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El servicio comprenderá las prestaciones mínimas que, de forma enunciativa y no exhaustiva, se indicarán a continuación:

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REGULADOR DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES SITAS EN LA CALLE TUY S/N ADSCRITAS EN LA ACTUALIDAD AL CUARTEL DE LA POLICÍA LOCAL, QUE FOMENTE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Y EL MEDIO AMBIENTE EN SU EJECUCIÓN.

1. OBJETO DEL CONTRATO.

El contrato tiene por objeto la prestación del servicio de limpieza de las dependencias municipales sitas en la calle Tuy s/n, adscritas en la actualidad al Cuartel de la Policía Local.

También incluye el presente contrato la reposición de consumibles y materiales que se especifican en las cláusulas 2 y 5 del presente pliego.

A efectos informativos los licitadores podrán hacer la oportuna comprobación física de las dependencias objeto del contrato previa autorización del Servicio de Policía Local.

2. ALCANCE DE LOS TRABAJOS A REALIZAR.

El servicio comprenderá las prestaciones mínimas que, de forma enunciativa y no exhaustiva, se indicarán a continuación:

1.- Diariamente

 Repaso exterior de zona ajardinada y patios del edificio.  Barrido y fregado de suelos.

 Limpieza de mobiliario.

 Limpieza de servicios y lavabos.

 Limpieza de papeleras y ceniceros exteriores.  Mantenimiento de toalleros de lavabos.

 Suministro y mantenimiento de papel higiénico y jabón en lavabos y papel industrial para el gimnasio.

 Suministro y mantenimiento de bolsas para las papeleras y contenedores.  Limpieza de vestuarios.

 Riego de plantas.

 Instalación y retirada de 4 unidades higiénicas.  Limpieza entrada principal patio.

 Limpieza patios.

 Limpieza de la oficina de Control en la puerta del edificio.  Limpieza de la oficina de objetos perdidos.

 Limpieza de la oficina de mantenimiento.  Limpieza de la oficina de Atestados.

 Limpieza de zonas comunes, despachos y oficinas del edificio principal.  Limpieza del gimnasio.

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2.- Semanalmente

 Limpieza de puertas, marcos y cuadros.  Limpieza de maceteros y sus plantas.

 Limpieza de paredes, ventanas, persianas y contraventanas.  Limpieza del garaje de motocicletas policiales.

 Limpieza de garaje de vehículos policiales, que está enfrente del edificio policial.  Destrucción de papel de los contenedores habilitados en el interior del edificio y su

reciclado, observando la normativa vigente en cuanto a protección de datos y el tratamiento de papel.

3.- Mensualmente

 Limpieza de cristales interiores y exteriores de todas las plantas.  Limpieza a fondo de muebles y estanterías.

 Limpieza exterior de libros, carpetas y otros objetos.  Limpieza de techos, puntos de luz, interruptores y manillas.  Limpieza de garaje de vehículos policiales con máquina barredora.

4.- Semestralmente

 Acristalamiento / encerado de suelos

 Limpieza de suelos de plaqueta y cemento con máquina fregadora.

5.- Anualmente

 Limpieza de canalones, tejados y bajantes.

 Renovación de tierra de las plantas y reposición de las plantas secas.

RESIDUOS:

La retirada de los residuos de todos los Edificios y Locales procedentes de la limpieza objeto de este contrato, deberá hacerse por el propio personal de la empresa adjudicataria, en bolsas normalizadas y deberán cumplir las normas y horarios establecidos para el servicio de recogida de basuras municipal.

MEDIO AMBIENTE:

El adjudicatario respecto a todas las prestaciones que exige este pliego deberá tener una

conducta responsable con el medio ambiente primando la utilización de productos con etiqueta ecológica comunitaria.

3.- HORARIOS Y PERSONAL MÍNIMO QUE SE ADSCRIBIRÁ AL SERVICIO. Lunes a Viernes:

 Un/a limpiador/a de 7.00 a 14.00 horas.  Un /a limpiadores/as de 14:45 a 22:30 horas.  Un/a limpiador/a de 15.00 a 20.00 horas.

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Sábados:

 Una limpiador/a de 8.00 a 10.00 horas.

4.- PLAZO DEL CONTRATO.

El plazo inicial del contrato será de 1 AÑOS (1 años), pudiendo prorrogarse por períodos anuales mediante acuerdo expreso del órgano de contratación hasta un máximo de 1 años de prórroga, por lo que el plazo total del contrato podría alcanzar hasta los 2 años máximo de duración. A tal efecto, antes de la finalización del plazo contractual, el contratista deberá solicitar la prórroga y el órgano de contratación acordarla.

5. -OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO ADJUDICATARIO 5.1.- Medios materiales:

Todos los elementos y/o equipos necesarios para la ejecución de las limpiezas serán por cuenta de la empresa adjudicataria. En todo momento, los productos y materiales que se usen para la realización de las tareas de limpieza serán adecuados y en las cantidades necesarias. Se

emplearán productos adecuados, no tóxicos y se utilizarán de acuerdo con su ficha de seguridad. Los sistemas y modalidades de trabajo, así como los medios materiales empleados, serán tales que no alteren las propiedades físicas de la superficie a limpiar. Correrán de cuenta del adjudicatario la reparación de las deficiencias y la sustitución de los equipos o elementos estropeados cuyo origen se encuentre en una limpieza defectuosa.

El contratista suministrará todo el material necesario para llevar a cabo los trabajos de limpieza, a excepción de la energía eléctrica y agua necesarias para el servicio.

La empresa adjudicataria estará obligada a equipar a su costa a todos sus operarios con elementos de seguridad e higiene necesarios para la realización completamente protegida de todas sus labores. La empresa adjudicataria está obligada a llevar al día todas las revisiones legales obligatorias en la maquinaria, herramientas y utensilios que utilice su personal. A tal efecto, justificará periódicamente el cumplimiento de esta obligación.

5.2.- Medios Humanos y variaciones del personal:

El contratista está obligado a cubrir a su costa de forma inmediata las bajas del personal producidas por la incapacidad temporal o definitiva, vacaciones o enfermedad o cualquier otra causa que dé lugar a la necesidad de sustituir al personal, sin incremento del precio del contrato adjudicado. Las sustituciones serán cubiertas con personal perteneciente a la empresa adjudicataria, sin que haya lugar a la subcontratación.

En caso de producirse alguna variación definitiva del personal, la empresa adjudicataria lo comunicará al responsable municipal del contrato, dentro de los 5 días siguientes a la producción de la misma, entregándose copia del contrato visado por el INEM. Cualquier variación de personal asignado a este contrato no podrá suponer en ningún caso aumento del importe de adjudicación del mismo.

Cuando el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá realizarse bajo alguna modalidad de contratación que no vincule a los trabajadores directamente a los servicios objeto de éste, sino directamente al empresario adjudicatario. El Ayuntamiento de A Coruña no intervendrá en su selección.

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En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe con este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de actividad de la empresa. A tal

efecto, ninguno de los trabajadores que destine a la ejecución de este contrato tendrá como contenido único los trabajos propios de éste.

Será responsabilidad del contratista organizar el servicio de manera que se garantice la prestación íntegra de las prestaciones contratadas y a la vez los derechos socio laborales de sus trabajadores, sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas.

El contratista procurará la estabilidad en el empleo del personal que entre sus funciones tenga la ejecución de este contrato. Garantizará siempre, en caso de sustitución de personal, el cumplimiento de los requisitos de titulación y/o experiencia exigidos en el contrato. El contratista comunicará estos cambios al responsable municipal del contrato. El personal que preste servicios directos en dependencias municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con el empresario adjudicatario.

El adjudicatario ejercerá de modo real, efectivo y continuo, la dirección del personal que destina a la ejecución del contrato. Asumirá todas las obligaciones y derechos inherentes a la condición de empleador: Negociación colectiva, concesión de permisos, vacaciones y licencias, control de asistencia al trabajo y productividad, pago de salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y retención de IRPF, cumplimiento de la normativa en materia de formación y prevención de riesgos laborales, etc.

El empresario adjudicatario tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario del personal a emplear conforme a la legislación laboral y social aplicable, sin que en ningún caso el Ayuntamiento resulte responsable de las relaciones entre el contratista y sus trabajadores, incluso cuando los despidos o medidas que se adopten sean consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato. El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica ni laboral con el personal que preste el servicio. El empresario deberá hacer constar esta circunstancia en los contratos de trabajo que suscriba.

El prestador del servicio deberá contar con una persona gerente o administrador/a, que asumirá la tarea de interlocución con el del Ayuntamiento. En la documentación que presente deberá especificar su nombre y modos de comunicarse con esta persona.

En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad.

El empresario adjudicatario deberá presentar mensualmente, además de la documentación que exige el pliego de cláusulas administrativas particulares, un parte de incidencias donde se expliquen éstas con la claridad necesaria.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de las disposiciones sobre seguridad del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para la administración.

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5.3.- Pago del precio:

El contratista adjuntará a cada factura:

 Documentos que acrediten la presencia de los cuatro miembros del personal adscritos al servicio de limpieza.

 Documentos que acrediten los horarios por los que se factura referidos a cada uno de los trabajadores.

 Los boletines mensuales de cotización a la Seguridad Social del personal que efectivamente ha prestado sus servicios en el período anterior al de la facturación.

 El responsable del presente contrato será el Jefe de Servicio de la Policía Local que conformará mensualmente las facturas, debiendo presentar con la primera factura copia de los contratos de trabajo suscritos con cada uno de los trabajadores contratados visados por el INEM.

 Deberá presentar un informe al responsable del contrato semestralmente sobre los nombres, cantidades y especificaciones técnicas de los productos utilizados, formación del personal que desempeña el servicio y de todas las incidencias que acaeciendo en la ejecución del contrato.

A Coruña,

Conforme:

El Jefe Accidental de la Policía Local El Coordinador de Seguridad Ciudadana

Fdo. José Antonio Brandariz Castelo Fdo. Carlos García Touriñan

VºBº

Concejala Delegada de Seguridad Ciudadana, Igualdad y Diversidad

Referencias

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