I
INFORMATIVONFORMATIVO
C
C ABALLERO ABALLEROBBUSTAMANTEUSTAMANTE
Fuente:
Fuente: www.caballwww.caballerobustamante.com.perobustamante.com.pe e
Derechos Reservados
Derechos Reservados Como es de pleno conocimiento, a través
Como es de pleno conocimiento, a través
del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº
del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº
970, publicado el 24.12.2006 y cuya entrada
970, publicado el 24.12.2006 y cuya entrada
en vigencia rige a partir del 01.01.2007, se
en vigencia rige a partir del 01.01.2007, se
eectuó la incorporación del literal a1) al
eectuó la incorporación del literal a1) al
articulo 37º de la Ley del Impuesto a la Renta
articulo 37º de la Ley del Impuesto a la Renta
(LIR), el carácter de gasto deducible, sujeto a
(LIR), el carácter de gasto deducible, sujeto a
limite, de aquellos desembolsos motivados
limite, de aquellos desembolsos motivados
con la fnalidad de suragar los gastos de
con la fnalidad de suragar los gastos de
movilidad del personal de la empresa, a
movilidad del personal de la empresa, a
con-secuencia del desempeño de sus unciones
secuencia del desempeño de sus unciones
y cuya naturaleza (de tales gastos) mantenga
y cuya naturaleza (de tales gastos) mantenga
en esencia los elementos constitutivos de
en esencia los elementos constitutivos de
una condición de trabajo, no obstante que
una condición de trabajo, no obstante que
estos no se encuentren sustentados en
estos no se encuentren sustentados en
comprobantes de pago que cumplan con
comprobantes de pago que cumplan con
los requisitos y características contenidos
los requisitos y características contenidos
en los artículos 8º y 9º del Reglamento de
en los artículos 8º y 9º del Reglamento de
Comprobantes de Pago (RCP).
Comprobantes de Pago (RCP).
Es importante señalar que antes de la
Es importante señalar que antes de la
incorporación del inciso a1) al articulo 37º de
incorporación del inciso a1) al articulo 37º de
la LIR, la legislación del Impuesto a la Renta
la LIR, la legislación del Impuesto a la Renta
no había contemplado el supuesto en que
no había contemplado el supuesto en que
un gasto resultara deducible por cumplir en
un gasto resultara deducible por cumplir en
esencia y naturaleza propia con el principio
esencia y naturaleza propia con el principio
de causalidad sin mantener un comprobante
de causalidad sin mantener un comprobante
de pago que lo sustente, como es el caso
de pago que lo sustente, como es el caso
del gasto por movilidad. No obstante, ya
del gasto por movilidad. No obstante, ya
en el tiempo la deducibilidad de los gastos
en el tiempo la deducibilidad de los gastos
de movilidad aún cuando no se cuente con
de movilidad aún cuando no se cuente con
comprobantes de pago habían sido
comprobantes de pago habían sido
recono-cidos por el Tribunal Fiscal a través de las
cidos por el Tribunal Fiscal a través de las
Resoluciones Nº 8729-5-2001 (26.10.2001) y
Resoluciones Nº 8729-5-2001 (26.10.2001) y
Nº 05794-5-2003 (15.10.2003), en las cuales
Nº 05794-5-2003 (15.10.2003), en las cuales
había maniestado el órgano colegiado
había maniestado el órgano colegiado
que en la medida que exista evidencia y
que en la medida que exista evidencia y
un debido control tributario de los gastos
un debido control tributario de los gastos
de movilidad, tales conceptos resultarían
de movilidad, tales conceptos resultarían
deducibles siempre que sean necesarios
deducibles siempre que sean necesarios
para el desempeño de las labores de los
para el desempeño de las labores de los
trabajadores. Es de esta manera, observando
trabajadores. Es de esta manera, observando
ello, que la Legislación del Impuesto a la
ello, que la Legislación del Impuesto a la
Renta, ha tenido a bien considerar
Renta, ha tenido a bien considerar
condi-cionantes para la deducibilidad de dichos
cionantes para la deducibilidad de dichos
gastos, vinculadas con el cumplimiento de
gastos, vinculadas con el cumplimiento de
requisitos sustanciales, esto es; que
requisitos sustanciales, esto es; que
resul-ten necesarios para el desempeño cabal
ten necesarios para el desempeño cabal
de las unciones de los trabajadores y no
de las unciones de los trabajadores y no
constituyan benefcio o ventaja patrimonial
constituyan benefcio o ventaja patrimonial
directa de los mismos y otros de carácter
directa de los mismos y otros de carácter
ormal, como es el caso del control que
ormal, como es el caso del control que
deberá ejercerse sobre ellos (los gastos) a
deberá ejercerse sobre ellos (los gastos) a
través de la planilla de movilidad, así como
través de la planilla de movilidad, así como
su aceptación hasta un limite
su aceptación hasta un limite máximo diariomáximo diario
permitido por trabajador.
permitido por trabajador.
que deberá contener cada uno de lo cargos
que deberá contener cada uno de lo cargos
a resultados y registros en la planilla de
a resultados y registros en la planilla de
movilidad, lo constituye la condición de
movilidad, lo constituye la condición de
trabajo. Cabe señalar que la LIR ha previsto
trabajo. Cabe señalar que la LIR ha previsto
indirectamente la conceptualización de la
indirectamente la conceptualización de la
condición de trabajo en el segundo párrao
condición de trabajo en el segundo párrao
del inciso a) del articulo 34º señalando que
del inciso a) del articulo 34º señalando que
“no se considerarán como renta de quinta
“no se considerarán como renta de quinta
categoría las cantidades que percibe el
categoría las cantidades que percibe el
servidor por asuntos del servicio en lugar
servidor por asuntos del servicio en lugar
distinto al de su residencia habitual, tales
distinto al de su residencia habitual, tales
como gastos de viaje, viáticos por gastos
como gastos de viaje, viáticos por gastos
de alimentación y hospedaje, gastos de
de alimentación y hospedaje, gastos de
movilidad y otros gastos exigidos por la
movilidad y otros gastos exigidos por la
naturaleza de sus labores, siempre que
naturaleza de sus labores, siempre que
no constituyan sumas que por su monto
no constituyan sumas que por su monto
revelen el propósito de evadir el
revelen el propósito de evadir el impuesto impuesto ”.”.
Asimismo, la legislación laboral vigente, de
Asimismo, la legislación laboral vigente, de
acuerdo a lo señalado en el artículo 7º del
acuerdo a lo señalado en el artículo 7º del
Decreto Supremo Nº 003-97-TR (27.03.97)
Decreto Supremo Nº 003-97-TR (27.03.97)
y en los incisos c) e i) del artículo 19º del
y en los incisos c) e i) del artículo 19º del
Decreto Supremo Nº 001-97-TR (01.03.97),
Decreto Supremo Nº 001-97-TR (01.03.97),
respectivamente, ha dispuesto para eectos
respectivamente, ha dispuesto para eectos
remunerativos como para los beneicios
remunerativos como para los beneicios
sociales (Compensación por Tiempo de
sociales (Compensación por Tiempo de
Servicios) el carácter de no remunerativo
Servicios) el carácter de no remunerativo
de
de“T“Todos aquellos montos que odos aquellos montos que se otorguense otorguen
al trabajador para el cabal desempeño de
al trabajador para el cabal desempeño de
su labor, o con ocasión de sus unciones,
su labor, o con ocasión de sus unciones,
tales como movilidad, viáticos, gastos de
tales como movilidad, viáticos, gastos de
representación
representación, vestuario y , vestuario y en general todo en general todo
lo que razonablemente cumpla tal objetivo y
lo que razonablemente cumpla tal objetivo y
no constituya benefcio o ventaja
no constituya benefcio o ventaja patrimonial patrimonial
para el trabajador”.
para el trabajador”.
Es en este sentido, como se ha podido
Es en este sentido, como se ha podido
apreciar precedentemente, siempre que los
apreciar precedentemente, siempre que los
desembolsos otorgados no constituyan un
desembolsos otorgados no constituyan un
benefcio que genere una ventaja patrimonial
benefcio que genere una ventaja patrimonial
para el trabajador, dichos gastos de movilidad
para el trabajador, dichos gastos de movilidad
califcarían en esencia como condición de
califcarían en esencia como condición de
trabajo y por ende deducibles aún cuando
trabajo y por ende deducibles aún cuando
no cuenten con comprobante de pago, claro
no cuenten con comprobante de pago, claro
está, en la medida que no superen el limite
está, en la medida que no superen el limite
máximo diario permitido por trabajador.
máximo diario permitido por trabajador.
Uno de los aspectos que resulta
Uno de los aspectos que resulta
impor-tante tener en consideración es que los
tante tener en consideración es que los
desembolsos asumidos por la empresa,
desembolsos asumidos por la empresa,
en avor de trabajadores independientes,
en avor de trabajadores independientes,
tales como; pasajes al centro de trabajo,
tales como; pasajes al centro de trabajo,
movilidades vinculadas con la prestación,
movilidades vinculadas con la prestación,
entre otros, desde la perspectiva analizada
entre otros, desde la perspectiva analizada
no resultarían deducibles.
no resultarían deducibles.
De otra parte, se agrega a lo
De otra parte, se agrega a lo
anteriormen-te expuesto, los gastos de movilidad
te expuesto, los gastos de movilidad
asumi-dos por la empresa en avor de trabajadores
dos por la empresa en avor de trabajadores
contractual o no. Cabe señalar que dichos
contractual o no. Cabe señalar que dichos
gastos se constituirían en liberalidades al
gastos se constituirían en liberalidades al
ser suragados en beneicio de terceros,
ser suragados en beneicio de terceros,
lo cual, generaría una disminución de sus
lo cual, generaría una disminución de sus
gastos (beneicio patrimonial del tercero)
gastos (beneicio patrimonial del tercero)
derivado de tal hecho. En consecuencia no
derivado de tal hecho. En consecuencia no
resultaría aplicable lo señalado en el inciso
resultaría aplicable lo señalado en el inciso
a1) del artículo 37º de la LIR, al no existir una
a1) del artículo 37º de la LIR, al no existir una
vinculación laboral.
vinculación laboral.
En virtud a las consideraciones
En virtud a las consideraciones
expues-tas, el objetivo del presente trabajo se
tas, el objetivo del presente trabajo se
orienta a proporcionar alcances de carácter
orienta a proporcionar alcances de carácter
práctico, para eecto de un debido control
práctico, para eecto de un debido control
tributario y administrativo. Es importante
tributario y administrativo. Es importante
señalar que en esta oportunidad no se
señalar que en esta oportunidad no se
abor-dará un análisis conceptual de la naturaleza
dará un análisis conceptual de la naturaleza
de los gastos de movilidad, por cuanto este
de los gastos de movilidad, por cuanto este
ha sido desarrollado en el inorme especial
ha sido desarrollado en el inorme especial
"La deducción de gastos mediante la plani-
"La deducción de gastos mediante la plani-
lla de movilidad"
lla de movilidad" publicado en la segundapublicado en la segunda
quincena de enero 2007. quincena de enero 2007. 2.Controladministrativo,contable, 2.Controladministrativo,contable, tributario tributario 2.1.Controladministrativo-contable 2.1.Controladministrativo-contable
Ya en el plano netamente práctico,
Ya en el plano netamente práctico,
muchas son las motivaciones por las
muchas son las motivaciones por las
cuales diversas áreas de la empresa
cuales diversas áreas de la empresa
tales como; inanzas, créditos y
tales como; inanzas, créditos y
co-branzas, tesorería, contabilidad, entre
branzas, tesorería, contabilidad, entre
otros, mantiene, cada una de ellas,
otros, mantiene, cada una de ellas,
ondos de caja chica a eecto
ondos de caja chica a eecto se suragarse suragar
desembolsos vinculados con trámites
desembolsos vinculados con trámites
administrativos, gestiones de cobranza,
administrativos, gestiones de cobranza,
operaciones bancarias, presentación
operaciones bancarias, presentación
de declaraciones juradas mensuales,
de declaraciones juradas mensuales,
entre otros supuestos. Es aquí que al
entre otros supuestos. Es aquí que al
producirse la entrega a rendir, en donde
producirse la entrega a rendir, en donde
la persona encargada de tales ondos
la persona encargada de tales ondos
deberá identifcar en primer orden al
deberá identifcar en primer orden al
personal que realizara la gestión, la
personal que realizara la gestión, la
misma que eectuara posteriormente
misma que eectuara posteriormente
la rendición de gastos respectiva, lo
la rendición de gastos respectiva, lo
cual a partir de ello, permitirá evaluar
cual a partir de ello, permitirá evaluar
la relación causal de los gastos
la relación causal de los gastos y consi-y
consi-guiente clasifcación de renta de quinta,
guiente clasifcación de renta de quinta,
condición de trabajo, liberalidad, que
condición de trabajo, liberalidad, que
posteriormente generará el registro en
posteriormente generará el registro en
la planilla de gastos de movilidad,
la planilla de gastos de movilidad,
res-pecto de aquellos gastos que cumplan
pecto de aquellos gastos que cumplan
en estricto dicha naturaleza.
en estricto dicha naturaleza.
2.2.Controltributario
2.2.Controltributario
En lo concerniente al control tributario,
En lo concerniente al control tributario,
como bien se ha señalado
anterior-mente, previa conceptualización de los
mente, previa conceptualización de los
gastos de movilidad no sustentados
gastos de movilidad no sustentados
en comprobantes de pago, de acuerdo
en comprobantes de pago, de acuerdo
con el inciso a1) del articulo 37º de
con el inciso a1) del articulo 37º de
la Ley del Impuesto a la Renta, estos
la Ley del Impuesto a la Renta, estos
no podrán exceder del importe de S/.
no podrán exceder del importe de S/.
20.00 (4% de la Remuneración Mínima
20.00 (4% de la Remuneración Mínima
Vital), aplicables para el ejercicio 2007,
Vital), aplicables para el ejercicio 2007,
por trabajador y respecto de aquellos
por trabajador y respecto de aquellos
desembolsos incurridos y que sean
desembolsos incurridos y que sean
necesarios para el cabal desempeño
necesarios para el cabal desempeño
de sus unciones y que no constituyan
de sus unciones y que no constituyan
benefcio o ventaja patrimonial directa
benefcio o ventaja patrimonial directa
de los mismos. de los mismos. 3.Aplicaciónprácticaintegral 3.Aplicaciónprácticaintegral 3.1.Enunciado 3.1.Enunciado
La empresa COMPUDATA S.A. se dedica
La empresa COMPUDATA S.A. se dedica
a la importación y venta de equipos de
a la importación y venta de equipos de
cómputo, y cuenta con 17 trabajadores
cómputo, y cuenta con 17 trabajadores
en planilla: en planilla: 1 Gerente general 1 Gerente general 1 Gerente comercial 1 Gerente comercial 2 Secretarias 2 Secretarias 1 Contador 1 Contador 3 Asistentes de contabilidad 3 Asistentes de contabilidad 2 Auxiliares contables 2 Auxiliares contables 4 Vendedores 4 Vendedores
2 Asistentes de créditos y cobranza
2 Asistentes de créditos y cobranza
1 Conserje
1 Conserje
Con la inalidad de implementar un
Con la inalidad de implementar un
debido control tributario de los gastos
debido control tributario de los gastos
de movilidad a los cuales se reiere
de movilidad a los cuales se reiere
el inciso a1) del artículo 37º de la LIR,
el inciso a1) del artículo 37º de la LIR,
nos ha proporcionado la siguiente
nos ha proporcionado la siguiente
in-ormación correspondiente a los días
ormación correspondiente a los días
comprendidos entre el 26 y 31 de marzo
comprendidos entre el 26 y 31 de marzo
del presente ejercicio:
del presente ejercicio:
a.
a.MovilidaMovilidadotordotorgadagadaatraatrabajadobajadoresres
independientes
independientes
a.1. La empresa ha contratado los
a.1. La empresa ha contratado los
servicios de un
servicios de un proesionalproesional
independiente
independiente para que rea-para que
rea-lice la evaluación y estudio de
lice la evaluación y estudio de
mercado por 1 mes,
mercado por 1 mes,
compren-dido entre el 15 de marzo y el
dido entre el 15 de marzo y el
15 de abril de 2007, el importe 15 de abril de 2007, el importe de su retribución asciende a de su retribución asciende a S/. S/. 2,500. 2,500. Adicionalmente se Adicionalmente se lele
ha otorgado por cada uno de los
ha otorgado por cada uno de los
días comprendidos entre el 26 y
días comprendidos entre el 26 y
30 de marzo un importe total de
30 de marzo un importe total de
movilidad ascendente a S/. 100.00,
movilidad ascendente a S/. 100.00,
atribuibles en S/. 20.00 diarios.
atribuibles en S/. 20.00 diarios.
a.2. La empresa ha contratado los
a.2. La empresa ha contratado los
ser-vicios de 2
vicios de 2 trabajadorestrabajadoresinde-
inde-pendientes
pendientes, los cuales eectúan, los cuales eectúan
gestiones específcas de acuerdo
gestiones específcas de acuerdo
a la necesidad de la misma, para
a la necesidad de la misma, para
de gastos incurridos durante los
de gastos incurridos durante los
días comprendidos entre el 26 y
días comprendidos entre el 26 y
30 de marzo.
30 de marzo.
Descr
Descripciónipcióndelgastodelgasto TTrarababajajadodorr TTrarababajajadodorr
N
Nºº11 NNºº22
–––––––––––––
–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Boletos
Boletos transporte transporte urbano urbano 55.00 55.00 50.0050.00
–––––––––––––
–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Con
Con facturas facturas de de taxi taxi 20.00 20.00 46.0046.00
–––––––––––––
–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Sin
Sin sustento sustento 15.00 15.00 30.0030.00
––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– G Gaassttoottoottaall SS//..9900..0000 SS//.. 1 12266..0000 b.Asignacióndemovilidad b.Asignacióndemovilidad
La empresa asigna vehículos a 2
La empresa asigna vehículos a 2
de sus vendedores, a los cuales
de sus vendedores, a los cuales
les otorga diariamente S/. 17.00 por
les otorga diariamente S/. 17.00 por
concepto de movilidad, término
concepto de movilidad, término
empleado al suragarle los gastos
empleado al suragarle los gastos
de combustible de dichos
de combustible de dichos
vehícu-los. A continuación presentamos
los. A continuación presentamos
la liquidación eectuada por dichos
la liquidación eectuada por dichos
vendedores: vendedores: T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2288aall3311ddeemmaarrzzoo22000077 2 288 3300 3311 Sustento
Sustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee
S
S//.. SS//.. SS//..
VendedorNº2
VendedorNº2 Factura Factura 10.0010.00 Boletas deBoletas de 7.007.00
Venta
Venta
Sin
Sin sustento sustento 7.00 7.00 Sin Sin sustento sustento 17.00 17.00 Sin Sin sustento sustento 10.0010.00
T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2266aall2299ddeemmaarrzzoo22000077 2 266 2277 2288 2299 C Coonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn Vendedor
Vendedor SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSustestentntooSuSuststenentoto SuSustestentntooSuSuststenentoto SuSustestentntooSuSuststenentoto
Nº3 Nº3 15.00 15.00 15.00 15.00 20.00 20.00 20.0020.00 5.00 5.00 7.00 7.00 5.005.00 5.00 5.00 3.00 3.00 23.0023.00 Total Total 2200..0000 55..0000 2222..0000 33..0000 2200..0000 2255..0000 2233..0000 T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2266aall2288ddeemmaarrzzoo22000077 2 266 2277 2288 Sustento
Sustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee
S
S//.. SS//.. SS//..
VendedorNº1
VendedorNº1 TicketTicket
15.00
15.00 BoletasBoletas 12.0012.00
Factura
Factura de de ventaventa
Sin
Sin rendir rendir 2.002.00 TicketTicket 5.00 5.00 Sin Sin sustento sustento 17.0017.00
Factura
Factura
El conserje ha eectuado la rendición de gastos de la siguiente manera:
El conserje ha eectuado la rendición de gastos de la siguiente manera: T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2266aall2299ddeemmaarrzzoo22000077 2 266 2277 2288 2299 Vendedor Vendedor CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn Nº4 Nº4 SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto 9.00 9.00 10.00 10.00 14.00 14.00 15.0015.00 10.00 10.00 18.00 18.00 25.00 25.00 25.0025.00 Total Total 99..0000 1100..0000 2288..0000 1144..0000 2255..0000 1155..0000 2255..0000 T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2277aall3311ddeemmaarrzzoo22000077 2 277 2288 3300 3311 C Coonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn S Suusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo c.
c.MovilMovilidadotorgadidadotorgadaaaavendvendedo-
edo-resyconserjes
resyconserjes
La empresa cuenta con un cuadro de
La empresa cuenta con un cuadro de
control de gastos de movilidad
control de gastos de movilidad
asigna-dos a los vendedores 3 y 4 y al conserje
dos a los vendedores 3 y 4 y al conserje
tal como se muestra a continuación:
d.
d.MoviliMovilidadcondiciondadcondicionadaaadaaasis-
asis-tenciaaltrabajo
tenciaaltrabajo
La empresa ha acordado de manera
La empresa ha acordado de manera
contractual otorgar una
contractual otorgar una asignaciónasignación
por concepto de movilidad
por concepto de movilidad
supe-ditada a la asistencia al centro de
ditada a la asistencia al centro de
trabajo de 5 trabajadores por un
trabajo de 5 trabajadores por un
importe de S/. 5.00 diarios. Durante
importe de S/. 5.00 diarios. Durante
los días comprendidos entre el 26
los días comprendidos entre el 26
y el 30 de marzo, la empresa ha
y el 30 de marzo, la empresa ha
abonado un importe total
abonado un importe total
ascen-dente a S/. 125.00. La empresa no
dente a S/. 125.00. La empresa no
los considera como mayor renta de
los considera como mayor renta de
quinta categoría.
quinta categoría.
e.
e.MovilidaMovilidaddotorgadotorgadaaporporlaboreslabores
ueradehorario
ueradehorario
La empresa ha otorgado durante los
La empresa ha otorgado durante los
días 26, 27 y 31 de marzo, S/. 15.00
días 26, 27 y 31 de marzo, S/. 15.00
a cada uno de los 3 asistentes
a cada uno de los 3 asistentes
con-tables y a 2 auxiliares, por concepto
tables y a 2 auxiliares, por concepto
de movilidad, dado que han
de movilidad, dado que han
labo-rado hasta altas horas de la noche.
rado hasta altas horas de la noche.
Es importante señalar que durante
Es importante señalar que durante
el reerido periodo la empresa ha
el reerido periodo la empresa ha
incurrido en gastos de movilidad
incurrido en gastos de movilidad
ascendentes a S/. 225.00.
ascendentes a S/. 225.00.
3.2.Solución
3.2.Solución
Una vez recepcionada la inormación
Una vez recepcionada la inormación
vinculada con los principales gastos
vinculada con los principales gastos
incurridos por las diversas áreas de la
incurridos por las diversas áreas de la
empresa, se deberá eectuar la
empresa, se deberá eectuar la
siguien-te clasifcación a eecto de otorgarle el
te clasifcación a eecto de otorgarle el
tratamiento debido a cada uno de
tratamiento debido a cada uno de ellos,ellos,
según el análisis siguiente:
según el análisis siguiente:
a.
a.ClasifcaClasifcacióncióndedelalanaturalenaturalezaza
delosgastosincurridosporal
delosgastosincurridosporal
empres
empresaabajolabajoladenomidenominaciónnación
demovilidad
demovilidad
la naturaleza de sus labores, siempre
la naturaleza de sus labores, siempre
que no constituyan sumas que por su
que no constituyan sumas que por su
monto revelen el propósito de evadir
monto revelen el propósito de evadir
el impuesto. En ese sentido, al haber
el impuesto. En ese sentido, al haber
otorgado una asignación por movilidad
otorgado una asignación por movilidad
acordada o no contractualmente por
acordada o no contractualmente por
parte de la empresa, la cual se
parte de la empresa, la cual se
en-contraría supeditada a la asistencia al
contraría supeditada a la asistencia al
trabajo, dicho desembolsos generaría
trabajo, dicho desembolsos generaría
una ventaja patrimonial a avor del
una ventaja patrimonial a avor del
tra-bajador, no conteniendo en ese sentido
bajador, no conteniendo en ese sentido
los elementos de una condición de
los elementos de una condición de
trabajo, por cuanto se constituirían en
trabajo, por cuanto se constituirían en
una renta de quinta categoría. De otra
una renta de quinta categoría. De otra
parte, respecto a los gastos de
parte, respecto a los gastos de
movi-lidad sujetos a la asistencia al trabajo,
lidad sujetos a la asistencia al trabajo,
dado que la empresa no les otorga el
dado que la empresa no les otorga el
tratamiento de rentas de quinta
tratamiento de rentas de quinta
cate-goría, devendrían en gastos reparables
goría, devendrían en gastos reparables
al ser liberalidades del empleador.
al ser liberalidades del empleador.
3.3.
3.3.DetermDeterminacióinaciónndeldellímitemáximolímitemáximo
diario
diario
De acuerdo a los gastos de movilidad
De acuerdo a los gastos de movilidad
que en unción al análisis realizado en el
que en unción al análisis realizado en el
numeral anterior, corresponde incluirlos
numeral anterior, corresponde incluirlos
en la planilla de movilidad, la empresa
en la planilla de movilidad, la empresa
deberá eectuar la adición del importe
deberá eectuar la adición del importe
registrado en la planilla de movilidad que
registrado en la planilla de movilidad que
exceda el límite máximo diario permitido
exceda el límite máximo diario permitido
por trabajador (S/. 20.00). Ya en el plano
por trabajador (S/. 20.00). Ya en el plano
netamente práctico es recomendable que
netamente práctico es recomendable que
la empresa tenga un adecuado control del
la empresa tenga un adecuado control del
importe que resultará deducible y aquel
importe que resultará deducible y aquel
que será materia de reparo aperturando
que será materia de reparo aperturando
sub divisionarias específcas.
sub divisionarias específcas.
3.4.Llenado
3.4.Llenado deladelaplanplanilladeilladegastgastosos
demovilidad
demovilidad
Para eectos prácticos procederemos a
Para eectos prácticos procederemos a
eectuar el llenado de la planilla de
eectuar el llenado de la planilla de
gas-tos de movilidad correspondiente al día
tos de movilidad correspondiente al día
29.03.2007. Es importante señalar que la
29.03.2007. Es importante señalar que la
empresa deberá realizar el llenado de la
empresa deberá realizar el llenado de la
planilla de gastos de movilidad en orma
planilla de gastos de movilidad en orma
diaria. Uno de los aspectos que resulta
diaria. Uno de los aspectos que resulta
importante tener en consideración para el
importante tener en consideración para el
debido llenado de las planillas, es el
debido llenado de las planillas, es el hechohecho
que resultaría mucho más relevante, que
que resultaría mucho más relevante, que
la persona que ha realizado las gestiones
la persona que ha realizado las gestiones
entregue una pre-liquidación respecto del
entregue una pre-liquidación respecto del
detalle de los importes desembolsados
detalle de los importes desembolsados
por movilidad, a fn de identifcar a
por movilidad, a fn de identifcar a
pleni-tud los gastos incurridos y el motivo de
tud los gastos incurridos y el motivo de
los mismos para su debido sustento.
los mismos para su debido sustento.
3.5.Librodeplanilladeremuneraciones 3.5.Librodeplanilladeremuneraciones yboletadepago yboletadepago En lo concerniente a obligaciones de En lo concerniente a obligaciones de
carácter laboral, podemos señalar que la
carácter laboral, podemos señalar que la
empresa deberá eectuar la anotación en
empresa deberá eectuar la anotación en
el libro planillas de la empresa, entre otras
el libro planillas de la empresa, entre otras
de los desembolsos por movilidad que
de los desembolsos por movilidad que
b.Análisis
b.Análisis
1.
1. No constituyen No constituyen gastos de gastos de movilidad, amovilidad, a
los cuales se refere el inciso a1) del
los cuales se refere el inciso a1) del
arti-culo 37º de la LIR, aquellos incurridos por
culo 37º de la LIR, aquellos incurridos por
la empresa, pactados contractualmente
la empresa, pactados contractualmente
o no, asumidos en avor de
o no, asumidos en avor de trabajado-
trabajado-res independientes, vinculadas con la
res independientes, vinculadas con la
prestación de sus servicios, por cuanto
prestación de sus servicios, por cuanto
éstos (los gastos) se encuentran
éstos (los gastos) se encuentran
vincu-lados en estricto, con los incurridos por
lados en estricto, con los incurridos por
el personal que mantenga vinculación
el personal que mantenga vinculación
laboral con la empresa.
laboral con la empresa.
Por ende califcará como una
Por ende califcará como una
liberali-dad, que será reparable salvo que se
dad, que será reparable salvo que se
considere como una mayor renta para
considere como una mayor renta para
el prestador del servicio.
el prestador del servicio.
2.
2. No constituyen No constituyen gastos de gastos de movilidad,movilidad,
aquellos asignaciones en dinero o
aquellos asignaciones en dinero o
en especie (combustible, entre otros)
en especie (combustible, entre otros)
otorgadas a trabajadores a
otorgadas a trabajadores a
consecuen-cia de la asignación de vehículos, por
cia de la asignación de vehículos, por
cuanto de acuerdo al ultimo párrao
cuanto de acuerdo al ultimo párrao
del inciso a1) del articulo 37º de la LIR,
del inciso a1) del articulo 37º de la LIR,
se ha señalado que no se aceptara la
se ha señalado que no se aceptara la
deducibilidad de gastos de movilidad
deducibilidad de gastos de movilidad
sustentados en la planilla, en el caso
sustentados en la planilla, en el caso
de trabajadores que tengan a su
de trabajadores que tengan a su
disposición movilidad asignada por
disposición movilidad asignada por
de pago (acturas y
de pago (acturas y ticket’ticket’s, entre otros)s, entre otros)
no resultando posible sustentar tales
no resultando posible sustentar tales
gastos sin comprobantes de pago a
gastos sin comprobantes de pago a
través de la planilla de movilidad.
través de la planilla de movilidad.
3.
3. En lo que respecta a En lo que respecta a los gastos enlos gastos en
reerencia, al proporcionar la empresa
reerencia, al proporcionar la empresa
desembolsos para la realización de sus
desembolsos para la realización de sus
labores bajo una relación laboral, tales
labores bajo una relación laboral, tales
gastos resultarán deducibles en la
gastos resultarán deducibles en la me-
me-dida en que
dida en que se encuentren sustentadosse encuentren sustentados
en comprobantes de pago que cumplan
en comprobantes de pago que cumplan
con los requisitos y características
con los requisitos y características
se-ñalados en el RCP, así como aquellos
ñalados en el RCP, así como aquellos
sustentados en la planilla de gastos
sustentados en la planilla de gastos
de movilidad y siempre y cuando no
de movilidad y siempre y cuando no
superen el límite máximo diario
superen el límite máximo diario
permi-tido de S/. 20.00 por trabajador, dada su
tido de S/. 20.00 por trabajador, dada su
naturaleza de condición de
naturaleza de condición de trabajo.trabajo.
4.
4. Para eectos del IR Para eectos del IR de acuerdo al arde acuerdo al ar-
-tículo 34° de la Ley, constituyen rentas
tículo 34° de la Ley, constituyen rentas
de quinta categoría las obtenidas por
de quinta categoría las obtenidas por
concepto del trabajo personal
concepto del trabajo personal
presta-do en relación de dependencia tales
do en relación de dependencia tales
como; sueldos, salarios, asignaciones,
como; sueldos, salarios, asignaciones,
(...) y, en general, toda retribución por
(...) y, en general, toda retribución por
servicios personales, agrega la norma
servicios personales, agrega la norma
que no se considerarán como tales las
que no se considerarán como tales las
cantidades que percibe el servidor por
cantidades que percibe el servidor por Condicióndetrabajo Condicióndetrabajo RReennttaaddee LLiibbeerraalliiddaaddeess En Enununciciadadoo PPllaanniillllaa d dee SSuusstteennttaaddoo qquuiinnttaa ((ggaassttooss NNoottaass m moovviilliiddaadd eennCCPP ccaatteeggoorrííaa rreeppaarraabblleess)) A A (a.1)(a.1) 100.00 100.00 11 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ( (aa..22)) 216.00 216.00 11 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– B B 30.00 30.00 72.00 72.00 22 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– C C 162.00 162.00 194.00 194.00 33 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– D D 125.00 125.00 100.00 100.00 44 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– E E 225.00 225.00 33 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Totales Totales 338877..0000 222244..0000 112255..0000 448888..0000
PLANILLA DE GASTOS DE MOVILIDAD DEL DÍA 29.03.2007
PLANILLA DE GASTOS DE MOVILIDAD DEL DÍA 29.03.2007
Fecha
Fecha
Nº LG
Nº
LG (1)
(1)
Motivo
Motivo
Detalle
Detalle
ESPECIFICACIONES
ESPECIFICACIONES
Dirección
Dirección
Monto
Monto
Reparable
Reparable
Monto
Monto
Firma
Firma
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––Vendedor 3: Erick León Piedra
Vendedor 3: Erick León Piedra
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V1C28 V1C28 Cobranza Cobranza Data Data Service Service S.A. S.A. Bus Bus oficina oficina – – AvAv. . Canadá Canadá 578 578 1.1.0000
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza Compudata Compudata S.A.C. S.A.C. Bus Canadá Bus Canadá – – Av. Av. España España 467 467 1.1.0000
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza ServicomServicom p p S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. España España – – Av. Av. Brasil Brasil 675 675 77.00.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza Copidata Copidata S.A. S.A. Bus Bus Av. Av. Brasil Brasil 675 675 – – Av. Av. Arequipa Arequipa 678 678 1.1.0000
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Entrega Entrega de de letras letras Computec Computec S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. Arequipa Arequipa – – Av. Av. Venezuela Venezuela 675 675 6.006.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cambio Cambio de de factura factura Exportec Exportec S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. Oficina Oficina 675 675 – – Av. Av. Canadá Canadá 576 576 6.006.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Regreso Regreso A oficina A oficina Bus Av. Bus Av. Venezuela Venezuela 675 675 – – Av. Av. Oficina Oficina 1.001.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
TTotal
otal gastos
gastos de
de movilidad
movilidad
S/.
S/. 23.00
23.00
(2)(2)––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Limite
Limite máximo máximo ( ( 20.00 20.00 ))
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Gastos reparable
Gastos reparable
S/.
S/. 3.00
3.00
3.003.00 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––Vendedor 4: Emilio Choque Alva
Vendedor 4: Emilio Choque Alva
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza ABATEX ABATEX S.R.L S.R.L Bus oficina Bus oficina – – AvAv. . La La Molina Molina 256 256 1.1.0000
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza TEXPET TEXPET S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. La La Molina Molina 256 256 – – Av. Av. Sta. Sta. Anita Anita 567 567 8.008.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza REPRONT REPRONT S.A.C. S.A.C. Av. Av. Santa Santa Anita Anita 567 567 – – AvAv. . Brasil Brasil 675 675 1.1.5050
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza FREW FREW S.A. S.A. Bus Av. Bus Av. Brasil Brasil 675 675 – – Av. Av. Fiori Fiori 584 584 1.501.50
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Entrega Entrega nota nota crédito crédito ARTEP ARTEP S.A. S.A. Bus Bus Av. Av. Fiori Fiori 584 584 – – Av. Av. Arequipa Arequipa 546 546 1.001.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Regreso Regreso A oficina A oficina TTaxi axi AvAv. . Arequipa Arequipa 546 546 – – Oficina Oficina 6.006.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
29.03.07
29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza ADTEX ADTEX S.A.C. S.A.C. Taxi Av. Taxi Av. Oficina Oficina 675 675 – – Av. Av. Canadá Canadá 576 576 6.006.00
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
TTotal
otal gastos
gastos de
de movilidad
movilidad
S/.
S/. 25.00
25.00
(2)(2)––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Limite
Limite máximo máximo ( ( 20.00 20.00 ))
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
Gastos
Gastos reparable
reparable
5.00
5.00
5.005.00(1) LG: Liquidación de Gastos (1) LG: Liquidación de Gastos
(2) Ver inciso d) del punto 3.1. Enunciado. (2) Ver inciso d) del punto 3.1. Enunciado.
MODELOSUGERIDODEPLANILLADEMOVILIDAD