UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
FILIAL AREQUIPA
DERECHO
DERECHO
AMBIENTAL
AMBIENTAL
JESUS
JESUS
GOMEZ URQUIZO
GOMEZ URQUIZO
Abogado
2009
INDICE
Carta del Jefe Piel Roja de Seattle
CAPITULO I: ASPECTOS GENERALES DEL AMBIENTE
1. LOS ORIGENES
a. El universo
b. Origen del sistema solar c. La Tierra
d.
Origen de la vida2.
ECOLOGÍA: CONCEPTO, CAMPO DE ACCIÓN, ECOSISTEMA Y POBLACIONa. Ecología
b. Funcionamiento del ecosistema c. El flujo de energía en el ecosistema d. El flujo de energía en el ecosistema e. La fotosíntesis
c. Capacidad de carga del planeta
3. CIENCIA AMBIENTAL
a. La ciencia b. Ambiente
b. Ciencia Ambiental
4. DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO Y DESARROLLO SOSTENIBLE
a. El Desarrollo
b. Desarrollo Sostenible
CAPITULO II: EL DERECHO AMBIENTAL
5. CONTROL SOCIAL Y JURÍDICO AMBIENTAL
6. ACEPCIONES AL DERECHO AMBIENTAL Y DERECHO ECOLÓGICO
7. CARACTERISTICAS, PRINCIPIOS Y FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL
a. Características distintivas del Derecho Ambiental b. Fuentes del Derecho Ambiental
c. Principios del Derecho Ambiental
8.
DESARROLLO Y PERSPECTIVAS DEL DERECHO AMBIENTALa. Tendencias
b. Interpretación y promulgación de las leyes y tratados internacionales c. Legislación ambiental: características, tendencias y problemas d. Problemas de eficiencia y eficacia de la Legislación Ambiental
CAPITULO III: EL ORDENAMIENTO JURIDICO AMBIENTAL
9.
ESTRUCTURA JERÁRQUICA DEL ORDENAMIENTO JURÍDICOa. Derechos Humanos y Ambiente
b. Marco constitucional sobre protección del ambiente c. Tratados y Convenios Internacionales
d. Legislación Nacional
11. LA LEY GENERAL DEL AMBIENTE, Ley N° 28611
CAPITULO IV: TUTELA DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES
12. APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES
a. Los recursos naturales b. El medio biótico natural c. Base legal
13. APROVECHAMIENTO DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
a. Base legal b. Objeto de la Ley
c.
De la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica d. Rol del Estadoe. La Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica
14. RECURSOS FORESTALES Y FAUNA SILVESTRE
a. Base legal b. Objeto
c. Definición de recursos forestales, y de fauna silvestre
d.
Promoción y gestión de los recursos forestales y de fauna silvestree.
Plan Nacional de Desarrollo Forestalf.
Patrimonio Forestal Nacional y de Fauna Silvestre g. Ordenamiento forestalh.
Modalidades de aprovechamientoi.
Modalidades de manejo y aprovechamiento de la fauna silvestrej.
Concesión de tierras del Estado con fines de forestación y reforestación15. AREAS NATURALES PROTEGIDAS
a. Las Áreas Naturales Protegidas d. Objetivos de la protección de áreas
e. Categorías del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas e. Zonas dentro de las Áreas Naturales Protegidas
f. Áreas Naturales Protegidas en la Región Arequipa
CAPITULO V: LOS PROBLEMAS AMBIENTALES
16. LA CRISIS AMBIENTAL MUNDIAL
a. La atmósfera b. El suelo
c. Problemática del agua
17. LA CONTAMINACIÓN
a. La contaminación
b. Causantes de la contaminación c. Características de los contaminantes d. Formas de la contaminación
18. LEGISLACION SOBRE CALIDAD AMBIENTAL Y LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES
a. Base legal b. Finalidad
c. Instancias de coordinación
e. Estándar de Calidad Ambiental (ECA) f. Límite Máximo Permisible (LMP) g. Efluente
h. Emisión
19. LEGISLACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA
A. CONVENIOS INTERNACIONALES PARA LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA B. ESTANDARES DE CALIDAD AMBIENTAL DEL AIRE
a. Base legal
b. Estándares de Calidad Ambiental del Aire c. Objetivo y Principios
d. Definiciones
e. Estándares Primarios de Calidad del Aire f. Instrumentos y Medidas
g. Planes de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire h. Diagnóstico de Línea Base
i. Aprobación de los Planes de Acción j. Composición del GESTA Zonal del Aire
C. LIMITES MÁXIMOS PERMISIBLES PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES
a. Base legal
b. Contexto General
c. Definiciones
D. ESTADOS DE ALERTA PARA CONTAMINANTES DEL AIRE a. Base legal
b. Contexto General c. Contaminantes críticos
d. Clasificación de los Estados de Alerta d. Niveles de Estados de Alerta
f. Los Planes de Contingencia g. Zonas de Atención Prioritarias
ESTANDARES NACIONALES DE CALIDAD PARA RUIDO a. Base legal
b. Objetivo c. Definiciones
d. Instrumentos de Gestión e. Competencias Ambientales
f. Elaboración y/o adecuación de los LMP para Ruido
20. LEGISLACION SOBRE CALIDAD DEL SUELO
A. CONVENCION DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION Y SEQUIA a. Base legal
b. Objetivo c. Terminología
d. Obligaciones de los Países afectados e. Obligaciones de los Países desarrollados f. Programas de acción nacionales
B. LA LEY DE TIERRAS a. Base legal
b. Objetivo
c. Concepto constitucional de Tierra
d. Explotación minera y derecho de propiedad
e. Comunidades Campesinas y el derecho de propiedad de tierras C. REGLAMENTO DE USO DE TIERRAS
a. Base legal
b. Son objetivos del Reglamento c. Consideraciones Generales d. Definiciones Básicas
e. Grupos de Capacidad de Uso Mayor de las Tierras D. CAMBIOS DE USO DE TIERRAS AGRICOLAS a. Base legal
b. Estudios de Impacto Ambiental y Programas de Adecuación y Manejo Ambiental c. Modificación del suelo
d. Silencio Administrativo.
E. LEGISLACION SOBRE RESIDUOS SÓLIDOS a. Marco legal sobre residuos sólidos
b. Objeto
d. Ámbito de aplicación
e. Gestión ambiental de los residuos sólidos f. Competencia y autoridades sectoriales g. Clasificación por su origen
h. Definición de Términos
F. CONTAMINACIÓN POR PLAGUICIDAS a. Concepto de plaguicida
b. Toxicidad de los plaguicidas por sus colores de identificación c. Impacto de los plaguicidas en el ambiente y la salud de las personas d. Régimen jurídico en materia de plaguicidas
21. LEGISLACIÓN SOBRE CALIDAD DEL AGUA
A. DE LA CALIDAD DEL AGUA a. Base legal
b. Clasificación de los cuerpos de agua, respecto a sus usos c. Valores límites de protección de las aguas
B. CALIDAD DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO a. Reglamento sobre calidad de Agua
b.
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASSc.
El Ministerio de SaludCAPITULO VI: INFORMACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
22. ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL
a. Acceso a la información ambiental b. De la obligación de informar
c. Transparencia y Acceso a la Información Pública d. De la información sobre denuncias presentadas
23. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA
a. Del derecho de participación ciudadana b. Del deber de participación responsable c. De los mecanismos de participación ciudadana d. De las exigencias específicas
e. De los deberes del Estado en materia de participación ciudadana
f. De los criterios a seguir en los procedimientos de participación ciudadana
24. FISCALIZACIÓN Y CONTROL AMBIENTAL a. De la fiscalización y sanción ambiental b. Régimen de fiscalización y control ambiental c. Las inspecciones
d. Vigilancia y monitoreo ambiental e. Vigilancia ciudadana
25. REGIMEN DE SANCIONES
a. La acción administrativa b. Sanciones y medidas correctivas c. Las medidas cautelares
d. Del Registro de Buenas Prácticas y de Infractores Ambientales e. Responsabilidad de los profesionales y técnicos
f. Prohibición de la doble sanción
26. RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL
a.
Daño ambientalb. Responsabilidad por daño ambiental c. De la legitimidad para obrar d. Responsabilidad objetiva e. Responsabilidad subjetiva
f. Causas eximentes de responsabilidad g. Reparación del daño
h. Las garantías
i. Informe de la autoridad competente sobre infracción de la normativa ambiental j. Régimen de incentivos
k. Medios para la resolución y gestión de conflictos
27. RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑO
a. Sistema subjetivo de responsabilidad civil extracontractual b. Sistema de responsabilidad por riesgo creado
c. El abuso del derecho c. Fraude de la ley
d. Limitaciones por razón de vecindad f. Responsabilidad por ruina del edificio
g. Principio Contaminador – Pagador ó Internalización de Costos h. Representación de los Intereses Difusos
i. Acciones civiles
28. RESPONSABILIDAD PENAL AMBIENTAL
29. ACCIONES DE GARANTÍA CONSTITUCIONAL
a. Acciones de Garantía b. El Tribunal Constitucional
CAPITULO VIII: GESTION PUBLICA AMBIENTAL
30. COMPETENCIA, JURISDICCIÓN Y FUNCIÓN AMBIENTAL
31. PRINCIPALES COMPETENCIAS AMBIENTALES
a. Poder Ejecutivo b. Órganos Autónomos c. Función Jurisdiccional d. Función Legislativa e. Los Gobiernos Regionales f. Los Gobiernos Locales
32. CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE - CONAM
c. Base Legal
e.
Funciones del CONAMf. Función normativa del CONAM
g.
Estructura Orgánica y Funcional de CONAM33. EL SISTEMA NACIONAL DE GESTION AMBIENTAL
a. El Sistema Nacional de Gestión Ambiental h. De la Gestión Ambiental
i. Principios de la Gestión Ambiental
j. De los Instrumentos de Gestión y Planificación Ambiental k. Estructura del Sistema Nacional de Gestión Ambiental l. Niveles Funcionales de Gestión Ambiental
m. Niveles Territoriales de Gestión Ambiental
34. POLÍTICA NACIONAL AMBIENTAL
a. Aspectos generales
b. Política Nacional Ambiental
c. Objetivo de la Política Nacional Ambiental d. Diseño y aplicación de políticas ambientales e. Política Ambiental Regional de Arequipa (2006)
CAPITULO IX: TÉCNICAS PARA LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE
35. SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
a. Base Legal b. Concepto
c. Objeto de la Ley del SEIA d. Ámbito de la Ley
i. Contenido de la solicitud de certificación ambiental k. Mecanismos de clasificación para actividades comunes l. Contenido de los estudios de impacto ambiental
l
l. Revisión del estudio de impacto ambiental m. Resolución de certificación ambientaln. De la difusión y participación de la comunidad ñ. Seguimiento y control
o. De las autoridades competentes LOS EIA SECTORIALES
36. PROGRAMAS DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL – PAMAs
37. AUDITORIAS AMBIENTALES
38. PLANES DE CIERRE DE ACTIVIDADES
CAPITULO X: DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL
39. NACIONES UNIDAS Y EL AMBIENTE
40. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES QUE SUSTENTAN EL DERECHO A UN AMBIENTE
SALUDABLE
41. ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
BIBLIOGRAFIA
CARTA DEL JEFE PIEL ROJA DE SEATTLE, COMO RESPUESTA A LA PETICIÓN DE COMPRA DE SUS TIERRAS, QUE LE HIZO EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EN 1854
Jefe de los Caras Pálidas:
¿Como se puede comprar el cielo o el calor de la tierra? Esa es para nosotros una idea extravagante.
Si nadie puede poseer la frescura del viento ni el fulgor del agua, ¿como es posible que ustedes se propongan comprarlos? Mi pueblo considera que cada elemento de éste territorio es sagrado. Cada pino brillante que esta naciendo, cada grano de arena en las playas de los ríos, los arroyos, cada gota de roció entre las sombras de los bosques, cada colina, y hasta el sonido de los insectos son cosas sagradas para la mentalidad y las tradiciones de mi Pueblo.
La savia circula por dentro de los árboles llevando consigo la memoria de los Pieles Rojas. Los Caras Pálidas olvidan a su nación cuándo mueren y emprenden el viaje a las estrellas. No sucede igual con nuestros muertos, nunca olvidan a nuestra tierra madre. Nosotros somos parte de la tierra. Y la tierra es parte de nosotros. Las flores que aroman el aire son nuestras hermanas. El venado, el caballo y el águila también son nuestros hermanos. Los desfiladeros, los pastizales húmedos, el calor del cuerpo del caballo o del nuestro, forman un todo único.
Por lo antes dicho, creo que el Jefe de los Caras Pálidas pide demasiado al querer comprarnos nuestras tierras. El Jefe de los Caras Pálidas dice que al venderle nuestras tierras él nos reservaría un lugar donde podríamos vivir cómodamente. Y que él se convertiría en nuestro padre. Pero no podemos aceptar su oferta porque para nosotros esta tierra es sagrada. El agua que circula por los ríos y los arroyos de nuestro territorio no es solo agua, es también la sangre de nuestros ancestros. Si les vendiéramos nuestra tierra tendrían que tratarla como sagrada, y esto mismo tendrían que enseñarles a sus hijos. Cada cosa que se refleja en las aguas cristalinas de los lagos habla de los sucesos pasados de nuestro Pueblo. La voz del padre de mi padre está en el murmullo de las aguas que corren. Estamos hermanados con los ríos que sacian nuestra sed. Los ríos conducen nuestras canoas y alimentan a nuestros hijos. Si les vendiéramos nuestras tierras tendrían que tratar a los ríos con dulzura de hermanos, y enseñar esto a sus hijos.
Los Caras Pálidas no entienden nuestro modo de vida. Los Caras Pálidas no conocen las diferencias que hay entre dos terrones. Ustedes son extranjeros que llegan por la noche a usurpar de la tierra lo que necesitan. No tratan a la tierra como hermana sino como enemiga. Ustedes conquistan territorios y luego los abandonan, dejando ahí a sus muertos sin que les importe nada. La tierra secuestra a los hijos de los Caras Pálidas, a ella tampoco le importan ustedes.
Los Caras Pálidas tratan a la tierra madre y al cielo padre como si fueran simples cosas que se compran, como si fueran cuentas de collares que intercambian por otros objetos. El apetito de los Caras Pálidas terminará devorando todo lo que hay en las tierras hasta convertirlas en desiertos.
Nuestro modo de vida es muy diferente al de ustedes. Los ojos de los Pieles Rojas se llenan de vergüenza cuando visitan las poblaciones de los Caras Pálidas. Tal vez esto se deba a que nosotros somos silvestres y no los entendemos a ustedes.
En las poblaciones de los Caras Pálidas no hay tranquilidad, ahí no puede oírse el abrir de las hojas primaverales ni el aleteo de los insectos. Eso lo descubrimos porque somos silvestres. El ruido de sus poblaciones insulta a nuestros oídos. ¿Para qué le sirve la vida al ser humano si no puede escuchar el canto solitario del pájaro chotacabras?; ¿si no puede oír la algarabía nocturna de las ranas al borde de los estanques? Como Piel Roja no entiendo a los Caras Pálidas. Nosotros tenemos preferencias por los vientos suaves que susurran sobre los estanques, por los aromas de este límpido viento, por la llovizna del medio día o por el ambiente que los pinos aromatizan.
Para los Pieles Rojas el aire es de un valor incalculable, ya que todos los seres compartimos el mismo aliento, todos: los árboles, los animales, los hombres. Los Caras Pálidas no tienen conciencia del aire que respiran, son moribundos insensibles a lo pestilente.
Si les vendiéramos nuestras tierras deben saber que el aire tiene un inmenso valor, deben entender que el aire comparte su espíritu con la vida que sostiene. EI primer soplo de vida que recibieron nuestros abuelos vino de ese aliento.
Si les vendiéramos nuestras tierras tienen que tratarlas como sagradas. En estas tierras hasta los Caras Pálidas pueden disfrutar el viento que aroma las flores de las praderas.
Si les vendiéramos las tierras ustedes deben tratar a los animales como hermanos. Yo he visto a miles de búfalos en descomposición en los campos. Los Caras Pálidas matan búfalos con sus trenes y ahí los dejan tirados, no los matan para comerlos. No entiendo como los Caras Pálidas le conceden más valor a una máquina humeante que a un búfalo.
Si todos los animales fueran exterminados el hombre también perecería entre una enorme soledad espiritual. El destino de los animales es el mismo que el de los hombres. Todo se armoniza.
Ustedes tienen que enseñarles a sus hijos que el suelo que pisan contiene las cenizas de nuestros ancestros. Que la tierra se enriquece con las vidas de nuestros semejantes. La tierra debe ser respetada.
Enseñen a sus hijos lo que los nuestros ya saben: que la tierra padezca será padecido por sus hijos. Cuando los hombres escupen al suelo se escupen ellos mismos.
Nosotros estamos seguros de esto: la tierra no es del hombre, sino que el hombre es de la tierra. Nosotros lo sabemos. Todo se armoniza, como la sangre que emparienta a los hombres. Todo se armoniza.
El hombre no teje el destino de la vida. El hombre es sólo una hebra en ese tejido. Lo que haga en el tejido se lo hace a si mismo. El Cara Pálida no escapa a ese destino, aunque hable con su Dios como si fuera su amigo.
A pesar de todo, tal vez los Pieles Rojas y los Caras Pálidas seamos hermanos. Pero eso ya se verá después. Nosotros sabemos algo que los Caras Pálidas tal vez descubran algún día: ellos y nosotros veneramos al mismo Dios. Ustedes creen que su Dios les pertenece, del mismo modo que quieren poseer nuestras tierras. Pero no es así. Dios es de todos los hombres y su compasión se extiende por igual entre Pieles Rojas y Caras Pálidas. Dios estima mucho a esta tierra y quien la dañe provocará la furia del Creador.
Tal vez los Caras Pálidas se extingan antes que las otras tribus. Está bien, sigan Infectando sus lechos y cualquier día despertarán ahogándose entre sus propios desperdicios. Ustedes avanzarán llenos de gloria hacia su propia destrucción, alentados por la fuerza del Dios que los trajo a estos lugares y que les ha dado cierta potestad quien sabe por que designio.
Para nosotros es un misterio que ustedes estén aquí, pues aún no entendemos por qué exterminan a los búfalos, ni por qué doman a los caballos quienes por naturaleza son salvajes, ni por qué hieren los recónditos lugares de los bosques con sus alientos, ni por qué destruyen los paisajes con tantos cables parlantes.
¿Qué ha sucedido con las plantas?. Están destruidas. ¿Qué ha sucedido con el águila?. Ha desaparecido.
CAPITULO I:
ASPECTOS GENERALES Y CONCEPTOS BASICOS
1. ORIGENES Y ESTRUCTURA DEL UNIVERSO a. El universo (1)
El universo no es eterno, tuvo un principio, está en permanente evolución y tendrá un final. Esta aseveración es aceptada como cierta por casi todos los científicos estudiosos del cosmos. Se estima que el universo tiene una antigüedad de 15 mil millones de años.
Para explicar el nacimiento del universo existen teorías, entre las que se encuentran:
•
Teoría de la Gran Explosión o el Big Bang :Esta teoría explica que hubo un tiempo llamado el Big Bang (Gran Explosión), en que el universo era pequeño y denso. (Stephen Hawking, 1988).
•
Teoría de la Creación Continua :Según esta teoría, constantemente se está creando nueva materia, por ello la densidad uniforme y constante del universo no sólo se da en el espacio, sino también a través del tiempo. (Fred Hoyle, 1948). b. Origen del sistema solar
El sistema solar presenta algunas características significativas y estas son: Las características orbitales:
• El sistema solar está aislado de otros objetos celestes y está compuesto principalmente de vacío. • Las orbitas de todos los planetas son casi circulares y están aproximadamente en el mismo plano al sol. • El sol y todos los planetas giran en el mismo sentido, de oeste a este.
• Las rotaciones de todos los planetas son directas.
• Los cometas y asteroides tienen orbitas elongadas y de corta duración. Las características geológicas:
• Todos los planetas presentan huellas de impactos de otros cuerpos.
• Los planetas más próximos al sol son más densos y los más alejados son menos densos. • El sistema solar tiene alrededor de 5 mil millones de años.
De otro lado existen dos teorías que tratan de explicar el origen del sistema solar y estas son las siguientes:
1 E. Enkerlin, G. Cano, R. Garza, E. Vogel, “Ciencia Ambiental y Desarrollo Sostenible”. Internacional Thomson
•
Teoría de la nebulosa fría :Antes que el sol tuviera algún planeta, otra estrella “intrusa”, paso cerca al sol y por la fuerza de la gravedad le arranco material al sol, que luego terminaron girando alrededor de éste, enfriándose paulatinamente. (T. Chamberlain y F. R. Moulton, 1900).
•
Teoría nebular :El sistema solar procede de una gran masa de gas y polvo o nébula. De cuerdo con esta teoría si una nebulosa rotara moderadamente daría lugar a formas regulares de remolinos en el disco rotacional de gas y polvo, a partir de allí se formaron los planetas. (Inmanuel Kant, 1755 y Pierre Laplace, 1796).
•
Teoría planetesimal :El sistema solar se forma a partir del colapso gravitacional de una pequeña nebulosa discoidal de gases, con condensación simultánea de pequeñas cantidades de hierro y silicatos. (Davidson y Harwit, 1967). c. La Tierra
Una de las teorías afirma que la tierra era caliente en su formación, que posteriormente se enfría hasta obtener su estado actual, esto sería posible si se hubiera originado a partir del sol; otra de las teorías sostiene que la tierra se ha originado por contracción rápida de la materia. Se estima que tiene una antigüedad de 4.5 mil millones de años. Tiene un radio medio de 6370 Km. y su estructura tiene las siguientes características:
Fuente: http://www.diomedes.com/universo.htm d. Origen de la Vida
Para explicar el origen de la vida, hay que hacerlo a través de las cualidades distintivas de todas las formas de vida, y estas son:
•
Unidad :La vida cualquiera que sea su manifestación: planta, animal o bacteria, tienen una infraestructura basada en espacio y energía, así como en átomos y moléculas que presentan una incesante y concertada interacción.
Pero la vida, como fenómeno orgánico universal, es extraordinariamente exigente, requiere como sede un recinto exclusivo que le provea condiciones óptimas de funcionalidad y seguridad; esta sede es el
citoplasma, es decir una instalación fisicoquímica que la misma vida tuvo que diseñar en el pasado
remoto, y luego perfeccionar y perpetuar a lo largo de extensos periodos de tiempo.
La sustancia viva es plástica, moldeable y dinámica. Está dotada de sensorialidad y responde a los cambios ambientales, mediante ajustes oportunos de forma, tamaño, color, simetría o comportamiento. El ambiente es, por lo tanto, un reto constante para la sustancia vital, pero también es un recurso; provee los materiales de construcción y energía con base en los cuales los sistemas vivientes mantenemos nuestra integridad y funcionalidad.
•
Continuidad :Cada organismo vivo es depositario de una formula que funciona durante determinado lapso temporal, breve y fugaz.
Cada uno de nosotros ocupa un espacio que tarde o temprano cedemos; igualmente, cada planta representa una unidad discontinua, de presencia limitada en tiempo y espacio. Pero la vida escapa a estas reglas; es sinónimo de constancia y permanencia, y constituye un continuum sin temporalidad definida, sin intermitencias ni limites precisos.
e. Origen de la vida humana
Durante más de 3.5 millones de años, nuestros ancestros del paleolítico inferior subsistieron en su medio natural de la misma forma que las criaturas irracionales: respondiendo casi por instinto ante el peligro, recolectando el sustento, reproduciéndose inconscientemente. Ignorantes de su propia identidad y de su sitio en el cosmos, e incapaces de conceptuar la dimensión tiempo, vivían en un plano monótono, sin retrospectiva ni previsión del mañana inmediato, sin perspectiva del futuro distante.
Desde el punto de vista taxonómico y ecológico se puede delinear un claro perfil de la especie humana actual, mediante la siguiente línea jerárquica que nos define y ubica como la única especie adscrita a la familia de los homínidos:
Reino Animalia (Animales)
Phylum Chordata (Cordados)
Subphylum Vertebrata (Vertebrados) Orden Primates (Primates)
Suborden Anthropoidae (Antropoides) Familia Hominidae (Hominidos)
Subfamilia Hominidae (Hominidos) Genero Homo (Humanos)
Especie Sapiens (Humanos modernos)
El proceso evolutivo que transformo a los Homínidos primigenios en Homo sapiens, tuvo las siguientes fases:
El Australopitecus, la criatura prehumana
El Homo habilis, la criatura de la fase humana temprana.
El Pitecantropidos, fase humana posterior.
El Homo erectus, fase humana premoderna.
El Homo sapiens, fase humana modernaFuente: Ecología del Perú, Ed.. Bruño, 2000.
2 ECOLOGÍA: CONCEPTO, CAMPO DE ACCIÓN, ECOSISTEMA Y POBLACION a. Ecología
La palabra ecología proviene de las raíces griegas: oikos = casa o lugar donde se vive; logos = tratado o ciencia.
La ecología es una ciencia que estudia las relaciones entre los seres vivos y su ambiente. El término ambiente
hace referencia a las condiciones físicas y biológicas del lugar donde se vive, que influyen directamente en la vida de los organismos. Por tanto, el objetivo de la ecología es estudiar como se integran los seres vivos en sus ambientes, como los modifican y como interactúa cada organismo con los demás. Se puede estudiar como es y que hace un determinado individuo o un grupo de individuos, pero su vida real depende estrechamente del ambiente que lo rodea. (2)
Fue el biólogo alemán Ernest Haeckel, en 1869, quien introdujo el término ecología en su obra Historia de la Creación, lo consideró un concepto adecuado para hacer efectiva una transacción entre el paradigma del evolucionismo darwinista de la selección natural de los caracteres de los mejores dotados, como estrategia adaptativa inscrita en el patrocinio genético de las especies; con su analogía metafórica del organismo social de Herbert Spencer.
Ecosistema es una unidad natural de partes bióticas y abióticas, con interacciones mutuas que producen un sistema estable con intercambio de materia y energía. La palabra ecosistema fue acuñada en 1935, por el ecólogo George Tanslaye.
La Ecósferase compone de la Biosfera, capa total de vida de la tierra y que a su vez está compuesta por:
• Hidrosfera (agua) • Litosfera (tierra) • Atmósfera (aire)
•
Recientemente hay un componente abiótico denominado Tecnósfera, que viene a ser el mundo de las invenciones y de la cultura humana.La homeostasis es una de las características de los ecosistemas que consiste en su capacidad de autorregulación, es decir el mantenimiento de la constancia y continuidad de sus funciones y su estructura. Los ecosistemas tienen la capacidad de amortiguar o compensar los cambios que se realicen en el.
b. Funcionamiento del ecosistema
Cuando los organismos vivos se encuentran en un ambiente adecuado, con temperatura, niveles de luz, humedad, espacio etc. Dentro de sus límites de tolerancia, requerirán del ambiente únicamente dos cosas.
•
Las sustancias químicas para elaborar la materia viva, y•
La energía, que es la fuerza necesaria para llevar las substancias a su destino final. Las características principales de la interacción son:• la estructura trófica a través de los ecosistemas.
• Los ciclos de la materia dentro y/o entre los ecosistemas. • La diversidad biótica.
c. El flujo de energía en el ecosistema
LITOSFERA ATMOSFERA HIDROSFERA BIOSFER A TECNOSFERA
La energía es la capacidad de realizar un trabajo y el comportamiento de la misma que describen las leyes
de la
termodinámica, que son dos:
• La energía puede
transformarse de una clase en otra, pero no puede destruirse;
•
Al pasar de una forma deenergía a otra (energía mecánica a química a calor
y viceversa) hay pérdida de
energía en forma de calor.
Fuente: Ecología del Perú, Ed. Bruño, 2000. d. La pirámide trófica
Una pirámide trófica o alimentaria, es un modo de representar las relaciones tróficas de un ecosistema en el que cada eslabón o nivel trófico se representa con un rectángulo de área proporcional a la biomasa, al número de individuos del nivel. Así resulta que el primer nivel de productores se representa con un rectángulo más grande y el último con un rectángulo más pequeño porque tienen menos biomasa, o menor número de individuo.
• Los productores transforman materia inorgánica en materia orgánica.
• Los consumidores transforman la materia orgánica que comen en materia orgánica propia. • Los descomponedores transforman la materia orgánica compleja en materia orgánica simple.
Fuente: Ecología del Perú, Ed. Bruño, 2000.
e. Los ciclos biogeoquímicos
El organismo es un sistema de transito de las sustancias inorgánicas, mientras en el ecosistema esas sustancias circulan entre los organismos y el medio ambiente, por lo se les denomina ciclos. Estos ciclos reciben la denominación de biogeoquímicos, por pasar por los seres vivos, el suelo y estar sujetos a reacciones químicas con uso y liberación de energía.
En los ciclos biogeoquímicos se pueden reconocer dos partes o compartimientos: la parte biótica y la parte abiótica:
•
La parte biótica: Comprende la inclusión de sustancias inorgánicas en el organismo y la subsiguiente descomposición y remineralización. El intercambio de elementos es rápido, pero la cantidad de sustancias inorgánicas no es mayor. El organismos vivo toma elementos inorgánicos y al morir y descomponerse estos son devueltos al ambiente para ser aprovechados.•
La parte abiótica: El medio contiene gran cantidad de sustancias inorgánicas, que se descomponen con lentitud y están a disposición del organismo en forma abundante y fácil (agua, dióxido de carbono, oxigeno) o escasa y difícil (fósforo y nitrógeno, azúcar, magnesio etc.).Los principales ciclos biogeoquimicos son los siguientes: El ciclo del carbono:
El carbono que está almacenado en el aire, en el agua y en el suelo en forma de un gas llamado dióxido de carbono (CO2). Las plantas toman el carbono
del CO2 del agua, del aire o
del suelo y con la energía de la luz del Sol producen
alimentos (glucosa,
sacarosa, almidón, celulosa etc.) y liberan oxigeno (O2)
al aire, al agua o al suelo. Este proceso químico se denomina fotosíntesis. Los animales herbívoros se alimentan de las plantas y usan los compuestos orgánicos para vivir y formar su propia materia.
Los carbohidratos
(azucares, almidones,
celulosa, lignina etc.) son descompuestos por los herbívoros por complejos procesos químicos en la que se emite CO2 al aire o al
agua. Los animales
carnívoros toman materia de otros animales por alimentación. Absorben los componentes de los animales por
el proceso digestivo y los descomponen en las células con ayuda del oxigeno que respiran y emiten CO2 al aire
o al agua.
Fuente: Ecología del Perú, Ed.. Bruño, 2000
La descomposición de las plantas y de los animales al morir restituye el carbono al medio ambiente en forma CO2 y materia orgánica, que son aprovechados por otras plantas para reiniciar el ciclo.
El ciclo del nitrógeno:
El nitrógeno (N2) es sumamente importante
para las plantas y para la producción de proteínas esenciales para la vida de los animales y del ser humano. La carne de res, la leche, los huevos, los frijoles, las lentejas, los garbanzos, el arvejón etc. son ricos en proteínas.
El nitrógeno es un gas abundante en la naturaleza, pero no puede ser utilizado directamente por lo seres vivos, tiene que ser transformado en compuestos absorbible por las plantas. Las plantas fabrican proteínas, en reacciones químicas muy complejas (aminoácidos y proteína), que son aprovechadas por los animales herbívoros para su crecimiento y formación de carne.
Fuente: Ecología del Perú, Ed.. Bruño, 2000.
El ciclo del fósforo:
El fósforo (P4) es un elemento
esencial para los seres vivos, y los procesos de la fotosíntesis de las plantas, como procesos químicos de los seres vivos, no se pueden realizar sin ciertos compuestos en base a fósforo. Sin el fósforo no es posible que un ser vivo pueda sobrevivir.
Fuente: Ecología del Perú, Ed.. Bruño, 2000.
El ciclo del potasio:
El potasio (K) es un elemento esencial para las plantas, los animales y los humanos porque interviene en los procesos de fotosíntesis, en procesos químicos dentro de las células y contribuye al mantenimiento del agua en las células. El potasio junto con el nitrógeno y el fósforo son vitales para los seres vivos
El ciclo del cobre:
El cobre (Cu) es abundante en la naturaleza, se encuentra en forma de compuestos minerales y se integran al suelo por procesos de descomposición de
las rocas, que lo contienen. En el suelo se asocia con la arcilla y de esta forma se encuentra disponible para las plantas.
Fuente: Ecología del Perú, Ed.. Bruño, 2000. f. La fotosíntesis
Es el proceso mediante el cual las plantas verdes combinan el dióxido de carbono (CO2) de la
atmósfera con el agua y producen materia vegetal, emitiendo al ambiente oxigeno (O2). Este proceso de las
plantas depende de la intensidad y de la calidad de la luz. A mayor intensidad aumentan la fotosíntesis hasta un cierto nivel. La calidad de a luz, o sea, la amplitud espectral, es ecológicamente importante para las plantas, siendo particularmente sensi- bles las plantas acuáticas, como las algas.
De este proceso químico o biológico dependen tres aspectos de suma importancia: • Por la fotosíntesis las
plantas verdes producen alimentos y materia orgánica para si mismo y para alimentar a los animales herbívoros, y estos, a su vez, a los animales carnívoros.
•
Se vuelve a utilizar el dióxido de carbono (CO2)producido por loa animales y por los procesos de putrefacción o descomposición. De otra manera el CO2 saturaría el planeta.
•
Se restituye el oxigeno a la atmosfera y se hace posible la respiración.Fuente: Ecología del Perú, Ed. Bruño, 2000.
g. Capacidad de carga del planeta
•
Suelo: Es el elemento de enlace entre los factores bióticos y abióticos, este recurso presenta los siguientes− Salinización, incremento de sales solubles que reducen la productividad del suelo. − Degradación física, pérdida de áreas verdes por crecimiento urbano.
−
Degradación biológica, perdida de la cobertura vegetal por deforestación, sobre pastoreo. − Degradación química, perdida de los nutrientes del suelo, contaminación por agroquímicos.•
Agua : Es también un elemento de enlace entre los factores bióticos y abióticos, es el elemento másimportante de la naturaleza, es indispensable en los procesos de la vida. El 71 % de la superficie del planeta esta cubierto por mares y océanos.
Si la cantidad total de agua fuera 100 litros, el agua dulce seria el equivalente a 3 litros, el agua dulce realmente disponible seria solo media cucharadita, esto es 0.003 %.
Principales problemas que presenta este recurso son los siguientes: Abastecimiento de agua dulce
Sobreexplotación del agua Sedimentación Inundaciones Contaminación: Física Química Biológica
•
Atmósfera terrestre : Está compuesta por:- Troposfera
- Estratosfera
- Mesosfera
- Termosfera
Contaminantes atmosféricos:
Naturales: Volcanes, vegetación, materia orgánica, hongos Antropogénicas: Fuentes fijas y móviles (industria, transporte) Principales contaminantes atmosféricos son:
- Óxidos de carbono: (monóxido y dióxido de carbono) - Óxidos de nitrógeno: (oxido nítrico, bióxido de nitrógeno) - Material particulado: (polvo, lluvia ácida)
- Compuestos orgánicos volátiles: (metano, benceno, CFC) - Oxidantes fotoquímicos: (ozono)
- Sustancias radioactivas: (radón, yodo, plutonio)
- Calor
- Ruido
3. CIENCIA AMBIENTAL a. La ciencia
La ciencia no se limita a la escueta descripción de los fenómenos naturales, se afana en explicarlos, intenta en desentrañar sus causas determinantes y, por supuesto, predecirlos. Tal es la razón de ser de la actitud científica. Para entender como se relacionan los diferentes elementos vivos y no vivos, la manera como se constituye el ambiente, es que aparece la Ciencia Ambiental.
b. Ambiente
El ambiente es el mundo exterior que rodea a todo ser viviente y que determina su existencia. Todos los seres vivos, inclusive los humanos, son parte del ambiente y lo necesitan para vivir. El ambiente se suele denominar también como entorno, medio ambiente o naturaleza. En el ambiente encontramos dos categorías:
• Seres no vivos, inanimados o inertes: Terrestres y extraterrestres.
• Seres vivos, animados u orgánicos: Plantas, animales, microorganismos, humanos.
Igualmente hay que tener presente el concepto sobre “ambiente” establecido en la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, cuando señala que entiéndase que toda mención hecha al “ambiente” o a “sus componentes”, comprende a los elementos físicos, químicos y biológicos de origen natural o antropogénico que en forma individual o asociada, conforman el medio en el que se desarrolla la vida, siendo los factores que aseguran la salud individual y colectiva de las personas y la conservación de los recursos naturales, la diversidad biológica y el patrimonio cultural asociado a ellos, entre otros.
c. Ciencia Ambiental
La Ciencia Ambiental, es el estudio interdisciplinario de los complejos e interconectados principios de población, recursos y contaminación (Chiras, 1991).
Es la ciencia que busca en las relaciones causa-efecto, los principios ambientales fundamentales, entendiendo como trabaja el ambiente natural, como se regeneran los recursos naturales y como esta capacidad regeneradora, se ve afectada por las actividades humanas (Nebel, 1993).
Es el estudio de cómo interactuamos con otras especies, y la manera en que se efectúa el intercambio de materia y energía (Millar, 1992)
DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO Y DESARROLLO SOSTENIBLE a. El Desarrollo
El desarrollo implica una transformación progresiva de la economía y la sociedad, por ello el desarrollo económico se suele medirse en términos del porcentaje de incremento del Producto Bruto Interno (PBI), que viene a ser todos los bienes y servicios que se producen en un año. (3)
Esta forma de medir el desarrollo no hace referencia a quien o quienes hicieron uso de qué o cuanto, dado que se trata de un simple dato estadístico, tampoco cuenta para nada el ecosistema. Es muy frecuente que se obtenga altos porcentajes de desarrollo económico a costa de la destrucción total o parcial, temporal o permanente de un ecosistema.
Este desarrollo económico, que sólo considera el factor monetario, pero que ignora al ser humano y su ecosistema, ha sido superado por lo que se denomina desarrollo sostenible.
b. Desarrollo Sostenible
El desarrollo sostenible es el desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente, sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras, para satisfacer sus propias necesidades. Encierra en sí dos conceptos:
• El concepto de ”necesidades”, en particular las necesidades esenciales de los pobres, a las que debería otorgar prioridad preponderante;
•
La idea de limitaciones impuestas por el estado de la tecnología y la organización social, entre la capacidad del medio ambiente para satisfacer las necesidades presentes y futuras. (4)Por consiguiente, los objetivos del desarrollo económico y social se deben definir desde el punto de vista de su sostenibilidad en todos los países, ya sean desarrollados o en desarrollo, de economía de mercado o de
3 “Tratado Universal del Medio Ambiente”, Tomo I, Rezza Editores. España 1995.
4 Dixon John, Fallon Louise A. “El concepto de sostenibilidad: sus orígenes, alcances y utilidad en la formulación
planificación centralizada. Las interpretaciones pueden variar, pero deben compartir ciertas características generales y resultar de un consenso sobre el concepto básico de desarrollo sostenible y sobre un marco estratégico amplio para lograrlo.
El desarrollo implica una transformación progresiva de la economía y de la sociedad. Un camino de desarrollo que es sostenible en sentido físico, podría seguirse teóricamente incluso en un ambiente social y político rígido. Pero no se puede asegurar la sostenibilidad física, si las políticas de desarrollo no prestan atención a consideraciones tales como cambios en el acceso a los recursos y en la distribución de los costos y beneficios. Aun el restringido concepto de sostenibilidad física, implica la preocupación por la igualdad social entre las generaciones, preocupación que debe lógicamente extenderse a la igualdad dentro de cada generación.
Finalmente, la prosecución de un desarrollo sostenible requiere de:
• Un sistema político democrático que asegure a sus ciudadanos un participación efectiva en la toma de decisiones;
• Un sistema económico capaz de crear excedentes y conocimiento técnico sobre una base autónoma y constante;
• Un sistema social que evite las tensiones provocadas por un desarrollo equilibrado; • Un sistema de producción que cumpla con el imperativo de preservar el ambiente.
CAPITULO II:
EL DERECHO AMBIENTAL
5. CONTROL SOCIAL Y JURÍDICO AMBIENTAL
Los principios y criterios generales que informan al Derecho Ambiental, son tan antiguos como la humanidad misma (incluso la Biblia repudia reiteradamente la contaminación, tanto en lo material como en lo espiritual). Por ello, es que la reglas precursoras de lo que ahora conocemos como Derecho Ambiental surgieron con las primeras comunidades humanas, ocupando un lugar importante dentro de las normas que sus integrantes tenían que respetar. En esa época se conocía y percibía, directa y claramente, la dependencia reciproca de los seres humanos y la naturaleza. (5)
A lo largo de los años -y de los siglos- fue el hombre quien progresivamente fue “creyendo” que “dominaba a la naturaleza”, hasta olvidar aquellos primeros preceptos no escritos de respeto al entorno.
A pesar de que en la mayoría de los regímenes jurídicos de los países occidentales, se contempla de manera implícita el factor ambiental, es hasta la segunda mitad de éste siglo cuando empieza a aparecer la legislación propiamente ambiental.
Existen entonces múltiples formas de control social ambiental, tales como: actitudes, costumbres, economía y administración, discursos confesionales y éticos, diversas practicas y modelos, tanto productivos, como tecnológicos, enfoques políticos sobre que hacer con el ambiente, sistemas jurídicos, entre muchos mas. De modo que la “pluridimensionalidad del control social del ambiente” vendría a representar una compleja trama de realidad, al interior de la cual se inscribiría el “control jurídico”. (6)
5 Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, “Programa de Capacitación en Derecho y Política Ambiental”, Arequipa
1994.
6. ACEPCIONES AL DERECHO AMBIENTAL Y DERECHO ECOLÓGICO
La preocupación por el ambiente se inserta en el proceso por el cual la sociedad -y por tanto el legislador-, descubre que mucho antes que el derecho incorporara como valores fundamentales: la libertad, la propiedad y
la libre contratación, el hombre de las comunidades primitivas había comprendido que, a diferencia de los
animales y demás seres, el dominio del hombre sobre la naturaleza consiste en conocer sus leyes y en aplicarlas con inteligencia. Hoy el hombre moderno vuelve sobre sus pasos e interpretando el sentimiento de “pertenencia al mundo” de sus antepasados, añade a la libertad y a la propiedad un “nuevo” valor: el de la
solidaridad entre los hombres, la naturaleza y el medio ambiente que ambos ocupan.
Como ya fue dicho anteriormente, los conceptos de ambiente y ecología no son equivalentes. La palabra ambiente se utiliza para designar genéricamente todos los ecosistemas posibles dentro de los cuales se integran los organismos vivos. Estos organismos, a su vez se presentan como sistemas. En consecuencia la palabra ambiente no solo se emplea para designar el ambiente humano –o más exactamente el sistema humano-, sino todos los ambientes posibles de los sistemas de los organismos vivos en general (7). En contraste, la palabra ecología se refiere a la disciplina científica que estudia lo que realmente pasa en la naturaleza. La ecología se ocupa de las relaciones de los organismos con su ambiente o sistema de ambiente. (8)
La expresión que vienen adoptado la gran mayoría de juristas, es la de Derecho Ambiental, dejando de lado las del Derecho Ecológico, Derecho de la Biosfera. En cuanto a la expresión medio ambiente, esta ha quedado superada y simplificada por la palabra ambiente, en razón de evitar una evidente repetición inútil del mismo concepto.
Para el tratadista Raúl Brañez, se puede definirse el Derecho Ambiental como: “el conjunto de normas
jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de organismos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos”.
Para el jurista español Javier Junceda, se puede definir el Derecho Ambiental como “el conjunto de reglas y
principios preservadores de la naturaleza y de sus elementos constitutivos básicos o esenciales para su complejo equilibrio: aire, espacios y especies protegidas, paisaje, flora y fauna, aguas, montes, suelos y subsuelos y recursos naturales” (9)
Para el jurista peruano Carlos Andaluz, “el Derecho Ambiental es el conjunto de normas y principios de
acatamiento imperativo, elaborados con la finalidad de regular las conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del hombre y el ambiente al que pertenece, a fin de lograr un ambiente sano y el desarrollo sostenible” (10)
7. CARACTERISTICAS, PRINCIPIOS Y FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL a. Características distintivas del Derecho Ambiental:
•
Su carácter global o supra sectorial como transposición legitima de los principios ecológicos; ésta característica tienen que ver con esa necesidad de síntesis heredada de la ecología y que aplicada al Derecho significa la necesidad de ordenar las diferentes normas jurídicas ya existentes en dirección a obtener un manejo adecuado del sistema jurídico en términos de eficiencia social y económica. La misma idea de interdependencia existe entre organismos y ambiente es valida al interior del Derecho. Las7 Raúl Brañez, “Derecho Ambiental Mexicano”. Fundación Universo Veintiuno, México 1987. 8 Dreux Philippe. “Introducción a la Ecología”, Alianza Editorial, 1975.
9 Junceda Moreno, Javier, “Cuestiones Medioambientales y Derecho Ambiental”. 2004.
normas legales forman parte de un sistema que no puede contener elementos autodestructivos por cuanto, por naturaleza del equilibrio o coherencia existente entre ellas depende su validez como instrumento regulador de las conductas sociales;
• Su propósito regulador de la actividad y conductas humanas, en función de la potenciación de las condiciones de existencia de los organismos vivos humanos y no humanos;
•
Su naturaleza esencialmente social en tanto propone modificaciones profundas a los procedimientos actuales para acceder a la justicia, insertando entre el Estado y el individuo a la comunidad, pueblo o vecindad como sujeto activo de los derechos constitucionales; la relación del Derecho Ambiental con el insurgente Derecho, es en cierta medida un derecho espontáneo de los grupos sociales no organizados y que representan un punto de vista sobre la justicia y encarna un orden que posee valor autárquico o de autosuficiencia. Ello quiere decir que los intereses colectivos o de grupo, a fuerza de establecer lazos de integración irrumpen en la vida jurídica y obligan al Estado a recocerlos por los mecanismos propios de su ordenamiento. (11)b. Fuentes del Derecho Ambiental
La creciente adversidad en las condiciones de la calidad de vida y habitabilidad del planeta, lo que conduce a identificar a estos procesos de la critica realidad ambiental como la fuente material o escenario real desde el cual emanan y se impactan los sistemas jurídicos contemporáneos.
En buena cuenta, las fuentes materiales del Derecho Ambiental, vendrían a estar constituidas por los procesos de deterioro/amenaza a ecosistemas y condiciones de vida, así como por las subsecuentes condiciones o
respuestas tecnológicas, políticas y de diversa índole, lo cual en su conjunto sirve de base para su ulterior
formulación jurídico ambiental.
En relación con las fuentes formales del Derecho (12) cabe aplicar a la perspectiva jurídico ambiental los componentes clásicos, como la materia legislativa (o normativa), jurisprudencial, doctrinaría, contractual,
usos y costumbres. Sin embargo, importará destacar tres aspectos.
En primer lugar, el carácter de la doctrina iusambiental, que precisamente por su vocación eminentemente interdisciplinaria nos remite a un permanente ejercicio no convencional de la exégesis normativa. Pongamos como ejemplo el concepto de desarrollo sostenible, cuyos alcances incluso de orden constitucional solo podrían ser captados a partir de una compresión de conocimientos interdisciplinarios o de criterios técnicos sobre la sostenibilidad de los recursos ictiológicos o forestales, para referirnos a situaciones especificas.
Luego tenemos que la cuestión de las fuentes contractuales no puede resultar ajena a la consideración doctrinal acerca del carácter público (incluso de orden transgeneracional) que representan los valores ambientales. En tal sentido, no deja de representar un desafió jurídico, la postulación de mecanismos como el denominado “arbitraje ambiental”, puesto que al constituirse este igualmente en una fuente formal para el Derecho Ambiental, nos confronta entre la lógica de la negociabilidad de los interés particulares y los interés colectivos. Acaso habría que conectarlo con la cuestión de la asignación de los derechos de propiedad respecto de ciertos recursos o cuotas de contaminación, como en el caso del Derecho Norteamericano. Sin embargo, ello no legitimaría una posibilidad negociabilidad de los valores ambientales como tales.
Por ultimo, la cuestión consuetudinaria, en relación con el pluralismo jurídico, nos remite a nuevos enfoques acerca de la tensión entre ley nacional y la práctica social, pero desde una perspectiva ambiental, es decir, de las diferentes practicas sociales de control de las conductas relativas al ambiente.
c. Principios del Derecho Ambiental
Los Principios Generales del Derecho “son conceptos o proposiciones, de naturaleza axiológica o técnica, que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, (...) y del propio Derecho como totalidad. Pueden estar recogidos o no en la legislación, pero el que no estén no es óbice para su existencia y funcionamiento” (13)
11 Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, “Programa de Capacitación en Derecho y Política Ambiental”. Arequipa
1994.
12 Marcial Rubio, “El sistema jurídico: Introducción al Derecho”, Lima Fondo Editorial de la PUC, 1993. 13 Rubio Correa Marcial, El Sistema Jurídico, Introducción al Derecho”, Lima, Fondo Editorial PUCP, 1984.
Los principios son orientadores de la política, el derecho y la administración ambiental, están implícitos en el diseño y ejecución de planes, programas, estrategias, en los actos de gobierno y en el ejercicio de la función publica, son inspiradores de la generación de la normativa ambiental y sirven para interpretar las normas o aplicar el derecho en ausencia de estas (14)
Los principales principios que inspiran el Derecho Ambiental Peruano, tenemos a los siguientes:
•
El Principio de Prevención; las normas ambientales están dirigidas fundamentalmente a impedir que se produzcan daños al ambiente y sus componentes, máxime si esos daños son graves o irreversibles;•
El Principio de Interdependencia ó de Transversalidad de la Legislación Ambiental; Este principio exige abordar jurídicamente los problemas ambientales de manera sistemática y holística, es decir de manera relacional, vinculante y completa;•
Principio de Universalidad de la Gestión Ambiental; lo ambiental es parte del quehacer humano en general que esta integrada sistemáticamente. Los sectores publico y privado están incorporados en la gestión ambiental de forma transectorial;•
Principio de Iniciativa Institucional en la Gestión Ambiental; el estado cumple un rol proactivo en el cumplimiento de sus fines. La aplicación de este principio es la mejor garantía para asegurar la gobernabilidad;•
Principio de Participación Ciudadana; los ciudadanos tienen el derecho y el deber de participar activamente en la defensa y protección del ambiente, aportando a la formulación, ejecución y monitoreo de las políticas publicas y de la legislación, así como de la trama institucional encargada de aplicarlas, siendo parte, inclusive, de los órganos públicos correspondientes;•
Principio de Internalización de Costos Ambiéntales ó Principio Contaminador - Pagador; toda persona natural o jurídica, publica u privada, debe asumir el costo de los riesgos o daños que genere sobre el ambiente, ello implica el costo de las acciones de prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación, reparación y la eventual compensación;•
Principio Precautorio; cuando haya peligro grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente. Para la aplicación de este principio se requiere:-
Que el peligro de daño debe ser grave o irreversible;-
La iniciativa institucional ante la incertidumbre;-
Debe haber incertidumbre científica e indicios consistentes de amenaza. + Incertidumbre en cuanto a la existencia de información o datos.+ Incertidumbre como ignorancia. + Incertidumbre como indeterminación.
- Debe involucrar un análisis costo – beneficio versus falta de acción; - Las medidas deben ser proporcionales;
- Las medidas no deben ser discriminatorias; - Las medidas son provisionales y variables; - Inversión de la carga de la prueba.
Principio de Responsabilidades Comunes, pero Diferenciadas; los estados deben asumir la tarea de conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad de la biosfera, de conformidad con sus responsabilidades comunes pero diferenciadas, esto quiere decir que no todos los estados tienen la misma responsabilidad por el actual estado de la biosfera, sino que unos tienen más responsabilidad que otros, por haber hecho un uso mas intensivo de sus componentes o por haber vertido contaminantes en mayor cantidad al implementar sus procesos de desarrollo.
8. DESARROLLO Y PERSPECTIVAS DEL DERECHO AMBIENTAL a. Tendencias
14 Andaluz W. Carlos, “DERECHO AMBIENTAL Ambiente Sano y Desarrollo Sostenible: Deberes y Derechos,
Los cambios que se observan en los sistemas jurídicos para la protección del ambiente, muestran algunas tendencias interesantes que auguran un desarrollo importante de esos sistemas, siendo la tendencia hacia: • La constitucionalización de algunos principios básicos para la protección del ambiente;
• La incorporación de la dimensión ambiental en la legislación económica, como consecuencia de la vinculación que se ha establecido entre ambiente y desarrollo;
• La expedición de leyes generales sobre protección ambiental, que procuren una regulación holística y sistémica;
• Un mayor énfasis en el desarrollo de instrumento preventivos y de gestión ambiental;
• La descentralización de la potestad de legislar sobre el ambiente, pero dentro de un sistema nacional; • El desarrollo de un marco jurídico de la gestión ambiental, que haga posible la aplicación de la misma; • El desarrollo de una legislación especial que permita hacer más efectiva la tutela judicial de los intereses
ambientales;
• La creciente incorporación y participación de la ciudadanía en la solución de los problemas ambientales. b. Interpretación y promulgación de las leyes y tratados internacionales (15)
Para entender la compleja estructura de los sistemas jurídicos de protección del ambiente en los países de Latinoamérica y el Caribe, es conveniente tener en cuenta la manera como históricamente estos se han venido constituyendo, ya que la historia no es la misma en Latinoamérica.
En la mayoría de países, los ordenamientos jurídicos vienen a superponerse a la legislación preexistente de carácter sectorial o casual, modificándola en algunos puntos, pero no reemplazándola del todo. En los países que no cuentan con legislación propiamente ambiental, la protección del ambiente queda regida completamente por la legislación sectorial de relevancia ambiental sectorial o la legislación de relevancia ambiental casual.
Los países de América Latina y el Caribe, que son depositarios de la tradición romana-germánica, comienzan a organizarse como Estado-Nación a comienzos del siglo XIX en torno a modelos político-jurídicos semejantes a los que prevalecían en los países mas avanzados y, conforme a las ideas predominantes, favorecen un régimen de propiedad y de uso de los recursos naturales que tiene su base en los principios de la apropiación privada de los bienes que la naturaleza no hubiera hecho común a todos los hombres, y del uso y disposición arbitrario de los mismos, con arreglo a la concepción de la propiedad como un derecho absoluto. Así lo expresan los códigos civiles que se ponen en vigor en esa época, algunos de los cuales todavía siguen vigentes. Sin embargo, como consecuencia del derecho colonial y su tendencia a regular todas las manifestaciones de la vida en sociedad, pero también como resultado de una incipiente industrialización en algunos países de la región, no dejan de expedirse en ciertas ocasiones códigos de policía o administrativos o rurales, algunos de ellos aun en vigor, que vienen a reemplazar las antiguas ordenanzas coloniales sobre ciertas materias. En ese sentido, el siglo XIX se puede caracterizar como una época de legislación ambiental de carácter "casual" y, por excepción, de carácter sectorial.
La legislación ambiental de estos países experimenta una profunda transformación a partir de las primeras décadas del siglo XX, bajo la influencia de las ideas "conservacionistas" y en el marco de un cambio en la naturaleza del propio Estado. En efecto, a partir de esta época se comenzaron a expedir leyes sobre los recursos naturales que establecieron normas para su protección, especialmente en materia de aguas, suelos, flora y fauna silvestres, etc.
Por su parte, el proceso de industrialización de algunos países de la región, que muchas veces fue acompañado por un proceso de urbanización, así como el desarrollo general de las sociedades de América Latina y el Caribe, también trajo consigo la expedición de ordenamientos jurídicos que se ocuparon de los efectos del ambiente en la salud humana, como fueron los ordenamientos sobre salud publica (saneamiento ambiental), sobre el trabajo (medio ambiente laboral), sobre los asentamientos humanos (ordenación del medio ambiente construido y, especialmente, protección del ambiente frente a los efectos de ciertas actividades, como las industriales), etc.
En los últimos años la legislación ambiental se ha comenzado a modificar en todo el mundo, como consecuencia del predominio de una visión renovada del tratamiento de los asuntos ambientales, que deriva de la llamada concepción holistica y sistémica del medio ambiente que esta transformando la legislación ambiental, y que ha impulsado la expedición de ordenamientos jurídicos que establecen principios dirigidos a
15 Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, “Programa de Capacitación en Derecho y Política Ambiental”. Arequipa
la protección del ambiente en su conjunto, que consideran la totalidad de sus componentes y de sus procesos de interacción.
De otro lado, el derecho internacional ha desempeñado en las últimas décadas un papel muy importante en el desarrollo del derecho ambiental nacional de todos los países del mundo. La naturaleza global, regional y subregional de los problemas ambientales, ha determinado que muchas iniciativas jurídicas se hayan canalizado hacia el derecho internacional, cuya evolución en las últimas décadas es verdaderamente sorprendente. El derecho internacional ha pasado a ser en muchos sentidos, metafóricamente hablando, la locomotora que conduce el tren del derecho ambiental. Muchas de las iniciativas que hoy se están discutiendo en el interior de los países, tienen que ver con compromisos internacionales asumidos por los Estados en materia de cambio climático, protección de la capa de ozono, conservación y uso racional de la diversidad biológica, lucha contra la desertificación, movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, comercio internacional de flora y fauna silvestres amenazadas, para citar algunos de los casos más conocidos, tienen que ver con las transformaciones que está impulsando el derecho internacional. En este sentido, es posible afirmar que se está construyendo un orden jurídico internacional para una sociedad mundial ambientalmente sostenible y que el derecho interno tiene un papel importante en la construcción de ese orden, pero cada vez más complementario de iniciativas que son adoptadas en escenarios internacionales.
Lamentablemente, durante muchos años nuestros países han participado en esos escenarios internacionales de manera secundaria y, algunas veces, las políticas internacionales que han asumido no son propiamente una proyección de una política interna decidida de manera autónoma en función de los intereses nacionales o regionales. Esta menguada participación se ilustra en un estudio hecho en 1991 sobre la base de 132 instrumentos internacionales globales de carácter multilateral, que habrían podido generar 1,485 ratificaciones o adhesiones por parte de los países de América Latina y el Caribe y que, sin embargo, dieron lugar a sólo 367 ratificaciones o adhesiones, lo que representa un nivel de participación del orden de 24.71%. Esta situación ha venido cambiando. En efecto, es notorio que, día a día, se ha incrementando la participación de los países de América.
c. Legislación ambiental: características, tendencias y problemas
La legislación ambiental se encuentra constituida por el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas, estas normas pueden ser tratados y/o convenios, leyes, decretos, resoluciones, ordenanzas etc. y que hayan sido aprobadas por el órgano competente. La legislación ambiental se presenta en los siguientes tres tipos de ordenamientos jurídicos (16).
-
Ordenamientos jurídicos que se han expedido para la protección del ambiente, con arreglo a la moderna concepción que visualiza a éste como un todo organizado, a la manera de un sistema y que se denomina “legislación propiamente ambiental”;-
Ordenamientos jurídicos que han sido expedidos para la protección de ciertos elementos ambientales, o para proteger el ambiente de los efectos de ciertas actividades, que se denomina “legislación sectorial derelevancia ambiental”; y
-
Ordenamientos jurídicos que han sido expedidos sin ningún propósito ambiental, pero que regulan conductas que inciden significativamente en la protección del ambiente. Se trata de una legislación que tiene una relevancia ambiental “casual”.Esta concepción amplia de la legislación ambiental, se contrapone a otra que la limita de una manera arbitraria, a los ordenamientos jurídicos que integran la “legislación propiamente ambiental". Ese punto de vista no toma en consideración el hecho de que la legislación ambiental de carácter "sectorial" y, en una medida importante, la de carácter "casual", es la que rige principalmente los asuntos ambientales. Lo anterior ocurre incluso en los países que cuentan con los ordenamientos jurídicos modernos que han superado la visión reduccionista y sectorialista de la protección del ambiente que prevaleció en el pasado.
Por su parte, la expresión "legislación" es utilizada para designar todo tipo de normas jurídicas emanadas de los órganos del Estado, que tienen el carácter de generales y abstractas, cualquiera que sea su jerarquía. En otras palabras, la palabra "legislación" cubre no solo los ordenamientos jurídicos que técnicamente son denominados
16 “Programa de Capacitación en Derecho y Política Ambiental”, Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. Arequipa