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ENDOSO Seguro de GASTOS MEDICOS (Grupo)

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Academic year: 2021

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Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

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Por medio de este documento se hace constar que: Fecha de Emisión

Endoso del Subgrupo: Observación 1

Seguro de GASTOS MEDICOS (Grupo) FW29788G ORIGINAL

INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO

18/DIC/2017

31/DIC/2017 31/DIC/2018 Mensual

NACIONAL Honorarios Quirúrgicos (H.Q.

EMPLEADOS

40 S.M.G.M. EL DE LA POLIZA 20 % LOS DE LA POLIZA

Endoso de AMBULANCIA AEREA

Se ampara la cobertura de ambulancia aérea para la colectividad asegurada, siempre y cuando se compruebe que en el lugar en donde se encontraba el lesionado no existian los recursos humanos y físicos para atender el accidente o la enfermedad cubierta.

Esta cobertura cuenta con los límites arriba establecidos.

Los demás términos y condiciones de la póliza quedan sin alteración alguna.

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EMPLEADOS

LA DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA LOS DE LA POLIZA

Endoso de PADECIMIENTOS CONGENITOS

Se cubren adicional a lo establecido en las Condiciones Generales de de esta póliza y bajo las coberturas arriba señaladas, las enfermedades congénitas, siempre y cuando se cumpla con lo siguiente:

Que la primera manifestación se presente después de alcanzada la edad de cinco años, y que el primer gasto por esta enfermedad ocurra en fecha posterior al alta del afectado y dentro de la vigencia de esta cobertura.

El presente endoso modifica el punto 28 de la Cláusula V Gastos No Cubiertos en las Condiciones Generales de la póliza.

Los demás términos y condiciones de la póliza quedan sin alteración alguna.

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LA DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA LOS DE LA POLIZA

Endoso de CONVENIO DE PAGO DIRECTO

Esta Compañía ofrece el servicio de pago

directo en los hospitales y médicos con los que exista convenio vigente al momento de ocurrir el siniestro.

Para poder otorgar este servicio, se require que:

A) El internamiento en el hospital sea mayor a 24 horas.

B) La prima de la póliza y la del certificado correspondiente al asegurado afectado, debe estar pagada.

C) Al momento de ingresar al hospital se debe presentar la tarjeta vigente de identificación de gastos médicos mayores da por la compañía, que incluya el nombre del asegurado afectado. D) El accidente o enfermedad debe estar cubierta por las nes generales de la póliza.

E) Contar con la autorización correspondiente del médico tante de esta Compañía

F) Se deben respetar los procedimientos y requisitos de ingreso establecidos por el hospital.

Se estipula que quedarán a cargo del asegurado el pago del deducible y coaseguro (en caso de que la aplicación de éstos proceda); los gastos

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LA DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA LOS DE LA POLIZA

Endoso de CONVENIO DE PAGO DIRECTO

que no estén cubiertos de acuerdo al contrato establecido y el exceso de la suma asegurada máxima cubierta, mismos que tendrán que ser li-quidados al momento de salir del hospital.

En caso de que no se cumpla con los requisitos anteriores, los gastos cubiertos se reembolsarán de acuerdo con el procedimiento estipulado en la póliza.

Los demás términos y condiciones de la póliza quedan sin alteración alguna.

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LA DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA EL DE LA POLIZA LOS DE LA POLIZA

Endoso de PADECIMIENTOS PREEXISTENTES

Se cubren las enfermedades preexistentes, bajo las coberturas arriba señaladas, siempre y cuando se cumpla con lo siguiente:

A) Que la sintomatología previa a dicha enfermedad haya pasado desapercibida y que no se hubiera establecido diagnóstico con anterioridad al alta de cada asegurado en esta cobertura.

B) Que los primeros gastos ocasionados por la enfermedad tente sean erogados dentro de la vigencia de la póliza.

El presente endoso modifica el punto 1 de la Cláusula V Gastos No Cubiertos en las Condiciones Generales de la póliza.

Los demás términos y condiciones de la póliza quedan sin alteración alguna.

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$ 50,000.00 USD $ 50.00 USD NINGUNO LOS DE LA POLIZA

Endoso de URGENCIAS MEDICAS EXTRANJERO

La Cobertura de Urgencias Médicas en el Extranjero, se regirá de acuerdo a la siguiente definición:

Para efectos de esta cláusula se entenderá como Urgencia Médica en el Extranjero, cuando el asegurado o alguno de sus dependientes estando de visita en otro país, presente en forma súbita e imprevista cualquier alteración de su estado de salud, sea por accidente o enfermedad, que ponga en peligro su vida o sus funciones corporales y que requiera de tratamiento médico y/o quirúrgico.

Deducible y Coaseguro

Esta cobertura es adicional a la cobertura básica, aplicándose el neficio máximo y deducible que se establece en la carátula de la liza. En esta cobertura no se aplicará coaseguro.

Terminación de la Urgencia Médica.

Una vez tratado el paciente y estabilizada su condición patológica y si de acuerdo a la opinión del médico tratante el paciente puede tinuar el tratamiento fuera del hospital, esta cobertura cesará.

Pago de Reclamaciones

Esta cobertua funciona en la forma tradicional de reembolso y tiene la opción de ser utilizada como pago directo.

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EMPLEADOS

$ 50,000.00 USD $ 50.00 USD NINGUNO LOS DE LA POLIZA

Endoso de URGENCIAS MEDICAS EXTRANJERO

Sistema de Reembolso

Funciona para aquellos gastos cubiertos por la póliza en atención dica de urgencia que:

- No hubiese requerido internamiento mayor a 24 hrs.

- El servicio médico se hubiere proporcionado en hospitales no afiliados.

- Por la situación del internamiento (falta de documentos, duda en cuanto a la vigencia de la póliza, coberturas, alta de asegurados, pagos, etc.) no se hubiera dado autorización de pago directo. Sistema de Pago Directo

A través de este sistema la Compañía pagará si así lo autoriza, tamente a los médicos y hospitales afiliados sin que el asegurado tenga que realizar desembolso por los gastos erogados, quedando únicamente a su cargo los gastos no cubiertos.

En caso de que el asegurado optara por atenderse en un hospital y con médicos afiliados y que el internamiento sea mayor a 24 hrs., podrá hacer uso del sistema de pago directo en el que, previa verificación de la Compañía respecto a la procedencia del caso, vigencia de póliza, dosos especiales, alta de asegurados, pagos, etc., si procede el

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$ 50,000.00 USD $ 50.00 USD NINGUNO LOS DE LA POLIZA

Endoso de URGENCIAS MEDICAS EXTRANJERO

namiento, la Compañía efectuará el pago de los gastos cubiertos por la póliza en forma directa al hospital y médicos afiliados, eliminando en estos casos la cantidad por concepto de deducible.

Para operar dicho sistema se entregará al asegurado una tarjeta de identificación en la que se consignan los teléfonos de servicios en los que se proporcionará los nombres de los hospitales y médicos afiliados que lo puedan atender. Este sistema se otorgará sin cargo adicional de prima.

Gastos Cubiertos

1. Cuarto semi-privado y alimentos del paciente.

2. Médicos y/o cirujanos. Honorarios por intervención quirúrgica, así como visitas intrahospitalarias.

3. Anestesista. Honorarios profesionales.

4. Suministros en hospital. Medicamentos, material médico, equipos anestésicos y sala de operaciones.

5. Servicio de diagnóstico. Exámenes de laboratorio y gabinete, radiografías, etc.

6. Servicio de ambulancia terrestre. En la localidad hacia o desde el hospital, siempre y cuando médicamente sea necesario.

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$ 50,000.00 USD $ 50.00 USD NINGUNO LOS DE LA POLIZA

Endoso de URGENCIAS MEDICAS EXTRANJERO

7. Aparatos ortopédicos y prótesis, necesarios para el tratamiento médico.

Esta cobertura no ampara.

A. Tratamientos que no sean catalogados como de urgencia, de común acuerdo por el médico tratante y la Compañía.

B. Las exclusiones y limitaciones de los gastos que se encuentren estipulados en las Condiciones Generales de la Póliza.

C. La operación cesárea.

C.N.S.F. OF. No. 06-367-I-1.1/9116, EXP. 732.2 (S-28)/4, Del 18 de Mayo de 1993.

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Endoso de DECOA-001 APLICACION DE DEDUCI

DECOA-001 APLICACIÓN DE DEDUCIBLE Y/O COASEGURO

Se aplican los límites establecidos en este Endoso respecto al deducible y/o coaseguro, para accidentes, enfermedades y/o padecimientos cubiertos por este contrato de Seguro.

Deducible y Coaseguro por Enfermedad y/o Padecimiento

a) Pago Directo: siempre que se utilicen Prestadores en Convenio o en caso de que se utilice Prestador en Convenio (Hospital) y el Médico no se encuentre en Convenio con AXA pero se ajuste a los honorarios médicos.

Deducible: 0 S.M.G.M. Coaseguro: 0%

b) Pago por Reembolso: siempre que se utilicen Prestadores en Convenio o en caso de que se utilice Prestador en Convenio (Hospital) y el Médico no se encuentre en Convenio con AXA pero se ajuste a los honorarios médicos. Deducible: 0 S.M.G.M.

Coaseguro: 0%

c) Pago por Rembolso: cuando no se utilice Prestador en Convenio (Hospital) y el Médico si se encuentre en Convenio con AXA.

Deducible: 3 S.M.G.M. Coaseguro: 10%

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Endoso de DECOA-001 APLICACION DE DEDUCI AXA

Deducible: 3 S.M.G.M. Coaseguro: 10%

Deducible y Coaseguro por Accidente

a) Pago Directo siempre que se utilicen Prestadores en Convenio o en caso de que se utilice Prestador en Convenio (Hospital) y el Médico no se encuentre en Convenio con AXA pero se ajuste a los honorarios médicos.

Deducible: 0 S.M.G.M. Coaseguro: 0%

b) Pago por Reembolso siempre que se utilicen Prestadores en Convenio o en caso de que se utilice Prestador en Convenio (Hospital) y el Médico no se encuentre en Convenio con AXA pero se ajuste a los honorarios médicos. Deducible: 0 S.M.G.M.

Coaseguro: 0%

c) Pago por Rembolso: cuando no se utilice Prestador en Convenio (Hospital) y el Médico si se encuentre en Convenio con AXA.

Deducible: 0 S.M.G.M. Coaseguro: 0%

d) Pago por Reembolso con prestadores que no se encuentren en convenio con AXA

Deducible: 0 S.M.G.M. Coaseguro: 0%

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Endoso de DECOA-001 APLICACION DE DEDUCI

Tope de Coaseguro aplicable por cada accidente, enfermedad y/o padecimiento: $25,000 M.N.

Los gastos derivados de accidentes, enfermedades y/o padecimientos cubiertos realizados con Prestadores que NO se encuentren en Convenio con AXA o el Médico no se ajuste a los honorarios médicos, se pagarán vía reembolso. Coaseguro por atención en distinto nivel hospitalario al contratado

Si el Asegurado recibe la atención médica en un Hospital en Convenio con AXA con un nivel hospitalario menor al contratado, se reducen 5 puntos de

coaseguro.

En caso de que se atienda en un Hospital de nivel mayor al contratado se aplicarán las Condiciones Generales vigentes.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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Endoso de PROM-ESP PROGRAM MEDIC ALTO CO

PROM-ESP PROGRAMACIÓN DE MEDICAMENTOS ALTO COSTO Se eliminará el deducible y coaseguro en el caso de Programación de Medicamentos de Alto Costo con

Prestadores en Convenio derivado de accidentes, enfermedades y/o

padecimientos cubiertos por este Contrato de Seguro, entendiéndose como Alto Costo, los medicamentos con un costo mayor a 5,000 M.N.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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Endoso de URGENCIA MEDICA EN PAGO DIRECT

Por medio del presente endoso se hace constar que se elimina el deducible y coaseguro, siempre y cuando el asegurado ingrese por el área de urgencias y sea atendido por médicos del rol de guardia de urgencias en los hospitales que cuenten con convenio con AXA. Este beneficio cesará al momento de ser dado de alta del servicio de urgencias o en caso de requerir total

hospitalización. Si desea consultar los hospitales con este beneficio comunicarse al Call Center al teléfono 01 800 900 1292 donde le

proporcionarán toda la información que usted requiera al respecto.

Para la eliminación de deducible y coaseguro es necesario que el total de los gastos procedentes sean superiores al deducible contratado.

Para poder otorgar este servicio, se requiere que: A) La estancia en el hospital sea mayor a 4 horas

B) La prima de la póliza y la del certificado correspondiente al asegurado afectado, debe estar pagada.

C) Al momento de ingresar al hospital se debe presentar la tarjeta

vigente de identificación de gastos médicos mayores proporcionada por la compañía, que incluya el nombre del asegurado afectado.

D) El accidente o enfermedad debe estar cubierta por las condiciones generales de la póliza.

E) Contar con la autorización correspondiente del médico representante de esta Compañía

F) Se deben respetar los procedimientos y requisitos de ingreso establecidos por el hospital.

G) Será necesario que exista diagnóstico definitivo y se entreguen los formatos de informe médico y aviso de accidente y/o enfermedad para su

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Endoso de URGENCIA MEDICA EN PAGO DIRECT

valoración debidamente requisitados con identificación oficial del asegurado afectado.

Se estipula que quedarán a cargo del asegurado el pago del deducible y

coaseguro (en caso de que la aplicación de éstos proceda); los gastos que no estén cubiertos de acuerdo al contrato establecido y el exceso de la suma

asegurada máxima cubierta, mismos que tendrán que ser liquidados al momento de salir del hospital.

En caso de que no se cumpla con los requisitos anteriores, los gastos

cubiertos se reembolsarán de acuerdo con el procedimiento estipulado en la póliza.

Lo anterior modifica las condiciones generales de esta póliza en el apartado de deducible y coaseguro con gastos a cargo del asegurado.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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Endoso de PREE-005 PREEXISTENCIA

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados por el Asegurado, durante la vigencia de esta Póliza, por tratamientos y/o procedimientos derivados de Padecimientos Preexistentes a partir de la fecha de antigüedad reconocida en esta póliza por el contratante siempre y cuando no hayan sido cubiertos ni pagadosen una póliza de Gastos Médicos Mayores del mismo Contratante o empresas del mismo grupo, emitida por esta u otra institución de seguros, y el Asegurado no tenga periodos al descubierto, hasta los límites de

responsabilidad que se establecen en este Endoso. Periodo de espera: No aplica

Se cubre en territorio: Nacional

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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Endoso de UMEX-032 URGENCIA MEDICA EN EL UMEX- 032 URGENCIA MÉDICA EN EL EXTRANJERO

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de ésta póliza, por Urgencias Médicas en el Extranjero modificando los límites de responsabilidad de esta cobertura, hasta los que se indiquen en este endoso:

Suma Asegurada: 50,000 DLS Deducible: 50 DLS

Coaseguro: 0.0%

Para este Endoso no es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

Este Endoso forma parte del Contrato de Seguro. ACCIDENTES

Por medio del presente endoso, se hace costar que en caso de accidente siempre que el primer gasto ocurra dentro de los siguientes 30 días a partir de la fecha de ocurrido el accidente, la aplicación de deducible y coaseguro será la siguiente:

Deducible: 0 SMGM. Coaseguro: 0%.

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Endoso de UMEX-032 URGENCIA MEDICA EN EL

En toda reclamación es necesario que el total de los gastos procedentes sean superiores 1 SMGM.

Lo anterior modifica las condiciones generales de esta póliza en el apartado de deducible y coaseguro con gastos a cargo del asegurado.

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Endoso de ASAL-046 ASALTO Y/O RIÑA

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de ésta Póliza a consecuencia de un asalto y/o riña como Accidente, siempre y cuando presente una copia del Ministerio Público para comprobar que no haya sido el causante del mismo.

Para este Endoso sí es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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Endoso de CESA-010 CESAREA

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de esta Póliza por cesárea hasta los límites de responsabilidad que se establecen en este Endoso.

Elegibilidad: Titular/Cónyuge del Titular/Hijas del Titular Suma Asegurada: 15 SMGM

Deducible: 0 SMGM Coaseguro: 0%

Consulta Postoperatoria: No cubiertas Periodo de espera: 10 meses

Se cubre en territorio: Nacional

No quedarán cubiertos los gastos del recién nacido sano dentro de esta cobertura.

Para este Endoso no es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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Endoso de TRAT-030 TRATAMIENTOS PSIQUIAT TRAT-030 TRATAMIENTOS PSIQUIÁTRICOS

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de esta póliza, por tratamiento psiquiátrico siempre y cuando, alteren de manera directa el estado mental del asegurado y sea medicamente necesarias para alguna de las siguientes causas:

a) Cáncer

b) Accidente vascular cerebral c) Infarto del miocardio

d) Insuficiencia renal

e) Intervención quirúrgica por enfermedad de las arterias coronarias f) Derivado de un acto delictivo ocurrido sobre la persona asegurada, conforme a los siguientes delitos:

a. Robo con violencia b. Secuestro, o

c. Violación

Sera indispensable contar con copia del acta del Ministerio Público para

comprobar que el Asegurado sufrió alguno de los eventos antes mencionados en el inciso F.

Para este endoso aplicarán los siguientes límites de responsabilidad: Suma Asegurada: De póliza

Deducible: Ver endoso de Aplic. ded. y coa. Coaseguro: Ver endoso de Aplic. ded. y coa.

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Endoso de TRAT-030 TRATAMIENTOS PSIQUIAT

El presente beneficio solo aplica a través de reembolso.

Para este Endoso sí es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(23)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

Forma de Pago Moneda Vigencia de

Por medio de este documento se hace constar que: Fecha de Emisión

Endoso del Subgrupo: Observación 1

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Endoso de DEP-045 EDADES DE ACEPTACION

La edad máxima de aceptación para ésta póliza será la siguiente: 69 años de edad

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(24)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

Forma de Pago Moneda Vigencia de

Por medio de este documento se hace constar que: Fecha de Emisión

Endoso del Subgrupo: Observación 1

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Endoso de ELEGIBILIDAD

Por medio del presente endoso, se hace constar que para los asegurados Titulares, se harán extensivos los beneficios de esta póliza a los hijos mayores de 25 años y a sus dependientes económicos de estos del titular. POBLACION ASEGURADA "A" los servidores públicos de mando.

POBLACION ASEGURADA "B" Personal operativo de base y de confianza. POBLACION ASEGURADA "C" Ex empleados del IMP.

POBLACION ASEGURADA "D" Persona que causó baja en el IMP con derecho a pensión por ISSSTE o de IMP.

POBLACION ASEGURADA "F" Los Ascendientes y Dependientes Económicos del titular.

POBLACION ASEGURADA "G Los hijos de titulares mayores de 25 años cualquiera que sea su sexo así como los dependientes económicos de estos (cónyuge e hijo).

Lo anterior modifica las condiciones generales de esta póliza en el apartado VI "cláusulas generales

(25)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

Forma de Pago Moneda Vigencia de

Por medio de este documento se hace constar que: Fecha de Emisión

Endoso del Subgrupo: Observación 1

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Endoso de REGF-053 REEMBOLSO DE GTOS FUN REGF-053 REEMBOLSO DE GASTOS FUNERARIOS

La Compañía cubrirá los gastos funerarios erogados por el Asegurado durante la vigencia de esta Póliza, al ocurrir el fallecimiento a consecuencia de un Accidente o Enfermedad cubierto hasta los límites de responsabilidad que se indican en este endoso.

Suma Asegurada hasta: 25 SMGMV No aplica deducible ni coaseguro.

El presente beneficio sólo aplica a través de Reembolso.

Es necesario presentar acta de defunción, identificación del Asegurado fallecido y las facturas originales del servicio.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(26)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

Forma de Pago Moneda Vigencia de

Por medio de este documento se hace constar que: Fecha de Emisión

Endoso del Subgrupo: Observación 1

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Endoso de COMP-007 PAGO DE COMPLEMENTOS COMP-007 PAGO DE COMPLEMENTOS

Se cubren los gastos complementarios por Accidentes, Enfermedades y/o Padecimientos erogados dentro de la vigencia de esta póliza, entendiéndose como gastos complementarios aquellos que fueron cubiertos y pagados en una póliza de Gastos Médicos Mayores del mismo Contratante o de empresas del mismo grupo, emitida por esta u otra institución de seguros y estén cubiertos de acuerdo a las Condiciones Generales vigentes de la póliza.

El límite de responsabilidad de la Compañía será exclusivamente por el remanente de Suma Asegurada.

El Asegurado deberá presentar, adicional a la documentación para la

reclamación, un documento emitido por la institución de seguros donde se cubrió el último gasto que contenga el remanente de Suma Asegurada.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(27)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

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Endoso del Subgrupo: Observación 1

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Endoso de PART-009 PARTO NORMAL

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de esta Póliza por Parto Normal hasta los límites de responsabilidad que se

establecen en este Endoso.

Elegibilidad: Titular/Cónyuge del Titular/Hijas del Titular Suma Asegurada: 15 SMGM

Deducible: 0 SMGM Coaseguro: 0%

Consulta Postoperatoria: No cubiertas Periodo de espera: 10 meses

Se cubre en territorio: Nacional

No quedarán cubiertos los gastos del recién nacido dentro de esta cobertura. Para este Endoso no es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(28)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

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Endoso del Subgrupo: Observación 1

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Endoso de DONA-026 GTOS DEL DON DEF DE O

DONA-026 GASTOS DEL DONADOR DEFINITIVO DE ÓRGANOS

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de esta Póliza del donador definitivo de órganos, exclusivamente los relacionados con las pruebas de compatibilidad, los inherentes al acto quirúrgico para la

extracción del órgano y los gastos de recuperación intrahospitalaria

inmediatos a dicho acto quirúrgico, en caso de que dicha recuperación sea necesaria para el donador. Hasta los límites que se indican en este Endoso. Suma Asegurada: 100 SMGM

Deducible: 2 SMGM Coaseguro: 10%

Este beneficio quedará cubierto siempre y cuando el Asegurado no sea el donador.

Para este Endoso no es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(29)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

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Endoso de REAN-006 RECONOCIMIENTO DE ANT

REAN-006 RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD PARA REDUCCION DE PERIODOS DE ESPERA Es el beneficio que otorga la Compañía al Asegurado con base en el tiempo

durante el cual ha estado cubierto de forma continua e ininterrumpida, siempre y cuando no existan periodos al descubierto mayores a 30 días

naturales, en una Póliza de Gastos Médicos Mayores, en esta u otra Compañía legalmente autorizada, y cuya única finalidad es, exclusivamente, reducir y/o eliminar los periodos de espera que se encuentran descritos en el Apartado "Gastos Médicos Mayores Cubiertos con Periodo de Espera" de las Condiciones Generales y/o Endosos vigentes. Para hacerlo efectivo, se toma como

referencia la fecha de Antigüedad de cada Asegurado.

En caso de que la Compañía así lo requiera, el Contratante deberá comprobar que el Asegurado estuvo cubierto de forma continua e ininterrumpida en una Póliza de Gastos Médicos Mayores con esta u otra Compañía.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(30)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

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Endoso de AYUL-037 AYUDA DE LENTES AYUL-037 AYUDA DE LENTES

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados por el Asegurado durante la vigencia de esta Póliza, por la compra de anteojos y lentes de contacto

graduados que se requieran a consecuencia de un accidente, padecimiento y/o enfermedad cubierto, siempre y cuando no sean de carácter estético y sean prescritos por el médico oftalmólogo u optometrista, hasta los límites que se indican en este Endoso.

Suma Asegurada por reclamación: 1 SMGM Deducible: 0.00 SMGM

Coaseguro: 0%

Número de veces por vigencia: 1

Queda excluida la reposición de lentes.

No quedarán cubiertos los líquidos, estuches u otro equipo que resulte necesario para el uso de lentes de contacto.

El presente beneficio solo aplica a través de reembolso.

Para este Endoso no es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(31)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

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Endoso de CIRE-013 CIRUGIA REFRACTIVA CIRE-013 CIRUGIA REFRACTIVA

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados por el Asegurado durante la vigencia de esta Póliza, por el procedimiento de cirugía refractiva con la

finalidad de corregir trastornos de miopía, presbiopía, hipermetropía y

astigmatismo cuando la deficiencia visual cumpla con el mínimo de dioptrías indicadas a continuación en cada ojo. Las condiciones que aplicarán para esta cobertura son las siguientes.

Suma Asegurada: 15 SMGM Deducible: 2 SMGM

Coaseguro: 10%

Consulta Postoperatoria: No cubiertas Número de veces por vigencia: 1 Mínimo de dioptrías: 5

Periodo de espera: No aplica Se cubre en territorio: Nacional

Para este Endoso no es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro. La Suma Asegurada indicada en este Endoso aplicará como límite de responsabilidad máximo por cada ojo.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(32)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

ENDOSO

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Endoso de PAHO-ESP PAQ ADMINISION HOSPIT PAHO-ESP PAQUETE ADMISIÓN HOSPITALARIA

La Compañía cubrirá durante la vigencia de esta Póliza el paquete de admisión,

considerado como los primeros artículos de uso personal que se le entregan al paciente al

momento de ingresar al Hospital.

Este beneficio opera siempre y cuando la Hospitalización sea derivada o a consecuencia de un Accidente, Enfermedad o Padecimiento cubierto.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(33)

Contratante. Observación 2 Datos de la Póliza. Póliza : a Nombre: Suma Asegurada Deducible Coaseguro

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Endoso de AMBU-025 AMBULANCIA AEREA AMBU-025 AMBULANCIA AEREA

La Compañía cubrirá la transportación en ambulancia aérea dentro del

territorio nacional a consecuencia de una urgencia médica cubierta, siempre y cuando el Asegurado requiere atención hospitalaria y en la localidad no se cuente con los recursos médico hospitalarios necesarios para su atención, hasta los límites de responsabilidad de este endoso.

Coaseguro: 20%

Los beneficios de este endoso se brindarán cuando: - El motivo del traslado sea por indicación médica.

- El traslado del paciente, por cualquier circunstancia, no sea impedido por autoridad competente con motivo de sus funciones legalmente reconocidas y hasta que esta circunstancia se solucione.

- El paciente esté autorizado por un médico para el traslado hasta el destino elegido.

- El paciente tenga confirmada su reservación de Hospital y de ambulancia terrestre en el destino.

- Los horarios y/o las condiciones meteorológicas permitan la operación segura en el aeropuerto.

- Este beneficio únicamente opera a través de pago por Rembolso.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(34)

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ENDOSO

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Endoso de PACO-049 PADECIMIENTOS CONGENI PACO-049 PADECIMIENTOS CONGÉNITOS

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados por el Asegurado durante la vigencia de esta Póliza, por tratamientos y/o procedimientos derivados de Padecimientos Congénitos Hasta los límites de responsabilidad que se indican en este Endoso, de acuerdo a lo siguiente:

Para los nacidos durante la vigencia de ésta póliza, la madre asegurada

deberá cumplir con un periodo de espera de 10 meses continuos de asegurada en la póliza y se deberá notificar a la Compañía a más tardar a los 30 días de

ocurrido el nacimiento, mediante la obligación de dar de alta al recién

nacido y hasta los límites de responsabilidad que se indican en este endoso: Suma Asegurada: De la póliza

Para los asegurados nacidos fuera de la vigencia de la póliza estarán

cubiertos con periodo de espera de la madre de 10 meses y hasta los límites de responsabilidad que se indican en este endoso:

Suma Asegurada: 375 SMGM

Varios padecimientos congénitos se considerarán como un solo evento.

No quedarán cubiertos los gastos por padecimientos congénitos provocados por alcoholismo, drogadicción o tratamientos de infertilidad y/o esterilidad.

(35)

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Endoso de PACO-049 PADECIMIENTOS CONGENI vigentes del producto contratado.

(36)

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Endoso de ESTR-036 ESTRABISMO ESTR-036 ESTRABISMO

La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de esta Póliza, para corregir el estrabismo hasta los límites de responsabilidad que se establecen en este Endoso.

Periodo de espera: 10 meses Se cubre en territorio: Nacional

Para este Endoso sí es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

(37)

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Endoso de TU MEDICO 24 HRS I. Definiciones

Para esta cobertura se consideran las siguientes definiciones de forma adicional a las ya citadas en las Condiciones Generales del Contrato de seguro:

1.- Beneficiario

Persona que obtiene los Servicios de Asistencia 2.- Copago

Cantidad fija a cargo del Integrante correspondiente a una parte de los gastos cubiertos.

3.- Equipo Médico de AXA ASSISTANCE

El personal médico y asistencial apropiado que esté gestionando los

Servicios de Asistencia por cuenta de B72AXA ASSISTANCE a un Beneficiario. 4.- Familia Asegurada

Asegurados que estén dados de alta en la Póliza. 5.- Representante

Cualquier persona, sea o no acompañante del Beneficiario que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia.

6.- Residencia Permanente

El domicilio habitual en los Estados Unidos Mexicanos del Beneficiario tal como aparece en la carátula de la póliza o cualquier otro medio razonable de comprobación.

(38)

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Endoso de TU MEDICO 24 HRS

7.- Servicios de Asistencia

Los Servicios Asistenciales que gestiona AXA ASSISTANCE en los términos de estas Condiciones Generales, para los casos de una Situación de Asistencia. 8.- Situación de Asistencia

Todo acontecimiento ocurrido a los Beneficiarios en los términos y con las limitaciones establecidas en esta cobertura, así como las demás situaciones descritas, que dan derecho a la gestión de los Servicios de Asistencia.

9.- Viaje

Se considera que una persona se encuentra de Viaje, cuando está a más de 100 kilómetros del centro de su población de Residencia Permanente, por un

período máximo de 60 días consecutivos, después de los cuales los Servicios de Asistencia quedarán sin efecto.

II. Territorialidad

Los siguientes Servicios de Asistencia serán proporcionados en la República Mexicana, desde la Residencia Permanente del Beneficiario y hasta todo el territorio de la República Mexicana. El Servicio de Asistencia será

proporcionado durante las 24 horas de todos los días del año, en viajes no mayores a 60 días.

(39)

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Endoso de TU MEDICO 24 HRS Consulta Telefónica

A petición del Beneficiario, el Equipo Médico de AXA ASSISTANCE, le asistirá orientándolo telefónicamente sobre problemas menores o dudas con relación a: a) Utilización de Medicamentos.

b) Síntomas o molestias que le estén aquejando.

El Equipo Médico de AXA ASSISTANCE, no emitirá ningún diagnóstico, pero a solicitud del Beneficiario, se le direccionará para:

a) Enviarle la visita de un Médico a domicilio.

b) Concertarle una cita con un Médico, o en un centro hospitalario. c) El envío de una ambulancia.

AXA ASSISTANCE no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos Médicos o instituciones médicas, por omisiones del Beneficiario o si éste no sigue las instrucciones de manera precisa.

Consulta Domiciliaria

A solicitud del Beneficiario, AXA ASSISTANCE gestionará el envío de un Médico general hasta su Residencia Permanente o al lugar donde se encuentre en el momento de solicitarlo.

Este servicio está limitado a un máximo de 3 (tres) eventos por año y por Asegurado.

(40)

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Endoso de TU MEDICO 24 HRS

El Beneficiario pagará únicamente un Copago de $250 en cada visita

domiciliaria directamente al Médico que esté proporcionando el servicio al momento que finalice la consulta domiciliaria, dicho Copago se especificará en un Endoso anexo a la Póliza.

AXA ASSISTANCE proporcionará este servicio en las principales ciudades de la República Mexicana, en los demás lugares, AXA ASSISTANCE hará lo posible por ayudar al Beneficiario a contactar con un Médico u Hospital, con la mayor

celeridad. AXA ASSISTANCE no será responsable con respecto a ninguna atención o falta de ella cometida por dichos Médicos o instituciones médicas.

Traslado Médico Terrestre Local

Si el Beneficiario a causa de Enfermedad o Accidente, que le provoque

lesiones o traumatismos tales que el Equipo Médico de AXA ASSISTANCE, en contacto con el Médico que lo atienda, recomienden su Hospitalización, AXA ASSISTANCE gestionará el traslado del Beneficiari al centro hospitalario más cercano, si fuera necesario por razones médicas se realizará el traslado bajo supervisión médica por los medios más adecuados, incluyéndose sin limitación ambulancia terrestre, de terapia intensiva, intermedia o estándar al centro hospitalario más cercano y apropiado de acuerdo a las heridas o lesiones que el Beneficiario presente.

Serán válidos también los traslados de Hospital a Hospital o de Hospital a la Residencia Permanente del Beneficiario, cuando éstos sean recomendados por el Médico tratante en conjunción con el Equipo Médico de AXA ASSISTANCE.

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Endoso de TU MEDICO 24 HRS

Si se requiere del envío de una ambulancia para Personal Doméstico o Invitados de la Familia Asegurada, dicho traslado será pagado por un Beneficiario directamente a quien preste el servicio según las tarifas vigentes de éste, en el momento que el prestador del servicio así lo solicite.

Todos los beneficios arriba mencionados aplican para la Familia Asegurada. Los demás términos y condiciones de la póliza no sufren modificación alguna.

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Endoso de PROTECCION DENTAL ODONTOPREV

Quedan cubiertas las asistencias de Protección Dental para los asegurados vigentes en esta póliza de acuerdo a lo siguiente:

PROTECCIÓN DENTAL ELEMENTAL

Evaluación, Diagnóstico y Presupuesto: Sin costo 1er Limpieza: Sin costo

2da Limpieza: Sin costo

Una radiografía anual en cualquiera de las siguientes modalidades: periapical, aleta de mordida u oclusal: Sin costo

Restauraciones básicas (infantil - adultos): 20%

Tratamientos infantiles: Sólo Limpieza con aplicación con Fluor Endodoncia: Costo Preferente

Periodoncia: Costo Preferente Maxilofacial: Costo Preferente

Orientación Telefónica en Urgencias Dentales: Sin Costo Urgencias Dentales: 20%

Prótesis: Costo Preferente

Ortodoncia y ortopedia dental funcional: Costo Preferente Límite anual por asegurado: $120,000 MN

Los porcentajes indicados corresponden a la participación por parte del asegurado.

Los servicios indicados solo aplican en la República Mexicana, en los lugares que el prestador de servicios indique y sujeto a disponibilidad en la

(43)

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Endoso de PROTECCION DENTAL ODONTOPREV

Para utilizar este servicio el asegurado deberá seguir los siguientes pasos: 1. Llama al Centro de Atención Telefónica Odontoprev al teléfono: a. D.F. y Área Metropolitana: 54 80 09 11

b. Lada sin costo: 01 800 833 6825 2. Proporciona los siguientes datos: o Nombre completo

o Número de póliza o Certificado

o Correo electrónico y/o número de teléfono de contacto

3. El asegurado pide referencia de clínicas u odontólogos. en convenio con OdontoPrev

4. Agenda tu cita

5. Asiste a tu cita con tu identificación oficial y credencial de asegurado AXA.

6. Efectúa el pago del porcentaje correspondiente al precio preferencial del tratamiento recibido, directamente al odontólogo.

Solicita tu atención con al menos 24 horas de anticipación e indica 2 opciones de horario para asignar tu cita.

En caso que el asegurado llame a Tu Médico 24 horas éste será referido con el prestador de servicios dentales Odontoprev.

Para mayor información de los Servicios de Asistencia de Protección Dental consulta el documento "Conoce tus beneficios"

(44)

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Endoso de PROTECCION DENTAL ODONTOPREV

Adicional a los servicios de asistencia, Odontoprev otorga los siguientes beneficios:

- Segunda opinión médica integrada, sin costo

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La Compañía cubrirá los gastos médicos erogados durante la vigencia de esta Póliza, para corregir hallux valgus o juanetes siempre y cuando no sea de carácter estético.

Para este Endoso sí es aplicable el Endoso de Aplicación de Deducible y/o Coaseguro.

Para los demás términos y condiciones, aplicarán las Condiciones Generales vigentes del producto contratado.

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