OFICINA DEL GOBIERNO MUNICIPAL
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
E X T R A C T O
DE
A C T A
SESIÓN n.º 35.20 CARÁCTER: Ordi
nariaMODALIDAD: presencial
FECHA DE CELEBRACIÓN: 4 de diciembre de 2020
LUGAR DE CELEBRACIÓN: Palacio Consistorial, primera planta, Plaza del
Ayuntamiento. Cartagena.
2ªconvocatoria
HORA INICIO: 11:20 h.
HORA FIN: 11:40 h.
MIEMBROS ASISTENTES: (con voz y voto)
Presidencia:
Ilma. Sra. Vicealcaldesa, Dª. Noelia María Arroyo Hernández
Vocales: CONCEJALES DELEGADOS DE ÁREA:
Sra. Dª. Esperanza Nieto Martínez
Sr. D. Juan Pedro Torralba Villada
Sra. Dª. María Irene Ruiz Roca
Concejal Secretario:
Ilmo. Sr. D. Manuel Antonio Padín Sitcha
-C’s-No asisten, justificando su ausencia, la Excma. Sra. Alcaldesa, Dª. Ana Belén
Castejón Hernández, ni los Concejales Delegados de Área, Dª. María Luisa Casajús
Galvache -PP-, D. Diego Ortega Madrid -PP-, D. David Martínez Noguera.
INVITADOS: (con voz y sin voto)
ÓRGANOS DIRECTIVOS: (con voz y sin voto)
D. Director de la Asesoría Jurídica Municipal. D. Interventor General Municipal.
Dª. , Directora de la Oficina del Gobierno Municipal.
ACUERDOS ADOPTADOS:
1º.- Aprobación de las Actas correspondientes a las siguientes sesiones:
–
Sesión 33.20, de carácter ordinario, celebrada el 20 de noviembre de 2020.–
Sesión 34.20 de carácter extraordinario, celebrada el 27 de noviembre de 2020. Se da cuenta de los borradores de las Actas resultantes de las sesiones mencionadas, que previamente fueron remitidas a los miembros de la Junta, y estando todos conformes, son aprobadas por unanimidad y sin reparos.2º.- Acuerdos aprobados a propuesta de las siguientes Áreas de Gobierno:
ÁREA DE GOBIERNO DE TURISMO, COMERCIO, SANIDAD Y CONSUMO(b) (1) (A)(b) (1) (A)(b) (1) (A) (b) (1) (A)
Acuerdos propuestos por el Ilmo. Sr. Concejal Delegado de Área, tramitados por los siguientes Servicios:
SANIDAD
1. REFORMA DE LOCAL DESTINADO A CONSULTORIO MÉDICO Y LOCAL SOCIAL DE PLAYA HONDA.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico firmado por el Concejal Delegado de Área de Turismo, Comercio, Sanidad y Consumo, D. Manuel Antonio Padín Sitcha, con fecha de 19 de noviembre de 2020, previa rúbrica de la Jefa de Sanidad y Consumo, cuyo tenor literal es el siguiente:
Por el Servicio de Sanidad y Consumo de este Ayuntamiento se pretende la contratación de las obras de REFORMA DE LOCAL DESTINADO A CONSULTORIO MÉDICO Y LOCAL SOCIAL DE PLAYA HONDA.
Mediante informe del Concejal Delegado del Área de Turismo, Comercio, Sanidad y Consumo, de fecha 17 de noviembre de 2020, ha quedado justificada la necesidad e idoneidad del contrato que se pretende celebrar para la realización de la obra proyectada, de conformidad con el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
El presupuesto de licitación es de: 279.985,37 euros, desglosado en los siguientes conceptos:
Valor estimado 231.392,87 euros (integrado por el presupuesto de ejecución material, incrementado por el 13% de gastos generales y el 6% de beneficio industrial)
Impuesto del Valor Añadido 48.592,50 euros.
Que conforme al artículo 34 de la las Bases de Ejecución del presupuesto para 2020 se encuentra dentro de los proyectos de inversión plurianual con número 2020-29-0 con un importe total de 280.000 euros desglosado por años de la siguiente forma:
AÑO APLICACIÓN PRESUPUESTARÍA IMPORTE
2020 03003 3120 622 80.000
2021 03003 3120 622 100.000
2022 03003 3120 622 100.000
El plazo de ejecución de las obras se estima en cinco meses, a contar desde el día siguiente al de la formalización del Acta de Comprobación del Replanteo.
Se incorpora al expediente documento de retención de crédito con cargo a la aplicación presupuestaría: 2020-03003-3120-622 con número de retención 2020.2.0018915.000. Así mismo, consta en el expediente Acta de Replanteo previo a la contratación de fecha 14 de octubre de 2020, haciendo constar que la realidad geométrica de la obra coincide con el proyecto de la misma, en cumplimiento del artículo n236.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
Igualmente, figura en el expediente informe de supervisión del proyecto de 11 de noviembre de 2020, acreditando que el proyecto cumple con los requisitos establecidos en el artículo 235 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Por todo ello, vistos por un lado el artículo 231 y la Disposición Adicional Tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y en virtud de las competencias que le han sido otorgadas mediante Decreto de Alcaldía de Creación de las Áreas de Gobierno de 19 de junio de 2019 (corrección de errores de 4 de julio de
2019) y Acuerdo de la Junta de Gobierno de Delegación de Competencias de 5 de julio de 2019,
PROPONE
La aprobación del Proyecto de Obra de REFORMA DEL LOCAL DESTINADO A CONSULTORIO MÉDICO Y LOCAL SOCIAL DE PLAYA HONDA, con un presupuesto base de licitación de 279.985,37 euros.
Se acompaña de Proyecto redactado por los Arquitectos Dª
colegiado 1244 COAMU, y D. , colegiado 1156 COAMU, así como por el Ingeniero Técnico Industrial, D. colegiado 1501 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Alicante.
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos los días 26 de noviembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica, y 2 de diciembre de 2020 por el Interventor General Municipal NI NÚM. 87-2020, ambos incorporados en su expediente.
COMERCIO
2. APROBACIÓN DEL PROYECTO DE EVENTOS Y ACTUACIONES A REALIZAR POR EL SERVICIO DE COMERCIO DURANTE EL AÑO 2021, A FIN DE POTENCIAR LA DINAMIZACIÓN DEL COMERCIO EN EL MUNICIPIO DE CARTAGENA.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico firmado por el Concejal Delegado de Área de Turismo, Comercio, Sanidad y Consumo, D. Manuel Antonio Padín Sitcha el 1 de diciembre de 2020, previa rúbrica del Técnico de Gestión de Administración General, cuyo tenor literal es el siguiente:
El artº 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local establece: “El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades, ...”. Como consecuencia, este Ayuntamiento dentro de las competencias asumidas en materia de Comercio, viene realizando todo tipo de actividades dentro de un Plan de Dinamización del Comercio, que tiene como finalidad el apoyo al pequeño comercio que redunde en su impulso y consolidación, con el fin de lograr el estimulo de la actividad económica del sector.
En este sentido, el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, ha publicado en el BORM n.º 279, de 1 de diciembre de 2020, el Decreto n.º 164/2020, de 30 de noviembre por el que se establecen las normas especiales reguladoras de la concesión directa a favor de los Ayuntamientos de la Región de Murcia para financiar la ejecución de un programa de actuaciones destinado a la promoción, dinamización y reactivación de los Comercios de la Región de Murcia, en el que se establece que la cuantía prevista para conceder a este Ayuntamiento es por importe de 75.000,00 € (setenta y cinco mil euros), con el fin de llevar a cabo la realización de actividades de promoción del comercio minorista durante el año 2021, siendo uno de lo requisitos para ello la remisión del certificado del acuerdo que la Junta de Gobierno Local adopte, aprobando el proyecto de las actuaciones a realizar con cargo a la subvención mencionada, así como, su aceptación.
Por ello, una vez elaborado por el Servicio de Comercio el proyecto mencionado, que se adjunta a esta propuesta y en virtud de las competencias que le han sido otorgadas mediante el Decreto de Alcaldía de Creación de Áreas de Gobierno de 19 de junio de
(b) (1) (A) (b) (1) (A)(b) (1) (A)
2019 (corrección de errores de 4 de julio de 2019) y Acuerdo de Junta de Gobierno de Delegación de Competencias de 5 de julio de 2019; por la presente, a la Junta de Gobierno Local PROPONE,
PRIMERO: Aprobar el Proyecto de las actuaciones a realizar durante el año 2021, destinadas a la promoción, dinamización y reactivación de los comercios del Municipio de Cartagena, según documento que se acompaña.
SEGUNDO: Aceptar la subvención directa por importe de 75.000,00 € (sententa y cinco mil euros), que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, concede a este Ayuntamiento, según distribución de los créditos, establecida en el Decreto nº164/2020, de 30 de noviembre, mencionado en la parte expositiva de esta propuesta.
MEMORIA DE ACTUACIONES A REALIZAR POR EL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA DURANTE EL AÑO 2021 CON CARGO A LA SUBVENCIÓN DIRECTA A FAVOR DE LOS AYUNTAMIENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA, APROBADA POR DECRETO N.º 164/2020, DE 30 DE NOVIEMBRE DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
INTRODUCCIÓN
Habiendo tenido conocimiento de la publicación del Decreto n.º 164/2020, de 30 de noviembre del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de concesión directa de subvenciones a favor de los Ayuntamientos de la Región de Murcia, destinada a financiar la realización de actuaciones de promoción, dinamización y reactivación de los comercios minoristas de la Región de Murcia, ante la situación de emergencia derivada de la crisis del COVID-19, y a fin de cumplimentar los requisitos establecidos en el mismo, se elabora la presente Memoria de actuaciones que este Ayuntamiento pretende realizar, salvo que, en algún caso se produzcan hechos de fuerza mayor que lo impidan, por ejemplo, derivados de la evolución de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 y las medidas que, en su caso, se adoptaran para su control, lo cual se comunicaría a la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía, indicando el destino que se daría, en ese caso, al importe asignado para la realización del evento suspendido.
OBJETIVOS
El objetivo perseguido por el Servicio de Comercio del Ayuntamiento de Cartagena, con las actuaciones que se desarrollarán durante el año 2021, es la dinamización del sector comercial del Municipio, estimulando las ventas del comercio local, para lo que se realizarán distintos eventos y actividades de animación, así como, campañas publicitarias en los medios de comunicación dirigidas a este fin. Todo ello, considerado como una manera de ayudar a la recuperación de este sector, que actualmente, está atravesando una situación difícil debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
ACTUACIONES A REALIZAR
Las actuaciones a las que se va a destinar la subvención se han agrupado en los siguientes bloques temáticos:
1º.- Campaña publicitaria en los medios durante todo el año (prensa escrita, digital y radio)
Esta campaña se realizará mediante la inserción de publicidad, de manera continuada, en los periódicos locales de mayor difusión, tanto en la opción papel, como en la digital. Así mismo, se llevarán a cabo cuñas publicitarias en dos cadenas de radio. Esta campaña se organizará según se indica a continuación:
- Programación de cuatro campañas genéricas durante todo el año, cuyo eslogan se referirá a todo el comercio del municipio, destinada a estimular las ventas,
- También se llevarán a cabo, campañas específicas para diversos eventos, como las Ferias Outlet, Campaña de Navidad, Mercado de Abastos Sta. Florentina, etc.
- Cartelería, dípticos, flyers, mupys, ruteros, varios (adjesivos, diplomas, invitaciones, diseño gráfico, etc.
2º.- Campañas promocionales
Estas campañas consistirán en el reparto de objetos diversos a los ciudadanos en distintas calles de la ciudad, coincidiendo con la realización de eventos, como Ferias Outlet, Festival de La Mar de Musicas, fiestas de Carthagineses y Romanos, o con fechas destacadas, como Semana Santa y Navidad. Se entregarán por medio de personas contratadas al efecto para que realicen funciones de animación, a fin de atraer público a las calles y promover más ventas en los comercios. Por ejemplo, bolsas, tazas y cualquier otro objeto apropiado a este fin, los cuales serán grabados con el logo del Ayuntamiento, y el de comcéntrico, que identifica al comercio de Cartagena.
3º.- Feria Outlet
Este año, dada la situación del comercio, se pretende la organización de dos Ferias Outlet.
La primera se celebrará del 8 al 14 de febrero de 2021 . Esta Feria, dado que todavía podemos estar en una situación en la que continuemos con las normas de distanciamiento social, de evitar aglomeraciones, toque de queda, etc., se va a organizar mediante animación en distintas zonas de la ciudad para activar las ventas. Por ello, será necesario:
- Contratar un servicio de animación, que realizará la entrega de los objetos de promoción publicitaria, indicados anteriormente.
La segunda se celebrará en la semana del 12 de octubre, fecha en que tradicionalmente se celebra, en horario de 10,00 a 14,30 h. y de 17,00 a 22,00 h. Se prevé, siempre y cuando, la evolución de la pandemia sea favorable, llevarla a cabo como habitualmente se realiza, es decir, ubicar la Feria en la Zona del Puerto, lo cual supone, la contratación de:
- Instalación de casetas en la zona del Puerto - Instalación de aseos químicos
- Vigilancia de seguridad 4º.- Ruta del comercio Se realizarán tres ediciones:
- 1ª Edición: primera semana de enero, en la cual se irá sellando un rutero por compras superiores a 10€. A más casillas selladas, se podrá optar a un premio mejor.
- 2ª Edición: en el mes de abril, realizando actividades, como: Taller de cocina sana para niños y otro para adultos y un desfile de modelos.
- 3ª Edición: en junio, confeccionando panfletos, de manera que cuando se consuma en los comercios, éstos los sellen y se podrá optar a los premios destinados al efecto.
5º.- Actuaciónes en el Mercado de Abastos Sta. Florentina
En este caso, se organizarán dos eventos, bajo la denominación: “Los sábados en el Mercado Sta. Florentina”. Esta actividad se realizará en el horario de apertura del mercado y en dos épocas del año, según se especifica a continuación:
- En los meses de abril y mayo, y otra - En el mes de noviembre
Las actividades que se realizarán consistirán en organizar talleres de teatro para los niños y un taller denominado: “Aprendiendo con el maestro arrocero”.
Así mismo, durante el tiempo de Navidad, acudirá al Mercado un Rey Mago para recoger las cartas de los niños.
6º.- Concurso de escaparates urbanos
Se realizará en el mes de marzo, utilizando cartelería diversa y fotografía, con temática relacionada con la Semana Santa, Cruces de Mayo, Carthagineses y Romanos, La Mar de Músicas, Mucho más Mayo, La noche de los Museos, etc.
7º.- Campaña de Navidad
Durante el mes de diciembre, se llevarán a cabo las siguientes actividades:
- El tradicional concurso de escaparates, en el mes de diciembre, en el cual la subvención se destinará a: cubrir los premios en metálico a los tres primeros concursantes, siendo el valor de los premios: 2.000,00 € el primero, 1.000,00 el segundo y 500 el tercero, así como, los trofeos correspondientes.
- Decoración navideña en el Mercado de abastos Sta. Florentina, consistente en un arreglo floral a la entrada del mismo durante los días de Navidad.
- Distribución de cartas para los Reyes Magos del 20 de diciembre al 5 de enero, en horario comercial.
PRESUPUESTO
1º.- Campaña publicitaria en los medios de comunicación
- Imprenta para cartelería, dípticos, flyers, mupys, ruteros, invitaciones, diseño gráfico, etc.………..………..….….………...14.641,00 €
- Campaña en redes sociales, radio, prensa digital ………..……..18.148,79 € 2º.- Campañas promocionales
- Bolsas y otros objetos ………..……….…. 14.157,00€ 3º.- Feria outlet Primera Feria
- Contratación de 8 animadores ………..……… 4.004,00 € Segunda Feria
- Suministro de aproximadamente 47 stand de 3x2 con mobiliario, estantes, mostrador y toldos exteriores. Pórtico de entrada y rotulación de los stand y del pórtico ………. 2.550,00 €
- 1 aseo para minusválidos con limpieza diaria ……….…………. 350,00 € - 1 vigilante de seguridad de 22,00 a 10,00 h y 1 Auxiliar
seguridad de 14,30 a 17,00 h, ……….……1.500,00 € - Contratación 4 animadores ……… 2.464,00 €
TOTAL ……….……….6.864,00 € 4º.- Ruta del comercio
- 1ª Edición ……….……….…………5.000,00 € - 2ª Edición ………. 1.000,00 € - 3ª Edición ……….450,00 €
TOTAL ………...6.450,00 € 5º Actuaciones en el Mercado de abastos Sta. Florentina
- 4 animadores para el evento: “Los sábados en el Mercado Sta.Florentina”…5.632,00 € 6º.- Concurso de escaparates urbanos
Se financiará con la partida destinada a trabajos de imprenta, indicada anteriormente. 7º.- Campaña de Navidad - Concurso de escaparates • Impresión de diplomas ………..…...………..42,00 € • Accésit ………..……… 35,00 € • Trofeos metálico ………....….. 3.500,00 € TOTAL ………….…..…3.577,00 € - Decoración navideña Mercado de abastos Sta. Florentina
• Decoración fachada ………...……….…… 1.000,00 €
● 6.000 cartas para los Reyes Magos , tamaño A4. Impresas a color por las dos caras en
papel offset de 80 g. ……….………..…526,21,00 € TOTAL ……….1.526,21 €
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica el 1 de diciembre de 2020 y por el Interventor General Municipal SB 96/2020 de fecha 2 de diciembre de 2020, ambos incorporados en su expediente.
ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, NUEVAS TECNOLOGÍAS E INTERIOR
Acuerdos propuestos por la Concejal Delegada de Área, tramitados por los siguientes Servicios:
HACIENDA
3. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2020, PARA ARREGLO DE DEFICIENCIA DE ILUMINACIÓN EN LA UNIVERSIDAD POPULAR.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico firmado por la Concejal Delegada de Área de Hacienda, Nuevas Tecnologías e Interior, Dª. Esperanza Nieto Martínez, el 23 de noviembre de 2020, previa rúbrica del Director Económico y Presupuestario, cuyo tenor literal es el siguiente:
En la Oficina Presupuestaria se ha recibido escrito del Concejal del Área de Cultura, Juventud e Igualdad, solicitando una modificación en el presupuesto para 2020, con el fin de arreglar la deficiencia de iluminación existente en las dependencias de la Universidad Popular (2ª Fase).
La modificación consiste en transferir crédito entre aplicaciones de la misma área de gasto, pero con diferente nivel de vinculación jurídica, sin que la disminución que se produce en la aplicación que lo cede ocasione perturbación alguna en el normal funcionamiento del servicio, para lo que se adjunta el documento contable de retención de crédito para transferencias (RC 2020.2.0018988.000).
Por ello, a la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 y 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de haciendas locales en materia presupuestaria, y en el artículo 12 de las Bases de ejecución del presupuesto, redactado al amparo del apartado 3 del artículo 40 de dicho Texto Legal, tengo a bien proponer la siguiente modificación del presupuesto de 2020, por el procedimiento de transferencia de créditos:
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA QUE CEDE CRÉDITO:
2020-07001-3263-2260603 Reuniones, conferencias y cursos 4.000,00 € TOTAL 4.000,00 €
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA QUE RECIBE CRÉDITO:
2020-07001-3263-623 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje 4.000,00 € TOTAL 4.000,00 €
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 26 de noviembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 25 de noviembre de 2020 por el Interventor General Municipal N.º MP 101/2020, ambos incorporados en su expediente.
GESTIÓN RECAUDATORIA DE CARTAGENA (O.A.G.R.C.) PARA GASTOS DIVERSOS El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico que ha sido firmada por la Concejal Delegada de Área de Hacienda, Nuevas Tecnologías e Interior, Dª. Esperanza Nieto Martínez, el 23 de noviembre de 2020, previa rúbrica del Director Económico y Presupuestario, cuyo tenor literal es el siguiente:
En la Oficina Presupuestaria se ha recibido escrito de la Directora del OAGRC solicitando una modificación del presupuesto para 2020 de dicho organismo, con el fin de atender diversos gastos, entre los que se cuentan los derivados del mantenimiento y renovación de licencias de los equipos de ensobrado del Organismo, así como el mantenimiento de la cabina de discos Storage Teck 6140.
La modificación planteada consiste en transferir crédito entre aplicaciones de la misma área de gasto, pero con diferente nivel de vinculación jurídica, sin que la disminución que se produce en la aplicación que lo cede ocasione perturbación alguna en el normal funcionamiento del servicio. Se adjunta el documento contable de retención de crédito para transferencias (RC n.º 2020.2.0000875.000).
Por ello, a la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 y 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de haciendas locales en materia presupuestaria, y en el artículo 12 de las Bases de ejecución del presupuesto, redactado al amparo del apartado 3 del artículo 40 de dicho Texto Legal, tengo a bien proponer la siguiente modificación del presupuesto de 2020, por el procedimiento de transferencia de créditos:
Aplicación presupuestaria que cede crédito:
2020-04009-9341-22699 Otros gastos diversos 21.000 € TOTAL 21.000 €
Aplicación presupuestaria que reciben crédito:
2020-04009-9341-213 Maquinaria, instalaciones técnicas y utillaje 21.000 € TOTAL 21.000 €
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 26 de noviembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 25 de noviembre de 2020 por el Interventor General Municipal N.º MP 102/2020, ambos incorporados en su expediente.
5. RECTIFICACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2020 APROBADA EL PASADO 20 DE NOVIEMBRE, PARA DIVERSAS ACTUACIONES RELACIONADAS CON EL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO Y ARQUEOLÓGICO.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico que ha sido firmada por la Concejal Delegada de Área de Hacienda, Nuevas Tecnologías e Interior, Dª. Esperanza Nieto Martínez, el 28 de noviembre de 2020, previa rúbrica del Director Económico y Presupuestario, cuyo tenor literal es el siguiente:
Con fecha 20 de noviembre la Junta de Gobierno Local adoptó el acuerdo de aprobación de una modificación del presupuesto para 2020, con el fin de completar las diferentes actuaciones proyectadas para finalizar el año relacionadas con el Patrimonio Histórico-Artístico y Arqueológico previstas en nuestro municipio.
El pasado día 26 se recibió, en el órgano de gestión económica y presupuestaria, un escrito del Director General Proyectos Estratégicos Patrimonio Histórico informando que en la solicitud de dicha subvención se produjo un error de transcripción en las aplicaciones presupuestarias que reciben crédito.
Por ello, a la Junta de Gobierno Local le doy traslado, para su conocimiento y efectos oportunos, de la advertencia del error, que no afecta al contenido del acuerdo al tratarse de un error material fácilmente detectable a la vista de los documentos contables que forman parte del expediente:
Donde dice:
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE RECIBEN CRÉDITO:
2020-01003-3361-623 Inversiones en Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 18.389,23 € 2020-01003-3361-13100 Retribuciones Básicas 1.553,00 €
2020-01003-3361-13102 Otras remuneraciones 1.826,00 €
2020-01003-3361-15001 Productividad fija personal laboral eventual 306,00 €
2020-01003-3361-1600001 Cuotas Seguridad Social personal laboral temporal 1.165,00€ 2020-07001-3362-2270602 Otros Estudios y Trabajos Técnicos 5.000,00 €
TOTAL 28.239,23 € Debe decir:
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE RECIBEN CRÉDITO:
2020-01003-3361-623 Inversiones en Maquinaria, Instalaciones y Utillaje 18.389,23 € 2020-01003-3361-13100 Retribuciones Básicas 1.553,00 €
2020-01003-3361-13102 Otras remuneraciones 1.826,00 €
2020-01003-3361-15001 Productividad fija personal laboral eventual 306,00 €
2020-01003-3361-1600001 Cuotas Seguridad Social personal laboral temporal 1.165,00€ 2020-01003-3361-2270602 Otros Estudios y Trabajos Técnicos 5.000,00 €
TOTAL 28.239,23 €
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en el informe emitido el 3 de diciembre de 2020 por el Interventor General Municipal NI NÚM. 88-2020, incorporado en su expediente.
6. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2020, PARA LA ADQUISICIÓN DE UN BAJO EN LA DIPUTACIÓN DE ALUMBRES.
Durante el debate de la propuesta, la Junta de Gobierno Local he decidido retirarla para mejor estudio antes de proceder a su votación.
TESORERÍA
7. FRACCIONAMIENTO DE DEUDA DE UNA MERCANTIL.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico que ha sido firmada por la Concejal Delegada de Área de Hacienda, Nuevas Tecnologías e Interior, Dª. Esperanza Nieto Martínez, el 24 de noviembre de 2020, previa rúbrica del Tesorero, cuyo tenor literal es el siguiente:
Vista la solicitud de fraccionamiento de deuda, alegando el interesado dificultades económico-financieras que le impiden transitoriamente efectuar el pago de los débitos relacionados, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente
Acuerdo
Se acuerda conceder el aplazamiento/fraccionamiento del pago de la deuda en los siguientes plazos con el devengo de los intereses de demora y en las condiciones que se describen a continuación.
Deudor LA MANGA CLUB SL NIF B30630511 Nº Liquidación/Expediente IAE EJERCICIO 2020 Recibos número: 8901577345482-8901573600500-8901569424781-8901617899142- 8901601790374-8901614257715-8901633631983-8901623205885- 8901618141954-8901672250161-8901657272322-8901656760866- 8901565628304-8901535553242-8901527931974-8901709469965- 8901701359844-8901698336641-8901729942874-8901713674016- 8901711715093-8900549614153-8900538657035-8900542745945- 8900683629731-8900641591170-8900584722766-8907682910454- 8907502373813-8905660473272-8901527200160-8901505499792-8901599935776-8901501689333-8901596193865-8901590531233. Importe 43.463,17 €
Plazos 24 plazos: 1º vencimiento 20-01-2021 y sucesivos, o inmediato hábil siguiente Origen Recibo OAGR
Garantías
Ofrecimiento hipoteca inmobiliaria finca de Cartagena N.º 48396, Tomo 679 Libro 297 Folio 12 Registro de la Propiedad n.º 2 La Unión
Forma de pago
Recibos de origen OAGR.- En los recibos de padrón o deudas en vía ejecutiva, el importe de los plazos se cargarán en las fechas de vencimiento señaladas, mediante domiciliación bancaria en la siguiente cuenta bancaria según mandato del deudor con Nº IBAN: ES84 2038 9691 5460 0010 1098
Condiciones adicionales
La autorización del pago aplazado o fraccionado conlleva la liquidación de intereses de demora, que se calcularán por el tiempo comprendido entre el día siguiente al del vencimiento del período voluntario y la fecha del vencimiento del plazo concedido, para la totalidad o cada fracción de deuda, cuya base de cálculo no incluirá, en su caso, el recargo del período ejecu-vo. Será exigible el interés legal cuando la deuda se garantice con aval solidario de entidad bancaria o sociedad de garantía reciproca, y el interés de demora en los demás casos.
Este acuerdo queda condicionado a que el obligado al pago se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias durante su vigencia.
Vencido alguno de los plazos de pago sin que se haya realizado este, se iniciará o continuará, en su caso, la vía de apremio en los términos previstos en el artículo 54 RGR. Si una vez concedido el aplazamiento/fraccionamiento el deudor solicitase una modificación en sus condiciones, la petición no tendrá, en ningún caso, efectos suspensivos. El régimen de notificaciones de los actos de concesión de los aplazamientos/fraccionamientos será el previsto en las normas administrativas generales con las especialidades establecidas en materia tributaria (art. 109 LGT). No obstante, se tendrá por notificado el acto cuando el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución, o interponga cualquier recurso que proceda (art. 40.3 LPAC), y en particular cuando realice el pago del primero de los plazos a su vencimiento.
Recursos y reclamaciones
Contra los acuerdos de aplazamiento/fraccionamiento de deudas de derecho público municipales, cabe interponer en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su recepción, recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo dicta, con carácter previo a la reclamación económico-administra-va, o bien directamente dicha reclamación económico-administrativa ante el Consejo Económico Administrativo del Ayuntamiento de Cartagena, conforme a lo dispuesto en el artículo 137 LRBRL y artículo 24 del
Reglamento de dicho Consejo Económico Administrativo, sin perjuicio de cualquier otro que estime conveniente.
Normativa aplicable
Artículos 65 y 109 y ss Ley General Tributaria (Ley 58/2003)
Artículos 44 a 54 Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005) Artículos 39 y ss Ley de Procedimiento Administrativo Común (Ley 39/2015)
Artículos 59 a 65 Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de tributos municipales del Ayuntamiento de Cartagena (BORM nº 300/2006 y nº 301/2015)
Instrucción municipal en materia de gestión recaudatoria (BORM nº 93/2018),
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de delegación de competencias de fecha 05-07-2019
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 25 de noviembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 2 de diciembre de 2020 por el Interventor General Municipal NÚM. CPI 9-2020, ambos incorporados en su expediente.
ÁREA DE GOBIERNO DE CULTURA, JUVENTUD E IGUALDAD
Acuerdo propuesto por el Concejal Delegado de Área, tramitado por el siguiente Servicio: JUVENTUD
8. APROBACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS CORRESPONSALES JUVENILES EN CENTROS DE ENSEÑANZA PARA EL CURSO 2020-2021
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico que ha sido firmada por el Concejal Delegado de Área de Cultura, Juventud e Igualdad, D. David Martínez Noguera el 20 de noviembre de 2020, previa rúbrica de la Responsable del Programa de Ocio y Participación, cuyo tenor literal es el siguiente:
La Concejalía de Juventud, convoca 19 Becas -colaboración, con una dotación de 300 euros cada una destinada a alumnos matriculados en Centros sostenidos con fondos públicos de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o estudiantes de Grado en la Universidad Politécnica de Cartagena.
El objeto de las Becas es la de acercar la información de interés juvenil allí donde los jóvenes se concentran y que sean los propios jóvenes los que participen directamente en la transmisión de la misma fomentando así su participación.
El acceso a la información influye de manera significativa en la toma de decisiones, en la igualdad de oportunidades y en el grado de autonomía de cualquier persona, pero en el caso de los jóvenes mas aún ya que se encuentran en una etapa en la que toman decisiones que afectan a su futuro.
Con cada nueva edición, este Programa se afianza más en los Centros, la figura del Corresponsal es mas conocida entre los alumnos veteranos y es más fácil llegar a los que se incorporan por primera vez.
En los Institutos y en la Universidad, la presencia del Corresponsal difundiendo informaciones de interés a través de paneles, redes sociales y cualquier otro medio a su disposición está cada vez mas arraigada.
sanitarias que se vayan adoptando se realizará la difusión primando las Redes Sociales y los medios tecnológicos a nuestro alcance y se seguirán estrictamente las recomendaciones sanitarias dadas por las autoridades competentes.
Por tanto se justifica la necesidad de que dicha convocatoria siga desarrollándose durante cada curso escolar, y se propone a la Junta de Gobierno Local que apruebe las bases de la nueva convocatoria para el Curso 2020-2021 así como el compromiso de gasto según propuesta de la Concejalía de Hacienda para el ejercicio 2021 por un importe de 5.700 euros de la partida correspondiente al presupuesto asignado a la partida de premios, becas y pensiones de estudio e investigación de esta Concejalía, con documento de consignación presupuestaria A . 2021.2.0000179.000.
BASES DE LA CONVOCATORIA Y ADJUDICACIÓN DE BECAS PARA CORRESPONSALES JUVENILES EN LOS CENTROS PÚBLICOS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL DE CARTAGENA Y UPCT PARA EL CURSO 2020/2021.
PRIMERA .-Justificación
La Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, convoca 19 Becas de Colaboración para la atención de Puntos de Información Juvenil (en adelante PIJ) dependientes del Informajoven en los centros públicos de enseñanza secundaria, centros públicos de formación profesional del municipio de Cartagena así como para la Universidad Politécnica de Cartagena.
Las Becas para Corresponsales Juveniles tendrán como finalidad promover y apoyar las acciones que propicien acercar la información sobre actividades y recursos de interés juvenil allí donde se concentran un gran número de jóvenes.
La figura del corresponsal juvenil es una pieza clave para la difusión de la información en los Centros de estudios. Estos jóvenes son los que permiten una conexión directa entre los jóvenes y el Informajoven, en un camino de doble dirección, acercan la información a los compañeros y proporcionan a los Servicios de Juventud la información que generan los propios jóvenes.
A los jóvenes seleccionados, el Informajoven les hará un seguimiento continuo para apoyarles en la realización de sus tareas y los formará en temas como búsqueda de información, técnicas de difusión manejo de Redes Sociales y seguridad, etc...
SEGUNDA.-Calendarización y cuantía de la beca-colaboración
La Concejalía de Juventud convoca un máximo de 19 Becas- colaboración para la difusión de la información en los centros de enseñanza indicados durante el curso 2020-2021. La Beca comprenderá el periodo lectivo del alumno.
Se establece una beca de 300 euros a repartir de forma proporcional entre los miembros que conformen el equipo de alumnos seleccionados.
El pago de la Beca re realizará dentro del ejercicio presupuestario 2021 y se realizará mediante transferencia bancaria a una cuenta de la que el alumno será titular o autorizado una vez finalizado el Curso Escolar.
Los Corresponsales no tendrán ninguna relación laboral con el Ayuntamiento de Cartagena.
TERCERA .- Funciones de los corresponsales de los Puntos de Información Juvenil (PIJ) Las funciones y obligaciones que deben realizar los Corresponsales Juveniles se adaptarán en esta Convocatoria, a la nueva situación de alerta sanitaria y prevalecerá ante todo el cumplimiento de las normativas que vayan siendo implantadas por las administraciones competentes ante la evolución de los datos de afectados por el COVI-19.
3.1. Gestionar la cuenta creada en Instagram @corresponsales_cartagena para los Corresponsales subiendo información y dándola a conocer entre los alumnos de sus centros.
3.2. Participar activamente en los Grupos de Trabajo promovidos por el Informajoven para la búsqueda y difusión de las noticias y convocatorias de interés.
3.3. Elaborar y realizar las acciones necesarias para que los jóvenes de su entorno conozcan la existencia del PIJ del Informajoven y de los recursos que tiene a su alcance.
3.4. Recoger la información generada en su entorno, centro de estudios, asociaciones o colectivos a los que participen, etc.. y trasladarlas al Informajoven.
3.5. Trasladar al Centro Informajoven las demandas de información de los alumnos/as que no puedan ser resueltas con la información y recursos del propio corresponsal. 3.6. Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación y sesiones informativas que se convoquen que se realizarán de forma virtual a través de la plataforma del Ayuntamiento JITSI MEET.
3.7. Informar a la dirección del centro, a través de la persona en quien delegue, todos lo aspectos de su labor informadora, cooperar en las tareas de difusión de las actividades extraescolares del centro educativo así como solicitar los correspondientes permisos para la utilización de los recursos del centro para su labor informativa.
CUARTA.- Compromiso de la Concejalía de Juventud
4.1. Facilitar al Corresponsal el material informativo necesario.
4.2. Facilitar periódicamente información necesaria para la actualización de su Red Social,seleccionar y elaborar materiales de consulta que respondan a las demandas de información de los jóvenes.
4.3. Ofrecer apoyo técnico a los corresponsales del PIJ y colaborar con ellos.
4.4. Realizar las acciones formativas necesarias para el buen desempeño de su labor. 4.5. Realizar las gestiones necesarias para el abono de la Beca- colaboración a los corresponsales seleccionados.
4.6. Realizar el seguimiento de la labor del corresponsal manteniendo contacto con los tutores y facilitando instrumentos de recogida de datos y evaluación del Proyecto.
4.7. Formar a los corresponsales en el uso adecuado y con los criterios de seguridad respectivos de los perfiles en redes sociales que se utilicen.
QUINTA.- Compromiso de los centros educativos
5.1. Se precisa que el centro educativo esté de acuerdo en participar en el Programa Corresponsales. Para ello desde la Concejalía de Juventud y a través del Informajoven se contactará con la dirección del Centro para confirmar su intención de renovar el marco de colaboración.
5.2. Proporcionar el apoyo necesario para el desempeño de su labor.
5.3. Colaborar en el proceso de evaluación del servicio contestando los cuestionarios que elabore el centro Informajoven.
5.4. Siempre que sea posible permitir el acceso y el uso de Internet al corresponsal del PIJ, ya sea mediante un puesto local PC, o bien mediante acceso “WIFI” a la red del propio centro educativo, para poder introducir contenidos informativos o buscar información en la página del centro Informajoven, así como de cualesquiera otros medios o plataformas de redes sociales de difusión que posea el Informajoven y otros medios o recursos que posea el centro educativo.
5.5. Designar a una persona del centro (preferiblemente el responsable de actividades extraescolares o departamento de orientación ) que realice la labor de tutor del joven que gestiona el PIJ y de apoyo y seguimiento de su funcionamiento.
5.7. Permitir el uso de determinados recursos del centro, bajo la supervisión de la persona responsable como teléfono, fotocopias.
SEXTA .- Requisitos para participar en la convocatoria:
6.1 Estar matriculado en un Centro público de Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional o cursar estudios universitarios en la UPCT, cursando 4º ESO, Bachiller, Formación Profesional o estudios universitarios durante el Curso 2020-2021. SÉPTIMA .- Documentación a presentar y criterios de selección
7.1. La Documentación a presentar será la siguiente : 7.1.1. Fotocopia DNI/NIE
7.1.2. Impreso solicitud
7.1.3. Certificado acreditativo de estar matriculado en el centro educativo.
7.1.4. Carta de presentación donde describa sus aficiones, las actividades de tiempo libre
ejercer como Corresponsal Juvenil en su Centro. OCTAVA.- Criterios de selección y baremo aplicable
8.1 La selección de los becarios seguirá los siguientes criterios:
8.1.1. Tendrán prioridad los alumnos que hayan sido corresponsales durante el curso 2019-2020 ya que al producirse durante el mes de marzo la suspensión de las clases presenciales debido a la Declaración del Estado de Alarma por el COVID-19 no se pudo completar las funciones previstas.
8.1.2. En segundo lugar los candidatos preseleccionados y derivados por la dirección del Centro en donde están matriculados.
8.1.3. En tercer lugar, los alumnos que cumpliendo los requisitos deseen presentarse a la convocatoria.
8.2 Baremo aplicable
8.2.1. Carta d motivación: hasta un máximo de 2 puntos
8.2.2. Haber ejercido como Corresponsal juvenil con anterioridad 3 puntos
8.2.3. Entrevista personal y prueba practica (opcional): hasta máximo de 3 puntos 8.2.4. Punto adicional por presentarse en equipo: hasta un máximo de 2 puntos NOVENA.- Comisión de selección
9.1. La comisión de selección estará formada por , Responsable de los Programas de Ocio y Participación, , Informadora Juvenil y Responsable del Informajoven. En todo caso la comisión podrá contar con la colaboración y asesoramiento del profesorado del Centro.
9.2. Se levantará acta de la Sesión o sesiones realizadas en donde figurará la relación de candidatos, puntuación obtenida indicando al menos, nombre, apellidos, DNI, y Centro por el que se presenta.
El candidato con mayor puntuación de cada Centro será el propuesto por dicha Comisión de Selección al Concejal de Juventud para ejercer las funciones de corresponsal del Centro Informajoven en el centro educativo y el resto, por orden de puntuación, formarán una lista de reserva para el caso de que el titular abandone o incumpla sus obligaciones. En el caso de que se presente un solo candidato/os en un Centro se valorará su idoneidad,se consultará con la dirección del centro y si se considera que cumple los requisitos exigidos se le otorgará la Beca directamente.
DÉCIMA .- Lugar y presentación de solicitudes
La solicitud se encuentra en
https://seguro.cartagena.es/sedeelectronica/tramites/index.asp y se presentará junto con la documentación requerida, vía on line o por correo electrónico a [email protected].
El plazo para presentar las solicitudes será de un mes a partir de la publicación y difusión de las Bases en la web http://juventud.cartagena.es
DÉCIMO PRIMERA.- Cuantía de las ayudas y medidas por incumplimiento de los compromisos
10.1 Los equipos de alumnos seleccionados obtendrán una beca-colaboración de 300 euros por el periodo comprendido de Noviembre a Junio del curso escolar y si así lo solicitan se les ingresará a cada miembro del equipo, la cantidad proporcional correspondiente en el número de cuenta facilitado al Ayuntamiento una vez emitido informe favorable del responsable del Informajoven como que han desarrollado adecuadamente su labor.
10.2 El incumplimiento total de sus obligaciones como corresponsal podrá dar lugar, previo informe del responsable del Informajoven, a la pérdida del derecho a percibir la cantidad establecida o bien del reintegro de la cantidad recibida.
10.3 Ante el mal funcionamiento de la corresponsalía y tras un máximo de tres llamadas de atención, los corresponsales podrán ser sancionados y ver disminuida su beca en un 50% previo informe razonado del comité de selección.
10.4 Durante un periodo inicial de tres meses de prueba, en el caso de que algún corresponsal no demuestre interés o actitud para el correcto desempeño de su cometido y previo informe del responsable del Informajoven, la ayuda podrá ser asignada a otro/a
(b) (1) (A)(b) (1) (A) (b) (1) (A)(b) (1) (A) (b) (1) (A)(b) (1) (A)
alumno que figure, en su caso, en la lista de reserva. DÉCIMA SEGUNDA.- Difusión de la convocatoria
La convocatoria de las becas-colaboración así como el plazo de presentación se publicará en la web del Ayuntamiento (http://juventud.cartagena.es ) y se hará llegar a cada uno de los centros públicos de enseñanza secundaria y formación profesional del municipio de Cartagena, solicitándole a estos su colaboración en su difusión y publicidad entre el alumnado, y estableciendo la forma y lugar en que los alumnos pueden presentar solicitudes.
DÉCIMO TERCERA.-Nombramiento
Una vez realizada la selección y firmada el acta por lo presentes se comunicará a los interesados que deberán firmar la aceptación de los compromisos que conlleva la beca concedida.
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 23 de noviembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 27 de noviembre de 2020 por el Interventor General Municipal SB 90/2020, ambos incorporados en su expediente.
3º.- Informes de los Servicios.
- Dación de cuenta de los informes del Director de la Asesoría Jurídica Municipal desde el día 6 de noviembre de 2020.
Por razones de tiempo, la Presidenta ruega al Sr. Pagán Martín-Portugués que de cuenta de sus informes en la siguiente sesión ordinaria que celebre la Junta de Gobierno Local.
El Sr. Pagán no tiene inconveniente.
4º.- Manifestaciones de la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta. No hubo
5º.- Ruegos y preguntas. No se formularon.
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ESPECIAL DECLARACIÓN DE URGENCIA PREVIA A TRATAR ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 51 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, del Texto Refundido de Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, en el artículo 83 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, que aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y en el artículo 14.8 del vigente Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Excmo. Ayuntamiento de 1 de junio de 2006, la Junta de Gobierno Local,
vistos los informes de motivación de la urgencia emitidos por los distintos Servicios según se especifica para cada uno de los siguientes asuntos, acordó por unanimidad, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, la especial DECLARACIÓN DE URGENCIA, como requisito previo para ser tratados FUERA DEL ORDEN DEL DÍA, según se indica a continuación:
ÁREA DE GOBIERNO DE ALCALDÍA Y URBANISMO , VIVIENDA Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS, PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO Y MEDIO AMBIENTE
Acuerdos propuestos por la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, tramitados por los siguientes Servicios:
ALCALDÍA
FOD01.DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES MUNICIPALES EN ORGANISMOS, SOCIEDADES Y FUNDACIONES EN LOS QUE EL AYUNTAMIENTO ES PARTÍCIPE. Aprobación de la urgencia según informe de motivación emitido y firmado
digitalmente por , con fecha de 3 de diciembre de 2020. El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico firmado por la
Excma. Sra. Alcaldesa, Dª. Ana Belén Castejón Hernández, el 2 de diciembre de 2020, cuyo tenor literal es el siguiente:
Visto Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 5 de julio de 2019, por el que se procedió al nombramiento de representantes municipales en distintos órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades.
Vista la certificación emitida por la Secretaria del Pleno Municipal con fecha 26 de junio de 2020, con el siguiente contenido “Que en la sesión ordinaria celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día veinticinco de junio de dos mil veinte, se ha tomado conocimiento de la renuncia de Dª Pilar Marcos Silvestre, con DNI *********, a la condición de miembro como Concejal de la Corporación municipal del Excelentísimo Ayuntamiento de Cartagena, perteneciente al Grupo Unidas Podemos IU Equo Cartagena, a partir del 15 de julio de 2020”
Visto asimismo que en la sesión extraordinaria del Pleno Municipal de fecha 6 de agosto de 2020, tomó posesión como Concejal de la Corporación la Sra. Aroha M.ª Nicolás García perteneciente al Partido Unidas Podemos IU Equo Cartagena.
Siendo necesario designar los representantes municipales en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades, sea cual sea su naturaleza, en los que el Ayuntamiento es partícipe.
En consideración a lo anterior se adoptó Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha seis de noviembre del corriente por el que se procedió a cese y nombramiento de representantes municipales en Organismos, Sociedades y Fundaciones en los que el Ayuntamiento es partícipe.
Con posterioridad se ha tenido conocimiento de documentación presentada por el Grupo Municipal Unidas Podemos IU Equo Cartagena que pone de manifiesto error en el citado Acuerdo, siendo necesario dictar nuevo Acuerdo.
Por lo anterior, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 124.4.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en virtud de lo establecido en el artículo 127.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a la Junta de Gobierno Local elevo la siguiente PROPUESTA para que, previa deliberación, adopte, si lo considera procedente, el
siguiente ACUERDO
PRIMERO.- Dejar sin efecto el Acuerdo de fecha seis de noviembre del corriente por el que se procedió a cese y nombramiento de representantes municipales en Organismos, Sociedades y Fundaciones en los que el Ayuntamiento es partícipe.
SEGUNDO.- Cesar a Dª Pilar Marcos Silvestre como representante municipal en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades siguientes:
- En su condición de Vocal del CONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO MUNICIPAL AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL Y EMPLEO.
- En su condición de Vocal del CONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE GESTIÓN RECAUDATORIA DE CARTAGENA.
- En su condición de Vocal del PLENO DEL CONSEJO ASESOR DE TURISMO.
- En su condición de Vocal del PLENO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE - En su condición de Vocal de la ASAMBLEA GENERAL DEL CONSEJO MUNICIPAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
TERCERO.- Nombrar a Dª Aurelia García Muñoz, Concejal del Grupo -PODEMOS-IUVEQUO-, como representante municipal en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades siguientes:
- Como Vocal del CONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO MUNICIPAL AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL Y EMPLEO.
- Como Vocal del CONSEJO RECTOR DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE GESTION RECAUDATORIA DE CARTAGENA.
- Como Vocal del PLENO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE.
Asimismo, se nombra a Dª Aroha Mª Nicolás García como suplente en el PLENO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE MEDIO AMBIENTE
CUARTO.- Nombrar a Dª Aroha Mª Nicolás García Concejal del Grupo -PODEMOS-IUVEQUO-, como representante municipal en los órganos colegiados de gobierno o administración de los entes, fundaciones o sociedades siguientes; y como suplente a Dª Aurelia García Muñoz:
- Como Vocal del PLENO DEL CONSEJO ASESOR DE TURISMO.
- Como Vocal de la ASAMBLEA GENERAL DEL CONSEJO MUNICIPAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.
QUINTO.- PUBLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR:
5.1.- De este acuerdo se dará cuenta al Excmo. Ayuntamiento Pleno, se notificarápersonalmente a los interesados y se publicará en la web municipal www.cartagena.es.
5.2.- Los efectos de este Acuerdo se retrotraen al día siete de noviembre del corriente. Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cartagena, sin perjuicio de la posibilidad de interponer cualquier otro recurso que se estime procedente en defensa de su derecho.
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 3 de diciembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y por el Interventor General Municipal NI NÚM. 91-2020, ambos incorporados en su expediente.
FOD02. APROBACIÓN DE PROYECTOS PARA LA PRESENTACIÓN A LA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO DE CAMPODER, PREVISTAS EN LA MEDIDA 19 (LEADER) DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE LA REGIÓN DE MURCIA 2014-2020, SUBMEDIDA 19.2 (PROYECTOS NO PROGRAMADOS).
Aprobación de la urgencia según informe de motivación emitido por la Jefa de Servicios Servicios Administrativos Generales, de fecha 4 de diciembre de 2020.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico que ha sido firmada el día 2 de diciembre de 2020, por la Concejal del Área de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos, previa rúbrica de la Jefa de Servicios Administrativos Generales, con el siguiente tenor literal:
La Resolución de 22 de noviembre de 2017 de la Secretaria General de la Consejería de Agua,Agricultura, Ganadería y Pesca, de convocatoria de las ayudas de la estrategia de desarrollo local participativo de CAMPODER, Grupo de Acción Local Asociación para el desarrollo rural, previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2010, submedida 19.2 (Proyectos no programados), resuelve la publicación en el BORM, del Acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación para el Desarrollo Rural CAMPODER celebrada el día 16 de noviembre de 2017, por el que se aprueba la Convocatoria de las Ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo denominada “Territorio Campoder: Creciendo Juntos”, previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020, submedida 19.2 (proyectos no programados), resultante de incorporar las modificaciones exigidas por la Orden de 9 de noviembre de 2017, por la se modifica la Orden de 3 de octubre de 2017 de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las Ayudas LEADER previstas en la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020, para proyectos no programados en las Estrategias de Desarrollo Local Participativo.
Conforme a lo anterior, en el BORM del día 25 de noviembre de 2017, se publicó la citada Convocatoria de las Ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo denominada “Territorio Campoder: Creciendo Juntos”, en la que consta en su artículo 1.1, que a dichas ayudas les será de aplicación un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva por convocatoria abierta y en su artículo 1.2., que el ámbito territorial al que alcanza la citada convocatoria, de conformidad con el Anexo I de la Orden de 3 de octubre de 2017, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER previstas en la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural para proyectos no programados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020, incluye determinados municipios de la Región de Murcia o parte de ellos, y en el caso del término municipal de Cartagena, al ámbito comprendido en: “(...) pedanías o diputaciones de La Aljorra, Camponubla, La Magdalena, Perín y Los Puertos de Santa Bárbara.”
Tal y como consta en los Antecedentes de la Convocatoria de las Ayudas publicadas en el BORM de 25/11/2017:
“El desarrollo local participativo a través de LEADER consiste en ceder la iniciativa de planificación a las comunidades locales que, organizadas en asociaciones público-privadas como Grupos de Acción Local, elaboran y ejecutan una Estrategia de Desarrollo Local Participativo para un territorio determinado aprovechando sus recursos. Este enfoque ascendente supone una mayor implicación de la población en la solución de los problemas comunes que les afectan y un mayor compromiso en las actuaciones que proyectan, traduciéndose en un aumento de la gobernanza local.
La Asociación Campoder fue seleccionada como Grupo de Acción Local en virtud de un proceso selectivo, regulado en la Orden 19 de junio de 2015, de la Consejería de Agricultura y Agua por la que se aprobaba la convocatoria para la selección de los grupos candidatos a la elaboración y gestión de una estrategia de desarrollo local participativo, que culminó con la Orden de 29 de junio de 2016, en la que se delimitaban los territorios y se determinaba la financiación indicativa prevista. Las necesidades de nuestros territorios LEADER serán abordadas hasta el año 2021 por la Estrategia de Desarrollo Local Participativo “Territorio Campoder: creciendo juntos”, seleccionada finalmente mediante Orden de 4 de noviembre de 2016, de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente.
LEADER se presenta, así, como un instrumento útil para impulsar el desarrollo de los territorios rurales. A través de esta metodología Campoder ha conseguido implicar a la comunidad local en el desarrollo de su territorio rural y ha concedido ayudas a empresas, asociaciones y otros colectivos, así como a Entidades Públicas, para la puesta en marcha de actuaciones e inversiones que han contribuido y pretenden seguir contribuyendo a la dinamización y al desarrollo social y económico de dicho territorio.”
Por último, el artículo 4.1 de la Convocatoria de Ayudas establece que: “4.1. Las ayudas previstas en esta convocatoria tienen como finalidad alcanzar los objetivos estratégicos establecidos por Campoder en su Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2014-2020, “Territorio Campoder: creciendo juntos”, y en su artículo 4.3, se establece que: “4.3. Estos objetivos estratégicos, en clara consonancia con los retos prioritarios de la UE, abordan las necesidades prioritarias establecidas en la implementación de Leader por los Grupos de Acción Local en el Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020:
- La creación de empleo.
- La utilización eficiente de los recursos naturales y el mantenimiento del patrimonio rural.
- La mejora de los servicios públicos y la calidad de vida, que ayude a paliar el déficit de oportunidades respecto del medio urbano.”
Conforme a lo expuesto, siendo la finalidad de las citadas Ayudas conformes al interés general del municipio de Cartagena, dentro de la parte del término municipal a la que las mismas afectan, esto es, Diputaciones de La Aljorra, Camponubla, La Magdalena, Perín y Los Puertos de Santa Bárbara, es preciso por tanto solicitar la participación en el proceso de subvenciones abierto en régimen de concurrencia competitiva con el fin de obtener la condición de beneficiario y percibir la financiación comprendida en su artículo 9. En concreto, la financiación prevista para satisfacer las presentes ayudas se gestionan con fondos de la Unión Europea y de la CARM conforme al reparto según medidas, submedidas, tipo de proyecto y peticionario contenidas en el Cuadro 2 del artículo 9.2. No obstante lo anterior, el citado Cuadro 2, así como parte de la Convocatoria de Ayudas objeto del presente, han sido objeto de modificación según consta en Resolución de 22 de septiembre de 2020 de modificación de la Resolución de 22 de noviembre de 2017, de la Secretaria General de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de convocatoria de las ayudas de la estrategia de desarrollo local participativo de CAMPODER, Grupo de Acción Local asociación para el desarrollo rural, previstas en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020, submedida 19.2 (Proyectos no programados), publicada en el BORM de fecha 16 de octubre de 2020.
Finalmente, el artículo 15.2.1.1. de la Convocatoria de Ayudas publicadas el 25 de noviembre de 2017, establece que: “15.2.1.1. Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el BORM y finaliza a las 14:00 horas del 15 de enero de 2018 y del 20 de diciembre de los años 2018,
2019 y 2020. Si el día de finalización fuese inhábil, el plazo finalizará a las 14:00 horas del primer día hábil posterior.”
Con fecha de 2 de diciembre de 2020, se ha emitido informe por parte del Responsable de Proyectos Europeos y Coordinador PACES en el que se establece que se considera oportuno la presentación de dos proyectos a la convocatoria de las presentes ayudas, en concreto: “El proyecto “DESARROLLO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN POBLACIONES RURALES DE LA ZONA OESTE DEL MUNICIPIO DE CARTAGENA, CUESTA BLANCA, TALLANTE Y RINCÓN DE SUMIEDO”, consistente en la instalación de puntos de acceso WIFI, ordenadores, punto de accesos de la red municipal LORA, elementos de control ambiental municipales, así como acciones formativas, todo con el objeto de reducir la brecha digital de los vecinos en su relación con la administración y en el acceso a servicios públicos” con un presupuesto de 18.017,89 € IVA incluido y “El proyecto “INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ALOJAMIENTO DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS TORRE NICOLÁS PÉREZ. CARTAGENA”, consiste en LA INSTALACIÓN de una torre de comunicaciones multifunción con caseta para albergar equipos y acometida eléctrica para el conjunto de la instalación, sistemas de acceso WIFI, acciones formativas y un repetidor de TDT.” con un presupuesto total de 59.525,27 € IVA incluido según consta en los mismos, montante al cual asciende la ayuda que se pretende solicitar.
En virtud de todo lo anteriormente expuesto, siendo el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena socio del Grupo de Acción Local CAMPODER según consta por admisión acordada en Asamblea General del citado GAL en sesión extraordinaria de fecha 12 de noviembre de 2001 y de las competencias que me han sido delegadas, elevo la presente PROPUESTA a la Junta de Gobierno Local para que, previa deliberación, adopte si así lo considera conveniente el siguiente ACUERDO:
PRIMERO: La aprobación de los proyectos DESARROLLO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN EN POBLACIONES RURALES DE LA ZONA OESTE DEL MUNICIPIO DE CARTAGENA, CUESTA BLANCA, TALLANTE Y RINCÓN DE SUMIEDO y INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ALOJAMIENTO DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS TORRE NICOLÁS PÉREZ. CARTAGENA para su presentación para la obtención de ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de CAMPODER prevista en la medida 19 (LEADER) del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020, submedida 19.2 (Proyectos no programados).
SEGUNDO: Autorizar a la Excma. Sra. Alcaldesa-Presidenta para la firma de la solicitud de ayudas y cuantas otras gestiones o trámites sean precisos realizar en el procedimiento de concesión de subvenciones objeto del presente.
Dicha propuesta se acompaña del siguiente documento:
PROYECTO INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES PARA EL ALOJAMIENTO DE ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS TORRE NICOLÁS PÉREZ. CARTAGENA. Noviembre 2020. Autor: Ingeniero de Telecomunicaciones Municipal.
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 2 de diciembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 3 de diciembre de 2020 por el Interventor General Municipal CPI 10/2020, ambos incorporados en su expediente.
ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA, NUEVAS TECNOLOGÍAS E INTERIOR
Acuerdos propuestos por la Concejal Delegada de Área, tramitados por el siguiente Servicio:
HACIENDA
FOD03. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2020, PARA LA SUPRESIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS Y COMPRA DE TARJETAS SIM EN ESCUELAS INFANTILES.
Aprobación de la urgencia según informe de motivación emitido por el Coordinador de Educación, de fecha 3 de diciembre de 2020.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico firmado el día 1 de diciembre de 2020, por la Concejal del Área de Hacienda, Nuevas Tecnologías e Interior, previa rúbrica del Director Económico y Presupuestario, con el siguiente tenor literal:
En el día de la fecha se ha recibido en la Oficina Presupuestaria escrito de la Concejal del Área de Educación, Empleo y Empresa, solicitando una modificación en el presupuesto para 2020, para la realización de obras en varias escuelas infantiles con el fin de suprimir de forma gradual las barreras arquitectónicas existentes, así como para la compra de tarjetas SIM que se precisan para las tablets adquiridas por las medidas de prevención de riesgos adoptadas frente a la COVID-19 y poder trabajar con niños absentistas desde su domicilio.
La modificación consiste en transferir crédito entre aplicaciones de la misma área de gasto, pero con diferente nivel de vinculación jurídica, sin que la disminución que se produce en la aplicación que lo cede ocasione perturbación alguna en el normal funcionamiento del servicio, para lo que se adjuntan los documentos contables de retención de crédito para transferencias (RC 2020.2.0019880.000, RC 2020.2. 0019881.000, y RC 2020.2.0019882.000).
Por ello, a la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 y 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de haciendas locales en materia presupuestaria, y en el artículo 12 de las Bases de ejecución del presupuesto, redactado al amparo del apartado 3 del artículo 40 de dicho Texto Legal, tengo a bien proponer la siguiente modificación del presupuesto de 2020, por el procedimiento de transferencia de créditos:
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE CEDEN CRÉDITO:
2020-09001-3233-212 Edificios y otras construcciones 2 2.900,00 € 2020-09001-3233-213 Maquinaria, inst. técnicas y utillaje 6.350,00 € 2020-09001-3233-215 Mobiliario 1.000,00 €
TOTAL 30.250,00 €
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE RECIBEN CRÉDITO:
2020-09001-3233-622 Edificios y otras construcciones 27.250,00 € 2020-09001-3250-22002 Mat. Informático no inventariable 3.000,00 € TOTAL 30.250,00 €
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 4 de diciembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 3 de diciembre de 2020 por el Interventor General Municipal N.º MP 104/2020, ambos incorporados en su expediente.
FOD04. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2020 PARA DIVERSAS ACTUACIONES RELACIONADAS CON EL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO Y ARQUEOLÓGICO.
Aprobación de la urgencia según informe de motivación emitido por el Director General de Proyectos Estratégicos, Patrimonio Histórico y Artístico, de fecha 3 de diciembre de 2020.
El contenido de la propuesta se encuentra en el documento electrónico que ha sido firmada el día 2 de diciembre de 2020, por la Concejal del Área de Hacienda, Nuevas Tecnologías e Interior, previa rúbrica del Director Económico y Presupuestario, con el siguiente tenor literal:
En la Oficina Presupuestaria se ha recibido escrito de la Alcaldesa-Presidenta y Concejal del Área de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos, Patrimonio Arqueológico y Medio Ambiente, solicitando la modificación de los créditos iniciales del presupuesto de 2020, con el fin de completar las diferentes actuaciones proyectadas para finalizar el año relacionadas con el Patrimonio Histórico-Artístico y Arqueológico previstas en nuestro municipio.
La modificación planteada consiste en transferir crédito entre aplicaciones de la misma área de gasto, pero con diferente nivel de vinculación jurídica, sin que la disminución que se produce en la aplicación que lo cede ocasione perturbación alguna en el normal funcionamiento del servicio, como se deduce del citado escrito, al que se adjuntan los documentos contables de retención de crédito para transferencias (RC 2020.2.0019372.000 y RC 2020.2.0020216.000).
Por ello, a la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.1 y 3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la Ley de haciendas locales en materia presupuestaria, y en el artículo 12 de las Bases de ejecución del presupuesto, redactado al amparo del apartado 3 del artículo 40 de dicho Texto Legal, tengo a bien proponer la siguiente modificación del presupuesto de 2020, por el procedimiento de transferencia de créditos:
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE CEDEN CRÉDITO:
2020-01003-3361-622 Edificios y otras construcciones 2.000,00 €
2020-01003-3361-2279901 Mantenimiento de restos arqueológicos y del P. Histórico 3.466,00 €
TOTAL 5.466,00 €
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA QUE RECIBE CRÉDITO:
2020-01003-3361-2270602 Otros estudios y trabajos técnicos 5.466,00 € TOTAL 5.466,00 €
La Junta de Gobierno Local, previa deliberación, con los votos favorables otorgados por los miembros presentes, acuerda aprobar por unanimidad la anterior propuesta, teniendo en cuenta lo indicado en los informes emitidos el 4 de diciembre de 2020 por el Letrado Director de la Asesoría Jurídica y el 3 de diciembre de 2020 por el Interventor General Municipal N.º MP 105/2020, ambos incorporados en su expediente.
FOD05. MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE 2020 PARA LA ADQUISICIÓN DE DIVERSOS SUMINISTROS EN EL PRESENTE EJERCICIO.
Aprobación de la urgencia según informe de motivación emitido por el Jefe del Servicio de Extinción de Incendios y Protección Civil, el 4 de diciembre de 2020.