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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 32 Viernes 6 de febrero de 2015 Sec. III. Pág. 10188

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

1132

Resolución de 15 de enero de 2015, de la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas formativas de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid han suscrito un Convenio de colaboración para la realización de prácticas formativas de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en Museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 15 de enero de 2015.–La Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, Teresa Lizaranzu Perinat.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Juventud y Deporte para la realización de prácticas formativas de los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en Museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y

Bibliotecas. En Madrid, 27 de noviembre de 2014

REUNIDOS

De una parte, don José Maria Lassalle Ruiz, Secretario de Estado de Cultura, por delegación de competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, efectuada en el apartado séptimo.1 de la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en virtud del nombramiento dispuesto por Real Decreto 1865/2011, de 23 de diciembre, en nombre y representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

De otra, doña Lorena Heras Sedano, Directora General de Universidades e Investigación, por delegación de firma de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, efectuada por Orden n.º 3532-01/2013, de 4 de noviembre, y en virtud del nombramiento dispuesto por Decreto 132/2014, de 20 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

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EXPONEN

I. Los museos de titularidad estatal tienen encomendadas las funciones de adquisición, conservación, catalogación, investigación, comunicación y exhibición ordenada de las colecciones, además del desarrollo de una actividad didáctica respecto a sus contenidos.

Estas funciones necesariamente deben ser desempeñadas por profesionales cualificados. Para obtener esta capacitación resulta esencial haber pasado por un período previo de formación que permita contrastar las enseñanzas teóricas con la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos.

A través de la colaboración entre los museos de titularidad estatal y diferentes centros educativos, los alumnos podrán combinar los conocimientos teóricos previamente adquiridos con los de contenido práctico, necesarios para su futuro acceso al mundo laboral. Además, por otro lado, las instituciones museísticas mediante estos convenios se beneficiarán de la formación de los que en un futuro podrían ser profesionales empleados; llevando a cabo una actividad de formación en el ámbito específico de las funciones de la Subdirección General de Museos Estatales.

II. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas tiene encomendada la gestión de los museos de titularidad estatal adscritos al Departamento, cuya relación se adjunta como anexo al presente convenio.

III. La Consejería de Educación Juventud y Deporte, consciente de la necesidad de concertar vías de colaboración en la formación de los futuros profesionales de la conservación del patrimonio cultural y de desarrollar y mejorar la formación de los alumnos que cursan las enseñanzas en La Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales en esta materia, cuenta con el proyecto educativo anexado a este convenio, cuyos datos esenciales son:

Título: Prácticas de conservación y restauración de bienes culturales.

Dirigido a: Alumnos de los últimos cursos de las Enseñanzas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

Objetivo: Formar a los futuros profesionales de la Conservación y Restauración del Patrimonio histórico, cultural y artístico.

Duración y créditos: Mínimo 3 ECTS.

El programa no establece relación contractual alguna entre el estudiante y la institución museística, ya que, por su naturaleza, es estrictamente académica y no laboral.

IV. Ambas partes están interesadas en colaborar, dentro de sus respectivos ámbitos y competencias, en la formación de los futuros profesionales, mediante la puesta en común de un programa de formación práctico que permita la aplicación de los conocimientos teóricos adquiridos por los participantes sobre la realidad de los museos y conforme a las siguientes

CLÁUSULAS Primera. Objeto.

El presente acuerdo tiene por objeto fijar el marco de colaboración entre las partes que permita a los alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Madrid la formación y realización de las prácticas externas correspondientes a las enseñanzas superiores que en ella se imparten.

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Segunda. Ámbito.

Las prácticas formativas se desarrollarán en los museos gestionados por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas cuya relación se incorpora como anexo al presente Convenio, o en la Subdirección General de Museos Estatales.

Tercera. Período de vigencia.

Este Convenio surtirá efecto desde la fecha de su firma y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2017, si bien las partes podrán acordar su prórroga por períodos anuales.

La prórroga se formalizará, necesariamente, en documento escrito y firmado por ambas partes. La voluntad de prorrogar el Convenio se comunicará con antelación suficiente.

Cuarta. Desarrollo del Convenio.

El convenio se desarrollará de acuerdo con el proyecto formativo que se acompaña como anexo al presente convenio.

Quinta. Obligaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Subdirección General de Museos Estatales o de los diferentes museos estatales gestionados por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas se obliga a:

A. Elaborar una programación de actividades formativas en colaboración con la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

B. Admitir a los alumnos en prácticas conforme a las posibilidades tutoriales de los centros, previa aprobación por parte de la dirección del museo y siempre que se considere idónea la formación del alumno.

C. Nombrar un tutor que coordinará las actividades formativas del alumno, garantizará la orientación y consulta del alumno y facilitará las relaciones con el tutor del centro educativo. Este tutor recogerá los trabajos realizados por los alumnos y emitirá un certificado en el que se hagan constar los trabajos realizados y su evaluación.

D. Valorar el progreso de los alumnos durante su periodo de formación práctica. E. Revisar la programación, si fuese necesario, junto con la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

F. Facilitar al alumno en prácticas el acceso a la documentación y colecciones del museo que, a juicio del tutor, sea necesario para la coordinación de las actividades formativas.

Sexta. Obligaciones de la Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

La Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, Juventud y Deporte, a través de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, se compromete a:

A. Elaborar un programa de actividades formativas en colaboración con el museo y las directrices marcadas por la Subdirección General de Museos Estatales. En este programa se especificará, con carácter anual, el n.º de alumnos interesados en realizar prácticas formativas y sus áreas de formación práctica.

B. Velar por el cumplimiento de las actividades incluidas en el proyecto formativo de

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E. Garantizar el cumplimiento de la normativa sobre Seguro Escolar y la acreditación de la condición de asegurado o beneficiario por parte de los alumnos a efectos de la asistencia sanitaria en España, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, o igual cobertura por convenio especial con la Seguridad Social o por suscripción con otras entidades aseguradoras.

F. Realizar, en su caso, una rigurosa y adecuada difusión de estas prácticas formativas en su programa de formación. El soporte informativo (díptico…) será remitido a la Subdirección General de Museos Estatales para su conocimiento y aprobación. Séptima. Régimen de los alumnos en prácticas.

A. Con anterioridad al inicio efectivo del periodo de prácticas, la Directora de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y el responsable designado por la Subdirección General de Museos Estatales firmarán las fichas de los alumnos conforme al modelo anexado a este convenio.

B. Los alumnos en prácticas dependen administrativamente y a todos los efectos de Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

C. Los alumnos no percibirán cantidad alguna por la realización de las actividades formativas en el museo. Su participación no supondrá la adquisición de más compromisos que los estipulados en el Convenio, y en ningún caso de él se derivará relación laboral alguna con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte; no siendo aplicable el Estatuto de los Trabajadores.

D. No se podrán formalizar contratos de trabajo entre los alumnos y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte durante el período de desarrollo de las prácticas formativas.

E. La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas queda exonerada de cualquier responsabilidad por daños a las personas u objetos que intervengan en la realización de las actividades propósito de este Convenio, salvo que aquellos deriven de actuación imprudente o medie negligencia, culpa o dolo por parte de su personal.

F. El museo o la Subdirección General de Museos Estatales fijará el horario de desarrollo de las prácticas. Con carácter general, se establece un horario de 9.30 a 14.30 h. de lunes a viernes.

G. Los alumnos en prácticas deberán cumplir las normas de régimen interno del museo.

H. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo al tutor de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y al tutor del museo.

I. A propuesta de cualesquiera de las partes podrá sustituirse a los alumnos en prácticas por causas justificadas de rendimiento, falta de aprovechamiento, ausencias injustificadas o comportamiento.

J. El alumno realizará una memoria de las actividades desarrolladas durante el período de prácticas, con una amplitud máxima de cinco folios. El tutor del museo y el del centro educativo darán su visto bueno a la memoria, que será imprescindible para la emisión del certificado de prácticas.

K. El certificado de prácticas se emitirá por el director del museo donde se haya desarrollado la práctica formativa.

L. En todo momento, el alumno irá provisto del D.N.I. y/o Tarjeta de identificación del museo.

M. El material resultante de las prácticas quedará en el museo como propiedad del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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Octava. Resolución.

A. El presente convenio quedará resuelto de pleno derecho, con previo aviso a la otra parte con una antelación de un mes, en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones de las partes.

B. Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio las siguientes: 1. El mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben.

2. La entrada en vigor de las disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.

3. El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.

4. La denuncia de una de las partes con un preaviso, por escrito. Novena. Jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial.

En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio de colaboración, que se extiende por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.

Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle Ruiz.–Por la Comunidad de Madrid, la Directora General de Universidades e Investigación (P. D. F. de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid. Orden de 4 de noviembre de 2013), Lorena Heras Sedano.

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Núm. 32 Viernes 6 de febrero de 2015 Sec. III. Pág. 10193

ANEXO I

PROYECTO FORMATIV

O

ANEXO AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE

LA CONSEJERÍA DE EDUC ACIÓN, JUV ENTUD Y DEPORTE Y EL M INISTERIO DE EDUCA CIÓN, CULTUR A

Y DEPORTE, PARA PRÁCTICAS

FOR M ATIV AS EN MUSEOS DE TITULARIDA D ESTATAL ADSCRITOS A LA DIRECCIÓN

GENERAL DE BELLAS ARTES Y B

IEN

ES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS.

Especialidad (en su caso):TODAS (

B

ienes arqu

eológi

cos,

Documento Gráfico, Escultura y Pint

ura)

Itinerario (en su caso):

No procede CE NT RO D OCE NT E: E scu ela S up erior de Con serv ación y Re staura ción de Bien es C ulturale s CEN TRO DE P RÁC TI CA S: Museos de tiul ar id ad es ta ta l, seg ún re laci ón qu e f ig ura en el anex o del Conve nio Ho ja N º: Nº TO TAL EC TS: ni mo 3 Nº TO TAL DE HO RAS PRESENCIA LES: Mínimo 90 COMP ETE NCI AS T R ANS VE R SA LES, G ENERALES Y / O ESP ECÍFI C AS ACTI VID A D ES FORM ATIV AS REL ACIO N AD AS Com pete ncias generale s y es pecíficas de las pr ácticas cu rricu lares: - Capacidad pa ra aplicar y desarr ollar de fo rma inte grada en un ámb ito profesional los conocimientos, habilidades y dest rezas adquiridos en los es tudios de nivel de G rado en conservación y re stauraci ón de bienes culturales. - Capacidad de abordar la pr áctica de la conser vación y restauraci ón en un ámbito profesional y de trabajo en equipo. - Capacidad pa ra tomar decisiones y solucionar pr oblemas concre tos en el ámbito profesional de la conservación-restau ración y dent ro d e un e qu ip o m ul tid is ci pl ina r. - Habilidad para elaborar una me moria del trabajo de conservación-restaur ación rea lizado en un ámbito profesi onal. - Capacidad críti ca para enjuiciar y valorar el p ro pi o tra ba jo d e co ns er va ci ón -r es ta ur ac ió n en un á m bi to p ro fe si on al . - Concienciación y desar rollo de los valores pr ofesionales para da r cu mplimiento al código deontológico de la conservación-r estaur ación en un ámbito profesio nal Siguen Co mpetencias genera les del título en página siguiente - Conocimiento en el Museo de los distintos de partamentos y ár eas relacionada s con la conservación-restauración, y de su funcionamiento - Conocimiento de los talleres de conser vación -restaur ación int egrándose com o par tícipe de los trabajos de conservación preventiva y rest auración desarr ollados du ra nt e la e st an ci a, d en tro d e la s ta re as q ue s e de te rm in en o po rtu na m en te -P ar tic ip ac ió n e n l a m et od ol og ía d e t ra ba jo y de las técnicas ap licadas al examen físico de las o bras y al diagnó stico de su estado de conser vación. - Conocimiento de las bases de datos de los talleres de restauració n - Consulta de la documentación en la biblioteca y archivos del Museo - Colabor ación con los restaurad ores en la elabor ación de informe s del estado de conservación de las obras y de pr opuestas de tratamientos. - Colabor ación con el personal de l Mus eo en mont ajes y de smontajes de salas y ex posiciones, y en el control de sus condiciones ambientales. - Conocimiento de los planes de conservación pr eventiva y de gesti ón de desastres del Museo - Asistencia o colaboración en los mo vimientos inte rnos de obr as po r dist into motivo y entr e almacene s. - Análisis de crite rios para acomet er la restaur ación de una ob ra d et er m in ad a ba jo la s up er vi si ón d el tu to r y d e un re st au ra do r del museo. - Apo yo en los tratamientos de conservación y rest auración de los bienes culturales del museo, bajo la supervisión del tutor y/ o de un restau rado r del Museo. - Elaboración de una memoria de scriptiva de la estancia incluy end o la valoración del propio trabajo y de las actividades realizadas respecto a su adecuación para la adqui sición de las competencias del título Fdo: Directo r de la Escuela Superior de Co nservación Fdo.: Rep resent ante de la entida d pública y R estaur ación de Bienes Culturales 132

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Fdo: Director de la Escuela Superior de Conservación

Fdo.: Representante de la entidad p ública y Restauración d e Bienes Culturales COM PETENCI AS TRANSVE RS ALES, G ENERALES Y / O ESP EC ÍF IC AS AC TI VI DA DES F O R M AT IV AS RE LA CI ON AD AS a 1 as gener ales

del título que adquirirá e

l estudian te (En funci ón d e las e spe cifi cad as e n el RD 635/2 010 d e 14 de m ayo ) r la com posici ón m aterial del b ien cultu ral y l os procedim ientos y las té cni ca s utiliza dos e n su el abora ció n. r e identificar l as alteraci on es del bi en cultural y su s causas d e det erio ro pa ra e valu ar el e sta do de con serva ción. s de interven ci ón y de cidi r e l tratam ie nt o d e p re ve nc n, c on se rv ac n y /o re st au ra ci ón m ás a dec ua do. co nocim iento s crítico s so bre m et odología, estrate gia s d e actua ció n, tratam ientos y em pleo de materiale s pa ra la con serva ci ón n. sistem as y trata m ient os de conserva ción y re stau ra ció n. r habilidad es, destrezas y sensi bilidad p ar a apli ca r y re aliza r los tratam ientos de con se rvaci ón y re stauraci ón. aplicar la de ontología profe sion al y la no rm ativa re lat iva a lo s bien es c ult ural es y su con se rv ació n y r est au ra ció n. r la cap aci dad de col abo ra r y trabaj ar e n equip o co n ot ro s p ro fe si on al es , e st ab le ci en do m ec an is m os a de cu ad os d e y de diál ogo i nterdi sci plina r. pro ye ctos d e con se rvaci ón -re sta ura ción, determ inar pl iego s de prescrip cio ne s técnica s y el abo rar p re sup ue stos. uipo s de con serva ció n-re staura ción. a legisl ació n relativa al ej ercici o profe sio nal y lo s re cu rso s bá si co s para la in co rp ora ción al m erca do p rofe si ona l. os rie sg os la boral es y las m edidas y n or m as de segu rid ad y s al ud , y s u a pl ic ac n p ar a e l r est aur ad or, lo s b ie ne s culturales biente. eficaci a de lo s tratam iento s reali za do s. in ar y apli ca r la s co ndi cion es adecuad as p ara la con se rva ción p re ve ntiva del bi en cultural in situ, durante su exp osi ció n, ie nto, transport e o depó sito. en tar cual quie r dato deri va do del estudi o y proceso de los tratam ient os de con se rva ción y re staura ció n que contri bu ya a prensi ón y conocim iento del bien cultural. Reseñadas en página anterior 132

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ANEXO II

ÁMBITO DE REALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

RELACIÓN DE MUSEOS GESTIONADOS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS ARTES Y BIENES CULTURALES Y DE ARCHIVOS Y

BIBLIOTECAS

1. Museo Nacional y Centro de Investigación de Altamira Avda. Sanz de Sautuola, s/n

39330 Santillana del Mart (Cantabria) Tfno.: 942818005

2. Museo del Greco C/ Samuel Leví, s/n 45002 Toledo Tfno.:925223665 3. Museo Sefardí C/ Samuel Leví, s/n 45002 Toledo Tfno.:925223665

4. Museo Casa de Cervantes C/ Rastro, s/n

47001 Valladolid Tfno.: 983308810

5. Museo Nacional de Escultura C/ Cadenas de San Gregorio, 1 47011 Valladolid

Tfno.: 983250375

6. Museo Nacional de Arte Romano C/ José Ramón Mélida, s/n 06800 Mérida (Badajoz) Tfno.: 924311690

7. Museo Nacional de Antropología C/ Alfonso XII, 68

28014 Madrid Tfno.: 915395995

8. Museo del Traje, Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico Avda. Juan de Herrera, 2

28040 Madrid Tfno.: 915504700

9. Museo Arqueológico Nacional C/ Serrano, 13

28001 Madrid Tfno.: 915777912

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10. Museo Nacional de Artes Decorativas C/ Montalbán, 12 28014 Madrid Tfno.: 915326499 11. Museo Cerralbo C/ Ventura Rodríguez, 17 28008 Madrid Tfno.: 915473646

12. Museo Nacional del Romanticismo C/ San Mateo, 13

28004 Madrid Tfno.: 914480163 13. Museo Sorolla

Pº General Martínez Campos, 37 28010 Madrid

Tfno.: 913101584

14. Museo Nacional de Arqueología Subacuática Pº Alfonso XII, s/n

30201 Cartagena (Murcia) Tfno.: 968121166

15. Museo Nacional de Cerámica y de las Artes Suntuarias “González Martí” C/ Poeta Querol, 2

46002 Valencia Tfno.: 963516392 16. Museo de América

Avda. Reyes Católicos, 6 28040 Madrid

Tfno.: 915439437

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Núm. 32 Viernes 6 de febrero de 2015 Sec. III. Pág. 10197

ANEXO III FICHA DEL ALUMNO

Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid.

Datos del alumno

Nombre y apellidos

DNI

Datos del tutor del centro educativo

Nombre y apellidos Dirección

Teléfono de contacto

Datos del Museo/ Museos donde se desarrollarán las prácticas

Nombre del Museo Nombre del Tutor Área /departamento

Programa de formación práctica

Área de formación: Descripción del proyecto de prácticas y objetivos:

Periodo de realización

En Madrid, a Firmado:

El Tutor del Centro Educativo El Tutor del Museo

cve: BOE-A-2015-1

132

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