bases una vez comenzado el concurso sin tener que justificar la decisión y sin que se les pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello, siempre que no perjudique los derechos adquiridos por los Ayuntamientos de los municipios participantes.

BASE 7. TRATAMIENTO DE DATOS

Los datos que faciliten los Ayuntamientos de los municipios participantes en el concurso, serán tratados conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección

de Datos de Carácter personal (LOPD)

y

el Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la

protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos y a la libre circulación de estos datos, y pasarán a formar parte de un fichero responsabilidad de ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A. con la finalidad de gestionar la participación en este concurso. Finalizado el mismo, el fichero se destruirá.

Asimismo, con relación a los datos personales recabados en la forma prevista en esta Política de Privacidad, se informa a los usuarios que tienen reconocidos los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos personales. Los referidos derechos podrán ser ejercitados, bien por el usuario, bien por su representante, mediante la remisión de una solicitud escrita y firmada, junto con un documento que acredite su identidad a la siguiente dirección: ECOEMBES, Paseo de la Castellana 83-85, 11ª Planta, 28046 - Madrid.

Serán nulas las participaciones incompletas o con datos erróneos o falsos.

El depositario de los datos será la empresa TBWA ESPAÑA, la cual tratará los datos de conformidad con las instrucciones dadas por Ecoembes y, finalizado el concurso, devolverá el fichero a ECOEMBALAJES ESPAÑA, S.A. con el fin de que ésta proceda a la destrucción del mismo.

BASE 8. MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DE LA PROMOCIÓN

Si por causa de fuerza mayor, los Organizadores se viesen obligados a aplazar, modificar o anular la presente promoción, dicha circunstancia se hará constar debidamente en las presentes bases, por lo que los usuarios, tras su participación, deberán consultar las bases en el Microsite: www.ecoembes.com/murcia

Los Organizadores se reservan el derecho de suspender, aplazar, cancelar o modificar la duración de la Promoción en cualquier momento, siempre que existan causas razonables que así lo justifiquen.

Los Organizadores se reservan el derecho, asimismo, de interponer las acciones legales que estime oportunas, en aras a evitar cualquier tipo de especulación o negocio que se ejerza sobre la presente promoción.

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BASE 9. FUERO Y LEY APLICABLE

Las presentes bases legales se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes españolas.

Para cuantas divergencias pudieran surgir en la interpretación de estas bases, los Ayuntamientos de los municipios participantes y Ecoembes, con renuncia expresa al fuero que pudiere respectivamente corresponderles, se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid.

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