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PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL

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UNIVERSIDAD DE SAN ANDRES

DEPARTAMENTO DE HUMANIDADES

PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL

SEMESTRE DE OTOÑO

2 0 1 1

Prof. María Angélica GELLI Adj. María Teresa PONTE

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1. OBJETIVOS GENERALES

1.1. Comprender la relación entre lo jurídico y lo político en la estructura del Estado.

1.2. Conocer la estructura constitucional del poder en Argentina.

1.3. Conocer la problemática que plantea la protección internacional de los derechos humanos y la responsabilidad del Estado por la violación de esos derechos.

2. OBJETIVOS ESPECIFICOS 2.1. de conocimiento

2.1.1. de la teoría constitucional.

2.1.2. de la organización constitucional argentina.

2.1.3. de la doctrina de la Corte Suprema sobre conflictos constitucionales. 2.1.4. de los conflictos de valores e intereses que subyacen en las relaciones constitucionales.

2.1.5. de las relaciones entre la Constitución, la defensa de los derechos

humanos en el orden internacional y el control de convencionalidad.

2.2. de habilidades

2.2.1. para diferenciar la problemática jurídica de la política. 2.2.2. para resolver cuestiones de derecho constitucional.

2.2.3. para evaluar los efectos jurídicos, políticos y sociales de la jerarquía constitucional de los Tratados de Derechos Humanos sobre el orden jurídico interno.

2.3. de conductas

2.3.1. de respeto y aprecio por las opiniones ajenas

2.3.2. de colaboración en el aprendizaje y en el trabajo común

3. CONTENIDOS

I. TEORIA CONSTITUCIONAL 1. Poder político y derecho

Diferencias y relaciones entre lo político y lo jurídico.

Justificación del poder y legitimidad. Tipos de legitimación: iusnaturalista, democrática y lógico formal.

2. Poder constituyente

El ser y el deber ser en el poder constituyente. El problema de la legitimidad del sujeto y del resultado, en el ejercicio del poder constituyente. Poder constituyente originario y derivado. Límites al poder constituyente. La reforma de la constitución. El control de poder constituyente derivado. Los límites emanados del derecho internacional de los Derechos Humanos.

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El problema de la legitimidad constitucional. Orígenes del constitucionalismo. El constitucionalismo demoliberal. La teoría de la división del poder y la teoría de los controles. Estado de Derecho y Estado Constitucional de Derecho.

4. Supremacía de la Constitución

Efectos de la supremacía de la constitución rígida.

Sistemas para mantener la supremacía. El control de constitucionalidad. Legitimidad y justificación. Los problemas del control de convencionalidad en el ámbito regional y en el ámbito nacional sobre la supremacía constitucional.

Badeni, Gregorio -Reforma Constitucional e Instituciones Políticas- Ed. Ad-Hoc. Buenos Aires, 1994. Cap. I (Consulta)

Gialdino, Rolando E. -El Poder Judicial y los Jueces en la República Representativa- E.D. 147, pág. 959.

Caso: “Marbury” (En Miller, Jonathan Gelli, María Angélica Cayuso, Susana Constitución y Poder Político Buenos Aires, Astrea. T I, pág. 2/16. Gunther, Gerald -Constitutional Law- Eleventh Edition. University Casebook Series. USA, 1980. Pág. 2 y ss.

Miller, Jonathan -Control de constitucionalidad: el poder político del poder judicial y sus limites en una democracia- (En Miller, Jonathan - Gelli, María Angélica - Cayuso, Susana -Constitución y Poder Político- Buenos Aires, Astrea. T I y II, pág. 49/54 y 1089/1098) (Consulta)

Vanossi, Jorge R. -Recurso Extraordinario Federal: control de constitucionalidad- (En Miller, Jonathan - Gelli, María Angélica - Cayuso, Susana -Constitución y Poder Político. Buenos Aires, Astrea. T I, p g. 46/49. (Consulta).

Carbonell, Miguel (Editor). VVAA -Neoconstitucionalismo(s)- editorial Trotta. Madrid. 2da. Edición 2005. Textos de Luigi Ferrajoli y de Paolo Comanducci.

García Ramírez, Sergio –Sobre el control de convencionalidad y la recepción interna del orden internacional de los Derechos Humanos- Prólogo a Rey Cantor, Ernesto –Control de convencionalidad de las leyes y Derechos Humanos- Biblioteca Porrúa de Derecho Procesal Constitucional. Porrúa. 1ª edición. México, 2008.

II. DERECHO CONSTITUCIONAL ARGENTINO 1. La constitución argentina

Origen ideológico y fuentes de la Constitución argentina.

El preámbulo, contenido y valor legal y aplicación jurisprudencial. Estructura de la constitución: parte dogmática y parte orgánica.

Gelli, María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada- Editorial La Ley. Cuarta Edición ampliada y actualizada. 2º Reimpresión. Buenos Aires, mayo de 2009. Tomo I. Análisis del Preámbulo; del art. 1º y del art. 19 C.N., puntos 1 y 2. Caso:

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"Pérez de Smith, Ana y otros" El Derecho, 81:721 y en Miller, Jonathan - Gelli, María Angélica - Cayuso, Susana -Constitución y Poder Político- Buenos Aires, Astrea. T I, p g. 54/58.

2. La reforma de la constitución

Art. 30 de la Constitución Nacional, sus problemas interpretativos. Control de la reforma constitucional. Efectos del control judicial de una reforma constitucional.

Los gobiernos de facto y el proceso de desconstitucionalización en la República Argentina. Las acordadas de 1930 y 1943. El juicio político a la Corte Suprema de 1946-47. Las reformas constitucionales de 1949, 1957 y 1994. Control judicial de la reforma constitucional.

Bianchi, Alberto -Los efectos del caso "Fayt” sobre la reforma constitucional de 1994- El Derecho, 17 de septiembre de 1999. (Consulta)

Cayuso, Susana -Gelli, María Angélica -Lo jurídico y lo político en la doctrina de facto: el caso argentino en 1930- Ideas en Ciencias Sociales. Año III, Nº 7, p g. 79. Universidad de Belgrano, Buenos Aires, 1988. (Consulta)

Gelli, María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada- Editorial La Ley. Cuarta Edición ampliada y actualizada. 2º Reimpresión. Buenos Aires, mayo de 2009. Tomo I. Análisis del art. 30 C.N.

Casos:

"Polino" La Ley. 1994-C-291.

"Fayt" C.S. 19-8-1999. La Ley, 8 de septiembre de 1999.

“Colegio de Abogados de Abogados de Tucumán c/H. Convención Constituyente de Tucumán” C.contenciosoadministrativa de Tucumán, Sala II, 5-2-2008. Suplemento Constitucional, marzo de 2008. (Consulta)

3. La supremacía constitucional

Jerarquía constitucional. Art. 31, 27 y 75, inc. 22 y 24 de la Constitución Nacional. El problema de la jerarquía de los Tratados de Derechos Humanos y de Integración. Los acuerdos ejecutivos. Art. 99, inc. 11 de la C.N.

La cuestión de las leyes reglamentarias de las reformas de 1994.

El control de constitucionalidad y el control de razonabilidad, alcance y limites (art. 28 C.N.) El valor vinculante de la jurisprudencia de la Corte Suprema. Recurso Extraordinario Federal.

Gelli, María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada- Editorial La Ley. Cuarta Edición ampliada y actualizada. 2º Reimpresión. Buenos Aires, mayo de 2009. Tomo I y II. Análisis de los arts. 27, 31 y 75, inc. 22 y 24 de la C.N.

Gelli, María Angélica -El liderazgo institucional de la Corte Suprema y las perplejidades del caso “Mazzeo”-. En Revista de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. Nº 2. Buenos Aires, 2007 y en La Ley. Buenos Aires, 7 de diciembre de 2007. (Consulta) Loiano, Adelina- el marco conceptual del control de convencionalidad en algunos fallos de la Corte Suprema argentina; Arancibia Clavel, Simón, Mazeo- En VVAA. ALBANESE, Susana (Coordinadora) El control de convencionalidad. Ediar. Buenos Aires,

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Casos:

"Ekmekjian c/Sofovich" C.S. (1992). El Derecho, 148-354.

"Chocobar" C.S. (1996). La Ley, 1997-B-247. Consid. 11, 12 y 13. “Arancibia Clavel” C.S. (2004). La Ley 2004-F-806.

“Mazzeo, Julio Lilo s/recurso de casación e inconstitucionalidad” CSJN M. 2333. XLII (2007).”

4. La organización del poder

Poder Legislativo. Estructura, atribuciones y funcionamiento. El juicio político (arts. 53 y 59 C.N.)

Delegación legislativa por emergencia pública y en materias de administración (art. 76 de la constitución nacional). La Ley 25.561. Los órganos de control. Defensor del Pueblo y Auditoría General de la Nación.

Poder Ejecutivo. Estructura, atribuciones y funcionamiento. El jefe de gabinete de ministros (Art. 100 C.N.) Elección presidencial. La concentración del poder en el ejecutivo. El vicepresidente de la Nación. Acefalía presidencial (art. 88 C.N.)

Los decretos de necesidad y urgencia (art. 99, inc. 3º C.N.) y la promulgación parcial de leyes (art.80 C.N.)

Poder Judicial. Estructura, atribuciones y funcionamiento. La Corte Suprema de Justicia como tribunal y como poder (art. 108 y 110 C.N.) La cuestión de la independencia del poder judicial y el control a los otros poderes. Elección de los miembros de la Corte Suprema. El decreto 222/03. Jurisdicción federal y provincial (art. 116 y 117 C.N.) El Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento (art. 114 y 115 C.N.)

Ministerio Público. Atribuciones. Independencia externa e interna. (art. 120 C.N.)

El sistema federal. Relación entre la Nación y las provincias. La autonomía municipal. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Capital Federal (arts. 121 a 129 C.N.)

Las emergencias en la constitución. El estado de sitio (art. 23 C.N.) Las emergencias económico-sociales.

Garay, Alberto F. -La Corte Suprema debe sentirse obligada a fallar conforme a sus propios precedentes- Jurisprudencia Argentina, junio 19 de 1991. (Consulta)

Gelli, María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada- Editorial La Ley. Cuarta Edición ampliada y actualizada. 2º Reimpresión. Buenos Aires, mayo de 2009. Tomo II. Análisis de los artículos citados.

Pérez Guilhou, Dardo -El Poder Ejecutivo- en Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos. Varios Autores. T II, p g. 115. Buenos Aires, 1995. Distribuye Depalma. (Consulta)

Santiago, Alfonso (h) – Álvarez, Fernando (Coordinadores) -Función Política de la Corte Suprema. Obra en homenaje a Julio Oyhanarte. Universidad Austral. Editorial Ábaco de Rodolfo Depalma. Buenos Aires, 2000. (Consulta)

VVAA- La Ley. Buenos Aires, República Argentina, 1 de febrero de 2010. Notas de doctrina económica y jurídica sobre la cuestión de la autonomía del banco central y los decretos de necesidad y urgencia. (Consulta)

Casos:

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"Peralta, Luis" El Derecho, T. 141, p g 523. La Ley. 1991-C-1587. Consid. 17; 18; 20; 22 y 23.

“Pinedo, Federico y otros c/EN-dto. 2010/2009 s/amparo”. Juz.Cont.Ad.Fef. de Feria (8/1/2010).

“Colegio de Abogados de la Capital Federal c/Estado Nacional”. C.S. (2008). La Ley Constitucional. Diciembre de 2008.

“Banco Galicia y Buenos Aires S.A,. s/solicita intervención urgente en: Smith, Carlos A. C/P.E.N. s/sumarísimo” C.S. 1-2-2002. La Ley 4 de febrero de 2002.

“Provincia de San Luis c/Estado Nacional” C.S. (2003) La Ley 2003.

“Massa, Juan Agustín c/Poder Ejecutivo Nacional” C.S. (2006) Suplemento Especial del Diario La Ley. Buenos Aires, 29 de diciembre de 2006.

“Famyl S.A. c/Estado Nacional” C.S. La Ley 2000-E, 627 5. Derechos y garantías constitucionales.

La declaración de derechos y garantías. Reglamentación de los derechos constitucionales: alcance y límites. El poder de policía estricto y amplio. (Art. 75, inc. 18 y 19).

Derechos declarados e implícitos. Derechos personales y sociales. Art. 14, 14 bis., 16, 17 y 19 C.N. Nuevos derechos constitucionales. La igualdad y la acción positiva (art. 37, 38, 39, 40, 41, 42, y 75, inc. 23 y 17 C.N.). Las garantías. Hábeas corpus, amparo y hábeas data (art. 18 y 43 C.N.)

Gelli, María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada- Editorial La Ley. Cuarta Edición ampliada y actualizada. 2º Reimpresión. Buenos Aires, mayo de 2009. Tomo II. Análisis de los artículos citados. (Consulta)

Casos:

“Varios Puesteros próximos al Mercado Central"; (En Miller, Gelli y Cayuso -Constitución y Derechos Humanos- Buenos Aires, Astrea, 1991. Pág. 1234 y ss.

“Halabi, Ernesto c. P.E.N. – ley 25. 673. dto.1563/04 s/amparo” C.S. H. 270. XLII (2009).

“Apoderado del MO.PO.BO. (candidatura de “De Narváez”. C.S.J.B.A. 20/10/2007. MJJ. 16.125 (para debate).

III. LA JURISDICCION SUPRANACIONAL

La protección internacional de los Derechos Humanos. La Convención Americana de Derechos Humanos. Los Comités de la ONU. La Comisión y la Corte Interamericana. Las Opiniones Consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Las sentencias de la Corte Interamericana y sus efectos en el derecho interno. El Control de convencionalidad.

Basset, Ursula Cristina –La universalidad de los derechos humanos ¿sigue siendo tal?- Suplemento La Ley Constitucional. Buenos Aires. Diciembre de 2008. (Consulta)

Bidart Campos, G, J. y Albanese, Susana -El valor de las recomendaciones de la Comisión Americana de Derechos Humanos- Jurisprudencia Argentina, junio 30 de 1999. Bidart Campos, Germán y Pízzolo, Calógero (Coordinadores) -Comentarios a las Opiniones Consultivas de la Corte Interamericana- Tomo 1 y 2. Ediciones Jurídicas Cuyo,

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Gelli, María Angélica –La supremacía de la Corte argentina y la Jurisprudencia internacional- La Ley, 7 de noviembre de 2003. (Consulta)

Gelli, María Angélica –El terrorismo y el desarrollo progresivo de un delito internacional. Los interrogantes de “Lariz Iriondo”- Suplemento La Ley. Constitucional. 20 de septiembre de 2005.

Gelli, María Angélica –Las reparaciones simbólicas por la violación de los derechos humanos (A propósito del caso “Castro Castro vs. Perú”). Suplemento La Ley Constitucional. Buenos Aires, marzo de 2007. (Consulta)

Gialdino, Rolando E. –Control internacional de los Derechos Humanos y fuentes constitucionales. Fuentes universales y americanas- El Derecho. Buenos Aires, 18 de septiembre de 2003.

Gordillo, Agustín –The Future of Latin América: Can the EU help? A View fron Argentina- Esperia Publications Ltd, London. 2003. (Consulta)

Gualde, Andrea –El procedimiento ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos- En Manilli, Pablo Luis (Coordinador) Derecho Procesal Constitucional. Editorial Universidad. Buenos Aires, marzo de 2005. (Consulta)

Hitters, Juan Carlos -Imposibilidad de retirarse de la jurisdicción de la Corte Interamericana (El caso de Perú)- La Ley, 10 de noviembre de 1999. (Consulta)

Loiano, Adelina –El procedimiento ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos- En Manilli, Pablo Luis (Coordinador) Derecho Procesal Constitucional. Editorial Universidad. Buenos Aires, marzo de 2005.

Rey Cantor, Ernesto –Control de convencionalidad de las leyes y Derechos Humanos- Biblioteca Porrúa de Derecho Procesal Constitucional. Porrúa. 1ª edición. México, 2008.

4. METODOLOGIA

A partir de cuestiones problemáticas, la profesora dirigirá el debate a fin de distinguir el problema global, sus implicancias, las normas constitucionales, los valores y los intereses en juego y los efectos de los diseños institucionales.

En los Tutoriales se trabajará con debates generales, grupos operativos, exposiciones de los estudiantes y análisis crítico de la exposición. Se analizarán casos judiciales.

Este método requiere, necesariamente: -Asistencia y puntualidad.

-Lectura previa para cada clase. -Entrenamiento en la argumentación. -Resolución de casos hipotéticos.

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5. EVALUACION

Se evaluarán los conocimientos y habilidades adquiridas en orden a los objetivos del curso: comprensión de los problemas examinados, capacidad de controversia exteriorizada en la consistencia de los juicios propios y en el respeto de los ajenos. Se valorar la capacidad de expresión -oral y escrita- la calidad de la exposición y el rigor de la investigación en: * La preparación y participación en las clases teóricas.

* El trabajo en los tutoriales, para los que se requiere un 80 % de asistencia.

* El análisis de un caso judicial, en el que se deberá: desempeñar roles, debate sobre las cuestiones de ese caso y preparar el reglamento del debate.

Un parcial escrito. Quienes no obtengan cuatro (4) puntos como mínimo o no asistan al parcial con causa justificada, rendirán un recuperatorio -cuando lo disponga la profesora- en el que se incluirán los temas analizados con posterioridad al parcial.

* Un final escrito sobre la totalidad el programa. Quienes reprueben el recuperatorio rendirán el examen final en forma escrita y oral. Para aprobar la materia es condición necesaria, pero no suficiente, obtener en el examen final cuatro (4) puntos como mínimo.

6. HORARIO DE

Prof. Gelli: Lunes: 10 a 11 Miércoles 11 a 12

Plagio y deshonestidad intelectual:

La Universidad de San Andrés exige un estricto apego a los cánones de honestidad intelectual. La existencia de plagio configura un grave deshonor, impropio en la vida universitaria. Su configuración no sólo se produce con la existencia de copia literal en los exámenes sino toda vez que se advierta un aprovechamiento abusivo del esfuerzo intelectual ajeno. El Código de Ética de la Universidad considera conducta punible la apropiación de labor intelectual ajena desmereciendo los contenidos de novedad y originalidad que es dable esperar en los trabajos requeridos. La presunta violación a estas normas dará lugar a la conformación de un Tribunal de Ética que, en función de la gravedad de la falta, recomendará sanciones disciplinarias que pueden incluir el apercibimiento, la suspensión o expulsión.

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