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CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SURA/TUYA.

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Academic year: 2021

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CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SURA/TUYA.

INTRODUCCIÓN.

1.1 GLOBAL ASSIST COLOMBIA SAS con su programa ASISTENCIA SURA (El nombre del programa lo determina SURA) le acerca Asistencia en el Hogar, Legal, Medica, Dental, Mascota y servicios de referencias y coordinación ante cualquier situación de emergencia las 24 horas del día, los 365 días del año. El mismo es realizado y garantizado por EL PRESTADOR y sus proveedores. Con tan sólo una llamada al 018000 413 37 72 que se le asigne, EL PRESTADOR dispondrá de todos aquellos recursos necesarios para la inmediata atención de cualquier problema emergente, sujetándose para ello a las siguientes Condiciones Generales.-

2. GLOSARIO DE TÉRMINOS. 2.1 DEFINICIONES.

Siempre que se utilicen letras mayúsculas en las presentes condiciones generales, los términos definidos a continuación tendrán el significado que aquí se les atribuye.-

1. EL PRESTADOR: GLOBAL ASSIST COLOMBIA S.A.S. 2. LA EMPRESA: SURA

3. AFILIADO: Es la persona física titular de LA EMPRESA que esté AFILIADO al programa ASISTENCIA objeto de estás Condiciones Generales.

4. BENEFICIARIO: Son BENEFICIARIOS del AFILIADO el cónyuge, hijos y/o dependientes menores de 18 años que vivan permanentemente bajo su dependencia económica en una misma vivienda. Estos podrán gozar de todos los servicios a los que tiene derecho el AFILIADO de conformidad con los términos y condiciones establecidas en el presente.-

5. SERVICIOS: Los servicios de asistencia contemplados en el programa ASISTENCIA.

6. REFERENCIA: Información actualizada y fehaciente concerniente a los servicios que es provista por EL PRESTADOR telefónicamente al AFILIADO a su solicitud.

7. COORDINACIÓN: Actividad administrativa provista por EL PRESTADOR que implica sincronizar distintas acciones y definir la manera más adecuada de aglutinar los recursos disponibles para cumplir con la solicitud del AFILIADO/ TITULAR/ BENEFICIARIO en relación a los rubros detallados en el presente.-

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8. GESTION: Es el proceso mediante el cual se obtienen, despliegan y coordinan una variedad de recursos básicos para conseguir determinados objetivos en miras de la consecución de un fin específico.-

9. EVENTO: cada suceso que implique una emergencia, urgencia o prestación de un servicio de asistencia y por el cual un técnico, empleado, proveedor, profesional, operador telefónico, de EL PRESTADOR gestione los medios para proceder a la prestación del servicio de asistencia solicitado.

10. MATERIALES: Son aquellos aditamentos necesarios para la reparación de un daño

11. PROVEEDOR: Empresa o persona física especializada en los rubros detallados en el presente, que en representación de EL PRESTADOR asista al AFILIADO en cualquiera de los servicios descriptos en las presentes condiciones generales.

12. FECHA DE VIGENCIA: Fecha a partir de la cual los Servicios de Asistencia que ofrece EL PRESTADOR estarán a disposición de los AFILIADOS que comienzan 24 horas después del momento de afiliación al programa.-

13. PERIODO DE CARENCIA: Es el tiempo durante el cual, no tienen cobertura los hechos y/o amparos especificados en anexo correspondiente. Se define 48 horas desde la fecha inicio de vigencia.

14. PERIODO DE VIGENCIA: Período durante el cual el beneficiario tiene derecho a obtener los servicios de asistencia. Comprende desde la fecha de inicio de vigencia hasta la cancelación por cualquier motivo del plan contratado.

15. RESIDENCIA PERMANENTE: El domicilio habitual en la Republica de Colombia que manifieste tener un AFILIADO o cualquier otro domicilio que el AFILIADO haya notificado a LA EMPRESA. Domicilio que será considerado como el del AFILIADO para los efectos de los servicios de asistencia objeto de estas condiciones generales.

16. RESIDENCIA PERMANENTE: El domicilio habitual del AFILIADO que para los efectos del presente anexo debe ser en Colombia dentro del ámbito de territorialidad definido.

17. AMBITO TERRITORIAL: El derecho a las prestaciones se extiende a los beneficiarios que se encuentran en el casco urbano con nomenclatura de las ciudades de Bogotá, D.C., Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira, Manizales, Armenia, Cartagena, Santa Marta, Montería, Sincelejo, Valledupar, Cúcuta, Tunja, Ibagué, Neiva, Villavicencio, Pasto, Popayán, Florencia, Riohacha, Yopal y Arauca.

18. SITUACIÓN DE ASISTENCIA: Cuando el beneficiario se encuentre ante una situación que implique una emergencia, urgencia o demanda de asistencia y responda a los términos, características y limitaciones establecidas en el presente anexo.

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19. ACCIDENTE: Todo acontecimiento que provoque daños materiales y/o corporales a un beneficiario, causado única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente (excluyendo la enfermedad).

20. NO SE CONSIDERA ACCIDENTE: a) Todo tipo de enfermedad, en especial, las enfermedades cardiovasculares, las vasculares y las lesiones relacionadas con dichas afecciones. b) El infarto de miocardio.

21. ENFERMEDAD: Toda alteración involuntaria del estado de salud de un animal cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuado por un veterinario legalmente autorizado para ejercer.

22. NO SE CONSIDERA ENFERMEDAD: A efectos de las coberturas de esta asistencia:

a) Los accidentes, tal y como se define este concepto anteriormente. b) Las enfermedades congénitas y/o hereditarias, definidas como una anomalía en las características anatómicas o fisiológicas de cualquiera de las estructuras corporales u orgánicas del individuo, presente en el animal desde su nacimiento, y que produce una patología o alteración de la salud durante la vida del animal, incluso si la sintomatología no se evidencia desde el momento del nacimiento. tendrán la consideración de congénitas, entre otras, las anomalías siguientes: - displasia de cadera o de codo. - hemivertebra. - luxación congénita de rótula. - ectropión, entropión, alteraciones de pestañas (distiquiasis). - encantis bilateral. - testículos ectópicos, (monorquidia, criptorquidia). - elongación de paladar con o sin síndrome de braquiocefálico. - hernias umbilicales no traumáticas.

c) Las enfermedades/defectos o malformaciones preexistentes que son las definidas como aquellas alteraciones de la salud o anomalías que existes con anterioridad al momento de la contratación de la asistencia, la cual, normalmente, ha sido percibida por signos o síntomas, independientes de que exista o no un diagnóstico veterinario al respecto.

d) Las alteraciones de la conducta o el comportamiento. e) La gestación y el parto normal o eutócico.

23. INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA: Tratamiento quirúrgico realizado para paliar o resolver un accidente o enfermedad, incluyéndose en este concepto los honorarios del cirujano, los gastos de procedimientos anestésicos, el material quirúrgico y prótesis y los gastos de medicamentos utilizados durante la cirugía.

24. COSTO PREFERENCIAL: servicios a cargo del AFILIADO donde EL PRESTADOR traslada las tarifas preferenciales negociadas por volumen con

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sus prestadores y que en todos los casos intentará ser menor al precio ofrecido en el mercado local.

25. REPUESTOS: Recambio, sustitución o reposición de artefactos y de sus partes o piezas básicas. Por ejemplo: cerraduras, griferías, calentadores, lámparas, ventiladores, etc.

26. ASISTENCIA LEGAL:. Los servicios a prestar son telefónicos y en todos los casos se entiende como una obligación de medio (prestación) y no de resultados.- Los servicios de asistencia legal serán brindados por profesionales abogados matriculados y para todos los casos se orienta en las primeras instancias, sobre defensa y nunca en querellamiento o demandas.-

27. REPRESENTANTE: Cualquier persona, sea o no acompañante del AFILIADO que realice gestión alguna para posibilitar la prestación de los Servicios de Asistencia.-

28. RESIDENCIA PERMANENTE: El domicilio habitual en la República de Colombia que manifieste tener un AFILIADO en el contrato de tarjeta de crédito que suscriba con LA EMPRESA o cualquier otro domicilio que el AFILIADO haya notificado a LA EMPRESA con posterioridad a la firma del mencionado contrato, siempre que se encuentre dentro del territorio nacional. Domicilio que será considerado como el del AFILIADO para los efectos de los servicios de asistencia objeto de estas condiciones generales.

29. AVERÍA: Daño o rotura que impide el correcto funcionamiento de cualquier artefacto, o mecanismo así como sus elementos componentes.

3. BENEFICIOS

3.1. SERVICIOS DE ASISTENCIA EN EL HOGAR

Para efectos de este programa de servicio, se considera EMERGENCIA una situación accidental y fortuita que deteriore el inmueble (pérdida de agua o fuga visible de agua), que no permita su utilización cotidiana o ponga en riesgo el domicilio, (falta de fluido eléctrico como corto circuito), que ponga en riesgo la seguridad del mismo y sus habitantes (una cerradura exterior forzada o dañada en el momento, un cristal exterior roto), e inhabilitad de la vivienda a consecuencia de un evento y todos los casos que se presenten en el momento y no sean de anterioridad visible.

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A) ENVIO Y PAGO DE PLOMEROS POR EMERGENCIA

Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones fijas de abastecimiento y/o sanitarias propias de la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO, se presente alguna rotura o fuga de agua o avería que imposibilite el suministro o evacuación de las aguas, por solicitud del AFILIADO se enviará a la brevedad posible un técnico especializado, que realizará la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el servicio, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $300.000 . Eventos: 4 eventos al año.

Los limites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.- El valor anterior incluye el costo de los materiales y mano de obra, así como traslado del operario (las reparaciones de plomería no incluyen trabajos de albañilería).-

Exclusiones del servicio de Plomería.- Quedan excluidas de la presente cobertura, la reparación y/o reposición de averías propias de: Grifos, cisternas, depósitos, calefones junto con sus acoples, tanques hidroneumáticos, bombas hidráulicas, radiadores, calefón, calefactores, aparatos de aire acondicionado, lavadoras, secadoras, y cualquier aparato doméstico conectado a las tuberías de agua, y en general de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda, arreglo de canales y bajantes, reparación de goteras debido a una mala impermeabilización o protección de la cubierta o paredes exteriores del inmueble, ni averías que se deriven de humedad o filtraciones. Así como cualquier tipo de reparación en áreas comunes de edificios de departamentos u oficinas o en instalaciones propiedad de LA EMPRESA prestadora del servicio de aguas y alcantarillado público.

B) ENVIO Y PAGO DE CERRAJEROS POR EMERGENCIA

Cuando a consecuencia de cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa que impida la apertura de la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO o bien que ponga en riesgo la seguridad de la misma, y a solicitud del AFILIADO se enviará con la mayor brevedad posible un técnico especializado que realizará la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el acceso al inmueble y el correcto cierre de la puerta de la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $300.000 . Eventos: 4 eventos al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.- El valor anterior incluye el costo de los materiales, traslado del operario y la mano de obra.

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Exclusiones del Servicio de Cerrajería: Quedan excluidas del presente servicio: la apertura, reparación y/o reposición de cualquier clase de cerraduras y/o puertas para el acceso directo a los bienes de uso común en copropiedades, así como la reparación y/o reposición de puertas y/o accesorios tales como bisagras, brazos hidráulicos, motores, poleas, malacates, e igualmente se excluye la apertura, reparación y/o reposición de cerraduras de bienes muebles tales como guardarropas, alacenas, baños, depósitos, o cualquier mueble o puerta interna de la casa.

C) ENVIO Y PAGO DE ELECTRICISTA POR EMERGENCIA

Cuando a consecuencia de una avería súbita e imprevista en las instalaciones eléctricas propias en el interior de la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO (casa, departamento), se produzca una falla de energía eléctrica en forma total o parcial (corto circuito), por solicitud del AFILIADO se enviará con la mayor brevedad posible un técnico especializado que realizará la asistencia de emergencia necesaria para restablecer el suministro de energía eléctrica, siempre y cuando el estado de las redes lo permitan. Además, realizará solo la reparación de tableros eléctricos, totalizadores de cuchillas, interruptores, disyuntores, breakers, o fusibles dañados por corto circuito o sobrecarga, únicamente en áreas que pertenezcan a la instalación eléctrica de la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $300.000 . Eventos: 4 eventos al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.- El valor anterior incluye el costo de los materiales, traslado del operario y mano de obra.- Exclusiones al servicio de Electricidad.- Quedan excluidas del presente servicio, la reparación y/o reposición de averías propias de:

a) Tomacorrientes, enchufes o elementos que no estén averiados o no se hayan dañado en el momento de la emergencia, así como artefactos o elementos de iluminación tales como lámparas, bombillos o tubos fluorescentes, dicroicas, balastros y otros.

b) Electrodomésticos tales como: estufas, hornos, calentadores, lavadora, secadoras, neveras y en general cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico.-

c) Cualquier tipo de reparación en áreas comunes o en instalaciones propiedad de la empresa de Energía del Estado o Privada.-

d) La Reposición de tableros eléctricos, totalizadores de cuchillas, interruptores, breakers, disyuntores o fusibles, que no se encuentren dañados o que por mal mantenimiento o deterioro del tiempo deban cambiarse sin que sea por presentarse una falla o corto circuito del momento de la emergencia. El servicio contempla la reparación de los mismos solo por emergencias del momento.

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D) ENVIO Y PAGO DE VIDRIEROS POR EMERGENCIA

Cuando a consecuencia de un hecho súbito e imprevisto se produzca la rotura de alguno de los vidrios de las ventanas que formen parte de la fachada exterior de la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO que den hacia la calle y que pongan en riesgo la seguridad de la misma, sus ocupantes, o de terceros, por solicitud del AFILIADO se enviará con la mayor brevedad posible un técnico que realizará la asistencia de emergencia, de lunes a sábado de 8:00 a 19:00 horas.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $300.000 . Eventos: 4 eventos al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.- El valor anterior incluye el costo de los materiales, el traslado del operario y la mano de obra.-

Exclusiones del servicio de Vidriería.- Quedan excluidas del presente servicio: Cualquier clase de espejos, y cualquier tipo de vidrios que a pesar de ser parte de la edificación en caso de una rotura, no formen parte de cualquier fachada exterior de la vivienda que de hacia la calle poniendo en peligro la seguridad del inmueble, sus ocupantes o terceros.

Excepcionalmente, el AFILIADO tendrá derecho al reintegro de los diversos gastos incluidos en la cobertura, cuando la emergencia se presente fuera de los horarios establecidos para la atención. En todos los casos deberá notificar inmediatamente a EL PRESTADOR de tal situación y se abstendrá de realizar gastos sin la previa autorización de esta. Una vez autorizados, el AFILIADO deberá presentar la factura correspondiente para tener derecho al reintegro antes mencionado.

E) SERVICIOS DE CONEXIÓN PARA TRABAJOS DE MANTENIMIENTO

Cuando el AFILIADO/ BENEFICIARIO requiera uno de los servicios de coordinación y envió de CARPINTEROS, PINTORES, ALBAÑILES, FUMIGADORES, REPARACIÓN DE ELECTRODOMÉSTICOS, INSTALACIÓN DE LÍNEA BLANCA, ETC. o cualquier conexión en el hogar detallados a continuación, EL PRESTADOR podrá enviar un profesional destinado a la evaluación del trabajo, previo estimado telefónico con el cliente. El costo de los mismos correrá por cuenta del AFILIADO.- Para algunos servicios antes mencionados se podrá pagar con tarjeta de crédito en cuotas, previamente se deberá validar con el operador y las condiciones generales en el momento de las cuotas vigentes. La cantidad de cuotas y los intereses de las mismas dependerán del tipo de tarjeta de crédito del AFILIADO y las promociones de la misma. El anterior servicio se prestará siempre y cuando exista en la ciudad la infraestructura adecuada para el servicio solicitado

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Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE.

J) EXCLUSIONES GENERALES AL SERVICIO DE ASISTENCIA EN EL HOGAR Los servicios de emergencia sólo se prestarán en la RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO. Excluyendo locales comerciales, oficinas, así como otras viviendas propiedad del afiliado. También:

1. No se brindara el servicio a cualquier falla o daño preexistente en los componentes e instalaciones en la RESIDENCIA AFILIADO. Es falla preexistente, la que ya exista y sea demostrable antes de la fecha de inicio de vigencia del contrato o de solicitud del servicio de asistencia hogar.-

2. Daños intencionales del AFILIADO, así como los causados por guerra, rebelión, motín, protesta, paro, piquete, y situaciones que alteren la seguridad pública, así como las provocadas por entidades de emergencia como policía, bomberos, etc.

3. Daños por terremoto, erupción volcánica, inundación, erupción, y cualquier fenómeno natural.

4. No se cubre el cambio de vidrios de ventanas y puertas que den a patios interiores o hacia el interior de conjuntos cerrados de habitación.

5. No esta cubierto el cambio o reposición de puertas de madera o vidrio, interiores y exteriores.

6. No se cubre el recubrimientos de acabados de pisos, paredes, y techos como enchapes, azulejos, mosaicos, mármol, granito, tapiz, alfombra, pintura, madera, durlock, yeso, cielo raso, papel de colgadura, materiales de barro, entre otros.

7. En caso que el costo del servicio de emergencia exceda el monto establecido, este excedente será cubierto por el afiliado, pagando directamente al proveedor del servicio o con tarjeta de crédito a EL PRESTADOR si estuviese habilitado el servicio de pago con tarjeta al momento de la solicitud del servicio.-

8. No están incluidos trabajos de Albañilería.

9. No están incluidas las reparaciones en Electrodomésticos, Lavadoras, Secadoras, Calefones, Aires Acondicionados y todo artefacto eléctrico.

3.2. SERVICIO DE ASISTENCIA MÉDICA Y ODONTOLÓGICA

Los servicios establecidos en este punto se prestarán en las PRINCIPALES CIUDADES o donde se cuente con la infraestructura adecuada para prestarlo. Antes de solicitar un servicio EL AFILIADO deberá validar con EL PRESTADOR si cuenta

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con red Médica en su zona de residencia. En las ciudades de menor tamaño o donde no se cuente con la infraestructura adecuada para poder brindar un buen servicio, el AFILIADO / BENEFICIARIOS deberán trasladarse a la ciudad próxima más cercana para poder recibir el servicio requerido. Para casos de excepción podrá aplicarse el servicio por medio de reembolso, previa autorización por parte DEL PRESTADOR. A) CONSULTA MÉDICA TELEFÓNICA

En caso de necesitar EL AFILIADO una referencia o consulta que pueda ser resuelta o aclarada vía telefónica EL PRESTADOR pondrá en contacto vía telefónica al AFILIADO con un prestador de Servicios Médicos para la consulta. Ni EL PRESTADOR ni el PROFESIONAL podrán recetar, diagnosticar, referir o recomendar medicamentos o tratamientos médicos por teléfono. Este servicio es ofrecido únicamente a manera referencial para el AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 4 eventos al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos B) ENVIO DE MÉDICO A DOMICILIO

En caso de que el AFILIADO sufra una enfermedad o padecimiento leve y que requiera la evaluación o diagnostico de un Médico General, a solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR gestionará el traslado del médico a la residencia del AFILIADO, para realizar la evaluación sobre el estado o padecimiento del AFILIADO siempre y cuando exista la infraestructura privada en la zona que lo permita. En caso de no existirla, EL PRESTADOR coordinará el traslado por medio de los servicios médicos públicos en la localidad. EL PRESTADOR no se responsabiliza por los servicios médicos contratados directamente por el beneficiario o terceros.

Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 2 eventos al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos C)SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA TELEFÓNICA

En caso de necesitar EL AFILIADO una referencia o consulta que pueda ser resuelta o aclarada vía telefónica, y la cual represente una segunda opinión médica para mayor tranquilidad del Afiliado, EL PRESTADOR pondrá en contacto vía telefónica al AFILIADO con un prestador de Servicios Médicos para la consulta. Ni EL PRESTADOR ni el PROFESIONAL podrán recetar, diagnosticar, referir o recomendar medicamentos o tratamientos médicos por teléfono. Este servicio es ofrecido únicamente a manera referencial para el AFILIADO.

Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 2.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. D) ORIENTACIÓN PEDIATRICA TELEFÓNICA

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En caso de necesitar EL AFILIADO una referencia o consulta que pueda ser resuelta o aclarada vía telefónica, EL PRESTADOR pondrá en contacto vía telefónica al AFILIADO con un prestador de Servicios Médicos para la consulta. Ni EL PRESTADOR ni el PROFESIONAL podrán recetar, diagnosticar, referir o recomendar medicamentos o tratamientos médicos por teléfono. Este servicio es ofrecido únicamente a manera referencial para el afiliado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 4 eventos al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos E) REMBOLSO TAXI A LA CLÍNICA

En caso de que el AFILIADO haya requerido irse en taxi a cualquier clínica a nivel nacional, a causa de tener exclusivamente una urgencia médica, EL PRESTADOR está en la obligación de dar como rembolso el valor del costo del taxi que lo trasladó. Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $100.000 . Eventos: 1 evento al año

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. F) RECORDATORIO DE CITAS, ANÁLISIS E INGESTA DE MEDICAMENTOS En caso de que el AFILIADO tenga una cita médica, requiera un análisis, o necesite tomar medicamentos a una hora específica, EL PRESTADOR está en obligación de recordarle por vía telefónica al AFILIADO (si este lo requiere) para que cumpla efectivamente con los tiempos de cada evento.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE.

G) INFORMACIÓN DE FARMACIAS DE TURNO

En caso de que el AFILIADO requiera saber que farmacias están operando en el momento que este lo requiera, EL PRESTADOR está en la obligación de darle a este dicho conocimiento de manera efectiva.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE.

H) REFERENCIAS DE CLÍNICAS Y HOSPITALES A NIVEL NACIONAL

En caso de necesitar el AFILIADO, los datos de algún hospital o clínica a nivel nacional, EL PRESTADOR referenciara al AFILIADO los datos de ubicación, y teléfonos si los hubiere. Únicamente como referencia. EL PRESTADOR no asume responsabilidad por el tratamiento, atención o información del lugar referenciado.

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Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE

3.3 SERVICIO DE ASISTENCIA DENTAL

Los servicios establecidos en este punto se prestarán en las PRINCIPALES CIUDADES o donde se cuente con la infraestructura adecuada para prestarlo. Antes de solicitar un servicio EL AFILIADO deberá validar con EL PRESTADOR si cuenta con red Dental en su zona de residencia. En las ciudades de menor tamaño o donde no se cuente con la infraestructura adecuada para poder brindar un buen servicio, el AFILIADO / BENEFICIARIOS deberán trasladarse a la ciudad próxima mas cercana para poder recibir el servicio requerido. Para casos de excepción podrá aplicarse el servicio por medio de reembolso, previa autorización por parte del PRESTADOR. El Servicio Odontológico por Emergencia Incluye:

A) ORIENTACIÓN DENTAL TELEFÓNICA

En caso de necesitar el AFILIADO/TITULAR/BENEFICIARIO una orientación, respectivamente de temas odontológicos o dentales, EL PRESTADOR intercederá para que el AFILIADO pueda tener asesoría a cualquier consulta que este requiera resolver frente a este tema.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE

B) ATENCION DE EMERGENCIAS EN CLÍNICA DENTAL

Cuando a consecuencia de un accidente, del momento y dentro de las primeras 12 horas de ocurrido el mismo el AFILIADO, requiera intervención de urgencia dental, EL PRESTADOR derivará al paciente previa llamada de coordinación y cita en la clinica odontológica más cercana, para que el AFILIADO sea atendido, diagnosticado y tratado según sea la situación de urgencia que requiera, incluye el calmante al dolor y las radigrafías necesarias. Este servicio se prestará únicamente derivado de un accidente y no bajo condiciones de mala higiene dental.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

C) MEDICINA BUCAL

En caso de necesitar el AFILIADO: un examen clínico, un diagnóstico, un odontograma, o un plan de tratamiento, EL PRESTADOR está en la obligación de que este obtenga efectivamente cualquiera de los procedimientos.

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Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

D) CIRUGIAS/ EXODONCIAS SIMPLES O EXTRACCIONES:

Este servicio se le presta al AFILIADO específicamente para las siguientes operaciones: Exodoncias simples o Extracciones, Dientes permanentes, Pronóstico, Plan de tratamientos. En caso de presentarse una urgencia que requiera la implementación de alguno de los anteriores servicios, EL PRESTADOR está en la obligación de darle al AFILIADO una cobertura del servicio que solucione su siniestro específico. EL PRESTADOR no asumirá el costo de ningún medicamente o procedimiento postoperatorio. Este servicio se presta únicamente con proveedores que estén autorizados por EL PRESTADOR.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

E) TRATAMIENTO DE CONDUCTOS

En caso de necesitar el AFILIADO/BENEFICIARIO un tratamiento de conductos, respectivamente, EL PRESTADOR intercederá para que el AFILIADO tenga efectivamente este servicio.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $200.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Máximo una pieza por evento y con 1 evento por año. El servicio se presta únicamente con proveedores que estén autorizados por EL PRESTADOR.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos F) CALMANTE AL DOLOR DERIVADO DE LA CONSULTA ODONTOLÓGICA

En caso de necesitar el AFILIADO/BENEFICIARIO un calmante al dolor derivado de una consulta odontológica, EL PRESTADOR intercederá para que el AFILIADO obtenga efectivamente algún producto que calme el dolor y mitigue la urgencia.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

G) CONSULTA CON ESPECIALISTAS (ORTODONCIA, PERIDONCIA)

En caso de necesitar el AFILIADO/BENEFICIARIO una orientación o consulta respectivamente con un especialista en odontología, como: ortodoncia y peridoncia, EL PRESTADOR intercederá para que el AFILIADO tenga efectivamente esta orientación.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: 1 EVENTOS EN EL AÑO.

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H) TÉCNICAS DE HIGIENE ORAL Y PREVENCIÓN VÍA TELEFÓNICA

En caso de necesitar el AFILIADO una orientación respectivamente en técnicas de higiene y prevención oral, EL PRESTADOR está en la obligación de brindarle dicha información adecuadamente y exclusivamente por vía telefónica.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE.

I)RECORDATORIO DE CITAS, ANÁLISIS E INGESTA DE MEDICAMENTOS

En caso de que el AFILIADO tenga una cita odontológica, requiera un análisis, o necesite tomar medicamentos a una hora específica, EL PRESTADOR está en obligación de recordarle por vía telefónica al AFILIADO (si este lo requiere) para que cumpla efectivamente con los tiempos de cada evento.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE.

J)RESTAURACIÓN CON AMALGAMA O RESINA/COMPOSITE

En caso de necesitar el AFILIADO/BENEFICIARIO una restauración con amalgama o resina/composite, respectivamente EL PRESTADOR intercederá para que el AFILIADO tenga efectivamente este servicio.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $200.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. K) TAXI A LA CLÍNICA DENTAL EN CASO DE URGENCIA

En caso de necesitar el AFILIADO/ BENEFICIARIO ser trasladado en taxi ya que no le es posible por sus propios medios por el fuerte dolor o accidente, EL PRESTADOR coordinará el envío del taxi o el reembolso del mismo, previa autorización DEL PRESTADOR. Bajo ninguna circunstancia se cubrirá el traslado en taxi sin el previo consentimiento y autorización de EL PRESTADOR o por casos de No-Urgencia.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: hasta $100.000 . Eventos: 1 EVENTOS EN EL AÑO

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. L) TRATAMIENTOS GARANTIZADOS

En caso de que el usuario se realice algún tratamiento, que este cubierto por el servicio de asistencia mencionado en este condicionado, y posteriormente, necesite ser cubierto por garantía del trabajo, este contara con 90 días para hacer la respectiva reclamación y volverse a realizar el procedimiento.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: hasta 90 días . Eventos: SIN LIMITE.

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Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos M) TRATAMIENTOS NO URGENTES

En caso de que el afiliado requiera de algún servicio y/o tratamiento, que no sea considerado una emergencia, EL PRESTADOR le da la posibilidad de pagarlo en cuotas sin intereses con tarjeta.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: CUOTAS SIN INTERESES CON TARJETA . Eventos: SIN LIMITE.

N) BLANQUEAMIENTO SIMPLE

En caso de que EL AFILIADO necesite el servicio blanqueamiento simple, EL PRESTADOR pagará el costo de aplicación, no obstante se aclara que el producto a aplicar debe ser pagado por el AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE DE COSTO/NO INCLUYE EL PRODUCTO . Eventos: 1 EVENTOS EN EL AÑO

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos 3.5 SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA MASCOTA

A) TELÉFONO 24 HORAS PARA CONSULTAS VETERINARIAS (ORIENTACIÓN VETERINARIA TELEFÓNICA)

En caso de que el afiliado requiera hacer una consulta telefónica en materia veterinaria para su mascota, EL PRESTADOR le dará a este el acceso a la información exacta que requiera. EL PRESTADOR conectará telefónicamente al afiliado directamente con un veterinario el cual le dará respuesta a la consulta específica que este solicite: molestias síntomas, enfermedades, primeros auxilios, cuidado de la mascota, etc.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE

B) ENVÍO DE MÉDICO VETERINARIO A DOMICILIO POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD GRAVE (URGENCIAS VETERINARIAS)

En caso de que el AFILIADO requiera un veterinario para su mascota, EL PRESTADOR está en la obligación de enviarle uno a su lugar de residencia, o en su defecto al lugar en donde se encuentre la mascota. Se aclara que este servicio solo se presta en caso de URGENCIA; esta visita veterinaria no aplica en absolutamente ningún caso de revisión rutinaria de la mascota, se reitera solo URGENCIAS. EL PRESTADOR no asumirá costos de medicamentos, estos los debe asumir el Afiliado.

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Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $150.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.

C) GASTOS DE ASISTENCIA VETERINARIA EN CASO DE ACCIDENTE DE MASCOTA

En caso de que el AFILIADO requiera asistencia veterinaria en caso de accidente para su mascota, y el afiliado tenga un lugar predilecto o estratégico donde puedan cubrir a tiempo la urgencia, EL PRESTADOR está en la obligación de darle el cubrimiento de ese servicio veterinario, se reitera solo URGENCIAS (accidente).. EL PRESTADOR solo asumirá el costo del servicio, el costo de medicamentos debe ir por cuenta del afiliado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $200.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.

D) AYUDA Y REEMBOLSO DE GASTOS POR PUBLICACIÓN DE AVISOS POR PÉRDIDA O ROBO DE LA MASCOTA

En caso de perdida o robo de la mascota de el afiliado, EL PRESTADOR lo ayudará con gastos o reembolso por publicación de avisos. EL PRESTADOR solo ayudará con dinero, en ningún momento esta está comprometida con la difusión de los avisos. Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados:

Monto de cobertura: $200.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.

E) AYUDA PARA PAGO DE RECOMPENSA POR RECUPERACIÓN DE MASCOTA PERDIDA

En caso de que la mascota de el afiliado esté perdida, EL PRESTADOR está en la obligación de dar un aporte económico, con el fin de incentivar la recuperación del animal en el público. Se reitera que EL PRESTADOR será quien entregue la recompensa, y dará verificación de la evidente recuperación de la mascota.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: $200.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. F) GUARDERÍA POR ACCIDENTE DEL PROPIETARIO

En caso de que el propietario de la mascota sufra un accidente, y no tenga en donde dejar la mascota, EL PRESTADOR está en la obligación de pagar una guardería en donde se ocupen del animal. Se reitera que EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad por daños ocasionados de la mascota en la guardería. Este servicio

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se prestará con un máximo de cobertura de hasta 4 días sin costo, y con un límite de 2 eventos por año. Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. EL PRESTADOR coordinará el traslado de la mascota a la guardería, imponiendo esta las condiciones de dicho traslado. Por último se reitera que en ningún momento EL PRESTADOR está en la obligación de prestar el servicio en una guardería que escoja el Afiliado, sin importar el apego o confianza que este le tenga; la escogencia de la guardería será exclusivamente pertinente AL PRESTADOR, ya que tiene que estar dentro de la lista de proveedores previamente aprobados por la empresa.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados:

Monto de cobertura: HASTA 4 DIAS . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO. Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos G) ORIENTACIÓN LEGAL VETERINARIA

En caso de que el afiliado requiera de una orientación legal en materia veterinaria, EL PRESTADOR coordinará para que un prestador de este servicio atienda cualquier consulta telefónicamente. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE . Eventos: SIN LIMITE.

H) REEMBOLSO DE TAXI POR TRASLADO DE MASCOTA A VETERINARIA CERCANA POR ACCIDENTE

En caso de accidente de la mascota, EL PRESTADOR dará un rembolso por el traslado de esta en taxi a una clínica veterinaria cercana.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados:

Monto de cobertura: HASTA $60.000 . Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO. Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos I) DESCUENTO EN COMPRA DE ALIMENTOS PARA MASCOTAS

EL PRESTADOR está en la obligación de darle al afiliado un descuento en compra de alimentos para mascotas. Se reitera que este descuento solo se dará en lugares aprobaos por EL PRESTADOR.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados:

Monto de cobertura: HASTA EL 10%. Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO. Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos.

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J) ENVÍO DE ALIMENTOS A DOMICILIO EN CASO DE ACCIDENTE DEL PROPIETARIO:

Cuando a consecuencia de un hecho imprevisto, el propietario de la mascota sufra un accidente, EL PRESTADOR enviará el alimento del animal, siempre y cuando sea en la zona urbana y áreas de cobertura dispuestas. Por último se agrega que EL PRESTADOR solo asumirá el costo del traslado del domicilio; el costo del alimento debe ser asumido por el Afiliado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados:

Monto de cobertura: SIN LIMITE/CERCA DEL RADIO URBANO Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos. K) DESCUENTO EN COMPRA DE ACCESORIOS PARA MASCOTAS

EL PRESTADOR está en la obligación de darle al afiliado un descuento en compra de accesorios para mascotas. Se reitera que este descuento solo se dará en lugares aprobaos por EL PRESTADOR.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados:

Monto de cobertura: HASTA EL 10%. Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO. Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos L) TRASLADO DE MASCOTA A CLÍNICA EN CASO DE ACCIDENTE

En caso de que la mascota del afiliado sufra un accidente, EL PRESTADOR está en la obligación de trasladarla a una clínica veterinaria cercana. EL PRESTADOR no será responsable de la recuperación de la mascota. EL PRESTADOR coordinará el envío del taxi o el reembolso del mismo, previa autorización de EL PRESTADOR. Bajo ninguna circunstancia se cubrirá el traslado en taxi sin el previo consentimiento y autorización de EL PRESTADOR o por casos de No-Urgencia.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los eventos M) REFERENCIAS VETERINARIAS

A solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR le proporcionará información actualizada sobre la o las veterinarias cercanas al lugar que solicite el AFILIADO. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente en las principales ciudades del País. En las demás ciudades de la República de Colombia, EL PRESTADOR hará lo posible por ayudar al AFILIADO a conseguir lo solicitado con las características buscadas. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma, ni por

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la falta de medicamentos o estructura de las veterinarias informadas. Este servicio tampoco incluye cobertura, ni rembolso o descuentos en veterinarias.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

N) ORIENTACIÓN EN EL ENVÍO DE MASCOTAS POR TRANSPORTE AÉREO O TERRESTRE

EL PRESTADOR dará al afiliado, la información sobre el transporte para mascotas tanto vía terrestre como aérea, requisitos, costos y la mayor cantidad de datos significativos para el posible traslado de su mascota. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente en las principales ciudades del País. En las demás ciudades de la República de Colombia, EL PRESTADOR hará lo posible por ayudar al AFILIADO a conseguir lo solicitado con las características buscadas. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma, ni por aquellas empresas donde se le referencie al AFILIADO su consulta. Este servicio tampoco incluye cobertura, ni rembolso o descuentos en traslados, pasajes o ningún relacionado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

Ñ) CONTROL DIGITAL DE FECHAS DE VACUNACIÓN DE LA MASCOTA

Cuando el AFILIADO solicite le lleven control digital en la plataforma de EL PRESTADOR, sobre el carnet de vacunación de su mascota, se le recordará vía telefónica y mail el día y el tipo de vacuna que debería tener su animal. Teniendo en cuenta que el costo de traslado, aplicación, vacuna y demás costos relacionados a éste, serán aportados por el AFILIADO, El presente servicio no tendrá límite de costo y se podrá usar hasta 2 eventos en el tiempo de cobertura.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: 2 EVENTOS AL AÑO.

O) ASESORAMIENTO TELEFÓNICO EN CASO DE MASCOTA EN GESTACIÓN En caso de que la mascota esté en proceso de gestación y el Afiliado requiera una asesoría en este campo, EL PRESTADOR está en la obligación de darle una orientación telefónica en donde pueda resolver todas las dudas que tenga el Afiliado en este rubro. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

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P) AYUDA PARA VERIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE VENDEDOR, EN CASO DE COMPRA DE MASCOTA CON PEDIGREE

En caso de que el afiliado requiera de una verificación de autenticidad de vendedor, en caso de compra de mascota con pedigree, EL PRESTADOR está en la obligación de darle este servicio, verificando la veracidad del vendedor en relación a la raza del animal.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

Q) COORDINACIÓN DE ASISTENCIA ESTÉTICA, CENTROS Y EMPRESAS A DOMICILIO

En caso de que el cliente requiera la información de alguna asistencia, centro, o empresas a domicilio, EL PRESTADOR dará toda la información pertinente de estas, y coordinará cualquier servicio de estética que el Afiliado requiera para su mascota. Por último entiéndase que este servicio es netamente de coordinación, en ningún momento EL PRESTADOR asumirá los costos de los servicios estéticos que le brinden a la mascota; esta es una obligación de medio, no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: 2 EVENTOS EN EL AÑO.

R) INFORMACIÓN GRATUITA TELEFÓNICA DE CUIDADOS ESPECIALES PARA MASCOTAS

A solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR le proporcionará información actualizada sobre los cuidados, la o las veterinarias cercanas al lugar que brinden servicios especiales a las mascotas y lo solicite el AFILIADO. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente en las principales ciudades del País. En las demás ciudades de la República de Colombia, EL PRESTADOR hará lo posible por ayudar al AFILIADO a conseguir lo solicitado con las características buscadas. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma, ni por la falta de medicamentos o estructura de las veterinarias informadas. Este servicio tampoco incluye cobertura, ni rembolso o descuentos en veterinarias.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

S) REFERENCIA DE CLÍNICAS VETERINARIAS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL

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En caso de que el Afiliado necesite una clínica veterinaria, a solicitud de este EL PRESTADOR le proporcionará telefónicamente información actualizada sobre la referencia, lugar de estancia y principal información de cualquier clínica veterinaria a nivel nacional e internacional. Por último entiéndase que este servicio es una obligación de medio más no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

T) INFORMACIÓN ESPECÍFICA DE ACTIVIDADES Y TORNEOS DE MASCOTAS A solicitud del afiliado, EL PRESTADOR le proporcionará telefónicamente información actualizada de actividades y torneos de mascotas que se presenten a nivel nacional (entiéndase por esto solo el territorio colombiano, específicamente las principales ciudades). Por último entiéndase que este servicio es una obligación de medio más no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

U) INFORMACIÓN DE CRIADEROS Y ADIESTRADORES A NIVEL NACIONAL A solicitud del afiliado, EL PRESTADOR le proporcionará telefónicamente información actualizada de criaderos y adiestradores a nivel nacional (entiéndase por esto solo el territorio colombiano, específicamente las principales ciudades). Por último entiéndase que este servicio es una obligación de medio más no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

V) INFORMACIÓN Y COORDINACIÓN DE PASEO DE CANINOS A DOMICILIO A solicitud del afiliado, EL PRESTADOR le proporcionará telefónicamente información actualizada de empresas y personas que presten el servicio de paseo de caninos a domicilio a nivel nacional (entiéndase por esto solo el territorio colombiano, específicamente las principales ciudades). EL PRESTADOR también prestará el servicio de coordinación de los paseos caninos, no obstante el costo de dicho servicio lo asumirá el Afiliado. También se establece que EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad por ningún acontecimiento que se presente por el servicio prestado (paseo canino); entiéndase que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

W) ASISTENCIA LEGAL EN CASO DE DAÑOS A TERCEROS

A solicitud del afiliado, EL PRESTADOR le proporcionará telefónicamente asistencia legal en caso de daños a terceros ocasionados por la mascota. EL PRESTADOR sólo

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asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

Importante:

1) Se entiende como mascota exclusivamente animales comunes que se encuentren en el hogar: perros y gatos.

2) Antes de dar la asistencia a la mascota el afiliado, por medio de una APP de Global Assist, le brindará a EL PRESTADOR todos los datos sobre la mascota: foto de la mascota, raza, edad, etc.. Esto es con el fin de evitar fraudes por parte de un tercero.

3) La asistencia solo se dará a una mascota que el AFILIAO escoja, por lo tanto se valida el registro de la mascota que él convenga teniendo los siguientes datos: cédula AFILIADO , evidencia fotográfica del carnet de vacunación, dirección de residencia de la mascota, y foto de esta. En caso de que el AFILIADO quiera que otra mascota de su hogar tenga la asistencia, tiene que hacer una previa validación con EL PRESTADOR llamando a los números de contacto correspondientes.

3.4. SERVICIOS DE ASISTENCIA LEGAL.

Los servicios de asistencia legal serán brindados por profesionales abogados matriculados.

A) ASESORÍA LEGAL VÍA TELEFÓNICA

Por este servicio y a solicitud del AFILIADO EL PRESTADOR brindará, vía telefónica, los servicios de referencia y consultoría legal exclusivamente y limitado a las materias: civil, penal, familiar, comercial y laboral, las veinticuatro (24) horas del día durante los trescientos sesenta y cinco (356) días del año; sobre: divorcios, sucesiones, pensiones alimenticias, cobro de cheques o pagarés, entre otros. En todo caso, los gastos en que incurra el AFILIADO por la prestación de los servicios profesionales del referido, serán pagados con sus propios recursos. EL PRESTADOR no será responsable por el resultado de las gestiones y defensas realizadas por parte del abogado que contrate directamente el AFILIADO. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

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Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

B) ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA EN CASO DE PERDIDA O ROBO DE DOCUMENTOS:

En caso de que el Afiliado/TITULAR /BENEFICIARIO, requiera una asesoría legal por perdida o robo de documentos; EL PRESTADOR prestará el servicio de consultoría legal telefónicamente ayudándolo en todos los pasos y trámites/diligencias que este requiera para solucionar dicho problema. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

C) ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA EN CASO ROBO DE DOMICILIO:

En caso de que el Afiliado/TITULAR /BENEFICIARIO, requiera una asesoría legal por robo de domicilio; EL PRESTADOR prestará el servicio de consultoría legal telefónicamente ayudándolo en todos los pasos y trámites/diligencias que este requiera para solucionar dicho problema. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

D) ASISTENCIA LEGAL TELEFÓNICA EN CASO ROBO DE VEHICULO:

En caso de que el Afiliado/TITULAR /BENEFICIARIO, requiera una asesoría legal por robo de vehículo; EL PRESTADOR prestará el servicio de consultoría legal telefónicamente ayudándolo en todos los pasos y trámites/diligencias que este requiera para solucionar dicho problema. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

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E) REPRESENTACIÓN SIMPLE EN CASO DE COBRANZAS EXTRAJUDICIALES DE DOCUMENTOS EXTRAVIADOS O ROBADOS.

En caso de que el Afiliado/TITULAR /BENEFICIARIO, requiera representación legal en materia de cobranzas extrajudiciales de documentos extraviados o robados, EL PRESTADOR prestará el servicio de consultoría legal, remitiéndolo a un experto en donde telefónicamente lo ayudará en todos los pasos y trámites/diligencias que este requiera para solucionar dicho problema. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

F) ORIENTACIÓN EN LOS TRÁMITES A REALIZAR PARA LA OBTENCIÓN DE UNA NUEVA CÉDULA DE CIUDADANÍA.

En caso de que EL AFILIADO requiera una orientación específicamente en trámites a realizar para la obtención de una nueva cédula de ciudadanía, EL PRESTADOR prestará el servicio de consulta telefónica, con el fin de orientarlo para que ejecute efectivamente dichos trámites. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

G) ASESORIA LEGAL TELEFONICA POR SUPLANTACION O USO MALICIOSO DE LA CEDULA DE CIUDADANIA, TARJETAS DE CREDITO Y DEBITO BANCARIAS, ROBO EN CAJERO AUTOMATICO, ETC

En caso de que EL AFILIADO requiera una asesoría legal telefónica por suplantación o uso malicioso de la cedula de ciudadanía, tarjetas de crédito y debito bancarias, robo en cajero automático, etc , EL PRESTADOR prestará el servicio de consulta telefónica, con el fin de orientarlo para que ejecute efectivamente dichos trámites. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

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H) ORIENTACIÓN EN LAS ACCIONES DE BLOQUEO, NOTIFICACIONES, PUBLICACIONES Y ACLARACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SE ORIGINEN POR EL ROBO, HURTO Y/O EXTRAVÍO DE LOS MISMOS.

En caso de que el AFILIADO/TITULAR /BENEFICIARIO, requiera una asesoría legal en acciones de bloqueo, notificaciones, publicaciones y aclaraciones de documentos que se originen por el robo, hurto y/o extravío de los mismos, EL PRESTADOR prestará el servicio de consultoría legal, telefónicamente ayudándolo en todos los pasos y trámites/diligencias que este requiera para solucionar dicha consulta. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

I) ORIENTACIÓN EN LOS PASOS Y GESTIONES QUE DEBE REALIZAR EL PROPIO ASEGURADO EN BANCOS, CASAS COMERCIALES, REGISTRO CIVIL, ETC.

En caso de que el Afiliado/TITULAR /BENEFICIARIO, requiera una asesoría legal en los pasos y gestiones que debe realizar el propio asegurado en bancos, casas comerciales, registro civil, etc, EL PRESTADOR prestará el servicio de consultoría legal, telefónicamente ayudándolo en todos los pasos y trámites/diligencias que este requiera para solucionar dicha consulta. EL PRESTADOR sólo asumirá responsabilidad por la gestión de los profesionales por ella asignados en los límites descriptos de la asistencia prestada, más no se responsabilizará por los resultados finales, entendiéndose en todo caso, que es una obligación de medio y no de resultado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

3.4. SERVICIOS DE INFORMACIONES

Estos servicios son exclusivos para el área específica del programa. En las áreas del territorio nacional EL PRESTADOR tratará de brindar el mejor servicio posible sin responsabilidad del resultado final.

A) CONEXIÓN CON NÚMEROS DE EMERGENCIA

Cuando el afiliado necesite conexión con números de emergencia como: bomberos, policía (comando radioeléctrico, conmutador central), defensa civil, centro de toxicología, centro nacional de intoxicaciones, emergencias radiológicas, comisarías,

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servicios de asistencia comunitaria, transportes, servicios públicos (agua, electricidad, gas, prefectura, recolección de residuos, entes reguladores), organismos oficiales, etc., a solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR transferirá la llamada del cliente con los organismos solicitados, en todos los casos EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte de los organismos contactados.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

B) TRANSMISIÓN DE MENSAJES URGENTES

Cuando el afiliado necesite transmitir un mensaje urgente, EL PRESTADOR está en la obligación de hacerlo telefónicamente: esta recibirá dicho mensaje y el número del destinatario al que va dirigido, sin importar que este sea una persona natural o una entidad. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna por las acciones que pueda cometer el destinatario al recibir el mensaje, esta exclusivamente será un ente que servirá de canal para facilidad del afiliado.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

C) INFORMACION DE CARTELERAS DE CINES Y ESPECTÁCULOS

A solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR le proporcionará información actualizada sobre la cartelera de Cines y Espectáculos cercana al lugar que solicite el AFILIADO. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente en las principales ciudades del País, o donde se cuente con Carteleras de Cines y Espectáculos publicadas en los medios. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte de los Cines y Eventos de Espectáculos recomendados. En todo caso, los gastos en que se incurran en estos lugares deberán ser pagados por el AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

D) INFORMACION DE TRÁMITES

A solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR le proporcionará información actualizada sobre los tramites determinados que solicite el AFILIADO. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente en las ciudades del País, donde se cuente con información publicada o medios para obtenerla. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte de las entidades mencionada al afiliados para los mismos o por los cambios sin previo aviso de las entidades con relación a los tramites

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a realizar. En todo caso, los gastos en que se incurran en estos lugares deberán ser pagados por el AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

E) INFORMACION DE NOTICIAS RELEVANTES

A solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR le proporcionará información actualizada sobre las noticias relevantes o de interés nacional, no político que solicite el AFILIADO. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente cuando se cuente con información publicada o medios para obtenerla. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte de las entidades mencionada al afiliados para los mismos o por los cambios sin previo aviso de las entidades con relación a la información proporcionada.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

F)INFORMACION DE RESTAURANTES

A solicitud del AFILIADO, EL PRESTADOR le proporcionará información actualizada sobre los Restaurantes de la especialidad requerida cercana al lugar que solicite el AFILIADO, así como reservaciones a los mismos. EL PRESTADOR proporcionará el servicio indicado en el párrafo anterior únicamente en las principales ciudades del País. En las demás ciudades de la República Colombia, EL PRESTADOR hará lo posible por ayudar al AFILIADO a conseguir un restaurante con las características buscadas. EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad alguna en relación con la atención prestada o falta de la misma por parte de los Restaurantes recomendados. En todo caso, los gastos en que se incurran en estos restaurantes deberán ser pagados por el AFILIADO.

Este servicio se prestará en los montos de cobertura detallados: Monto de cobertura: SIN LIMITE. Eventos: SIN LIMITE.

4. CASOS DE EXCEPCION:

No son objeto de los SERVICIOS, las situaciones de asistencia que presenten las siguientes causas:

- La mala fe del AFILIADO, comprobada por el personal DEL PRESTADOR.

- Los fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc.

- Hechos y actos del hombre derivados del terrorismo, guerra, guerrilla, vandalismo, motín o tumulto popular, etc.

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- Hechos y actos de fuerzas armadas, fuerza o cuerpo de seguridad. - La energía nuclear radiactiva.

EL PRESTADOR avisará a LA EMPRESA de los servicios improcedentes por las causas arriba citadas para verificar si éste autoriza la prestación del servicio por la calidad del cliente de que se trate siempre que por circunstancias de la hora y el día se pueda comunicar inmediatamente, de lo contrario se reportará al día siguiente hábil por escrito.

4.1. EXCLUSIONES:

1. Cuando el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO no proporcione información veraz y oportuna, que por su naturaleza no permita atender debidamente el asunto.

2. Cuando el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO no se identifique como AFILIADO de Asistencia SURA*.

3. Cuando el AFILIADO Y/O BENEFICIARIO incumpla cualquiera de las obligaciones indicadas en estas condiciones generales.

5. OBLIGACIONES DEL AFILIADO:

Con el fin que el AFILIADO pueda disfrutar de los servicios contemplados, el mismo deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

1. Abstenerse de realizar gastos o arreglos sin haber consultado previamente con EL PRESTADOR, es decir cuando por alguna circunstancia el AFILIADO realice cualquier tipo de gasto o arreglo deberá solicitar autorización a EL PRESTADOR a fin de no realizar gastos innecesarios o gastos no restituibles posteriormente.

2. Dar aviso oportuno a EL PRESTADOR del cambio de RESIDENCIA PERMANENTE del AFILIADO. Queda entendido que en caso de que el AFILIADO establezca su residencia permanente en un lugar distinto al territorio del país en el cual contrató los SERVICIOS, la relación entre EL PRESTADOR y el AFILIADO se tendrá por extinta, con lo cual EL PRESTADOR se verá liberada de su obligación de prestar los servicios contemplados en las condiciones generales y el AFILIADO se verá liberado de su obligación de pagar las cuotas necesarias para recibir los servicios aquí establecidos.

3. Identificarse como AFILIADO ante los representantes de EL PRESTADOR o ante las personas que esta última compañía contrate con el propósito de prestar los servicios contemplados en estas condiciones generales.

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4. No registrar morosidad en el pago de los consumos correspondientes a LA EMPRESA.

6. PROCESO GENERAL DE SOLICITUD DEL SERVICIO DE ASISTENCIA:

En caso de que un AFILIADO requiera de los servicios contemplados, se procederá de la siguiente forma:

1. El AFILIADO que requiera del servicio se comunicará con EL PRESTADOR a los números telefónicos especificados para el programa de asistencia de SURA.

2. El AFILIADO procederá a suministrarle al representante de EL PRESTADOR que atienda la llamada respectiva, los datos necesarios para identificarlo como AFILIADO, así como los demás datos que sean necesarios con el fin de poder prestar el servicio solicitado, tales como la ubicación exacta del AFILIADO; un número telefónico en el cual localizarlo; descripción por AFILIADO del problema que sufre, el tipo de ayuda que precise en relación con el cual se solicite un servicio. Al momento de recibir al prestador el afiliado deberá mostrar una identificación con fotografía. Queda entendido que el personal de EL PRESTADOR únicamente prestará los servicios contemplados en estas Condiciones Generales, a las personas que figuren como AFILIADOS en la última lista de AFILIADOS activos de LA EMPRESA.

Una vez cumplidos todos los requisitos indicados, EL PRESTADOR le prestará al AFILIADO/ BENEFICIARIO los servicios solicitados a los cuales tenga derecho de conformidad con los términos, condiciones y limitaciones de las Condiciones generales.

En caso de que el AFILIADO no cumpla adecuadamente con los requisitos indicados, EL PRESTADOR no asumirá responsabilidad ni gasto alguno relacionado con la no-prestación de los servicios relacionados las Condiciones Generales.-

7. PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

Queda entendido que EL PRESTADOR podrá prestar los servicios en forma directa, o a través de terceros con quienes dicha compañía contrate, bajo su responsabilidad. LA EMPRESA queda totalmente exenta de responsabilidad por la prestación de los SERVICIOS; debiendo EL PRESTADOR mantenerla en todo momento indemne de cualquier tipo de reclamo, extrajudicial o judicial. También se establece que los SERVICIOS solo se prestarán en ciudades capitales y/o zonas en donde EL PRESTADOR pueda contratar servicios con una red eficiente de PROVEEDORES. Como se mencionó antes, EL PRESTADOR queda exenta de responsabilidad al no

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poder prestar servicios en ciertas zonas del país, reiterando que dichos servicios se prestan eficientemente en ciudades capitales.

Referencias

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Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)