MANUAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
ESCUELA PREMILITAR
HÉROES DE LA CONCEPCIÓN
ÍNDICE PRESENTACIÓN 1. OBJETIVOS 2. DISPOSICIONES GENERALES2.1. AGRESIVIDAD, CONFLICTO, VIOLENCIA Y BULLYING. 2.2. DIRECCIÓN
2.3. CONSEJO DE PROFESORES 2.4. CONSEJO ESCOLAR
2.5. ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2.6. LAS FALTAS Y SUS SANCIONES
3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
3.1. DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES
3.1.1. PARA LOS ALUMNOS CADETES
PRESENTACIÓN PERSONAL HORARIO
3.1.2. PARA LOS PADRES Y/O APODERADOS
3.1.3. PARA LOS DOCENTES, INSTRUCTORES PREMILITARES Y ASISTENTES DE LA
EDUCACIÓN
4. CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS, MEDIDAS PEDAGÓGICAS, SANCIONES DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS.
4.1. FALTAS LEVES, SANSIONES Y PROCEDIMIENTOS 4.2. FALTAS GRAVES, SANCIONES Y MEDIDAS 4.3. FALTAS GRAVÍSIMAS, SANCIONES Y MEDIDAS
4.4. PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS GRAVES Y GRAVÍSIMAS 4.5. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES
PRESENTACIÓN
El presente Manual de Convivencia Escolar busca facilitar la interacción entre todos y cada uno de los miembros de nuestra escuela. Se inspira en el marco filosófico curricular de nuestro Proyecto Educativo Institucional y quiere ayudar a que cada integrante de esta unidad educativa sea fiel y se configure cada día más con los valores que marcan nuestra identidad escolar.
Por lo anterior es que las normas consensuadas en este documento quieren ser el reflejo de una comunidad cuya convivencia escolar está marcada por la excelencia académica, los valores y virtudes de la instrucción y vida militar (Respeto, Responsabilidad, Orden, Disciplina, Rigor, Servicio, Compañerismo, Patriotismo), el espíritu heroico de los 77 jóvenes que se inmolaron en la batalla de Chacabuco y el mensaje enseñado por la revelación de Jesucristo.
La actualización de nuestro Manual de Convivencia Escolar ha integrado los aportes de documentos como:
Orientaciones para la elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar (Mineduc).
Reglamento tipo de convivencia escolar (Mineduc y Fundación Pro-Bono).
El bullying y sus implicancias legales: Manual para los colegios (Conacep y Fundación Pro-Bono). Ninguna disposición del presente Manual de Convivencia Escolar busca contravenir las normas legales vigentes que emanan de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Constitución Política de la República, Ley General de Educación, Convención de los Derechos del Niño, la Dirección General de Movilización Nacional, entre otros.
1. OBJETIVOS
1.1. Procurar que todos los integrantes de la comunidad educativa reconozcan las normas consensuadas como una herramienta necesaria que está al servicio de una sana convivencia escolar.
1.2. Establecer los derechos, deberes y prohibiciones para los integrantes de la unidad educativa. 1.3. Clarificar que se entenderá por faltas leves, graves y gravísimas a las normas de convivencia.
1.4. Esclarecer procedimientos y protocolos de actuación para los casos en que las normas acordadas y la convivencia escolar se vean afectadas por la actuación de alguno de los miembros de nuestro establecimiento educacional.
2. DISPOSICIONES GENERALES
2.1. AGRESIVIDAD, CONFLICTO, VIOLENCIA Y BULLYING.
Es importante distinguir que existen diversas situaciones que pueden afectar la convivencia escolar y cada una de ellas debe ser abordada de manera diferente; identificarlas con claridad es fundamental, pues cada una de estas situaciones afectan o pueden afectar –en diversos grados- a todas las comunidades educativas. Por eso, es importante tener presente las siguientes distinciones:
* Matonaje, acoso escolar, hostigamiento o bullying
2.2. DIRECCIÓN
Es la máxima autoridad educacional que se ocupa de la dirección, administración, supervisión y coordinación del quehacer educativo de la escuela. Su función principal es liderar y dirigir el Proyecto Educativo Institucional. Juntamente gestiona el clima organizacional y la convivencia escolar, …La Dirección junto al equipo de gestión deben velar por el cumplimiento de las normas de Convivencia escolar, …Procura que los distintos estamentos tengan claridad de sus funciones y genera espacios de comunicación entre ellos mismos” (PEI Escuela Premilitar Héroes De La Concepción).
2.3. CONSEJO DE PROFESORES
Ente colegiado formado por todos los docentes del establecimiento que podrá revisar los comportamientos de los alumnos y tomar acuerdos disciplinarios para ayudar, corregir y sancionar al alumno y su conducta no deseada. El Consejo de Profesores podrá presentar sanciones disciplinarias las que necesitarán de la confirmación de la Dirección del establecimiento.
2.4. CONSEJO ESCOLAR
Por ley (20536: Sobre Violencia Escolar), el Consejo Escolar es la instancia de la unidad educativa responsable de gestionar una sana convivencia escolar; “…estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: la Dirección, los profesores, los alumnos, los padres y apoderados y los asistentes de la educación”.
2.5. ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Por encargo de la ley (20536: Sobre Violencia Escolar), “Todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que determine el Consejo Escolar…y que deberán constar en un plan de gestión”. En nuestra escuela, el encargado de convivencia escolar será el Orientador de nuestro establecimiento.
2.6. LAS FALTAS Y SUS SANCIONES
Se entiende por falta toda palabra, gesto, acto u omisión que signifique una trasgresión, atropello o desconocimiento de las obligaciones, deberes y prohibiciones a las normas contenidas en nuestro Manual de Convivencia Escolar. Los alumnos que infrinjan las normas serán sancionados conforme a éste, siempre que la infracción se haya efectuado:
dentro de los recintos del colegio;
en lugares ajenos al colegio en que se haya programado alguna actividad académica o extracurricular de carácter permanente u ocasional; o
fuera del colegio, viajando a la escuela o marchándose a su hogar, en la medida en que la conducta de un alumno afecte gravemente a otro alumno, o a un profesor, inspector u otro miembro de la institución, o que dañe sensiblemente el prestigio del colegio.
Entre las posibles medidas pedagógicas y sanciones disciplinarias que se podrán aplicar a las faltas, se pueden mencionar:
1. Amonestación verbal.
2. Diálogo personal y/o grupal formativo.
3. Medida reparatoria, privada o pública, que subsane el daño causado (Ej.: arreglo o reposición del material dañado, pedir disculpas, etc.).
4. Servicio comunitario (actividades que podrá cumplirse en tiempo de recreos o al término de la jornada escolar y no podrá exceder los 45 minutos luego del término de clases): recoger papeles del suelo, orden y/o aseo de alguna dependencia, etc.
5. Hacer ejercicios físicos menores: trotes, carreras, flexiones, abdominales, sentadillas, posición firme, etc. 6. Disminuir el tiempo de recreo.
7. Prolongar en un máximo de 45 minutos la permanencia de los alumnos (grupo o curso) luego del término de clases (actividad de pedagógica, física o de orden y limpieza)
8. Amonestación escrita al libro de clases.
9. Comunicación escrita (Agenda Escolar o email) o telefónica con el apoderado. 10. Citación al apoderado.
11. Acuerdo de arbitraje o mediación. 12. Derivación al orientador de la escuela.
13. Derivación del alumno y/o grupo familiar a algún especialista o institución de apoyo externo. 14. Suspensión temporal del uso del uniforme de la escuela.
15. Suspensión temporal (de 1 a 5 días).
16. Exclusión de alguna actividad extra programática o premilitar. 17. Suspensión temporal o indefinida de la Banda de la Escuela.
18. Suspensión temporal o permanente del grado en los cadetes que cuentan con el. 19. Reducción horaria de la permanencia diaria en el establecimiento.
20. Presentación a apoyo académico y rendición de pruebas al establecimiento exclusivamente en días determinados según calendario especial.
21. Aviso escrito de condicionalidad de matrícula. 22. Condicionalidad de matrícula del alumno. 23. Suspensión del beneficio de beca.
24. Exclusión de la ceremonia de graduación de 4º Medio.
25. Cancelación de la ceremonia de graduación de 4º Medio (En nuestra escuela no existe graduación para alumnos de 8º Básico).
26. Cancelación de matrícula para el próximo año escolar.
27. Denunciar a la autoridad competente la participación en un eventual ilícito. 28. Expulsión del establecimiento educacional.
3. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
3.1. DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES.
3.1.1. PARA LOS ALUMNOS CADETES
DERECHOS 1. Recibir un trato digno de parte de todos los miembros de la unidad educativa. 2. Recibir sus clases en un ambiente sano y colaborativo.
3. Participar de las instrucciones militares.
4. Eventualmente recibir el nombramiento y servicio de un grado premilitar. 5. Ser escuchado.
6. Presentar por escrito sus descargos.
7. Apelar por escrito alguna medida o sanción disciplinaria.
DEBERES 1. Colaborar con el trabajo docente al interior del aula fomentando conductas que favorezcan el clima de aprendizaje.
2. Participar de todas las actividades de instrucción premilitar (Formación, Desfiles, Campañas, Visitas, etc.) que sean convocados, especialmente los desfiles del: Día del Carabinero, 21 de mayo, Día de la Infantería, Juramento a la Bandera, Natalicio de B. O’Higgins, Fiestas Patrias, Día de la Fuerza Aérea, Cierre de Actividades.
3. Presentarse con todos los útiles escolares necesarios para sus exigencias académicas. Esto incluye la agenda escolar.
4. Correcto y completo uso del uniforme de la escuela. 5. Mantener una presentación personal adecuada.
6. Cumplir con las exigencias horarias del establecimiento educacional. 7. Cuidar el aseo y orden de los lugares que frecuenta.
8. Cuidar la infraestructura y el mobiliario del establecimiento. El alumno que cause deterioro deberá cancelar los gastos que conlleve su reparación o reposición.
9. Informar cualquier situación que afecta la sana convivencia escolar.
10. Cuidar su conducta, en la calle, durante su traslado a la escuela y hacia su hogar. 11. Informar cualquier situación que afecta la sana convivencia escolar.
12. Los explicitados en el Perfil y Compromiso del alumno en nuestro Proyecto Educativo. PROHIBICIONES 1. Mascar chicle durante la jornada escolar.
2. Mostrar en la escuela como fuera de ella, vistiendo uniforme, las conductas propias de quienes tienen una relación amorosa.
3. Portar y/o ingresar a la escuela todo tipo de elemento cortante, punzante o contundente, armas blancas y/o de fuego, cualquier tipo de drogas ilícitas, como también alcohol. El tráfico o consumo de estas sustancias también queda prohibido.
4. Fumar en la escuela. Como también fumar con el uniforme de la escuela en el exterior de ella (ida o regreso).
5. Llevar a la escuela y utilizar celulares y/o aparatos tecnológicos de almacenamiento, transmisión y reproducción de archivos de imagen, música y/o video y cualquier otro objeto de valor no necesario para su trabajo académico. Más allá de las medidas obvias que se pueden adoptar en caso de pérdida, el establecimiento no se hace responsable del costo económico de estos.
PRESENTACIÓN PERSONAL
UNIFORME ESCOLAR PARA DAMAS Y VARONES DAMAS VARONES
Tenida de combate o fatiga completa: pantalón y blusa. Uso de parches según corresponda.
Botas según modelo escuela (ligas) Polera negra con cuello polo. Boina con piocha.
Quepí. Cinturón N.A. Mochila Institucional.
Polar y/o parka modelo escuela (Invierno). Para la clase de Educación Física:
Buzo (pantalón y chaqueta) oficial. Polera negra con cuello polo. Calcetas color blanco. Zapatillas color blanco.
Preocupación por su aseo personal.
Cabello recogido (sujeto a la orden).
Botas bien lustradas.
Preocupación por su aseo personal.
Cabello con corte militar. Diaria y correctamente afeitados.
Botas bien lustradas.
PROHIBICIONES
DAMAS VARONES
Cabello teñido de colores llamativos o exagerados. Expansiones u otra acción que altere su rostro natural. Uso de piercing.
Uso de aros colgantes.
Uso de maquillaje y/o uñas pintadas.
Cabello teñido de colores llamativos o exagerados. Expansiones u otra acción que altere su rostro natural. Uso de piercing.
Uso de aros.
Uso de maquillaje y/o uñas pintadas. Queda estrictamente prohibido:
1. El uso de uniformes, distintivos e insignias en su forma y color, al usado por las Fuerzas Armadas y de orden y seguridad.
2. Usar el uniforme de la escuela en actividades que no tienen relación con las actividades propias y autorizadas por el establecimiento.
3. Cualquier vestimenta ajena al uniforme oficial.
4. Realizar modificaciones al uniforme: angostamiento, uso de parches indebidos, etc.
5. Cuando un alumno sea sancionado con la suspensión temporal del uso del uniforme de la escuela, el estudiante deberá presentarse con tenida formal (Varón: Pantalón de vestir, camisa, corbata, vestón y zapatos; Dama: Pantalón de vestir, blusa, chaqueta y zapatos).
HORARIO
1. El inicio de las clases será a las 08:00 hrs.
2. El alumno deberá presentarse a la escuela 15 minutos antes.
3. El término de la jornada escolar dependerá de la carga horaria de cada curso.
4. No obstante lo anterior, no podrá permanecer ningún alumno en la escuela después de las 17:30 hrs.
3.1.2. PARA LOS PADRES Y/O APODERADOS
DERECHOS 1. Recibir un trato digno de parte de todos los miembros de la unidad educativa.
2. Justificar personalmente las inasistencias (Con certificado médico en caso de enfermedad) y atrasos de su hijo.
3. Retirar personalmente a su hijo de la jornada escolar diaria. Deberá quedar registro en el libro de salidas de la escuela.
4. Solicitar entrevista con profesores y miembros del equipo de gestión.
5. Recibir información certera y oportuna de las actividades académicas, extra programáticas y del desarrollo escolar de su hijo.
6. Solicitar orientación para apoyar la vida escolar de su pupilo.
7. Integrar eventualmente la directiva de padres y apoderados de su curso.
DEBERES 1. Informar oportunamente cualquier alteración que afecte la condición física y de salud de su pupilo.
2. Enviar a su hijo a clases todos los días. 3. Velar por la correcta presentación de su hijo.
4. Procurar los materiales que requiere su hijo para su tarea escolar diaria. 5. Cuidar la responsabilidad con los horarios de llegada al establecimiento. 6. Asistir a las reuniones de padres y apoderados.
7. Conocer el horario y calendario académico de su hijo.
8. Responder las comunicaciones escritas en la agenda escolar y/o vía correo electrónico. 9. Presentarse al colegio cuando sea citado para entrevista personal.
10. Participar de las actividades extra programáticas o de carácter premilitar a las que sean convocados.
11. Cancelar la mensualidad escolar. (La morosidad en el pago de las mensualidades tiene como consecuencia automática la no renovación de matrícula para el año escolar siguiente) 12. Informar cualquier situación que afecta la sana convivencia escolar.
13. Los explicitados en el Perfil y Compromiso de los Padres y Apoderado en nuestro Proyecto Educativo.
PROHIBICIONES 1. Retirar a través de un tercero, que no sea el apoderado suplente, al alumno de la jornada escolar diaria.
2. Llamar directamente, a través de telefonía móvil, a su hijo en horario de clases. 3. Traspasar sin autorización o acompañamiento la sala de recepción de la escuela;
especialmente en horario de clases.
4. Asistir a la reunión de apoderados con su pupilo u otros niños.
5. Agredir verbal y/o físicamente a alg{un miembro de la comunidad escolar.
3.1.3. PARA LOS DOCENTES, INSTRUCTORES PREMILITARES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
DERECHOS 1. Recibir un trato digno de cualquier miembro de la comunidad educativa.
2. Realizar su labor educacional en un ambiente de respeto y sin menoscabo de su función por parte de ningún integrante de la unidad educativa.
DEBERES 1. Cumplir con sus obligaciones laborales. 2. Cuidar su presentación personal. 3. Procurar una vestimenta formal. 4. Respetar los horarios de la escuela.
5. Recibir, previa solicitud, en horario destinado para tales efectos, a los apoderados que se lo pidan.
6. Dar un trato indigno a cualquier miembro de la comunidad escolar. 7. Informar cualquier situación que afecta la sana convivencia escolar.
8. Los explicitados en el Perfil del Cuerpo Docente e Instructores en nuestro Proyecto Educativo.
PROHIBICIONES 1. Tener otro tipo de relación que no sea exclusivamente la que corresponde a su rol educativo. 2. Reunirse fuera del establecimiento, con alumnos, en actividades ajenas a las de la vida de la
escuela.
4. CALIFICACIÓN DE LAS FALTAS, MEDIDAS PEDAGÓGICAS, SANCIONES DISCIPLINARIAS Y PROCEDIMIENTOS.
5.1. FALTAS LEVES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
FALTAS LEVES:
Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucran daño psicológico y/o físico a otros miembros de la comunidad:
1. Faltas de presentación personal. 2. Incumplimiento de horarios (Atrasos). 3. Presentarse sin útiles escolares. 4. Interrumpir el desarrollo de la clase. 5. No trabajar en clases.
6. No usar un lenguaje culto formal. 7. Entre otras.
MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y/O SANCIONES DISCIPLINARIAS
PROCEDIMIENTOS 1. Amonestación verbal.
2. Diálogo personal y/o grupal formativo.
3. Medida reparatoria, privada o pública, que subsane el daño causado (Ej.: arreglo o reposición del material dañado).
4. Servicio comunitario (actividades que podrá cumplirse en tiempo de recreos o al término de la jornada escolar y no podrá exceder los 45 minutos luego del término de clases): recoger papeles del suelo, orden y/o aseo de alguna dependencia, etc.
5. Hacer ejercicios físicos menores: trotes, carreras, flexiones, abdominales, sentadillas, posición firme, etc.
6. Disminuir el tiempo de recreo.
7. Prolongar en un máximo de 45 minutos la permanencia de los alumnos (grupo o curso) luego del término de clases (actividad de pedagógica, física o de orden y limpieza)
8. Amonestación escrita al libro de clases.
9. Comunicación escrita (Agenda Escolar o email) o telefónica con el apoderado.
1. La primera falta leve será motivo para comunicarse telefónicamente con el apoderado del alumno en cuestión.
2. La reiteración de tres faltas leves, registradas en el libro de clases cada una de ellas, ameritará la inmediata citación del apoderado. 3. La citación será acordada por
ambas partes y nunca de un día para otro.
4. La no asistencia del apoderado a la citación acordada significará que el alumno no podrá acudir al establecimiento hasta que no se presente en compañía de su apoderado.
5.2. FALTAS GRAVES, MEDIDAS Y SANCIONES
FALTAS GRAVES: Actitudes y
comportamientos que alteren la
convivencia y/o que implican un daño psicológico a otros miembros de la comunidad:
1. Faltas leves reiteradas en el tiempo. 2. Ofender los símbolos patrios y/o religiosos.
3. Ausentarse o negarse a participar, sin justificación razonable, de cualquier actividad de instrucción premilitar (Formación, Desfiles, Campañas, Visitas, etc.)
4. Dar un mal trato reiterado a miembro de la comunidad escolar que menoscabe su labor y dignidad personal: bromas de mal gusto, esconder los útiles de trabajo, etc.
5. Agredir gestual o verbalmente con insultos, burlas, amenazas, discriminación, etc., a través del lenguaje oral transmitido por cualquier medio (papel, telefonía móvil, internet, email, chat, mensaje de texto e imágenes, etc.) a un miembro de la escuela.
6. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar.
7. Exhibir, transmitir o difundir por medios tecnológicos o informatizados cualquier conducta de maltrato escolar o contenido que ofenda la dignidad de una persona o institución. 8. Dañar la infraestructura y/o el mobiliario de la escuela.
9. Retirase antes de ser despachado (fuga).
10. No dirigirse o ingresar a la escuela habiendo salido con ese objetivo de su hogar. 11. Faltar el respeto a personas que visitan nuestra institución.
12. Tener un comportamiento inadecuado en una salida pedagógica del establecimiento, desfiles o campañas.
13. Intentar, facilitar o explícitamente copiar en pruebas. 14. Falsear y corregir calificaciones.
15. Tomar el nombre o el trabajo de otra persona para acto deshonesto. 16. Sustraer prueba o evaluación.
17. Tomar y esconder libro de clases. 18. Alterar información de libros de clases.
19. Fumar al interior de la escuela o fuera de ella con uniforme o sin el en sus inmediaciones. 20. Entre otras.
MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y/O SANCIONES DISCIPLINARIAS 1. Amonestación verbal.
2. Diálogo personal y/o grupal formativo.
3. Medida reparatoria, privada o pública, que subsane el daño causado. 4. Amonestación escrita al libro de clases.
5. Citación al apoderado.
6. Acuerdo de arbitraje o mediación. 7. Derivación al orientador de la escuela.
8. Derivación del alumno y/o grupo familiar a algún especialista o institución de apoyo externo. 9. Suspensión temporal (de 1 a 3 días).
10. Exclusión de alguna actividad extra programática o premilitar. 11. Suspensión temporal del uso del uniforme de la escuela. 12. Suspensión temporal o indefinida de la Banda de la Escuela.
13. Suspensión temporal o permanente del grado en los cadetes que cuentan con el. 14. Suspensión del beneficio de beca.
15. Aviso escrito de condicionalidad de matrícula. 16. Exclusión de la ceremonia de graduación de 4º Medio. 17. Cancelación de la ceremonia de graduación de 4º Medio 18. Condicionalidad de matrícula del alumno.
19. Cancelación de matrícula para el próximo año escolar.
5.3. FALTAS GRAVÍSIMAS, SANCIONES Y MEDIDAS
FALTAS GRAVÍSIMAS: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia y/o que implican un daño físico y/o moral a otros miembros de la comunidad:
1. Faltas graves reiteradas en el tiempo. 2. Acoso escolar o bullying.
3. Hurto o robo.
4. Portar todo tipo de armas, municiones, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando no se haya hecho uso de ellos. 5. Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas por éste.
6. Acoso y abuso sexual. 7. Entre otras.
MEDIDAS PEDAGÓGICAS Y/O SANCIONES DISCIPLINARIAS 1. Medida reparatoria, privada o pública, que subsane el daño causado.
2. Amonestación escrita al libro de clases. 3. Citación al apoderado.
4. Derivación al orientador de la escuela.
5. Derivación del alumno y/o grupo familiar a algún especialista o institución de apoyo externo. 6. Suspensión temporal (de 1 a 5 días).
7. Exclusión de alguna actividad extra programática o premilitar. 8. Suspensión temporal del uso del uniforme de la escuela. 9. Suspensión temporal o indefinida de la Banda de la Escuela.
10. Suspensión temporal o permanente del grado en los cadetes que cuentan con el. 11. Reducción horaria de la permanencia diaria en el establecimiento.
12. Presentación a apoyo académico y rendición de pruebas al establecimiento exclusivamente en días determinados según calendario especial.
13. Suspensión del beneficio de beca.
14. Exclusión de la ceremonia de graduación de 4º Medio.
15. Cancelación de la ceremonia de graduación de 4º Medio Condicionalidad de matrícula del alumno. 16. Cancelación de matrícula para el próximo año escolar.
5.4. PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS GRAVES Y GRAVÍSIMAS
1. El profesor o instructor que sorprenda a algún alumno que esté incurriendo en una falta deberá registrar la anotación –de manera inmediata– en el libro de observaciones
2. Cualquier alumno u otro miembro de la institución podrá denunciar una falta a este Manual o una situación que altere la sana convivencia escolar a las autoridades del colegio, teniendo derecho a que se guarde reserva de su identidad si está en riesgo su seguridad o integridad. De la denuncia debe quedar registro escrito.
3. Las faltas de carácter grave o gravísima serán notificadas a cualquier docente o instructor; no obstante lo anterior, la dirección, una vez conocido el hecho, tendrá la facultad de actuar por propia iniciativa y determinar la sanción aplicable.
4. En los casos en que la falta es gravísima la Dirección del establecimiento, luego de investigar y recopilar los antecedentes, podrá aplicar la(s) medida(s) disciplinaria(s) que corresponde, según la calificación antes expuesta, o podrá convocar a un consejo de profesores extraordinario, el cual sugerirá a Dirección la sanción que conviene.
5. Cuando procede una investigación, está tendrá por objeto comprobar la existencia de una falta y la participación del alumno en dicho acto. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella. 6. En toda investigación, las personas involucradas serán escuchadas y sus testimonios deberán ser registrados y constar
sus firmas. De cada actuación y resolución deberá quedar con constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
7. Se deberá dar un trato digno y deferente a ambas partes, respetando su honra y privacidad. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.
8. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. 9. En casos debidamente calificados por la dirección del colegio, se podrá suspender al alumno sujeto a investigación. Si
fuese sobreseído o declarado inocente, tendrá derecho a recuperar las exigencias curriculares que no haya podido cumplir por causa de la suspensión.
10. La investigación no podrá durar más de cinco días hábiles, a menos que existan causas fundadas que justifiquen prórrogas. El quinto día de la investigación, tiempo máximo, se deberá emitir un dictamen suficientemente fundamentado, que deberá ser comunicado al afectado (s) su apoderado (s) y a quien corresponda. En dicho dictamen se formularán los cargos y sus respectivas medidas y sanciones o, si éstos no fueron acreditados fehacientemente, dispondrá el sobreseimiento.
11. Las sanciones derivadas de la investigación practicada por la instancia que corresponda, podrán ser objeto de un recurso de apelación, que debe presentarse por escrito dentro de los 2 días siguientes a la notificación de la decisión, ante la Dirección del establecimiento.
12. La resolución final quedará archivada en la dirección del colegio.
13. En casos calificados, tales como la existencia de buenos antecedentes académicos del alumno o su irreprochable comportamiento anterior, el consejo de profesores o la Dirección, podrán imponer al infractor una medida disciplinaria de menor gravedad que las señaladas.
14. Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, especialmente los delitos de connotación sexual.
5.5. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES
Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, recurrencia y las circunstancias atenuantes y agravantes que concurran, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:
1. La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas; 2. La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;
3. La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: 3.1. La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; 3.2. El carácter vejatorio o humillante del maltrato;
3.3. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; 3.4. Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;
3.5. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; 4. La conducta anterior del responsable;
5. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; 6. La discapacidad o indefensión del afectado”.
Son responsables penalmente los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años, quienes se rigen por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Los menores de 14 años están exentos de responsabilidad penal, por lo que no pueden ser denunciados por la comisión de un delito. En estos casos, los tribunales competentes para conocer la situación son los Tribunales de Familia, los que pueden aplicar medidas de protección si es necesario.
“Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente…Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento” (Cfr. Art. 8.2 y 3 Reglamento Tipo de Convivencia Escolar: Mineduc y Fundación Pro-Bono).
Cualquier situación de Convivencia Escolar no contemplada en este Reglamento, será resuelta por el Consejo Directivo.