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Regimen de La Carrera Administrativa

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HUÁNUCO – PERÚ 2015

Escuela Académica Profesional de Ingeniería Civil

TEMA: RÉGIMEN GENERAL DE CARRERA ADMINISTRATIVA

CURSO: LEGISLACION EN LA CONSTRUCCIÓN. DOCENTE: ARQ. IBARRA QUISPE, LUIS ALBERTO

INTEGRANTES:

TIBURCIO BERROSPI, YADIRA. ROJAS CELIS,TANIA.

MUCHA CHÁVEZ, GABRIELA GRACIELA. VILLANUEVA SARMIENTO,DANCRIS.

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REGIMEN GENERAL DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS BÁSICOS

Es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que, con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública.

SERVIDOR PÚBLICO Al ciudadano en ejercicio que presta

servicio en entidades de la Administración Pública, con nombramiento o contrato de la Autoridad competente, con las formalidades de la Ley.

FUNCIONARIO PÚBLICO Al ciudadano que es elegido o

designado por autoridad competente conforme al ordenamiento legal para desempeñar cargos del más alto nivel en los poderes públicos y en los organismos con autonomía.

(3)

GRUPO PROFESIONAL Servidores con título profesional o grado académico reconocido por la Ley

Universitaria

EL GRUPO TECNICO universitaria incompleta o capacitación Servidores con formación superior o

tecnológica o experiencia técnica reconocida.

GRUPO AUXILIAR Está constituido por servidores que

tienen instrucción secundaria y experiencia o calificación para realizar

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RESEÑA

HISTORICADEL REGIMEN DE

LA

CARRERA ADMINISTRATIVA

La Administración Pública en nuestro país,

tuvo

sus

inicios

en

la

colonia,

el

antecedente más importante en el tema

vino años después cuando el Mariscal

Ramón Castilla en su primer gobierno

(1845-1851) aprueba el primer Presupuesto

de la República, promulga el Código Civil,

la Ley de Organización Interior, la Ley de

Ministerios que reconoce los derechos de

los empleados públicos y aprueba la Ley de

Cesantía y Jubilación. Todas estas leyes se

producen en un contexto en el cual empieza

a instalarse un grupo de oficinas públicas

en todo el país.

(5)

ANTECEDENTES

DECRETO LEGISLATIVO

276

La constitución de 1979, por

primera vez reconoce el derecho de sindicalización y huelga de los servidores públicos, lo que estaba prohibido en anteriores cartas políticas. Según el artículo 17º de las disposiciones transitorias de la carta de 79, se ratifica el Convenio

 151 de la OIT sobre protección del derecho de sindicalización y procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la Administración Pública.

En términos generales las

disposiciones contenidas en el DL 276 son bastante similares a las establecidas por el DL 11377 en lo que respecta al ingreso por el

nivel más bajo del grupo

ocupacional, los principios de estabilidad, orden de méritos e igualdad de oportunidades.

 Una diferencia importante es el tratamiento de los trabajadores contratados que se encontraban fuera de la carrera. E DL 276 permite contratado labores permanentes hasta por 3 años, pudiendo ingresar a carrera si se declara plaza vacante, en cuyo caso, se le reconoce todo el tiempo de servicios.

(6)

Artículo 3. Los servidores públicos están al servicio de la Nación. En tal razón deben:

a) Cumplir el servicio público buscando el desarrollo nacional del País y considerando que trasciende los períodos de gobierno.

b) Supeditar el interés particular al interés común y a los deberes del servicio.

c) Constituir un grupo calificado y en permanente superación.

d) Desempeñar sus funciones con honestidad, eficiencia, laboriosidad y vocación de servicio.

e) Conducirse con dignidad en el desempeño del cargo y en su vida social.

ESTRUCTURA DEL RÉGIMEN GENERAL DE

LA CARRERA ADMINISTRATIVA

Esta Estructura tiene por objeto permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización personal en el desempeño del servicio público.

Basados en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo 276 se subdivide en:

(7)

Artículo 4. La Carrera Administrativa es permanente y se rige por los

principios de:

a) Igualdad de oportunidades b) Estabilidad

c) Garantía del nivel adquirido

(8)

LOS

GRUPOS

OCUPACIONALES DE

LA

CARRERA

ADMINISTRATIVA

SON

A) EL GRUPO PROFESIONAL:

Está constituido por servidores con título profesional o grado

académico reconocido por la Ley Universitaria.

B) EL GRUPO TECNICO:

Está constituido por servidores con formación superior o

universitaria incompleta o capacitación tecnológica o

experiencia técnica reconocida.

C) EL GRUPO AUXILIAR:

Está constituido por servidores que tienen instrucción

secundaria y experiencia o calificación para realizar

labores de apoyo.

(9)

LICENCIAS EN LA CARRERA ADMINISTRATIVA

a) Con goce de remuneraciones:

Por enfermedad

Por gravidez

Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos

Por capacitación oficializada

Por citación expresa: judicial, militar o policial

Por función edil

b) Sin goce de Remuneraciones:

Por motivos particulares

Por capacitación no oficializada

c) A cuenta del período vacacional:

Por matrimonio

(10)

RESPONSABILIDADES

Los servidores públicos son responsables civil, penal

y administrativamente por el cumplimiento de las

normas legales y administrativas en el ejercicio del

servicio público, sin perjuicio de las sanciones de

carácter disciplinario por las faltas que cometan.

El servidor público que incurra en falta de carácter

disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de

cese temporal o destitución, será sometido a proceso

administrativo disciplinario escrito y sumario, a

cargo de una Comisión de carácter permanente y

cuyos integrantes son designados por resolución del

titular de la entidad. Derecho a la defensa y debido

proceso

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RESPONSABILIDADES

Las sanciones por faltas disciplinarias pueden ser:

a) Amonestación verbal o escrita

b) Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por 30

días

c) Cese temporal sin goce de remuneraciones hasta por

12 meses

d) Destitución.

Los grados de sanción corresponde a la magnitud de las

faltas, según su menor o mayor gravedad

Sin embargo, su aplicación no será necesariamente

correlativa ni automática, debe contemplar en cada caso,

no sólo naturaleza infracción sino también antecedentes

del

servidor,

constituyendo

la

reincidencia

serio

agravante.

Una falta será tanto más grave cuanto más elevado sea el

nivel del servidor que la ha cometido.

(12)

TERMINO DE LA CARRERA LA CARRERA ADMINISTRATIVA TERMINA POR: A) Fallecimiento B) Renuncia C) Cese definitivo D) Destitución

SON CAUSAS JUSTIFICADAS PARA EL CESE DEFINITIVO

A) Límite de setenta años de edad B) Pérdida de la Nacionalidad

C) Incapacidad permanente física o mental; y (*)

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SISTEMA UNICO DE REMUNERACIONES CONFORMANTES DE LA REMUNERACIÓN:

La remuneración de los funcionarios y servidores públicos estará constituida por : Haber básico, Las bonificaciones Los beneficios. D E L H A BE R B Á S IC O

REGULACIÓN ANUAL de la U.R.P

FIJACIÓN ANUAL Y

PROPORCIONAL DE LA U.R.P

EXCLUSIÓN DE BONIFICACIONES Y BENEFICIOS

PROHIBICIÓN PARA SOBREPASAR REMUNERACIÓN PRESIDENCIAL

se regula anualmente en proporción a la Unidad Remunerativa Pública (URP) y como un porcentaje de la misma

Anualmente se fijará la proporción correspondiente al nivel máximo calculado en un número entero de unidades remunerativas públicas

La remuneración de los servidores contratados será fijada en el respectivo contrato de acuerdo a la especialidad, funciones y tareas especificas que se le asignan

Ningún funcionario ni servidor público podrá percibir en total remuneraciones superior al Presidente de la República

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DE LAS BONIFICACIONES

BONIFICACION FAMILIAR

BONIFICACION DIFERENCIAL CONCESIÓN POR CADA

QUINQUENIO

es fijada anualmente La bonificación corresponde a la madre, si ella y el padre prestan servicios al Estado

La Bonificación personal se otorga a razón de 5% del haber básico por cada quinquenio, sin exceder de ocho quinquenios.

tiene por objeto

a) Compensar a un servidor de carrera por el desempeño de un cargo que implique responsabilidad directa.

b) b) Compensar condiciones de trabajo excepcionales respecto del servicio común.

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D E L OS B ENEF IC IOS

Son beneficios de los funcionarios y

servidores públicos:

ASIGNACIÓN POR CUMPLIR 25 Ó 30 AÑOS DE SERVICIOS:

Se otorga por un monto equivalente a dos remuneraciones mensuales totales, al cumplir 25 años de servicios, y tres remuneraciones mensuales al cumplir 30 años de servicios. Se otorga por única vez en cada caso.

AGUINALDOS

Se otorgan en Fiestas Patrias y Navidad por el monto que se fije por Decreto Supremo cada año

COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS

Se otorga al personal nombrado al momento del cese por el importe del 50% de su remuneración principal para los servidores con menos de 20 años de servicio o de una remuneración principal para los servidores con 20 o más años de servicios por cada año completo o fracción mayor de 6 meses y hasta por un máximo de 30 años de servicios

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D IS P O S ICI O NE S C OMP L E M E NT A RI A S, TR A N S IT O R IA S Y F INA L E S PRIMERA SEGUNDA

TERCERA progresiva adecuación a las remuneraciones CUARTA adaptación al sistema único

QUINTA incorporación paulatina SEXTA

normas laborales para funcionarios públicos SETIMA

OCTAVA

NOVENA derechos laborales intangibles

regulación anual de remuneraciones

proceso gradual de incorporación a la carrera administrativa

DECIMA

DECIMA PRIMERA DECIMO SEGUNDA DECIMO TERCERA

derechos laborales intangibles

DECIMO CUARTA

(17)

MUCHAS GRACIAS POR SU

Referencias

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