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El Arbitraje Internacional en Latinoamérica. Daniel Roque Vítolo

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El Arbitraje

Internacional en

Latinoamérica

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¿Qué es el arbitraje?

• El arbitraje es un mecanismo de resolución

de conflictos que se lleva a cabo por un

tercero, bajo determinadas reglas

preestablecidas, a cuya decisión las partes se

someten voluntariamente con el propósito

de que la decisión tomada pro el tercero

resulte para ellas final, definitiva y vinculante

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Características

• Resolución de conflictos

• Adversarial

• Voluntario

• Intervención de un tercero

• El tercero es ajeno a los órganos del Estado

• Su laudo es final y obligatorio

• La ejecución requiere de las autoridades

estatales

• Doméstico

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Carlos Calvo (1824-1906)

Si bien nació en Uruguay fue llevado a los pocos años a Buenos Aires donde estudiaría Derecho y se especializaría en Derecho internacional.

Como diplomático, Carlos Calvo representó durante bastante tiempo a Paraguay y Argentina en Alemania, Bélgica, Francia, Gran Bretaña, Rusia y Austria.

En 1863 por diferencias de opinión con Francisco Solano López, gobernante de Paraguay renunció a la representación de este país ante Inglaterra que ejercía desde 1860.

Fue uno de los fundadores del Instituto de Derecho Internacional Público de Gante (Bélgica) en 1873. Además fue miembro de la Academia de Ciencias

Morales y Políticas del Instituto de Francia y de la Real Academia de la Historia de España. En 1884 participó en el Congreso de Gante del Institut de Droit

International.

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Concepto

• La Doctrina Calvo, elaborada por el

diplomático argentino Carlos Calvo

(1824-1906), establece el principio según el cual:

– Las controversias de un Estado con los

ciudadanos extranjeros debían ser solucionados

por los tribunales locales sin la intervención

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La Historia

A mediados del siglo XIX un ciudadano uruguayo con pasaporte británico resultó comprometido en un complot para asesinar al dictador Paraguayo Carlos López.

Al ser apresado, Inglaterra, a través de su representante diplomático, exigió la libertad de su súbdito.

Negando Paraguay las pretensiones inglesas, Londres rompió las relaciones diplomáticas. El gobierno de Asunción contrató entonces a Carlos Calvo enviándole a Londres para intentar solucionar la crisis, un encargo que desarrolló positivamente con la conclusión de un

tratado que reanudaba las relaciones diplomáticas entre los dos países.

La obra Derecho internacional teórico y práctico de Calvo expone los principios básicos de su doctrina (1868) , tomando como fundamentos los principios de:

(i) la soberanía nacional,

(ii) la igualdad entre ciudadanos nacionales y extranjeros, y (iii) a jurisdicción territorial.

Según Calvo:

i) los Estados soberanos gozan del derecho de estar libres de cualquier forma de interferencia por parte de otros Estados;

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Antecedentes

Históricos

El primer caso diplomático en que fue empleada la Doctrina Calvo tuvo lugar en México, por depredaciones de los mejicanos a ciudadanos americanos al norte del Río Bravo

En 1873, el ministro de relaciones exteriores mexicano Lafragua , dirigió una nota al embajador norteamericano Foster sosteniendo que México no era responsable de los daños causados a las propiedades extranjeras como opinaba el jurista

argentino Calvo.

Foster contestó que Calvo no era un autor aceptado internacionalmente.

Foster hizo la primera manifestación de disentimiento por parte de los Estados Unidos.

Por otro lado los internacionalistas sudamericanos promovieron que las ideas de Calvo fuesen aceptadas universalmente.

La Conferencia Panamericana de 1889 - 1890 de Washington fue ocasión para difundir los principios de Carlos Calvo. Una comisión ad hoc para el estudio del derecho internacional afirmó la absoluta igualdad de derechos y deberes entre ciudadanos nacionales y extranjeros, quienes tenían que seguir los mismos recursos legales

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Segunda Conferencia

Panamericana

• En la Segunda Conferencia Panamericana

celebrada en la Ciudad de México(1901-02) fue

aprobada por quince Estados una convención en

que se estipuló que los extranjeros gozaban de

que todos los derechos civiles de que gozaban

los nacionales y debían hacer uso de ellos

absolutamente en los mismos términos que

dichos nacionales

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Nuevos

desarrollos

• La igualdad entre ciudadanos extranjeros y nacionales

fue reconocida por Estados Unidos en 1928, cuando

suscribió en la Sexta Conferencia Panamericana de La

Habana una Convención sobre la condición y los

derechos de los extranjeros.

• En la Séptima Conferencia Panamericana de

Montevideo (1933), se votó la Resolución sobre la

responsabilidad del Estado, en la cual fue

determinada la igualdad entre extranjeros y

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La Cláusula

Calvo

• Un claro impacto de la Doctrina Calvo fue en la Novena Conferencia

Panamericana de Bogotá en 1948, donde se redactó el Pacto de Bogotá:

"La jurisdicción de los Estados en los límites del territorio nacional

se ejerce igualmente sobre todos los habitantes sean nacionales o

extranjeros"

Las Partes se obligan a no intentar reclamación diplomática para

proteger a sus nacionales ni a iniciar al efecto una controversia ante

la jurisdicción internacional, cuando dichos nacionales hayan

tenido expeditos los medios para acudir a los tribunales nacionales

competentes del Estado”.

• Derivada de interpretaciones sobre la Doctrina Calvo es la así llamada.

– Esta obliga al recurso ante los tribunales locales en caso de controversias,

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Efectos de la

Cláusula

• La Cláusula Calvo fue una manera para proponer una vez

más los principios de la igualdad y de la negación de la

interposición diplomática pero en forma casuística.

• Excluye la protección diplomática siempre y en cualquier

situación;

• Garantiza el derecho a la protección diplomática sólo en

caso de denegación de justicia;

• Prevé que la denegación de justicia no sea solamente un

simple veredicto desfavorable al reclamante;

• Se redacta que los foráneos tienen los mismos derechos y

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¿Qué ocurrió

luego?

• Los países en desarrollo y recién independizados en la

década de los sesenta llevaron a un primer plano las

nacionalizaciones y se activaron los recursos diplomáticos.

• En las discusiones de la Asamblea General de la ONU esas

naciones enfatizaron los conceptos de Carlos Calvo, que

tuvieron influencia en las propias resoluciones de la

Asamblea General, como la Carta de Derechos y Deberes

Económicos de los Estados de 1972.

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Calvo hoy…

• Pero… ¿cuál es hoy en día la práctica de la Doctrina y de la

Cláusula Calvo?

• ¿Cuál es la vigencia actual de una doctrina de 1868?

• A mediados de la década de los ochenta se iniciaron

grandes reformas económicas junto a una liberalización

del proceso del comercio exterior en América Latina y

Caribe.

• Entre los instrumentos para solucionar las diferencias en

inversión en tribunales internacionales se encuentran los

Tratados Bilaterales de Inversión y los Tratados de Libre

Comercio.

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CIADI

• Todos los países sudamericanos, con la excepción de

México y Brasil ratificaron la convención CIADI,

reconociendo de esa manera a sus paneles de solución de

las controversias.

• Los Estados que ratificaron el CIADI han suscripto la

convención MIGA (Multilateral Investment Guarantee

Agency) de 1985 que busca reducir los riesgos para quien

quiere invertir en los países en desarrollo, favoreciendo el

diálogo entre el inversor y el país huésped a través del

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Ley Modelo Sobre

Conciliación Comercial

• La Comisión de Libre Comercio declaró el 7

de octubre 2003 que exhortaba a las

autoridades competentes de sus países para

que adopten la Ley Modelo sobre

Conciliación Comercial Internacional

elaborada por la Comisión de las Naciones

Unidas para el Derecho Mercantil

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Algunas ideas

Un efecto de los acuerdos bilaterales de inversión, de instituciones como la CIADI, y tratados de libre comercio, ha sido el olvido del espectro de la doctrina Calvo.

Se rompió la separación en el derecho internacional entre individuo y Estado para efectos de manejo de conflictos.

Nuevos espacios se han creado para dirimir conflictos en determinadas materias, produciendo soberanías nacionales fragmentadas.

Se ha convertido un sistema "Estado-Nación" a un sistema regido por muchos actores en el cual cohabitan ordenamientos legales diversos como el derecho civil y el derecho anglosajón.

El sistema sobre arbitrajes entre un inversionista extranjero y el Estado anfitrión proporciona más opciones procesales a los inversionistas extranjeros que a los nacionales.

Esto no es necesariamente una degradación de la Doctrina Calvo sino una muestra del cambio de mentalidad ante circunstancias impensables.

Se sustituye a la intervención diplomática por tribunales arbitrales internacionales.

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¿En Síntesis?

• El espíritu de la Doctrina Calvo como argumentadora

por las soberanías nacionales sigue siendo válido y es

reconocido en el Derecho Internacional

• Sin embargo, el concepto de independencia ha

variado completamente. Ante la globalización jurídica

las fronteras y jurisdicciones se confunden

• ¿Las técnicas de injerencia y control de la soberanías

de las naciones se han vuelto tan sofisticadas que las

soberanías se fueron de vacaciones?

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Arbitraje en Latinoamérica

Arbitraje Comercial Internacional

“El cambio en el balance entre America del Norte y America

del Sur que observamos en el 2006, continuo en el 2007, con

la proporcion de partes de Latinoamerica y el Caribe

alcanzando el 56% del total de partes en las Americas. …

Una vez mas, las partes brasileras y mexicanas fueron las

principales usuarias de arbitraje CCI en Latinoamerica”

.

* (*) Reporte Estadistico CCI 2007

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¿Preguntas?

Referencias

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