2017
DIRECCIÓN GENERAL DEL SECTOR PRIMARIO Y
RECURSOS NATURALES RENOVABLES
Políticas de la SEMARNAT en materia de
Organismos Genéticamente Modificados.
Garantizar la bioseguridad de los OGM´s
con un nivel
adecuado de protección en la esfera de la utilización confinada, la
liberación experimental, la liberación en programa piloto, la
liberación comercial de dichos organismos
resultantes de la
biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos
para la
conservación y utilización sustentable del medio ambiente y de la
diversidad biológica
, así como de la salud humana y de la sanidad
animal, vegetal y acuícola.
Para la formulación y conducción de la política de bioseguridad y la expedición de la reglamentación
y de las normas oficiales mexicanas que deriven de la Ley. LBOGM
¿Qué son y para que sirven?
PRINCIPIOS EN MATERIA DE BIOSEGURIDAD Art. 9
Bases
científico y tecnológico
armas biológicas
la liberación accidental
Facultades de la SEMARNAT establecidas en la Ley de
Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.
Artículo 11
: Corresponde a la SEMARNAT evaluar todo tipo de
OGMs
excepto
los
que
sean
competencia
de
SAGARPA
(Agrícolas).
Artículo 66:
Corresponde a la SEMARMAT expedir el Dictamen
Vinculante en actividades de liberación experimental, liberación en
programa piloto y liberación comercial en OGMs que sean
SEMARNAT en la LBOGMs (Art. 11)
1.
Formular y aplicar la política general de bioseguridad
2.
Analizar y evaluar caso por caso los posibles riesgos
3.
Resolver y expedir permisos
4.
Establecer y dar seguimiento a las condiciones y medidas de las actividades
5.
Realizar el monitoreo
6.
Participar en la elaboración y expedición de las listas
7.
Suspender los efectos de los permisos
8.
Ordenar y aplicar las medidas de seguridad o de urgente aplicación pertinentes
9.
Inspeccionar y vigilar a la Ley, sus reglamentos y las NOMs que deriven de la misma
10.
Imponer sanciones administrativas
Estructura Operativa de SEMARNAT en bioseguridad
Reglamento Interior de Semarnat (DOF 26-XI-12)
CONABIO
Opinión técnica
sobre daño
Opinión técnica
sobre zonas libres
Opinión Tec. p/ Dictamen
Vinculante
Coadyuvar en la
Det. de los CO y DG
DGSPRNR
Desarrollar y promover Inst. Normativos y de Fomento.Todos los Instrumentos
Regulatorios.
Art. 24 fr. I,
XVI
DGGFyS
Efectuar monitoreo
Art. 33 Fr.
XXVI
PROFEPA
Sanciones
Admvas.,
inspección y
vigilancia
Arts. 45, 51,
59, 60,61, 68
Art. 86, 90, 121
LBOGMs y
28 fracc. XVI
RISEMARNAT
INECC
Efectuar monitoreo y difusión Participar elab. de NOMsRealizar, Coordinar Inv. Aplicada en mat. de OGMs
Investigación
En materia de bioseguridad Coadyuv. Polit. en materia
de Bioseg.
Art. 8 Transitorio A fracc. XVII, XXI, LII; E, fracc. I, II, IV, VI, VIII, IX, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI
Análisis y evaluación
de riesgos
DGIRA
Expedir, susp. y
negar permisos
de OGMs
p/biorrem*
Suspender Permisos
Emitir el
Dictamen
Vinculante
Recibir Avisos
Art. 28
ASEA, ATRIBUCIONES CUANDO SE TRATA DE HIDROCARBUROS DOF: 11/08/2014 Contribuir al diseño de instrumentos de Política Ambiental. Art. 22*
*Manual General de Organización del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático.
ATRIBUCIONES:
Dirección General del Sector Primario
y Recursos Naturales Renovables
• ARTÍCULO 24.- Diseñar, coordinar y promover, en el
ámbito
de
competencia
de
la
Secretaría,
instrumentos de fomento y normatividad ambiental
para el desarrollo sustentable de las actividades del sector primario en la agricultura, ganadería, silvicultura, acuacultura, caza, pesca y
la bioseguridad de organismos
genéticamente modificados
,
a fin de impulsar el aprovechamiento,conservación y restauración de suelos y agua, así como de los recursos naturales renovables en ecosistemas terrestres, marinos y acuáticos
,
preservar la biodiversidad y los
recursos genéticos;
DECRETO por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales.
DOF: 26/11/2012
Instrumentos
Normativos
ACUERDO por el que se determina la información y documentación que debe presentarse en el caso de
realizar actividades de utilización confinada y se da a conocer el formato único de avisos de utilización
confinada de organismos genéticamente modificados.
DOF: 15/04/2011 http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5186327&fecha=15/04/2011
NORMA Oficial Mexicana NOM-164-SEMARNAT/SAGARPA-2013, Que establece las características y
contenido del reporte de resultados de la o las liberaciones realizadas de organismos genéticamente
modificados, en relación con los posibles riesgos para el medioambiente y la diversidad biológica y,
adicionalmente, a la sanidad animal, vegetal y acuícola.
DOF: 03/01/2014 http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5328792&fecha=03/01/2014
Acuerdo por el que se Determinan los Centros de Origen y Centros
de Diversidad Genética del maíz.
Centros de Origen y de Diversidad Genética en la LBOGMs
ARTÍCULO 86.- Las especies de las que los Estados Unidos Mexicanos sea centro de origen y de
diversidad genética así como las áreas geográficas en las que se localicen, serán determinadas
conjuntamente mediante acuerdos por la
S
EMARNAT
y la SAGARPA, con base en la información con la que cuenten en sus archivos o en sus bases de datos, incluyendo la que proporcione,entre otros, elInstituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, el Instituto Nacional
de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias, el Instituto Nacional de Ecología, la
Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad
y laComisión Nacional Forestal, así como los acuerdos y tratados internacionales relativos a estas
materias. La SEMARNAT y la SAGARPA establecerán en los acuerdos que expidan, las medidas
necesarias para la protección de dichas especies y áreas geográficas.
ARTÍCULO 87.- Para la determinación de los centros de origen y de diversidad genética se tomarán en cuenta los siguientes criterios:
I. Que se consideren centros de diversidad genética, entendiendo por éstos las regiones que actualmente albergan poblaciones de los parientes silvestres del OGM de que se trate, incluyendo diferentes razas o variedades del mismo, las cuales constituyen una reserva genética del material, y
II. En el caso de cultivos, las regiones geográficas en donde el organismo de que se
trate fue domesticado, siempre y cuando estas regiones sean centros de diversidad genética.
ARTÍCULO 88.-En los centros de origen y de diversidad genéticade especies animales y vegetales
sólo se permitirá la realización de liberaciones de OGMs cuando se trate de OGMs distintos a las especies nativas, siempre que su liberación no cause una afectación negativa a la salud humana o a la diversidad biológica.
Acuerdo por el que se Determinan los
Centros de Origen y Centros de Diversidad
Genética del maíz.
Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados
Artículo 49.
Los acuerdos mediante los cuales se determinen los centros de origen y de diversidad genética a que se refiere el artículo 86 de la Ley deberán contener:I. Listado de especies, incluyendo nombre científico y
común;
II. Clasificación taxonómica;
III. Las poligonales del área o áreas geográficas en
coordenadas UTM, y
IV. Las medidas necesarias para la protección de dichas
especies.
• Los acuerdos serán promovidos indistintamente por la SEMARNAT o la SAGARPA, y expedidos conjuntamente por ambas Secretarías.
Acuerdo por el que se Determinan los Centros de Origen y Centros de Diversidad Genética del maíz.
2002 - 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
2015 2016
Algodón (GEF) Algodón, brásicas,
calabazas y pinos
Maíces nativos y sus parientes silvestres Algodón, amaranto, cempasúchil,
calabazas, chayotes , chile, tomate, vainilla, xoconostles. (SFNA)
Diversidad genética de maíces nativos
Algodón (SFNA)
Aguacate, tomate
Programa de conservación de algodón Frijoles
Diversidad genética de calabazas
Teocintles
Diversidad y usos de maíces nativos
Papaya
Costo estimado financiado $36,720,000.00 (aprox. 2.9 millones de dólares)
Proyectos en preparación
Proyectos finalizados o en desarrollo
• Investigación básica
• Monitoreo
(PNUD CIBIOGEM) (SEMARNAT,SAGARPA, CIBIOGEM) (SFNA) (CONABIO) (CONABIO) (CONABIO) (CONABIO) (SFNA, CONABIO) (SFNA)Avances en la generación de información
http://www.biodiversidad.gob.mx/genes/centrosOrigen/proyectosCdeO.html http://www.biodiversidad.gob.mx/genes/divGenAlgodon.html
“RECOPILACIÓN, GENERACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN ACERCA DE LA DIVERSIDAD GENÉTICA DE MAÍCES Y SUS PARIENTES SILVESTRES EN MÉXICO” Marzo 2011. RESULTADOS DE PROYECTOS RELATIVOS A LA DETERMINACIÓN DE CENTROS DE ORIGEN Y DIVERSIDAD GENÉTICA DE MAÍZ EN MÉXICO .
http://www.biodiversidad.gob.mx/genes/pdf/proyecto/In formedeGestion_V1.pdf
Este proyecto fue financiado por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Comisión Intersecretarial de Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), con cinco millones cada una, y liderado por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO) en coordinación con el Instituto Nacional de Ecología (INE) y el Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias (INIFAP).
El objetivo del proyecto es actualizar la información de maíces y sus parientes silvestres en México para la determinación de centros de diversidad genética del maíz (artículos 86, 87 y 88 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados. LBOGM).
• Proyecto liderado por CONABIO en coordinación con INIFAP e INECC
• 15 millones de pesos (SAGARPA, CIBIOGEM, SEMARNAT)
• 269 personas (206 investigadores) 79 instituciones.
Tres líneas de acción:
I.
Generación de un documento sobre centros de origen y de diversidad
genética del maíz,
II.
Computarización de colecciones científicas de maíz nativo, teocintle y
Tripsacum y
III.
Conocimiento de la diversidad y distribución actual del maíz nativo y
sus parientes silvestres a través de proyectos de colecta.
Figura 5. Distribución de registros y accesiones de maíz, teocintle y Tripsacum obtenidos a partir del corte de
la base de datos de octubre de 2010.
Maíz
Tripsacum Teocintle
MAÍCES NATIVOS Y SUS PARIENTES SILVESTRES EN MÉXICO
-Presencia de maíces nativos en el territorio nacional donde prospera la agricultura, principalmente en agricultura de temporal, pero también en condiciones de riego.
- Una importante presencia de maíces nativos en el norte de México, cuya diversidad presenta particularidades de adaptación a condiciones limitantes y con caracteres agronómicos de interés.
Nuevas poblaciones
TEOCINTLE (Zea spp)
Se distribuyen desde el norte de México hasta Nicaragua, pero su mayor diversidad ocurre en México.
Comparten genes y se cruzan de manera natural con el maíz produciendo
descendencia fértil.
Se han descubierto recientemente nuevas poblaciones anuales y perennes, estas posibles nuevas especies.
Únicos en el mundo por su diversidad genética y adaptación. Son una importante fuente de genes para el mejoramiento en maíz.
J. J. Sánchez G. et al., 2011. Three new teosintes (Zea spp., Poaceae) from México. Am. J. Bot. 98:1537-1548;
Chihuahua
Nayarit
Colima
Jalisco
Número de razas
Fuente: Proyecto Global de Maíces - 59 razas más 5 reportadas inicialmente en otras regiones
- Alta concentración de razas en el sureste, centro, occidente y norte (Chihuahua)
- Regiones con baja riqueza de razas, pero cuyos tipos de maíz presentan características únicas, ya sea de adaptación (Península de Yucatán) o de calidad agronómica (norte y noreste).
Tripsacum spp. (maicillo, milpilla, zacate grama)
- Los pastos del género Tripsacum en México pertenecen a cuando menos 16 especies, exclusivos de las Américas, 12 de distribución en México.
- Se han documentado 527 poblaciones en el país.
- Se distribuyen de 0 a 2600 msnm, concentrándose entre los 1000 y 1500 m.
- La mayor riqueza de las especies de este género se encuentra en el Occidente, Cuenca del Balsas y Sierra Madre del Sur. - Como parte del proyecto global, esta en proceso la descripción de por lo menos 10 nuevas especies.
- No se cruzan con el maíz fácilmente en condiciones naturales, pero se pueden obtener híbridos mediante cruzamientos artificiales, por lo que son recursos genéticos útiles al mejoramiento del maíz.
http://207.248.177.30/regulaciones/scd_expediente_3.asp?ID=04/0851/171111
Setenta razas de maíz, tres especies y dos subespecies de teocintle y a trece especies de
Tripsacum como parientes silvestres; esta última, el Tripsacum se considera pariente terciario del
maíz, lo cual constituye un importante reserva genética que permite la subsistencia de la especie;
Dictaminado COFEMER 2011
Valoración de la diversidad genética de los maíces nativos
Los agricultores de subsistencia en México demandan una diversidad de
atributos de consumo para el maíz, incluyendo la facilidad de
descascarillado y procesamiento, color, sabor, suavidad de la masa y de
la idoneidad para determinados platillos y estos atributos han resultado
estar correlacionados con la diversidad genética en los sembradíos con
variedades de maíz locales
Zeína: productos
industriales,
como
pintura,
botellas
de
bebidas o bolsas
plásticas
Aceite
de
maíz:
biocombustibles
y
alimentos para animales
Fibra de maíz: alimento
para animales, cereales,
barras nutrimentales y
panecillos
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5276453&fecha=02/11/2012
ARTICULO SEGUNDO. Se determinan como centros de diversidad genética del maíz, que también constituyen centros de origen de dicha especie, las áreas geográficas de los Estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, Sinaloa y Sonora, que se indican en el Anexo II del presente Acuerdo, cuyos polígonos, expresados en coordenadas Universal Transversal de Mercator (UTM), se describen en los mapas y cuadros de construcción que integran el señalado Anexo II.
Medidas sobre conocimiento, información y monitoreo
1. Fortalecer las instituciones nacionales de investigación, como el Instituto Nacional de Investigaciones
Forestales, Agrícolas y Pecuarias(INIFAP) y el Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas(SNICS), entre otras, con la infraestructura necesaria y con especialistas en maíces y sus parientes silvestres para que realicen investigación científica básica y aplicada relativa, entre otras a:
a) El maíz y sus parientes silvestres;
b) Los posibles efectos de la presencia e introgresión de secuencias genéticamente modificadas en los maíces y sus parientes silvestres;
c) Los aspectos socioeconómicos, culturales y relativos al conocimiento y aprovechamiento tradicional asociados a los maíces y sus parientes silvestres.
2. Conjuntar los esfuerzos institucionales para fortalecer el Sistema Nacional de Recursos Fitogenéticos para la
Alimentación y la Agricultura(SINAREFI) de la SAGARPA y el Sistema Nacional de Información sobre la
Biodiversidad (SNIB) de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, para que el
proceso de recolección, recolección dirigida, sistematización, caracterización y evaluación de información sobre la diversidad y estado de conservación in situ y ex situ y el aprovechamiento de maíz y sus parientes silvestres, sea continuo y permanente.
3. Desarrollar una plataforma electrónica dinámica de información nacional pública sobre maíces y sus parientes silvestres, incluyendo aspectos etnobotánicos, socioeconómicos de los productores, de mercado y de toda la información resultante de este Acuerdo y bases de datos existentes, coordinada por la SEMARNAT y la SAGARPA.
4. La SEMARNAT y la SAGARPA coordinadamente, establecerán en el ámbito de sus competencias, programas
de monitoreo de la expresión y presencia de secuencias genéticamente modificadas en los maíces y sus
parientes silvestres, a efecto de poder evaluar la efectividad de los esquemas de gestión de bioseguridad.
ANEXO III
Medidas para la protección y la conservación de la diversidad
genética de los maíces nativos y sus parientes silvestres
5.
Promover la conservación in situ y ex situ
y el aprovechamiento de maíces y sus parientes silvestres mediante esquemas de mejoramiento participativo e innovación tecnológica en el ámbito de competencia de la SEMARNAT y la SAGARPA.6. Ambas Secretarías, en el ámbito de sus competencias y coordinadamente, establecerán
programas
para el mantenimiento de semilla viable de cada una de las razas de maíz, para la
asistencia de los agricultores en caso de contingencias
.
7.
La SEMARNAT y la SAGARPA, en el ámbito de sus atribuciones, diseñarán e impulsaránpolíticas
públicas para fomentar y apoyar la producción y comercialización de los maíces nativos de
manera competitiva y sustentable, así como la atención de la amplia diversidad de
mercados
.
8.
La SEMARNAT y la SAGARPA, en el ámbito de sus atribuciones, establecerán unaestrategia nacional
que contemple acciones regionales de difusión para la valoración de los maíces nativos y
sus parientes silvestres
.
ANEXO III
Medidas particulares para el caso de las poblaciones de los parientes silvestres del maíz
9. La SEMARNAT, con base en la información resultante de este Acuerdo y en bases de datos existentes, desarrollará programas específicos para la conservación de las poblaciones de los parientes silvestres del maíz
cuyo objetivo sea conservar, proteger y restaurarlas manteniendo su estado de protección en los instrumentos
regulatorios procedentes o, en su caso, incorporándolas.
10. Establecer un programa permanente para la conservación in situ y ex situ, así como la restauración de las poblaciones de parientes silvestres, en el que se reconozca y apoye a aquellos agricultores que utilicen los conocimientos tradicionales asociados a estas poblaciones y que contribuyan mediante su uso sustentable, a
la permanencia de las poblaciones a corto, mediano y largo plazo de los parientes silvestres del maíz.
11. La SEMARNAT, con la finalidad de hacer operativo el programa para la conservación de las poblaciones de parientes silvestres mencionado en el numeral 10 del presente Anexo III, establecerá convenios de colaboración con las instituciones de investigación en las que se encuentren adscritos los expertos en teocintles
y Tripsacum de México. Los objetivos de dicho programa serán:
a) Conservar y restaurar cuando se requiera, aquellas poblaciones que existen en condiciones naturales. b) Promover el monitoreo continuo de las poblaciones con el fin de evaluar el desempeño en su conservación y recuperación.
c) Caracterizar a nivel genético todas las poblaciones conocidas con el fin de hacer uso de la diversidad existente en los programas de mejoramiento genético de maíces nativos.
d) La información que se genere deberá alimentar a la Plataforma enunciada en el numeral 3 del presente Anexo.