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CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UNIDADES DE OBRA 1. MOVIMENTO DE TIERRAS

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CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UNIDADES DE OBRA 1. MOVIMENTO DE TIERRAS

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ÍNDICE

CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UNIDADES DE OBRA

1.- DESBROCE DEL TERRENO

2.- DEMOLICIONES

3.- EXCAVACIONES DE LA EXPLANACIÓN Y PRÉSTAMOS 4.- TERRAPLENES O PEDRAPLENES

5.- REFINO DE TALUDES

6.- ESCARIFICACIÓN Y COMPACTACIÓN

7.- ESCARIFICACIÓN Y COMPACTACIÓN DEL FIRME EXISTENTE 8.- PRUEBA CON SUPERCOMPACTADOR

9.- EXCAVACIÓN ESPECIAL DE TALUDES EN ROCA 10.- TERMINACIÓN Y REFINO DE LA EXPLANADA 11.- EXCAVACIÓN EN VACIADOS

12.- SUBBASE DE MATERIAL SELECCIONADO 13.- EXCAVACIÓN EN ZANJA Y POZOS

14.- RELLENOS LOCALIZADOS

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CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS UNIDADES DE OBRA

1. DESBROCE DEL TERRENO

Consiste en extraer y retirar de la zona de excavación todos los árboles, tocones, plantas, maleza, broza, escombros, basuras, tierra vegetal o cualquier otro material indeseable a juicio del director de las obras.

1.1.- Ejecución de las obras

Las operaciones de desbroce se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr unas condiciones de seguridad suficientes y evitar daños en las construcciones existentes, de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el director de las obras, quien designará y marcará los elementos que haya que conservar intactos.

Para disminuir en lo posible el deterioro de los árboles que hayan de conservarse, se procurará que los que han de derribarse caigan hacia el centro de la zona objeto de limpieza. Cuando sea preciso evitar daños a otros árboles, el tráfico, o a construcciones próximas, los árboles se irán troceando por su copa y tronco progresivamente.

El espesor a excavar para la extracción de la tierra vegetal será fijado en el proyecto o el ordenado por el director, con un mínimo de 20 cm de espesor.

Todos los tocones y raíces mayores de diez centímetros (10 cm) de diámetro serán eliminados hasta una profundidad no inferior a cincuenta centímetros (50 cm) por debajo de la rasante de excavación, ni menor de quince centímetros (15 cm) bajo la superficie natural del terreno.

Todos los pozos y agujeros que queden dentro de la explanación se rellenarán conforme a las instrucciones que, al respecto, de el director.

Del material obtenido en el desbroce se seleccionará aquél que a juicio del director de obra presente las mejores características para su posterior utilización en parques, jardines y otras zonas verdes, el cual se acopiará en lugar determinado por la D.F., no

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siendo de abono ni el acopia de los materiales ni la conservación de los mismos hasta su utilización, que correrá por cuenta del contratista.

La tierra vegetal que no haya de utilizarse posteriormente o que se rechace, así como los subproductos forestales no susceptibles de aprovechamiento, escombros, basura, etc. se transportarán a vertedero.

1.2.- Medición y abono

El desbroce del terreno se medirá en metros cúbicos (m3) sobre el terreno.

Si en los documentos del proyecto no figura esta unidad de obra, se entenderá, a los efectos de medición y abono, será considerada como excavación a cielo abierto, y por lo tanto no habrá lugar a su medición y abono por separado.

El precio incluye la carga, descarga, el transporte a lugar de acopio o a vertedero y el canon de vertido. Si se autorizase el contratista a utilizar el material dentro de la obra, ser por cuenta del contratista el mantenimiento de acopios hasta su utilización definitiva.

2.- DEMOLICIONES

2.1.- Definición

Consiste en el derribo de todas las construcciones o elementos que obstaculicen la obra o que sea necesario hacer desaparecer para dar por terminada la ejecución de la misma.

Su ejecución incluye las operaciones siguientes:

- Derribo de construcciones, infraestructuras y demás elementos - Retirada de los materiales de derribo.

- Carga, transporte de los productos resultantes a vertedero, descarga y cano de vertido.

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2.2.- Ejecución de las obras

Las operaciones de derribo se efectuarán con las precauciones necesarias para lograr una condiciones de seguridad, suficientes y evitar daños en las construcciones próximas, de acuerdo con lo que sobre el particular ordene el director de las obras, quien designará y marcará los elementos que haya de conservar intactos.

Los trabajos se realizarán de forma que produzcan las menos molestias posibles a los ocupantes de las zonas próximas a las obras.

El director suministrará una información completa sobre el posterior empleo de los materiales procedentes de las demoliciones que sea preciso ejecutar.

Los materiales de derribo que hayan de ser utilizados en la obra se limpiarán, acopiarán y transportarán en la forma y a los lugares que señale el director.

2.3.- Medición y abono

Las demoliciones se abonarán por metros cúbicos (m³) o por metros cuadrados (m²) según lo señalado en el PCTP y demás documentos del proyecto.

Si en el pliego de prescripciones técnicas particulares no se hace referencia alguna a la unidad de demoliciones, se entenderá que está comprendida en las de excavación y por tanto, no habrá lugar a su medición y abono por separado.

Este precio incluye la demolición como tal, la carga y descarga, el transporte a vertedero y el canon del mismo.

3.- EXCAVACIÓN DE LA EXPLANACIÓN Y PRÉSTAMOS

3.1.- Definición

Consiste en el conjunto de operaciones para excavar y nivelar las zonas donde han de asentarse los viales, incluyendo la plataforma, taludes y cunetas, así como las zonas

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de préstamos previstos o autorizados que puedan necesitarse, y el consiguiente transporte de los productos removidos a depósito o lugar de empleo.

Se incluye en esta unidad, la ampliación de las trincheras y/o la mejora de taludes en los desmontes, ordenadas por el director de las obras, en lugar de la excavación de préstamos o además de ellos, y la excavación adicional en suelos inadecuados.

Queda incluido en esta unidad de obra, los movimientos de tierras parciales y acopios intermedios del material hasta su ubicación definitiva.

Igualmente se incluye en esta unidad la excavación de las cimentaciones.

3.2.- Ejecución de las obras

3.2.1.- Generalidades

- Se mantiene lo prescrito en el artículo 320.3.1 del PG-3.

- El orden y la forma de ejecución se ajustará a lo establecido en el proyecto. - Las excavaciones deberán realizarse por procedimientos aprobados,

mediante el empleo de equipos de excavación y transporte apropiados a las características, volumen y plazo de ejecución de las obras.

3.2.2.- Drenaje

Se mantendrá lo prescrito en el artículo 320.3.2. del P.G.-3. 3.2.3.- Tierra vegetal

La tierra vegetal que se obtenga de las excavaciones será acopiada en los lugares que indique el director para su posterior empleo como recubrimiento de taludes de los terraplenes. En cualquier caso, la tierra vegetal extraída se mantendrá separada del resto de los productos excavados.

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Se mantendrá lo prescrito en el artículo 320.3.4. del P.G-3. 3.2.5.- Excavación en roca

Se mantendrá lo prescrito en el artículo 320.3.5. del P.G.-3. 3.2.6.- Préstamos y caballeros

Además de lo señalado en el artículo 320.3.6 del P.G.3, se establece los siguiente. En el caso de que no exista suficiente material idóneo, a juicio de la dirección de obra, para la formación de terraplenes o pedraplenes, procedentes del conjunto de la excavación, el contratista propondrá el empleo de material de préstamos situados fuera de los límites del ámbito de la obra. La dirección de obra podrá aceptar la propuesta del contratista, o bien sustituirla por otra alternativa de obtención de préstamos de otra procedencia.

3.2.7.- Taludes

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3.2.8.- Nivelación, compactación y saneo del fondo

En la superficie del fondo de la excavación se eliminarán la tierra y los trozos de roca sueltos, así como las capas de terreno inadecuado o de roca alterada, que por su dirección o consistencia pudieran debilitar la resistencia del conjunto. Se limpiarán también las grietas y hendiduras rellenándolas con hormigón o con material compactado, según disponga el director.

En los casos en que lo indiquen los planos o el director, el fondo de la cimentación se nivelará, rellenando los excesos de excavación con material adecuado, debidamente compactado, hasta obtener una rasante determinada, con una diferencia máxima de dos centímetros (0,02 m) en más o en menos con respecto a la cota establecida para cada punto.

Los trabajos de nivelación, compactación y saneo del fondo, indicados en los párrafos anteriores, se consideran incluidos en los precios unitarios de excavación y por ellos el contratista no tendrá derecho a percibir abono adicional alguno.

3.3.- Medición y abono

Además de los prescrito en el artículo 320.4 del P.G.-3 se establece lo siguiente: Si por conveniencia del contratista, aun con la conformidad del director de obra, se realizaran mayores excavaciones que las previstas en los perfiles del proyecto, el exceso de excavación, así como el ulterior relleno de dicha demasía, no será de abono al contratista, salvo que dichos aumentos sean obligados por causa de fuerza mayor y hayan sido expresamente ordenados, reconocidos y aceptados, con la debida anticipación por el director.

No serán objeto de abono independiente de la unidad de excavación, la demolición de fábricas antiguas, los sostenimientos de los terrenos y entibaciones y la excavación de las aguas y agotamientos, excepto en el caos de que el proyecto estableciera explícitamente unidades de obra de abono directo no incluido en los precios unitarios de excavación, o cuando la importancia de los tres conceptos indicados así lo decidiera el director.

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No serán de abono los trabajos intermedios que se tengan que realizar, para el buen funcionamiento de la obra de carga y transporte de material hasta su ubicación definitiva.

4.- TERRAPLENES

4.1.- Definición

Esta unidad consiste en la extensión y compactación de materiales procedentes de las excavaciones que sean aptas para la construcción de rellenos compactados para formación de la plataforma, o bien rocas que sin necesidad de alcanzar la calidad exigida para el concepto de pedraplén definido en el Artículo 331 del P.G.-3 cumplan los requisitos del presente artículo.

Su ejecución incluye las operaciones siguientes:

- Preparación de la superficie de asiento.

- Extensión y compactación del material en tongadas. - Humectación y desecación de una tongada.

4.2.- Zonas de los terraplenes

Se distinguirán las siguientes zonas:

Cimiento: Formado por aquella parte del terraplén que está por debajo de la superficie original del terreno y que ha sido vaciada durante el desbroce, o al hacer la excavación adicional, por presencia de material inadecuado definida en los planos, u ordenada por la dirección de las obras.

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Coronación: Formada por la parte superior del terraplén o en los fondos de desmonte no rocoso o de rocas plásticas o alteradas, sobre las que a juicio del director no deba sentarse directamente la subbase del firme.

El espesor de la coronación será el que figure en proyecto.

4.3.- Materiales

Clasificación y Condiciones Generales

Los materiales a emplear procederán de las excavaciones de la propia obra o de préstamos autorizados por el director. Podrán ser suelos o rocas.

Los suelos se clasifican en “inadecuados”, “tolerables”, “adecuados” y “seleccionados” según las especificaciones establecidas en el artículo 330.3.1 del P.G-3.

También se emplearán para la formación de terraplenes los materiales de la excavación en terreno rocoso, aunque se trate de rocas más o menos plásticas o friables, siempre que en el momento de la compactación no hayan sufrido los efectos de la meteorización que conviertan el material, una vez compactado, en “suelo inadecuado”.

El material que constituye el núcleo y cimientos de los rellenos compactados, terraplenes tendrá la clasificación mínima de suelo tolerable según el PG3, y cumplirá además las siguientes condiciones:

- El tamaño máximo será inferior a los dos tercios del espesor de la tongada de compactación.

- El cernido por el tamiz 0,080 UNE de muestras tomadas del relleno ya compactado, no será más de treinta y cinco por ciento (35%) en peso del total de la muestra.

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• Límite líquido inferior a cuarenta (LL<40) o simultáneamente: límite líquido menor de sesenta y cinco (LL<65) e índice de plasticidad mayor de seis décimas de límite líquido menos nueve (IP>0,6 LL-9).

• La densidad mínima será de 1,90 t/m³ pudiendo excepcionalmente aceptar el director hasta 1,70 t/m³, siempre que se demuestre exhaustivamente por parte del contratista que es suficiente la capacidad portante e indeformabilidad del relleno.

El índice C.B.R. de la coronación de explanada será superior a doce (12).

En pruebas con placa de carga de diam. 60 cm, el índice VSS será superior a mil (VSS>1000) en la capa de coronación de explanada y superior a 600 en el núcleo y cimiento de los terraplenes o pedraplenes.

El contratista estará obligado a levantar y rehacer de nuevo a su costa aquellas zonas de relleno compactado, que al paso del tráfico de los vehículos pesados acusen “muelleo” a juicio de la D.O.

4.4.- Empleo

En la coronación de explanada podrán emplearse únicamente suelos seleccionados, o el material rocoso definido en el apartado anterior para este fin.

En el núcleo y el cimiento de los terraplenes podrá emplearse solamente suelos tolerables, adecuados o seleccionados, o bien el material rocoso, definido par este fin en el apartado anterior.

Los suelos inadecuados no se utilizarán en ninguna zona del terraplén.

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Se mantendrá íntegramente lo prescrito en el artículo 330.5 del P.G-3 cuando se trate de emplear suelos y lo establecido en 331.5 del P.G-3 cuando se trate de material rocoso.

En cuanto a las tolerancias de las superficies acabadas se cumplirá lo establecido en el artículo 331.6 del P.G.-3, que será aplicable exclusivamente a la superficie acabada del núcleo, sobre la que posteriormente se extenderá la capa de coronación de explanada.

4.6.- Compactación

En terraplenes la densidad obtenida no será inferior a la máxima obtenida en el ensayo Proctor modificado, en coronación de los terraplenes.

En cimientos y núcleos de terraplenes no será inferior al noventa y ocho (98%) de la máxima obtenida en dicho ensayo.

Todos los ensayos se realizarán según la norma NLT-107/02.

4.7.- Limitaciones de la ejecución

Se mantiene lo prescrito en el 330.6 del P.G-3. No obstante el director podrá suavizar las exigencias en cuanto a la suspensión de los trabajos en tiempo frío, mediante las correspondientes instrucciones.

4.8.- Medición y abono

Todos los terraplenes y pedraplenes, excepto la coronación de explanada, se abonará según el precio del cuadro de precios del proyecto, cualquiera que sea su situación, la procedencia de los materiales y la distancia de transporte desde el punto de extracción al de empleo.

El volumen abonable se cubicará a partir de los perfiles transversales tomados del terreno, una vez realizados el desbroce y las excavaciones de remoción del material

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inadecuado para el apoyo del terraplén, así como el escalonado y preparación de la superficie de asiento del terraplén o pedraplén.

En los precios están incluidos todas las operaciones necesarias para ejecutar los terraplenes o pedraplenes, incluso obtención y coste del material de préstamos si fuese necesario.

Salvo que el pliego de prescripciones técnicas particulares indique lo contrario, se aplicará el mismo precio unitario a todas las zonas de pedraplén o terraplén.

A parte de todo lo anterior se mantendrá lo prescrito en el artículo 330.7 y 331.7 del P.G-3.

5.- REFINO DE TALUDES

5.1.- Definición

Consiste en las operaciones necesarias para conseguir el acabado geométrico de los taludes de terraplenes o pedraplenes y coronación de explanadas, así como los taludes de desmontes no incluidos en el artículo de “Excavación especial de taludes en Roca”.

5.2.- Ejecución de las obras

Se mantendrá lo prescrito en el Artículo 341.2 del P.G-.3.

5.3.- Medición y abono

El refino de taludes de desmonte se ejecutará incluido en el precio de excavación a cielo abierto.

En este precio está incluida la carga y transporte de los escombros procedentes del refino a lugar de empleo o vertedero, en su caso.

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Si en el proyecto no existe precio independiente de refino de taludes, se considerará incluida dentro de las unidades de excavación, terraplén o pedraplén, según sea el caso.

6.- ESCARIFICACIÓN Y COMPACTACIÓN

6.1.- Definición

Consiste en la escarificación de la superficie del terreno, efectuada por medios mecánicos, y su posterior compactación. Estas operaciones se realizarán una vez efectuadas las de desbroce y/o retirada de tierra vegetal.

6.2.- Ejecución de las obras

La escarificación se llevará a cabo en las zonas y con la profundidad que se estipula en los planos y pliego de prescripciones técnicas particulares o que, en su defecto, señale el director de las obras, hasta un límite máximo de veinticinco centímetros (25 cm).

La compactación de los materiales escarificados se realizará con arreglo a lo especificado en el artículo de “Terraplenes”. La densidad a obtener será igual a la exigible en la zona de terraplén de que se trate.

6.3.- Medición y abono

La escarificación y compactación del terreno se considera incluida en el precio unitario de terraplén o desmonte, y por lo tanto no habrá lugar a su medición y abono por separado.

7.- ESCARIFICACIÓN Y COMPACTACIÓN DEL FIRME EXISTENTE

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Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para demoler y escarificar firmes existentes, cuando interese de manera especial que el límite de la excavación no resulte dañado por la misma y presente buena terminación.

7.2.- Ejecución de las obras

La escarificación se llevará a cabo en las zonas y con la profundidad que se estipule en los planos y P.P.T.P. o que, en su defecto, señale el director de las obras.

Los productos removidos no aprovechables se transportarán a vertedero.

7.3.- Medición y abono

Salvo que figure expresamente en el pliego de prescripciones técnicas particulares, la escarificación y compactación del firme existente no se abonará, considerándose en la unidad correspondiente de firmes o explanaciones.

8.- PRUEBA CON SUPERCOMPACTADOR

8.1.- Definición

Se define como prueba de supercomapactador al paso de un supercompactador el número de veces que se especifique sobre la superficie a comprobar, buscando la localización de áreas inestables y la compactación adicional de las capas situadas bajo aquellas.

8.2.- Equipo necesario

El supercompactador se compondrá de una estructura rígida de acero, montada sobre neumáticos, que pueda cargar un peso bruto de más de cincuenta toneladas (50 Tn) y cuyo sistema de suspensión permita que cada neumático soporte aproximadamente la misma carga, aun cuando actúen sobre superficies irregulares.

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De acuerdo con lo que sobre el particular ordene el director de las obras, se ajustará la carga del supercompactador y la presión de inflado de sus neumáticos con objeto de obtener la presión de contacto deseada.

El supercompactador deberá manejarse de forma sistemática, de manera que sea fácilmente controlable el número de coberturas o pases previamente definidos o la velocidad que se señale, la cual en principio estará comprendida entre cuatro kilómetros por hora (4 km/h) y ocho kilómetros por hora (8 km/h).

Cuando el paso del supercompactador señale la presencia de zonas inestables, debe corregirse la falta de estabilidad mediante una compactación adicional.

8.4.- Medición y abono

El coste de los trabajos del supercompactador está incluidos en los precios unitarios de las excavaciones y los terraplenes. En consecuencia, estas operaciones no son objeto de abono independiente.

9.- EXCAVACIÓN ESPECIAL DE TALUDES EN ROCA

9.1.- Definición

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para excavar taludes en rocas, cuando interese de manera especial que la cara del talud no resulte dañada por la voladura y presenta buena terminación.

Dichas operaciones comprenden la excavación del volumen de roca situado a una distancia del talud, medida en horizontal no inferior a tres metros (3 m) y la formación de la cara de éste.

9.2.- Ejecución de las obras

En todos los taludes en roca se seguirá las prescripciones del artículo 322.2 del P.G-3, en cuanto a la calidad en la superficie del talud rocoso terminado, tanto en la regularidad de la superficie del corte final, como a evitar la trituración de la roca del

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talud por efecto de las voladuras. El coste de todas las precauciones y medidas para conseguir dichos objetivos estará incluido en la unidad correspondiente a excavación en roca.

En aquellos desmontes en que el director ordene, se aplicará la técnica del precorte, es decir, la creación de una superficie de corte coincidente con la final del talud mediante una pantalla de barrenos suficientemente próximos y paralelos, que explosionados previamente a la voladura de masa, produzcan una fisura del macizo rocoso que determina la superficie definitiva del talud.

En aquellos taludes en que sea aplicada la técnica del precorte serán preceptivas además las siguientes normas:

- Correrá por cuenta del contratista, y estará obligado a ello, el replanteo de los barrenos de precorte materializado en el terreno, sus características, espaciamiento, pendiente y longitud de perforación.

- No se aceptará un espaciamiento entre barrenos superior a 0,60 m siendo el diámetro máximo de perforación de 3 pulgadas, salvo determinación en contrario de la dirección de obra.

- La altura unitaria de la voladura de precorte, se limitará a 10m, al objeto de controlar la pendiente y desviación de los barrenos.

- Cuando la ejecución del talud exija por su altura la realización de voladuras de precorte en varias fases no se aceptará una anchura de berma superior a 50 cm entre fases consecutivas.

- Para la carga de los barrenos y al objeto de lograr un centrado correcto del explosivo, se utilizarán cañas d plásticos adecuadas, o explosivos fabricado específicamente para este cometido.

- La última fila de barrenos anterior al precorte, deberá tener una separación mínima de 1,50 m.

- El precorte se dispara con un número como mínimo anterior al primero de la secuencia de la voladura se destroza, procurando que tal número coincida con el nº 0 (detonadores instantáneos).

- Si no se dispone de cargas especiales, la concentración de la carga se conseguirá atando el cartucho de explosivos a una mecha detonante, e

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introduciendo así en el barreno, de forma que la concentración sea aproximadamente la que se indica a continuación.

CONCENTRACIÓN DEL BARRENO

DIÁMETRO DEL BARRENO (mm) CONCENTRACIÓN DE CARGA (kg/m) SEPARACIÓN DE CAÑAS (m) 37 0.12 0.3 a 0.4 44 0.17 0.3 a 0.5 50 0.25 0.4 a 0.6 62 0.35 0.6 75 9.5 0.6

- El contratista está obligado a controlar y esmerarse en la realización correcta de los barrernos de precorte para mantener la pendiente y evitar desviaciones - En el nº máximo de barrenos a disparar por voladura de precorte, regirá el

mismo criterio, de cantidad de explosivos máximo que en las voladuras de destroza, en función de la distancia a las zonas proteger, impuesta por el control de vibraciones.

- La dirección se reserva el derecho de exigir una rectificación de talud, sin derecho a abono, caso de que su estado no cumpla las especificaciones mínimas de terminación.

9.3.- Medición y abono

Se abonará al mismo precio que la excavación a cielo abierto que incluye la excavación en roca.

10.- TERMINACIÓN Y REFINO DE LA EXPLANADA

10.1.- Definición

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para conseguir el acabado geométrico de la explanada.

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10.2.- Ejecución de las obras

Las obras de terminación y refino de la explanada, se ejecutarán con posterioridad a la explanación y construcción de drenes y obras de fábrica que impidan o dificulten su realización. La terminación y refino de la explanada se realizarán inmediatamente antes de iniciar la construcción del firme.

Cuando haya que proceder a una recrecido de espesor inferior a la mitad (1/2) de la tongada compactada, se procederá previamente a un escarificado de todo el espesor de la misma, con objeto de asegurar la trabazón entre el recrecido y su asiento.

No se extenderá ninguna capa del firme sobre la explanada sin que se comprueben sus condiciones de calidad y sus características geométricas.

Una vez terminada la explanada, deberá conservarse continuamente con sus características y condiciones hasta la colocación de la primera capa de firme o hasta la recepción de la obra cuando se dispongan otras capas sobre ella. Las cunetas deberán estar en todo momento limpias y en perfecto estado de funcionamiento.

10.3.- Tolerancias de acabado

En la explanada se dispondrán estacas de refino a lo largo del eje y a ambos bordes de la misma con una distancia entre perfiles transversales no superior a veinte metros (20 m), y niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los planos. En los recuadros entre estacas, la superficie no rebasará la superficie teórica definida por ellas, ni bajará de ella más de tres centímetros (3 cm) en ningún punto.

La superficie acabada no deberá variar en más de quince milímetros (15 mm), cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la obra. Tampoco podrá haber zonas capaces de retener agua. Las irregularidades que excedan de las tolerancias antedichas se corregirán por el contratista, de acuerdo con lo que se señala en este pliego.

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10.4.- Control y criterios de aceptación y rechazo

10.4.1.- Objeto

Comprobación geométrica de las superficies de base del firme, una vez terminada, en relación con los planos del proyecto.

10.4.2.- Procedimiento

Se comprobarán las obras de replanteo del eje con miras cada veinte metros (20 m), colocando estacas niveladas hasta cm. En estos mismo puntos se comprobará la anchura y pendientes transversales, colocando estacas en los bordes del perfil transversal de la base del firme.

Se dedicará especial cuidado en detectar las posibles irregularidades localizadas de la base del firme (hoyos y lomos). Esta operación se hará mediante examen visual detenido.

10.4.3.- Interpretación de los resultados

Se aceptarán las secciones que cumplan las condiciones geométricas reflejadas en los planos del proyecto, con las tolerancias antes definidas, o bien las condiciones ordenadas por el director de las obras en caso de que éste hubiera modificado previamente alguna de aquellas (caso de taludes inestables, etc).

Las irregularidades que excedan de las tolerancias admitidas deberán ser corregidas por el contratista, atendiendo a las órdenes que en este sentido reciba el director de las obras.

Las irregularidades localizadas se corregirán de acuerdo con las instrucciones que en cada caso particular dé el director de las obras.

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La terminación y refino de la explanada, se considerará incluida dentro de las unidades de excavación o terraplén, según el caso.

11.- EXCAVACIÓN EN VACIADOS

11.1.- Definición

Excavación en vaciados es la excavación a cielo abierto que en todo su perímetro queda por debajo del nivel del suelo.

El vaciado se podrá realizar:

- Sin construir previamente estructura de contención en sus paredes.

- Habiendo construido previamente estructura de contención en sus paredes. El vaciado sin estructura previa puede realizarse:

- Por corte vertical, para realizar posteriormente la estructura de contención. - Por corte en taludes:

• Dejando el talud como elemento de contención por delante del talud y rellenando posteriormente su trasdós.

• Realización las estructura de contención por detrás del talud mediante corte de bataches.

El vaciado con estructura previa puede realizarse: • Con muros de contención

• Con pantalla

11.2.- Ejecución

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Antes de empezar el vaciado el director aprobará el replanteo realizado, así como los accesos propuestos que serán clausurables y separados para peatones y vehículos de carga o máquinas.

Las camillas del replanteo serán dobles en los extremos de las alineaciones y estarán separadas del borde del vaciado no menos de 1 m.

Se dispondrán puntos fijos de referencia, en lugares que no puedan ser afectados por el vaciado, a los cuales se referirán todas las lecturas de cotas de nivel y desplazamiento horizontales y/o verticales de los puntos del terreno y/o edificaciones próximas. Las lecturas diarias de los desplazamientos referidos a estos puntos se anotarán en un estadillo para su control.

Se protegerán los elementos de servicio público que puedan ser afectados por el vaciado como bocas de riego, tapas y sumideros de alcantarillado, farolas, árboles. Durante la excavación, y a la vista del terreno descubierto, el director podrá ordenar mayores profundidades que las previstas en los planos, para alcanzar capas suficientemente resistentes de roca o suelo, cuyas características geométricas o geomecánicas satisfagan las condiciones del proyecto. La excavación no podrá darse por concluida hasta que el director lo ordene. Cualquier modificación, respecto de los planos, de la profundidad o dimensiones de la excavación no dará lugar a variación de los precios unitarios.

En los casos de cimentación en suelos coherentes, o en rocas meteorizables, la excavación de los últimos treinta centímetros (0,30 cm) del fondo se ejecutará inmediatamente antes de iniciar la construcción de la fábrica del cimiento, a menos que se cubra el fondo con una capa de hormigón de limpieza.

La excavación se profundizará lo suficiente para que, en el futuro, el cimiento ni pueda resultar descalzado ni sufra menoscabo de su seguridad por efecto de la erosión producida por corrientes de agua o a causa de las excavaciones de ulteriores obras previstas en el proyecto o por el director.

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Si del examen del terreno descubierto en la excavación, el director dedujese la necesidad o la conveniencia de variar el sistema de cimentación previsto en el proyecto, se suspenderán los trabajos de excavación hasta la entrega de nuevos planos al contratista, sin que por tal motivo tenga éste derecho a indemnización.

11.2.2.- Sostenimiento y entibaciones

El diseño, dimensionamiento y cálculo de la entibación y de los sostenimientos, en su caso, serán de la exclusiva responsabilidad del contratista. No obstante, el contratista deberá presentar al director, cuando éste lo requiera, los planos y los cálculos justificativos de la entibación y de cualquier otro tipo de sostenimiento. El director podrá ordenar el aumento de la capacidad resistente o de la flexibilidad de la entibación, si lo estimase necesario, sin que por ello quedase el contratista eximido de su propia responsabilidad.

El contratista será responsable, en cualquier caso, de los perjuicios que se deriven de la falta de entibación, de sostenimientos, y de su incorrecto cálculo o ejecución.

El borde superior de la entibación se elevará por encima de la superficie del terreno como mínimo diez centímetros (0,10 cm). Los arriostramientos se distribuirán de forma que el espacio de trabajo se obstruya lo menos posible. Para el acceso del personal se colocarán escaleras o escaleras fijas y se prohibirá terminalmente el trepar por los elementos de la entibación.

El contratista está obligado a mantener una permanente vigilancia del comportamiento de las entibaciones y sostenimientos, y a reforzarlos o sustituirlos si fuere necesario. 11.2.3.- Evacuación de las aguas y agotamiento

El contratista mantendrá la excavación en cimientos libre de agua durante los trabajos de excavación, de construcción del cimiento y del relleno posterior.

Para ello dispondrá de bombas de agotamiento, desagües y canalizaciones de capacidad suficiente.

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Los pocillos de acumulación y aspiración del agua se situarán fuera del perímetro de la cimentación y la succión de las bombas no producirá socavación o erosiones del terreno de cimentación del hormigón recién colocado.

El nivel de las aguas se mantendrá pro debajo de la cota más baja de los cimientos; se evitará que el agua fluya a través del hormigón fresco, recién colocado.

Los trabajos de excavación de las aguas y agotamiento serán por cuenta del contratista.

11.2.4.- Empleo de los productos de excavación

Será de aplicación lo indicado en la unidad correspondiente de este pliego. 11.2.5.- Excavación en roca

Será de aplicación lo indicado en la unidad correspondiente de este pliego.

Cuando las diaclasas y fallas encontradas en la roca de cimentación presenten buzamientos o direcciones propicias al deslizamiento del terreno de cimentación, estén abiertas o rellenas de material milonitizado o arcilloso, o bien destaquen sólidos excesivamente pequeños, se profundizará la excavación hasta encontrar terreno en condiciones favorables para la cimentación. Los sistemas de diaclasas, las diaclasas individuales de cierta importancia y las fallas, aunque no se consideren peligrosas, se representarán en planos, en su posición, dirección y buzamiento, con indicación de la clase de materiales de relleno y se señalarán en el terreno, fuera de la superficie a cubrir por la obra de fábrica, con objeto de facilitar la eficacia de posteriores tratamientos de inyecciones, anclajes u otros.

11.2.6.- Nivelación, compactación y saneo del fondo

En la superficie del fondo de la excavación se eliminarán la tierra y los trozos de roca sueltos, así como las capas de terreno inadecuado o de roca alterada, que por su dirección o consistencia pudieran debilitar la resistencia del conjunto. Se limpiarán

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también las grietas y hendiduras rellenándolas con hormigón o con material compactado, según disponga el director.

En los casos en que lo indiquen los planos o el director, el fondo de la cimentación se nivelará, rellenando los excesos de excavación con material adecuado, debidamente compactado, hasta obtener una rasante determinada, con una diferencia máxima de dos centímetros (0,02 m) en más o en menos con respecto a la cota establecida para cada punto.

Los trabajos de nivelación, compactación y saneo del fondo, indicados en los párrafos anteriores, se consideran incluidos en los precios unitarios de excavación y por ellos el contratista no tendrá derecho a percibir abono adicional alguno.

11.3.- Control y criterios de aceptación y rechazo.

11.3.1.- Control de ejecución

El control de ejecución tiene por objeto vigilar y comprobar que las operaciones incluidas en esta unidad se ajustan a lo especificado en el pliego.

Los resultados deberán ajustarse al pliego y a lo indicado por el director durante la marcha de la obra.

11.3.2.- Control geométrico

Su objeto es la comprobación geométrica de las superficies resultantes de la excavación terminada en relación con los Planos y PCTP.

Las irregularidades que excedan de las tolerancias admitidas deberán ser corregidas por el contratista y en el caso de exceso de excavación no se computarán a efectos de medición y abono.

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Las excavaciones para vaciados se abonarán por metros cúbicos (m³) medidos sobre los planos de perfiles, una vez comprobado que dichos perfiles son correctos.

Si por conveniencia del contratista, aun con la conformidad del director, se realizaran mayores excavaciones que las previstas en los perfiles del proyecto, el exceso de excavación, así como el ulterior relleno de dicha demasía, no será de abono al contratista, salvo que dichos aumentos sean obligados por causa de fuerza mayor y hayan sido expresamente ordenados, reconocidos y aceptados, con la debida anticipación por el director.

No serán objeto de abono independiente de la unidad de excavación, la demolición de fábricas antiguas, los sostenimientos del terreno y entibaciones y la evacuación de las aguas y agotamientos, excepto en el caso de que el proyecto estableciera explícitamente unidades de obra de bono directo no incluido en los precios unitarios de excavación, o cuando por la importancia de los tres conceptos indicados así lo decidiera el director, aplicándose para su medición y abono las normas establecidas en este pliego.

12.- CORONACIÓN DE MATERIAL SELECCIONADO

12.1.- Definición

Se define como coronación de material seleccionado la capa de este material situada entre la base del firme y la explanada.

12.2.- Materiales

Los materiales serán arenas arcillosas y/o luminosas localizables en el área y cumplirán las especificaciones exigidas para los suelos seleccionados en el PG3:

- Carecerán de elementos de tamaño superior a diez centímetros (10 cm) y su cernido por el tamiz 0,040 UNE será de inferior al quince por ciento (15%) en peso, o en caso contrario cumplirá simultáneamente los siguientes límites:

• El cernido por el tamiz 2 UNE será inferior al 80%, • El cernido por el tamiz 0,4 UNE será menor del 75%

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• El cernido por el tamiz 0,080 UNE será inferior al 25%

• Simultáneamente su límite líquido será menor que treinta (LL<30) y su índice de plasticidad menor que diez (P<10).

- El contenido en sales solubles, incluido yeso, será inferior al 0,20% - El contenido en materia orgánica será inferior al 0,20%.

Las anteriores determinaciones se harán de acuerdo con las Normas de ensayo NLT-A05/72, NLT-106/72, NLT-102/72, NLT-111/72, NLT-118/59 y NLT-152/72.

12.3.- Ejecución de las obras

12.3.1.- Preparación de la superficie existente

El material seleccionado no se extenderá hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que ha de asentarse tiene la densidad debida y las rasantes indicadas en los planos con las tolerancias establecidas.

Si en dicha superficie existen irregularidades que excedan de las mencionadas tolerancias, se corregirán, de acuerdo con lo que se prescribe en la unidad de obra correspondiente en este pliego.

12.3.2.- Extensión de una tongada

Una vez comprobada la superficie de asiento de la tongada se procederá a la extensión de ésta. Los materiales serán extendidos, tomando las precauciones necesarias para evitar su segregación o contaminación, en tongadas de espesor lo suficientemente reducido para que, con los medios disponibles, se obtengan en todo el espesor el grado de compactación exigido. En todo caso la tongada no será superior a 30 cm.

Después de extendida la tongada se procederá, si es preciso, a su humectación. El contenido óptimo de humedad se determinará en obra, a la vista de la maquinaria disponible y de los resultados que se obtengan de los ensayos realizados.

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En el caso de que sea preciso añadir agua, esta operación se efectuará de forma que la humectación de los materiales sea uniforme.

12.3.3.- Compactación de la tongada

Conseguida la humectación más conveniente, se procederá a la compactación de la tongada, la cual se continuará hasta alcanzar una densidad no inferior a la máxima obtenida en el ensayo Proctor Modificado.

Las zonas que, por su reducida extensión, su pendiente o su proximidad a obras de fábrica, no permitan el empelo del equipo que normalmente se estuviera utilizando, se compactarán con los medios adecuados para el caso, de forma que las densidades que se alcancen no sean inferiores a las obtenidas en el resto de la coronación.

La compactación se efectuará longitudinalmente, comenzando por los bordes exteriores, progresando hacia el centro y solapándose en cada recorrido un ancho no inferior a un tercio (1/3) del elemento compactador.

No se extenderá ninguna tongada en tanto no haya sido realizada la nivelación y comprobación del grado de compactación de la precedente.

12.3.4.- Tolerancia de la superficie acabada

Dispuestas estacas de refino, niveladas hasta milímetros (mm) con arreglo a los planos, en el eje y bordes de perfiles transversales, cuya distancia no exceda de veinte metros (20 m), se comparará la superficie acabada con la teórica que pase por las cabezas de dichas estacas.

La superficie acabada no deberá rebasar a la teórica en ningún punto, ni diferir de ella en más de un quinto (1/5) del espesor previsto en los planos para la coronación.

La superficie acabada no deberá variar en más de diez milímetros (10 mm) cuando se compruebe con una regla de tres metros (3 m), aplicada tanto paralela como normalmente al eje de la calzada.

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Las irregularidades que excedan de las tolerancias antedichas se corregirán por el contratista, de acuerdo con las instrucciones del director.

12.3.5.- Limitaciones de la ejecución

Las capas de material seleccionado se ejecutarán cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea superior a los dos grados centígrados (2º C), debiendo suspenderse los trabajos cuando la temperatura descienda por debajo de dicho límite.

Sobre las capas en ejecución se prohibirá la acción de todo tipo de tráfico hasta que no se haya completado su compactación. Si ello no es factible, el tráfico que necesariamente tenga que pasar sobre ellas se distribuirá de forma que no se concentren huellas de rodadas en la superficie. El contratista será responsable de los daños originados por esta causa debiendo proceder a la reparación de los mismos con arreglo a las indicaciones del director.

12.4.- Control y criterios de aceptación y rechazo

Las materias objeto de control serán las siguientes:

- Materiales

- Comprobación de la superficie de asiento - Ejecución

- Geometría

12.4.1.- Control de los materiales

Tiene por objeto comprobar que el material seleccionado a utilizar cumple lo establecido en este pliego, no sólo en el lugar de origen, sino también en el propio lugar de empleo.

Se tomarán muestras del material para efectuar, por cada 750 m³ o fracción, los siguientes ensayos:

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- 1 Límites de Atterberg, S/NLT-105 y NLT-106 - 1 Proctor Modificado, S/NLT-107

- 1 C.B.R., S/NLT-111

- 1 Contenido en material orgánica s/NLT-117

Los resultados de los ensayos de los materiales, en su lugar de procedencia o de empleo, serán siempre valores que cumplan las limitaciones establecidas en el artículo.

12.3.2.- Comprobación de la superficie de asiento

Tiene por objeto comprobar que la superficie de asiento de la coronación tiene la densidad debida y las rasantes establecidas en los planos con las tolerancias admitidas.

No se considerará control suficiente el efectuado durante la ejecución de esta superficie si posteriormente ha habido circulación de vehículos pesados o lluvias intensas y, en general, si se aprecian anomalías a juicio del director de las obras. Los procedimientos de control podrán ser los siguientes:

- Inspección visual

- Observación del efecto del paso de un camión cargado sobre la superficie - Repetición de los ensayos de densidad, establecidos para la unidad

correspondiente a la superficie de asiento, en las zonas en que se presuma descompactación.

- Comprobación de la geometría superficial, principalmente del perfil transversal

- Eliminación de los depósitos de arrastres observados

En el caso de que se efectúen ensayos, serán aplicados los mismos criterios de interpretación exigidos a la unidad que constituye la capa de asiento.

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Tiene por objeto comprobar que la extensión y la compactación de las tongadas cumple las condiciones establecidas.

Se controlará el espesor, anchura y pendiente transversal de las tongadas.

Cuando la temperatura ambiente desciende del límite marcado anteriormente, se suspenderán los trabajos.

Se vigilará que no se produzcan segregación o contaminación del material durante la ejecución.

Para el control de la compactación se formarán lotes de 2.500 m² de tongada o fracción, en cada uno de los cuales se realizarán 5 ensayos de densidad in situ y humedad por el método nuclear, distribuidos de forma aleatoria en la superficie definida como lote.

Las densidades secas obtenidas en la capa compactada deberán ser iguales o mayores que las especificadas en cada uno de los puntos ensayados. No obstante, dentro de una muestra, se admitirán resultados individuales de hasta un dos por ciento (2%) menores que los exigidos, siempre que la media aritmética del conjunto de la muestra resulte igual o mayor que el valor fijado en el pliego.

Los resultados de los ensayos de determinación de humedad tendrán carácter indicativo y no constituirán por sí solas base de aceptación o rechazo.

Si durante el proceso de compactación aparecen blandones localizados, se corregirán antes de que se inicie la toma de densidades.

La humedad óptima del ensayo Proctor Modificado se considerará como dato orientativo, debiendo corregirse en obra de acuerdo con la energía de compactación del equipo de apisonado utilizado y a la vista de los resultados de los ensayos de humedad-densidad.

Para la realización de los ensayos de humedad y densidad podrán utilizarse métodos in situ, tales como los aparatos con isótopos radiactivos, picnómetros de aire, botella

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con carburo de calcio, etc, siempre que mediante ensayos previos se haya logrado establecer una correspondencia razonable, a juicio del director de las obras, entre estos métodos y los especificados en el pliego.

Asimismo, se realizarán ensayos de carga con placa en la superficie terminada, a fin de comprobar su resistencia y la ausencia de asientos en los terraplenes.

12.4.4.- Control Geométrico

Tiene por objeto la comprobación geométrica de la superficie terminada de coronación en relación con los planos.

Se comprobarán las cotas de replanteo del eje, con miras cada 20 m más los puntos singulares (tangentes de curvas horizontales y verticales, puntos de transición de peralte, etc), colocando estacas niveladas hasta milímetros. En esos mismos puntos se comprobará la anchura y pendiente transversal, colocando estacas en los bordes del perfil transversal.

Desde los puntos de replanteo se comprobará si aparecen desigualdades de anchura, de rasante o de pendiente transversal y se aplicará la regla de 3 m donde se sospechen variaciones superiores a las tolerables.

Se aceptarán las secciones que cumplan las condiciones geométricas exigidas.

Las irregularidades que excedan de las tolerancias admitidas deberán ser corregidas por el contratista, mediante la excavación o añadido de material y escarificado de la superficie subyacente.

Una vez compactada la zona objeto de reparación deberán repetirse en ella los ensayos de densidad, así como su comprobación geométrica.

Deberá extremarse la medición con regla de 3 m en las zonas en que coincida una pendiente longitudinal inferior al dos por ciento (2%) con una pendiente transversal inferior al dos por ciento (2%) (Zonas de transición de peralte), para comprobar que no quedan concavidades donde pueden depositarse arrastres en caso de lluvia.

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12.4.5.- Penalizaciones

En caso de incumplimiento de las especificaciones que afecten a una determinada parte de la obra de coronación y siempre que al criterio del director estos defectos no impliquen pérdida significativa en la funcionalidad y seguridad de la obra o parte de la obra y no sea posible subsanarlos, se aplicarán penalizaciones en forma de deducción en la relación valorada, de acuerdo con las siguientes fórmulas que podrán ser modificadas o complementadas en el PCTP:

P1 = 0,04 ▲C P (por defecto de compactación). Siendo:

P1 = Deducción unitaria por penalización euros/m³. P = Precio unitario de la subse euros/m³

▲C = Defecto en porcentaje del grado de compactación en relación con el especificado.

No se admitirán defectos de compactación superiores al cinco por ciento (▲C>5%)

12.5.- Medición y abono

Las coronaciones de material seleccionado se medirán por metros cúbicos (m³) realmente ejecutados medidos sobre los perfiles y se abonarán a los precios indicados en el cuadro de precios nº 1.

13.- EXCAVACIÓN EN ZANJA Y POZOS

13.1.- Definición

Consiste en el conjunto de operaciones necesarias para abrir zanjas y pozos. Su ejecución incluye las operaciones de excavación, nivelación y evacuación del terreno y

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el consiguiente transporte de los productos removidos a depósitos, lugar de empleo, o vertedero.

13.2.- Generalidades

Además de los prescrito en el artículo 321.3.1. del P.G-3 se establece lo siguiente: El contratista realizará la excavación en zanja utilizando los métodos y los equipos de maquinaria adecuados para ejecutar las obras, en los plazos señalados en el programa de trabajos aprobado. Antes de iniciar las excavaciones, el contratista estará obligado a someter la aprobación del director de la obra el programa de excavaciones, los métodos que va a seguir y los equipos de maquinaria a emplear.

13.3.- Excavación del fondo de la zanja

En los casos de terrenos meteorizables o erosionables por las lluvias, la zanja no deberá permanecer abierta a su rasante final más de ocho días (8) sin que sea colocada y cubierta la tubería o conducción a instalar en ella.

Antes de proceder a la colocación de las conducciones el contratista está obligado a compactar el fondo de excavación.

Los fondos de las zanjas se limpiarán de todo material suelto y sus grietas y hendiduras se rellenarán con el mismo material que constituya la cama o apoyo de la tubería o conducción, en los casos de huecos de profundidad mayor que el espesor de esta cama o apoyo, el tipo y calidad del relleno serán los que indique el director, en base a que no se produzcan asientos perjudiciales para la tubería o conducción.

13.4.- Entibación

Será de aplicación lo prescrito en el Artículo 321.3.2 del P.G-3.

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El contratista tomará las precauciones precisas para evitar que las aguas superficiales inunden las zanjas abiertas. En ningún caso será de abono independiente los medios auxiliares y trabajos adicionales para evitar el deterioro de la zanja.

En el caso en el que la conducción discurriese a nivel o por debajo del nivel freático del terreno, el contratista estará obligado a realizar una red de drenaje bajo la conducción, con desagüe a la red general de saneamiento.

Además será de aplicación lo prescrito en el Artículo 321.3.3. del P.G-3.

13.6.- Taludes

Se aplicará lo prescrito en el apartado 321.3.4 del P.G-3.

13.7.- Empleo de los productos de excavación. Caballeros

Además de lo prescrito en el apartado 320.3.4 del P.G-3 se establece lo siguiente: Los productos de excavación aprovechables para el relleno posterior de la zanja se podrán depositar en caballeros situados a un solo lado de la zanja, dejando una banqueta del ancho necesario para evitar su caída, con un mínimo de 60 centímetros y dejando libre los caminos, aceras, cuentas, acequias y demás pasos y servicios existentes.

13.8.- Pasos sobre la zanja. Instalaciones existentes

El contratista estará obligado a realizar las obras manteniendo en perfecto funcionamiento los servicios e instalaciones existentes, tanto en superficie como en el subsuelo, debiendo cerciorarse previamente de su situación y condiciones de funcionamiento. Deberá cumplir cuantas prescripciones dicten las autoridades de las que dependen dichos servicios o instalaciones.

El contratista deberá mantener el servicio de caminos y demás vías de comunicación de uso público en la forma que establezcan los planos u ordene el director. Para ello construirá los desvíos de vías de comunicación y los pasos sobre la zanja que sean

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necesarios, en las debidas condiciones de características geométricas y cargas de tráfico similares a las existentes. Asimismo, el contratista deberá mantener los accesos de carácter público o privado a las fincas e instalaciones, para lo cual llevará a efecto las medidas y obras auxiliares que sean precisas de conformidad con el director.

13.9.- Excesos inevitables

Se cumplirá lo prescrito en el apartado 321.4 del P.G-3.

13.10.- Tolerancias de las superficies acabadas

Se cumplirá lo prescrito en el apartado 321.5 del P.G-3.

13.11.- Medición y abono

Aparte de lo prescrito en el apartado 321.6 del P.G-3 se establecerá lo siguiente: No serán de abono independiente los medios auxiliares y trabajos adicionales para evitar el deterioro de la zanja.

Se considera incluido en el precio de excavación en zanja el agotamiento del nivel freático.

Si por conveniencia del contratista, aún con la conformidad del director, se realizaran mayores excavaciones que las previstas en los perfiles del proyecto, el exceso de excavación, así como el ulterior relleno de dicha demasía, no será de abono al contratista, salvo que dichos aumentos sean obligados por causa de fuerza mayor, y que hayan sido expresamente ordenados, reconocidos y aceptados, con la debida anticipación, por el director.

No serán objetos de abono independientes de la unidad de excavación, la demolición de fábricas antiguas, los sostenimientos del terreno y entibaciones y la evacuación de las aguas y agotamientos, excepto en el caso de que el proyecto estableciera explícitamente unidades de obra de abono directo no incluido en los precios unitarios

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de excavación o cuando por la importancia de los tres conceptos indicados, así lo decidiera el director.

14.- RELLENOS LOCALIZADOS

14.1.- Definición

Esta unidad consiste en la extensión y compactación de suelos procedentes de excavaciones para relleno de zanjas, trasdós de obras de fábrica o cualquier otra zona cuyas dimensiones no permiten la utilización de los mismos equipos de maquinaria con que se lleva a cabo la ejecución de terraplenes.

No se incluye en este artículo los rellenos con material filtrante a los que se dedica un artículo exclusivamente.

Se cumplirá lo establecido en los apartados 332.2, 332.3, 332.4, 332.5 y 332.6 del P.G-3.

14.2.- Medición y abono

Los rellenos localizados en zanjas y pozos con los mismos materiales de la excavación no son objeto de abono particular, ya que están incluidos en los correspondientes precios de estas excavaciones.

Todos los rellenos localizados se abonarán por m³ realmente ejecutados medidos en los planos de perfiles, no siendo de abono ningún exceso sobre la sección tipo definida en los planos, salvo que sea expresamente autorizado por el director de obra con la suficiente antelación.

15.- RELLENOS LOCALIZADOS CON MATERIAL FILTRANTE

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Consiste en la extensión y compactación de materiales filtrantes en zanjas, trasdós de obras de fábrica, o cualquier otra zona, cuyas dimensiones no permitan la utilización de los equipos de maquinaria de alto rendimiento.

15.2.- Materiales

Se mantiene lo establecido en los artículos 421.2 del P.G-3.

15.3.- Ejecución de las obras

Se mantiene lo establecido en los apartados del articulo 421.3 del P.G-3.

15.4.- Limitaciones de la ejecución

Se mantiene lo establecido en el artículo 421.4 del P.G-3.

15.5.- Medición y abono

El material filtrante se abonará según los precios establecidos en el cuadro de precios del proyecto.

El volumen abonable a los precios, será el deducido de las secciones transversales teóricas, definidas en los planos, y de la longitud realmente ejecutada, de acuerdo con los planos u órdenes del director de obra, no siendo de abono ningún tipo de exceso sobre la sección teórica definida en los planos.

Referencias

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