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S U T U S M. CAPITULO I Aspectos Generales

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S U T U S M

SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE SAN MARCOS

Base de: FENTUP-CITE-CGTP

Registrado en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo con Registro N° 036-2004DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS del Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos – ROSSP - División de Registro Sindical

Subdirección de Registros Generales de conformidad con Ley N° 27556 y D.S. N° 003-2004-TR.

Comité Electoral 2018

Reglamento General de Elecciones

Elección de la Nueva Junta Directiva del SUTUSM

Periodo 26 noviembre del 2018 a 25 de noviembre del 2020

CAPITULO I

Aspectos Generales

Art. 1º. En el presente proceso electoral democrático, el voto de los trabajadores sindicalizados será de conciencia de clase con lo cual se contribuirá a unificar y fortalecer a nuestra organización sindical.

Art. 2º. El Comité Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos – SUTUSM, elegidos en la Asamblea General Ordinaria de Trabajadores realizada el 6 de noviembre del 2018, está integrado por siete miembros titulares y dos suplentes, conforme lo establece en el Art. 65° del Estatuto vigente.

Art. 3º. El proceso electoral será financiado con los fondos ordinarios del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos – SUTUSM – (cuota sindical), y la partida especial, otorgada por la Universidad en atención a la gestión del Comité Electoral, con cargo a dar cuenta documentada y obligatoria a la Junta Directiva y autoridades correspondientes, respecto a los montos otorgados.

Art. 4º. El acto electoral se realizará en forma descentralizada, el 23 de noviembre del 2018. La votación se inicia a las 10:00 a.m. y concluye a las 15:00 P.M., colocándose las mesas de votación y cámaras secretas en las siguientes sedes de votación.

SEDE N° DE

MESAS LOCAL

Lima 1 Facultad de Medicina de San Fernando

2 Ciudad Universitaria UNMSM (Facultades o dependencias) Provincias 1 IVITAS: Huancayo, Pucallpa, Iquitos, La Raya.

1 La Base de Ivita Huaral - Mesa de votación Ciudad Universitaria

Art. 5º. Al término de la hora señalada para la votación, el Presidente de mesa anotará con su puño y letra en el padrón electoral la frase “No voto”, para quienes no se hubiesen hecho presentes, luego, firmará al pie de la página, e invitará a los personeros a que firmen si lo deseen.

Art. 6º. Concluido el sufragio con las firmas en la parte correspondiente del Acta Electoral, el Presidente de mesa procede a realizar el escrutinio en el mismo lugar en que se efectuó la votación y en un solo acto ininterrumpido, con la presencia de los personeros acreditados por las listas participantes.

Art. 7º. Los trabajadores sindicalizados que no aporten sus cotizaciones gremiales no tendrán derecho al sufragio.

Art. 8º. Ningún trabajador o persona podrá impedir ni coactar el libre ejercicio del sufragio.

Art. 9º. El Comité Electoral podrá declarar la nulidad de las elecciones del SUTUSM realizadas en las mesas de sufragio, en todo o en parte en los siguientes casos:

a). Cuando se haya instalado la mesa de sufragio en lugar distinto al señalado o después de las 10:00 de la mañana, siempre que tales hechos carecieran de justificación o haya impedido el libre ejercicio del derecho de sufragio.

b). Cuando haya mediado fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia para inclinar la votación a favor de una lista de candidatos.

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Subdirección de Registros Generales de conformidad con Ley N° 27556 y D.S. N° 003-2004-TR.

c). Cuando los miembros de la mesa de sufragio, hayan ejercido violencia o intimidación sobre los electores con el objeto indicado en el inciso anterior.

d). Cuando se compruebe que la mesa de sufragio admitió votos de electores que no figuraban en los padrones de mesa o rechazó votos de electores que figuraban en ellos, en número suficiente como para variar el resultado de la elección.

e). En el caso de presentarse una sola lista en el proceso electoral, es válida con la cantidad de electores.

Art. 10º. Los resultados de las elecciones se definirán por mayoría simple. De producirse un empate, el Comité Electoral procederá al sorteo para determinar la lista ganadora.

CAPÍTULO II

Del Comité Electoral

Art. 11º. El presente Reglamento norma las elecciones generales de la nueva Junta Directiva del SUTUSM, así como las funciones y atribuciones del Comité Electoral.

Art. 12º. El Comité Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos – SUTUSM – está conformado por nuevo (09) miembros y su cuerpo directivo es el siguiente: Presidente, Secretario de Actas y Archivo, Tesorero y cuatro (04) vocales – entre sus miembros titulares. Adicionalmente cuenta con dos (02) miembros suplentes.

Art. 13º. Los miembros del Comité Electoral están impedidos de firmar padrones de adherentes para listas de candidatos y hacer propaganda a favor o en contra de alguna de las listas, de comprobarse su participación en dichos actos serán destituidos del Comité Electoral e incorporará como miembro titular al miembro suplente.

Art. 14º. El Comité Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos– SUTUSM, es la autoridad máxima en materia electoral. Funciona con autonomía, en cuanto a su metodología de trabajo y, con sujeción a las instancias orgánicas superiores del sindicato, sus decisiones en esta materia electoral son inapelables, dentro de lo normado en el Estatuto y presente Reglamento.

Art. 15º. Las Resoluciones que el Comité Electoral emita en ejercicio de sus funciones serán cumplidas por todos los trabajadores sindicalizados.

Art. 16º. Son funciones y atribuciones del Comité Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos - SUTUSM.

a) Organizar, conducir y controlar los procesos eleccionarios propios de los Trabajadores Sindicalizados al SUTUSM.

b) Resolver las apelaciones, impugnaciones, revisiones y quejas que se interpongan antes y durante el proceso eleccionario.

c) Diseñar, redactar e imprimir los formularios que se requieran para el acto eleccionario.

d) Solicitar los padrones actualizados de los sindicalizados a la Oficina General de Recursos Humanos de la UNMSM.

e) Aprobar el cronograma del presente proceso eleccionario.

f) Otorgar las credenciales a los personeros de las listas de candidatos.

g) Realizar el cómputo general, proclamar a los elegidos y otorgar a éstos sus credenciales correspondientes.

h) Comunicar a las autoridades de la UNMSM, los resultados obtenidos y la relación de los nuevos integrantes de la Junta Directiva del SUTUSM, para los fines que estimen pertinente.

Art. 17º. Los cargos del Comité Electoral son irrenunciables. Los miembros del Comité Electoral elegidos en Asamblea General Ordinaria no podrá participar como candidato o ser personero en ninguna lista.

Art. 18º. El Comité Electoral, conjuntamente con los personeros de las listas participantes observarán y verificarán la instalación de las mesas de sufragio.

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CAPITULO III

De la Inscripción de Candidatos

Art. 19º. El Comité Electoral realiza la convocatoria pública a elecciones, inmediatamente abrirá un registro de solicitudes de inscripción de listas de candidatos.

Art. 20º. El Comité Electoral velará para que la formación de las listas de candidatos se ajusten a los requisitos establecidos en el presente Reglamento.

Art. 21º. Para ser elegido miembro de la Junta Directiva del SUTUSM será necesario por lo menos tener cinco (5) años de antigüedad como trabajador estable, para Secretario y Sub-Secretario General y, un año para el resto de los cargos, conforme el Art. 74º del Estatuto. Asimismo:

a). Para ser candidato a la Secretaría General y Sub Secretaría General, el sindicalizado deberá haber cumplido en abonar sus cuotas ordinarias de forma ininterrumpida, como mínimo dos (2) años y, para los demás cargos un (1) año.(exonerado(s) en esta elección). Los trabajadores funcionarios podrán postular, siempre en cuando presenten su carta de renuncia al cargo al momento de la inscripción de su lista.

b). No podrán ser candidatos a la Junta Directiva del SUTUSM los trabajadores sindicalizados que se encuentren sancionados conforme los artículos 90°, 91° y 92° del Estatuto.

c). No podrán ser candidatos los trabajadores que se encuentren con licencia sin goce de haber.

Art. 22º. sta de candidatos tienen derecho a acreditar un personero general, que lo representará en todos los actos del proceso electoral; debiendo ser acreditados por el Comité Electoral, previa solicitud.

Art. 23º. La inscripción de las listas de candidatos, deberá realizar el personero debidamente acreditado por el Comité Electoral, acompañando la firma de 100 trabajadores adherentes como mínimo, en formato y padrones proporcionados por el Comité Electoral. Debiendo consignar con claridad y sin ningún tipo de enmendaduras los apellidos, nombres, código, número de DNI, y firma y huella digital del trabajador (a).

Art. 24º. Ningún candidato podrá inscribirse en dos listas, bajo sanción de nulidad de su participación en el presente proceso eleccionario.

Art. 25º. Para el proceso de inscripción de candidatos, se tendrá en cuenta los siguientes requisitos:

a) Presentación de la lista de candidatos por el personero debidamente acreditado, adjuntando el padrón de firmas de adherentes y CD conteniendo su base de datos.

b) Verificación y depuración de las listas de candidatos y de los padrones de firmas de adherentes. c) La inscripción oficial de las listas de candidatos será conforme al cronograma de actividades aprobado

por el Comité Electoral.

d) La identificación numérica de cada lista se hará mediante sorteo, conforme cronograma.

Art. 26º. La inscripción de los candidatos será el día lunes 19 de noviembre del 2018, las mismas que se realizarán en el lugar, según indicación a los personeros acreditados en el horario de 10.00 a.m. a 13:00 p.m. y de 15:00 p.m. - 17:00 p.m.

CAPITULO IV

De las Elecciones

Art. 27º. En el presente proceso electoral, los cargos a elegirse para la Junta Directiva del SUTUSM son los siguientes: 1) Secretario General.

2) Sub-Secretario General y/o adjunto de la Secretaría General. 3) Secretario de Organización.

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6) Sub-Secretario de Defensa. 7) Secretario de Economía. 8) Sub-Secretario de Economía. 9) Secretario de Prensa y Propaganda. 10) Sub-Secretario de Prensa y Propaganda. 11) Secretario de Disciplina.

12) Secretario de Actas y Archivo. 13) Secretario de Relaciones Externos. 14) Secretario de Educación y Cultura. 15) Secretario de Asistente Social. 16) Sub-Secretaría de Asistente Social. 17) Secretario de Deportes.

Art. 28º. Las elecciones se realizarán el día viernes 23 de noviembre del 2018, desde las 10:00 a.m. y 15:00 p.m. Se realizará en la Ciudad Universitaria, Facultades o dependencias y Provincias, en los lugares que oportunamente señale el Comité Electoral.

Art. 29º. Las campañas y propagandas electorales deberán manejarse dentro del mutuo respeto y altura que corresponde al trabajador sanmarquino. Terminando 24 horas antes del sufragio.

Art. 30º. Durante el acto de sufragio, ningún personero o elector podrá realizar campaña electoral a favor de su lista o en contra de su oponente. De comprobarse estos hechos, el Comité Electoral queda facultado, a descontar cincuenta (50) votos, del total general de votos obtenidos a la lista que incurra en esta grave falta electoral.

CAPITULO V

De los Electores

Art. 31º. Los trabajadores sindicalizados que no estén al día en sus cotizaciones gremiales no tendrán derecho al sufragio.

Art. 32º. Son electores todos los trabajadores sindicalizados al SUTUSM, que cumplan con lo establecido en el Estatuto y presente Reglamento.

Art. 33º. Ningún trabajador podrá firmar más de una lista de adherentes, bajo sanción de nulidad del adherente que se encuentre comprendido en cada una de las listas presentadas.

Art. 34º. Los trabajadores sindicalizados que no cumplan con el Estatuto y Reglamento Electoral del SUTUSM vigente. No podrán ser: candidatos, electores, miembros de mesa, adherentes, personeros en lo inherente a materia electoral.

CAPITULO VI

De la Votación y Escrutinio

Art. 35º. La mesa de sufragio estará presidido por uno de los miembros del Comité Electoral. El secretario y vocal serán elegidos por sorteo o por elección de Base o dependencia entre los trabajadores hábiles sindicalizados al SUTUSM y acreditados ante el Comité Electoral. En caso no haberse acreditado el Comité Electoral preverá la conformación de los integrantes de la mesa así como la instalación.

Art. 36º. Los miembros de las mesas de sufragio son responsables de todo el acto electoral y, no deberán permitir la intervención de personas extrañas al proceso electoral ni cualquier tipo de propaganda en el área de sufragio. Está terminantemente prohibido la concentración de trabajadores delante de la mesa de sufragio.

Art. 37º. El Comité Electoral determinará la cédula única de sufragio, que será mediante identificación numérica y logo de las listas de candidatos, el que se establecerá por sorteo.

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Art. 38º. Los miembros de mesa una vez instalados procederán a la firma del acta de apertura del proceso electoral. El primero en ejercer el derecho a voto es el Presidente de mesa, para dicho acto, el secretario lo identificará en los padrones electorales. A continuación, sufragarán los miembros de mesa, el secretario y vocal.

Art. 39º. El Comité Electoral, instalará la mesa de sufragio con su respectiva ánfora y cámara secreta.

Art. 40º. Frente a la mesa de sufragio y en lugar visible se colocará los padrones con los nombres y apellidos de los electores hábiles en orden alfabético.

Art. 41º. En la cámara secreta y lugar visible se colocarán la relación completa de la lista de candidatos con su respectiva identidad.

Art. 42º. El procedimiento de la votación será como sigue:

a).

El elector buscará su nombre en el padrón colocado en un lugar visible (puerta de ingreso) o frente a la mesa de sufragio que le corresponde votar.

b).

El elector se identificará con su Documento de identificación (DNI y/o Fotocheck), se presentará a la mesa de sufragio para recibir la cédula de votación, sellado y firmado por el presidente de mesa, que se le entregará previa comprobación.

c).

El elector ingresará a la cámara secreta, donde marcará en el recuadro numérico con un aspa o una cruz la cédula de sufragio, previamente entregada, en el número de su preferencia.

d).

El elector regresará a la mesa de sufragio donde depositará la cédula en el ánfora.

e).

El presidente de mesa hace firmar y colocar la huella digital al elector en el padrón electoral, devuelve el correspondiente documento de identificación una vez que el elector ha depositado su cedula en el ánfora.

Art. 43º. Finalizado el acto de votación, conforme se ha previsto en el reglamento se procederá al escrutinio: levantando y firmando el acta de cierre de sufragio de mesa de votación con el resultado de la votación, incluido los resultados de provincias, previa comprobación y comunicación. Extendiéndose una copia del acta a cada personero y una al Comité Electoral.

Art. 44º. Al iniciar el escrutinio previamente se confrontará, que el número de cédulas depositadas en el ánfora sea igual al número de firmas en el padrón electoral. En caso de existir más cédulas que firmas, se procederá a eliminar los excedentes tomados al azar. Si el número de cédulas encontradas dentro del ánfora es menor que el número de votantes, se procederá al escrutinio sin que se anule la votación.

Art. 45º. El Comité Electoral, recibida las Actas de sufragio y escrutinio de mesas de las mesas de votación, levantará el Acta Final de Sufragio, Escrutinio o consolidado final, Declaración de la lista ganadora, proclamación y Juramentación de la nueva Junta Directiva.

Art. 46º. La lista de candidatos ganadora será la que obtenga la mayoría simple de votación.

Disposiciones Transitorias y Finales

Primero.

Están obligados a votar todos los trabajadores sindicalizados que gocen del derecho de sufragio, los

sindicalizados que incumplan de manera injustificada esta disposición, estarán sujetos al descuento del dos (2%) por ciento de su remuneración, de acuerdo al art. 71 del Estatuto del SUTUSM.

Segundo.

Los trabajadores sindicalizados, sancionados de acuerdo los artículos 90°, 91° y 92° del Estatuto, no podrán

ser candidatos, electores, adherentes, personeros, miembros de mesa y todo en cuanto se refiere a materia electoral del presente proceso eleccionario.

Tercero.

En caso que haya solo una lista de candidatos, deberá obtener el 30% de votos de los trabajadores sindicalizados

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Cuarto.

La lista de candidatos para la elección de la Junta Directiva incluirá representantes para el FFIP.

Quinto.

En caso de participar dos o más listas en el presente proceso electoral el ganador será proclamado por mayoría

simple del total de votantes.

Sexto.

Todo aquello no previsto en el presente Reglamento de Elecciones, será resuelto por el Comité Electoral

conforme a sus atribuciones y normas establecidas al respecto.

Lima, 08 de noviembre de 2018

Comité Electoral del SUTUSM – 2018.

MIEMBROS TITULARES CARGO CÓDIGO N° DNI

1 Chirinos Hernandez Epifania Margot Presidente 016578 08552045 2 Teodolinda Cuzcano Sánchez Secretaria 0019801 07603055 3 Miguel Ángel Cerrudo Palomino Economía OA2000 40514094 4 Carlos Breña Valdivia Organización 009296 08572369 5 Julio Díaz Solano Prensa OA0688 08364541 6 Francisco Ysla Jimenez Vocal (1) 035046 07082997 7 María Eugenia Espinola Soriano Vocal (2) 023582 08615804

MIEMBROS SUPLENTES CÓDIGO N° DNI

1 Rossana Monica Zanelli Lopez 076407 06730655 2 Segundino Nuñez Huamani 048453 06106297

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SUTUSM

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Base FENTUP – CITE – CGTP

Registrado en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo con Registro Nº 036-2004 y Exp. Nº 27282-2004-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS del Registro de Organizaciones Sindicales de Servidores Públicos – ROSSP – División de Registro Sindical Subdirección de Registros Generales de conformidad con Ley Nº 27556 y D.S. Nº 003-2004-TR.

CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE LA NUEVA JUNTA DIRECTIVA DEL SUTUSM

PERIODO DEL 26 DE NOVIEMBRE DEL 2018 AL 25 DE NOVIEMBRE DEL 2020

CONVOCATORIA

14 de noviembre del 2018

ACREDITANCION DE PERSONEROS Y

ENTREGA DE FORMULARIOS DE AHERENTES

15 y 16 de noviembre del 2018, Lugar

Facultad de Ciencias Administrativas Hora: de

09:30 a.m. hasta las 15:00 p.m.

INSCRIPCION DE LAS LISTAS (candidatos)

Lunes 19 de noviembre del 2018,

Facultad de Ciencias Administrativas, Hora:

Lugar

de 10:00 a.m. a 13:00 p.m.

y de 15:00 a 17:00 p.m.

REVISION Y PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS

INSCRITAS

20 de noviembre del 2018, de 15:00 p.m. a

16:00 p.m. Revisión de las listas inscritas y

publicación a las 17:00 p.m.

IMPUGNACIONES Y TACHAS

20 de noviembre del 2018, de 17:00 p.m.

18:00 p.m.

RESOLUCIÓN DE IMPUGNACIONES Y TACHAS

Y PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS OFICIALES Y

SORTEO DE IDENTIFICACIÓN NUMÉRICA DE

LAS LISTAS

21 de noviembre. Hora: 2:00 p.m.

ACTO ELECTORAL, ESCRUTINIO,

PROCLAMACIÓN Y JURAMENTACION DE LA

NUEVA JUNTA DIRECTIVA

Viernes 23 de noviembre del 2018:

Elecciones: de 10:00 a.m. a 3:00 p.m.

Proclamación y Juramentación: 4:00 p.m.,

Referencias

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