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A L T E R N A T I V A T É C N I C A

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Academic year: 2021

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A L T E R N A T I V A T É C N I C A

T O M O I . M E M O R I A J U S T I F I C A T I V A

P R O G R A M A D E A C T U A C I Ó N I N T E G R A D A

U N I D A D D E E J E C U C I Ó N

S A N T D O M E N E C H I

A J U N T A M E N T D E C A S T E L L Ó A r q u i t e c t o J o s é J u a n O l i v a M a r t í M a r z o 2 0 2 1

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Í N D I C E

1. INTRODUCCIÓN ... 2

2. OBJETO ... 2

3. NORMATIVA DE APLICACIÓN ... 3

4. CONTENIDO DOCUMENTAL DEL PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA ... 3

5. PLANEAMIENTO VIGENTE ... 3

6. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE PROGRAMA ... 5

6. GRADO DE EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO VIGENTE ... 7

6.1. Características del terreno afectado ... 7

6.2. Viarios existentes ... 8

6.3. Infraestructuras e instalaciones urbanas preexistentes ... 10

6.4. Construcciones existentes ... 10

7. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE INTEGRACIÓN CON EL ENTORNO ... 10

7.1. Idoneidad de la delimitación ... 10

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1. INTRODUCCIÓN

El presente Programa de Actuación Integrada comprende la Unidad de Ejecución Sant Domench I, delimitada en la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de Castellón, planificando su urbanización y gestión.

Según lo establecido en el artículo 69 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (en adelante LOTUP), las actuaciones integradas son ámbitos de gestión urbanística que comportan la programación conjunta de una o varias unidades de ejecución y las unidades de ejecución son ámbitos de gestión urbanística delimitados para su programación y ejecución conjunta.

Con relación a la modalidad de gestión urbanística (art. 113 LOTUP), cabe indicar que el caso que nos ocupa se realizará en régimen de gestión directa.

2. OBJETO

Los objetivos del presente P.D.A.I. son la gestión del desarrollo urbanístico y la ejecución de las obras de infraestructuras urbanas comprendidas en el ámbito de la UE Sant Domenech I, garantizando una conexión e integración adecuada de la urbanización con las redes y servicios existentes.

Tal como se indica en artículo 110 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, los programas de actuación integrada tienen como objetivos legales:

a) Gestionar la transformación física y jurídica de las fincas afectadas.

b) Urbanizar completamente las unidades de ejecución que comprenda, realizando como mínimo las siguientes obras:

1. Pavimentación de calzadas, aparcamientos, aceras, red peatonal, tratamiento de espacios libres, mobiliario urbano y señalización.

2. Redes de distribución de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios. 3. Sistema de saneamiento y depuración de aguas residuales, y sistema de evacuación de aguas pluviales, mediante redes separativas. La depuración de aguas residuales se hará mediante la conexión al sistema público existente o, excepcionalmente, mediante la construcción de un sistema propio.

4. Red de distribución de energía eléctrica, gasificación y comunicaciones. 5. Red de alumbrado público.

6. Jardinería, arbolado y ornamentación en el sistema de espacios libres.

c) Ejecutar las obras de conexión e integración adecuada de la urbanización con la red viaria y de movilidad, y con las redes de infraestructuras, de energía, de comunicaciones y de servicios públicos existentes.

d) Suplementar las infraestructuras y espacios públicos o reservas dotacionales en lo necesario para mantener equilibradamente o mejorar niveles de calidad, cantidad o capacidad de servicio existentes y exigibles.

e) Obtener gratuitamente, a favor de la administración:

1. Los suelos dotacionales públicos del ámbito de actuación, o adscritos a la misma por el planeamiento.

2. Las parcelas que legalmente correspondan, con destino al patrimonio público de suelo. La adscripción de cesiones externas deberá cumplir las reglas de equidistribución del planeamiento.

f) Ordenar el reparto equitativo de las cargas y beneficios.

g) Realizar obras determinadas de rehabilitación o edificación, de uso público o privado, en los supuestos previstos en esta ley.

h) Para garantizar el derecho al realojo de las personas residentes afectadas por una actuación, el promotor de la actuación urbanística está obligado a ofrecer una vivienda de

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sustitución que tenga las condiciones de habitabilidad propias de una vivienda de protección oficial. La vivienda de sustitución deberá estar situada preferentemente en el mismo barrio, excepto acuerdo explícito entre la persona afectada y el promotor o justificación de la imposibilidad de cumplir este requisito, según los términos que se establezcan reglamentariamente. En este último caso la vivienda de sustitución deberá estar situada en el lugar más próximo posible a la residencia afectada.

La tramitación del P.D.A.I., de acuerdo con lo establecido en el artículo 117 de la LOTUP, se llevará a cabo conforme al procedimiento previsto en el capítulo III, del Título III del Libro I de la citada Ley, siguiendo las determinaciones del artículo 57, pero sin necesidad de realizar las actuaciones previstas en los artículos 50 y 51 relativas a la fase previa de evaluación ambiental territorial y estratégica.

3. NORMATIVA DE APLICACIÓN

• Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana.

• Ley 1/2019, de 5 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana.

• Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de Castellón

4. CONTENIDO DOCUMENTAL DEL PROGRAMA DE ACTUACIÓN INTEGRADA

En cumplimiento del art. 111 de la LOTUP, todo programa de actuación integrada comprende dos documentos: la alternativa técnica y la proposición jurídico-económica.

Así pues, la presente Alternativa Técnica, contendrá los siguientes documentos: • Memoria justificativa

• Planos de ordenación urbanística vigente.

• Proyecto de urbanización, en el que se incluye la memoria descriptiva y constructiva, los planos (incorporando el plano de replanteo), presupuesto, pliego de condiciones, estudio de gestión de residuos, estudio de seguridad y salud, plan de control de calidad y anexos de instalaciones. • Inventario preliminar de construcciones y plantaciones afectadas.

5. PLANEAMIENTO VIGENTE

El Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de Castellón, aprobado definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo de la Generalitat Valenciana en sesión de 31 de enero de 1989, y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia en fecha 25 de marzo de 1989, clasifica el suelo del ámbito de programación como suelo urbano, siendo su calificación urbanística industrial.

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La Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana delimita la Unidad de Ejecución Sant Domenech I, definida entre los viales de la calle Sant Domenech, avenida Cuba y Ronda Sud.

Calificación urbanística y alineaciones (Plano O-01. Modificación puntual nº 11 del Plan General)

El desarrollo del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución Sant Domenech I no prevé modificación alguna sobre el planeamiento previsto.

Los parámetros básicos de la Unidad de Ejecución Sant Domenech I para su programación y gestión se establecen en la correspondiente ficha de gestión de la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana, siendo los siguientes:

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Cabe destacar que el futuro Plan General de Ordenación Estructural y de Ordenación Pormenorizada, actualmente en tramitación, prevé una recalificación de usos industriales a residenciales compatible con la ordenación actual.

6. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE PROGRAMA

La Unidad de Ejecución Sant Domenech I se encuentra delimitada por el cruce de la calle Sant Domenech y la avenida Cuba; línea oeste de la Avenida Cuba, en el tramo definido desde la calle Sant Domenech hasta la Ronda Sud; Ronda Sud, en el tramo comprendido entre la avenida Cuba y la calle En Proyecto nº 1; línea este de la calle En Proyecto nº 1 hasta medianera sur del inmueble sito en calle Sant Domenech; medianera oeste del inmueble ubicado en calle Sant Domenech; medianera este del inmueble sito en calle Sant Domenech y línea sur de calle Sant Domenech hasta el cruce con la avenida Cuba.

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Delimitación ámbito de la U.E. Sant Domenech I

A fin de obtener una delimitación más real y con mayor exactitud de los lindes se ha realizado un levantamiento topográfico del ámbito. Tomando en consideración de los datos del levantamiento topográfico, se han identificado diferencias de medición con respecto a la cartografía disponible. La precisión de escala tomada en cuenta para el levantamiento topográfico permite introducir una serie de modificaciones en cuanto a la superficie real de la unidad de ejecución, así como del suelo con aprovechamiento lucrativo, todo ello entendido como una mayor precisión de los lindes y sin modificación alguna de la ordenación propuesta en la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana.

Así pues, una vez analizadas las superficies a tener en cuenta respecto del levantamiento topográfico, el cuadro de superficies resultantes es el siguiente:

Superficie reparcelable 6.844,74 m2s Aprovechamiento objetivo 2.929,74 m2t

Suelo neto edificable 2.929,74 m2

Zonas verdes - m2

Equipamientos - m2

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6. GRADO DE EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO VIGENTE 6.1. Características del terreno afectado

El ámbito de la Unidad de Ejecución configura un espacio ocupado fundamentalmente por campas carentes de uso, a excepción de un campo de cultivo actualmente en uso. Se puede considerar que dicha zona es relativamente plana ya que únicamente cuenta con una pendiente inferior al 6% en la avenida Cuba. No existe ningún accidente topográfico reseñable, aunque hay que destacar la existencia de un murete de mampostería y un árbol, ambos situados en la calle Sant Domenech y la presencia de la antigua Acequia de Alarcón en el lado oeste de la avenida Cuba, actualmente canalizada en tramo enterrado.

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6.2. Viarios existentes

El ámbito interior de la Unidad de Ejecución se articula perimetralmente en torno a la calle Sant Domenech, avenida Cuba, Ronda Sud y calle En Proyecto nº 1.

• Calle Sant Domenech

Delimita perimetralmente la zona norte de la Unidad de Ejecución. La sección vial de este eje consiste en calzada de dos direcciones. Cuenta con pavimento asfáltico en buen estado y en la zona objeto de intervención carece de encintado de aceras.

• Avenida Cuba

Articula longitudinalmente el ámbito de la Unidad de Ejecución. La sección vial tipo de este eje cuenta con calzada de dos direcciones, aunque junto a la de intervención únicamente se encuentra ejecutado el semi-vial de la línea este. Así pues, el ámbito de actuación carece de pavimentación y de encintado de aceras, ya que se encuentra ocupada por una campa sin uso, incompatible con la ordenación urbanística.

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• Ronda Sud

Articula transversalmente el ámbito de la Unidad de Ejecución. La sección viaria tipo de este eje cuenta con calzada de dos direcciones. En el ámbito de intervención no se encuentra ejecutado dicho vial, estando ocupado actualmente este espacio por una zona con pavimento asfáltico y un campo de cultivo, incompatible con la ordenación urbanística.

• Calle En Proyecto nº 1

Este eje viario no está ejecutado, ya que actualmente se encuentra ocupado en su totalidad por un campo de cultivo, incompatible con la ordenación urbanística.

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6.3. Infraestructuras e instalaciones urbanas preexistentes

El área objeto de intervención se encuentra carente de las infraestructuras básicas para el desarrollo del suelo. La identificación de las infraestructuras preexistentes se refleja en la documentación gráfica adjunta, siendo todas ellas de servicio exterior a la unidad de ejecución.

Cabe destacar la existencia de líneas aéreas de baja-media tensión y de telefonía, en el ámbito definido por la unidad de ejecución, con sus correspondientes postes de apoyo a lo largo de la calle Sant Domenech, calle En Proyecto nº 1 y Ronda Sud. Dichas líneas únicamente proporcionan el suministro a las edificaciones colindantes a la unidad de ejecución. Además, hay que señalar en la zona este de la Ronda Sud la red de agua de alta presión que abastece a todo el municipio.

El ámbito de intervención no presenta edificaciones o instalaciones en uso, siendo fundamentalmente campas carentes de uso, a excepción de un campo de cultivo actualmente en uso.

En cualquier caso, es común a todas las propiedades la carencia de pavimento rodado del vial y encintado de aceras; así como la inexistencia de colector de aguas residuales, abastecimiento de agua potable y la inexistente red de telefonía, baja-media tensión y alumbrado público en la línea oeste de la avenida Cuba, la Ronda Sud y la calle En Proyecto nº1.

6.4. Construcciones existentes

En la calle En Proyecto nº1 destaca, en el ámbito exterior a la unidad de ejecución, pero lindante a ella, la presencia de una nave industrial y un muelle de carga de mercancías en plena actividad comercial. Estas construcciones ubicadas fuera del área de intervención obligan a la resolución en la obra de urbanización mediante un mayor control de ejecución, así como la precisión en la realización de los niveles propuestos por el presente proyecto tras el estudio realizado.

Cabe destacar la presencia de la canalización de la acequia a lo largo de la avenida Cuba (en tramo enterrado) y en el ámbito interior (a cielo abierto), así como un muro de mampostería situado en la zona noroeste de la intervención.

7. JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE INTEGRACIÓN CON EL ENTORNO

7.1. Idoneidad de la delimitación

El ámbito de la actuación integrada se propone conforme a la delimitación de la Unidad de Ejecución Sant Domenech I establecida en la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva.

Actualmente, el ámbito interior de la Unidad de Ejecución se encuentra semiconsolidado por una urbanización básica, en algunos tramos defectuosa, que en cualquier caso discurre por los diversos espacios vacantes del ámbito y al margen de la previsión de la ordenación del planeamiento. Así pues, las parcelas incluidas en la Unidad de Ejecución no sólo carecen de los servicios previstos en el artículo 177 de la LOTUP, sino que su configuración física requiere la correspondiente regularización a través de la reparcelación prevista por el planeamiento vigente.

Por tanto, según lo indicado anteriormente y en cumplimiento de las exigencias establecidas en la LOTUP, se considera adecuada la definición del ámbito propuesto para el desarrollo de la actuación urbanística prevista.

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Con el desarrollo de la presente actuación urbanística se urbanizará completamente el ámbito interior definido por la UE Sant Domenech I conforme a las exigencias establecidas en el planeamiento vigente. Además, se garantizará la integración y conexión adecuadas de la urbanización de la red viaria y de movilidad, redes de infraestructuras, de energía, de comunicaciones y de servicios públicos existentes, en cumplimiento de uno de los objetivos legales de todo programa de actuación integrada conforme al artículo 110.c de la LOTUP.

Por tanto, el ámbito de las obras complementarias comprenderá el ámbito de la unidad de ejecución junto con 4 ámbitos de conexión necesarios para garantizar una adecuada conexión e integración. El ámbito de conexión nº1 se sitúa en la parte noreste de la calle Sant Domenech para garantizar el abastecimiento de agua potable en la zona de intervención y la conexión entre la red de telefonía existente y la proyectada.

En el ámbito de conexión nº2 definido en la zona sur de la avenida Cuba se realizarán los trabajos de necesarios para la instalación del centro de transformación y su conexión a él.

En el ámbito de conexión nº3 se engloban las obras necesarias para la ejecución de los aparcamientos y el semi-vial de la calle En Proyecto nº1. Además, se prolongará la red de saneamiento hasta esta zona y se realizarán los trabajos necesarios de conexión de la línea eléctrica de media tensión. El objetivo de dichos trabajos es garantizar la conexión del ámbito con las futuras obras de urbanización del entorno cercano.

En el ámbito de conexión nº 4 se engloban las obras correspondiente a la adecuación de la acera de la línea este de la avenida Cuba a fin de realizar un paso rebajado para dar continuidad al paso de peatones.

Valencia, marzo de 2021

José Juan Oliva Martí Arquitecto

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