Nolas Hlstórlcas y Geográtlcas
N0 3, 1992
LA
CRIMINALIDAD
EN
LA
ZONA
NORTE
Y
REGION
DE ACONCAGUA
A
LA LVZ DE LAS FUENTES:
PARA
UNA
APROXIMACION AL TEMA.
(178O-187O).
A¿ESSá]YDRO MONTDTtr,RDD SANCHEZ U niu er s idad de Plaga Ancha
De nuestro primer contacto
con
las fuentes
judiciales
pudimosinferir
quela
sociedad en quehemos centrado
nuestro estudlo
no era
"muy
tranquila
y apacible", como había sentenclado cierta historiografíal;los
efectos soclales, económtcos ypolíticos
dela criminalidad
embargarondurante
todo
el
período analizado
a
buena parte
de
la
sociedad.
La indagación de las fuentes arroJa que los Jueces
que sustancian las causas crlminales
reiterativamente
hacen mención a las dificultadesque
encuentran ellos
y
sus
asesores
para
elcumplimiento
de sus funciones. No cabe duda quer BARROS ARANA DIEGO. Hlrtorla Gencral de Chlle. (Vols 7 pp. 474-51O.).
Santtago, 1940. - EYZAGUIRRE JAIME. Hlrtorla de Chlle. (2 Vols, pp.
38O-526). Srznttago. 1982. - ENCINA TRANCISCO ANIONÍO. Hktorle dc Chlle.
(Tomo Xvlll pp. 270-278). So.nttago, 1951. - WLLALOBOS Y OTROS. Hlstorl¡
dc Chtlc, (4 Vols. pp. 266-274) Sant¿ago, )974. - GALDAMES ¿UIS. Hlrtorl¡
de Chllc. (pp. 215-218). Santtago. 1943.
uno de los problemas más serios que enfrentaron los
administradores
del
Reino de Chilefue
el escasocontrol
sobre
dilatados
espacios
geográficos,
especialmente, en
la
zorta denuestro
estudio. Los medios con que contaban eran mínimos; en cambioel
problema
de
la criminalidad
cada
día
seensanchaba.
Por
otra parte,
algunos estudiosos del siglo XIX condenan al pueblo como elementos negativosy
nole
dan ninguna oportunidad.
Subrayan que estoshombres "están perdidos
en
la
bebida
que
losenloquece
y los
hace
ser criminales2.
L aintelligentsia patricia
los condena como personasconta$iosas
que son
portadores
delos vicios
ymuerte. La i§lesia, por su parte, de i§ual manera los nlega, aún cuando trata de moralizarlos. Pero el mal
existe,
es
real.
Hay entonces que
investi$ar,
adentrándose en
la
conciencia delos
"criminales"para
desentrañar
sus motivaciones.
¿Porquédelinquen?
¿Porqué ese desapego a la vida que loshace
inmunes
a sí mismos? ¿Qué sientenpor
los demás? Preguntas como éstas se intentarán resolver en el transcurso de nuestro trabajo.En
risor,
las
fuentes documentales manifiestancon cierta reiteración la relajación
de
los
delincuentes
en
su
modo de
vlda.
Algunos
criminales
piensan;
otros
quizás
só1oactúan
instintivamente, sin lograr
establecerjuicios
deresponsabilidad
frente a sus actos.
Nologran
2 En relactón a los octos deltcttuos arratgados en la socledad chtlena uéase
BenJamín Vtcuña Mackenna B, Un eño eD la IrtcDdcncla de Santlago, Abrtt (Stgo) 1873. pp. 83-84: Ver tamblén BARROS ARANA DIEGO, Hlstorfa
Genctal dc Chtlc" (Stgo. 1932) Vot. 7 pp. 474- 475; PALACIOS NICO¿AS,
Reza Chlle¡a (Stgo. 1987), espectalmente partes III g IV. Al despuntar la
Repúbltca, ga en 181f, encontramos obundantes reJerenctas en las
"Sc¡lo¡es de los Cuerpor Leglslatlvos de la Repúbltca de Chlle". Vol .l
pp. 176, 274, 275; aquí se transcrtbe tnJormactón g decretos oJtctoles
relaclonados con el problema de crtmtndlldad.
58
recuperar
su dignidad.
Estehombre
hace daño,porque
cree que
esa
actitud
solucionará
sus
problemas. A este respecto damos un ejemplo:
"Se inJorma conJecha 19 de Nouiembre de 7786, que Pedro Antonio Figueroa, al parecer, lndio htere a otro indio con una daga. Ambos estaban en casa
de
María
Esperanza, de dudosa reputación
bebtendo licor, A
por
motiuos que se desconocen Figueroa hirió mortalmente al otro indio. LueEo de ser arrestadoy
lleuado a la carcel. Luego de que elcura
dela
iglesía
tratara
de conuencerle de suerror,
A
enmendar
el
camino,
Figueroa-
se aprouechaba de la situaclón, desapareciendo hacirr las montañas, dejando al cura engañadoy
a sus perseguidores perdtdos, g aún lo peor el Jutclo deDeud.a"3.
De
la atenta paráfrasis al
documento
a:rteriormente citado, y de doce causas que cubren el período 1735- 1845,
fluye
que estos hombres no::enen-independientemente
de
los móviles
del:elito-intención y no quieren someterse a un sistema
-::rÍdico-político
que no buscaron. Ellos se sienten -'bresde actuar y no obedecen ni se someten.
Cabe agregar, para todo el período estudiado, -y
:src
explica, por añadiduras la desorganización del:
-:,eblo- que el grupo dirisente dió muestra deuna
¿:aninacción
respecto dela
asignación de roles yt-':^.a:o Judtclal de Petorca LegaJo No. 11, FoJa 14, año 1788-1792. Veáse
::*.b'.én, en este senttdo: Jutcto controDartos hombres, A.J. de S. Feltpe, Leg.
,4 Fj. 7. 1735: Jutcto coitro Montenegro A. J. De S. Fettpe. teg. 64, f1. 4a
-53: Jutcto contro Dtontsto Sanchez, A.J. de Petorca, l,eg. 10, FJ 8, 1778:
. ^.:.. contra Fro.ncfsco Honorato A.J., Lg. 1O. FJ.s, 1779; Jutcto controPedro
¡-ii.|.a, A.J. de Petorca, Lg. 1O, FJ.9, 1782; Jutcto contraManuelAcostog
:
=. -=e ^\renas, A.J. de Petorca, Lg. I l, FJ. 1, I 780: Jutclo contrq Juan Nuñez,
!. -' de Petorca, Lg. 11, FJ. 13, 1792: Jutclo controLorenzo Mtsón, A.J. de
: :' : -c a. Lg. I 2. Fl. 4, I 8O0 : J utclo co ntra Feltx Aranctbto, A.J. de Los Andes,
-; -5. Fl 8, 1834: Jutclo contraJosé Anton{o Ureta, A.J. de Petorca, Leg. )6,
t 'J:8: 5. 1837: Julcto contro Juan Paultno Nuñez, A.J. de Vatlenar, La. 25, Ft. 5,
Julcto contra José Mendoza, A.J. de Voltenar, Leg. 25, f1. e.ieaS. "
59
f
funciones al bajo pueblo. Su escasa preparación por
poner dique al
vagabundajea
Ediciones
Universitarias de Valparaíso, 1980, pp. 341-39O. y a
la
marginalidads
adscribiéndolas a
un
proyecto
común
rector
dela
sociedad,confirman
nuestro aserto.La
marginalidad sufrida
por
estos hombres esproducto
decircunstancias estructurales
de muylargo
aliento.
Sus
raíces
son
bastante
lejanas;
arrancan del período de formación e implantación de
la
nueva sociedad traída por los españoles, donde elsector social
último
dela
escalajerárquica,
notendrá
un
rol
importante.
Sólo será ocupado paracumplir funciones
específicasdel momento;
porejemplo,
servidumbre,
mineros, peones, gañanes,etc. Esta situación
obliga a estos hombres a tomar determinaciones frente a sus posibilidades de vida.Aceptar el
rol
impuesto,
sisnifica
renunciar
a suautenticidad.
Pero a pesar de todo,dentro
de esacondición logran demostrar que son seres originales, que
pueden
alcanzar objetivos, aunque éstos sean demasiado lejanos.Su condición social le significa chocar una v otra vez con el muro de la separación; separación que le impide alcanzar seguridad, estabilidad, bienestar. La
otra parte
del
muro
está compuestapor
sectoressociales prósperos, acomodados, sabedores de su
sitial, y
que
luchan
por
mantener
el
abismo
existente.
Mientras
más tiempo están separados,más
se refuerzan las oposiciones,perjudicando
amuchos y beneficiando a unos pocos.
4 GONCORA I)EL CAMPO MAIllO. Vagabundaje y Socledad Fronterlza en Chtle. l.s. XVII a XIX)
5 I.)l problemct de Ia Marqlnalltlad asla rrtLnl l¡ltn lralctrlt¡ ¡xtro tl S. IX/U r/ X/f
por SALAZAI? GAIJI¿lt:t,. Labradores, Peones y Proletarlos. (Stqo. ()lúl<:
1985), Cap. l. pp. 29 a 96.
6()
Pero lo importante para ellos, es la sobrevlvencia,
aunque
sea enperjuicio
de sus semejantes. Este hombre está acostumbrado aluchar,
pero esuna
lucha sin gloria, sin recompensas, sln
consecuencias; porque no serán comprendidas.
Quizás en todo esto, se encuentra la razón de su '.-ida. Muchas veces se ven llenos de dudas. Sienten
una
misteriosa inseguridad,
necesitan el apego a:iertas
creencias; son hombres que profesan
:redulidades paganas, hombres supersticiosos.
El criminal
en
su profundidad,
como
ser
:;rdividual,
esun
solitario de la vida, lucha por sí ypara sí mismo.
Sin
embargo, en ocasiones
seagruparán y buscará consegiuir
un
fin
en común, y.uchan por
estefin
formando pandillas, grupos deasaltantes o
tal
vez montoneras. Más, también, seencontrarán
dispuestos aparticipar
en defensa desu
patria,
derrochando
coraJe,arrojo,
valentía,
jestrezas y habilidad. Sin embargo, debemos aclarar
lue
en muchas ocasiones
se ven obligados
-enganchados- para cumplir una pena impuesta por
.a
comisión
de
un
delito
o encontrando
aquí la
posibilidad de tranquilidad y estabilidad laboral.
No queremos
decir
que este sector social,
:dentificado como bajo pueblo, esté predestinado a :onvertirse en
un
ser "malo" o delilctuoso. El medio:nuchas
veces
lo
condiciona a
actuar
de
esta
:1anera,
y
en muchos casos, no existesiquiera la
:rosibilidad de elección.A juzgar por la información reunida, sabemos que
rste
problema de lacriminalidad
no se soluclona,nientras
no mejoren y se modifique gran parte de lat structura jurídica-política-económica. Sabemos por
r,rros
trabajos
que
se
han
ocupado de
la
-b.----.
criminalidad
en períodos anteriores al nuestro, que esta realidad se expresa con caracteres dramáticoso.Existen
abundantes denuncias por falta de controlestatal y aún
particular
sobre el extensoterritorio
nacional. Sólo a contar de la segunda mitad del si$o
XVIII,
se observará una mayor preocupación, pararefrenar la criminalidad en las zonas rurales.
Podría, supuestamente,
atribuirse
dichos
comportamientos
a
una cierta relajación
de lascostumbres, la falta de implementación y ordenación
de
la
justicia,
el
desorden
y
tardanza de
las
resoluciones de sus causas, a lafalta
de personas especializadas y concientes de los problemas vividos, o enfin
a las condiciones paupérrimas en que vivían en las zonas rurales, igualmente, aquellos sectoresperiféricos
delas
ciudades.
Hemos comprobado,para
la
región
deAconcagua, que
era
monedacorriente, el hambre, el desarraiso, la insesuridad, la
muerte,
que golpeaban a
un
gran sector
de la
población,
males que
en muchas
ocasiones
recrudecían por una magra cosecha, una calamidad
telúrica
-terremotos, inundaciones-.
Estas
situaciones
muchas veces, llevaban alpillaje,
a larapiña
para
conseguir elalimento
diario.
Esto
nojustifica la actitud
que tomen los criminales, perovemos en ello
un
motivo, una causa que explica la conducta desviada.En
la
indagación de las fuentes hemos recogidolas si§uientes
declaraciones
que muestran
crudamente los males que aquejaban a la población:
6 AI respecto uéase. COUOS N. MARIA TgRtSA. La Instttuclón del Juez de
Campo en el Relno de Chlle durantc el s. XVIII. l?.E.U.JJ. No.\t.
Valparaíso 198O (pp. I3O a I5)), Lanthtétt pua<le uerst. At<t<tcottRtACA M.
PAZ. "El BandolcrlEmo en Colchagua duiante et s. XVIII. (ltsts {rk,dtta)
F.H. g Edo, Depto. de Antropoloqía. U. de Chtle i,986.
62
"Juan José
Gómez es ocusadopor
el
deltto
de oagancia g d-e robo deun
caballa..."7 "Doña María Frías,
uíuda
delJinado
don José
del
Carmen Oliuares,píde
como mujer que ha quedado muy pobrey
uiuda, se sigala
causa de Homicidio, por elcual estan juzgando a Pedro López, mandó.ndole a embargar bienes. Acusa tener que altmentar a 3 hijos g que en estos momentos pasa por muA malos períodos..."8 "Clara Briceño,
casada
con Agustín Tamago, éste se encuentra e1fermo, Aen
sumapobreza, determinó
-porsu
estadoy
condición-lleuarme donde mis padres, para dejarme mientras seponía bien.
Mueremi
madre. Me comienza auisitar
un
mucho.cho,casado.
Este oJrécememantenerme A üestLrme, sólo
a
cambto
deenseñarle a leer. Se le acusa d.e concubinato.e
Las
citas
precedentes no hacensino confirmar
ruestro
aserto de que el hambre famélico, la carestía Cela vida,
impulsan
a
hombres
y
muJeres
aJelinquir y
por añadidura, explicar la existencia deun sector flotante de la población.
Las
limitaciones las
encontramos
enla falta,
escasez de recursos y medios; efl contrapartidas, de
un
sectorflotante
dela
población que se moviliza, vaga" en busca de una posibilidad de traba¡oro. Nosabemos
la cantidad
de personas que componenestos grupos de población, pero se sabe que cuando
.\rchtuo Judlclal de Petorca, LegaJo 1O, FoJa 27, año 1789.
.\rchtuo Judtctal de Putaendo, LegaJo 4, FoJa 6, año )833.
Archtuo Judtctat de Los Andes, LegaJo 13, FoJa 5, año 1798. Veáse tambtén,
Jutclo contraCuzmán, A.J. de S. Feltpe Leg 64, F|.48, 1756. Jutcto contro Hermts Clouería, A.J. de Petorca, Leg. 10, FJ. 28, 1786, Jutclo contra Juan José Gómez. A.J. de Petorca. Leg. 1O FJ.27, )789. Juí.cto contraGregorto Guerra g otros, A.J. de Petorca, Leg. ) I, Fol. 4. 1791 . Jutcto contra Ana Maria Rodríguez, A.J. de Vallenar, Leg. 25, FJ. 3, 1829. Julcto contraBastllo Meza,
.^.J. de Petorca. Leg.2. FJ. 16, 184O. Julcto contraCamtlo Olluares, ¿^,.-. {re
Petorca, Leg. 6, FJ. 4, 1849. JuLcto contra Norberto Htdalgo, A.J. de Petorco,
i.cq. 4, Fl. 18, 1849.
Sohre süsf orrcfac¿d11 de causa por uagabundale, uéase: Para la Colonta.
MI.)DINA JOSE 'l'ORlBlO. Cosag de la Coloula. P.H.A. Stgo. )952. pp. 266.
L
I
T iIll
llegan
aalguna
ciudad,villa
o poblado, comienzan los problemas."
Ante esto
la
autoridad procura
proteger
ala
población.
Paraello
sedictan
leyes obandos
deBuen
Gobiernol,
qr"
en su esencia tratan de atacarel
grave
problema
social
existente
en
esosmomentos. Para
tal
efecto
aplicarán
castigos
"ejemplarizadores",
mediante los cualesintentan
modificarla actitud
de otros criminales que tenganla
intención
de cometerdelito.
Empero, nuestra
documentación da cuenta que cepos, azotes y palos,
a más de
animar
a potenciales
transgresores,
muchas veces llevarán al desafío del delincuente. Lo
concreto
es que
por
mucho
que
se
quiera
reglamentar la conducta de los criminales mediante leyes, decretos, bandos,t3 y circulares y la represión
ad hoc, éstos aprenden a sortear
toda clase
dedificultades;
se
hacen
fuertes frente
a
las
autoridades, lo que si§nifica además ser fuerte frente a sus pares.
La comunidad
se
ve estremecida
ante
losacontecimientos que realizan los malechores; la falta de respeto a la
autoridad,
a los bienes materiales, ala vida
de los demás, etc. Por lo tanto, apelan a lasautoridades
obligándola
a
aplicar
medidas
represivas;
selegisla
cada vez más severamente.Pero
el
problema
sigue
y
cada vez,
al
parecer,
resurge
con más
fwerza,sorteando las barreras
impuestas por la
sociedad,
sedisfraza, distrae
yburla. Y nuevamente el problema reaparece.
AI respecto t¡éase COBOS N. MARIA TLRESA. Esquema de la Admi'
nlstraclón de Justlcla en las áreas rurales chllenas. ReL'¿sfa Derecho U.C.
Valpso. No. IX.1985. Valpso. pp.74-75.
MEDINA JOSE TORIBIO. Cosas de la Colonla, (l-.H.ll. Stqo. 1952). pp. 9o,
125, 18O... Manuel Dscala Dscobar. Geografía Policial y otros Estudlos.
(Stgo. 1976) pp. 29 a 63.
Aliespecto Úéase MEDINA J. ?'. Cosas de la Colonla. pp. 107,235,26), g
slgulentes.
1l
Individualmente el criminal es un ser intelisente y
hábil
comolo
ponen demanifiesto las
sisuientescitas:
"El 15 de Enero de 1803, el Juez Pérez g Díaz, se le aulsa del escape de
la
carcelpública
un Maull.nollamado Agustín Auilés, Alias Dinamarca. El Juez Jue a la carcel g oerlficó unJorado hecho por debajo de
la
reja del calabozo principal. Presentando los siguientes d[mensiones, media baray
tres dedosde
anchog treinta g
tres
dedos dealto.
Según testimonios, se sabe que el Maulino había robado mulas en la zona (Los Andes) y les había lleuado al Maule. Y quepara
conseguir dineropara
lleuar acabo
el traslado,
habíapedido
limosnaen
lo,sro.mad"as,,."ta .
"Como a los tres de la mañana se hanJugado
tres reos de
la
Carcel de los Andes, Hícieron un gran -forado, pasandopor la sala
del Cabildo. Uno deellos
esprontamente capturado g declara
losiguiente: Se habían escapado haciendo unJorado, con
un cuchillo grande
que le había prestado el alcaide o carcelero aa
uno d.e los reos... "15.Todas estas situaciones y otras másr6
no
hacennás
queresaltar
la viveza, picardíay
habilidad deestos hombres
frente
a condiciones difíciles. No seencadena a situaciones,
ni
a sistemas que vayan en:ontra
de su libertad. Piensa y actúa libremente, y si es alcanzado por el brazo de lajusticia
en cualquier=omento,
y
ante
el
mínimo descuido, intenta
.r..ch¿uo Judlctal de Los Andes, Leqato 13. Foto g. lBO3.
.1'(hluo Judtctal de t,os Andes. LeA.-16, f¡. l<. tASS.
-'iiclo contra Anselmo Vera, A.J. de Loi A¡tdes, Leg. 13, FJ. 22, lg)9. Jutcto
:¡ttra Pedro José León, A.J. de I_os Andes, Leg. lS, f1. lO, lBSS.,tutcto '-tntra Pablo Ulloa, A.J. de [,os Attdes, Leq. ]6, Ft. Z¿, ÍgSS. ¿ulcto contra -'.se Mendoza, A.J. de \lallenar, Leq. 25, Fl. S, lg4S. Véase Ctaud.io Ci".li
Agrlcultura chllcna. (Stgo. Chile, l§231. uoi I, pp. t52, t53, tS4.
fugarse. Este hecho no representa para él un delito,
sino
más
bien el ejercicio
de
un
derecho a
la
libertad,
derecho a volver a su vida normal dentro desu
sistema
de
vida.
Piensa que
la
cárcel
esmomentánea,
transitoria, y
no se siente obligado acumplir ni
a obedecerdentro
de ella. Si lo hiciera,si§nificaría la
aceptación
deaquello
queno
haaceptado como
principio,
no quiere involucrarseni
someterse
a las normas establecida
enel
país, normas que son ajenas a su manera de pensar y deactuar.
Tampoco debemosolvidar las
condicionesprecarias
de
los
sistemas carcelarios,
y
la
infradotación
de
guardias
y
policías
quecaracterizan al sistema penitenciario chileno, hasta
muy
avanzadoel
sigloXIX;
ellopermite
de algúnmodo,
que
esta
situación
tenga
un
carácter
rotatorio.
A
mayor
problemas
judiciales
seimplementan más normas legales, pero estas nuevas
normas
se demoran en ponerse en práctica, dando margen ajuicios
sin
fallo y largas cuarentenas lasque no
siempre sesustentaran
enuna
acusaciónformal.
La evasión será la única vía para alcanzar su libertad.El
Universo denuestro
estudio es de muchas yamplias variantes. Rico
en
alternativas,
posibilidades y
dudas.
Escaso
en soluciones
efectivas
y
concretas.
Peronos
demuestra un
aspecto importante de la sociedad, de su manera de
actuar,
de comointentan amoldarla,
corregirla,
enmarcarla.
Estamos conscientes que sólo hemos analizado
una
parte
de las fuentesy
que hay muchas otras; por ejemplo las relativas sobre abusos de uno de loscónyuges
-golpes, encierros,traiciones,
engaños,etc.-
mal
trato
a los
hijos,
pequeños
hurtos
de66
especies de poco valor, escuchar tras las puertas y
otros
más. Estos "delitos" muchas de las veces, no son ventilados ante la justicia y poco sabemos de sucalado ya
que sólo
detarde
en
tarde
aparecen
referencias en los registros públicos.
En suma, quedan a la conciencia de los distintos grupos sociales, y los castigos son hechos basados
en
la tradición oral,
enla
costumbre
de tlemposinmemoriales.
Todas