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INFORME. del Director General de la Contabilidad Nacional. - '

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(1)

/

INFORME

-del Director General de la Contabilidad

Nacional.

,

·

-

'

R6púhlica d

6

Colombia-

.Ministe?·io

del

Teso1·o- Di'l·

eaoión

Gene·

ral de

la Contabilidad

Naciona~Número

1008-Bogotá,

l. o

de junio

de

1920.

Señor Ministro del Tesoro-En su Despacho.

Disposiciones reglamentarias me sefialan el deber, que com -plo gustoso, de rendh· a usted informe de los trabajos verificados

por esta Dirección en el tiempo comprendido del 2 de jonio de 1919, fecha del suministrado últimamente, a hoy.

En el mes de aba·il de aquel año preparó ella, de acuerdo con

lo ordenado por la Ley

7:

de 1916, el proyecto general de

Pre-supuestos .Nacionales para la actual vigencia económica; qne se presentó para su estudio al honorable Uonsejo de Ministros con oficio número 1800 de ese Despacho, fechlldo el

13

de junio

si-guiente. Allí se coneideró en varias s~siones, -.se fij6 el cómputo de

las rentas en la cantidad d_e

$

19.7 40,750

y

el de los gastos en

$

19.375,675-30. Inmediatamente se imprimió en

l

a

Imprenta Nacional, y lo presentó ese Despacho a la honorable Cámara de

Representantes,

a virtud

de~ articulo 1 <?

de

la citada

Ley,

el día

30 de julio de aquel año. Pasó en seguida a la Comisión de Pre-supuestos de ella, donde se discutió ampliamente, luégo en Cá·

mara plena y de~pués hizo otro tanto el honorable Senado; se

aumentó el cálcolo sobre e] producto tle las rentas, el cómputo de _los gastos,

y

así se aprobó' por medio de

la

Ley 105, expedida el 15 de diciembre de 1919, sancionada el 18

y

publicada el 31 <le

los mismos mes

y

año en el ''Diario vtkial'' números• 11009 a 17011.

Se

dio pr;ncipio por esta Dirección, sin

pérdida

de tiempo, a }" liq oidncióo de tales Presupuestos,

y

luégo a la pn blicación de ellos, del informe respectivo y del Decreto número 348 de este afio, que los pnso en vigencia, lo cual se concluyó el 19 de febrero último, en que se hizo la distribución a las oficinas nacionales de

manejo

. de

la

mayor parte de

l

a

edicióo.

De

eea

liquidación,

deta •

• Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(2)

1

\

,

4

-11ada convenientemente en los cuadros

R

y

G

del respectivo fo-lleto, aparece on cómputo de las rentas por la suma

de . . • . . . . . . ... · .... ... . . ... $ 23.845,250 ..• Y u no de gastos por la de. . . . . . . . . . • . . . 27.792,581 37

De donde resulta uo déficit inicial por valor

de .. , .. . ... . .... .. . .... , ... \ ... . . ...

S

3.947,33 L 37 Y digo inicial, porque sin doda habrá, al ter~inar el perío-do económico, un déficit mucho mayor, proveniente del valor de los créditos administrativos abiertos haE~ta hoy y del de los que se abran en lo sucesivo, ya qoe ese valor no puede tomarse, como ante~. de la partida apropiada con tal objeto el}t?l P re-supuesto de gastos, por haber derogado la Ley 7.• de 1916 el in-ciso

e)

del artículo '202 del Código Fiscal, que ordenaba tal apropiación. Sería, pues, muy convenientE! que el próximo Con-greso estableciera la vigencia de aquel inciso, con lo cnal se obtendria la inm~nsa ventaja d€ Presupuestos fijos, cuyo monto no puede ser aumentado por el valor de aquellos .-réditos, ya que el cómputo de ellos quedaría in~luído dentro del mismo Presu-puesto eu partida apropiada. con tal fin.

Si se calcula el producto <le las rentas en la actual vigencia por el promedio de lo que ellaR han producido en el primet· coa-trimestre del año en curso_ ( Gnero,

$

l. 7 55,915-35; febrero,

S

2.025,436-80; marzo, $ 2.090,380-39, y abril,$ 2.088,424-48), o sea sobre la sama de

$

7.960,157-02, tendremos un monto total de $ 23.880,471-06, que fue más o menos lo calculado por el Congreqo. De modo, pués. qne no habrá déficit, como en años an .. teriores, motivado por error de exceso en el cáleulo de las rentas hecho por las Cámaras.

El déficit inicial anotado arriba, o sea el

de ... . .. .. •... . ... ... . . . .. ....

$

3.947,331 37 debe aumentarse con el valor de los siguientes

créditos abiertos hasta hoy :/ . _..;

El extraordinario fibierto por Decreto nÚ· mero 454 de 26 de f'ebrero del pre~ente año; pu·

blicado en el número 17084 del

"D. 1ar1o . Ofi .c1a .

1"

.... ,_ .... .. .. $ 120,000 ..

El adicional liquidado pot· 1

Decreto número 528 de 5 de marzo, ''Diario Oficial" número

17092 ... -. . . . . . -. . • - 2,000 ...

---Pasan ..•. ...••. .

$

'

122,000 .. 3.947,331 ::S7 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(3)

--fi

\

.. Vittt\c.n •...

$

122,000 a.H47,8Sl !l7

f.;} c.•xt1 rw•·dinnrio nbiur to •

por Dt>orol.o nl1moro ó67 tlu( H

d\tl prnpio Jt\PH1 ''Dinl'io Ofloinl"

JH\nwro 170n7 ... .•. .•... .

lt~l :ulwiouulliquiclnclo pot· ()t1Cl"ttLn 11\ÍilWt'O

87

{)

dt

• 27

th

,

nhrtl, ••l)inlio. OHuinl, 11\liUOI'o

17117 . . . .. ... ···

l•~l nclioiou "1 1 iq u idnd o ptH' Dlwruto uúnhii'O

889

ele 2U

d

e

l

mituuo nH M, t~l)inrin

Ollo1nt

11 rni

-tn ~ l'n l 7 1()4 • • . . • . . . . • . .. ~~~ ndiciounl lu¡uidndu por Dt.'croto uúmor o H50 ,fe.' G ele

rnnyo Jli'Óxiruo pnH!ld.u, "Dinrio Ofit·itd'' núnwro 17158 ... .

1~1 nrlicinnu l llqniJndn pm:

Duua•uto numua•o 977 dr 8 del

mi~ruo mea, '*l>ilu·in Ofioinl" nú IUl'fO 1

71

(.1 ...•.•... • ...

~1 ndiciounl liquidndo pot·

D~o•·uto tlúmero 1 Of>~ ,lol nus. '

mo rueN, "Diario OflciRI''

nú-mero 17180 . . . . . . . . .. .. .

1•~1 Rtlioionnl Hquidntlt) pul'

Ducroto rnhmH'o 110!3 d~ 1 ntlS·

ano mt•R,

''Diario

Olicinl'' uú

-1 , 40,000 .. 70,000 45,4Só 17 800,000 ... 100,000 .. mero 17 t 87 ... ... . ... . 48.172 L.2!W,lbfi 87

Oófi(·it. dt•fin i

ti

vo cnlcu lnd o hulltl\

ho

y

.

.

.

$ 5.178,487 24

PArn nttmUtH' n cstu dófioit no dispnu13 t'l Jt~jt"'clltivo ele Ítlcnl

-tud

m~pooinl ~l~unn, c<lnf~ricln

por

h

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In

qu~ le <lOl\oodió In 79 tlo 1

n

LH ,.m hizo

In

.

tuni."ióu ~lo lns c.'údulns de

TnMornJ•(n pur vnlor de

$

4.000,000; y por nnt.ol'iZt\oión th\ In 2:l

1

du )n fiS

do

1918, HU t•rnitit'l'tlfl lo~ bono-. oolt•mllinnus d,, dnud1\

mtcrun, por vnlur tlt'l

$

S.OOO,OOO, t\ l1.1~ t•nnlt·~ ~t· J, t:t dio In

llplit•ación intli<•ndn t•n dllw. A~f pncH, <•1 l~.it'cutivo ~st:\ nten·

dictuJo tlf dófit•it. t'.'CfH't'Ht\th)1 l-'1\ Ju. pl\rt.t• l'tllTt'S!HHH.litmtt lL los llltt· NOR tt·nu~l'Hl'l'idm~ dul prt!Htmtt\ :li1u, c:on fli'Ó~t.:tmo~ n'lntivnmo••to

puqm•tloN, tm URo tlt' ~tt1t.m·itnciou gmH't·nl. miunt.a't\8 lnN Ca\nHu'nM [.,egi~lrtti vtt~,

pnS.

inw!-1 a

l'l'UUll'Rt>, prn\'t't~n lu UtHl Vt'uitmtt•.

'

\

Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(4)

.

/

'

- 6

Por haberse pa;ado algunos servicios públicos de anos

Mi-nisterios a otros, se hicieron los correspondientes traslados en el

actual Presupuesto de gastos, por medio de los Oecreto, númerorJ

6'10 de 23 de marzo

y 912 de lQ de mayo,

publicados en los

números l '1124 y 17156 del "Diario Oficial," por $ 1.089,846-20

y

$

12,5.20, respectivamente.

El especial de arédi~o público

fue

propuesto pol.'

t

825,000,

pero el Congreso lo

aomentó

a

$

1.473,454-33,

p01:

lo cual qued6

definitivamente para el puríodo fiscal en carso.

*

*

*

/

PRESUPUESTO DE GASTOS DB 1919

Se liquidó sobre el proyecto primitivo presentado al'

Con-greso, la Ley 66 de 1918 y el artículo 111 del Decreto número "1.036 de 1904. Se incloyó, de acuet·do con lo dispuasto por el

honorable Consejo de Ministros, el valor de los créditos votados

por las Leyes 16: 17, 19, 32, 34, 36, 45, 47, 51, 56, 60 y 63

de

aq o el año. Aseen dió a la soma de .. ... ... ...

$

16.114,286 50

Que Íne posteriormente reducida así:

Por Decreto número ~7'3 de 26 de abril de 1919, "Diario Ofi.ciul', nÚI!lero ' 16727 ...•.... . ... . ...• $ 2,640'

Por Decreto número 895

de SO del propio mee, ''Diario Oficial" número 16732 .. ... . Por decl'eto número 1365

de 3 de julio del . mismo afio, ''Diario Oficial" número 16811. ...

1,200 79,474 .. •

.

83,314 •.•

-

-

-

- - - -

-1

Quedó ~n. . . • . . . • • • . • • . . . • . ... •

$

16.030,9'12 50

Se aumentó con los crétlitos votados par los

tres

Decretos que acabau de citarse, en la soma

de ... ., . . . _ . . . . _ . . . . . . ... .

Con los créditos adicionales liquidados por los siguientes Decretos:

Por el 969 de 1919, 11Dia1·io Oficial,

núme-ro 16'144 (Ley 47 de 1918) .. $ 100,000

Por el 976 de 1919, "Diario

Oficial" número 16747 (Leyes

23 y 58 de 1918). . . . . . . ... . . 1.590,000 84,2l3· ~6

- - - - -

-

--,.--Pasan ... .. ... $ 1.690,000 16.115,185 96

'

Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(5)

- 7

1

Vienen·. . . . •.••

$

1.690,000 16.1~5,186 96

Por el 1199 de 1919, "Dia.

rioOficial"

número

16782(Leyes

~3 y 58 de 1918} , . . . • •.• . • ' 1'10,000

Por el 1412 de 1919,

"Dia-rio Oficial" número 16820 (Ley

55de l918) ....• ·.. . .•. .. 2,400 .•

Por

ell727 de 1919, ~ia.

rio Oficial, número 1687a

(Le-yes 23

y

58 de 1918) ... . 16,000 ••

Por el 2019 de 1919,

"Dia

-rio Oficial'' número

16931

(Ley

84de 1914).···--· ···-··· 2,500 ..•

Por el 2226de 1919, "Dia· rio Oficial" número 16972 (Le

-yes 23

y

58 de 1918).. . . . • .... 500,000 2.379,900 ...

Con los créditos adicionales votados por las Leyes 3, 5, 7, 10, 13, 16, 18, 25, 26, 30, 31, 32, 42, 46, 54, 5p, 60, 70, 87, 88, 108 y 116 de 1919 ..

$

Y

con loe siguientes créditos snplementales

y

extraordinariqs, abiertos por el Ejecutivo con

las formalidades le~ales:

El

extraordinario Kbierto por Decreto nü-mero 972, "Diario Oficial"

núme-ro 16745 ... . .. . . ... $ 50,000 El extraordinario abierto

por Decreto número 1005,

"Dia-rio Oficial'' número 16750. .... ••. 112,160 20 1!;1 suplementa} abierto por

Decreto número 1380, ''Diario

Oficial'' número 16804 . . . . . ..•

El e'xtraordinario abierto por Decreto número 1364, "Diario

Oficial" número 16811 ... ~~ .• ....

El

suplementa! abierto por

Decreto número 1472t ''Diario Oficial" número 1~9.- ....•... 1 El su plemeo tal ' abierto por

Decreto número 1476, "Diario Oficial" número 16829. . . : .... 21,283 72

3,

too

..

4'1,20~ '10 66:869 10 6.575,25'1 82 300,665 ?Z

---

-

-

---.Con lo cual •qoedó definitivamente por la

suma de ... '" ... . . . $ 25-371,009 •• • \

..

Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(6)

..

8

-que es

l

o. que

ñg

u

rR

en

lo.

coen

t

a

general de

l

Presup

u

esto

y

rlel

Tesoro.

A virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno por las Leyes 55 y 61 de 1918, se hicie.t·oo traslaciooea de

part

i

da~

de

unos capítulos a otros del Presupuesto, ast :

'

Por Decreto número 872 ele 1919, HDiario

Ofioial"

número 16727. . . . . . . . ....•... $ Por Decreto número 930 de 1919, "Diario

Oficial''

número 16736. . . . • ...

Por Decreto número 1.057 de 191f1, ''Dia1·io Oficial" número 16759 .... . .

l

.

....

o•H••···· ••• Por Decreto número 1176 de 1919, "Diario

Oficial" número 16779. . . . . ... ..

Por Deoreto número 1198 de 1919, "Diario

Oficial"

número

16782 .... _ . . ... . .... -. -

--Por Decreto número 1440 de 1919, 11

Diario

Oficial" número 16821. ·r . . . . ... 1

Por Decreto número 1492 .de 1919, "Diario

1

Oficial'' número

16832. . . . ... . .

Pur Decreto núm"'ro 1563 de 1919, uDiario

Oficial" número 16849. . . . . . . . .

Por Decreto

n

ú

m

ero

1589 de 1919, ''Diario Oficial" número 16851. . . • . . . . . .. ... . Por Decreto número 1695 de 1919, "Diario Oficial" número 16873. .. . . . . .. .... ... .

Por Decreto número 1705 de 1919, "Diario

Oficial" número 1687 4 .. .. ...•. : . ... . .. . .

Por Decreto número 1789 de 1919, ''Diario Oficial" número 16890 .. ...•.•. , . , . . .. .... .

Por Decreto número 1942 de 1919, ~·Diario Oficial" número {6917 .. . : . .. ... ...•....

~or Decreto número 1997 de 1919, t~Diario

Ofic

i

al" número

16925 . ... . ~~ . . ... . .

. Por Decreto número 2ó50 de 1919, "DjArio

Ofimal'' número 16935.. .. ... ... . .

Por Decreto núlllet·o 2183 de 1919 "Diario Oficial" número 16961 .. ... '. . .

~

...

. . , .

Por Decreto número 2215 de 1919 "Diario ,Oficial" número 16966 .... ... ... --· _ ' .. . ... .

Poi' Decreto número 2229 de 1919 "Diario

Oficial'' número 16974 ... .. . ... '. . . . . . Pasan.. . . . ... , .

.

..

$

\ \

3,600

5,220 •• 67,296 80 2,500 3,000 19,880 10,320 4,443 4,760 15,000 20,702 08 1,240 . • \ 15,028 3,000 24,104 3,000 50,000 4,00Q • ..

25'Z,o9a ·ss

Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(7)

-

- 9 -

Vienen . ... .... . . ... $ 257,093 88

Por Decreto núme1 o 22'15 de 1919, "Diario

Ofic

i

el',

número

16977

..

...

...

,

. . •

.

.

.

. .•...

17

4,78~

97

Por Decreto número 2276 de 1919, c'Diario

Oficial" número 16977. . . . . • . . . 10,000 .••

Por Decl'eto número 2400 de 1919, "ÜiAI'ÍO

Oficial, número 17006 . • • . . . . . . . . • . . 519,260 15

Por Decreto número 2461 de 1919, ''Diario '

Oficial, número 17023. . . . . . . . 90,832 95

- - -

--

-Totnl. ... ... . . $ 1.051,954 95

, El Presupuesto de renta~ ruu·a el pt·riodo fiscal de 191~,

liquidado sobre las mismas base101 del de gastos, ascendió· a

$

13.455,850. y oo tuvo variación en el cur~o de )a vigeocia.

El especial de crédito público, liquidado en $ 2.984,209-16,.

tampoco fae alterado en el curso de la vigencia.

*

*

*

También se dictaron por conducto de esto Dirección los De·

cretos números 1832 de 25

de

septiembre de 1919, 2288 de 2 de diciembre del mismo afio

y

2362 d~l17 de los propios mea

y

afio,

publicados, respectivamente, en loa númerosl689'7, 16977 y 16999

del "Diario Oficial," por 1os cuales se hicieron rectificaciones a

ciertas imputaciones contenidas en

ley

es

de ese afio;

aeí

como

e

l

Decreto número 348 de 13 de febrero último, sobre liquidacicSn

general de los Presupuestos Nacionales de rentas, gastoe y crédit

o-públi<:o para el período fdconómico eo corso.

Igualmente se prepararon en esta Dirección los proyectos de

ley

sobre legalización de loa créditos euplementales y

extraordi-narios abiertos por el Gobierno 'a los P resnpuestos de gastos de

las vigencias fiscales de 1917/18, de 1918/19

y

de 1919¡20,

pre-sentados en oportunidad por ese Despacho a la honorable Cámara

de Representantes, de acuel'do con el articulo 231 del Código

Fis-cal,

y

~1 general de créditos adicionales al último de tiles Presu

-puestos, presentlldo allí mi~mo el 25 de agosto del año próximo

pasado, qne vino a ser In Ley 87 de 1919.

*

* *

(

Ooo fecha 1 O de abril último y bajo el número 1949 Re

re-cordó a los seflores Ministros del Despacho Ejecutivo el deber de

envia•· en opol'tonidad al' del digno CKrgo de usted los proyectos

pal'cin.les del presupuesto de gastos de sus respectivos Ministerios

;

.

1 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(8)

. ~

•,

- 1 0 -i

-para el periodo fiecal de 1921, de,acoerdo con lo dispuesto por el articulo 4.0 de la Ley

7.•

de 1916. La ·mayor parte de ellos

co-l

rrespondió a tal e'xcitaei6n en tiempo hábil,

y

con algún esfuerzo pudo formarse oportunament.eel.proyecto general de Presupuestos Nacionales para la expresáda vigencia, que, se remitió para su es-tudio y adop~i6u definitiva al honorable Consejo de Ministros, en virtud. de lo disp~eato por· el artículo 59 de la citada Ley, con -oficio número

1972

del 26 de mayo próximo pasado .

...

...

....

..

.

...

...

...

-

... .

El

resumen 'de él es el siguiente:

Valor calculado de las rentas .... -__ ...•.

$

Total a que ascienden los gastos pedidos .... Monto del Presupuesto especi~l de crédito

.púbLico.... .... . .. . . . . ... ., ... .

25.300,000 3 1.040,8?4 18

'

906,370 66 Tao pronto como se discuta y adopte el•expresado proye.cto,

-se enviará a la Imprenta Nacional para su inmediata impresión. ' Por relacionarse íntimamente la formación del t Presapues-to con el muy importante problema sobre corte

y

limitación de los vigencias fiscZiles,no resuelto aún sati~factoriamente por algunos países europeos, reproduzco en seguida, por considerarlo

necesa-rio,

lo q oe a

tal

respecto

he venido diciendo

a

ese Despacho en

·mis ante1·iores informes:

"Aquí ·se inició el corte definitivo de las cuentas, al terminar ·la vigencia de cada Presupuesto¡ esto ea, el 31 de .dieie'ILbre

de

cada año, co·n el Decreto número 416 de 6 de mayo de 1905,

y

se , adoptó y reglamentó ampliamente por medio del Decreto número 518 de 22 de mayo de 1909, publicado en el "Diarlo Oficial"

nú-mero 13681. E5e ea sin duda el ¡mejor de loa tres sistemas gene~ ralmente adoptados para verificar es~ corte en contabilidad oficial, por la senl!illez

y

simplificación que lleva a ella,

y

porque así puede el Gobierno sabet· con exactitud matemática ~o qoe gasta

en

cada vigencia económica, así como el rendimiento de sus bie: nes, impuestos

y

servicios.

La

Rep.íblica de la Argentina, tan ·.próspera y tan avanzada en muchoB otros ramos, .apenas inicia, el

planteamiento de tal sistema en sus preso puestos y en su

conta-bilid~d. a juzgar por lo qne publica al respecto

La Nación,

de Bueno' Aires, en uno de sus números correspondientes a febrero

del presente ano. •

· ''Pero para que ese si~tema no presente grandes inconve

-·nientes e.ntr~ nosotros, hay necesidad de que se observe estricta-mente la reglamentación ordenada por el Decreto 518 ya citado,

sobr~ todo en lo relativo a las partidAs que deben apropiarse en cada Presupuesto para atender al pago de s~ldos pendieptes de

· -Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(9)

- l l

-,

la vigencia anter~or, y que tules partidas sean suficientes pRra

sa-tisfacer esa necesidad. Caando esto último no se cumple, se im· pone

la

de decretar una prórroga de la vigencia del Presupuesto anterior para pagar en ella, con imputación a ese Presupuesto, ya expirado, los servicios que no alcanzaron a cubrirse oportuna-mente por cualquier cansa; y esa pró.rroga es fuente de muchos

errores y de retardos en la rendición de la~ cuentas de las oficinas

subalternas en los pHmeros meses del afio siguiente. Esos

in-convenientes se presentan coostantemenk a consecuencia de que

, el Congreso\ al tratar

u

e nivelar los Presopoestos, redoce incon

-sideradamente las partidss ,apropiadas en el•de gastos para el

pago

de aervicios anteriores,

s

in

caer en

la

cuentn de que eHas se han\ propuesto pot' el Ejecotivo sobre datós moy aproximados. Coovendr·ía no olvidar este importllotísimo puoto a] discutirse y

. votarse los Presupuestos Nacionales para

la

p1'6xima vig~ncia."

*

*

*

1

La cuenta general del Presupuesto y del Tesoro

correspon-diente al año fiscal de 1917 a 1918 fue cerrada en firme, después de completada con la incorporación de los cuadros sin6pticos ve-nidos con posterioridad al 15 de junio del año últimamente nom· brado, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 34 de la ~ey 36 del mismo, y así se presentó a la Corte de Cuentas y luégo a la honorable Cámara rle Representantes, en el primer dia de labores de sus sesiones ordinarias de 1~19, como está disp~1esto. Esta última

entidad la feneci6

~in observación

n

i

d

l

caJJce

algano

a.

car-go de ninguna de :as entidades ordenadoras o pagadoras, por haberlo solicitado así la Comisión Legislativa de CuErotas en su in

-fonne rendido con fecha ! de octubre de 1919 y que aparece pu-blicado eo el ''Diario Oficial', números 16937/38. La relativa al año fiseal de l.0 de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919 se

completó, se cerró en firme y se pasó ·a la Corte del ramo con

6ficio número 1965 del 20 de mayo último, para so examen e

informe. Tan pronto (}Omo sea devuelta, se preparará para su

, oportuno envio a la honorable Cámara de Representflntes. El

resumen de ella ín~ es grato presentarlo a usted adjaoto a este informe, en no cuadro sinúptico sobre la situación activa y pasiva_ del Erario N aciooa] en 28 de febre1·o de 1919. La conespondiente al período fisca1 de 1919, o

1 sea de 1.

0

de mal'zo 8 31 de diciembre

de ese año, está inconclusa, lJOl' no haber llegado todavía todos

los cuadros sinópticos que deben inco~pnrarse eo ella.

Completa-da que sea, se cerrará en firme y se tendrá. lista para su envío ala

Cor1e y su presentación a la Cámara en 1921, de acuerdo con la disposición citada. ' Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(10)

- 1 2

-La de la actual vigencia económica no ha podido abrirse

; todavfa por falta de libro en qué hacerlo, pues se agotaron en el

Almacen Nacional de útiles los Rproriados parR ello. Se tienen,

sf, listos los balancés de entrad a para verificar su apertura tan

pronto como se me entregue el lib1·o, que entiendo acaba de

llegar del Exterior al exp1·esado Almacén. Tengo que ano'tar,

no obstA~te, lR impuntuslidad indicada en mis aotel'Íores

infor-mes respecto de mucl).as oficinas en el envío de los el~mentos da

sos cnentas, a pesar de los constantes reclkmos hechos

y

los

apre-mios empleados po1· esta Dirección; impuntualidad motivada u~aa

veces poi' negligencia y ()tras poi' incompetencia de los em.pleados

que forman aquellos documentos, a causa del frecuente cambio

que e:~e hace de ellos. Si es de todo puuto necesario entre _nos·

otro~ la formación de una cal'l'era pública en todos los ramos de

)a Ad

miciqtt·ación,

a fin de alcanzar· un servicio correcto, es

in-dudablemente en el de la contabilidad oficial en el que se ·hace

mál3 urgente esa medida, por ~er él la base de lAs finanzas y del

crédito en un país regulat;men te organizado : ese el objeto de

repetir una vez más lo que sobre el particular me he permitido

decir en informes anteriore:-~ :

;e Sería congenie.nte que se disrusiera por decreto, o mejor por

ley, la inamovilidad tle tales e'llpleados

u

orante su buena con- ~

docta, una vez que se hayan provisto los respectivos cargos en

personas que reúÓan condit:!iones,. de. honradez, laboriosidad y

competencia, compl'obada la última coo certifioados respetable~ o

con examen.

ue

otra marlera. no podrá tenerse nunca un buen

servicio de contabilidad en ia República, y todo cálculo y todo

,plan fiscal tendrán que resentirse de tama~a irregularidad."

*

* ~:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto número 17

de 5 de enero de 1918, publicndo eo el número 16289 del t'Diario

Oficial,'' esta Direc9i6n ha continuado practicando visitas en las

oficinas de ordenación y de reconocimieu to de loa· Mio ist ~rios del

Despacho, coy!ls ' diligencias han si de publicl\das en el "Diario

Oficial.'' .

-En el año que abarca este informe, o mejor, hasta el 31 de mayo último, s~ hA u anotado en el registro de la corresponoPncin ...

llegRda a esta Oficina 2,674 C'omunioaciones; se hao despachado

192 oficios firmados por el Ministro o por el Secretario, desde la'

1785 hasta la 1974;

j,OO'l

por el Director, desde la 1 hasta la

1007,

y

224 telegramas, desde el 2298 hasta el 25~1. Muchos

de éstos y de los oficios citados se hao dirjgido circulares a todos

Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(11)

~ 1

..

1 3

-los responsable$ del Erario. L!iB comisiones confiadas por ese

Ministerio a esta Dirección, así como los t\suntos ~legados

di-rectamente a

ella,

se han despachado inmediatamente, y de fgual

modo se han resuelto todas las consultas verbales, telegráficas o

por oficio que a ella se han dirigido por la mayor parte de las

oficinas del ramo en la República. Debo

h~cer

notar, sí, qué t<'do

esto 86 ha

hecho

mediante

un grande esfuerzo

por

parte

de

todos

los empleados de la Oficina, pues ella ha continuado trabajando

con dos menos de )o~ que figuraron en Jos Pí·esu puestos de 1905

a 1909, y con uno menos de los que aparecen especificados en los de 1910 a 1918, no obstante el considerable aumento d~ oficinas

4e

manejo,

y

consiguientemente de cuentas para €Xaminar e

in-corporar, que ha habido de aquellos años a

hoy.

Tal ha sido la labor de esta Dirección en el tiempo que

com-prende este informe, que creo de mi deber terminar con una

re-comend~ción muy especial soLre ]a competencia, laborios.idad y

consagración de Jos empleados -subalternos db ella.

Con sentimientos

de la

más

alta

consideración,

me

es

grato suscribirme del aeñor Ministro muy atento, sPgurd ser\'idor,

Jos:á

J.

LIÉVANo • 1 ' 1. -1 11 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(12)

,.

...

f

CUADRO SINOPTICO _

que expresa la situación activa y pasiva de la Hacienda Nacional, correspondiente al año fiscal de 1. o de marzo

de

1918

a

28

de

febrero

de

1919

,

formado de

acuerdo

con

el articulo

435 del Código Fiscal.

NbMBRES DE LAS CUENTAS

Valor del

Pre-supuesto de

reotas y ,.de los créditos

poste-riores

ACTIVO

Reconocimien· ¡ Diferencia por tos a favor del exceso en el

Teaoro cálculo de la.s rentas Diferencia por defecto en el cálculo de la-s rentas Recaudoa Su~aa ea ca!rtera _

- - -

---·-

--

----

----·---·---·---

·

---·---

-

--

- · - -

--BIENES NACIONALES

1

Mic~:u~z~~~~~~~?~.s

.

.

~:

.

.

~~~~ .

~

Minas de S~n~ Ana y La Manta.

Minas de Sup{a y Marmato ...• Ferrocarriles ... "' ... .

Arrendamiento de bosqües nacio-nale.s .... ... ... ..

Producto de otros bienes nacio

-1 nales ... , ... . Salinas terrestres ... . ' Salinas marítimas ... . 1 Pesca marítima ... , .. . J Laatre . ... -. , , .... , , . . . . . ... 100 •. 150 .. 16.000 .. 235,000 .. 16,000 .. 6,000 .. 1.050,000 .. 350,000 .. 100 .. 350 ..

...

100 .. 201 50 t . t • • 1 • • • • • 16,000 ..

.

' '

.

. .

.

...

.

.

.

6,446 SS 228,553 15 11,327 691 4,672 31 ' 11,034 98 . '

.

.

. .

.

.

.

.

.

.

9í6,165 97 73,834 Q3 300,165 66 49,834 34

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

100 .. 753 50 • • • • • 1 • • • ~ • -.... • t • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • t 201 50 • t •• ' • • • 51 50

-

16,000 ••

.

.

'

...

.

..

.

..

...

.

6,446 85

.

...

' • • 1 • • • • ' • • 1 • • f • • 1 • • . 10,930 42 ' • • • f 1 • • • • • • 1 397 27 5,034 98 11,034 98 976,165 97

.

..

.

.

.

..

.

.

~

.

.

.

.

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.

.

.

299,579 60

.

....

"

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• • • • • • • • • 1 •

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.

...

..

586 06 • • • • • •• • • 1 . . . 753

so

'

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'

.

.

.

.

.

403 so • • ' t • • " • • ~---'-·---1

1

---

·

---

·

-Pasan ... . , •.... SI 1.673,700 .. 1.322,096 15 357,093 83 5,489 98 1.321,11~ 8Z 893 33

-

~ '

.

\

-Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(13)

¡~

Valor detPre-

-~

eupuesto de Reconocimien·

.

1

NOMBRES DE LAS CUENTAS

1

rentas y de los toa a. favor del

créditos poste- 1 Tesoro

riores

Diferencia por

e:z:ceso en el ~lculo de las rentas Diferencia por defecto en el cálculo de laa renta• Rec~udos

---.--- - -

¡

- ----

¡---¡----¡--

1 Vtenen ... · .... S. 1.673,700 .-.. 1.322,096 15 , 357,093 83 5,489 98 1.321,112 8Z SERVICIO .. 1 Correo¡. . . . , . . . • •.. _ ... . Telégrafos ... . 1

Muelle, faro, prá.ctico y remolque.

Acuñación de monedas... . . . . ....

t~POESTOS

Aduanas ...•...

Dos por ciento para la conversión.

Fondo especial de caminos ... .

Tonelaje ... .

1 Exportación ( tagua1 oro Y'

ma-deras) •...

1

Sanidad ... ,.,. . . . .. .

Con~;ular ... /, ... .

I

.Mioas Sncesionea ...y donaciones •.... . . ..· .... ... ·

Patentes de invención y de

regis-tro de marcas. . . . . . . . . . ..

Papel sellado y timbre nacional ..

Impuestos de consumo ... .

Fabricación de fósforos ... .

Canalización .... ... o • • • • • • • • • • • • • 1

Fea.jes nacionales. o • • • • • • • • • • ••• •

Rentas de las Intendencias

Nacio-nales ... o • • • • • o • •

Rentas de las Comisarías

Espe-ciales . . . . ... . 160,000 .• 560,000 .• 66,000 .. 350,000 .. 10.500,000 .. 210,000 .• 525,000 .• 1 216,000 .. 9,000 .. 7,300 .. 825,000 •. 15,000 .. 160,000 .• 6,000 .. 1,000,000 ..•• 800,000 .. 2,000-._. 400,000 .. 60,000 ••

.

28,000 .. : 226,882 46 715,809 74 47,475 42 244,728 48 4.683,872 14 93,975 57 233,649 76 113,355 58 25,305 53 7,830 .. 665,698 25 14,627 86 175,155 33 4,612 80 855.611 52 648,629 49 3,122 87 331,643 87 58,417 66 8,044 80 • • • •• • t •• • • 1 1 • • • • • • • 18,524 58 105,27~ '52 5.816,127 81) 116,024 43 291,350 24 102,644 42 •• • 1 ' . 1 t

..

.

.

.

. .

.

.

.

. .

.

159,301 75 372 14

.

.

.

.

.

.

.

. .

.

.

.

1,387 2()' 144,388 48 151,370 51 .

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

. 68,356 13 1,582 34 19.955 20 153,000 .. . 248,703 42 .. .. .. • .. . .. 1 66,882 46 1 155,809 74 • • • • • • 1 1 • • • 1

. . .

.

.

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1 • • 1 • • • t • • • •

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" '\' 16,305

53

1

530 .. • • • • • • •• 1 • •

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33

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l:i22

87

1

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• • 1 1 • • t • • • • 1 • • • • 1 t • • • • • : t 1 226,88Z 46 715,809 74 45,184 75 244,728 48 4.6.SS,529 82 93,469 95 l32,014 59 113,355 58 25,305 53 7,830 .. 665,529 36 14,627 86 175,155 33 4,612 80 855,611 52 648,629 49 3,122 87 331,292 73 58.417 66 8,044 80 1,099

96

1

16,099 96 95,703 42 244,136 34

1

s.;,

..

ea

1

1 cartera 1 ¡ 983 33 1 • • • 11 •• • • l

.

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.

. .

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.

2,290 67 1 .

.

.

.

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28,342 32 1 .sos 62 : 1,635 17 • •• • 1 • • •

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168 89

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• • • • 1 • • • ... 1

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...

• t • • • • ••

. ...

35114 ' 1 • • • • • • 1 • • • •• • • • • • •• • • 1 4,567 08 Ingresos varios .. , . . . • . . . o • •• ••

Rentas de vigencias anteriores .... Sumaa ...• o • • • • • • • o .S 15,000 . . 1 16,099 96 . . . . . 70,000 .. 103,093 94 .. . .. .. .. .. - - - 1 •• _ 1 10.848,44Z 60 7.353,750 63 17.811,000 136 27

-38,980 49 33,093 94 1 102,957 67 1 - 1 391,193 Z3 10.809,462 11 -/ , ..l

.

-1

-

.

Ol 1

-Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(14)

NOMBRES DE LAS CUENTAS

,

1

1 Valor del

Pre-supuesto de gastos y de los créditos y con-tracréd~s pos-teriorea. 1l \

PASIVO

1 Reccfnocimien- 1 tos a cargo del Tesoro. \

.

PAGOS 1 Saldos por

pagar.

Saldos sobraD

-Saldos por 1 tes para

anu-reconocer. lar.

- - - . . . - - - - -·· - - - -___ i -

1---·---

--

·---·

-

---·-

-

_;;.. ___

_

1

Ministerio de Gobierno .•...

s

1 6. 903,177 89

Ministerio de Relaciones Exterio·

5.639,101 17 1 6.371,871'93 1

res, ..•...•••••.•... , , . 362,885 79 339,384 59 387,309 47

l. 714,840 63 1 1.770,616 89 1

1.968,862 'gg 2.017,772 62 1

Ministerio de. Hacienda •... 2.04-5,169 47

Mi ni.sterio de Guerra . . . '· .. 1 2.582,235 30

.Ministerio de Iostrucci6n Pública. 1.979,495 ~8 1.416.580 31

'1

1.421,783 H ,

Minist~io de Agricultura y

Co-l

_

j _

merc1o .. .. . .. .. .. .. . • • .. .. .. . .. . 209,95~ 32 123,181 81 120,365 ll

Ministerio de Obras Públicas ... 1 3.410,064 01 - 2.096,083 15 1 2.194,109 03

Minilteri.o del Tesoro .•...

¡.

__::80,52~_:_,_3.805,031 ~~-3.8i7,641~

Sumas ... SI 21.773,510 5~ 17.103,065 79 .. 1 18.161,476 17 ' ) -1

'-...

732,776 76 t • • • • • • • 47,924 88 ~

.

...

..

55,776 26

.

.

.

.

.

.

.

.

48,909 63

...

..

-

·.

5,203 43 2,816 68

...

.

...

98,025 88 72,610 22 1 2,816 6B 1.061,227 06 ' 531,299 96 ~1-,PJ 68 274,552 58 564,462 68 557,711 74 86,773 51 1.215,954 98 402,885 91 3.633,641 3ó 21rP.J 68 3.609,217 68

-

-"

-a> 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(15)

~

COMP ARACION

DlFltRENClAS En favor del En favor del En favor del En contra. del

de rentas. de gastos. Tesoro. Tesoro.

--

-

- - - -

-

-

-

-

---Düerencia. entre el Presupuesto de rentas y el de gastos .... S

. . .

.

.

'

..

3.962,510 53 ''

...

• • • • 1 • • • • •

Düerencia entre los reconocimientos por rentas y por gastos.

. .

.

.

.

.

.

6.254,623 19

.

.

.

. . .

.

. .

.

.

.

.

. . . .

.

Diferencia. entre los recaudos y los pagos ...•...•.••.•...• .

.

. .

.

.

.

.

. .

.

.

.

.

.

.

.

.

. .

.

..

.

. .

7.352,014 06

Diferencia. entre el producto efectivo del Presupuesto de

reo-7.315,850 25

ta.s y el valor líquido del de gastos ...•...

.

...

.

.

.

.

.

.

..

.

.

.

.

• • •• 1 • • •

NOTÁ- Este saldo negativo que aparece en la. cuenta. de caja de este cuadro, se explica así:

Existencia. anterior negativa., según el re.spectivo cuadro sinóptico., ••. ,, ...••...••.... $ 1.101,2o«> 89

Pagado por servicio• pfiblicos en este año... . . . 18.161,476 17

Recaudos en este a.ño ............ , a • • , • • • •• • •• •• ·~ • • • •• •• • • •• , • • • • • •• • , • • • • • •• • • •• • t • • • • • • • • • ••• • • •• $

Saldo ne.gatiYo ............ .... ... $

Que proviene :

De la düerencia entre la. existencia en caja. al a.brirsP. la cuenta y la que había al cerra.rsP. .... , .•... $

Del saldo crédito de Laza.rd Brothers & C9, de Londres.. . . . . . • . . . . ... .

Del saldo crédito de vales de Tesorería. .•...•...•..•... , . . • . . . . . . .

Del saldo crédito de libranzas de Tesorería. ...•... ... ... ... Del saldo crédito del empréstito al Ferrocarril de Gi rardot.. . . ...•...•.•...•.. Del saldo crédito de la Compañía del Ferrocarril de Gira.rdot ...•...•.... Del saldo crédito de bonos colombianos de deuda. interna ...•.... , . . . . ...•....•...

~ Del saldo crédito de Pedro A. López & C~ (billetes ingleses).. . . ...•...•....

.... Del saldo crtsdito del empré&tito del comercio de Medellín ...•...

~ Del saldo crédito de cédulas de Tesorería... . . . ... , ...•...

1 Del saldo crédito de certificados de la vigencia. de 1918 ... , ...•...•...•...•....

t:1 Del saldo crédito de remesas. (El reato sirvió parn atender al pago de algunas cuentas, como las del Banco

8 Dugand, de Barranquilla.; Hijos de Liborio Gutiérrez. Félix Salazar e Hijos, etc., etc) .•...•.•...•....

1:

e

B Cl S Saldo en 1 caja.

.

.

.

.

.

..

. .

.

.

...

..

...

.

.

..

...

8.4SJ,z6o 95 19.262,723 06 10.809,462 11 8.45J1Z6o 95 843,184 •. 795,861 87 291,687 .• 335,456 •. 67,653 21 173,815 77 3.395,500 200,000 .. 320,000 •. 1.033,910 .. 939,020 54 57,172 56 8.453,260 95 g (/)

k

Bogota., 18 de mayo de 1920.

El Director General de la. Contabilidad Nacional, Joslt J. LUtVANO-El Tenedor de Libros, P!tDRO ABEL RUBIANO

Rep1íbllca de Colombia-Mfnlstu/o del Tesoro-Bogotá, mayo 18 de 1920.

Aprobado-El Miniatro, J. M. PASO'

...

-:r Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

(16)

1 8

-Repú

b

li

ca

de

Colombia-,Ministerio

d

e

l

T~soro-JJirección

Gene-ral

dt

la Contabilidad Na

o

ionat-Núme1·o 1009-Bogotá

,

1. o

de

junio d

e 1920 .

.

Se'ñor Ministro del Tesoro-En su Despacho.

Tt'ngo el honor de avisar a usted recibo de su atanto ofici<>

número J 166 de 28 del mes pr6ximo pasado, con relación al cual

me es grato manifestarle lo siguiente:

~n el informe qu~ anualmente r·intle esta Dirección al Mi~

nisterio

al

digno ca•·go de usted, trato tres puntos de euma impor

-tancia, q ne me seria moy satisfactorio ver consignados en el

proyecto de ley qde entiendo presentará asted a las honorables

Cámaras en su próxima reunión. Para que pueda verificarse así,

y

correspondiendo a la excitación que se sirve hacerme en su

apreciable oficio, me permito llamarle muy especialmente la aten

-ción a ellos y consignarlos en segoida:

1.0

Resta hlecimiento del inciso e) del artículo 202 del

CóJi-go FiscAl, derogado por la Ley 7.o. de 1916.

2. o Imposibilidad por parte de las Cámaras de rebajar las

partidas propuestas por el Ejecutivo pa1·a atender al pago de los

saldos pendientes de la vigencia anterior;

y

3.0 lnamovilida.rl de los empleados de cootabili dad coro

pe-ten tes durante su buena conducta. Para removerlos se necesita

comprobRrles legalmente incompetencia o mala condnota.

De

usted servidor muy A.tento,

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Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)

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