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CATÁLOGO DE BIENES INMUEBLES Y ESPACIOS PROTEGIDOS

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CATÁLOGO DE BIENES INMUEBLES Y

ESPACIOS PROTEGIDOS

MEMORIA Y FICHAS DE CATÁLOGO

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ÍNDICE

PÁG.

1. CATÁLOGO DE EDIFICIOS PROTEGIDOS 5

1.1. OBJETO DEL CATALOGO 5

1.2. TIPOS Y GRADOS DE PROTECCION; CLASIFICACION

DE LOS BIENES CATALOGADOS Y DETERMINACIONES 6 1.3. DEFINICIÓN DE LOS DISTINTOS TIPOS DE OBRAS

SOBRE BIENES CATALOGADOS 12

1.4. MODIFICACIONES DEL CATÁLOGO 18

2. JUSTIFICACIÓN DE MODIFICACIONES RESPECTO AL

CATÁLOGO REVISADO 19

3. DESCRIPCIÓN DE ELEMENTOS CATALOGADOS 20

FICHAS DE ELEMENTOS CATALOGADOS 27

4. ANEXO: ENUMERACIÓN DE MODIFICACIONES RESPECTO

AL CATÁLOGO DEL PLAN GENERAL DE 1999 QUE SE REVISA 155

4.1. DESCATALOGACIÓN DE EDIFICIOS APROBADAS 155

4.2. MODIFICACIÓN DE GRADO DE CATALOGACIÓN 156

4.1. DESCATALOGACIÓN DE ELEMENTOS 157

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1. CATÁLOGO DE EDIFICIOS PROTEGIDOS

1.1. OBJETO DEL CATALOGO

El objetivo del Catálogo de Bienes Inmuebles y Espacios Protegidos es la identificación de terrenos, edificios, conjuntos, jardines y restantes espacios recogidos en la legislación reguladora de patrimonio histórico y artístico, la definición de los valores que los hacen merecedores de dicha protección, y el establecimiento del régimen de

protección a los que están sujetos, así como el régimen aplicable para su preservación,

según se recoge en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid 9/2001 (LSCM), art. 43 f, y en la Ley 10/1998 del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

Los elementos susceptibles de protección y conservación se han identificado por sus valores arquitectónicos, urbanísticos, históricos, artísticos, culturales, ambientales, paisajísticos botánicos, forestales, agrícolas u otros, mediante la definición de un conjunto de condiciones de actuación, uso y tramitación que, con carácter complementario de las establecidas en el Plan General, son de aplicación a cualquier intervención sobre los bienes identificados y catalogados en este documento.

La inclusión en este Catálogo de los bienes identificados implica su exclusión del Régimen General de Edificación Forzosa y la imposición del conjunto de condiciones referidas en el párrafo anterior, a la vez que hace a las obras sobre ellos realizadas objeto de los beneficios previsto por la normativa vigente para los bienes catalogados. La aprobación definitiva de este Catálogo, como documento complementario del Plan General, implica asimismo, para los bienes en él incluidos, su exclusión parcial del régimen general de ruina, a la vez que la declaración de utilidad pública que abre la vía a la expropiación forzosa que eventualmente podría llevarse a cabo en caso de incumplimiento grave de los deberes de conservación que la Ley establece.

Los bienes inmuebles de cualquier tipo afectados por incoación o declaración de Bien de Interés Cultural o de Espacio Natural Protegido se incluyen en este Catálogo exclusivamente a efectos de anotación e identificación, estando sometidos al régimen de normativa y al control y disciplina que cada caso apliquen los departamentos competentes en las materias respectivas .

En líneas generales se definen los siguientes cambios para el Catálogo procedente del Plan General de 1999 (PG vigente):

• Mantener el grado Integral y los parámetros de protección definidos en las fichas del Catálogo del PG vigente.

• Asignar el grado Estructural únicamente a aquellos inmuebles con valores históricos referidos a algún hecho concreto, o con valores artísticos singulares; y en consecuencia, sustituir la anterior calificación de grado Estructural a algunos edificios, por la calificación más apropiada del grado Ambiental.

• Retirar del Catálogo procedente del PG 1999 varios inmuebles con grado Ambiental por carecer de valores arquitectónicos específicos.

• Añadir un cuarto grado para la protección Ambiental, definiendo sus condiciones en esta Memoria del Catálogo.

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• Suprimir la catalogación de Parcela en todos sus grados, definiendo en cada

ficha de inmueble la protección concreta de espacios y superficies merecedoras de protección.

1.2. TIPOS Y GRADOS DE PROTECCIÓN; CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES CATALOGADOS Y DETERMINACIONES

Se establecen los siguientes tipos de protección: - Protección individualizada de elementos, - Protección de zonas urbanas,

- Protección de visualizaciones,

- Protección de yacimientos arqueológicos,

- Protección de espacios naturales y arbolado notable.

La protección individualizada de elementos se aplica a cada uno de los elementos aislados, espacios urbanos, edificios o agrupaciones de éstos identificados como tales en el presente Catálogo. Se estructura en tres grados de protección jerarquizados, que se denominan Integral, Estructural y Ambiental, y que más adelante se describen. La protección de zonas urbanas se aplica a conjuntos de edificación con valores determinados de protección que se definen mediante Ordenanzas Específicas, redactadas para cada una de las áreas delimitadas.

La protección de visualizaciones o protección de zonas urbanas afecta a aquellas áreas en que las actuaciones de edificación u otras podrían entorpecer o degradar la recepción o emisión de vistas de interés.

La protección de yacimientos arqueológicos se aplica a los ámbitos delimitados en el presente Plan General con por contar con restos arqueológicos, según delimitación y normativa de la Comunidad de Madrid.

La protección de espacios naturales y arbolado notable se considera para aquellos parajes concretos que entrañen valores medioambientales susceptibles de protección, para los que regirá normativa específica de protección para preservar los valores intrínsecos de los conjuntos. El arbolado notable se protege mediante un inventario que identifica los elementos arbóreos merecedores de una protección específica y la normativa aplicable a cualquier actuación en ellos.

1.2.1. Protección individualizada de elementos 1.2.1.1. GRADO 1º. Protección Integral_ I

a) Bienes a los que se aplica

• Edificios, construcciones y elementos de excepcional valor arquitectónico y significación cultural o ciudadana, y los equiparables por sus valores a los monumentos declarados o incoados con arreglo a la legislación sobre Patrimonio Histórico Español.

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• Espacios públicos que constituyen ámbitos urbanos y excepcional valor

significativo por su configuración, calidad del conjunto de la edificación y tradición.

• Elementos significativos de valor de la escena urbana, tales como pavimentos, amueblamientos, etc.

Según la Disposición Adicional 2ª de la Ley 10/1998 del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, quedan sometidos, al régimen de protección previsto para los bienes incluidos en el Inventario de Bienes Culturales de Madrid, los siguientes bienes sitos en su territorio, salvo los incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles e Inmuebles del Ministerio de Educación y Cultura al amparo de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico.

• Las iglesias, ermitas, cementerios y edificios singulares con más de cien años de antigüedad y asimismo los molinos, bodegas, cuevas y abrigos que contengan manifestaciones culturales, puentes, estaciones de ferrocarril, canales, viajes de agua, norias, potros y fraguas y caminos históricos con más de cien años de antigüedad.

• Teatros, mercados y lavaderos representativos de los usos para los que fueron edificados, con más de cien años de antigüedad.

• Los castillos, casas fuertes, torreones, murallas, recintos fortificados, estructuras militares y defensivas, emblemas, piedras heráldicas, rollos, cauces de término, hitos y picotas con más de doscientos cincuenta años de antigüedad.

• Los muebles de carácter artístico o representativos de la forma de vida o de producción singular de la población de la región de Madrid que cuenten con más de doscientos años de antigüedad.

b) Determinaciones

Se permitirán solamente las actuaciones encaminadas a la conservación y puesta en valor del edificio, elemento, espacio o agrupación catalogada dotándosele excepcionalmente del uso o usos que, siendo compatibles con sus características y condiciones originales, garanticen mejor su permanencia.

En consecuencia se permiten solamente con carácter general sobre los bienes así catalogados las obras cuyo fin sea la restauración que pueden ser, de entre las tipificadas en este documento, las de mantenimiento, de consolidación y de

recuperación, con prohibición expresa de todas las demás. En todo caso las

aportaciones sucesivas de restauración deberán diferenciarse o documentarse, a efectos de investigación, de la obra original.

Se prohíben asimismo expresamente las actuaciones de los particulares y empresas concesionarias de servicios relativas a fijación de elementos extraños a la naturaleza del propio elemento catalogado con este grado de protección tales como tendidos aéreos de redes de energía, alumbrado o comunicación, señalización de tráfico, báculos de alumbrado, rótulos publicitarios, toldos, etc. Los elementos de señalización de las actividades que el elemento albergue, y los de alumbrado de sus inmediaciones, en caso de que se consideren necesarios, se diseñarán expresamente dentro del espíritu del respeto al elemento catalogado, a su carácter y a su entorno. Se permitirán

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excepcionalmente pequeñas actuaciones de rehabilitación si la permanencia del edificio implicara necesariamente un cambio de uso y el nuevo a implantar así lo exigiera, en cuyo caso la concesión de licencia de obras irá precedida del informe favorable del departamento de Patrimonio Arquitectónico de la Comunidad de Madrid competente en la materia.

Se considerarán excepcionales asimismo, aquellas intervenciones que, dentro de una obra de las permitidas para este grado, impliquen la utilización de materiales o técnicas distintas de las originales que den lugar a cambios de formas, colores o texturas, excepcionalidad que implicará la necesidad de informe favorable del departamento de Patrimonio arriba aludido con anterioridad a la concesión de licencia.

Todas las actuaciones que se realicen sobre los Bienes de Interés Cultural estarán sujetas a la obtención de informe favorable de la Dirección General de Patrimonio Histórico-Artístico, de acuerdo con lo establecido en la Ley 10/1998 de Protección del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

El régimen de protección de los bienes incluidos en la Disposición Adicional 2ª de la Ley 10/1998 será el mismo que para los Bienes incluidos en el Inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid recogido en el Título I de la LPCHM, y prevaleciendo sobre cualquier otro tipo de protección asignada en el planeamiento.

1.2.1.2. GRADO 2°. Protección Estructural_ E

a) Bienes a los que se aplica

Aquellos edificios, elementos y agrupaciones que por su valor histórico o artístico o su calidad arquitectónica constructiva o tipológica se singularizan dentro del municipio. b) Determinaciones

Las obras a efectuar en los edificios o elementos sometidos a este grado de protección serán las tendentes a su conservación mejorando sus condiciones de habitabilidad o uso, manteniendo su configuración estructural, su envolvente exterior y sus elementos significativos.

Por ello se permiten, con carácter general, de entre las obras tipificadas en el apartado 1.3 de este documento, además de las autorizadas para el grado anterior (mantenimiento, consolidación y recuperación), las obras de acondicionamiento.

Se considerarán excepcionales en los bienes catalogados con este grado de protección las actuaciones que, dentro de las permitidas, impliquen la utilización de materiales o técnicas distintas de las originales que den lugar a cambios de forma, color o textura y que afecten a la envolvente exterior o a los elementos estructurales y significativos. Al igual que para los elementos catalogados en grado 1°, para éstos se prohíbe expresamente la fijación de elementos superpuestos, señalización y tendidos aéreos de redes de servicios urbanos. El diseño de las muestras publicitarias y de los elementos

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de alumbrado público guardará el mismo respeto al carácter del elemento catalogado y a su entorno que los exigidos para el Grado 1°.

1.2.1.3. GRADO 3°. Protección Ambiental_ A1, A2, A3, A4.

a) Bienes a los que se aplica

• Edificios que aislados o en conjunto conforman tramos o áreas de calidad, en buen o regular estado de conservación, aún cuando individualmente no presenten notables valores arquitectónicos.

• Edificios que situados en área de calidad media o escasa, incluso presentando mal estado de conservación, reúnen constantes tipológicas interesantes.

• Espacios urbanos de calidad destacada. b) Determinaciones particulares

Las obras que se efectúen en los edificios, elementos o conjuntos afectados por este grado de protección tendrán por objeto adecuarlos a los usos actuales sin pérdida de los valores ambientales y tipológicos que posean. Se diferencian los siguientes grados de intervención aceptada:

Grado A1:

Sobre los bienes inmuebles catalogados con protección ambiental que contengan en la ficha correspondiente la determinación Al se permitirán, de entre las actuaciones tipificadas en documento, las enumeradas para los grados anteriores (mantenimiento,

consolidación, recuperación y acondicionamiento), y también las de reestructuración. Asimismo se permitirán sobre bienes con determinación A1 las obras

de ampliación que reúnan todas y cada una de las condiciones siguientes: - No implicar aumento de altura del bien catalogado.

- No implicar aumento de ocupación en planta cuyos efectos sean visibles desde la vía pública.

- No exceder de la edificabilidad o condiciones de edificación determinadas por el Plan General para la zona en que se localice.

Grado A2:

Los bienes catalogados con protección ambiental con determinación A2 podrán ser objeto, además, de obras de ampliación sin aumento de altura que den lugar a

aumento de ocupación en planta visible desde espacios públicos, siempre que reúnan

las condiciones restantes señaladas en el párrafo anterior. Grado A3:

Se permitirán obras de ampliación con aumento de altura sin aumento de ocupación visible desde espacios públicos en aquellos bienes con protección ambiental con determinación A3, que reúnan las condiciones restantes de edificabilidad remanente. Grado A4:

La existencia de la determinación de este grado aplicable a los bienes con determinación A4, hará posible la autorización de obras de ampliación con aumento

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de ocupación visibles desde espacios públicos y aumento de altura, siempre y cuando

concurran las circunstancias restantes de edificabilidad suficiente. c) Determinaciones generales

Podrán autorizarse con carácter excepcional dentro de cualquier grado de protección ambiental y se someterán, por tanto, al mismo trámite antes señalado, las propuestas de actuación que por imperativo de la reestructuración o rehabilitación necesarias para adecuarlos a los nuevos usos propuestos o por aplicación necesaria de técnicas o materiales distintos de los originales, den lugar a modificaciones en su envolvente exterior visible desde espacios públicos próximos o lejanos que, sin pérdida de los valores ambientales y tipológicos existentes, afecten a su composición, colores o texturas.

Se considerarán excepcionales para cualquier grado de protección ambiental de las propuestas de reestructuración que impliquen una intervención asimilable a la redistribución total del interior, por el riesgo de pérdida de los valores tipológicos que se supone posee el elemento protegido, excepcionalidad que dará lugar al repetido trámite de informe favorable del órgano de control competente en cada caso.

Se autorizarán asimismo, con carácter excepcional para cualquier grado de protección ambiental obras de demolición y reedificación siempre que se acredite la imposibilidad material del mantenimiento de los elementos constructivos, por ser este de cuantía económica e imposibilidad técnica justificable y acreditable. La posibilidad indicada en fichas de materializar el aprovechamiento bajo cubierta podrá implicar la ampliación de altura o modificación de la inclinación del faldón de cubierta hasta la altura máxima a cornisa permitida por la ordenanza asignada, pudiendo demoler el plano de cubierta y restituyendo la misma composición de cubierta utilizando los mismos materiales de la cubierta original.

En estos casos, se estará a lo señalado en el artículo 1.3.7. del presente Catálogo.

En relación con la fijación de elementos superpuestos, se repite para este grado de Protección Ambiental la prohibición relativa a tendidos aéreos que se aplica a los dos grados anteriores Integral y Estructural. En cuanto a señalización, publicidad y alumbrado, el diseño y colocación deberá asimismo orientarse a la conservación de los valores ambientales propios de las condiciones del grado de protección.

1.2.2. Protección de zonas urbanas

La protección de zonas urbanas se aplica a las Áreas de Especial Interés definidas en las Normas Generales de Protección del Artículo 6.3 de las vigentes Normas Urbanísticas del Plan General. Estas áreas son:

• Área de interés ambiental que comprende todo el primitivo núcleo de población y su ensanche.

• Franja adyacente a la actual M-506, margen opuesta al casco urbano residencial. • Calle Mayor.

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1.2.4. Protección de yacimientos arqueológicos

La protección de ámbitos de naturaleza arqueológica se define en el correspondiente anexo de protección arqueológica, aunque se apuntan aquí los ámbitos merecedores de tal protección:

• “Arroyo de la Vega”, que dispone de expediente de incoación para la declaración de Bien de Interés Cultural por resolución de 21 de enero de 1991 en la categoría de Zona Arqueológica.

• “Margen Izquierdo del Río Guadarrama”, que dispone de expediente de incoación para la declaración de Bien de Interés Cultural por resolución de 21 de enero de 1991 en la categoría de Zona Arqueológica.

1.2.5. Protección de espacios naturales y arbolado notable

Se consideran los indicados en el Informe de Sostenibilidad Ambiental y protegidos con la categoría específica, así como los siguientes espacios naturales:

• Parque Monreal • Parque Forestal

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1.3. DEFINICIÓN DE LOS DISTINTOS TIPOS DE OBRAS SOBRE BIENES

CATALOGADOS

Se detallan a continuación los objetivos, contenidos y efectos de los siete diferentes tipos de obras cuyas denominaciones se han utilizado en el capítulo anterior.

1.3.1. Obras de mantenimiento

Se entiende como obras de mantenimiento aquellas derivadas del deber de conservación de los propietarios, con la finalidad de conservar el edificio dentro de las condiciones correctas de uso, salubridad y ornato, a la vez que evitan deterioros, sin afectar a su estructura portante ni a su distribución interior, ni alterar el resto de sus características formales y funcionales tales como la composición de huecos, materiales, colores, texturas, usos existentes, etc.

Las obras de conservación no producen ninguna alteración en la configuración ni en los elementos constitutivos del edificio, tanto en su interior como en el exterior, a la vez que no producirán ninguna intervención sobre las características volumétricas ni sobre la estructura del inmueble.

Serán objeto de esta clasificación las obras que se realizan con carácter periódico para la conservación del edificio –pinturas, revocos, etc.-; pequeñas reparaciones de elementos parciales –solados, carpintería, instalaciones sanitarias; intervenciones necesarias para el cuidado y afianzamiento de cornisas y volados; limpieza o reparación de canalones y bajantes; reparación de cubiertas y saneamiento de conducciones.

Si la obra de conservación hiciera necesaria la utilización de técnicas o materiales distintos de los originales que dieran lugar a cambios de colores o texturas, la solicitud de licencia vendrá acompañada de la documentación complementaria que describa y justifique los cambios proyectados y sus efectos sobre el elemento y su entorno, y permita la comparación con las soluciones originales.

1.3.2. Obras de consolidación

Tienen por objeto, dentro del deber de conservación de los propietarios, mantener las condiciones de seguridad, a la vez que las de salubridad y ornato, afectando también a la estructura portante, pero sin alterar, como en el tipo anterior, características formales ni funcionales.

Se agrupan bajo esta denominación, entre otras análogas, las actuaciones citadas en el epígrafe anterior que, además, incluyen operaciones puntuales de afianzamiento, refuerzo o sustitución de elementos estructurales dañados, tales como elementos de forjados, vigas, soportes, muros portantes, elementos estructurales de cubierta, recalces de cimientos, etc. Si la consolidación incluyera necesariamente la utilización de materiales distintos de los originales, ya sea en la colocación de refuerzos o en la sustitución de elementos completos, se aportará como documentación complementaria la que describa y justifique la solución proyectada en comparación con la de partida, que expresará suficientemente las

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TAU Planificación Territorial SL 13 implicaciones de funcionamiento estructural, compositivas, estéticas formales y funcionales de la sustitución.

1.3.3. Obras de recuperación

Son las encaminadas a la puesta en valor de un elemento catalogado restituyendo sus condiciones originales, teniendo además como fin la rehabilitación y conservación del mismo y su adecuación a un uso permitido y conveniente a sus características físicas y de distribución espacial.

Las obras de recuperación han de ser el resultado de un proceso de investigación sobre el elemento arquitectónico, por lo que han de estar plenamente justificadas, demostrando que no alteran los valores del edificio y que son necesarias para su adecuación y utilización.

La técnica constructiva así como el empleo de los materiales deben responder a un proceso y un método acorde con los establecidos para las intervenciones sobre edificios monumentales. Requisitos específicos para las obras de recuperación

Se permitirá toda obra destinada a la restauración del sistema estructural original y a la reparación y limpieza de éste. Cuando, por razones de estabilidad, sea necesario reforzar la estructura inicial con algún elemento nuevo se procurará que éste se integre al esquema portante original y, en todo caso, se diferenciará en su tratamiento de cualquier elemento de éste.

En este tipo de obras se deberán mantener y recuperar las fachadas y todo cerramiento interior original, a excepción, con la debida justificación, de la tabiquería que no suponga definición del tipo distributivo del edificio.

Todos aquellos nuevos elementos que se introduzcan en el edificio han de estar plenamente justificados y su tratamiento diferenciado de la obra antigua.

Se permitirán y deberán hacerse las obras destinadas a la reconstrucción de las cubiertas en su estado original, haciéndose las reposiciones necesarias con materiales lo más homogéneos posibles a los originales.

En función del uso al que vaya a destinarse la edificación una vez restaurada se podrán hacer nuevas instalaciones, siempre y cuando su inclusión y disposición en el proyecto global quede suficientemente justificada y resuelta de manera que no devalúe el conjunto de la restauración. Las condiciones tipológicas del edificio deben ser respetadas en el proyecto de restauración, permitiéndose sólo –y siempre que sea exigencia ineludible del destino a que se ha de dedicar el edificio- alteraciones mínimas dentro del esquema tipológico general, de manera que no se pierda ni desvalore.

En las obras de recuperación tan sólo se podrán demoler aquellos elementos añadidos y que resten valor al conjunto del edificio.

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TAU Planificación Territorial SL 14 La solicitud de licencia de obras de este tipo contendrá, además de la documentación requerida para las obras de régimen general, la precisa para cumplimentar los apartados siguientes:

- Descripción documental del elemento catalogado, circunstancias de su construcción, características originales y su evolución.

- Descripción fotográfica del elemento catalogado en su conjunto y de los parámetros originales que lo caracterizan, ya sean volumétricos, espaciales, estructurales, decorativos u otros, así como de su relación con el entorno.

- Levantamiento cartográfico completo.

- Descripción pormenorizada del estado de conservación del elemento catalogado con planos en los que señalen los puntos, zonas o instalaciones que requieren Restauración, rehabilitación o conservación.

- Descripción y justificación de las técnicas que se emplearán en las distintas actuaciones, con expresión de las implicaciones estructurales, compositivas, estéticas, formales y funcionales de su aplicación.

- Detalles de las partes que se restauran (acompañados cuando sea posible de detalles del proyecto original) y detalles del proyecto de restauración que permitan establecer comparación entre la solución existente (o la original) y la proyectada.

- Descripción de los usos actuales y de los efectos de la restauración sobre los usuarios, así como de los compromisos establecidos con estos.

1.3.4. Obras de acondicionamiento

Las obras comprendidas dentro de este concepto serán aquellas consistentes en la adecuación de partes específicas del elemento catalogado para permitir nuevos usos del mismo que contribuyan a su mantenimiento económico y utilización social, tal como la apertura de huecos en partes secundarias o instalación de estructuras de acceso y de mantenimiento mecánico del edificio.

Las obras de acondicionamiento son las necesarias para la adecuación del elemento catalogado o una parte del mismo a los usos a que se destine, mejorando sus condiciones de habitabilidad y mantenimiento en todo caso las condiciones originales en todo lo que afecta a su envolvente exterior, a su configuración general y estructura básica original o elementos estructurantes, y a los demás elementos significativos que lo singularicen o lo caractericen como una determinada época o tipología.

Dentro de esta denominación se incluyen, entre otras, actuaciones tales como reparación, sustitución, modernización o implantación de instalaciones; la redistribución espacial de las estancias con cambios de tabiques, siempre que no afecten a los espacios tipológicos básicos ni a la estructura; la apertura de huecos de acceso, luces o ventilación a patios, escaleras u otros locales, siempre que no afecten al valor arquitectónico de éstos; la sustitución interior de pavimentos, revestimientos, carpinterías y cerrajerías; refuerzos o sustituciones de estructura para soportar mayores cargas; cambios en la decoración de las partes no significativas y la sustitución de cubiertas manteniendo el mismo tipo de material original. Si el acondicionamiento de edificios catalogados incluyera necesariamente la utilización de materiales distintos de los originales, ya sea en la colocación de refuerzos o en la sustitución de elementos completos, se aportará como documentación complementaria la que describa y justifique la solución proyectada en comparación con la de partida, que expresará

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TAU Planificación Territorial SL 15 suficientemente las implicaciones de funcionamiento estructural, compositivas, estéticas formales y funcionales de la sustitución.

Las solicitudes de licencia de este tipo de obras vendrán acompañadas de la documentación complementaria descrita para las obras de recuperación, y además la descripción y justificación gráfica y escrita de los cambios proyectados en la distribución interior del edificio, con expresión detallada de las partes o elementos que por ser estructurantes o significativas no queden afectados por dichos cambios.

1.3.5. Obras de reestructuración

Se definen como intervenciones de reestructuración aquellas que tienen como fin la redistribución interior del inmueble y su adecuación a las condiciones de uso y habitabilidad. La actuación sobre el interior puede ser total, llegando al vaciado siempre que las características morfológicas externas, volumétricas y de relación con el entorno no sean alteradas.

Incluye, además de todas las propias de acondicionamiento, las de cambios de distribución interior, cambios de localización de los elementos de comunicación general, horizontal o vertical, modificación de la cota de los distintos forjados, y construcción de entreplantas y sustitución de estructuras de cubiertas para el aprovechamiento de sus volúmenes.

En este caso de inmuebles catalogados, no se admite bajo este tipo de obra la sustitución exterior de carpinterías, cerrajerías, revestimientos o acabados, ni la apertura de nuevos huecos, salvo para los elementos que expresamente admitiese la ficha de catálogo.

Se considerarán características fundamentales de su envolvente exterior: la composición de ritmo de huecos y macizos, la relación de dimensiones de huecos (ancho y alto de huecos, entre los distintos huecos de fachada), los elementos ornamentales característicos por su significación individual o su repetición, así como los materiales originalmente empleados. La documentación relativa a este tipo de obras cubrirá los aspectos siguientes:

- Levantamiento de planos del elemento catalogado

- Descripción fotográfica del estado actual del elemento en su conjunto, sus partes más significativas y su relación con su entorno.

- Descripción, valoración y justificación de la solución proyectada y de sus efectos sobre los valores existentes en el elemento catalogado y sobre su entorno.

- Descripción de los usos actuales y de los efectos de la reestructuración sobre los usuarios, así como de los compromisos establecidos con éstos.

1.3.6. Obras de ampliación

Son aquellas que se ejecutan para aumentar la superficie construida de un edificio existente, sin alterar las características de éste, ya sea mediante el aumento de ocupación en planta, el incremento del número de plantas, el aumento de altura respecto a la existente o el aprovechamiento de espacios bajo cubierta hasta agotar, en su caso, la edificabilidad permitida

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TAU Planificación Territorial SL 16 en la zona de que se trate, y según la edificabilidad asignada en la ordenanza correspondiente. Se clasifican en:

a) Ampliación interior: que comprende las obras sobre el edificio que, sin alterar la envoltura que define su volumen exterior (o, en todo caso, produciendo modificaciones en ésta menores del 5% del total de m2 edificado), amplían la superficie útil mediante la habilitación de espacios no utilizados. Se incluye en esta categoría la habilitación de espacios bajo cubierta, subdivisión de alturas grandes con forjados intermedios (entreplantas), excavación de sótano, etc.

b) Ampliación en altura: que comprende las obras que elevan la altura del edificio sin modificar la superficie ocupada del mismo.

c) Ampliación en parcela: son en realidad obras de nueva planta mediante las cuales, y separado del edificio existente, se construye otro nuevo en la misma parcela.

Las dos últimas categorías de obras de ampliación suponen aumento de edificabilidad sobre la parcela y, por tanto, para autorizarse deberá comprobarse que la edificabilidad total no supera la máxima establecida en las condiciones planimétricas y de volumen del Área de Ordenanza correspondiente ni de la ficha de catálogo.

En edificios catalogados en categoría Ambiental se permiten las obras de ampliación interior. La admisión de otro tipo de obras de ampliación queda supeditada al grado de catalogación Ambiental (A1 a A4) señalado para cada elemento.

Las obras de ampliación sobre elementos catalogados vendrán precedidas de la aportación de la documentación siguiente:

- Levantamiento de planos de elemento catalogado y descripción escrita y fotográfica de su estado actual.

- Descripción escrita y gráfica de la obra de ampliación y de su relación con el elemento existente, incluyendo planos que representen la totalidad de lo existente y lo proyectado diferenciando ambas partes.

- La documentación que describa y valore el entorno significativo tanto próximo como medio o lejano del elemento catalogado y los efectos de la ampliación sobre dichos entornos.

- Descripción de los usos actuales, de los efectos de la ampliación sobre los usuarios y de los compromisos contraídos con éstos.

1.3.7. Obras de demolición

1. 3.7.1. Definición

Es aquella que se realiza con objeto de destruir el todo o una parte de una obra edificada. Puede ser, por tanto, total o parcial, clasificándose, en este último caso, en estructural y no estructural. Se denomina obra estructural aquella que modifica las condiciones de resistencia a esfuerzos mecánicos de todo elemento que tenga una misión portante y resistente reconocida como tal en el cálculo estructural.

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TAU Planificación Territorial SL 17 1.3.7.2. Sobre bienes incluidos en protección individualizada de elementos

Las actuaciones de demolición sobre elementos con catalogación individualizada de alguno de estos tipos responderán exclusivamente a uno de los supuestos siguientes:

a) La demolición se engloba en una obra de recuperación, acondicionamiento o reestructuración, y afecta solamente a aquellas partes del elemento catalogado no consideradas significativas y de obligada conservación por el grado de protección y tipo de obra correspondientes.

b) Las partes a demoler, o la totalidad del edificio en su caso, cuentan con declaración de estado de ruina física o económica irrecuperable.

En el primer supuesto, las actuaciones de demolición se regirán por lo establecido en las determinaciones para obras de recuperación, acondicionamiento o reestructuración, e irán precedidas de la aportación de la documentación complementaria allí indicada.

En el segundo supuesto, salvo que la situación sea de ruina inminente, y por ello causa de peligro inmediato para bienes y personas, la demolición parcial o total vendrá precedida de la correspondiente licencia, a cuya solicitud deberá acompañarse la documentación complementaria siguiente:

- Declaración de ruina con determinaciones de demolición de las partes en que se pretende actuar, tramitada con arreglo al procedimiento especial de ruinas de bienes catalogados que se regula en el apartado 1.4 de este documento.

- Compromiso de reedificación en las condiciones que se determinen 1.3.7.3. Compromisos de reedificación

Dado que la demolición total o parcial de un elemento incluido en cualquiera de los tipos de protección establecidos en este Catálogo que no viniera seguida de inmediato por una acción e reedificación, recuperación o acondicionamiento del solar podría producir un impacto negativo importante en los valores ambientales o de otro tipo que se protegen, con el fin de minimizar dicho pacto en su duración, la concesión de licencia de demolición total o parcial vendrá siempre precedida de la formalización del compromiso de reedificación, restauración o rehabilitación del solar.

Para ello, el Ayuntamiento requerirá con carácter previo a la concesión de licencia de derribo, la aportación de la documentación siguiente:

- Proyecto Básico de la edificación que sustituirá a la que se quiere demoler, complementando con definición y descripción gráfica y escrita de acabados y detalles constructivos de fachadas y cubiertas que deberá ajustarse a la normativa general de edificación, a la específica de la ordenanza correspondiente a esa área de protección y a las determinaciones de declaración de ruina en su caso.

- Compromiso del solicitante de efectuar las acciones de demolición, rehabilitación o reedificación en el plazo que, siendo acorde con la envergadura de dichas acciones, establezca el Ayuntamiento, de acuerdo con la legislación urbanística general.

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TAU Planificación Territorial SL 18

1.4. MODIFICACIONES DEL CATÁLOGO

El Catálogo podrá ser modificado o innovado para la inclusión de nuevas piezas, excluir algunas o cambiarlas de grado de protección dentro de los de su tipo, siguiendo los trámites indicados en la LSCM y en la Ley 10/1998 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

1.4.1. Ampliación del catálogo

Para la inclusión de una pieza en el Catálogo, ya sea por iniciativa de particulares, municipal o de otras instancias de la Administración, deberá elaborarse un informe por técnico competente por razón de la materia, indicando las características del edificio, espacio o elemento que aconsejen su protección, así como el grado que se le deba aplicar, y sometiéndose al procedimiento del párrafo inicial. Se iniciará también el trámite de ampliación del Catálogo cuando, durante la actuación sobre un elemento catalogado en alguno de los grados de protección, o sobre cualquier otro tipo de edificio o terreno, apareciesen valores ocultos que indicaran la procedencia de aplicar un grado de protección superior al vigente. Para ello se suspenderá el trámite de concesión de licencia o se paralizará la obra correspondiente durante el plazo mínimo necesario para obtener el informe del Departamento de Patrimonio competente.

1.4.2. Exclusión de un bien inmueble catalogado

Para la exclusión de un bien inmueble catalogado, la solicitud ir acompañada de un informe redactado por técnico competente por razón de la materia, justificativo de la pérdida de vigencia de las razones que motivaron su inclusión. Dicha solicitud, tras ser aceptada por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento para su consideración, deberá seguir los mismos trámites indicados para la ampliación del Catálogo.

1.4.3. Modificación de las condiciones de protección

Para la modificación de las condiciones que afecten a un bien catalogado se actuará con arreglo al mismo procedimiento indicado para la exclusión.

1.4.4. Bienes de interés cultural

Para la ampliación, exclusión o modificación de los elementos incoados o declarados BIC, y de sus entornos, únicamente será competente el organismo en materia de cultura y patrimonio histórico que determine la legislación aplicable.

(19)

TAU Planificación Territorial SL 19

2. JUSTIFICACIÓN DE MODIFICACIONES RESPECTO AL CATÁLOGO REVISADO

El Anexo de Modificaciones respecto al Catálogo del Plan General de 1999 se incluye como explicación y justificación para la redacción del presente Catálogo.

(20)

20

3. DESCRIPCIÓN DE ELEMENTOS CATALOGADOS - Según Grado de Catalogación

Nº ficha Elemento Catalogado

Grado de Protección CATÁLOGO PROPUESTO 2013 Grado de Protección CATÁLOGO PG 99

Tipo de Inmueble Uso actual BIC

0 Castillo de Calatalifa Integral Integral Ruinas Dotacional

Declarado

22 abril 1949 por decreto según Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español Declaración BOE 05/05/1949

1 Castillo de Villaviciosa de Odón Integral Integral Archivo general e

histórico del Aire Dotacional

Declarado

22 abril 1949 por decreto según Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español Declaración BOE 05/05/1950 2Fuente Pública C/ Cuesta de los

Caños s/n Integral Integral Fuente pública Dotacional

71

Fuente Pública "Fuente Caliza" esq. c/ Iglesia con c/ Gonzalo Calamita

Integral - Fuente pública Dotacional

6 C/ Mayor, 8 Estructural Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

11C/ Arroyo, 10 - Casa Palacio

Manuel de Godoy y Jardines) Estructural Estructural Casa-Palacio y jardines Dotacional 13Carretera C-501 (Puente sobre el

arroyo de la Vega) Estructural Estructural Puente del ferrocarril Infraestructuras 22Plaza Constitución (Fuente

Pública) Estructural Estructural Fuente pública Dotacional

23

C/ López Puigcerver, 5-7-9-11-13 y Cuesta de los Caños (Muro de cerramiento de viviendas)

Estructural Parcela Muro de cerramiento de

(21)

TAU Planificación Territorial SL 21 Nº ficha Elemento Catalogado

Grado de Protección CATÁLOGO PROPUESTO 2013 Grado de Protección CATÁLOGO PG 99

Tipo de Inmueble Uso actual

24Puente del Ferrocarril sobre el

Río Guadarrama Estructural Estructural Puente Infraestructuras

26Camino del Cementerio, 2

(Cementerio Municipal-Portada) Estructural Estructural Cementerio Dotacional

27 C/ del Arroyo s/n Estructural Estructural Fuente pública Dotacional

72C/ Ignacio Roldán (Muro de

cerramiento de viviendas) Estructural

-Muro de cerramiento de

las parcelas Residencial

34 C/ López Puigcerver, 4 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

4 C/ Gonzalo Calamita, 16 Ambiental (A.4) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

7 C/ Mayor, 10 Ambiental (A.4) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

8 C/ Mayor, 12 Ambiental (A.4) Estructural Residencia Comunitaria Residencial

9 C/ del Bispo c/v Avda. Doña

Laura García Noblejas y Brunet 1 Ambiental (A.4) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial 36 C/ Santa Ana, 2 Ambiental (A.4) Ambiental (A.3) Equipamientos

Municipales Dotacional

38 C/ López Polín, 14 Ambiental (A.4) Ambiental (A.1) Vivienda Unifamiliar Residencial

42 C/ López Polín, 7 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial 48 Glorieta del Doctor Merello, 3 Ambiental (A.4) Ambiental (A.3) Vivienda Unifamiliar Residencial 52 C/ de las Eras, 18 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

63 c/ Eras, 20 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Residencial

64C/ Nueva s/n c/v Plaza de Jose

Palancar Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

5 Plaza Constitución s /n y C/

(22)

TAU Planificación Territorial SL 22 Nº ficha Elemento Catalogado

Grado de Protección CATÁLOGO PROPUESTO 2013 Grado de Protección CATÁLOGO PG 99

Tipo de Inmueble Uso actual

12 C/ Lacedón, 5 Ambiental (A.3) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

46 C/ Mayor, 15 Ambiental (A.3) Ambiental (A.1) Vivienda Unifamiliar Residencial 47 C/ Mayor, 16 Ambiental (A.3) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial 54 C/ de las Eras, 21 Ambiental (A.3) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial 57 C/ García Noblejas, 1 Ambiental (A.3) Ambiental (A.3) Vivienda Unifamiliar Residencial

3 C/ López Polín, 5 Ambiental (A.2) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

55 C/ de la Iglesia, 5 Ambiental (A.2) Ambiental (A.2) Iglesia Dotacional

58C/ General Sanz, 5-7 c/v C7

Escorial Ambiental (A.2) Ambiental (A.2) Vivienda Multifamiliar Residencial

59 C/ General Sanz s/n Ambiental (A.2) Ambiental (A.2) Vivienda Residencial

10 Plaza del Obispo, 1 Ambiental (A.1) Estructural Vivienda y capilla Residencial 39C/ del Arroyo , 2 c/v Callejón del

Arroyo, 1 Ambiental (A.1) Ambiental (A.3) Vivienda Unifamiliar Residencial

43C/ López Polín, 1

(vivienda-panadería) Ambiental (A.1) Ambiental (A.1)

Panadería y vivienda unifamiliar

Terciario-Residencial 44Pza. de la Constitución, 1

(Ayuntamiento) Ambiental (A.1) Ambiental (A.1) Ayuntamiento Dotacional

45 Pza. de la Constitución, 7 Ambiental (A.1) Ambiental (A.1) Residencial Residencial 50 C/ Lacedón, 4 Ambiental (A.1) Ambiental (A.2) Residencial y comercial

(23)

TAU Planificación Territorial SL 23

Según Numeración de Ficha.

Nº ficha Elemento Catalogado

Grado de Protección CATÁLOGO PROPUESTO 2013 Grado de Protección CATÁLOGO PG 99

Tipo de Inmueble Uso actual BIC

0 Castillo de Calatalifa Integral Integral Ruinas Dotacional

Declarado

22 abril 1949 por decreto según Ley 16/85 de

Patrimonio Histórico Español Declaración BOE 05/05/1949

1 Castillo de Villaviciosa de Odón Integral Integral Archivo general e

histórico del Aire Dotacional

Declarado

22 abril 1949 por decreto según Ley 16/85 de

Patrimonio Histórico Español Declaración BOE 05/05/1950 2Fuente Pública C/ Cuesta de los

Caños s/n Integral Integral Fuente pública Dotacional

3 C/ López Polín, 5 Ambiental (A.2) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

4 C/ Gonzalo Calamita, 16 Ambiental (A.4) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

5Plaza Constitución s /n y C/

Puente, 3 Ambiental (A.3) Estructural Reisdencia Comunitaria Residencial

6 C/ Mayor, 8 Estructural Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

7 C/ Mayor, 10 Ambiental (A.4) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

8 C/ Mayor, 12 Ambiental (A.4) Estructural Residencia Comunitaria Residencial

9C/ del Bispo c/v Avda. Doña

Laura García Noblejas y Brunet 1 Ambiental (A.4) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial 10 Plaza del Obispo, 1 Ambiental (A.1) Estructural Vivienda y capilla Residencial 11C/ Arroyo, 10 - Casa Palacio

(24)

TAU Planificación Territorial SL 24 Nº ficha Elemento Catalogado

Grado de Protección CATÁLOGO PROPUESTO 2013 Grado de Protección CATÁLOGO PG 99

Tipo de Inmueble Uso actual

12 C/ Lacedón, 5 Ambiental (A.3) Estructural Vivienda Unifamiliar Residencial

13Carretera C-501 (Puente sobre el

arroyo de la Vega) Estructural Estructural Puente del ferrocarril Infraestructuras

22Plaza Constitución (Fuente

Pública) Estructural Estructural Fuente pública Dotacional

23

C/ López Puigcerver, 5-7-9-11-13 y Cuesta de los Caños (Muro de cerramiento de viviendas)

Estructural Parcela Muro de cerramiento de

las parcelas Residencial

24Puente del Ferrocarril sobre el

Río Guadarrama Estructural Estructural Puente Infraestructuras

26Camino del Cementerio, 2

(Cementerio Municipal-Portada) Estructural Estructural Cementerio Dotacional

27 C/ del Arroyo s/n Estructural Estructural Fuente pública Dotacional

34 C/ López Puigcerver, 4 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

36 C/ Santa Ana, 2 Ambiental (A.4) Ambiental (A.3) Equipamientos

Municipales Dotacional

38 C/ López Polín, 14 Ambiental (A.4) Ambiental (A.1) Vivienda Unifamiliar Residencial

39C/ del Arroyo , 2 c/v Callejón del

Arroyo, 1 Ambiental (A.1) Ambiental (A.3) Vivienda Unifamiliar Residencial

42 C/ López Polín, 7 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

43 C/ López Polín, 1 (vivienda- Ambiental (A.1) Ambiental (A.1) Panadería y vivienda Terciario-44Pza. de la Constitución, 1

(Ayuntamiento) Ambiental (A.1) Ambiental (A.1) Ayuntamiento Dotacional

45 Pza. de la Constitución, 7 Ambiental (A.1) Ambiental (A.1) Residencial Residencial

46 C/ Mayor, 15 Ambiental (A.3) Ambiental (A.1) Vivienda Unifamiliar Residencial

47 C/ Mayor, 16 Ambiental (A.3) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

(25)

TAU Planificación Territorial SL 25 Nº ficha Elemento Catalogado

Grado de Protección CATÁLOGO PROPUESTO 2013 Grado de Protección CATÁLOGO PG 99

Tipo de Inmueble Uso actual

50 C/ Lacedón, 4 Ambiental (A.1) Ambiental (A.2) Residencial y comercial Terciario-Residencial 52 C/ de las Eras, 18 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial 54 C/ de las Eras, 21 Ambiental (A.3) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

55 C/ de la Iglesia, 5 Ambiental (A.2) Ambiental (A.2) Iglesia Dotacional

57 C/ García Noblejas, 1 Ambiental (A.3) Ambiental (A.3) Vivienda Unifamiliar Residencial

58C/ General Sanz, 5-7 c/v C7

Escorial Ambiental (A.2) Ambiental (A.2) Vivienda Multifamiliar Residencial

59 C/ General Sanz s/n Ambiental (A.2) Ambiental (A.2) Vivienda Residencial

63 c/ Eras, 20 Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Residencial

64C/ Nueva s/n c/v Plaza de Jose

Palancar Ambiental (A.4) Ambiental (A.2) Vivienda Unifamiliar Residencial

71 Fuente Pública "Fuente Caliza" Integral - Fuente pública Dotacional 72C/ Ignacio Roldán (Muro de

cerramiento de viviendas) Estructural

-Muro de cerramiento de

(26)
(27)

TAU Planificación Territorial SL 27

FICHAS DE ELEMENTOS CATALOGADOS

(28)

TAU Planificación Territorial SL 28

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 0

Castillo de Calatalifa GRADO INTEGRAL

Ubicación: Suroeste del Término Municipal junto al Río

Guadarrama. Por el camino de los Pinares situado en una finca privada de extracción de áridos, lugar llamado Cueva de la Mora.

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(29)

TAU Planificación Territorial SL 29

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 0

Castillo de Calatalifa GRADO INTEGRAL

Declaración BIC 05-05-1949 BIC-D22-4-49

Tipología Ruinas Arqueológicas

Época Histórica Finales siglo IX

Estado de Conservación En ruinas

Clasificación del Suelo Suelo No Urbanizable de Protección

Calificación del Suelo Lugar de Interés Comunitario- Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama.

Uso Actual Dotacional

Uso Previsto Dotacional

Datos Catastrales Polígono 12 Parcela 118

Propiedad Privada

(30)

TAU Planificación Territorial SL 30

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 0

Castillo de Calatalifa GRADO INTEGRAL

Descripción

Ruinas del castillo de Calatalifa, mandado construir por Abderramán III en el siglo IX, que fue abandonado durante la Baja Edad Media (s XIV-XV). Constituía un importante puesto de control en el camino tradicional que unía Toledo con el Puerto de los Leones, siguiendo el curso del Guadarrama hacia la sierra por las fortalezas de Canales, Olmos y Calatalifa. Forma parte del grupo de dos atalayas ubicadas en la Sierra del Hoyo y vigilaba los valles altos del Guadarrama. Está construida con piedra extraída en el entorno de la torre, principalmente granito, lo que permitió obtener formas regulares de piedra tallada en sillarejo logrando una fortificación sólida, con torres estrechas y verticales. Se trata de uno de los cuatro asentamientos andalusíes más importantes de la Comunidad de Madrid. Destacan dos aljibes situados en la zona elevada del recinto y en el talud que domina el cauce del Río Guadarrama, así como algunos restos muy arrasados de la muralla que un día protegió el asentamiento.

Valores que se protegen

Se protege la totalidad del yacimiento cuyas características se detallan en el Anexo de Protección Arqueológica del Plan General.

Condiciones de intervención

(31)

TAU Planificación Territorial SL 31

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 1 Castillo de Villaviciosa de Odón. Archivo Histórico del

Ejército del Aire. GRADO

INTEGRAL

Ubicación: Avenida de Madrid, 1

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(32)

TAU Planificación Territorial SL 32

ATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 1 Castillo de Villaviciosa de Odón. Archivo Histórico del

Ejército del Aire. GRADO

INTEGRAL

Declaración BIC 05-05-1949

Tipología Castillo-Palacio Patio herreriano

Época Histórica Finales siglo XV

Estado de Conservación Bueno

Reciente restauración

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Equipamiento general

Uso Actual Dotacional

Uso Previsto Dotacional

Datos Catastrales 4080101VK2648S0001QM

(33)

TAU Planificación Territorial SL 33

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 1 Castillo de Villaviciosa de Odón. Archivo Histórico del

Ejército del Aire. GRADO

INTEGRAL

(34)

TAU Planificación Territorial SL 34

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 1 Castillo de Villaviciosa de Odón. Archivo Histórico del

Ejército del Aire. GRADO INTEGRAL

Descripción

La fortaleza tiene planta cuadrangular, con tres torres circulares y una torre de homenaje de base cuadrada en sus esquinas. Las cuatro torres están coronadas por chapiteles de origen flamenco. La construcción es de mampostería irregular con jambas y dinteles de piezas de granito. Otra característica exterior es el paseo de ronda o adarve, que rodea el perímetro limitado por un pretil de placas de granito, y ornado con majestuosos pies de pino piñonero y ciprés. Del interior hay que significar el patio porticado con pilares y arcos de piedra berroqueña, en cuyo centro aparece un pozo aún en funcionamiento.

Valores que se protegen

Se protege la integridad del edificio así como el entorno conformado por la parcela, la vegetación, la configuración espacial de los jardines y los accesos. El edificio se protege tanto en su envolvente exterior como en su configuración interior, incluso los elementos constructivos que lo integran.

Condiciones de intervención

Se estará a lo dispuesto en la definición del Entorno delimitado sobre el Bien de Interés Cultural.

(35)

TAU Planificación Territorial SL 35

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 2

Fuente de los Caños GRADO INTEGRAL

Ubicación: C/ Cuesta de los Caños, s/n

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(36)

TAU Planificación Territorial SL 36

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 2

Fuente de los Caños GRADO INTEGRAL

Declaración BIC No

Tipología Herreriano

Época Histórica S XVIII

Estado de Conservación Bueno

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Red Viaria

Uso Actual Dotacional

Uso Previsto Dotacional

Datos Catastrales

-Propiedad Pública

Fotografías descriptivas Descripción

Mural de mampuestos graníticos abujardados, empotrado en un muro de ladrillo macizo de cara vista, con un arco superior que engalana un escudo y diversos adornos marqueteados en el frontal. Monumento atribuido a Ventura Rodríguez. Al pie, un pilón granítico recibe las aguas de tres caños, que desaguan por una abertura frontal. El conjunto está delimitado por cinco mojones de granitos unidos por gruesas cadenas ornamentales.

Valores que se protegen

Se protege la configuración volumétrica del elemento así como su ubicación.

Condiciones de intervención

Se estará a lo dispuesto en la definición del Entorno delimitado sobre el Bien de Interés Cultural.

(37)

TAU Planificación Territorial SL 37

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 3

Ubicación: C/ López Polín, 5 GRADO AMBIENTAL A2

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(38)

TAU Planificación Territorial SL 38

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 3

Ubicación: C/ López Polín, 5 GRADO AMBIENTAL A2

Declaración BIC No.

Tipología Edificio unifamiliar aislado

Época Histórica 1900

Estado de Conservación Buena

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Villas de Casco Grado 1

Uso Actual Residencial

Uso Previsto Residencial

Datos Catastrales 3682604VK2638S0001BL

Propiedad Privada

.

Fotografías descriptivas Descripción

Vivienda unifamiliar aislada de dos plantas con cuerpo saliente lateral de ladrillo visto. Huecos rectangulares uniformes con cubierta de teja a dos aguas. Motivos ornamentales en el despiece de ladrillo visto de fachada marcando líneas estructurales de fachada horizontales. Parcela delimitada por verja de hierro ornamental con pilares de ladrillo de cuatro cuerpos. Jardín formado por abundantes árboles y vegetación de hiedra por todo el cerramiento de la parcela.

Valores que se protegen

Se protege la volumetría de la envolvente del edificio, la composición de huecos y la fachada de aparejo de ladrillo. Se protege el muro de cerramiento exterior de verja de hierro y pilares ornamentales de ladrillo visto.

(39)

TAU Planificación Territorial SL 39

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 3

Ubicación: C/ López Polín, 5 GRADO AMBIENTAL A2

Condiciones de intervención

Se podrá consolidar el espacio bajo cubierta y realizar construcciones auxiliares consolidando la edificabilidad restante asignada por la ordenanza y no consumida por la edificación existente, sin aumento de altura pero permitiéndose aumentar la ocupación de edificación vista desde vía pública. La piel envolvente de la construcción que se realice deberá utilizar los mismos materiales de la fachada del edificio principal de ladrillo de aparejo visto.

(40)

TAU Planificación Territorial SL 40

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 4

Ubicación: C/ Gonzalo Calamita, 16 GRADO AMBIENTAL A4

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(41)

TAU Planificación Territorial SL 41

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 4

Ubicación: C/ Gonzalo Calamita, 16 GRADO AMBIENTAL A4

Declaración BIC No.

Tipología Edificio alineado a vial

Época Histórica 1970

Estado de Conservación Bueno

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Manzana Cerrada

Uso Actual Residencial

Uso Previsto Residencial

Datos Catastrales 3682610VK2638S0001QL

Propiedad Privada

Fotografías descriptivas Descripción

Vivienda unifamiliar de dos plantas, fachadas de ladrillo visto, zócalo enfoscado en blanco, balaustrada en cubierta plana, dos fachadas vistas desde la calle: fachada lateral, con huecos rectangulares uniformes marcando simetría respecto a eje vertical, balcón corrido de hierro forjado; fachada principal, puerta de madera tallada, hueco vertical acristalado, con carpintería de hierro forjado y balcón corrido integrado en acristalamiento. Cierre de parcela con verja de hierro pintado de negro, pilares de separación en ladrillo visto con decoraciones en el despiece, simetría respecto a eje vertical. Parcela ajardinada con árboles.

(42)

TAU Planificación Territorial SL 42

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 4

Ubicación: C/ Gonzalo Calamita, 16 GRADO AMBIENTAL A4

Valores que se protegen

Se protege la envolvente del edificio y su volumetría, la fachada de ladrillo visto y la composición de huecos, así como el mirador acristalado a la calle principal y los balcones de rejería de la segunda planta. Se protege el cerramiento exterior de ladrillo, las puertas de acceso de hierro forjado y de madera. No se protege la balaustrada que corona perimetralmente el forjado de cubierta.

Condiciones de intervención

Se podrá consolidar el espacio bajo cubierta y realizar construcciones auxiliares consolidando la edificabilidad restante asignada por la ordenanza y no consumida por la edificación existente, con aumento de altura y permitiéndose aumentar la ocupación de edificación vista desde vía pública.

Se podrá intervenir sobre el zócalo enfoscado en blanco de soporte del muro de ladrillo de cerramiento.

(43)

TAU Planificación Territorial SL 43

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 5

Ubicación: Plaza Constitución, s/n y C/ Puente, 3 GRADO AMBIENTAL A3

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(44)

TAU Planificación Territorial SL 44

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 5

Ubicación: Plaza Constitución, s/n y C/ Puente, 3 GRADO AMBIENTAL A3

Declaración BIC No

Tipología Edificación singular aislada

Época Histórica 1970

Estado de Conservación Bueno

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Equipamiento Privado

Uso Actual Residencial Colectivo

Uso Previsto Residencial Colectivo

Datos Catastrales 3582101VK2638S0001RL

Propiedad Privada

Residencia.

(45)

TAU Planificación Territorial SL 45

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 5

Ubicación: Plaza Constitución, s/n y C/ Puente, 3 GRADO AMBIENTAL A3

Parcela interior.

Parcela interior.

Fotografías descriptivas Descripción

Residencia comunitaria ubicada en el centro del pueblo, que forma un conjunto homogéneo de edificios en la Plaza de la Constitución. Edificio enfoscado en blanco con zócalo de piedra granítica, escalinata de acceso que eleva la planta semisótano y da lugar a la entrada enmarcada en piedra con motivos decorativos y escudo en parte superior. Cuerpo principal robusto con huecos rectangulares respetando el eje de simetría vertical, de dos plantas; cuerpo auxiliar lateral de tres plantas, manteniendo correlación con la composición de la fachada del cuerpo principal. Rejería en ventanas planta baja y semisótano, y balcón corrido de hierro forjado en planta superior. Cubierta de teja árabe a dos aguas en cuerpo principal y cuatro aguas en cuerpo auxiliar.

Valores que se protegen

Se protege la envolvente de la edificación existente y su volumetría, la fachada a la Plaza de la Constitución con la escalinata de acceso de piedra de granito, el portalón de acceso y el escudo que lo corona, la composición de huecos de la fachada principal, las balconadas de rejería de la segunda y tercera planta y rejería de la primera planta.

(46)

TAU Planificación Territorial SL 46

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 5

Ubicación: Plaza Constitución, s/n y C/ Puente, 3 GRADO AMBIENTAL A3 Condiciones de intervención

Se podrá consolidar la edificabilidad restante asignada por la ordenanza y no consumida por la edificación existente realizando construcciones auxiliares en el interior de la parcela, con aumento de altura vista desde la vía pública pero sin aumentar la ocupación de edificación vista desde vía pública. El aumento de altura en fachada se podrá realizar consolidando el espacio de porche existente manteniendo la composición homogénea de las fachadas adyacentes, utilizando los mismo materiales de construcción y manteniendo las líneas compositivas de huecos y elementos estructurales.

(47)

TAU Planificación Territorial SL 47

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 6

Ubicación: C/ Mayor, 8 GRADO ESTRUCTURAL

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(48)

TAU Planificación Territorial SL 48

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 6

Ubicación: C/ Mayor, 8 GRADO ESTRUCTURAL

Declaración BIC No

Tipología Edificación alineada a vial

Época Histórica 1970

Estado de Conservación Bueno

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Manzana Cerrada

Uso Actual Residencial

Uso Previsto Residencial

Datos Catastrales 3582108VK2638S0001ZL

Propiedad Privada

Vivienda.

Detalle escudo.

(49)

TAU Planificación Territorial SL 49

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 6

Ubicación: C/ Mayor, 8 GRADO ESTRUCTURAL

Descripción

Edificación en dos plantas que forma parte del conjunto de edificios de la Plaza de la Constitución, con fachada encalada en blanco y portones de entrada enmarcados por piedra granítica tallada con detalles ornamentales. Huecos regulares adintelados con rejería de hierro forjado en planta baja y balconada de forja en planta superior. Cuerpo principal con altura superior a los cuerpos adyacentes, manteniendo las dos plantas, con cubierta de teja árabe a dos aguas. A través del pórtico se accede a un patio porticado que accede al interior de la parcela.

Valores que se protegen

Se protege la volumetría y la envolvente exterior del edificio, la composición de la fachada y los materiales homogéneos con el conjunto de edificios que componen la Plaza de la Constitución. Se protegen el pórtico principal y escudo heráldico.

Condiciones de intervención

Se podrán realizar obras para mejorar las condiciones de habitabilidad para el uso al que se destina la edificación, manteniendo la configuración estructural, la envolvente exterior y los elementos significativos de la fachada, así como el patio interior.

(50)

TAU Planificación Territorial SL 50

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 7

Ubicación: C/ Mayor, 10 GRADO AMBIENTAL A4

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(51)

TAU Planificación Territorial SL 51

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 7

Ubicación: C/ Mayor, 10 GRADO AMBIENTAL A4

Declaración BIC No

Tipología Edificación alineada a vial

Época Histórica 2001

Estado de Conservación Bueno

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Manzana Cerrada

Uso Actual Residencial

Uso Previsto Residencial

Datos Catastrales 3582109VK2638S0001UL

Propiedad Privada

Fotografías descriptivas Descripción

Edificación en dos plantas que forma parte del conjunto de edificios de la Plaza de la Constitución, con fachada encalada en blanco y portones de entrada enmarcados por piedra granítica tallada en sillería. Huecos regulares adintelados con rejería de hierro forjado en planta baja. Cuerpo principal con cubierta de teja árabe a dos aguas, edificación adosada auxiliar de una planta con cubierta de teja árabe adyacente a portalón de acceso.

(52)

TAU Planificación Territorial SL 52

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 7

Ubicación: C/ Mayor, 10 GRADO AMBIENTAL A4

Valores que se protegen

Se protege la volumetría y la envolvente exterior del cuerpo principal del edificio de dos plantas, la composición de la fachada y los materiales homogéneos con el conjunto de edificios que componen la Plaza de la Constitución. Se protege el portalón de entrada de forja con la sillería de piedra granítica enmarcando portalón.

Condiciones de intervención

Se podrá consolidar el espacio bajo cubierta del cuerpo principal sin aumentar su altura. En el faldón de la cubierta que da a la Calle Mayor no se podrán abrir huecos, debiendo éstos situarse en el faldón hacia el interior de la parcela.

Se podrá intervenir en el cuerpo adosado de una planta aumentando su altura a dos plantas con aprovechamiento bajo cubierta y ocupación vista desde la vía pública, así como consolidar la edificación en el espacio de acceso del portalón de entrada, y realizar construcciones auxiliares consolidando la edificabilidad restante asignada por la ordenanza y no consumida por la edificación existente, con aumento de altura y aumentando la ocupación de edificación vista desde vía pública.

(53)

TAU Planificación Territorial SL 53

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 8

Ubicación: C/ Mayor, 12 GRADO AMBIENTAL

A4

Plano de Situación y Calificación del Suelo.

(54)

TAU Planificación Territorial SL 54

CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS FICHA Nº 8

Ubicación: C/ Mayor, 12 GRADO AMBIENTAL

A4

Declaración BIC No

Tipología Edificación alineada a vial

Época Histórica 1983

Estado de Conservación Bueno

Clasificación del Suelo Suelo Urbano Consolidado

Calificación del Suelo Equipamiento Privado

Uso Actual Residencial Colectivo

Uso Previsto Residencial Colectivo

Datos Catastrales 3582110VK2638S0001SL

Propiedad Privada

Referencias

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