/
INFORME
-del Director General de la Contabilidad
Nacional.
,·
-
'
R6púhlica d
6
Colombia-
.Ministe?·io
del
Teso1·o- Di'l·
eaoión
Gene·
ral de
la Contabilidad
Naciona~Número1008-Bogotá,
l. o
de junio
de
1920.Señor Ministro del Tesoro-En su Despacho.
Disposiciones reglamentarias me sefialan el deber, que com -plo gustoso, de rendh· a usted informe de los trabajos verificados
por esta Dirección en el tiempo comprendido del 2 de jonio de 1919, fecha del suministrado últimamente, a hoy.
En el mes de aba·il de aquel año preparó ella, de acuerdo con
lo ordenado por la Ley
7:
de 1916, el proyecto general dePre-supuestos .Nacionales para la actual vigencia económica; qne se presentó para su estudio al honorable Uonsejo de Ministros con oficio número 1800 de ese Despacho, fechlldo el
13
de juniosi-guiente. Allí se coneideró en varias s~siones, -.se fij6 el cómputo de
las rentas en la cantidad d_e
$
19.7 40,750y
el de los gastos en$
19.375,675-30. Inmediatamente se imprimió enl
a
Imprenta Nacional, y lo presentó ese Despacho a la honorable Cámara deRepresentantes,
a virtud
de~ articulo 1 <?de
la citadaLey,
el día
30 de julio de aquel año. Pasó en seguida a la Comisión de Pre-supuestos de ella, donde se discutió ampliamente, luégo en Cá·
mara plena y de~pués hizo otro tanto el honorable Senado; se
aumentó el cálcolo sobre e] producto tle las rentas, el cómputo de _los gastos,
y
así se aprobó' por medio dela
Ley 105, expedida el 15 de diciembre de 1919, sancionada el 18y
publicada el 31 <lelos mismos mes
y
año en el ''Diario vtkial'' números• 11009 a 17011.Se
dio pr;ncipio por esta Dirección, sinpérdida
de tiempo, a }" liq oidncióo de tales Presupuestos,y
luégo a la pn blicación de ellos, del informe respectivo y del Decreto número 348 de este afio, que los pnso en vigencia, lo cual se concluyó el 19 de febrero último, en que se hizo la distribución a las oficinas nacionales demanejo
. de
la
mayor parte de
l
a
edicióo.De
eea
liquidación,
deta •• Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)
1
\
,
4
-11ada convenientemente en los cuadros
R
yG
del respectivo fo-lleto, aparece on cómputo de las rentas por la sumade . . • . . . . . . ... · .... ... . . ... $ 23.845,250 ..• Y u no de gastos por la de. . . . . . . . . . • . . . 27.792,581 37
De donde resulta uo déficit inicial por valor
de .. , .. . ... . .... .. . .... , ... \ ... . . ...
S
3.947,33 L 37 Y digo inicial, porque sin doda habrá, al ter~inar el perío-do económico, un déficit mucho mayor, proveniente del valor de los créditos administrativos abiertos haE~ta hoy y del de los que se abran en lo sucesivo, ya qoe ese valor no puede tomarse, como ante~. de la partida apropiada con tal objeto el}t?l P re-supuesto de gastos, por haber derogado la Ley 7.• de 1916 el in-cisoe)
del artículo '202 del Código Fiscal, que ordenaba tal apropiación. Sería, pues, muy convenientE! que el próximo Con-greso estableciera la vigencia de aquel inciso, con lo cnal se obtendria la inm~nsa ventaja d€ Presupuestos fijos, cuyo monto no puede ser aumentado por el valor de aquellos .-réditos, ya que el cómputo de ellos quedaría in~luído dentro del mismo Presu-puesto eu partida apropiada. con tal fin.Si se calcula el producto <le las rentas en la actual vigencia por el promedio de lo que ellaR han producido en el primet· coa-trimestre del año en curso_ ( Gnero,
$
l. 7 55,915-35; febrero,S
2.025,436-80; marzo, $ 2.090,380-39, y abril,$ 2.088,424-48), o sea sobre la sama de$
7.960,157-02, tendremos un monto total de $ 23.880,471-06, que fue más o menos lo calculado por el Congreqo. De modo, pués. qne no habrá déficit, como en años an .. teriores, motivado por error de exceso en el cáleulo de las rentas hecho por las Cámaras.El déficit inicial anotado arriba, o sea el
de ... . .. .. •... . ... ... . . . .. ....
$
3.947,331 37 debe aumentarse con el valor de los siguientescréditos abiertos hasta hoy :/ . _..;
El extraordinario fibierto por Decreto nÚ· mero 454 de 26 de f'ebrero del pre~ente año; pu·
blicado en el número 17084 del
"D. 1ar1o . Ofi .c1a .
1"
.... ,_ .... .. .. $ 120,000 ..El adicional liquidado pot· 1
Decreto número 528 de 5 de marzo, ''Diario Oficial" número
17092 ... -. . . . . . -. . • - 2,000 ...
---Pasan ..•. ...••. .$
'
122,000 .. 3.947,331 ::S7 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)--fi
\
.. Vittt\c.n •...
$
122,000 a.H47,8Sl !l7f.;} c.•xt1 rw•·dinnrio nbiur to •
por Dt>orol.o nl1moro ó67 tlu( H
d\tl prnpio Jt\PH1 ''Dinl'io Ofloinl"
JH\nwro 170n7 ... .•. .•... .
lt~l :ulwiouulliquiclnclo pot· ()t1Cl"ttLn 11\ÍilWt'O
87
{)
dt
• 27
th
,
nhrtl, ••l)inlio. OHuinl, 11\liUOI'o
17117 . . . .. ... ···
l•~l nclioiou "1 1 iq u idnd o ptH' Dlwruto uúnhii'O
889
ele 2Ud
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l
mituuo nH M, t~l)inrinOllo1nt
11 rni-tn ~ l'n l 7 1()4 • • . . • . . . . • . .. ~~~ ndiciounl lu¡uidndu por Dt.'croto uúmor o H50 ,fe.' G ele
rnnyo Jli'Óxiruo pnH!ld.u, "Dinrio Ofit·itd'' núnwro 17158 ... .
1~1 nrlicinnu l llqniJndn pm:
Duua•uto numua•o 977 dr 8 del
mi~ruo mea, '*l>ilu·in Ofioinl" nú IUl'fO 1
71
(.1 ...•.•... • ...~1 ndiciounl liquidndo pot·
D~o•·uto tlúmero 1 Of>~ ,lol nus. '
mo rueN, "Diario OflciRI''
nú-mero 17180 . . . . . . . . .. .. .
1•~1 Rtlioionnl Hquidntlt) pul'
Ducroto rnhmH'o 110!3 d~ 1 ntlS·
ano mt•R,
''Diario
Olicinl'' uú-1 , 40,000 .. 70,000 45,4Só 17 800,000 ... 100,000 .. mero 17 t 87 ... ... . ... . 48.172 L.2!W,lbfi 87
Oófi(·it. dt•fin i
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$ 5.178,487 24PArn nttmUtH' n cstu dófioit no dispnu13 t'l Jt~jt"'clltivo ele Ítlcnl
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qu~ le <lOl\oodió In 79 tlo 1n
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tuni."ióu ~lo lns c.'údulns deTnMornJ•(n pur vnlor de
$
4.000,000; y por nnt.ol'iZt\oión th\ In 2:l1
du )n fiSdo
1918, HU t•rnitit'l'tlfl lo~ bono-. oolt•mllinnus d,, dnud1\mtcrun, por vnlur tlt'l
$
S.OOO,OOO, t\ l1.1~ t•nnlt·~ ~t· J, t:t dio Inllplit•ación intli<•ndn t•n dllw. A~f pncH, <•1 l~.it'cutivo ~st:\ nten·
dictuJo tlf dófit•it. t'.'CfH't'Ht\th)1 l-'1\ Ju. pl\rt.t• l'tllTt'S!HHH.litmtt lL los llltt· NOR tt·nu~l'Hl'l'idm~ dul prt!Htmtt\ :li1u, c:on fli'Ó~t.:tmo~ n'lntivnmo••to
puqm•tloN, tm URo tlt' ~tt1t.m·itnciou gmH't·nl. miunt.a't\8 lnN Ca\nHu'nM [.,egi~lrtti vtt~,
pnS.
inw!-1 a
l'l'UUll'Rt>, prn\'t't~n lu UtHl Vt'uitmtt•.'
\•
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia).
/'
- 6
Por haberse pa;ado algunos servicios públicos de anos
Mi-nisterios a otros, se hicieron los correspondientes traslados en elactual Presupuesto de gastos, por medio de los Oecreto, númerorJ
6'10 de 23 de marzo
y 912 de lQ de mayo,
publicados en losnúmeros l '1124 y 17156 del "Diario Oficial," por $ 1.089,846-20
y
$
12,5.20, respectivamente.El especial de arédi~o público
fue
propuesto pol.'t
825,000,pero el Congreso lo
aomentó
a$
1.473,454-33,p01:
lo cual qued6definitivamente para el puríodo fiscal en carso.
*
*
*
/PRESUPUESTO DE GASTOS DB 1919
Se liquidó sobre el proyecto primitivo presentado al'
Con-greso, la Ley 66 de 1918 y el artículo 111 del Decreto número "1.036 de 1904. Se incloyó, de acuet·do con lo dispuasto por el
honorable Consejo de Ministros, el valor de los créditos votados
por las Leyes 16: 17, 19, 32, 34, 36, 45, 47, 51, 56, 60 y 63
de
aq o el año. Aseen dió a la soma de .. ... ... ...$
16.114,286 50Que Íne posteriormente reducida así:
Por Decreto número ~7'3 de 26 de abril de 1919, "Diario Ofi.ciul', nÚI!lero ' 16727 ...•.... . ... . ...• $ 2,640'
Por Decreto número 895
de SO del propio mee, ''Diario Oficial" número 16732 .. ... . Por decl'eto número 1365
de 3 de julio del . mismo afio, ''Diario Oficial" número 16811. ...
1,200 79,474 .. •
.
83,314 •.•-
-
-
- - - -
-1
Quedó ~n. . . • . . . • • • . • • . . . • . ... •$
16.030,9'12 50Se aumentó con los crétlitos votados par los
tres
Decretos que acabau de citarse, en la somade ... ., . . . _ . . . . _ . . . . . . ... .
Con los créditos adicionales liquidados por los siguientes Decretos:
Por el 969 de 1919, 11Dia1·io Oficial,
núme-ro 16'144 (Ley 47 de 1918) .. $ 100,000
Por el 976 de 1919, "Diario
Oficial" número 16747 (Leyes
23 y 58 de 1918). . . . . . . ... . . 1.590,000 84,2l3· ~6
- - - - -
-
--,.--Pasan ... .. ... $ 1.690,000 16.115,185 96'
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)- 7
1
Vienen·. . . . •.••
$
1.690,000 16.1~5,186 96Por el 1199 de 1919, "Dia.
rioOficial"
número16782(Leyes
~3 y 58 de 1918} , . . . • •.• . • ' 1'10,000
Por el 1412 de 1919,
"Dia-rio Oficial" número 16820 (Ley
55de l918) ....• ·.. . .•. .. 2,400 .•
Por
ell727 de 1919, ~ia.rio Oficial, número 1687a
(Le-yes 23
y
58 de 1918) ... . 16,000 ••Por el 2019 de 1919,
"Dia
-rio Oficial'' número
16931(Ley
84de 1914).···--· ···-··· 2,500 ..•
Por el 2226de 1919, "Dia· rio Oficial" número 16972 (Le
-yes 23
y
58 de 1918).. . . . • .... 500,000 2.379,900 ...Con los créditos adicionales votados por las Leyes 3, 5, 7, 10, 13, 16, 18, 25, 26, 30, 31, 32, 42, 46, 54, 5p, 60, 70, 87, 88, 108 y 116 de 1919 ..
$
Y
con loe siguientes créditos snplementalesy
extraordinariqs, abiertos por el Ejecutivo conlas formalidades le~ales:
El
extraordinario Kbierto por Decreto nü-mero 972, "Diario Oficial"núme-ro 16745 ... . .. . . ... $ 50,000 El extraordinario abierto
por Decreto número 1005,
"Dia-rio Oficial'' número 16750. .... ••. 112,160 20 1!;1 suplementa} abierto por
Decreto número 1380, ''Diario
Oficial'' número 16804 . . . . . ..•
El e'xtraordinario abierto por Decreto número 1364, "Diario
Oficial" número 16811 ... ~~ .• ....
El
suplementa! abierto porDecreto número 1472t ''Diario Oficial" número 1~9.- ....•... 1 El su plemeo tal ' abierto por
Decreto número 1476, "Diario Oficial" número 16829. . . : .... 21,283 72
•
3,too
..
4'1,20~ '10 66:869 10 6.575,25'1 82 300,665 ?Z---
-
-
---.Con lo cual •qoedó definitivamente por la
suma de ... '" ... . . . $ 25-371,009 •• • \
..
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)..
8
-que es
l
o. que
ñg
u
rR
en
lo.
coent
a
general de
l
Presup
u
esto
y
rlel
Tesoro.A virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno por las Leyes 55 y 61 de 1918, se hicie.t·oo traslaciooea de
part
i
da~
de
unos capítulos a otros del Presupuesto, ast :
'
Por Decreto número 872 ele 1919, HDiario
Ofioial"
número 16727. . . . . . . . ....•... $ Por Decreto número 930 de 1919, "DiarioOficial''
número 16736. . . . • ...Por Decreto número 1.057 de 191f1, ''Dia1·io Oficial" número 16759 .... . .
l
.
....
o•H••···· ••• Por Decreto número 1176 de 1919, "DiarioOficial" número 16779. . . . . ... ..
Por Deoreto número 1198 de 1919, "Diario
Oficial"
número
16782 .... _ . . ... . .... -. ---Por Decreto número 1440 de 1919, 11
Diario
Oficial" número 16821. ·r . . . . ... 1
Por Decreto número 1492 .de 1919, "Diario
1
Oficial'' número
16832. . . . ... . .Pur Decreto núm"'ro 1563 de 1919, uDiario
Oficial" número 16849. . . . . . . . .
Por Decreto
n
ú
m
ero
1589 de 1919, ''Diario Oficial" número 16851. . . • . . . . . .. ... . Por Decreto número 1695 de 1919, "Diario Oficial" número 16873. .. . . . . .. .... ... .Por Decreto número 1705 de 1919, "Diario
Oficial" número 1687 4 .. .. ...•. : . ... . .. . .
Por Decreto número 1789 de 1919, ''Diario Oficial" número 16890 .. ...•.•. , . , . . .. .... .
Por Decreto número 1942 de 1919, ~·Diario Oficial" número {6917 .. . : . .. ... ...•....
~or Decreto número 1997 de 1919, t~Diario
Ofic
i
al" número
16925 . ... . ~~ . . ... . .. Por Decreto número 2ó50 de 1919, "DjArio
Ofimal'' número 16935.. .. ... ... . .
Por Decreto núlllet·o 2183 de 1919 "Diario Oficial" número 16961 .. ... '. . .
~
...
. . , .Por Decreto número 2215 de 1919 "Diario ,Oficial" número 16966 .... ... ... --· _ ' .. . ... .
Poi' Decreto número 2229 de 1919 "Diario
Oficial'' número 16974 ... .. . ... '. . . . . . Pasan.. . . . ... , .
.
..
$
\ \3,600
5,220 •• 67,296 80 2,500 3,000 19,880 10,320 4,443 4,760 15,000 20,702 08 1,240 . • \ 15,028 3,000 24,104 3,000 50,000 4,00Q • ..25'Z,o9a ·ss
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)-
- 9 -
•
Vienen . ... .... . . ... $ 257,093 88
Por Decreto núme1 o 22'15 de 1919, "Diario
Ofic
i
el',
número16977
..
...
...
,
. . •
.
.
.
. .•...
17
4,78~97
Por Decreto número 2276 de 1919, c'DiarioOficial" número 16977. . . . . • . . . 10,000 .••
Por Decl'eto número 2400 de 1919, "ÜiAI'ÍO
Oficial, número 17006 . • • . . . . . . . . • . . 519,260 15
Por Decreto número 2461 de 1919, ''Diario '
Oficial, número 17023. . . . . . . . 90,832 95
- - -
--
-Totnl. ... ... . . $ 1.051,954 95
, El Presupuesto de renta~ ruu·a el pt·riodo fiscal de 191~,
liquidado sobre las mismas base101 del de gastos, ascendió· a
$
13.455,850. y oo tuvo variación en el cur~o de )a vigeocia.El especial de crédito público, liquidado en $ 2.984,209-16,.
tampoco fae alterado en el curso de la vigencia.
*
*
*
También se dictaron por conducto de esto Dirección los De·
cretos números 1832 de 25
de
septiembre de 1919, 2288 de 2 de diciembre del mismo afioy
2362 d~l17 de los propios meay
afio,publicados, respectivamente, en loa númerosl689'7, 16977 y 16999
del "Diario Oficial," por 1os cuales se hicieron rectificaciones a
ciertas imputaciones contenidas en
ley
es
de ese afio;aeí
comoe
l
Decreto número 348 de 13 de febrero último, sobre liquidacicSn
general de los Presupuestos Nacionales de rentas, gastoe y crédit
o-públi<:o para el período fdconómico eo corso.
Igualmente se prepararon en esta Dirección los proyectos de
ley
sobre legalización de loa créditos euplementales yextraordi-narios abiertos por el Gobierno 'a los P resnpuestos de gastos de
las vigencias fiscales de 1917/18, de 1918/19
y
de 1919¡20,pre-sentados en oportunidad por ese Despacho a la honorable Cámara
de Representantes, de acuel'do con el articulo 231 del Código
Fis-cal,
y
~1 general de créditos adicionales al último de tiles Presu-puestos, presentlldo allí mi~mo el 25 de agosto del año próximo
pasado, qne vino a ser In Ley 87 de 1919.
*
* *
(Ooo fecha 1 O de abril último y bajo el número 1949 Re
re-cordó a los seflores Ministros del Despacho Ejecutivo el deber de
envia•· en opol'tonidad al' del digno CKrgo de usted los proyectos
pal'cin.les del presupuesto de gastos de sus respectivos Ministerios
;
.
1 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia). ~
•,
- 1 0 -i
-para el periodo fiecal de 1921, de,acoerdo con lo dispuesto por el articulo 4.0 de la Ley
7.•
de 1916. La ·mayor parte de ellosco-l
rrespondió a tal e'xcitaei6n en tiempo hábil,y
con algún esfuerzo pudo formarse oportunament.eel.proyecto general de Presupuestos Nacionales para la expresáda vigencia, que, se remitió para su es-tudio y adop~i6u definitiva al honorable Consejo de Ministros, en virtud. de lo disp~eato por· el artículo 59 de la citada Ley, con -oficio número1972
del 26 de mayo próximo pasado ....
...
....
..
.
...
...
...
-
... .
El
resumen 'de él es el siguiente:Valor calculado de las rentas .... -__ ...•.
$
Total a que ascienden los gastos pedidos .... Monto del Presupuesto especi~l de crédito
.púbLico.... .... . .. . . . . ... ., ... .
25.300,000 3 1.040,8?4 18
'
906,370 66 Tao pronto como se discuta y adopte el•expresado proye.cto,
-se enviará a la Imprenta Nacional para su inmediata impresión. ' Por relacionarse íntimamente la formación del t Presapues-to con el muy importante problema sobre corte
y
limitación de los vigencias fiscZiles,no resuelto aún sati~factoriamente por algunos países europeos, reproduzco en seguida, por considerarlonecesa-rio,
lo q oe a
talrespecto
he venido diciendoa
ese Despacho en·mis ante1·iores informes:
"Aquí ·se inició el corte definitivo de las cuentas, al terminar ·la vigencia de cada Presupuesto¡ esto ea, el 31 de .dieie'ILbre
de
cada año, co·n el Decreto número 416 de 6 de mayo de 1905,
y
se , adoptó y reglamentó ampliamente por medio del Decreto número 518 de 22 de mayo de 1909, publicado en el "Diarlo Oficial"nú-mero 13681. E5e ea sin duda el ¡mejor de loa tres sistemas gene~ ralmente adoptados para verificar es~ corte en contabilidad oficial, por la senl!illez
y
simplificación que lleva a ella,y
porque así puede el Gobierno sabet· con exactitud matemática ~o qoe gastaen
cada vigencia económica, así como el rendimiento de sus bie: nes, impuestosy
servicios.La
Rep.íblica de la Argentina, tan ·.próspera y tan avanzada en muchoB otros ramos, .apenas inicia, elplanteamiento de tal sistema en sus preso puestos y en su
conta-bilid~d. a juzgar por lo qne publica al respecto
La Nación,
de Bueno' Aires, en uno de sus números correspondientes a febrerodel presente ano. •
· ''Pero para que ese si~tema no presente grandes inconve
-·nientes e.ntr~ nosotros, hay necesidad de que se observe estricta-mente la reglamentación ordenada por el Decreto 518 ya citado,
sobr~ todo en lo relativo a las partidAs que deben apropiarse en cada Presupuesto para atender al pago de s~ldos pendieptes de
· -Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)
- l l
-,
la vigencia anter~or, y que tules partidas sean suficientes pRra
sa-tisfacer esa necesidad. Caando esto último no se cumple, se im· pone
la
de decretar una prórroga de la vigencia del Presupuesto anterior para pagar en ella, con imputación a ese Presupuesto, ya expirado, los servicios que no alcanzaron a cubrirse oportuna-mente por cualquier cansa; y esa pró.rroga es fuente de muchoserrores y de retardos en la rendición de la~ cuentas de las oficinas
subalternas en los pHmeros meses del afio siguiente. Esos
in-convenientes se presentan coostantemenk a consecuencia de que
, el Congreso\ al tratar
u
e nivelar los Presopoestos, redoce incon-sideradamente las partidss ,apropiadas en el•de gastos para el
pago
de aervicios anteriores,s
in
caer enla
cuentn de que eHas se han\ propuesto pot' el Ejecotivo sobre datós moy aproximados. Coovendr·ía no olvidar este importllotísimo puoto a] discutirse y. votarse los Presupuestos Nacionales para
la
p1'6xima vig~ncia."*
*
*
1
La cuenta general del Presupuesto y del Tesoro
correspon-diente al año fiscal de 1917 a 1918 fue cerrada en firme, después de completada con la incorporación de los cuadros sin6pticos ve-nidos con posterioridad al 15 de junio del año últimamente nom· brado, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 34 de la ~ey 36 del mismo, y así se presentó a la Corte de Cuentas y luégo a la honorable Cámara rle Representantes, en el primer dia de labores de sus sesiones ordinarias de 1~19, como está disp~1esto. Esta última
entidad la feneci6
~in observaciónn
i
d
l
caJJce
alganoa.
car-go de ninguna de :as entidades ordenadoras o pagadoras, por haberlo solicitado así la Comisión Legislativa de CuErotas en su in-fonne rendido con fecha ! de octubre de 1919 y que aparece pu-blicado eo el ''Diario Oficial', números 16937/38. La relativa al año fiseal de l.0 de marzo de 1918 a 28 de febrero de 1919 se
completó, se cerró en firme y se pasó ·a la Corte del ramo con
6ficio número 1965 del 20 de mayo último, para so examen e
informe. Tan pronto (}Omo sea devuelta, se preparará para su
, oportuno envio a la honorable Cámara de Representflntes. El
resumen de ella ín~ es grato presentarlo a usted adjaoto a este informe, en no cuadro sinúptico sobre la situación activa y pasiva_ del Erario N aciooa] en 28 de febre1·o de 1919. La conespondiente al período fisca1 de 1919, o
1 sea de 1.
0
de mal'zo 8 31 de diciembre
de ese año, está inconclusa, lJOl' no haber llegado todavía todos
los cuadros sinópticos que deben inco~pnrarse eo ella.
Completa-da que sea, se cerrará en firme y se tendrá. lista para su envío ala
Cor1e y su presentación a la Cámara en 1921, de acuerdo con la disposición citada. ' Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)
- 1 2
-La de la actual vigencia económica no ha podido abrirse
; todavfa por falta de libro en qué hacerlo, pues se agotaron en el
Almacen Nacional de útiles los Rproriados parR ello. Se tienen,
sf, listos los balancés de entrad a para verificar su apertura tan
pronto como se me entregue el lib1·o, que entiendo acaba de
llegar del Exterior al exp1·esado Almacén. Tengo que ano'tar,
no obstA~te, lR impuntuslidad indicada en mis aotel'Íores
infor-mes respecto de mucl).as oficinas en el envío de los el~mentos da
sos cnentas, a pesar de los constantes reclkmos hechos
y
losapre-mios empleados po1· esta Dirección; impuntualidad motivada u~aa
veces poi' negligencia y ()tras poi' incompetencia de los em.pleados
que forman aquellos documentos, a causa del frecuente cambio
que e:~e hace de ellos. Si es de todo puuto necesario entre _nos·
otro~ la formación de una cal'l'era pública en todos los ramos de
)a Ad
miciqtt·ación,
a fin de alcanzar· un servicio correcto, esin-dudablemente en el de la contabilidad oficial en el que se ·hace
mál3 urgente esa medida, por ~er él la base de lAs finanzas y del
crédito en un país regulat;men te organizado : ese el objeto de
repetir una vez más lo que sobre el particular me he permitido
decir en informes anteriore:-~ :
;e Sería congenie.nte que se disrusiera por decreto, o mejor por
ley, la inamovilidad tle tales e'llpleados
u
orante su buena con- ~docta, una vez que se hayan provisto los respectivos cargos en
personas que reúÓan condit:!iones,. de. honradez, laboriosidad y
competencia, compl'obada la última coo certifioados respetable~ o
con examen.
ue
otra marlera. no podrá tenerse nunca un buenservicio de contabilidad en ia República, y todo cálculo y todo
,plan fiscal tendrán que resentirse de tama~a irregularidad."
*
* ~:En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto número 17
de 5 de enero de 1918, publicndo eo el número 16289 del t'Diario
Oficial,'' esta Direc9i6n ha continuado practicando visitas en las
oficinas de ordenación y de reconocimieu to de loa· Mio ist ~rios del
Despacho, coy!ls ' diligencias han si de publicl\das en el "Diario
Oficial.'' .
-En el año que abarca este informe, o mejor, hasta el 31 de mayo último, s~ hA u anotado en el registro de la corresponoPncin ...
llegRda a esta Oficina 2,674 C'omunioaciones; se hao despachado
192 oficios firmados por el Ministro o por el Secretario, desde la'
1785 hasta la 1974;
j,OO'l
por el Director, desde la 1 hasta la1007,
y
224 telegramas, desde el 2298 hasta el 25~1. Muchosde éstos y de los oficios citados se hao dirjgido circulares a todos
Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)
~ 1
..
1 3
-los responsable$ del Erario. L!iB comisiones confiadas por ese
Ministerio a esta Dirección, así como los t\suntos ~legados
di-rectamente a
ella,
se han despachado inmediatamente, y de fgualmodo se han resuelto todas las consultas verbales, telegráficas o
por oficio que a ella se han dirigido por la mayor parte de las
oficinas del ramo en la República. Debo
h~cer
notar, sí, qué t<'doesto 86 ha
hecho
medianteun grande esfuerzo
por
parte
de
todos
los empleados de la Oficina, pues ella ha continuado trabajando
con dos menos de )o~ que figuraron en Jos Pí·esu puestos de 1905
a 1909, y con uno menos de los que aparecen especificados en los de 1910 a 1918, no obstante el considerable aumento d~ oficinas
4e
manejo,y
consiguientemente de cuentas para €Xaminar ein-corporar, que ha habido de aquellos años a
hoy.
Tal ha sido la labor de esta Dirección en el tiempo que
com-prende este informe, que creo de mi deber terminar con una
re-comend~ción muy especial soLre ]a competencia, laborios.idad y
consagración de Jos empleados -subalternos db ella.
Con sentimientos
de lamás
altaconsideración,
mees
grato suscribirme del aeñor Ministro muy atento, sPgurd ser\'idor,Jos:á
J.
LIÉVANo • 1 ' 1. -1 11 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia),.
...
f
CUADRO SINOPTICO _
que expresa la situación activa y pasiva de la Hacienda Nacional, correspondiente al año fiscal de 1. o de marzo
de
1918
a
28
de
febrero
de
1919
,
formado de
acuerdo
conel articulo
435 del Código Fiscal.NbMBRES DE LAS CUENTAS
Valor del
Pre-supuesto de
reotas y ,.de los créditos
poste-riores
ACTIVO
Reconocimien· ¡ Diferencia por tos a favor del exceso en el
Teaoro cálculo de la.s rentas Diferencia por defecto en el cálculo de la-s rentas Recaudoa Su~aa ea ca!rtera _
- - -
---·-
--
----
----·---·---·---
·
---·---
-
--
- · - -
--BIENES NACIONALES
1
Mic~:u~z~~~~~~~?~.s
.
.
~:
.
.
~~~~ .
~
Minas de S~n~ Ana y La Manta.Minas de Sup{a y Marmato ...• Ferrocarriles ... "' ... .
Arrendamiento de bosqües nacio-nale.s .... ... ... ..
Producto de otros bienes nacio
-1 nales ... , ... . Salinas terrestres ... . ' Salinas marítimas ... . 1 Pesca marítima ... , .. . J Laatre . ... -. , , .... , , . . . . . ... 100 •. 150 .. 16.000 .. 235,000 .. 16,000 .. 6,000 .. 1.050,000 .. 350,000 .. 100 .. 350 ..
...
100 .. 201 50 t . t • • 1 • • • • • 16,000 ...
' '.
. .
.
....
.
.
6,446 SS 228,553 15 11,327 691 4,672 31 ' 11,034 98 . '.
.
. .
.
.
.
.
.
.
9í6,165 97 73,834 Q3 300,165 66 49,834 34.
.
.
.
..
..
.
.
.
.
100 .. 753 50 • • • • • 1 • • • ~ • -.... • t • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • t 201 50 • t •• ' • • • 51 50-
16,000 ••.
.
'...
.
..
.
..
...
.
6,446 85.
...
' • • 1 • • • • ' • • 1 • • f • • 1 • • . 10,930 42 ' • • • f 1 • • • • • • 1 397 27 5,034 98 11,034 98 976,165 97.
..
.
.
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~.
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.
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..
299,579 60.
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".
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• • • • • • • • • 1 •.
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586 06 • • • • • •• • • 1 . . . 753so
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.
403 so • • ' t • • " • • ~---'-·---11
---
·
---
·
-Pasan ... . , •.... SI 1.673,700 .. 1.322,096 15 357,093 83 5,489 98 1.321,11~ 8Z 893 33•
-
~ '.
\ -Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)¡~
Valor detPre-
-~
eupuesto de Reconocimien·
.
1
NOMBRES DE LAS CUENTAS1
rentas y de los toa a. favor delcréditos poste- 1 Tesoro
riores
Diferencia por
e:z:ceso en el ~lculo de las rentas Diferencia por defecto en el cálculo de laa renta• Rec~udos
---.--- - -
¡
- ----
¡---¡----¡--
1 Vtenen ... · .... S. 1.673,700 .-.. 1.322,096 15 , 357,093 83 5,489 98 1.321,112 8Z SERVICIO .. 1 Correo¡. . . . , . . . • •.. _ ... . Telégrafos ... . 1Muelle, faro, prá.ctico y remolque.
Acuñación de monedas... . . . . ....
t~POESTOS
Aduanas ...•...
Dos por ciento para la conversión.
Fondo especial de caminos ... .
Tonelaje ... .
1 Exportación ( tagua1 oro Y'
ma-deras) •...
1
Sanidad ... ,.,. . . . .. .
Con~;ular ... /, ... .
I
.Mioas Sncesionea ...y donaciones •.... . . ..· .... ... ·Patentes de invención y de
regis-tro de marcas. . . . . . . . . . ..
Papel sellado y timbre nacional ..
Impuestos de consumo ... .
Fabricación de fósforos ... .
Canalización .... ... o • • • • • • • • • • • • • 1
Fea.jes nacionales. o • • • • • • • • • • ••• •
Rentas de las Intendencias
Nacio-nales ... o • • • • • o • •
Rentas de las Comisarías
Espe-ciales . . . . ... . 160,000 .• 560,000 .• 66,000 .. 350,000 .. 10.500,000 .. 210,000 .• 525,000 .• 1 216,000 .. 9,000 .. 7,300 .. 825,000 •. 15,000 .. 160,000 .• 6,000 .. 1,000,000 ..•• 800,000 .. 2,000-._. 400,000 .. 60,000 ••
.
28,000 .. : 226,882 46 715,809 74 47,475 42 244,728 48 4.683,872 14 93,975 57 233,649 76 113,355 58 25,305 53 7,830 .. 665,698 25 14,627 86 175,155 33 4,612 80 855.611 52 648,629 49 3,122 87 331,643 87 58,417 66 8,044 80 • • • •• • t •• • • 1 1 • • • • • • • 18,524 58 105,27~ '52 5.816,127 81) 116,024 43 291,350 24 102,644 42 •• • 1 ' . 1 t..
.
.
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. .
.
159,301 75 372 14.
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1,387 2()' 144,388 48 151,370 51 ..
.
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..
.
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. 68,356 13 1,582 34 19.955 20 153,000 .. . 248,703 42 .. .. .. • .. . .. 1 66,882 46 1 155,809 74 • • • • • • 1 1 • • • 1. . .
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1
16,099 96 95,703 42 244,136 341
s.;,
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1 cartera 1 ¡ 983 33 1 • • • 11 •• • • l.
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2,290 67 1 ..
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28,342 32 1 .sos 62 : 1,635 17 • •• • 1 • • •..
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168 89.
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• • • • 1 • • • ... 1.
...
• t • • • • ••. ...
35114 ' 1 • • • • • • 1 • • • •• • • • • • •• • • 1 4,567 08 Ingresos varios .. , . . . • . . . o • •• ••Rentas de vigencias anteriores .... Sumaa ...• o • • • • • • • o .S 15,000 . . 1 16,099 96 . . . . . 70,000 .. 103,093 94 .. . .. .. .. .. - - - 1 •• _ 1 10.848,44Z 60 7.353,750 63 17.811,000 136 27
-38,980 49 33,093 94 1 102,957 67 1 - 1 391,193 Z3 10.809,462 11 -/ , ..l.
-1-
.
Ol 1 -Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)NOMBRES DE LAS CUENTAS
,
1
1 Valor del
Pre-supuesto de gastos y de los créditos y con-tracréd~s pos-teriorea. 1l \
PASIVO
1 Reccfnocimien- 1 tos a cargo del Tesoro. \.
PAGOS 1 Saldos por
pagar.
Saldos sobraD
-Saldos por 1 tes para
anu-reconocer. lar.
- - - . . . - - - - -·· - - - -___ i -
1---·---
--
·---·
-
---·-
-
_;;.. ___
_
1Ministerio de Gobierno .•...
s
1 6. 903,177 89
Ministerio de Relaciones Exterio·
5.639,101 17 1 6.371,871'93 1
res, ..•...•••••.•... , , . 362,885 79 339,384 59 387,309 47
l. 714,840 63 1 1.770,616 89 1
1.968,862 'gg 2.017,772 62 1
Ministerio de. Hacienda •... 2.04-5,169 47
Mi ni.sterio de Guerra . . . '· .. 1 2.582,235 30
.Ministerio de Iostrucci6n Pública. 1.979,495 ~8 1.416.580 31
'1
1.421,783 H ,Minist~io de Agricultura y
Co-l
_
j _merc1o .. .. . .. .. .. .. . • • .. .. .. . .. . 209,95~ 32 123,181 81 120,365 ll
Ministerio de Obras Públicas ... 1 3.410,064 01 - 2.096,083 15 1 2.194,109 03
Minilteri.o del Tesoro .•...
¡.
__::80,52~_:_,_3.805,031 ~~-3.8i7,641~Sumas ... SI 21.773,510 5~ 17.103,065 79 .. 1 18.161,476 17 ' ) -1
'-...
732,776 76 t • • • • • • • 47,924 88 ~.
...
..
55,776 26.
..
..
.
..
48,909 63...
..
-
·.
5,203 43 2,816 68...
.
...
98,025 88 72,610 22 1 2,816 6B 1.061,227 06 ' 531,299 96 ~1-,PJ 68 274,552 58 564,462 68 557,711 74 86,773 51 1.215,954 98 402,885 91 3.633,641 3ó 21rP.J 68 3.609,217 68-
-" -a> 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)~
COMP ARACION
DlFltRENClAS En favor del En favor del En favor del En contra. del
de rentas. de gastos. Tesoro. Tesoro.
--
-
- - - -
-
-
-
-
---Düerencia. entre el Presupuesto de rentas y el de gastos .... S
. . .
.
.
'..
3.962,510 53 ''...
• • • • 1 • • • • •Düerencia entre los reconocimientos por rentas y por gastos.
. .
..
.
.
.
6.254,623 19.
.
.
. . .
.. .
.
.
.
.
. . . .
.
Diferencia. entre los recaudos y los pagos ...•...•.••.•...• .
.
. .
.
.
..
. .
.
.
.
.
.
.
.
.
. .
.
..
.
. .
7.352,014 06Diferencia. entre el producto efectivo del Presupuesto de
reo-7.315,850 25
ta.s y el valor líquido del de gastos ...•...
.
...
.
.
.
.
..
..
..
.
.
• • •• 1 • • •NOTÁ- Este saldo negativo que aparece en la. cuenta. de caja de este cuadro, se explica así:
Existencia. anterior negativa., según el re.spectivo cuadro sinóptico., ••. ,, ...••...••.... $ 1.101,2o«> 89
Pagado por servicio• pfiblicos en este año... . . . 18.161,476 17
Recaudos en este a.ño ............ , a • • , • • • •• • •• •• ·~ • • • •• •• • • •• , • • • • • •• • , • • • • • •• • • •• • t • • • • • • • • • ••• • • •• $
Saldo ne.gatiYo ............ .... ... $
Que proviene :
De la düerencia entre la. existencia en caja. al a.brirsP. la cuenta y la que había al cerra.rsP. .... , .•... $
Del saldo crédito de Laza.rd Brothers & C9, de Londres.. . . . . . • . . . . ... .
Del saldo crédito de vales de Tesorería. .•...•...•..•... , . . • . . . . . . .
Del saldo crédito de libranzas de Tesorería. ...•... ... ... ... Del saldo crédito del empréstito al Ferrocarril de Gi rardot.. . . ...•...•.•...•.. Del saldo crédito de la Compañía del Ferrocarril de Gira.rdot ...•...•.... Del saldo crédito de bonos colombianos de deuda. interna ...•.... , . . . . ...•....•...
~ Del saldo crédito de Pedro A. López & C~ (billetes ingleses).. . . ...•...•....
.... Del saldo crtsdito del empré&tito del comercio de Medellín ...•...
~ Del saldo crédito de cédulas de Tesorería... . . . ... , ...•...
1 Del saldo crédito de certificados de la vigencia. de 1918 ... , ...•...•...•...•....
t:1 Del saldo crédito de remesas. (El reato sirvió parn atender al pago de algunas cuentas, como las del Banco
8 Dugand, de Barranquilla.; Hijos de Liborio Gutiérrez. Félix Salazar e Hijos, etc., etc) .•...•.•...•....
1:
e
B Cl S Saldo en 1 caja..
.
.
.
.
... .
.
.
...
..
...
.
.
..
...
8.4SJ,z6o 95 19.262,723 06 10.809,462 11 8.45J1Z6o 95 843,184 •. 795,861 87 291,687 .• 335,456 •. 67,653 21 173,815 77 3.395,500 200,000 .. 320,000 •. 1.033,910 .. 939,020 54 57,172 56 8.453,260 95 g (/)k
Bogota., 18 de mayo de 1920.El Director General de la. Contabilidad Nacional, Joslt J. LUtVANO-El Tenedor de Libros, P!tDRO ABEL RUBIANO
Rep1íbllca de Colombia-Mfnlstu/o del Tesoro-Bogotá, mayo 18 de 1920.
Aprobado-El Miniatro, J. M. PASO'
...
-:r Ministerio de Hacienda y Crédito Público (Colombia)1 8
-Repú
b
li
ca
de
Colombia-,Ministerio
d
e
l
T~soro-JJirecciónGene-ral
dtla Contabilidad Na
o
ionat-Núme1·o 1009-Bogotá
,
1. o
de
junio d
e 1920 .
.
Se'ñor Ministro del Tesoro-En su Despacho.
Tt'ngo el honor de avisar a usted recibo de su atanto ofici<>
número J 166 de 28 del mes pr6ximo pasado, con relación al cual
me es grato manifestarle lo siguiente:
~n el informe qu~ anualmente r·intle esta Dirección al Mi~
nisterio
al
digno ca•·go de usted, trato tres puntos de euma impor-tancia, q ne me seria moy satisfactorio ver consignados en el
proyecto de ley qde entiendo presentará asted a las honorables
Cámaras en su próxima reunión. Para que pueda verificarse así,
y
correspondiendo a la excitación que se sirve hacerme en suapreciable oficio, me permito llamarle muy especialmente la aten
-ción a ellos y consignarlos en segoida:
1.0
Resta hlecimiento del inciso e) del artículo 202 del
CóJi-go FiscAl, derogado por la Ley 7.o. de 1916.
2. o Imposibilidad por parte de las Cámaras de rebajar las
partidas propuestas por el Ejecutivo pa1·a atender al pago de los
saldos pendientes de la vigencia anterior;
y
3.0 lnamovilida.rl de los empleados de cootabili dad coro
pe-ten tes durante su buena conducta. Para removerlos se necesita
comprobRrles legalmente incompetencia o mala condnota.
De
usted servidor muy A.tento,JosÉ