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La adopción en el código de la niñez y adolescencia frente al derecho de familia, principio de igualdad ante la ley y seguridad jurídica

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

“LA ADOPCIÓN EN EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA FRENTE AL DERECHO DE FAMILIA, PRINCIPIO DE IGUALDAD ANTE LA

LEY Y SEGURIDAD JURÍDICA”.

AUTORA: LÓPEZ LOZADA DORIS ANABEL

ASESORA: AB. LEÓN BURGOS GABRIELA PAULINA, MG.

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APROBACIÓN DE LA ASESORA DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

CERTIFICACIÓN:

Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por la señora DORIS ANABEL LÓPEZ LOZADA, estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “LAADOPCIÓN EN EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA FRENTE AL DERECHO DE FAMILIA, PRINCIPIO DE IGUALDAD ANTE LA LEY Y SEGURIDAD JURÍDICA”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES, por lo que apruebo su presentación.

Ambato, diciembre 2017

___________________________________________ Ab. León Burgos Gabriela Paulina, Mg.

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DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

Yo, Doris Anabel López Lozada, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.

Ambato, diciembre 2017

_______________________________ Doris Anabel López Lozada

CI.: 1803262326

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DERECHOS DE AUTORA

Yo, Doris Anabel López Lozada, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art. 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice: El Patrimonio de la UNIANDES, está constituido por: La propiedad intelectual sobre las Investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultaría que se realicen en la Universidad o por cuenta de ella;

Ambato, diciembre 2017

_______________________ Doris Anabel López Lozada C.I.: 1803262326

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DEDICATORIA

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AGRADECIMIENTO

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ÍNDICE GENERAL

APROBACIÓN DE LA ASESORA DEL TRABAJO DE TITULACIÓN DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

DERECHOS DE LA AUTORA DEDICATORIA

AGRADECIMIENTO ÍNDICES

RESUMEN ABSTRACT

INTRODUCCIÓN ...

Situación Problémica ... 2

Formulación del Problema ... 5

Delimitación del Problema ... 5

Objetivos ... 6

Objetivo General ... 6

Objetivos Específicos ... 6

Línea de Investigación ... 6

Idea a Defender ... 6

Metodología a emplear ... 7

Técnicas de Investigación ... 7

Justificación ... 8

CAPÍTULO I ... 10

MARCO TEÓRICO ... 10

I Epígrafe. ... 10

1.1. La Adopción en el Ecuador y los Requisitos contemplados en el Código de la Niñez y la Adolescencia. ... 10

(8)

1.1.2. Instrumentos Internacionales en la Adopción ... 12

1.1.3. Evolución de la Adopción ... 13

1.1.4. Definiciones de Adopción. ... 15

1.1.5. El derecho a la familia ... 16

1.1.6. Requisitos de la Adopción, contemplados en el Código de la Niñez y la Adolescencia. ... 17

II Epígrafe... 20

1.2. Diferencias Jurídicas entre Infracción Penal Dolosa frente a la Infracción Penal Culposa. ... 20

1.2.1. Definiciones Infracción Penal Dolosa ... 20

III Epígrafe ... 34

1.3. Principio de Igualdad y Seguridad Jurídica ... 34

1.3.1. Principio de Igualdad ante la Ley... 34

1.3.2. Seguridad Jurídica ... 35

IV Epígrafe ... 36

1.4. Requisitos de la Adopción desde una perspectiva comparada ... 36

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 42

2.1. Caracterización del lugar donde se realiza la investigación. ... 42

2.2. Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación ... 42

2.2.1. Modalidad ... 42

2.2.2. Tipos de investigación ... 43

2.2.3. Métodos ... 43

2.2.4. Instrumentos ... 44

2.3. Población y Muestra ... 44

2.4. Análisis e interpretación de los resultados. ... 45

CAPÍTULO III ... 56

(9)

3.1. Tema de la Propuesta ... 56

3.2. Antecedentes ... 56

3.3. Cuerpo central ... 57

CONCLUSIONES ... 61

RECOMENDACIONES ... 62 BIBLIOGRAFÍA

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ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1: Tipo Penal, sanción y bien jurídico protegido según el COIP ... 21

Tabla 2: Población y Muestra ... 45

Tabla 3: ... 46

Tabla 4: ... 47

Tabla 5: ... 48

Tabla 6: ... 49

Tabla 7: ... 50

Tabla 8: ... 51

Tabla 9: ... 52

Tabla 10: ... 53

Tabla 11: ... 54

(11)

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1: ... 46

Gráfico 2: ... 47

Gráfico 3: ... 48

Gráfico 4: ... 49

Gráfico 5: ... 50

Gráfico 6: ... 51

Gráfico 7: ... 52

Gráfico 8: ... 53

Gráfico 9: ... 54

(12)

RESUMEN

(13)

ABSTRACT

This research project is aiming to the Family´s Law for being an important part in the development in society; the Equality Principle, which would make prevail the Constitutional rights in a reasonable manner, with no discernment and making the Legal Security regulations are respected and applied by all citizens.

This research project aims the creation of a legal document in which the adoption process must be standardized and clarified, so the requirements shall be clearly established in order to guarantee the family´s equality principle right.

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INTRODUCCIÓN

La legislación ecuatoriana, tipifica en el Código de la Niñez y la Adolescencia, los requisitos para adoptar, y establece no tener antecedentes penales, en delitos sancionados con reclusión, coartando la posibilidad de ser padres, de brindar cobijo a un niño, niña o adolescente que lo necesite, normativa que afecta el principio de igualdad, derecho de familia y seguridad jurídica.

El Código Orgánico Integral Penal del Ecuador en el Artículo 176, establece la no discriminación, y lo penaliza, mediante esta investigación se demuestra la vulneración de derechos en contra de personas que tienen pasado judicial, que pudieron haber sido víctimas de una mala práctica de justicia, o que cometieron delitos que no atentan en contra de la integridad del niño, niña o adolescente pero que si los beneficiarían de sobremanera de poder realizarse una Adopción.

En la actual normativa penal existen delitos que no lesionan o transgreden el bien protegido jurídico con la misma capacidad, así lo establece el Código Orgánico Integral Penal, y sin embargo el Código de la Niñez y Adolescencia, generaliza todos los delitos penalizados con reclusión, dándoles a todos los delitos la misma trascendencia, inhibe el derecho de adoptar e imposibilita tener acceso al derecho de familia.

Al disponer la prohibición de la Adopción a personas con antecedentes penales, sancionados con reclusión, se demuestra que existe contraposición de normas; en el Código de la Niñez y Adolescencia y en el Código Orgánico Integral Penal, normativa que debe ser examinaday corregidapor los legisladores fundamentándose en la seguridad jurídica como garantía de la aplicación objetiva de la ley y en el conjunto normativo constitucional del Estado.

La metodología empleada en el presente trabajo investigativo, es de modalidad cuali-cuantitativa la misma que integra métodos, técnicas e instrumentos cuyo producto

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Etimología de la palabra adopción, “la palabra adopción, deviene del latín, adoptio, onem, adoptare, de ad y optare, que significa desear”. (Juan Pablo Cabrera, 2008), este verbo hace referencia a recibir como hijo al que no lo es biológicamente con el cumplimiento de diversos requisitos que establece la ley.

Los antecedentes históricos de la Adopción, ya se dieron a conocer en la más remota antigüedad, siendo los principios religiosos la base para la fundación de esta institución. Las familias sin descendencia integran a su cobijo personas que pudieran heredar su nombre, su principal interés era la continuación de la estirpe para lograr la supervivencia del culto de los antepasados.

En el actual Código Civil Ecuatoriano. “La Adopción es una institución en virtud de la cual una persona llamada adoptante adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre señalados en este título, respecto de un menor de edad que se llama adoptado”. El Estado también garantiza sin contraposición a la norma la adopción internacional, siendo prioridad la adopción nacional, conforme establece el Art 153 Numeral 2 del Código Niñez y Adolescencia, amparada en el Art 180 del capítulo VI de la adopción internacional ibídem.

Situación Problémica

El punto de partida para el nacimiento de la figura de la adopción, le corresponde al Estado, el mismo que crea un órgano rector y amparado por el Ministerio de Inclusión Económica y Social, MIES y mediante la norma jurídica garantiza la plenitud del adoptado. Para dicha adopción se prevé la conducta legal, social y económica del o los adoptantes, ya que sin esta aplicación se violentaría la norma expresa radicada en el Ecuador en pactos, convenios, internacionales y dejando en la indefensión al adoptado.

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adolescente a la entidad de atención involucrada y a cualquier persona que pueda proporcionar información fundada sobre la inconveniencia de la adopción.

ElCódigo de la Niñez Adolescencia en sus artículos 151 y 152 busca que el adoptado este incluido en una sociedad y que goce de educación, salud, esparcimiento, alimentación, cuida de aspectos psicológicos no discriminativos y demás derechos inherentes al ser humano, concordando con el interés superior del niño y adolescente y respetados por las entidades públicas, privadas e internacionales, estas normas conllevan a la plenitud de la adopción.

Mediante los organismos que conforman el Estado, los jueces y juezas y los servidores públicos aplican los mecanismos establecidos en la Constitución para garantizar el pleno goce de derechos, y el desarrollo de una sociedad en igualdad de condiciones, con un régimen de protección constitucional, que resguarda a las personas de cualquier acto de poder, independientemente si proviene del Estado.

La visión que se quiere proyectar en esta investigación, se enfoca en las directrices para el cumplimiento eficaz de la normativa del Artículo 159 numeral 9 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se fundamenta en la seguridad jurídica que representa la garantía de la aplicación objetiva de la ley, de tal modo que los individuos conozcan en cada momento cuáles son sus derechos y sus obligaciones, sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de los legisladores puedan causarles perjuicio.

El Artículo 159 numeral 9 del Código de la Niñez y Adolescencia como requisito para la Adopción exige no registrar antecedentes penales, por delitos sancionados con penas de Reclusión. En el anterior Código Penal del Ecuador para los delitos se preveían penas privativas de libertad como las de Reclusión mayor: Ordinaria de cuatro a ocho años y, de ocho a doce años; Extraordinaria de doce a dieciséis años; y Especial de dieciséis a veinticinco años. Reclusión menor, Ordinaria de tres a seis años y de seis a nueve años, Extraordinaria de nueve a doce años; Sin embargo, el Código Orgánico Integral Penal establece que las infracciones se clasifican en delitos y contravenciones.

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es la infracción penal sancionada con pena no privativa de libertad o privativa de libertad de hasta treinta días.

De esta forma se da lugar a la antinomia de normas entre el Artículo 159 numeral 9 del Código de la Niñez y Adolescencia y el artículo 19 del Código Orgánico Integral Penal, puesto que la reclusión ya sea esta mayor o menor, ordinaria, extraordinaria o especial no figura en el Código Orgánico Integral Penal, y lo que agudiza más la contraposición de estas normas es que si una persona sancionada por delito, es decir con una pena superior a 30 días ya está dentro del rango de la reclusión como lo determinaba el anterior Código Penal Ecuatoriano.

En esta investigación se analizará la diferencia entre infracción penal dolosa frente a la infracción penal culposa y sus diferencias jurídicas para establecer básicamente la intencionalidad de causar daño. Por tanto, es imprescindible el estudio de la conducta intencional, premeditada o al contario cuando no existe la mala intención de infringir la ley, de ahí que son puntos a tomar en cuenta antes de emitir una resolución acerca de la idoneidad de las personas que tienen la intención de adoptar.

El estudio de esta problemática nos hace plantear el estudio y la evaluación del bien jurídico transgredido para establecer las limitaciones de los adoptantes con antecedentes penales. El bien jurídico protegido es un interés vital que preexiste al ordenamiento normativo, pues tales intereses no soncreados por el derecho, sino que reconoce intereses fundamentales.

Sin embargo, con la normativa actual del Código de la Niñez y Adolescencia, todos los delitos tienen la misma trascendencia, coartando la posibilidad del adoptante. Delitos contra el derecho a la intimidad personal y familiar, delitos contra el régimen monetario, delitos económicos, delitos contra los derechos de participación, delitos culposos de tránsito son delitos que no lesionan con la misma capacidad o no se equiparan en gravedad o violencia con delitos como: contra la humanidad, formas de explotación, o delitos contra la integridad sexual.

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la ley sancionará toda forma de discriminación. La Constitución del Ecuador, en el Artículo 11 garantiza que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades, ninguna norma podrá restringir, derechos, principios y garantías constitucionales, todos los derechos y principios serán de igual jerarquía.

Por su parte el Código Orgánico Penal hace referencia a la no discriminación en el Articulo 176, bajo ningún parámetro, y lo penaliza, de tal forma se demuestra la vulneración de derechos en contra de personas que tienen pasado judicial, que pudiesen haber sido víctimas de una mala práctica de justicia, o que cometieron delitos que no atentan, en contra de la integridad del menor.

El Derecho de Familia se ve afectado por la falta de claridad en los requisitos de la Adopción establecidos en el Código de la Niñez y Adolescencia se atenta directamente en contra de personas con antecedentes penales, pero se inhibe también el derecho a los niños y niñas a la espera de una familia que cubra todas sus necesidades.

Con el estudio de esta investigación se pretende demostrar la imprecisión entre normas, la seguridad jurídica se ve afectada, puesto que evita se pueda promover la justicia en el orden jurídico y la igualdad en la libertad.

Formulación del Problema

¿La Antinomia contemplada en la Adopción, entre el Código Orgánico Integral Penal y el Código de la Niñez y Adolescencia, vulneran el derecho a la familia, el principio de igualdad ante la ley y la seguridad jurídica?

Delimitación del Problema

Objeto de Estudio

Derecho de Familia

Campo de Acción

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Objetivos

Objetivo General

Crear un documento de análisis crítico Jurídico, con el fin de establecer de forma clara los requisitos de la Adopción, para garantizar el derecho a la familia, el principio de igualdad ante la ley y la seguridad jurídica.

Objetivos Específicos

1. Fundamentar jurídica y doctrinariamente las bases teóricas sobre la adopción, requisitos de la adopción plena, seguridad jurídica, derecho a la familia, y el principio de igualdad.

2. Demostrar si los requisitos de la adopción violentan derechos de las personas con antecedentes penales, impedidos de adoptar y tener una familia, como establece el Código de la Niñez y Adolescencia.

3. Desarrollar los elementos contenidos en el documento de análisis crítico Jurídico a fin de precisar los requisitos para la Adopción, garantizando el derecho a tener una familia, principio de igualdad ante la ley y seguridad jurídica.

Línea de Investigación

Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las Ciencias Jurídicas en Ecuador.

 El ordenamiento jurídico ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales.

Idea a Defender

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requisitos de la Adopción, para garantizar el derecho a la familia, el principio de igualdad ante la ley y la seguridad jurídica.

Metodología a emplear

La metodología aplicada corresponde al uso de procedimientos y técnicas necesarios para el desarrollo de esta investigación como lo son: el método deductivo que parte de aseveraciones generales a características particulares, inductivo es un procedimiento de análisis realizado a partir de hecho particular y analítico que permite descomponer en partes la problemática planteada.

Los Métodos a emplearse son: Método Analítico Sintético. - Mediante este método de análisis se obtendrá la normativa aplicada, y la necesidad de encontrar cambios mediante esta investigación.

Método Inductivo Deductivo. -Este métodocomprenderá de un análisis general con una visión amplia del tema del cual se desprenderán las particularidades y características.

Método Histórico Lógico. - este método permitirá analizar científicamente los hechos pasados, comparándolos con la actualidad.

Técnicas de Investigación

Encuesta

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Instrumentos de Investigación

Se realizó un cuestionario con preguntas claras y concisas para el mejor entendimiento y que demuestre el conocimiento de las personas entrevistadas sobre el tema, su punto de vista y el deseo de modificar dichas leyes.

Justificación

La presente Investigación es una fuente de conocimiento para todas aquellas personas que se interesen en la problemática social y legal de la Adopción, estén inmiscuidas o no en el ámbito jurídico puesto que está fundamentada en documentos bibliográficos y en análisis jurídicos, jurisprudencias vigentes, doctrina, y datos tomados de fuentes directas para darle la validez y trascendencia que amerita.

Si bien el aporte teórico en la presente investigación está fundamentado en el Código de la Niñez y Adolescencia, requisitos de la Adopción, Artículo 159 numeral 9, “No registrar antecedentes penales por delitos sancionados con penas de reclusión”. Con el fin de demostrar vulneración de derechos, del mismo modo se ha utilizado como base de estudio el análisis del Código Orgánico Integral Penal, Artículo 19. “Las infracciones se clasifican en delitos y contravenciones”, para establecer la existencia de contraposición de normas.

Pese al incremento de niños abandonados por sus padres biológicos y del tiempo que conlleva el proceso de Adopción, como también de las restricciones inadecuadas, no se le ha dado a este tema la atención necesaria, razón por la que con esta investigación se busca dar influencia en la sociedad, en personas que compartan pensamientos de igualdad, no discriminación y de equidad de oportunidades para niños, niñas y adolescentes que se merecen una vida digna.

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Esta problemática, requiere ser analizada, estudiada y difundida, ya que es una realidad que no solo le compete al ámbito social en donde se demuestra que se desatiende la necesidad de los niños en aptitud legal de ser adoptados, sino que además no se cumple con los principios fundamentales de la Constitución que son igualdad y seguridad jurídica para todas las personas.

Por otra parte los requisitos de la Adopción no han sido revisados cuidadosamente por parte de legisladores, dejando vacíos legales que repercuten de gran manera en el desarrollo del procedimiento a seguir para concretar el trámite de la Adopción, convirtiéndose en un trámite burocrático que a consecuencia de esto las personas interesadas deciden interrumpir el proceso o en el peor de los casos suspenderlo, desechando así la probabilidad de constituir una familia e impidiendo la igualdad de derechos.

De igual modo se pretende que esta investigación se torne en un material de ilustración, una fuente de consulta para estudiantes y la sociedad en general, en tanto que también se pueda motivar a realizar más investigaciones de problemáticas jurídico sociales que buscan mejorar la calidad de vida de las personas que conformamos un Estado.

Asimismo, encontramos que en nuestro país no se ha realizado un estudio concienciado de este tema y a consecuencia de ello es muy difícil encontrar doctrina y criterios jurídicos de conocedores del derecho o funcionarios involucrados en organismos del estado que emitan juicios de cómo mejorar este sistema y así lograr eficiencia en la estructuración de los requisitos de una Adopción plena.

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CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

I Epígrafe.

1.1. La Adopción en el Ecuador y los Requisitos contemplados en el Código de la Niñez y la Adolescencia.

1.1.1.Antecedentes

Los comienzos de la paternidad adoptiva, las apreciamos entre las civilizaciones más

representativas de la antigüedad como la mesopotámica, egipcia, védica y hebraica. La cultura

mesopotámica tuvo una enorme influencia, con un desarrollo espiritual, material y la importancia

que sus sociedades concedieron al Derecho; gracias a su labor investigadora. (ROUX, G. Mesopotamia. Historia Política, Económica y Cultural, Trad. Juan Carlos Bermejo Barrera, Akal,

Madrid, 1987).

La paternidad adoptiva y la maternidad subrogada, presentes en la sociedad babilónica con la finalidad y utilidad social de perpetuar el culto doméstico familiar (religiosa) y trasmitir post mortem el patrimonio del padre de familia (bienes colectivos indivisibles e inalienables) ante la ausencia de descendientes, sucesores o herederos. (GAUDEMET, J. Formes et fonctions de l’adoption dans le monde Antique, Estudios de Derecho privado y penal romano, feudal y burgués, Barcelona, 1988, pág. 22.)

Como aparece descrito en el Código de Hammurabi la adopción, como negocio jurídico de carácter privado y sucesorio inter partes, se constituía mediante contrato, obligando a las partes, de ahí su punibilidad en caso de incumplimiento, y se formalizaba en una tableta

de arcilla, que hacía las veces de escritura pública, entre el padre adoptivo y la familia natural

del adoptado (su padre o su amo si el adoptado era un esclavo) o el mismo adoptado, si éste

no tenía o carecía de familia biológica en el caso de ser huérfano. (Código de Hammurabi,

Trad. Federico Lara Peinado, Editorial Nacional, Madrid, 1982, pág. 36.), la adopción en

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(adoptado) que debía ser siempre un varón. En Atenas la herencia se determinaba por vía patrilineal y la mujer no computaba a efectos sucesorios (era una propiedad “animada” que formaba parte de los bienes de la hestia y del oikos) y por lo tanto estaba excluida de cualquier tipo de participación en la vida pública, política o social.( SÁNCHEZ RUIPÉREZ, M et al. Historia de Grecia, Montaner y Simón, Barcelona, 1979, págs. 101-02).

En Egipto la adopción nos recuerda el caso de Moisés, adoptado por la hija del faraón. En las primeras dinastías la adopción fue casi nula, posteriormente aparece la Zesis, institución mediante la cual una persona podía otorgar a un extraño la calidad de hijo sometido a su potestad. En Egipto hay un avance con respecto a las culturas contemporáneas puesto que la adopción no solo se realizaba entre varones sino que también las mujeres podían adoptar y ser adoptadas. (PLUTARCO. Obras Morales y de Costumbres (Moralia). Tomo VI, Trad. Francisca Pordomingo Pardo, Editorial Gredos, Madrid, 1995, págs. 86 y 144).

En el Derecho hebreo la legislación fue inspirada por altos ideales de moralidad y de ética religiosa, la palabra de Dios quedó consignada en diversos libros proféticos e históricos, que posteriormente formaron la Biblia. Entre el pueblo hebreo existió la adopción y se aplicaba la ley del Levirato. (El Mahabharata. Vyasa. Tomo I. Trad. Julio Pardilla, Edicomunicación Barcelona, 1986, págs. 67-68.)

En el imperio romano tras constituirse la adopción, el adoptado ocuparía la condición social y jurídica de ciudadano libre y de heredero (sucediendo al adoptante). Durante el Imperio romano, la filiación adoptiva alcanza su máximo apogeo y esplendor, asegurando

una descendencia artificial y ficticia que debe imitar a la filiación natural (de ahí la máxima

“adoptio naturam imitatur”) para aquéllos que no tenían hijos o los habían perdido (desde una

perspectiva social, en base al concepto y la significación de la familia en Roma y de la potestas

o autoridad del paterfamilias sobre el filiusfamilias).

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política, religiosa y jurídica de la adopción. (TESIS DOCTORAL Departamento de Sociología y Ciencia Política y de la Administración La adopción. Historia del amparo socio jurídico del menor

Autor: Manuel Baelo Álvarez. Pág. 87)

No sólo la naturaleza hace hijos de familia, sino también las adopciones. El término “adopción” es ciertamente genérico y se divide en dos clases, una de las cuales, se llama igualmente “adoptio” y otra “adrogatio”. Son adoptados los que son hijos de familia, son arrogados los independientes. (Digesto. Libro I, Título VII. I).

1.1.2.Instrumentos Internacionales en la Adopción

Es así, que la adopción evoluciona para transformarse en una institución de gran interés de las personas, a nivel mundial debido a la constante evolución y las relaciones entre los distintos países, esta circunstancia ha motivado a que se lleve a cabo la adopción internacional, misma que debe respetar el interés superior del niño para así evitar la comercialización o el tráfico de los mismos.

La Convención sobre los derechos del niño, como ley internacional de mayor jerarquía sobre los derechos de los niños y niñas, es de carácter obligatorio para los Estados firmantes. Estos países informan al Comité de los Derechos del Niño sobre los pasos que han adoptado para aplicar lo establecido en la Convención.

Por ello la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 21 manifiesta, lo siguiente: “Los Estados parte que reconocen o permiten el sistema de adopción cuidaran de que el interés superior del niño sea la consideración primordial”. (Convención sobre los Derechos del Niño · UNICEF Comité Español. 20 de noviembre de 1989.pág 18).

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Niños, que vele por su bienestar era necesario, porque aun cuando muchos países tenían leyes que protegían a la infancia, muchos de ellos no los cumplían. Para los niños esto significaba con frecuencia pobreza, falta de educación, maltrato, explotación, abandono. Unos problemas que afectaban tanto a los niños de los países ricos como pobres.

Para concluir podemos decir que la adopción ha sufrido varios cambios al pasar del tiempo, primero se lo realizaba con ánimos políticos, posteriormente con propósitos religiosos, luego de ello se lo realizaba solo para que la persona quien adopta pueda conservar sus bienes y su patrimonio, hasta que los Instrumentos Internacionales tomaron atención en este tema y acordaron buscar mecanismos de protección a los niños que lo han perdido todo y solo les queda la esperanza de ser rescatados por seres humanos con un gran corazón.

1.1.3.Evolución de la Adopción

Actualmente, la adopción es un instrumento con el cual se trata reparar el vacío que hay en matrimonios que no pueden tener hijos y tener plenitud en su hogar, y que los niños alejados de sus padres biológicos tengan la oportunidad de tener el hogar que todo niño se merece.

Poco a poco la sociedad ha ido tomando conciencia acerca de los niños abandonados, ya sea en albergues, en centros de Adopción o en la misma calle y que se encuentran en estado de vulnerabilidad completa. Algunos juristas mencionan que la adopción surge como una especie de consuelo para aquellas personas que no pudieron concebir un hijo de manera natural.

Mencionábamos que en la antigüedad tener descendientes era un signo de honor puesto que ellos podrían tanto seguir con el legado como realizar las diferentes solemnidades cuando el adoptante falleciera, además de poder dejar los bienes patrimoniales en manos de un familiar descendiente.

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“Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria. Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado”. (Constitución de la República del Ecuador.2008. Capítulo tercero. Artículo 35).

La concepción moderna de la adopción nos dice entonces que la Adopción es un mecanismo para el niño que ha carecido de un hogar, de unos padres y de seguridad, tenga la oportunidad de crecer en un entorno adecuado para su óptimo desarrollo. Y que los padres adoptivos plenamente capacitados puedan brindarles la estabilidad económica, física, psicológica y emocional que necesitan.

La Adopción Internacional aparece como consecuencia del descenso en los índices de fecundidad, el incremento de la mujer en el mercado laboral, el aumento de las tasas de infertilidad conyugal y la predilección de la paternidad adoptiva al exteriorizar públicamente la adopción y presentar a las familias como ejemplo de simpatía, armonía y multiculturalidad.

“Ensayando una definición de adopción internacional diremos que es aquella por la cual los adoptantes de nacionalidad extranjera, domiciliados dentro o fuera del país, tienen la firme intención de adoptar para si un niño, niña, o adolescente ecuatoriano y formar con él una familia biológica. Además existe una adopción receptiva por la cual niños, niñas y adolescentes extranjeros que en virtud de la adopción por ecuatorianos o extranjeros residentes en Ecuador se radiquen definitivamente en el país, gozaran de todos los derechos, garantías y atributos, deberes y responsabilidades que la ley y los instrumentos internacionales confieren según el régimen de adopción nacional. Así prescribe el Art 89 del Código de la Niñez y Adolescencia”. (Fernando Albán. Derecho de la Niñez y Adolescencia. Tercera Edición Actualizada, 2010. Pág.237).

La Adopción en el Ecuador esta normada por principios específicos que sin lugar a duda busca el desarrollo integral del niño niña o adolescente:

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 Se priorizará la adopción nacional sobre la internacional. La adopción internacional será excepcional;

 Se priorizará la adopción por parte de parejas heterosexuales constituidas legalmente, sobre la adopción por parte de personas solas;

 Se preferirá como adoptantes a los miembros de la familia de origen del niño, niña o adolescente, hasta el cuarto grado de consanguinidad;

 El niño y la niña siempre que estén en condiciones de hacerlo deben ser escuchados en el proceso de adopción y sus opiniones serán valoradas de acuerdo al desarrollo evolutivo y emocional de cada uno. Es obligatorio el consentimiento del adolescente;  Las personas adoptadas tienen derecho a conocer su condición de tal, su origen, su historia personal y a su familia consanguínea, salvo que exista prohibición expresa de esta última;

 Los candidatos a adoptantes deberán ser personas idóneas;

 Los niños, niñas, adolescentes y los candidatos a adoptantes deben recibir una preparación adecuada para la adopción; y,

 En los casos de adopción de niños, niñas y adolescentes pertenecientes a los pueblos y nacionalidades indígenas y afro - ecuatorianas, se preferirá a adoptantes de su propia cultura. (CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Artículo 153).

1.1.4.Definiciones de Adopción.

La palabra adopción viene del latín adoptio, y adoptar, de adoptare, de ad, a y optare, desear (acción de adoptar o prohijar). Es decir, se recibe al adoptado como hijo, pero no porque lo fuera naturalmente, sino que se trata de una creación técnica del derecho, con la finalidad de proteger a los menores desvalidos y también contribuir al robustecimiento de la familia, que permite la continuación de la especie. (CHÁVEZ ASENCIO, Manuel F. La familia en el derecho (relaciones jurídicas paternos-filiales). Editorial Porrúa, Primera edición 1985. Pag.199).

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ACTUALIZADA, CORREGIDA Y AUMENTADA POR /Guillermo Cabanellas de las Cuevas R Editorial Heliasta. Pág. 24).

Para Hernán Gómez “La Adopción es, principalmente y por excelencia, una medida de protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia del Estado se establece de manera irrevocable la relación paterno-filial entre personas que no tiene la misma naturaleza”; (GOMEZ PIEDRAHITA, Hernán, Derecho de Familia, Edit. Temis S.A., Santa Fe de Bogotá. Colombia, 1992, pág. 288).

“La adopción es una institución en virtud de la cual una persona llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, señalados en este Título, respecto de un menor de edad que se llama adoptado. Sólo para los efectos de la adopción se tendrá como menor de edad al que no cumple 21 años”. (Código Civil ecuatoriano Artículo 314).

“Finalidad de la adopción. - La adopción tiene por objeto garantizar una familia idónea, permanente y definitiva al niño, niña o adolescente que se encuentren en aptitud social y legal para ser adoptados”. (Código de Niñez y Adolescencia Artículo 151).

1.1.5.El derecho a la familia

“La palabra familia proviene del latín “familia” de “famulus”, que a su vez deriva del osco “famel” que quiere decir siervo, y más remotamente del sánscrito “vama”, que significa habitación, casa. Partiendo de esta etimología, en la antigüedad se consideraba familia al conjunto de personas y esclavos que habitaban con el señor de la casa. La familia es el conjunto de personas unidas por vínculos de matrimonio, parentesco o adopción. Considerada como una comunidad natural y universal, con base afectiva, de indiscutible formativa en el individuo y de importancia social. Se dice que es universal ya que la historia de la familia es la historia de la humanidad”. (http://conceptodefinicion.de/familia/).tadamente).

(30)

otra le ocurrirá lo mismo. Dentro de esta analogía surge otra de igual importancia, la relación de padres e hijos, cada integrante de familia con su propio pensamiento y autonomía de ser humano.

El Código de la Niñez y Familia establece: “Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir y desarrollarse en su familia biológica. El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia. Excepcionalmente, cuando aquello sea imposible o contrario a su interés superior, los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a otra familia, de conformidad con la ley. Código de la Niñez y Adolescencia Artículo 22).

En todas las circunstancias la familia debe proporcionales al niño, niña o adolescente un ambiente de afecto y comprensión que le facilite un desarrollo adecuado tanto emocional como físico en donde se fortalezcan lazos de simpatía y respeto; entiéndase, así como Familia al conjunto de personas que viven bajo un mismo techo y conformada por sus integrantes padres hijos, hermanos y en ciertos casos ascendientes, descendientes o parientes por afinidad.

El Estado, sociedad y familia están inmersos en la temática de la Adopción, concretamente solo cuando la familia biológica no pueda ofrecer el cuidado y seguridad a la que está obligada siendo contaría al interés superior del niño niña o adolescente podrá ser privado judicialmente de este fundamental derecho, posterior al trámite establecido por el Código de la Niñez y Adolescencia.

1.1.6.Requisitos de la Adopción, contemplados en el Código de la Niñez y la Adolescencia.

(31)

La Fase Administrativa, se encuentra bajo la responsabilidad de la Dirección de Adopciones del MIES. Las Unidades de Adopción, ubicadas en las 9 zonas del país, y los Comités de Asignación Familiar (CAF) son los responsables del proceso. (http://www.inclusion.gob.ec/la-adopcion-es-vivir-la-experiencia-de-disfrutar-el-tener-un-hijao/).

Esta fase administrativa tiene por objeto:

 Estudiar e informar sobre la situación física, psicológica, legal, familiar y social, de la persona que va a adoptarse (niña, niño o adolescente);

 Declarar la idoneidad de los candidatos a adoptantes (parejas o personas solas);  Asignar mediante resolución administrativa a una familia, una niña, niño o

adolescente. Esta facultad es privativa del Comité de Asignación Familiar.

PROCEDIMIENTO:

 Acercarse o contactarse con una de las Unidades Técnicas de Adopción Zonales (dependiendo del domicilio), donde se recibe orientación, se registra información básica y se obtiene una cita para una entrevista preliminar.

 Entrevista preliminar con la persona o pareja solicitante de adopción.

 Participación en los círculos de formación de padres adoptivos 2 sesiones de 8 horas para desarrollo de 5 módulos.

 Presentación de la solicitud y los medios de verificación completos.  Evaluación psico-social individual y de pareja de ser el caso.  Estudio de hogar.

 Declaración de la idoneidad o no de los solicitantes a adopción.  Asignación del niño, niña o adolescente.

 Aceptación o no de la familia.

 Proceso de emparentamiento, éste se da una vez que existe la aceptación de la familia, si el proceso de emparentamiento es exitoso, el niño, niña o adolescente pasa a vivir con su familia.

(32)

Fase Judicial: De acuerdo a lo descrito en el artículo 175 del Código de la Niñez y Adolescencia, el juicio de adopción se iniciará una vez concluida la fase administrativa; procedimiento a través del cual, por sentencia judicial se declara la calidad de hija o hijo y padres adoptivos y se ordena la inscripción en el Registro Civil. (CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, 2013)

Esta fase es responsabilidad de los Juzgados Civiles, Juzgados Multicompetentes, Juzgados de la Niñez y Adolescencia y de las Unidades Judiciales de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Función Judicial a nivel nacional.

Seguimiento Post - adoptivo: “Durante los dos años subsiguientes a la adopción, los adoptantes nacionales y los niños, niñas y adolescentes adoptados recibirán asesoría y orientación por parte de los profesionales de las Unidades Técnicas, quienes acompañarán el proceso de adaptación y fortalecimiento de los vínculos familiares que crea la adopción, asegurando el ejercicio pleno de los derechos del adoptado.” (CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, 2013). Artículo 179.

Los candidatos a adoptantes deben cumplir los siguientes requisitos:

1. Estar domiciliados en el Ecuador o en uno de los estados con los cuales el Ecuador haya suscrito convenios de adopción;

2. Estar en pleno ejercicio de los derechos políticos; 3. Ser mayores de veinticinco años;

4. Tener una diferencia de edad no menor de catorce ni mayor de cuarenta y cinco años con el adoptado. La diferencia mínima se reducirá a diez años cuando se trate de adoptar al hijo del cónyuge o conviviente, en los casos de unión de hecho que cumpla con los requisitos legales. Estas limitaciones de edad no se aplicarán a los casos de adopciones entre parientes. Tratándose de parejas, los límites de edad se aplicarán al cónyuge o conviviente más joven. En los casos de pareja de adoptantes, ésta debe ser heterosexual y estar unida por más de tres años, en matrimonio o unión de hecho que cumpla los requisitos legales;

(33)

6. Disponer de recursos económicos indispensables para garantizar al adoptado la satisfacción de sus necesidades básicas;

7. Ser legalmente capaces;

8. Disponer de recursos económicos indispensables para garantizar al adoptado la satisfacción de sus necesidades básicas;

9. No registrar antecedentes penales por delitos sancionados con penas de reclusión. (CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, 2013.Artículo 159.)

Cabe resaltar el numeral 9 del Artículo 159 del Código de la Niñez y Adolescencia que menciona acerca de los requisitos para acceder a la Adopción no registrar antecedentes penales por delitos sancionados con penas de reclusión, punto neurálgico de nuestra Investigación.

II Epígrafe

1.2. Diferencias Jurídicas entre Infracción Penal Dolosa frente a la Infracción Penal Culposa.

1.2.1.Definiciones Infracción Penal Dolosa

Es la acción delictiva de manera consciente y voluntaria. Es decir, si alguien actúa dolosamente cuando sabe lo que está haciendo y conoce las consecuencias derivadas de su acción. El dolo implica que alguien quiere ocasionar un daño a otra persona y, por lo tanto, no lo hace de forma inconsciente o involuntaria sino con toda la intención.

El dolo conlleva un delito y para que sea considerado jurídicamente como tal debe incorporar dos requisitos: uno intelectual y otro volitivo. El requisito intelectual del dolo implica que el delincuente sabe de antemano que la acción que va a realizar está penada por la ley. El requisito o elemento volitivo supone que la persona que comete el delito tiene la voluntad de hacerlo.

(34)

premeditada en la ejecución de la infracción o al contario cuando no existe la mala intención de incumplir con la normativa, de ahí que la resolución de un juez es, trascendental acerca de la idoneidad de las personas que tienen la intención de adoptar”. (Código Orgánico Integral Penal 2014. Artículo 26.)

La infracción culposa se manifiesta por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos o deberes. Sin embargo, en la apreciación de la culpa a los fines del resarcimiento del daño, en un caso, y de la represión del delito, en el otro, existen pautas diversas: en el primer caso la culpa se aprecia como un criterio muy afinado para no dejar a la víctima sin reparación; en el segundo, existe mayor rigor para valorar las circunstancias constitutivas de la culpa con el propósito de no condenar a un inocente.

Culpa “la persona que infringe el deber objetivo de cuidado, que personalmente le corresponde, produciendo un resultado dañoso”. Esta conducta es punible cuando se encuentra tipificada como infracción en este código. (Código Orgánico Integral Penal 2014. Artículo 27.)

La culpa en sentido estricto es definida como la falta de intención en el sujeto activo de provocar las consecuencias que el acto que emprende suscita, por lo que se dice que no se representó mentalmente el resultado de su accionar, mientras que el dolo es la intención de cometer el acto en cuestión y consecuentemente, causar sus consecuencias, por lo que previamente se representó mentalmente el resultado de su acto. La culpa entonces es el actuar imprudente, negligente, en otras palabras, la conducta atrevida o descuidada del sujeto activo.

Tabla 1: Tipo Penal, sanción y bien jurídico protegido según el COIP

TIPO PENAL ARTICULO

COIP SANCION

BIEN JURIDICO PROTEGIDO Genocidio

Art. 79 26 a 30 años Delitos contra la Humanidad Etnocidio

Art.80 16 a 19 años Delitos contra la Humanidad Exterminio

Art.81 26 a 30 años Delitos contra la Humanidad Esclavitud

Art .82 22 a 26 años Delitos contra la Humanidad Traslado Forzoso de población

(35)

Desaparición forzada

Art. 84 22 a 26 años Delitos contra la Humanidad Ejecución extrajudicial

Art. 85 22 a 26 años Delitos contra la Humanidad Persecución

Art. 86 26 a 30 años Delitos contra la Humanidad Apartheid

Art. 87 26 a 30 años Delitos contra la Humanidad Agresión

Art. 88 26 a 30 años Delitos contra la Humanidad Delitos de Lesa Humanidad

Art .89 26 a 30 años Delitos contra la Humanidad

Trata de personas Art .92 13,16, 19,22,26 años Trata de personas Extracción ilegal de órganos

Art .95 10 a 13 años Formas de Explotación Tráfico de órganos

Art. 96 13 a 16 años Formas de Explotación Publicidad de tráfico de órganos

Art. 97 7 a 10 años Formas de Explotación Trasplante sin autorización

Art. 98 3,5,7 años Formas de Explotación Comercio ilegal de Órganos

Art. 99 7 a 10 años Formas de Explotación Explotación sexual de personas

Art.100 13 ,16,19 años Formas de Explotación Prostitución Forzada

Art. 101 13 a 16 años Formas de Explotación Turismo Sexual

Art. 102 7 a 10 años Formas de Explotación Pornografía Infantil

Art. 103 13 a 16 años Formas de Explotación Comercialización de Pornografía

Art.104 10 a 13 años Formas de Explotación Trabajos Forzados

Art. 105 10 a 13 años Formas de Explotación Promesa de matrimonio

Art. 106 10 a 13 años Formas de Explotación Adopción ilegal

Art. 107 10 a 13 años Formas de Explotación Empleo de Personas para

mendicidad Art. 108 10 a 13 años

Formas de Explotación Homicidio de persona protegida

Art. 115 22 a 26 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Mutilaciones o experimentos en

personas

Art. 118 13 a 16 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Tortura y tratos crueles en persona

protegida

Art. 119 13 a 16 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Castigos colectivos en persona

protegida Art. 120 13 a 16 años

(36)

bienes protegidos D. I.

H Empleo de métodos prohibidos en

conflicto armado

Art.121 13 a 16 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Utilización de armas prohibidas

Art. 122 13 a 16 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Ataque a bienes protegidos

Art. 123 13 a 16años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Obstaculización de tareas

sanitarias

Art 124. 13 a 16 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Privación de libertad de persona

protegida

Art. 125 10 a 13 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Ataque a persona protegida con

fines terroristas

Art. 126 10 a 13 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Reclutamiento de niños, niñas y

adolescentes

Art. 127 10 a 13 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Toma de rehenes

Art. 128 10 a 13 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Infracciones contra los

participantes activos en conflicto

armado Art. 129 10 a 13 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Traslado arbitrario o ilegal

Art 130 7 a 10 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Abolición y suspensión de

derechos de persona protegida

Art. 131 7 a 10 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Modificación ambiental con fines

militares Art. 132 7 a 10 años

(37)

bienes protegidos D. I.

H Denegación de garantías judiciales

de persona protegida

Art. 133 5 a 7 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Omisión de medidas de protección

Art. 134 5 a 7 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H

Omisión de medidas de protección

Art 135 5 a 7 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Contribuciones arbitrarias

Art. 136 5 a 7 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Prolongación de Hostilidades

Art. 137 5 a 7 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Destrucción de bienes de la parte

adversa

Art. 138 3 a 5 años

Delitos contra personas y

bienes protegidos D. I.

H Asesinato

Art 140 22 a 26 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Femicidio

Art 141 22 a 26 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Sicariato

Art 143 22 a 26 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Homicidio

Art 144 10 a 13 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Homicidio Culposo

Art 145 3 a 5 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Homicidio culposo por mala

práctica profesional Art 146 1 a 3 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Aborto con muerte

Art 147 13 a 16 años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Aborto no consentido

Art 148 5 a 7 años

Delitos contra la inviolabilidad de

(38)

Aborto consentido

Art 149 1 a 3años

Delitos contra la inviolabilidad de

la vida Tortura

Art 151 7 a 10 años

Delitos contra la integridad

personal Lesiones

Art 152 30 días , 7 años

Delitos contra la integridad

personal Abandono de persona

Art 153 1 a 3 años

Delitos contra la integridad

personal Intimidación

Art 154 1 a 3 años

Delitos contra la integridad

personal Violencia contra la mujer o

miembros del núcleo familiar

Art.155

Delitos de violencia contra

la mujer o miembros del núcleo familiar Violencia física contra la mujer o

miembros del núcleo familiar

Art. 156

Delitos de violencia contra

la mujer o miembros del núcleo familiar Violencia psicológica contra la

mujer o miembros del núcleo fam.

Art. 157 30 a 60 días 1 a 3 años

Delitos de violencia contra

la mujer o miembros del núcleo familiar Violencia sexual contra la mujer o

miembros del núcleo familiar

Art. 158

Delitos de violencia contra

la mujer o miembros del núcleo familiar Privación ilegal de libertad

Art. 160 1 a 3 años Delitos contra la libertad personal Secuestro

Art. 161 3 a 5 años Delitos contra la libertad personal Secuestro extorsivo

Art. 162 5 a 7 años Delitos contra la libertad personal Inseminación no consentida

Art. 164 5 a 7 años Delitos contra la integridad sexual Privación forzada de reproducción

Art. 165 10 a 13 años Delitos contra la integridad sexual Acoso sexual

Art. 166 3 a 5 años Delitos contra la integridad sexual Estupro

Art. 167 1 a 3 años Delitos contra la integridad sexual Distribución de material

pornográfico Art. 168 1 a 3 años

Delitos contra la integridad sexual Corrupción infantil

Art. 169 3 a 5 años Delitos contra la integridad sexual Abuso sexual

Art. 170 3 a 3 años5 Delitos contra la integridad sexual Violación

Art. 171 19 a 22 años Delitos contra la integridad sexual Utilización de personas para fines

sexuales Art. 172 5 a 7 años

(39)

Contacto con finalidad sexual con

menores de 18 años Art. 173 1 a 3 años

Delitos contra la integridad sexual Oferta de servicios sexuales

Art. 174 7a 10 años Delitos contra la integridad sexual Discriminación

Art. 176 3 a 5 años

Delitos contra el derecho de

igualdad Delito de Odio

Art. 177 1 a 3 años

Delitos contra el derecho de

igualdad Violación a la intimidad

Art. 178 1 a 3 año

Delitos contra el derecho a la

intimidad personal y

familiar Revelación de secreto

Art. 179 6 meses 1 año

Delitos contra el derecho a la

intimidad personal y

familiar Difusión de información de

circulación

Art. 180 1 a 3 años

Delitos contra el derecho a la

intimidad personal y

familiar Violación de propiedad privada

Art. 181 3 a 5años

Delitos contra el derecho a la

intímidad personal y

familiar Calumnia

Art. 182 6 meses 2 años Delito contra el derecho al honor Extorsión

Art 185 3 a 5 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Estafa

Art. 186 5 a 7 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Abuso de confianza

Art. 187 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Aprovechamiento ilícito de

servicios públicos Art. 188 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Robo

Art. 189 5 a 7 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Apropiación fraudulenta por

medios electrónicos Art. 190 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Reprogramación de información

de equipos terminales móviles Art.191 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Intercambio o compra

información de equipos terminales móviles

Art.192 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Reemplazo de identificación de

terminales móviles Art.193 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

(40)

Comercialización ilícita de

terminales Art.194 1 a 3años

Delito contra el derecho a la

propiedad Infraestructura ilícita

Art.195 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Hurto

Art.196 6 meses 2 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Hurto de bienes de uso policial

Art.197 3 a 5 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Hurto de lo requisado

Art.198

Delito contra el derecho a la

propiedad Abigeato

Art.199 5 a 7 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Usurpación

Art.200 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Ocupación de suelo

Art.201 5 a 7 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Receptación

Art.202 6 meses 2 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Comercialización de bienes de uso

policial hurtados o robados Art.203 3 a 5 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Insolvencia Fraudulenta

Art.205 3 a 5 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Quiebra

Art.206 1 a 3 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Quiebra fraudulenta de persona

jurídica Art.207 3 a 5 años

Delito contra el derecho a la

propiedad Supresión de la identidad y estado

civil Art. 211 1 a 3 años

Delitos contra el derecho a la

identidad Suplantación de identidad

Art.212 3 a 5 años

Delitos contra el derecho a la

identidad Tráfico ilícito de migrantes

Art. 213 7 a 10 años Delitos contra la migración Manipulación genética

Art. 214 3 a 5 años

Delitos contra el derecho a la

salud Daño permanente a la salud

Art. 215 7 a 10 años

Delitos contra el derecho a la

salud Contaminación de sustancias

destinadas al consumo humano Art. 216 3 a 5 año

Delitos contra el derecho a la

salud Producción de insumos caducados

Art. 217 3 a 5años

Delitos contra el derecho a la

(41)

Desatención del servicio de salud

Art. 218 1 a 3 años

Delitos contra el derecho a la

salud Producción ilícita de sustancias

sujetas a fiscalización

Art. 219 7 a 10 años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización Tráfico ilícito de sustancias sujetas

a fiscalización

Art. 220 3 a 5 años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización financiamiento para la producción

sustancias sujetas a fiscalización

Art. 221 16 a 19 años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización Siembra o cultivo

Art. 222 1 a 3 años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización Suministro de sustancias

estupefacientes

Art. 223 1 a 3 años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización Prescripción injustificada

Art. 224 3 a 5 años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización Acciones de mala fe

Art. 225 5 a 7años

Delitos por producción o tráfico ilícito de

sustancias sujetas a fiscalización Revelación ilegal de base de datos

Art. 229 1 a 3 años 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad de los activos de los

sistemas de información Interceptación ilegal de datos

Art.230 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad de los activos de los

sistemas de información Transferencia electrónica de

activo patrimonial

Art.231 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad de los activos de los

(42)

Ataque a la integridad de sistemas informáticos

Art.232 3 a 5 años 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad de los activos de los

sistemas de información Delitos contra la información

pública reservada legalmente

Art.233 3 a 5 años 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad de los activos de los

sistemas de información Acceso no consentido a un sistema

informático

Art.234 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad de los activos de los

sistemas de información Engaño al comprador respecto a la

identidad o calidad de las cosas

Art. 235 6 mese 1 año

Delitos contra los derechos

delos consumidores Casinos o negocios de juegos de

azar

Art. 236 3 a 5 años

Delitos contra los derechos

delos consumidores Destrucción de bienes del

patrimonio cultural Art. 237 1 a 3 años

Delitos contra el Derecho a la

cultura Transporte ilícitos de bienes de

patrimonio culturales Art. 238 5 a 7 años

Delitos contra el Derecho a la

cultura Falsificación de bienes de

patrimonio cultural Art. 239 6 meses 2 años

Delitos contra el Derecho a la

cultura Sustracción de bienes del

patrimonio cultural Art. 240 3 a 5años

Delitos contra el Derecho a la

cultura Delitos contra el agua

Art. 251| 3 a 5 años

Delitos contra los recursos

naturales Delitos contra el suelo

Art. 252 3 a 5 años

Delitos contra los recursos

naturales Contaminación del suelo

Art. 252 1 a 3 años

Delitos contra los recursos

naturales Actividad ilícita de recursos

mineros

Art. 260 5 a 7años

Delitos contra los recursos naturales no renovables suministro maquinaria extracción

ilícita de recursos mineros

Art. 261 3 a 5 años

Delitos contra los recursos naturales no renovables Almacenamiento ilegal de

hidrocarburos Art. 265 5 a 7 años

Delitos contra la actividad hidrocarburos Sustracción de hidrocarburos

Art. 266 5 a 7 años

(43)

Prevaricato delos jueces o árbitros

Art. 268 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Prevaricato de los abogados

Art. 269 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Perjurio y falso testimonio

Art. 270 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Acusación o denuncia maliciosa

Art. 271 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Fraude procesal

Art. 272 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Revelación de identidad de agente

encubierto o persona protegida Art. 273 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Evasión

Art. 274 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Ingreso de artículos prohibidos

Art. 275 5 a 7 años

Delitos contra la tutela judicial

efectiva Peculado

Art. 278 10 a 13 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Enriquecimiento ilícito

Art. 279 7 a 10 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Cohecho

Art. 280 5 a 7 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Concusión

Art. 281 3 a 5 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Incumplimiento de decisiones

legitimas de autoridad competente

Art. 282 1 a 3 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Ataque o resistencia

Art. 283 6 mese 2 años 3 a 5 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Ruptura de sellos

Art. 284 1 a 3 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Trafico de influencias

Art. 285 3 a 5 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Oferta de realizar tráfico de

influencias

Art. 286 3 a 5 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

(44)

Usurpación y simulación de funciones publicas

Art. 287 1 a 3 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Uso de fuerza pública contra

órdenes de autoridad

Art. 288 1 a 3 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Testaferrismo

Art. 289 3 a 5 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Alteración de evidencias y

elementos de prueba

Art. 292 1 a 3 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Abuso de facultades

Art. 294 1 a 3 años

Delitos contra la eficiencia de la administración

pública Enriquecimiento privado no

justificado Art. 297 3 a 5 años

Delitos contra el régimen de

desarrollo Defraudación tributaria

Art. 298 5 a 7 años 7 a 10 años

Delitos contra el régimen de

desarrollo Trafico de moneda

Art. 304 1 a 3 años Delitos contra del régimen Trafico de instrumentos

destinados a la falsificación de moneda

Art. 305 3 a 5 años Delitos contra del régimen

Falsificación de moneda y otros

Art. 306 5 a 7 años Delitos contra del régimen Pánico económico

Art. 307 5 a 7 años Delitos económicos

Agiotage Art. 308 1 a 3 años Delitos

económicos Usura

Art.309 5 a 7 años Delitos económicos Divulgación de información

Financiera reservada Art.310 3 a 5 años

Delitos económicos Ocultamiento de información

Art.311 3 a 5 años Delitos económicos Falsedad de información

Art.312 3 a 5 años Delitos económicos Defraudaciones bursátiles

Art.313 3 a 5 años Delitos económicos Falsedad documental en el

mercado de valores Art.314 3 a 5 años

Delitos económicos Autorización indebida de contrato

de seguro Art. 315 3 a 5 años

Delitos económicos

Lavado de activos Art. 317

1 a 3 años 5 a 7 años 7 a 10 años

Delitos económicos

Simulación de exportaciones o

importaciones Art. 320 3 a 5 años

Delitos económicos Pánico financiero

Art. 322 5 a 7 años

(45)

Captación ilegal de dinero

Art. 323 5 a 7 años

Delitos contra el sistema financiero Falsedad de información

financiera Art. 324 3 a 5 años

Delitos contra el sistema financiero Descuento indebido de valores

Art. 326 1 a 3 años

Delitos contra el sistema financiero

Falsificación de firmas Art. 327 1 a 3 años 3 a 5 años

Delitos contra la fe pública Falsificación y uso de documento

falso Art. 328 5 a 7 años

Delitos contra la fe pública Obstaculización de proceso

electoral Art. 331 3 a 5 años

Delitos contra los derechos de

participación Falso sufragio

Art. 333 1 a 3 años

Delitos contra los derechos de

participación Fraude electoral

Art. 334 5 a 7 años

Delitos contra los derechos de

participación Rebelión

Art. 336 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad

publica Destrucción o inutilización de

bienes Art. 337 1 a 3 años

Delitos contra la seguridad

publica Usurpación y retención ilegal de

mando Art. 338 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad

publica Actos hostiles contra el Estado

Art. 339 10 a 13 años

Delitos contra la seguridad

publica Quebrantamiento de tregua o

armisticio Art. 340 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad

publica Tentativa de asesinato contra la o

el Presidente de la República Art. 341 10 a 13 años

Delitos contra la seguridad

publica Sedición

Art. 342 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad

publica Insubordinación

Art. 343

1 a 3 años

Delitos contra la seguridad

publica Abstención de la ejecución de

operaciones en conmoción interna Art. 344 1 a 3 años

Delitos contra la seguridad

publica Sabotaje

Art. 345 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad

publica Paralización de un servicio

público Art. 346 1 a 3 años

Delitos contra la seguridad

publica Destrucción de registros

Art. 347 7 a 10 años

Delitos contra la seguridad

(46)

Incitación a discordia entre

ciudadanos Art. 348 1 a 3 años

Delitos contra la seguridad

publica Grupos subversivos

Art. 349 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad

publica Ocultamiento de objetos para el

socorro Art. 352 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad

publica Traición a la Patria

Art 353 10 a 13 años

Delitos contra la seguridad

publica Espionaje

Art.354 7 a 10 años

Delitos contra la seguridad

publica Omisión en el abastecimiento

Art.355 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad

publica Atentado contra la seguridad de las

operaciones militares Art.356 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad

publica Abuso de arma de fuego

Art.359 3 a 5 años

Delitos contra la seguridad

publica Tráfico ilícito de armas de fuego

Art.362 5 a 7 años

Delitos contra la seguridad

publica Incendio

Art.364 10 a 13 años

Delitos contra la seguridad

publica Terrorismo

Art.366 10 a 13 años Terrorismo y su financiación Financiación del terrorismo

Art.367 7 a 10 años Terrorismo y su financiación Falsa incriminación

Art.368 1 a 3 años Terrorismo y su financiación Delincuencia Organizada

Art. 369 7 a 10 años Terrorismo y su financiación Asociación ilícita

Art.370 3 a 5 años Terrorismo y su financiación Muerte causada por conductor en

estado de embriaguez Art. 376 10 a 12 años

Delitos culposos de tránsito Muerte culposa

Art. 377 1 a 3 años Delitos culposos de tránsito Fuente: Código. Orgánico. Integral. Penal

Elaborado por: El investigador

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d) que haya «identidad de órgano» (con identidad de Sala y Sección); e) que haya alteridad, es decir, que las sentencias aportadas sean de persona distinta a la recurrente, e) que