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La Documentoscopía o

La Documentoscopía o DocumentologíaDocumentología Definición

Definición

Es un área de conocimiento de la Criminalística, que tiene

Es un área de conocimiento de la Criminalística, que tiene por objeto la investigaciónpor objeto la investigación te

tendndieientnte e a a dedetetermrmininar ar la la auautetentnticicididad ad o o fafalslsededad ad de de la la papartrte e mamateteriarial l de de unun documento o de su contenido, ya sea impreso o manuscrito y a la identificación de documento o de su contenido, ya sea impreso o manuscrito y a la identificación de su autor.

su autor.

Es el análisis sistemático del documento, pero solo de los documentos escritos en Es el análisis sistemático del documento, pero solo de los documentos escritos en forma manual (manuscrita) o mecánica (impresa).

forma manual (manuscrita) o mecánica (impresa).

Estudia todo lo relacionado con documentos desde el punto de vista tcnico Estudia todo lo relacionado con documentos desde el punto de vista tcnico 1.

1. El soporteEl soporte 2.

2. !as tintas!as tintas 3.

3. !os sistemas de impresión!os sistemas de impresión 4.

4. "ormas de escritura# mecánica o manuscrita"ormas de escritura# mecánica o manuscrita ¿Qué es documento?

¿Qué es documento? Es

Es la la reprepresresententaciación ón matmaterierial al del del penpensamsamieniento to absabstratracto cto del del ser ser $um$umano ano parparaa trascender en el tiempo y en

trascender en el tiempo y en el espacio.el espacio. ¿Qué es un

¿Qué es un Documento valorado?Documento valorado?

Es aquel que además del elemento ideológico en que se traduce el pensamiento del Es aquel que además del elemento ideológico en que se traduce el pensamiento del autor

autor, un elemento material, constituido por , un elemento material, constituido por el papel, la tinta el papel, la tinta y la impresión, en el y la impresión, en el cualcual queda plasmado la voluntad del que emite el mismo% pero, a diferencia de un queda plasmado la voluntad del que emite el mismo% pero, a diferencia de un documento corriente.

documento corriente.

&iene diferencias sustanciales en el elemento material que utili'a para conformarlo, &iene diferencias sustanciales en el elemento material que utili'a para conformarlo, compuesto por ciertos dispositivos de seguridad que

compuesto por ciertos dispositivos de seguridad que se incluyen en la se incluyen en la confección delconfección del mismo, puestos en el papel, tinta

mismo, puestos en el papel, tinta e impresión con el propósito de e impresión con el propósito de lograr su cometido#lograr su cometido# !

!nsnspipirarar r "o"onfnfiaian#n#a a $o$o%r%re e $u $u $e$eguguriridadad d & & 'r'revevenenir ir La La (l(lteteraracición ón )) *alsificación Del +ismo,

(2)

-m%ito de (ctuación de la

-m%ito de (ctuación de la DocumentoscopDocumentoscopía /ipos de ía /ipos de perita0eperita0e

!a investigación está siempre subordinada a la aparición de nuevas modalidades !a investigación está siempre subordinada a la aparición de nuevas modalidades delictivas, que son en ltima instancia las que mueven al perito a usar las tcnicas delictivas, que son en ltima instancia las que mueven al perito a usar las tcnicas de que dispone, para así contrarrestar los efectos negativos que aquellas producen de que dispone, para así contrarrestar los efectos negativos que aquellas producen en el tráfico jurídico fiduciario.

en el tráfico jurídico fiduciario. "lasificación

"lasificación

En este sentido, cabe sealar los ámbitos de

En este sentido, cabe sealar los ámbitos de trabajo siguientes#trabajo siguientes# a

a 'ro'roducducciociones mnes manuanuscrscritaitass

 *quí se integraría el estudio tanto de te+tos, como de firmas. !a naturale'a de  *quí se integraría el estudio tanto de te+tos, como de firmas. !a naturale'a de los documentos donde se plasman las citadas producciones, es de lo más los documentos donde se plasman las citadas producciones, es de lo más variada, abarcando desde el anónimo con amena'as, $asta la firma en la variada, abarcando desde el anónimo con amena'as, $asta la firma en la escritura notarial, pasando por la escritura y firma que da valide' en el escritura notarial, pasando por la escritura y firma que da valide' en el c$eque, la firma del acepto de la letra de cambio, los te+tos de las recetas de c$eque, la firma del acepto de la letra de cambio, los te+tos de las recetas de psicotrópicos, las pintas en paredes, etc.

psicotrópicos, las pintas en paredes, etc. b)

b) Documentos mercantilesDocumentos mercantiles

C$eques bancarios, c$eques de viaje, letras de cambio, pagars, etc. El C$eques bancarios, c$eques de viaje, letras de cambio, pagars, etc. El es

estutudidio o en en eseste te cacaso so va va a a rerecacaer er sosobrbre e cucualqalquiuier er titipo po de de mamaninipupulalaciciónón fra

frauduudulenlenta ta de de que que $ay$ayan an sidsido o objobjeto eto (la(lavadvados os con con proproducductos tos quíquímicmicos,os, bo

borrarradodos, s, aaadadididosos, , inintetercrcalaladadosos, , coconfnfececcición ón íníntetegrgramamenente te fafalslsa a dedell documento, etc.).

documento, etc.). c)

c) Documentos de identidad de todo tipoDocumentos de identidad de todo tipo as

asapaportortes es (na(naciocionalnales es y y e+te+tranranjerjeros)os), , -.-.. . (-o(-ocucumenmentos tos erersonsonal al dede dentificación), cartas de identidad e+tranjeras, títulos de viaje.

dentificación), cartas de identidad e+tranjeras, títulos de viaje. !a

!a mamaninipupulalacición ón mámás s $a$abibitutual al de de quque e susuelele e seser r obobjejeto to eseste te titipo po dede do

docucumementntos os popor r paparte rte dedel l fafalslsifificicadadoror, , coconsnsisiste te en en la la susuststituitucición ón de de lala fotografía del titular en

fotografía del titular en el documento autntico.el documento autntico.

/peración que es acompaada en ocasiones por la modificación de la fec$a /peración que es acompaada en ocasiones por la modificación de la fec$a de nacimiento, con el fin de acomodar tal e+tremo a la apariencia física del de nacimiento, con el fin de acomodar tal e+tremo a la apariencia física del

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sujeto que aparece en la fotografía. !a conducta indicada puede implicar la imitación parcial de las estampas de sello $medo o en seco, que suelen afectar la fotografía del citado titular.

&ambin puede presentarse, si bien no de forma tan $abitual dada la dificultad que conlleva, la falsificación integral de documentos de identidad.

d) Documentos cuos tetos estn confeccionados por procedimientos mecnicos

0áquinas de escribir (primera y segunda generación), impresoras, procedimientos de artes gráficas por citar algunos.

!a pericia que suele desarrollarse en este terreno y en especial en lo que se refiere a las máquinas de escribir electrónicas e impresoras (ya que son los casos que podemos vivir con más frecuencia), presenta una serie de dificultades, no siempre superables, provocadas por la avan'ada tecnología empleada en las mismas, lo que las convierte en instrumentos de una precisión e+traordinaria.

e) Documentos crediticios  otros ela%orados en material plstico o papel especial

&arjetas de crdito, permisos de conducir nacionales y e+tranjeros, cac$itos de lotería, tarjetas de transportes pblicos, estudios sobre estampas de sellos tanto $medos como secos% la mayor incidencia de alteraciones fraudulentas dentro de este grupo de elementos mencionados, recae especialmente sobre el papel moneda, que se fabrica de manera fraudulenta usando sistemas de offset y fotocopiadoras a color.

'ericia documental

El mtodo de análisis que se sigue en la elaboración de los estudios de esta naturale'a, se estructura en dos fases perfectamente diferenciadas.

!a primera, en la que se lleva a cabo una minuciosa observación del elemento. 1 la segunda, en la que se practica una detallada comparación del mencionado elemento

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con facsímiles fe$acientemente autnticos, todo ello con el au+ilio del instrumental adecuado.

 * travs de la observación, se efecta una valoración del documento objeto de pericia, de manera que se puedan constatar las características generales del mismo. !a primera observación que se ejecuta es la macroscópica que, aunque puede resultar obvia, arroja desde un primer momento la impresión que motiva el objeto de e+amen.

 * continuación, la observación desciende al análisis de los aspectos de detalle, que necesariamente deberá practicarse con el au+ilio de instrumental tcnico.

or ltimo, indicar que es muy conveniente disponer de un medidor del espesor del papel (papirómetro), lo que facilitará la reali'ación de una serie de valoraciones acerca del mismo.

Este proceso será de utilidad para constatar la presencia no ya solo de medidas de seguridad propiamente dic$as (marca de agua, fluorescencia general, tintas invisibles etc.), sino tambin de aspectos relativos a la calidad de todos y cada uno de los elementos que concurren en la confección del documento dubitado.

En definitiva, la minuciosidad del estudio no solo va a reparar en e+tremos significativos en la elaboración del documento, sino que se va a recrear en el análisis de la te+tura y trama del papel, su fle+ibilidad, grosor, etc.% sistemas de impresión utili'ados, calidad, color, fijación y respuestas de las tintas ante diferentes fuentes de iluminación% calidad y perfección de los te+tos impresos% calidad de las leyendas y2o motivos del fondo de seguridad.

!a valoración de los cada uno de aspectos indicados nos proporcionará una base absolutamente objetiva, para considerar en principio que nos podemos encontrar  ante un documento autntico o falso.

!a impresión fundamentada que el especialista $a obtenido a travs de la operatoria descrita, para que adquiera la consideración de categórica deberá ser avalada, en la

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generalidad de los casos, por el resultado de la comparación del elemento dubitado con otro fe$acientemente autntico de idntica clase.

El porqu de la necesidad de este ulterior proceso, obedece a que la observación macroscópica y de detalle nos facilita la información sobre la presencia en el elemento controvertido de una serie de medidas, que entran dentro de lo que podríamos denominar 3medidas estándar de confección y seguridad3 en la elaboración del documento.

!as dos fases del e+amen tcnico, se plasman en lo que propiamente es el 4cuerpo5 del informe, respetando en la medida de lo posible el orden de aplicación de las mismas.

El estudio se moverá de lo general a lo particular, y de la constatación de que nos $allamos ante un 4formato5 autntico de soporte, a la e+ploración encaminada a detectar la presencia de irregularidades de carácter fraudulento y que recaigan sobre aspectos esenciales del elemento a peritar.

or consiguiente, si nos planteamos la solicitud de la autoridad judicial acerca de la autenticidad o falsedad de un pasaporte de un Estado e+tranjero, el primer paso será determinar si nos $allamos o no, ante un formato autntico de documento de esa clase.

En el supuesto de que no sea así, el estudio se da por finali'ado establecindose como conclusión que se trata de un documento íntegramente falso% en caso contrario, cuando el estudio revela que estamos ante un formato autntico, el e+amen abordará la observación minuciosa de aspectos puntuales, con el fin de revelar o no la presencia de irregularidades fraudulentas que recaigan sobre e+tremos esenciales del documento.

Limitaciones de la Documentoscopía

6e $ace referencia a una serie de supuestos, en los que las distintas metodologías y tcnicas o no encuentran una solución fiable, o son insuficientes por sí solas para resolver de forma categórica la cuestión planteada.

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-entro de las situaciones que merecen ser calificadas de este modo, se van a poner  de relieve aquellas más significativas y que mayor incidencia tienen en la vertiente de la pericia tanto grafo tcnico como de documentos.

'ericia 5rafo técnica.

El supuesto tipo de esta pericia va a ser aquel en el que partiendo de una producción gráfica (te+to y2o firma) anónima, o presuntamente efectuada por una persona, se $a de tratar de establecer la autoría de la misma con relación a terceras personas o al $ipottico titular.

En el escenario descrito, la limitación insalvable que se va a encontrar es aquella en la que los desarrollos escriturales controvertidos carecen de la necesaria aportación gráfica.

-eficiencia que puede ser originada por la escase' de elementos a e+aminar% por la artificiosidad indiscutible en la construcción de los mismos, lo que oculta la verdadera impronta gráfica del autor% o por cualquier otra causa que d lugar a esa insuficiencia de parámetros escriturales para ser empleados en la labor de cotejo. Este inconveniente por afectar al material dudoso no es superable, y nada tiene que ver con la idoneidad o no idoneidad que en ocasiones presenta la documentación cierta a usar en la pericia, siendo esta una circunstancia subsanable con solicitar  nuevo material, $asta que el tcnico considere que es el adecuado para el caso en cuestión.

+aterial inadecuado

!as reproducciones mediante sistemas de reprografía u otros procedimientos mecánicos, no son las más adecuadas para llevar a cabo el e+amen tcnico con la suficiente fiabilidad.

Con esto no se quiere afirmar, en modo alguno, que no se pueda $acer la pericia con este material, sino tan sólo que $abrá parámetros gráficos que no se podrán constatar en debida forma.

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 *quí el perito sólo podrá afirmar el comn o dispar origen de la muestra gráfica, pero no así el $ec$o de que tal escritura asentada sobre el soporte en cuestión, no sea el resultado de una operación de montaje, a travs de la cual se $ace aparecer un te+to en un documento que originalmente no lo contenía.

ero, en cualquier caso, esta $ipótesis que se debe dar a conocer en el informe, no menoscaba en nada la aseveración primera acerca de la escritura.

Con el planteamiento anterior, se discrepa de la postura sostenida al respecto por   *7&87 9*:9E:; < 0=7-E> 9*?@E:/, cuando afirman que las conclusiones emitidas con ocasión de una pericia grafo crítica sobre fotocopias, deben tener tan solo carácter orientador para el ju'gador.

"oetaneidad del material a eaminar 

6i se parte de la base de que la escritura es una manifestación personal del ser  $umano, no podemos ignorar que ineludiblemente evoluciona con l.

Es difícil poder precisar ese ritmo evolutivo, pero lo normal es que se desarrolle al unísono de aspectos tales como la formación de la personalidad (normalmente coincide con la primera etapa de la vida) y el transcurso de los aos.

En consecuencia, en el supuesto de un material dudoso datado $ace quince, veinte aos, es preciso disponer de escritura coetánea con aquel, especialmente si esa muestra corresponde a los aos en los que aun estaba por interiori'arse y asumirse en forma debida la impronta gráfica personal% o siendo la muestra cuestionada de la etapa central de la vida, el material cierto de que se dispone corresponde a la veje'. Este distanciamiento en el tiempo entre el material a comparar puede implicar una barrera difícil de franquear con las garantías suficientes, debindose valorar  puntualmente cada caso.

$uperposición de tra#os

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un asunto cuya resolución no siempre es posible, y más en los tiempos actuales en los que los componentes de las diversas tintas son similares.

!a dificultad adquiere diversos grados en función de la naturale'a del cru'amiento ante el que nos encontremos, ya que cabe distinguir entre superposición $omognea y $eterognea.

!a primera, se produce con el empleo de tiles escriturales semejantes, por ejemplo polígrafo y bolígrafo% y la segunda, que a su ve' puede ser simple o compleja, se origina en el caso de la denominada simple, con la intersección, por ejemplo, de tra'os fijados por dos plumas que contienen tintas diferentes% y en el caso de la denominada compleja, con la intersección de dos tra'os que $an sido fijados con instrumentos de tipo diferentes, como por ejemplo, un tra'o de lápi' con un tra'o de bolígrafo, o un tra'o de tinta con un te+to mecanografiado.

Esta cuestión, a la vista de la breve presentación del escenario donde se desarrolla, nos $ace ver que la dificultad del esclarecimiento en los cru'amientos más problemáticos (superposición $omognea), da lugar en numerosas ocasiones a intensas controversias por la concurrencia de posturas encontradas. En cualquier  caso, la precaución a la $ora de efectuar estos e+ámenes debe ser e+trema.

En este sentido se manifiesta /69/:7, cuando dice que 4@na cautela especial es necesaria en la determinación de la secuencia de líneas de diferentes espesores o diferentes intensidades de color. @na línea pasada u oscura siempre parecerá estar  por encima de una línea leve o vaga cuando se cru'an, y una línea pálida o de color  claro siempre parecerá correr debajo de una línea negra en un cru'amiento5.

/écnicas6

!as diferentes tcnicas que pueden ser aplicadas para abordar la resolución de este tema, las agruparemos en dos bloques en función de que impliquen o no, alteración del documento. !a enumeración que a continuación se reali'a no pretende ser  e+$austiva, sino mínimamente representativa de los mtodos más significativos que se ponen en práctica para la resolución de este problema.

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!. /écnicas 7ue no alteran el documento. a 8menes ópticos6

Estos se reali'arán con el microscopio estereoscópico utili'ando iluminación episcópica oblicua, cuyo eje con el papel varía de AB a B grados apro+imadamente% iluminación episcópica perpendicular al papel (DB grados) e iluminación episcópica rasante (de B a B grados, apro+imadamente).

Estos e+ámenes se deben reali'ar en primer lugar, con lu' blanca, y despus se repiten utili'ando filtros de colores destinados a aumentar o a reducir el contraste cromático.

!as tcnicas puramente ópticas son aplicables al estudio de todas las intersecciones que se $an descrito, siendo recomendable su utili'ación en un primer análisis por su carácter no destructivo.

% /écnica de iluminación episcópica en ultravioleta9 larga o corta  en infrarro0os6

ara llevar a cabo este mtodo es conveniente emplear un equipo integrado por las fuentes luminosas indicadas.

6e funda esta tcnica en el $ec$o de que, en ciertos casos de intersecciones de tra'os $eterogneos, nos podemos encontrar ante respuestas diferentes de las tintas que se cru'an.

!os citados e+ámenes se basan en la $ipótesis segn la cual el poder  reflectante<absorbente de un tra'o en el terreno del ultravioleta, o del infrarrojo, se modifica en el lugar de la intersección, no interrumpindose la fluorescencia emitida por el tra'o superior.

 *demás de los sistemas citados, e+isten otros que se basan en el empleo de pantallas reticuladas (utili'ación de un filtro utili'ado en fotografía publicitaria y destinado a crear efectos especiales), y en el estudio del denominado 3pseudo bajo<relieve3, que se au+ilia especialmente de tcnicas fotográficas.

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!!. /écnicas 7ue alteran el documento

!as manipulaciones desarrolladas por el especialista que implican una modificación< destrucción del documento acriminado, solo deben llevarse a cabo cuando se cuenta con la debida autori'ación del órgano judicial competente, ya que la práctica de las mismas supondrá la imposibilidad de posteriores estudios, cuando menos en idnticas condiciones, por el mismo perito o por otros distintos.

En caso de contar con la mencionada autori'ación, necesariamente $ay que registrar con el au+ilio de tcnicas fotográficas el estado original del documento y de la intersección, para que quede constancia fe$aciente de sus circunstancias originales.

!as diferentes tcnicas que a continuación se van a mencionar suponen la alteración del elemento dubitado, bien por e+tracción de un tro'o de papel en el lugar de la intersección, o bien por la acción de un producto sobre la intersección.

En el primer caso, es el documento el que resultado daado% mientras que, en el segundo, es el documento y la intersección.

a) +étodo por calco6

6e basa en la utili'ación de tcnicas fotográficas, en las que a travs de un determinado proceso en teoría el primer tra'o se apreciará interrumpido.

 b) /ratamiento con resina6

!a intersección de los tra'os a estudiar se trata por una solución acuosa de resina, que tiene como finalidad inflar el papel con el objetivo de suprimir el surco originado por la presión ejercida durante la fijación del tra'o. El material así tratado se somete a estudio microscópico<fotográfico.

c) 8studio de los relieves6

Consiste esta tcnica en estudiar la intersección no ya sobre el documento propiamente, sino sobre una replica obtenida a travs de un moldeado del relieve. En consecuencia, esta tcnica sólo se podrá ensayar cuando nos

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encontremos ante intersecciones en las que los relieves resulten notorios.

d) /écnica del microscopio electrónico de %arrido6

En este caso, la observación de los relieves encaminada a determinar el orden de los tra'os, se efecta mediante el microscopio electrónico de barrido. !a muestra cuestionada debe ser previamente recortada del documento y sometida a un proceso de metali'ación para su posterior  e+amen.

Cuantas tcnicas se $an venido describiendo, tanto en su modalidad de no alteración como de alteración del documento, nos $acen ver la e+trema complejidad de esta cuestión, por lo que se comparte plenamente la opinión de F!!*7/F*, en el sentido de que no se pueden e+traer opiniones generales con respecto al cruce de tra'os para determinar su cronología, pues cada caso es particular y debe ser  estudiado de modo minucioso y con independencia de los demás.

El citado investigador, tras la práctica de un detallado estudio sobre más de doscientas muestras, reconoce que el problema no se encuentra resuelto en modo alguno, y que, si bien en numerosos casos es posible llegar a una conclusión definitiva, sólidamente basada en fenómenos físicos demostrables% en otros muc$os, las condiciones concretas del documento, de los tra'os que se cru'an o de las circunstancias en que se escribieron los citados tra'os, no permiten pronunciarse con seguridad.

!a postura más ra'onable en vista de lo anterior, sería aquella en la que se pudiera emitir la conclusión en base a la información obtenida con la aplicación de diferentes tcnicas, compatibles entre sí y cuyo resultado fuese coincidente, para de esta manera avalar de modo incuestionable la fiabilidad de la misma.

(ntig:edad de tintas

El inters que encierra encontrar respuesta a esta problemática, se centra en la necesidad de conocer en ocasiones la cronología de determinados documentos, que originan importantes repercusiones en el tráfico jurídico<fiduciario (un testamento $ológrafo, un contrato, un reconocimiento de deuda, etc.).

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 *l $ablar de la edad de las tintas se debe distinguir entre la edad absoluta, que se refiere al tiempo transcurrido desde su fabricación $asta el momento de su estudio% y la  edad relativa, que es la que fija la mayor o menor antigGedad de una tinta en relación a otra. E+isten diferentes tcnicas a travs de las cuales se trata de fijar  este e+tremo.

-urante los ltimos aos los procedimientos seguidos por los científicos en la investigación de este problema $an sido muy variados, siendo los principales los siguientes#

a 'roceso de desecación o fi0ación6

?ue se basa en que el grado de sequedad de una tinta lo revela su grado de solubilidad o copiabilidad o capacidad para reproducirse%

% 'roceso de oidación de las tintas6

6e basa en el ennegrecimiento progresivo de las tintas, al transformarse sus colorantes% y

c 'roceso de ioni#ación o difusión6

6e basa en las investigaciones sobre la difusión de los cloruros y de los sulfatos que entran en la composición de numerosas tintas (se afirma que estos iones abandonan progresivamente los tra'os para difundirse por el papel con una rapide' proporcional al tiempo).

6in embargo, las tcnicas citadas muestran deficiencias, ya que la fiabilidad de las mismas no se puede garanti'ar debido a la potencial incidencia de una serie de variables imposibles de cuantificar, que repercuten negativamente en la rigurosidad de las conclusiones a emitir.

 *sí, aspectos tales como las condiciones ambientales relativas al tipo de lu' que soporta el documento, grado de $umedad, sequedad, calor, frío, o la acide' del papel, su grosor, etc., acaban por incidir de manera relevante en las tcnicas descritas.

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 *demás de los estudios mencionados, e+isten otros basados en las alteraciones que e+perimentan los colorantes orgánicos debido a las condiciones de lu' y $umedad. Estas investigaciones fueron llevadas a cabo por los doctores 1E7H*:7 y 0*&, quienes, a pesar de la laboriosidad de las mismas, acabaron por reconocer que ninguno de los procedimientos aplicados en la resolución de esta problemática ofrecía las garantías suficientes.

or todo ello, en la actualidad el establecimiento categórico de la antigGedad de tintas es una asignatura no resuelta, pues las soluciones que se proponen en algunos tratados tradicionales sobre esta materia, $oy en día carecen de la valide' necesaria dado que las tintas y los instrumentos de escritura $an variado de manera esencial.

!a nica respuesta fiable a este tipo de problemas se obtendría tan sólo en muy contados casos, en los que los investigadores conociesen todas las variables que inciden y pudiesen cuantificar su impacto.

Estas circunstancias nos sitan necesariamente ante casos de laboratorio, en los que además es necesario contar con tintas de referencia conservadas en idnticas condiciones que la muestra problema.

&odas las e+igencias planteadas para poder obtener una solución fiable, nos alejan, que duda cabe, de la realidad en la que se produce esta problemática.

En definitiva, la antigGedad de las actuales tintas secas de escribir, sigue siendo una cuestión pendiente de la -ocumentoscopía, evidentemente compartida con igual inters y preocupación por los tcnicos de los !aboratorios ?uímicos de Criminalística que, por su específica preparación científica, son los que asumen el mayor protagonismo en la investigación.

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(;(L!$!$ <=>!D!") D8L '8>!/(<8 D8 D)"=+8;/)$")'(.

niciaremos indicando que este tipo de peritaje se encuentra estipulada en los cuerpos normativos de nuestra legislación, a continuación enunciaremos los cuerpos legales en los que se encuentra contenido y regulado.

>econocimiento <udicial  'rue%a 'ericial

(rtículo 1@3 del "ódigo 'rocesal "ivil  +ercantil

&anto el que $aya de demandar como el que crea verosímilmente que $a de ser  demandado, podrá pedir antes de la demanda, que se verifique un reconocimiento  judicial de las cosas que $abrá de ser motivo de prueba el proceso y que estn

llamadas a desaparecer en prev pla'o.

odrá pedir tambin el reconocimiento cuando la cosa amenace ruina o evidente deterioro, o cuando su conservación en el estado en que se encuentre resulte gravosa.

odrá complementarse el reconocimiento con pruebas periciales, si sta fuera apropiada, a criterio del jue'.

En este caso se procede en la forma e+puesta para este medio de prueba.

ara practicar esta diligencia se notificará a quien deba figurar en el proceso como parte, contraria y, si no fuere $abida, fuere indeterminada o no e+istiere, al 0inisterio blico, $acindose constar esta circunstancia.

8ntrega del Dictamen.

(rtículo 1AB del "ódigo 'rocesal "ivil  +ercantil

!os e+pertos entregaran su dictamen por escrito, con legali'ación de firmas o concurriendo al &ribunal a ratificarlo.

!os e+pertos que est conformes e+tenderán su dictamen en una sola declaración% en caso contrario, la e+tenderán separadamente.

(15)

El jue' a solicitud de partes o de oficio, podrá pedir a los e+pertos, verbal o por  escrito, las aclaraciones que estime pertinente sobre el dictamen y contra lo que resuelva no cabe ningn recurso.

'resentación de Documentos

(rticulo 1CC "ódigo 'rocesal "ivil  +ercantil

!os documentos que se adjuntan a los escritos o aquellos cuya agregación se solicite a título de prueba podrá presentarse en su original, en copia fotográfica, fotostática o fotocopia o mediante cualquier otro procedimiento similar.

!os documentos e+pedidos por notario podrán presentarse en copias simple legali'ada, a menos que la ley e+ija e+presamente testimonio.

!as copias fotográficas y similares que produ'can en el documento y sean claramente legibles se tendrán por fidedignas salvo prueba en contrario.

El informe pericial no es algo que responda a una estructura cerrada.

:ealmente es la e+presión de un estudio previo que responde a la aplicación de unas tcnicas relacionadas en un área de conocimiento determinada.

 *sí pues, admite distintos medios de e+presión tales como la escritura, la imagen o el sonido. ncluso cada ve' una me'cla de varias, má+ime cuando las nuevas tecnologías nos permiten $acer desde reproducciones de estructuras o incendios, $asta desarrollos computacionales.

7o e+iste un 4código deontológico5 regulari'ado desde el punto de vista del perito en sí mismo ya que la actividad de perito tiene su origen en distintas profesiones que ya cuentan con su propio código de conducta.

-istinguimos 4código deontológico5 de las sanciones incluso penales a las que puede estar sometido el perito segn el ordenamiento actual. El código deontológico entra más en un plano moral que jurídico.

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Como decimos cada profesión tiene su propio código deontológico (mdicos, abogados) que será el aplicable cuando dic$o profesional pase a ser perito.

=%icación legal del perita0e6

En el trámite de la pericia veremos la reunión de la sección cuarta, referente a la peritación, la cual se encuentra comprendida de los *rtículos del IIJ al IKLdel código procesal penal, así mismo $aremos referencia a los artículos A y KL del mismo cuerpo legal.

'rocedencia.

(rtículo 22. "ódigo 'rocesal 'enal

El tribunal podrá ordenar peritación, a pedido de parte o de oficio, cuando para obtener, valorar o e+plicar un elemento de prueba, fuere necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte tcnica u oficio.

7o rigen las reglas de la prueba pericial para quien declare sobre $ec$os o circunstancias que conoció espontáneamente, sin $aber sido requerido por la autoridad competente, aunque para informar utilice las aptitudes especiales que posea. En este caso, rigen las reglas de la prueba testimonial.

El dictamen será fundado y contendrá una relación detallada de las operaciones practicadas y sus resultados, las observaciones de las partes o de sus consultores tcnicos, y las conclusiones que se formulen respecto de cada tema pericial, de manera clara y precisa.

!os peritos podrán dictaminar por separado cuando e+ista diversidad de opiniones entre ellos.

El dictamen se presentará por escrito, firmado y fec$ado, y oralmente en las audiencias, segn lo disponga el tribunal o la autoridad ante quien será ratificado.

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+omento en 7ué se solicita el perita0e

En nuestro proceso penal se va a disponer de la intervención del perito cuando integramos las pruebas durante la *udiencia de oc$o días que evacuamos ante el &ribunal de sentencia, indicando los puntos sobre los cuales debe recaer.

 *l dictarse auto de prueba se le informara a las partes procesales que pruebas le $an sido admitidas, y durante el desarrollo del debate oral y pblico el perito tendrá que ratificar el informe rendido, y a solicitud de parte de podrán $acer las diligencias que se estimen pertinentes para el esclarecimiento del $ec$o investigado, el jue' a discreción admitirá o rec$a'ara estas solicitudes.

ara que la peritación tenga valide' se tendrán que tomar en cuenta algunos pasos tal y como lo es la aceptación y toma de posesión del cargo de perito, así como tambin lo es el $ec$o de que debe tener capacidad para poder asumir el cargo de perito.

)rden de 'erita0e

(rtículo 23@. "ódigo 'rocesal 'enal & (rtículo 3@ de la Le )rgnica del !;("!*

El tribunal de sentencia, el 0inisterio blico, o el jue' que controla la investigación en el caso de prueba anticipada, determinará el nmero de peritos que deben intervenir y los designará segn la importancia del caso y la complejidad de las cuestiones a plantear, atendiendo a las sugerencias de las partes.

-e oficio o a petición del interesado, se fijará con precisión los temas de la peritación y acordará con los peritos designados el lugar y el pla'o dentro del cual presentarán los dictámenes.

!as partes pueden proponer tambin sus consultores tcnicos, en nmero no superior al de los peritos designados.

(rtículo 3@ Le )rgnica del !;("!*

!a orden de peritaje fijará con precisión los temas de la peritación e indicará el pla'o dentro del cual se presentarán los dictámenes, tomando en consideración la

(18)

naturale'a de la evaluación, la complejidad de su reali'ación y la urgencia de sus resultados.

Dictamen.

(rtículo 234. "ódigo 'rocesal 'enal

El dictamen será fundado y contendrá una relación detallada de las operaciones practicadas y sus resultados, las observaciones de las partes o de sus consultores tcnicos, y las conclusiones que se formulen respecto de cada tema pericial, de manera clara y precisa.

!os peritos podrán dictaminar por separado cuando e+ista diversidad de opiniones entre ellos. El dictamen se presentará por escrito, firmado y fec$ado, y oralmente en las audiencias, segn lo disponga el tribunal o la autoridad ante quien será ratificado. "onservación de o%0etos

(rtículo 23C "ódigo 'rocesal 'enal

!as cosas y objetos a e+aminar serán conservados, en lo posible, de un modo que la peritación pueda repartirse.

6i debiera destruirse o alterarse lo anali'ado o e+istiere discrepancia sobre el modo de conducir las operaciones, los peritos lo comunicaran al tribunal antes de proceder.

¿Quién est a cargo de de los perita0es técnicos científicos en 5uatemala? El !nstituto ;acional de "iencias *orenses !;("!* de Huatemala, es una institución au+iliar de la administración de justicia, con autonomía funcional, personalidad jurídica y patrimonio propio.

&iene competencia a nivel nacional y la responsabilidad en materia de peritajes tcnicos científicos de conformidad con la Le )rgnica del !;("!*9 Decreto 32E 2@@A del "ongreso de la >epF%lica de 5uatemala.

(19)

!nvestigación "ientífica *orense# !as diligencias que reali'an los peritos del 7*C" con estricto apego a los preceptos de cada ciencia o tcnica y a la legislación vigente, con el fin de emitir un dictamen forense en au+ilio de la justicia. )rden de 'erita0e6 !a instrucción escrita mediante la cual se da inicio a la aplicación del servicio forense del 7*C".

'erito# El especialista en las diferentes tcnicas y ramas de la ciencia que bajo  juramento de ley tiene la función de prestar por designación legal sus servicios e+clusivamente en el 7*C", emitiendo dictámenes tcnicos científicos en los procesos legales correspondientes.

'erita0e /écnico "ientífico# !as actividades que, en su proceso de trabajo en el 7*C", reali'an los peritos con riguroso apego a las metodologías y K protocolos tcnicos científicos modernos y aprobados por el 7*C", que le permiten arribar a un dictamen imparcial y confiable, con profesionalidad y tica.

Dictamen /écnico "ientífico9 Dictamen *orense ) Dictamen 'ericial# El documento que contiene las conclusiones tcnicas científicas fundadas a las que arriba el perito, con e+plicación detallada y descriptiva de las operaciones practicadas y del por qu llega a esa conclusión.

8videncias6 !as muestras, vestigios, rastros, $uellas, documentos u objetos remitidos al 7*C" para su estudio, análisis e investigación tcnica científica.

>8(L!G("!H; D8L '8>!/(<8 (rtículo 2 Le )rgnica del !;("!*

!os peritos son independientes para la reali'ación del peritaje. ara la ejecución de la investigación científica, deberán regirse por los protocolos establecidos en el 7*C".

Datos mínimos 7ue contiene el dictamen pericial (rtículo 2A Le )rgnica del !;("!*.

El dictamen pericial se ajustará a lo estipulado en los protocolos establecidos por el 7*C". El dictamen deberá contener como mínimo los siguientes requisitos

(20)

a. 7mero de identificación interna del dictamen% b. dentificación del proceso correspondiente% c. !ugar y fec$a de la reali'ación%

d.  *utoridad 6olicitante%

e. &emas sobre los que versó la peritación%

f. E+plicación detallada del orden y descripción de las diligencias y operaciones reali'adas por el perito durante la investigación científica%

g. -escripción fundada del procedimiento utili'ado%

I. E+plicación detallada, descriptiva e ilustrada de las conclusiones a las que arriba el perito, con ra'onamiento fundado del por qu llega a esa conclusión% i. 7ombre completo, cargo, firma y sello del o los peritos participantes.

Designación.

(rtículo 31 Le )rgnica del !;("!*.

El nombramiento del perito o tcnico lo reali'ará el 7*C", con base a las normas y mtodos debidamente establecidos en sus reglamentos correspondientes.

/raslado De Dictmenes.

(rtículo 34 Le )rgnica del !;("!*.

El 0inisterio blico, el /rganismo Mudicial y la olicía 7acional Civil, trasladarán al 7*C", los dictámenes de peritajes que estn pendientes de ser incorporados como medio de prueba en juicio.

 *simismo, se trasladarán aquellos e+pedientes que contengan solicitudes de peritajes que se encuentren en trámite mediante inventario que conste en acta administrativa y atendiendo el manejo de cadena de custodia.

-ic$o traslado se $ará al momento en que el nstituto est debidamente organi'ado e integrado.

Cada institución conservará en sus arc$ivos los dictámenes dentro de los e+pedientes que estn concluidos.

(21)

");"L=$!);8$

  * lo largo de las páginas precedentes, se $a intentado mostrar de una manera

clara y directa que es y cómo se vive la -ocumentoscopía, vista de una forma objetiva y sin $aber querido abordar en esta presentación de la materia casuística muy interesante al respecto, dado que por su especial inters se $ace merecedora de un estudio por separado%

  *$ora, es suficiente con que se $ayan podido transmitir, en especial al lego

en la materia, dos ideas básicas, a saber.

 !a -ocumentoscopía tanto en su vertiente del análisis grafo crítico de la

escritura, como en la pericia documental propiamente dic$a, se sustenta en unas bases sólidas, científicas y tcnicas, contrastadas sin ningn gnero de duda.

 ?ue el reconocimiento de la e+istencia de una serie de límites, que inciden de

manera relevante en la elaboración de los e+ámenes documentoscópicos, se debe interpretar como aval de la seriedad y fiabilidad que merece el trabajo reali'ado con arreglo a una sistemática adecuada, y siempre al servicio de la plasmación rigurosa y fiable de todo aquello que nos transmiten los documentos.

(22)

J!JL!)5>(*(

 $ttp#22grafologiauniversitaria.com2-/C@0E7&/6C/*.$tm  Código rocesal Civil y 0ercantil

 Código rocesal enal  !ey /rgánica del 7*C"

(23)

(;8K)$ "uestionario6

1. NEs el área de la criminalística que tiene como objeto determinar la autenticidad o falsedad de un documentoO

> Documentoscopía.

2. NCuales son los elementos que contiene un documento valoradoO > +aterial e ideológico.

3. N-esde el punto de vista tcnico que estudia la -ocumentoscopíaO >

 8l soporteM  Las tintas6

 Los sistemas de impresiónM   *ormas de escritura

4. NCuáles son las formas en que puede darse la escritura en un documentoO > +ecnica o manuscrita

. NCuales son las fases de la pericia documentalO > )%servación  "omparación

(24)

A. NCuáles son los tipos de peritaje concernientes a -ocumentoscopíaO >

 Documentos +ercantilesM  Documentos De !dentidadM  Documentos "rediticios.

C. NCual es la limitación de la -ocumentoscopíaO

> 8l cote0o de documentos manuscritos  material inadecuado.

N. NCuáles son los mtodos de análisis de la pericia documentalO >

)%servaciónM

"omparación detallada del documento du%itado

B. NCon qu nombre se le conoce al medidor del espesor del papelO > 'apirómetro

[email protected]áles son las agrupaciones de tcnicas que se llevan a cabo en una superposición de tra'os documentoscópicosO

>

(lteración del documentoM ;o alteración del documento.

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