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COMEDOR ESCOLAR NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO PARA EL CURSO 2010/2011

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1. OBJETIVOS DEL SERVICIO DE COMEDOR

El servicio de comedor es una actividad complementaria del Centro y, por tanto, un servicio de uso voluntario. Los objetivos que se pretenden a través de este servicio son:

1.1. Colaborar con aquellas familias que por necesidades laborales o sociales no puedan atender a sus hijos durante la hora de la comida.

1.2. Enmarcar el Comedor Escolar en el Proyecto de Horario Ampliado del Centro.

1.3. Proporcionar a los alumnos/as una dieta nutritiva y equilibrada.

1.4. Educar a los alumnos/as en la adquisición de hábitos alimenticios e higiénicos correctos.

1.5. Desarrollar la adquisición de hábitos sociales y normas de urbanidad y cortesía.

1.6. Facilitar a los alumnos/as diversas alternativas lúdicas para la utilización del tiempo libre.

2. CALENDARIO

El servicio de comedor funcionará desde el 1º día lectivo de septiembre hasta el último día lectivo de junio, ambos inclusive.

3.

HORARIOS

El horario durante los meses de septiembre y de junio será de 13.00 a

15.00 horas.

Durante los meses de octubre a mayo el horario del Comedor será de

14.00 a 16.00 horas.

Para ampliar estos horarios deberán dirigirse a la Concejalía de

Educación. (Calle Italia)

Por razones de seguridad, la puerta del centro permanecerá cerrada en todo momento. Por este motivo se establecen dos posibles turnos de recogida de alumnos/as del servicio de comedor escolar:

+ Los meses de septiembre y junio: a las 13,55 y a las 14,50 horas + Los meses de octubre a mayo: a las 15.10 horas y a las 15.55 horas.

Los alumnos serán recogidos en la plaza central (acceso por la puerta principal).

Los horarios de recogida han de respetarse para no interferir en el correcto desarrollo de las actividades programadas. Por este motivo, en el periodo de tiempo que hay entre ellos, no se permitirá la salida del centro a ningún alumno, excepto por causa justificada y con notificación previa.

4. USO DEL COMEDOR ESCOLAR

4.1. El servicio de comedor podrá ser utilizado por:

- Todos los alumnos/as del centro que lo soliciten, asumiendo el pago de la cuota correspondiente y ajustándose al régimen de comidas establecido.

COMEDOR ESCOLAR

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- Profesorado y personal no docente del centro, previo aviso, mediante el pago de la cuota correspondiente y ajustándose al régimen de comidas establecido.

-- Los padres/madres de alumnos/as que deseen comprobar el funcionamiento del servicio de comedor, previamente autorizados por la Dirección del Centro, y ajustándose al régimen de comidas establecido. Al finalizar la comida deberán cumplimentar una encuesta en la que expresen sus opiniones y sugerencias sobre las comidas ofertadas

4.2. El servicio de comedor NO podrá ser utilizado en casos que contemplen:

o Padecer enfermedad que pueda suponer riesgo para los demás usuarios del

servicio.

o NO ASISTIR A CLASE.

5. CONTROL Y SEGUIMIENTO

5.1. El control y seguimiento diario del servicio de comedor escolar lo realizará el Equipo Directivo del centro.

5.2. Dentro del Consejo Escolar se ha establecido una comisión integrada por la directora del centro, un/a representante de los padres-madres-tutores/as de alumnos/as y un/a representante del profesorado, que también realizará la función de control y seguimiento del servicio. Será invitado a participar en dicha comisión, con voz pero sin voto, el Director-Gerente de la empresa concesionaria. Esta comisión se reunirá preceptivamente una vez al trimestre.

6. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

6.1. La empresa de restauración que prestará servicio de comedor en este centro será COMEDORES BLANCO S.L.

6.2. Los menús trimestrales serán propuestos y remitidos con la antelación suficiente por la empresa de restauración al Servicio de Salud Pública-Área X de Parla para ser analizados y corregidos si es necesario.

6.3. La comida es elaborada en la propia cocina del comedor por personal cualificado contratado por la empresa de restauración, salvo que puntualmente se requiera otra cosa.

6.4. La vigilancia del comedor la realiza personal contratado por la empresa de comedor.

6.5. El número de personas encargadas de la atención del alumnado en el servicio de comedor y en los

recursos del mismo estará determinado por lo que marca la Circular de la Dirección General de Centros sobre el Funcionamiento del Servicio de Comedor Escolar y serán los/as responsables de

la vigilancia y cuidado de los alumnos comensales. (La organización de los cuidadores de comedor

se realiza en función de las necesidades del mismo, teniendo en cuenta el número y edad de los alumnos).

6.6. Durante el mes de octubre se convocará una reunión informativa con los padres-madres-tutores/as de alumnos/as comensales en la que participarán la directora del Centro y el gerente de la empresa concesionaria.

6.7. Los/as cuidadores serán responsables de controlar la asistencia y de conocer la actitudes y los hábitos alimentarios del alumnado. Serán también responsables de informar a las familias que lo requieran sobre el comportamiento de sus hijos/as, en el horario establecido para ello.

6.8. En el tablón de anuncios específico del Comedor Escolar se colocarán diariamente los listados de los/as alumnos/as comensales, reseñando sus respectivos hábitos alimentarios y sus comportamientos en la mesa.

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6.9. El alumnado de Educación Infantil, especialmente el de 3 años, deberá tener una mayor dedicación por parte del personal cuidador, por lo que es recomendable que no utilice este servicio hasta que no haya completado su período de adaptación y haya adquirido una cierta autonomía en la mesa.

6.10.En el caso de que algún alumno/a no deba ingerir algún alimento por ser alérgico o por

problemas gastrointestinales, los padres comunicarán por escrito esta situación al centro para poder adoptar las medidas necesarias, justificando esta situación con el pertinente informe médico.

6.11.El número de alumnos/as que utilicen el servicio de comedor con carácter eventual estará condicionado

a las plazas libres de comedor que haya disponibles, que en ningún caso será superior a 15.

6.12.El primer día lectivo de cada mes se entregará a cada alumno el menú mensual correspondiente.

6.13.Si el alumno asiste a alguna salida extraescolar programada de jornada completa, el Comedor Escolar

le proporcionará una bolsa de picnic a primera hora de la mañana.

6.14.Los/as alumnos/as realizarán en los patios, si las condiciones meteorológicas lo permiten, o en espacios

interiores del Centro, actividades lúdicas o de reposo programadas y dirigidas por los correspondientes cuidadores.

6.15.Las familias tendrán el deber de acudir al centro en caso de ser requeridos por los responsables del comedor.

6.16.Los padres-madres-tutores/as de los alumnos/as han de recogerlos, tras finalizar el servicio de

comedor, con puntualidad. Transcurrido un tiempo prudencial sin que los padres hayan hecho acto de presencia, los niños serán entregados a la custodia de la Policía Municipal.

7. MONITORES DEL SERVICIO DE COMEDOR

El personal de comedor depende directamente de la empresa concesionaria del comedor escolar. Entre sus funciones y tareas figuran las siguientes:

7.1. Acompañar a los alumnos/as usuarios del comedor escolar durante el periodo de tiempo del mismo. (de 14 a 16 horas).

7.2. Prestarán atención a la higiene y limpieza de los escolares, antes y después de comer.

7.3. Procurarán que los escolares coman los menús completos, incluso aquellas comidas que les son menos apetitosas pero que son imprescindibles para su crecimiento. Cuando sea necesario, y en especial en la etapa de Educación Infantil, se ocupará de dar de comer a los niños de manera que se garantice una ingesta suficiente de alimentos.

7.4. Controlarán que los alumnos/as con alergias declaradas sólo tomen los menús alternativos.

7.5. Educarán en lo referente al comportamiento en la mesa promoviendo conductas adecuadas: sentarse bien, utilizar adecuadamente los cubiertos, masticar con la boca cerrada, no sacar los alimentos fuera del plato, hacer uso de la servilleta, conversar en voz baja…

7.6. Atenderán a los niños en el caso de que sufran algún percance y lo comunicarán inmediatamente a la dirección del centro.

7.7. Los monitores informarán a la dirección del centro de todas las incidencias serias y reiteradas, tanto en lo referente a actividades como a hábitos alimenticios y al comportamiento.

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7.8. Después de comer vigilarán los juegos y actividades para que éstas se desarrollen con normalidad, proponiendo juegos o actividades colectivas, respetando las zonas del Centro destinadas a este fin tanto las interiores como las zonas de recreo.

7.9. Se podrán en contacto con la dirección del centro cuando detecten que algún niño/a presente síntomas de enfermedad u otra situación en la que se vea la necesidad de llamar a los padres por propia seguridad y atención al alumno.

7.10.En ningún momento los monitores de comedor administrarán medicamentos a los alumnos/as.

8. ALTERNATIVAS AL MENU DEL DÍA

8.1. Se tendrá en cuenta las siguientes situaciones:

- Alergia a determinados alimentos. Dicha circunstancia quedará recogida en la ficha de

matricula del alumno acompañada de certificación médica. De no ser así, los padres lo

comunicarán en el momento de conocer dicha circunstancia.

- Problemas de salud sobre los que sea necesario actuar con dieta blanda o astringente,

restricción temporal de algún alimento…, comunicada con antelación por los padres del alumnos/as y justificando dicha necesidad en la Dirección del centro antes de las 10 de la mañana.

8.2. No se atenderán otro tipo de excepciones al menú establecido, debiendo comer de todos los alimentos que se sirvan cada día en las cantidades adecuadas a la edad.

9. ALUMNADO: COMPORTAMIENTO

El servicio de Comedor es una prestación educativa del centro, por lo que las normas generales de convivencia recogidas en el Reglamento de régimen interior son válidas para el mismo. No obstante, por la peculiar actividad que en él se desarrolla, los alumnos tendrán en cuenta las normas siguientes:

9.1. Antes y después de comer los alumnos/as deberán lavarse las manos, en los lugares establecido para ello.

9.2. Las entradas al comedor se harán en orden, ocupando los lugares previamente asignados y guardando la debida compostura.

9.3. Nadie se levantará de la mesa si no se le requiere para ello; deberá levantar la mano para realizar cualquier demanda, reclamación o sugerencia con el fin de ser atendidos por los cuidadores/as.

9.4. Todos los alumnos/as deberán ingerir todos los alimentos del menú a no ser que un informe médico por escrito lo desaconseje. La cantidad se adecuará a la edad del niño/a.

9.5. Por razones de higiene y para conseguir una alimentación equilibrada, no se deberá intercambiar comida entre los compañeros.

9.6. No se arrojarán alimentos al suelo ni a otro compañero intencionadamente.

9.7. Se deberán utilizar los cubiertos como norma educativa de obligado cumplimiento, ya que la destreza y soltura en el manejo de ellos es el resultado de la práctica habitual y correcta de los mismos. Dicha utilización estará en función de la edad y supervisada por los cuidadores/as del comedor.

9.8. Los desplazamientos desde las aulas hasta el comedor se realizarán ordenadamente, siguiendo las instrucciones de los monitores del comedor.

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9.9. Es necesario y obligatorio en todo momento el “MÁXIMO RESPETO A TODO EL PERSONAL DEL COMEDOR Y DE LA COCINA”

9.10.Durante la comida se mantendrá un tono moderado y distendido de conversación, atendiendo en todo

momento las indicaciones de los cuidadores/as y guardando silencio o moderando el tono de voz si se es requerido para ello.

9.11.Los alumnos comensales no podrán ausentarse del recinto escolar si no están expresamente

autorizados por sus padres o tutores y no acude a recogerlos una persona responsable que debe comunicárselo a los/as cuidadores/as o a Dirección.

9.12.Durante su horario, el alumnado del comedor permanecerá sólo en aquellas dependencias del centro

autorizadas para ello, con el permiso y supervisión de los cuidadores/as.

9.13.Se respetará en todo momento el material escolar, deportivo, recreativo y las distintas dependencias del

centro.

9.14.Los cuidadores/as son los/as que en todo momento resolverán las situaciones conflictivas que puedan

originarse. Llegado el caso, si la situación así lo requiere, podrán solicitar la intervención de la Dirección.

9.15.Si el comportamiento de algún alumno/a es inadecuado y molesto podrán, en primera instancia,

cambiarlo de lugar para intentar corregir su conducta sin perjuicio de tomar más tarde otras medidas.

9.16.El servicio de comedor es una actividad complementaria y voluntaria. Las conductas contrarias a

la convivencia o las gravemente perjudiciales podrán ser objeto de sanción, incluida la posibilidad de suspensión temporal o definitiva de prestación de este servicio al alumno/a sancionado/a.

10. SOLICITUD DE PLAZA Y GESTIÓN ECONÓMICA.

10.1.Para poder usar el servicio de comedor hay que matricularse previamente rellenando el impreso

correspondiente que se recogerá y entregará debidamente cumplimentado en la secretaría del Centro. En este impreso figurarán los datos del alumno/a y de la cuenta bancaria en la que se cargarán los recibos. (20 dígitos)

10.2.Para facilitar y agilizar el control económico del comedor, a cada familia se le cobrará en su cuenta bancaria el importe correspondiente el día 10 de cada mes, excepto el recibo de septiembre que se pasará más tarde o se sumará al de octubre.

10.3. La cantidad a abonar se fija anualmente por la Consejería de Educación de la Comunidad de

Madrid. En el momento actual, no ha sido aprobado el precio del menú para el próximo curso, por lo que se les informará del mismo en septiembre.

10.4.En el mes de septiembre se les informará a través de una circular de las tarifas correspondientes

a cada mes.

10.5. Cuando un alumno/a vaya a faltar al comedor deberá comunicarlo en Secretaría o Dirección

antes de las 10.30 horas, bien personalmente, por escrito o por teléfono. (91 698 72 54 Extensión 11).

Siguiendo la normativa vigente de la Comunidad de Madrid, en el supuesto de ausencia del alumno al servicio de comedor superior a tres días, se tendrá derecho a devolución según lo siguiente:

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- Se devolverá el importe integro (100%) cuando exista un preaviso con 7 días de antelación.

- Se devolverá el 50% del precio menú/día cuando se avise con tres días de antelación a la

ausencia.

- No habrá devolución si se avisa con menos de tres días de antelación

La devolución que corresponda se descontará del importe del mes siguiente. Si la falta de asistencia se produce sin comunicación previa, se cobrará el importe total de los días de comedor.

10.6.La devolución, en su caso, correspondiente al mes de junio se hará en la Secretaría del Centro.

10.7.Para darse de BAJA VOLUNTARIA del servicio de comedor será necesario hacerlo por escrito

en la Secretaría del centro, con una semana de antelación. En caso contrario no se tendrá derecho a ningún tipo de devolución.

10.8.Salvo situaciones debidamente justificadas ante la Dirección del Centro, si un alumno/a causa baja voluntaria en un mes no podrá darse de alta en el mes siguiente.

10.9.EN CASO DE DEVOLUCIÓN DE UN RECIBO SE NOTIFICARÁ A LAS FAMILIAS UNA ÚNICA VEZ, DEBIENDO ABONAR SU IMPORTE EN LOS PLAZOS Y LUGAR QUE SE ESTABLEZCAN. EN CASO DE NO SER ATENDIDA LA NOTIFICACIÓN, EL ALUMNO/A CAUSARÁ BAJA EL DÍA 1 DEL MES SIGUIENTE, SIN MÁS AVISO, Y NO PERMITIÉNDOLE AL ALUMNO/A LA UTILIZACIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR HASTA LA CANCELACIÓN DE LA DEUDA.

LOS PADRES/MADRES ESTARÁN OBLIGADOS A ABONAR LAS CANTIDADES ADEUDADAS QUE SE LES RECLAMARÁN POR LAS VÍAS OPORTUNAS.

11. COMENSALES EVENTUALES.

11.1.La posibilidad de asistir al comedor solamente para uno o varios días estará supeditada a la existencia

de plazas libres

11.2.Quienes necesiten utilizar esta opción deberán efectuar previamente el ingreso en la cuenta bancaria del

Centro, (Indicando el NOMBRE DEL ALUMNO/A Y EL CURSO), y comunicarlo al Centro antes de las 10.30 de la mañana, presentando el justificante del ingreso. EN NINGÚN CASO SE ACEPTARÁ EL PAGO EN METÁLICO EN EL CENTRO.

11.3.El precio del menú diario para comensales eventuales, según normativa de la Consejería de Educación,

es de (pendiente de fijar por parte de la C.M.)

11.4.La cuenta bancaria del Centro en la que hay que hacer efectivos los ingresos correspondientes al comedor es:

NOMBRE: C.E.I.P. LAS ARTES

ENTIDAD: CAJA MADRID

OFICINA: Avenida Antonio López, 19 (Pinto) Nº CUENTA: 2038-0626-09-6000112284

11.5.El control diario de los comensales se efectuará de 9.00 a 10.30 horas de la mañana. No se podrá hacer

Referencias

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