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Planilla de Movilidad

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(1)

I

INFORMATIVONFORMATIVO

C

C ABALLERO ABALLEROBBUSTAMANTEUSTAMANTE

Fuente:

Fuente: www.caballwww.caballerobustamante.com.perobustamante.com.pe e 

Derechos Reservados 

Derechos Reservados  Como es de pleno conocimiento, a través

Como es de pleno conocimiento, a través

del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº

del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº

970, publicado el 24.12.2006 y cuya entrada

970, publicado el 24.12.2006 y cuya entrada

en vigencia rige a partir del 01.01.2007, se

en vigencia rige a partir del 01.01.2007, se

eectuó la incorporación del literal a1) al

eectuó la incorporación del literal a1) al

articulo 37º de la Ley del Impuesto a la Renta

articulo 37º de la Ley del Impuesto a la Renta

(LIR), el carácter de gasto deducible, sujeto a

(LIR), el carácter de gasto deducible, sujeto a

limite, de aquellos desembolsos motivados

limite, de aquellos desembolsos motivados

con la fnalidad de suragar los gastos de

con la fnalidad de suragar los gastos de

movilidad del personal de la empresa, a

movilidad del personal de la empresa, a

con-secuencia del desempeño de sus unciones

secuencia del desempeño de sus unciones

y cuya naturaleza (de tales gastos) mantenga

y cuya naturaleza (de tales gastos) mantenga

en esencia los elementos constitutivos de

en esencia los elementos constitutivos de

una condición de trabajo, no obstante que

una condición de trabajo, no obstante que

estos no se encuentren sustentados en

estos no se encuentren sustentados en

comprobantes de pago que cumplan con

comprobantes de pago que cumplan con

los requisitos y características contenidos

los requisitos y características contenidos

en los artículos 8º y 9º del Reglamento de

en los artículos 8º y 9º del Reglamento de

Comprobantes de Pago (RCP).

Comprobantes de Pago (RCP).

Es importante señalar que antes de la

Es importante señalar que antes de la

incorporación del inciso a1) al articulo 37º de

incorporación del inciso a1) al articulo 37º de

la LIR, la legislación del Impuesto a la Renta

la LIR, la legislación del Impuesto a la Renta

no había contemplado el supuesto en que

no había contemplado el supuesto en que

un gasto resultara deducible por cumplir en

un gasto resultara deducible por cumplir en

esencia y naturaleza propia con el principio

esencia y naturaleza propia con el principio

de causalidad sin mantener un comprobante

de causalidad sin mantener un comprobante

de pago que lo sustente, como es el caso

de pago que lo sustente, como es el caso

del gasto por movilidad. No obstante, ya

del gasto por movilidad. No obstante, ya

en el tiempo la deducibilidad de los gastos

en el tiempo la deducibilidad de los gastos

de movilidad aún cuando no se cuente con

de movilidad aún cuando no se cuente con

comprobantes de pago habían sido

comprobantes de pago habían sido

recono-cidos por el Tribunal Fiscal a través de las

cidos por el Tribunal Fiscal a través de las

Resoluciones Nº 8729-5-2001 (26.10.2001) y

Resoluciones Nº 8729-5-2001 (26.10.2001) y

Nº 05794-5-2003 (15.10.2003), en las cuales

Nº 05794-5-2003 (15.10.2003), en las cuales

había maniestado el órgano colegiado

había maniestado el órgano colegiado

que en la medida que exista evidencia y

que en la medida que exista evidencia y

un debido control tributario de los gastos

un debido control tributario de los gastos

de movilidad, tales conceptos resultarían

de movilidad, tales conceptos resultarían

deducibles siempre que sean necesarios

deducibles siempre que sean necesarios

para el desempeño de las labores de los

para el desempeño de las labores de los

trabajadores. Es de esta manera, observando

trabajadores. Es de esta manera, observando

ello, que la Legislación del Impuesto a la

ello, que la Legislación del Impuesto a la

Renta, ha tenido a bien considerar

Renta, ha tenido a bien considerar

condi-cionantes para la deducibilidad de dichos

cionantes para la deducibilidad de dichos

gastos, vinculadas con el cumplimiento de

gastos, vinculadas con el cumplimiento de

requisitos sustanciales, esto es; que

requisitos sustanciales, esto es; que

resul-ten necesarios para el desempeño cabal

ten necesarios para el desempeño cabal

de las unciones de los trabajadores y no

de las unciones de los trabajadores y no

constituyan benefcio o ventaja patrimonial

constituyan benefcio o ventaja patrimonial

directa de los mismos y otros de carácter

directa de los mismos y otros de carácter

ormal, como es el caso del control que

ormal, como es el caso del control que

deberá ejercerse sobre ellos (los gastos) a

deberá ejercerse sobre ellos (los gastos) a

través de la planilla de movilidad, así como

través de la planilla de movilidad, así como

su aceptación hasta un limite

su aceptación hasta un limite máximo diariomáximo diario

permitido por trabajador.

permitido por trabajador.

que deberá contener cada uno de lo cargos

que deberá contener cada uno de lo cargos

a resultados y registros en la planilla de

a resultados y registros en la planilla de

movilidad, lo constituye la condición de

movilidad, lo constituye la condición de

trabajo. Cabe señalar que la LIR ha previsto

trabajo. Cabe señalar que la LIR ha previsto

indirectamente la conceptualización de la

indirectamente la conceptualización de la

condición de trabajo en el segundo párrao

condición de trabajo en el segundo párrao

del inciso a) del articulo 34º señalando que

del inciso a) del articulo 34º señalando que

“no se considerarán como renta de quinta 

“no se considerarán como renta de quinta 

categoría las cantidades que percibe el 

categoría las cantidades que percibe el 

servidor por asuntos del servicio en lugar 

servidor por asuntos del servicio en lugar 

distinto al de su residencia habitual, tales 

distinto al de su residencia habitual, tales 

como gastos de viaje, viáticos por gastos 

como gastos de viaje, viáticos por gastos 

de alimentación y hospedaje, gastos de 

de alimentación y hospedaje, gastos de 

movilidad y otros gastos exigidos por la 

movilidad y otros gastos exigidos por la 

naturaleza de sus labores, siempre que 

naturaleza de sus labores, siempre que 

no constituyan sumas que por su monto 

no constituyan sumas que por su monto 

revelen el propósito de evadir el

revelen el propósito de evadir el impuesto impuesto ”.”.

Asimismo, la legislación laboral vigente, de

Asimismo, la legislación laboral vigente, de

acuerdo a lo señalado en el artículo 7º del

acuerdo a lo señalado en el artículo 7º del

Decreto Supremo Nº 003-97-TR (27.03.97)

Decreto Supremo Nº 003-97-TR (27.03.97)

y en los incisos c) e i) del artículo 19º del

y en los incisos c) e i) del artículo 19º del

Decreto Supremo Nº 001-97-TR (01.03.97),

Decreto Supremo Nº 001-97-TR (01.03.97),

respectivamente, ha dispuesto para eectos

respectivamente, ha dispuesto para eectos

remunerativos como para los beneicios

remunerativos como para los beneicios

sociales (Compensación por Tiempo de

sociales (Compensación por Tiempo de

Servicios) el carácter de no remunerativo

Servicios) el carácter de no remunerativo

de

de“T“Todos aquellos montos que odos aquellos montos que se otorguense otorguen

al trabajador para el cabal desempeño de 

al trabajador para el cabal desempeño de 

su labor, o con ocasión de sus unciones,

su labor, o con ocasión de sus unciones,

tales como movilidad, viáticos, gastos de 

tales como movilidad, viáticos, gastos de 

representación

representación, vestuario y , vestuario y en general todo en general todo 

lo que razonablemente cumpla tal objetivo y 

lo que razonablemente cumpla tal objetivo y 

no constituya benefcio o ventaja

no constituya benefcio o ventaja patrimonial patrimonial 

para el trabajador”.

para el trabajador”.

Es en este sentido, como se ha podido

Es en este sentido, como se ha podido

apreciar precedentemente, siempre que los

apreciar precedentemente, siempre que los

desembolsos otorgados no constituyan un

desembolsos otorgados no constituyan un

benefcio que genere una ventaja patrimonial

benefcio que genere una ventaja patrimonial

para el trabajador, dichos gastos de movilidad

para el trabajador, dichos gastos de movilidad

califcarían en esencia como condición de

califcarían en esencia como condición de

trabajo y por ende deducibles aún cuando

trabajo y por ende deducibles aún cuando

no cuenten con comprobante de pago, claro

no cuenten con comprobante de pago, claro

está, en la medida que no superen el limite

está, en la medida que no superen el limite

máximo diario permitido por trabajador.

máximo diario permitido por trabajador.

Uno de los aspectos que resulta

Uno de los aspectos que resulta

impor-tante tener en consideración es que los

tante tener en consideración es que los

desembolsos asumidos por la empresa,

desembolsos asumidos por la empresa,

en avor de trabajadores independientes,

en avor de trabajadores independientes,

tales como; pasajes al centro de trabajo,

tales como; pasajes al centro de trabajo,

movilidades vinculadas con la prestación,

movilidades vinculadas con la prestación,

entre otros, desde la perspectiva analizada

entre otros, desde la perspectiva analizada

no resultarían deducibles.

no resultarían deducibles.

De otra parte, se agrega a lo

De otra parte, se agrega a lo

anteriormen-te expuesto, los gastos de movilidad

te expuesto, los gastos de movilidad

asumi-dos por la empresa en avor de trabajadores

dos por la empresa en avor de trabajadores

contractual o no. Cabe señalar que dichos

contractual o no. Cabe señalar que dichos

gastos se constituirían en liberalidades al

gastos se constituirían en liberalidades al

ser suragados en beneicio de terceros,

ser suragados en beneicio de terceros,

lo cual, generaría una disminución de sus

lo cual, generaría una disminución de sus

gastos (beneicio patrimonial del tercero)

gastos (beneicio patrimonial del tercero)

derivado de tal hecho. En consecuencia no

derivado de tal hecho. En consecuencia no

resultaría aplicable lo señalado en el inciso

resultaría aplicable lo señalado en el inciso

a1) del artículo 37º de la LIR, al no existir una

a1) del artículo 37º de la LIR, al no existir una

vinculación laboral.

vinculación laboral.

En virtud a las consideraciones

En virtud a las consideraciones

expues-tas, el objetivo del presente trabajo se

tas, el objetivo del presente trabajo se

orienta a proporcionar alcances de carácter

orienta a proporcionar alcances de carácter

práctico, para eecto de un debido control

práctico, para eecto de un debido control

tributario y administrativo. Es importante

tributario y administrativo. Es importante

señalar que en esta oportunidad no se

señalar que en esta oportunidad no se

abor-dará un análisis conceptual de la naturaleza

dará un análisis conceptual de la naturaleza

de los gastos de movilidad, por cuanto este

de los gastos de movilidad, por cuanto este

ha sido desarrollado en el inorme especial

ha sido desarrollado en el inorme especial

"La deducción de gastos mediante la plani- 

"La deducción de gastos mediante la plani- 

lla de movilidad" 

lla de movilidad" publicado en la segundapublicado en la segunda

quincena de enero 2007. quincena de enero 2007. 2.Controladministrativo,contable, 2.Controladministrativo,contable, tributario tributario 2.1.Controladministrativo-contable 2.1.Controladministrativo-contable

Ya en el plano netamente práctico,

Ya en el plano netamente práctico,

muchas son las motivaciones por las

muchas son las motivaciones por las

cuales diversas áreas de la empresa

cuales diversas áreas de la empresa

tales como; inanzas, créditos y

tales como; inanzas, créditos y

co-branzas, tesorería, contabilidad, entre

branzas, tesorería, contabilidad, entre

otros, mantiene, cada una de ellas,

otros, mantiene, cada una de ellas,

ondos de caja chica a eecto

ondos de caja chica a eecto se suragarse suragar

desembolsos vinculados con trámites

desembolsos vinculados con trámites

administrativos, gestiones de cobranza,

administrativos, gestiones de cobranza,

operaciones bancarias, presentación

operaciones bancarias, presentación

de declaraciones juradas mensuales,

de declaraciones juradas mensuales,

entre otros supuestos. Es aquí que al

entre otros supuestos. Es aquí que al

producirse la entrega a rendir, en donde

producirse la entrega a rendir, en donde

la persona encargada de tales ondos

la persona encargada de tales ondos

deberá identifcar en primer orden al

deberá identifcar en primer orden al

personal que realizara la gestión, la

personal que realizara la gestión, la

misma que eectuara posteriormente

misma que eectuara posteriormente

la rendición de gastos respectiva, lo

la rendición de gastos respectiva, lo

cual a partir de ello, permitirá evaluar

cual a partir de ello, permitirá evaluar

la relación causal de los gastos

la relación causal de los gastos y consi-y

consi-guiente clasifcación de renta de quinta,

guiente clasifcación de renta de quinta,

condición de trabajo, liberalidad, que

condición de trabajo, liberalidad, que

posteriormente generará el registro en

posteriormente generará el registro en

la planilla de gastos de movilidad,

la planilla de gastos de movilidad,

res-pecto de aquellos gastos que cumplan

pecto de aquellos gastos que cumplan

en estricto dicha naturaleza.

en estricto dicha naturaleza.

2.2.Controltributario

2.2.Controltributario

En lo concerniente al control tributario,

En lo concerniente al control tributario,

como bien se ha señalado

(2)
(3)

anterior-mente, previa conceptualización de los

mente, previa conceptualización de los

gastos de movilidad no sustentados

gastos de movilidad no sustentados

en comprobantes de pago, de acuerdo

en comprobantes de pago, de acuerdo

con el inciso a1) del articulo 37º de

con el inciso a1) del articulo 37º de

la Ley del Impuesto a la Renta, estos

la Ley del Impuesto a la Renta, estos

no podrán exceder del importe de S/.

no podrán exceder del importe de S/.

20.00 (4% de la Remuneración Mínima

20.00 (4% de la Remuneración Mínima

Vital), aplicables para el ejercicio 2007,

Vital), aplicables para el ejercicio 2007,

por trabajador y respecto de aquellos

por trabajador y respecto de aquellos

desembolsos incurridos y que sean

desembolsos incurridos y que sean

necesarios para el cabal desempeño

necesarios para el cabal desempeño

de sus unciones y que no constituyan

de sus unciones y que no constituyan

benefcio o ventaja patrimonial directa

benefcio o ventaja patrimonial directa

de los mismos. de los mismos. 3.Aplicaciónprácticaintegral 3.Aplicaciónprácticaintegral 3.1.Enunciado 3.1.Enunciado

La empresa COMPUDATA S.A. se dedica

La empresa COMPUDATA S.A. se dedica

a la importación y venta de equipos de

a la importación y venta de equipos de

cómputo, y cuenta con 17 trabajadores

cómputo, y cuenta con 17 trabajadores

en planilla: en planilla: 1 Gerente general 1 Gerente general 1 Gerente comercial 1 Gerente comercial 2 Secretarias 2 Secretarias 1 Contador 1 Contador 3 Asistentes de contabilidad 3 Asistentes de contabilidad 2 Auxiliares contables 2 Auxiliares contables 4 Vendedores 4 Vendedores

2 Asistentes de créditos y cobranza

2 Asistentes de créditos y cobranza

1 Conserje

1 Conserje

Con la inalidad de implementar un

Con la inalidad de implementar un

debido control tributario de los gastos

debido control tributario de los gastos

de movilidad a los cuales se reiere

de movilidad a los cuales se reiere

el inciso a1) del artículo 37º de la LIR,

el inciso a1) del artículo 37º de la LIR,

nos ha proporcionado la siguiente

nos ha proporcionado la siguiente

in-ormación correspondiente a los días

ormación correspondiente a los días

comprendidos entre el 26 y 31 de marzo

comprendidos entre el 26 y 31 de marzo

del presente ejercicio:

del presente ejercicio:

a.

a.MovilidaMovilidadotordotorgadagadaatraatrabajadobajadoresres

independientes

independientes

a.1. La empresa ha contratado los

a.1. La empresa ha contratado los

servicios de un

servicios de un proesionalproesional

independiente

independiente para que rea-para que

rea-lice la evaluación y estudio de

lice la evaluación y estudio de

mercado por 1 mes,

mercado por 1 mes,

compren-dido entre el 15 de marzo y el

dido entre el 15 de marzo y el

15 de abril de 2007, el importe 15 de abril de 2007, el importe de su retribución asciende a de su retribución asciende a S/. S/. 2,500. 2,500. Adicionalmente se Adicionalmente se lele

ha otorgado por cada uno de los

ha otorgado por cada uno de los

días comprendidos entre el 26 y

días comprendidos entre el 26 y

30 de marzo un importe total de

30 de marzo un importe total de

movilidad ascendente a S/. 100.00,

movilidad ascendente a S/. 100.00,

atribuibles en S/. 20.00 diarios.

atribuibles en S/. 20.00 diarios.

a.2. La empresa ha contratado los

a.2. La empresa ha contratado los

ser-vicios de 2

vicios de 2 trabajadorestrabajadoresinde-

inde-pendientes

pendientes, los cuales eectúan, los cuales eectúan

gestiones específcas de acuerdo

gestiones específcas de acuerdo

a la necesidad de la misma, para

a la necesidad de la misma, para

de gastos incurridos durante los

de gastos incurridos durante los

días comprendidos entre el 26 y

días comprendidos entre el 26 y

30 de marzo.

30 de marzo.

Descr

Descripciónipcióndelgastodelgasto TTrarababajajadodorr TTrarababajajadodorr

N

Nºº11 NNºº22

–––––––––––––

–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Boletos

Boletos transporte transporte urbano urbano 55.00 55.00 50.0050.00

–––––––––––––

–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Con

Con facturas facturas de de taxi taxi 20.00 20.00 46.0046.00

–––––––––––––

–––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Sin

Sin sustento sustento 15.00 15.00 30.0030.00

––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– G Gaassttoottoottaall SS//..9900..0000 SS//.. 1 12266..0000 b.Asignacióndemovilidad b.Asignacióndemovilidad

La empresa asigna vehículos a 2

La empresa asigna vehículos a 2

de sus vendedores, a los cuales

de sus vendedores, a los cuales

les otorga diariamente S/. 17.00 por

les otorga diariamente S/. 17.00 por

concepto de movilidad, término

concepto de movilidad, término

empleado al suragarle los gastos

empleado al suragarle los gastos

de combustible de dichos

de combustible de dichos

vehícu-los. A continuación presentamos

los. A continuación presentamos

la liquidación eectuada por dichos

la liquidación eectuada por dichos

vendedores: vendedores: T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2288aall3311ddeemmaarrzzoo22000077 2 288 3300 3311 Sustento

Sustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee

S

S//.. SS//.. SS//..

VendedorNº2

VendedorNº2 Factura Factura 10.0010.00 Boletas deBoletas de 7.007.00

Venta

Venta

Sin

Sin sustento sustento 7.00 7.00 Sin Sin sustento sustento 17.00 17.00 Sin Sin sustento sustento 10.0010.00

T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2266aall2299ddeemmaarrzzoo22000077 2 266 2277 2288 2299 C Coonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn Vendedor

Vendedor SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSustestentntooSuSuststenentoto SuSustestentntooSuSuststenentoto SuSustestentntooSuSuststenentoto

Nº3 Nº3 15.00 15.00 15.00 15.00 20.00 20.00 20.0020.00 5.00 5.00 7.00 7.00 5.005.00 5.00 5.00 3.00 3.00 23.0023.00 Total Total 2200..0000 55..0000 2222..0000 33..0000 2200..0000 2255..0000 2233..0000 T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2266aall2288ddeemmaarrzzoo22000077 2 266 2277 2288 Sustento

Sustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee SustentoSustento IImmppoorrttee

S

S//.. SS//.. SS//..

VendedorNº1

VendedorNº1 TicketTicket

15.00

15.00 BoletasBoletas 12.0012.00

Factura

Factura de de ventaventa

Sin

Sin rendir rendir 2.002.00 TicketTicket 5.00 5.00 Sin Sin sustento sustento 17.0017.00

Factura

Factura

El conserje ha eectuado la rendición de gastos de la siguiente manera:

El conserje ha eectuado la rendición de gastos de la siguiente manera: T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2266aall2299ddeemmaarrzzoo22000077 2 266 2277 2288 2299 Vendedor Vendedor CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn Nº4 Nº4 SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto SuSuststenentoto 9.00 9.00 10.00 10.00 14.00 14.00 15.0015.00 10.00 10.00 18.00 18.00 25.00 25.00 25.0025.00 Total Total 99..0000 1100..0000 2288..0000 1144..0000 2255..0000 1155..0000 2255..0000 T Trraabbaajjaaddoorr PPeerrííooddooddeell2277aall3311ddeemmaarrzzoo22000077 2 277 2288 3300 3311 C Coonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn CCoonn SSiinn S Suusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo SSuusstteennttoo c.

c.MovilMovilidadotorgadidadotorgadaaaavendvendedo-

edo-resyconserjes

resyconserjes

La empresa cuenta con un cuadro de

La empresa cuenta con un cuadro de

control de gastos de movilidad

control de gastos de movilidad

asigna-dos a los vendedores 3 y 4 y al conserje

dos a los vendedores 3 y 4 y al conserje

tal como se muestra a continuación:

(4)

d.

d.MoviliMovilidadcondiciondadcondicionadaaadaaasis-

asis-tenciaaltrabajo

tenciaaltrabajo

La empresa ha acordado de manera

La empresa ha acordado de manera

contractual otorgar una

contractual otorgar una asignaciónasignación

por concepto de movilidad

por concepto de movilidad

supe-ditada a la asistencia al centro de

ditada a la asistencia al centro de

trabajo de 5 trabajadores por un

trabajo de 5 trabajadores por un

importe de S/. 5.00 diarios. Durante

importe de S/. 5.00 diarios. Durante

los días comprendidos entre el 26

los días comprendidos entre el 26

y el 30 de marzo, la empresa ha

y el 30 de marzo, la empresa ha

abonado un importe total

abonado un importe total

ascen-dente a S/. 125.00. La empresa no

dente a S/. 125.00. La empresa no

los considera como mayor renta de

los considera como mayor renta de

quinta categoría.

quinta categoría.

e.

e.MovilidaMovilidaddotorgadotorgadaaporporlaboreslabores

ueradehorario

ueradehorario

La empresa ha otorgado durante los

La empresa ha otorgado durante los

días 26, 27 y 31 de marzo, S/. 15.00

días 26, 27 y 31 de marzo, S/. 15.00

a cada uno de los 3 asistentes

a cada uno de los 3 asistentes

con-tables y a 2 auxiliares, por concepto

tables y a 2 auxiliares, por concepto

de movilidad, dado que han

de movilidad, dado que han

labo-rado hasta altas horas de la noche.

rado hasta altas horas de la noche.

Es importante señalar que durante

Es importante señalar que durante

el reerido periodo la empresa ha

el reerido periodo la empresa ha

incurrido en gastos de movilidad

incurrido en gastos de movilidad

ascendentes a S/. 225.00.

ascendentes a S/. 225.00.

3.2.Solución

3.2.Solución

Una vez recepcionada la inormación

Una vez recepcionada la inormación

vinculada con los principales gastos

vinculada con los principales gastos

incurridos por las diversas áreas de la

incurridos por las diversas áreas de la

empresa, se deberá eectuar la

empresa, se deberá eectuar la

siguien-te clasifcación a eecto de otorgarle el

te clasifcación a eecto de otorgarle el

tratamiento debido a cada uno de

tratamiento debido a cada uno de ellos,ellos,

según el análisis siguiente:

según el análisis siguiente:

a.

a.ClasifcaClasifcacióncióndedelalanaturalenaturalezaza

delosgastosincurridosporal

delosgastosincurridosporal

empres

empresaabajolabajoladenomidenominaciónnación

demovilidad

demovilidad

la naturaleza de sus labores, siempre

la naturaleza de sus labores, siempre

que no constituyan sumas que por su

que no constituyan sumas que por su

monto revelen el propósito de evadir

monto revelen el propósito de evadir

el impuesto. En ese sentido, al haber

el impuesto. En ese sentido, al haber

otorgado una asignación por movilidad

otorgado una asignación por movilidad

acordada o no contractualmente por

acordada o no contractualmente por

parte de la empresa, la cual se

parte de la empresa, la cual se

en-contraría supeditada a la asistencia al

contraría supeditada a la asistencia al

trabajo, dicho desembolsos generaría

trabajo, dicho desembolsos generaría

una ventaja patrimonial a avor del

una ventaja patrimonial a avor del

tra-bajador, no conteniendo en ese sentido

bajador, no conteniendo en ese sentido

los elementos de una condición de

los elementos de una condición de

trabajo, por cuanto se constituirían en

trabajo, por cuanto se constituirían en

una renta de quinta categoría. De otra

una renta de quinta categoría. De otra

parte, respecto a los gastos de

parte, respecto a los gastos de

movi-lidad sujetos a la asistencia al trabajo,

lidad sujetos a la asistencia al trabajo,

dado que la empresa no les otorga el

dado que la empresa no les otorga el

tratamiento de rentas de quinta

tratamiento de rentas de quinta

cate-goría, devendrían en gastos reparables

goría, devendrían en gastos reparables

al ser liberalidades del empleador.

al ser liberalidades del empleador.

3.3.

3.3.DetermDeterminacióinaciónndeldellímitemáximolímitemáximo

diario

diario

De acuerdo a los gastos de movilidad

De acuerdo a los gastos de movilidad

que en unción al análisis realizado en el

que en unción al análisis realizado en el

numeral anterior, corresponde incluirlos

numeral anterior, corresponde incluirlos

en la planilla de movilidad, la empresa

en la planilla de movilidad, la empresa

deberá eectuar la adición del importe

deberá eectuar la adición del importe

registrado en la planilla de movilidad que

registrado en la planilla de movilidad que

exceda el límite máximo diario permitido

exceda el límite máximo diario permitido

por trabajador (S/. 20.00). Ya en el plano

por trabajador (S/. 20.00). Ya en el plano

netamente práctico es recomendable que

netamente práctico es recomendable que

la empresa tenga un adecuado control del

la empresa tenga un adecuado control del

importe que resultará deducible y aquel

importe que resultará deducible y aquel

que será materia de reparo aperturando

que será materia de reparo aperturando

sub divisionarias específcas.

sub divisionarias específcas.

3.4.Llenado

3.4.Llenado deladelaplanplanilladeilladegastgastosos

demovilidad

demovilidad

Para eectos prácticos procederemos a

Para eectos prácticos procederemos a

eectuar el llenado de la planilla de

eectuar el llenado de la planilla de

gas-tos de movilidad correspondiente al día

tos de movilidad correspondiente al día

29.03.2007. Es importante señalar que la

29.03.2007. Es importante señalar que la

empresa deberá realizar el llenado de la

empresa deberá realizar el llenado de la

planilla de gastos de movilidad en orma

planilla de gastos de movilidad en orma

diaria. Uno de los aspectos que resulta

diaria. Uno de los aspectos que resulta

importante tener en consideración para el

importante tener en consideración para el

debido llenado de las planillas, es el

debido llenado de las planillas, es el hechohecho

que resultaría mucho más relevante, que

que resultaría mucho más relevante, que

la persona que ha realizado las gestiones

la persona que ha realizado las gestiones

entregue una pre-liquidación respecto del

entregue una pre-liquidación respecto del

detalle de los importes desembolsados

detalle de los importes desembolsados

por movilidad, a fn de identifcar a

por movilidad, a fn de identifcar a

pleni-tud los gastos incurridos y el motivo de

tud los gastos incurridos y el motivo de

los mismos para su debido sustento.

los mismos para su debido sustento.

3.5.Librodeplanilladeremuneraciones 3.5.Librodeplanilladeremuneraciones yboletadepago yboletadepago En lo concerniente a obligaciones de En lo concerniente a obligaciones de

carácter laboral, podemos señalar que la

carácter laboral, podemos señalar que la

empresa deberá eectuar la anotación en

empresa deberá eectuar la anotación en

el libro planillas de la empresa, entre otras

el libro planillas de la empresa, entre otras

de los desembolsos por movilidad que

de los desembolsos por movilidad que

b.Análisis

b.Análisis

1.

1. No constituyen No constituyen gastos de gastos de movilidad, amovilidad, a

los cuales se refere el inciso a1) del

los cuales se refere el inciso a1) del

arti-culo 37º de la LIR, aquellos incurridos por

culo 37º de la LIR, aquellos incurridos por

la empresa, pactados contractualmente

la empresa, pactados contractualmente

o no, asumidos en avor de

o no, asumidos en avor de trabajado-

trabajado-res independientes, vinculadas con la

res independientes, vinculadas con la

prestación de sus servicios, por cuanto

prestación de sus servicios, por cuanto

éstos (los gastos) se encuentran

éstos (los gastos) se encuentran

vincu-lados en estricto, con los incurridos por

lados en estricto, con los incurridos por

el personal que mantenga vinculación

el personal que mantenga vinculación

laboral con la empresa.

laboral con la empresa.

Por ende califcará como una

Por ende califcará como una

liberali-dad, que será reparable salvo que se

dad, que será reparable salvo que se

considere como una mayor renta para

considere como una mayor renta para

el prestador del servicio.

el prestador del servicio.

2.

2. No constituyen No constituyen gastos de gastos de movilidad,movilidad,

aquellos asignaciones en dinero o

aquellos asignaciones en dinero o

en especie (combustible, entre otros)

en especie (combustible, entre otros)

otorgadas a trabajadores a

otorgadas a trabajadores a

consecuen-cia de la asignación de vehículos, por

cia de la asignación de vehículos, por

cuanto de acuerdo al ultimo párrao

cuanto de acuerdo al ultimo párrao

del inciso a1) del articulo 37º de la LIR,

del inciso a1) del articulo 37º de la LIR,

se ha señalado que no se aceptara la

se ha señalado que no se aceptara la

deducibilidad de gastos de movilidad

deducibilidad de gastos de movilidad

sustentados en la planilla, en el caso

sustentados en la planilla, en el caso

de trabajadores que tengan a su

de trabajadores que tengan a su

disposición movilidad asignada por

disposición movilidad asignada por

de pago (acturas y

de pago (acturas y ticket’ticket’s, entre otros)s, entre otros)

no resultando posible sustentar tales

no resultando posible sustentar tales

gastos sin comprobantes de pago a

gastos sin comprobantes de pago a

través de la planilla de movilidad.

través de la planilla de movilidad.

3.

3. En lo que respecta a En lo que respecta a los gastos enlos gastos en

reerencia, al proporcionar la empresa

reerencia, al proporcionar la empresa

desembolsos para la realización de sus

desembolsos para la realización de sus

labores bajo una relación laboral, tales

labores bajo una relación laboral, tales

gastos resultarán deducibles en la

gastos resultarán deducibles en la me-

me-dida en que

dida en que se encuentren sustentadosse encuentren sustentados

en comprobantes de pago que cumplan

en comprobantes de pago que cumplan

con los requisitos y características

con los requisitos y características

se-ñalados en el RCP, así como aquellos

ñalados en el RCP, así como aquellos

sustentados en la planilla de gastos

sustentados en la planilla de gastos

de movilidad y siempre y cuando no

de movilidad y siempre y cuando no

superen el límite máximo diario

superen el límite máximo diario

permi-tido de S/. 20.00 por trabajador, dada su

tido de S/. 20.00 por trabajador, dada su

naturaleza de condición de

naturaleza de condición de trabajo.trabajo.

4.

4. Para eectos del IR Para eectos del IR de acuerdo al arde acuerdo al ar-

-tículo 34° de la Ley, constituyen rentas

tículo 34° de la Ley, constituyen rentas

de quinta categoría las obtenidas por

de quinta categoría las obtenidas por

concepto del trabajo personal

concepto del trabajo personal

presta-do en relación de dependencia tales

do en relación de dependencia tales

como; sueldos, salarios, asignaciones,

como; sueldos, salarios, asignaciones,

(...) y, en general, toda retribución por

(...) y, en general, toda retribución por

servicios personales, agrega la norma

servicios personales, agrega la norma

que no se considerarán como tales las

que no se considerarán como tales las

cantidades que percibe el servidor por

cantidades que percibe el servidor por Condicióndetrabajo Condicióndetrabajo RReennttaaddee LLiibbeerraalliiddaaddeess En Enununciciadadoo PPllaanniillllaa d dee SSuusstteennttaaddoo qquuiinnttaa ((ggaassttooss NNoottaass m moovviilliiddaadd eennCCPP ccaatteeggoorrííaa rreeppaarraabblleess)) A A (a.1)(a.1) 100.00 100.00 11 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ( (aa..22)) 216.00 216.00 11 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– B B 30.00 30.00 72.00 72.00 22 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– C C 162.00 162.00 194.00 194.00 33 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– D D 125.00 125.00 100.00 100.00 44 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– E E 225.00 225.00 33 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– Totales Totales 338877..0000 222244..0000 112255..0000 448888..0000

(5)

PLANILLA DE GASTOS DE MOVILIDAD DEL DÍA 29.03.2007

PLANILLA DE GASTOS DE MOVILIDAD DEL DÍA 29.03.2007

Fecha

Fecha

Nº LG

LG (1)

(1)

Motivo

Motivo

Detalle

Detalle

ESPECIFICACIONES

ESPECIFICACIONES

Dirección

Dirección

Monto

Monto

Reparable

Reparable

Monto

Monto

Firma

Firma

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Vendedor 3: Erick León Piedra

Vendedor 3: Erick León Piedra

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V1C28 V1C28 Cobranza Cobranza Data Data Service Service S.A. S.A. Bus Bus oficina oficina – – AvAv. . Canadá Canadá 578 578 1.1.0000

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza Compudata Compudata S.A.C. S.A.C. Bus Canadá Bus Canadá – – Av. Av. España España 467 467 1.1.0000

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza ServicomServicom p p S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. España España – – Av. Av. Brasil Brasil 675 675 77.00.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza Copidata Copidata S.A. S.A. Bus Bus Av. Av. Brasil Brasil 675 675 – – Av. Av. Arequipa Arequipa 678 678 1.1.0000

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Entrega Entrega de de letras letras Computec Computec S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. Arequipa Arequipa – – Av. Av. Venezuela Venezuela 675 675 6.006.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cambio Cambio de de factura factura Exportec Exportec S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. Oficina Oficina 675 675 – – Av. Av. Canadá Canadá 576 576 6.006.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Regreso Regreso A oficina A oficina Bus Av. Bus Av. Venezuela Venezuela 675 675 – – Av. Av. Oficina Oficina 1.001.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

TTotal

otal gastos

gastos de

de movilidad

movilidad

S/.

S/. 23.00

23.00

(2)(2)

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Limite

Limite máximo máximo ( ( 20.00 20.00 ))

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Gastos reparable

Gastos reparable

S/.

S/. 3.00

3.00

3.003.00 ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Vendedor 4: Emilio Choque Alva

Vendedor 4: Emilio Choque Alva

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza ABATEX ABATEX S.R.L S.R.L Bus oficina Bus oficina – – AvAv. . La La Molina Molina 256 256 1.1.0000

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza TEXPET TEXPET S.A. S.A. Taxi Taxi Av. Av. La La Molina Molina 256 256 – – Av. Av. Sta. Sta. Anita Anita 567 567 8.008.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza REPRONT REPRONT S.A.C. S.A.C. Av. Av. Santa Santa Anita Anita 567 567 – – AvAv. . Brasil Brasil 675 675 1.1.5050

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza FREW FREW S.A. S.A. Bus Av. Bus Av. Brasil Brasil 675 675 – – Av. Av. Fiori Fiori 584 584 1.501.50

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Entrega Entrega nota nota crédito crédito ARTEP ARTEP S.A. S.A. Bus Bus Av. Av. Fiori Fiori 584 584 – – Av. Av. Arequipa Arequipa 546 546 1.001.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Regreso Regreso A oficina A oficina TTaxi axi AvAv. . Arequipa Arequipa 546 546 – – Oficina Oficina 6.006.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

29.03.07

29.03.07 V2C28 V2C28 Cobranza Cobranza ADTEX ADTEX S.A.C. S.A.C. Taxi Av. Taxi Av. Oficina Oficina 675 675 – – Av. Av. Canadá Canadá 576 576 6.006.00

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

TTotal

otal gastos

gastos de

de movilidad

movilidad

S/.

S/. 25.00

25.00

(2)(2)

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Limite

Limite máximo máximo ( ( 20.00 20.00 ))

––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– ––––––– –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––

Gastos

Gastos reparable

reparable

5.00

5.00

5.005.00

(1) LG: Liquidación de Gastos  (1) LG: Liquidación de Gastos 

(2) Ver inciso d) del punto 3.1. Enunciado. (2) Ver inciso d) del punto 3.1. Enunciado.

MODELOSUGERIDODEPLANILLADEMOVILIDAD

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