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31 de julio de El derrumbe de las ventas provocó la baja de 300 matrículas inmobiliarias

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Sumario

El derrumbe de las ventas provocó la baja de 300 matrículas inmobiliarias

Macri extenderá el estacionamiento medido en marzo y ya hay debate

Por ley, buscan controller para la Justicia porteña

Factura electrónica: arranca una nueva etapa que obliga a los profesionales

Lavado: la Corte avaló una cautelar que permite a los contadores no informar

operaciones sospechosas

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El derrumbe de las ventas provocó la baja de

300 matrículas inmobiliarias

ALGUNAS AGENCIAS DECIDIERON CERRAR SUS PUERTAS EN FORMA PERMANENTE

Los agentes advierten que la crisis sectorial se hizo más fuerte este año y que son cada vez más los inconvenien-tes que se presentan. Apuntan a la ‘resurrección’ del Cedin

MATÍAS BONELLI Buenos Aires

El sector inmobiliario acusa desde hace más de dos años que su situación es preocupante, pero apunta que durante los últimos 12 meses el panorama se volvió todavía más oscuro.

La fuerte baja en el ritmo de ventas que se registra casi en forma sostenida desde hace tiempo obligó a varios agentes a cambiar su estrategia, que en algunos casos incluso motivó que varios de ellos decidieran desaparecer del mercado.

Según datos que maneja la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), durante el último año algo más de 300 repre-sentantes de este negocio solicitaron la baja de su matrícula, es decir que decidieron dejar de operar.

“Esta es una consecuencia directa de la compleja situación que le toca a vivir al mercado inmobiliario desde que se decidió imponer el corralito cambiario, cuando el negocio se comenzó a derrumbar”, sostuvo ante El CronistaRoberto Arévalo, titular de la CIA.

Esta situación se reflejó en diferentes formas.

El caso más grave, claro está, se da en aquellas inmobiliarias pequeñas que no tuvieron la capacidad suficiente para afrontar un mercado recesivo, y decidieron cerrar sus puertas en forma definitiva.

Otros, en cambio, si bien tomaron el mismo camino, lo hicieron hasta poder ver que el panorama comience a mejorar, para luego reabrir.

La complicada realidad del sector también tuvo repercusiones en las inmobiliarias de estructura más fuerte. También debieron repensar el esquema de negocios, aunque apuntaron a achicar el personal o reducir el nú-mero de filiales.

“No hay nadie que haya podido escapar de este escenario. La realidad es dura para todos. Ante una baja tan fuerte de las operaciones a la que el mercado debe hacer frente, es imposible mantener una estructura como si nada hubiera pasado”, apuntó el titular de la CIA.

En medio de esto, las inmobiliarias arrancaron la semana pasada con una serie de reuniones que tienen como objetivo central lograr que se generen nuevos mecanismos que permitan darle un impulso a las ventas.

El más fuerte en este sentido es el intento por ‘resucitar’ a los Certificado de Depósito de Inversión (Cedin), que habían sido anunciados por el Gobierno como toda una salvación para el mercado, pero que no tuvieron los resultados esperados.

En primer lugar, los representantes de la CIA se reunieron con el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, a quien le dieron a conocer una propuesta para agilizar la operatoria de los Cedin en la compraventa de inmuebles. Así, propusieron que estos documentos pasen a llamarse ‘Título Público y de la Construcción-CEDIN’, y que los bancos obtengan una comisión por su gestión a manera de incentivo para colaborar con la agilización de la operatoria. Hoy se reunirán con autoridades del Banco Central (BCRA).

Cifras que muestran el mal momento

Las últimas cifras del Colegio de Escribanos de Buenos Aires volvieron a reflejar un signo negativo.

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Macri extenderá el estacionamiento medido en

marzo y ya hay debate

Los espacios nuevos cubrirán todo Almagro, Monserrat, Balvanera y otros barrios donde el servicio es gratuito. Desde el organismo porteño dicen que tomarán medidas

El gobierno porteño apunta a cobrar estacionamiento, desde marzo, en 59 mil espacios nuevos de la Ciudad donde hasta hoy el servicio es gratuito. Además, implementará un sistema de tarifa progresiva, que encarece el ticket a cada hora. Y en un año electoral, desde la oposición, ya piensan en judicializar la iniciativa.

A quince días de aumentar de $1,40 a $3 los parquímetros, el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, apuró los pasos para aumentar, desde marzo, las zonas en las que cobra estacionamiento medido. Desde la Casa Ro-sada, hasta Floresta, las calles que rodean la avenida Rivadavia deberán abonar el servicio. El nuevo mapa de estacionamiento también cubre todo Palermo, Recoleta, Puerto Madero, Monserrat, Balvanera y Almagro. Así como la zona del barrio de Belgrano que se encuentra entre las avenidas Libertador y Cabildo.

El gobierno lo informó ayer desde el Boletín Oficial. En una Circular que firmó el subsecretario de Transporte Guillermo Dietrich anuncia que este proyecto “deberá implementarse a los ciento ochenta (180) días de la adjudicación de la presente licitación”. Se refiere a la concesión del servicio, que incluye instalar nuevas tickea-doras y adjudicar a cinco empresas el acarreo de los autos de la Ciudad, que se otorgará el 29 de agosto. A partir de ese momento corre el reloj hasta marzo.

A su vez, también informa que en otros 2.688 espacios de estacionamiento nuevos se cobrará tarifa desde sep-tiembre de 2017. En esa etapa, el estacionamiento medido se extenderá hasta las calles aledañas de la avenida Rivadavia, en Liniers; cubrirá todo Caballito, Villa Crespo, Chacarita y Parque Chas; y las calles que rodean la avenida Libertador y Cabildo hasta la General Paz.

El nuevo sistema no solo genera rechazo por su extensión a los barrios, sino por las nuevas tarifas. La mayoría de los 59 mil espacios nuevos, que se cobrarán desde marzo, tendrán tarifa progresiva: irá aumentando por cada hora que se deje el auto estacionado. Según los planes de la subsecretaría de Transporte porteña, al presen-tar el proyecto el año pasado en la Legislatura, la Ciudad tiene en mente una presen-tarifa base de $5. En esa línea, la tarifa progresiva aumenta 33% por hora. Entonces, la primer hora cuesta $5; la segunda, $7; la tercera se abona $8,50; y desde la cuarta hora en adelante, cada sesenta minutos, se paga $10. Mientras, los vecinos no abonan en la mayoría de las zonas progresivas.

Por su parte, en los barrios más alejados del microcentro regirá la tarifa simple que costaría $5 como base, y a cada hora aumentaría un peso.

El defensor adjunto, Claudio Presman, de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad advirtió que la entidad “va a actuar”. El ex legislador radical votó en contra cuando se aprobó el proyecto en la Legislatura, en diciembre de 2013. Ahora evalúa qué medida podría tomar contra la tarifa progresiva del estacionamiento medido.

A su vez, el legislador Alejandro Bodart (Movimiento Socialista de los Trabajadores) marcó que una vez que se implemente judicializará la iniciativa. “Ante una medida antipopular como esta podría presentar un amparo”, apuntó quien frenó el aumento en el subte a través de una cautelar durante ocho meses en 2013.

Desde el kirchnerismo evalúan qué medida tomar, pero ya prevén que será un tema de campaña porteña el próximo año. Tanto el bloque del Frente Progresista Popular, de Aníbal Ibarra, como Nuevo Encuentro, deGa-briela Cerruti, votaron en contra.

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Por ley, buscan controller para la Justicia porteña

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA CONCURSARÁ EL CARGO. LEGISLATURA YA LO TIENE

El Consejo de la Magistratura de la Ciudad lanzará un concurso clave para nombrar al titular de la Unidad de Aplicación de la Ley de Ética Pública, cargo surgido de la aprobación de esa norma y cuya zona de influencia se extenderá a todos los jueces y todos los funcionarios de los tribunales porteños. El mismo cargo deberá crearse en el Ejecutivo porteño y ya se activó en la Legislatura, donde el vicepresidente Cristian Ritondo eligió al exfiscal Fernando Molina.

Si bien había varios proyectos como para someter al recinto, finalmente se discutió uno elaborado por el ma-crismo que contó con apoyo unánime con excepción del legislador izquierdista Alejandro Bodart, en total 57 voluntades.

La ley se votó en la misma sesión que la Legislatura avaló el sistema de Boleta Única. Los kirchneristas se ple-garon luego de insistir con un proyecto de ley muy similar a la Ley de Ética Pública que rige a nivel nacional. La norma obliga a los funcionarios a presentar una declaración jurada patrimonial integral dentro de los 30 días desde la asunción de sus cargos y deberán actualizar la información contenida en esa declaración jurada anualmente en el curso del mes de marzo de cada año y presentar una última declaración, dentro de los diez días hábiles posteriores a la fecha de cesación en el cargo. La obligación abarca a los tres poderes de la Ciudad. El aspecto álgido de la norma es que aquellos que no cumplieran con la presentación de las Declaraciones Ju-radas podrían ser multados e incluso inhabilitados por diez años para ejercer cargos públicos.

Según el texto, también se prevé la creación de Unidades de Aplicación en los distintos poderes que tendrán sus propios reglamentos.

A diferencia de la Legislatura, donde Molina fue elegido directamente por Ritondo, la Magistratura porteña, actualmente en manos del peronista Juan Manuel Olmos, eligió concursar el cargo. Una puja por un cargo sensible y que servirá como anticipo de la última parte del año, cuando se renueven los representantes del es-tamento de los abogados en el cuerpo colegiado.

Los jurados del concurso, así como también su metodología serán seguidas de cerca por todos los sectores que se disputan el protagonismo en la Justicia porteña.

Desde el macrismo, estiman, buscarán presentar un candidato con un CV nutrido y en lo posible con pasado judicial, tal como es el caso de Molina.

En el Poder Judicial esta Unidad de Aplicación tendrá un condimento especial ya que uno de los aspectos a ob-servar son las supuestas incompatibilidades entre la función y determinadas actividades. En la ley, por ejemplo, hasta se menciona un probable régimen que regule la recepción de obsequios y presentes. En el caso del Poder Ejecutivo el eje será, además de las Declaraciones Juradas, el control de los procesos licitatorios.

El sistema para elegir al titular de la unidad de Aplicación es obvio ya que los magistrados no aceptarían tener un “controller” directamente elegido por el poder político, como sucede en la Legislatura.

En el plano judicial de la Ciudad habrá nuevas posiciones atractivas a cubrir mediante concursos que tendrán lugar en la Magistratura (que tiene un mecanismo más aceitado que el Consejo nacional). Se conoce que, en el segundo semestre, se esperan avances respecto de la creación de una Fiscalía de Investigaciones Administrati-vas que funcione dentro del Ministerio Público porteño.

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Factura electrónica: arranca una nueva etapa

que obliga a los profesionales

La medida entrará en vigencia desde agosto. Desde hace tres años la obligación también era para monotribu-tistas que facturaban entre 240.001 y 600.000 pesos

A partir del 1° de agosto, los prestadores de servicios profesionales inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán comenzar a emitir obligatoriamente factura electrónica, según informó la Administración Fe-deral de Ingresos Públicos (AFIP).

Este requisito ya se encontraba vigente desde hace tres años para la venta de servicios con monotributo catego-ría H y L, que facturan entre $240.001 y $600.000 al año.

Los profesionales enrolados en el Monotributo que facturan entre $240.001 anuales (categoría H) y $600.000 (categoría L) emiten comprobantes electrónicos desde 2011.

La ampliación de la medida rige para la emisión de documentos “A” y “B” que sean facturas, notas de crédito y débito originales. La obligación no incluirá a facturaciones por consumidor final.

Los profesionales dentro del régimen IVA alcanzados desde agosto son de los rubros: reparación y manteni-miento de maquinarias; consultores en informática y software; agencias de noticias y servicios de información; servicios jurídicos y notariales; contabilidad, auditoría y asesoría fiscal; gerenciamiento de empresas; aseso-ramiento, dirección y gestión empresarial; servicios relacionados con la construcción; servicios geológicos; servicios de electrónica y telecomunicaciones; arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnico; publicidad; estudios de mercado y encuestas; obtención y dotación de personal; transporte de caudales; seguridad e in-vestigación; limpieza general de edificios; servicios de envase y empaque; y servicios empresariales en general.

31/07/2014 - www.iprofesional.com

Lavado: la Corte avaló una cautelar que permite a los

contadores no informar operaciones sospechosas

El máximo tribunal mantuvo la postura adoptada por la instancia anterior y rechazó el pedido de la Unidad de Información Financiera. Qué habían dicho los camaristas al momento de dictar su sentencia y cuáles fueron los motivos de la decisión de los altos magistrados

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), declaró inadmisible un recurso extraordinario presentado por la Unidad de Información Financiera (UIF), y dejó firme la medida cautelar que permite que los contado-res no informen operaciones sospechosas de lavado de dinero.

En la sentencia -dada a conocer por Diario Judicial- Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda desestimaron el pedido porque la resolución impugnada no era una sentencia definitiva o equiparable a tal, sino que se trataba del dictado de una medida cautelar de no innovar.

Con anterioridad, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia había impedido la aplicación de la resolución 65/2011 de la UIF, que dispone que estos profesionales sean sujetos obligados a denunciar posi-bles maniobras destinadas a la comisión de delitos relacionados con el lavado de activos.

En esa oportunidad, los jueces Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman opinaron que se daban los requisitos de las medidas cautelares “en la medida en que la normativa que se cuestiona preten-dería transformar a los profesionales de las Ciencias Económicas en ‘informantes de una temática compleja’”. Más “cuando para ello se ha creado -por Ley 25.246- la Unidad de Información Financiera conformada por

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funcionarios en representación del Banco Central de la República Argentina, de la AFIP, de la Comisión Nacio-nal de Valores, un experto en temas relacionados con el lavado de dinero y cinco expertos peNacio-nalistas”, recalcó el fallo.

El Tribunal había razonado que, sin perjuicio de destacar la labor de la Nación contra el lavado de dinero, ello no implica que deba admitirse “la alteración de la delegación de funciones propias e indelegables del Estado, reiterando que los matriculados en Ciencias Económicas no han sido formados para las tareas de investigación que se les impone y mucho menos para la valoración subjetiva de la gravedad o no de la sospecha”.

Con la setentencia del máximo tribunal se mantiene el criterio de que los pronunciamientos que establecen medidas cautelares no pueden ser objeto del recurso extraordinario para ser sometidas a su tratamiento. Inspecciones sorpresa

Sin embargo, el Gobierno nacional potenciará las inspecciones sorpresa a empresas sospechosas de lavar di-nero.

De acuerdo con la información a la que pudo acceder iProfesional, los agentes de la UIF fiscalizarán en persona la implementación de las medidas de prevención de blanqueo por parte de las compañías que se encuentran en la mira.

En caso de detectar fallas en los controles, el organismo a cargo de José Sbattella podrá aplicar multas de hasta diez veces el valor del total de los bienes o fondos en infracción y, complementariamente, iniciar el procedi-miento penal correspondiente.

En primer lugar, los agentes de la UIF tienen que emitir la orden de supervisión, fiscalización e inspección “in situ” en donde se debe individualizar al sujeto obligado detallando su nombre y apellido o razón social, número de CUIT y domicilio, como así también el objeto del operativo y la normativa aplicable.

Durante el procedimiento, todo pedido de información se debe dejar asentado en un acta o nota de requeri-miento. Las mismas deben labrarse, en forma clara y legible, por los inspectores. En ellas tiene que figurar: • La respectiva orden de supervisión, fiscalización e inspección “in situ”.

• La fecha y la hora de la actuación.

• La identificación del sujeto obligado de que se trate y el domicilio donde se desarrolla el operativo.

También deben contar con el detalle de la información o documentación solicitada y, en su caso, indicar el lugar, día y horario en que el sujeto obligado debe poner la misma a disposición de los agentes de la UIF. Asimismo, debe quedar por escrito y en forma detallada la totalidad de las tareas desarrolladas por los agentes intervinientes y las manifestaciones efectuadas por la empresa o el responsable obligado.

Las actas deben llevar la firma de los inspectores actuantes y de quien fuera fiscalizado o el oficial de cumpli-miento, según corresponda.

Con respecto a los deberes y derechos de los agentes del organismo, la reglamentación vigente establece que tendrán que:

• Llevar a cabo el procedimiento ante el sujeto obligado requiriendo la presencia del mismo.

• Cumplir con la inspección procurando concretar, en lo posible en un mismo acto, todas las diligencias que se tengan que realizar con la mayor celeridad y economía procesal.

• Dejar constancia en las respectivas actas del cumplimiento o incumplimiento a los requerimientos efectua-dos; de la negativa del responsable a colaborar con las solicitudes que se le formulen; de la falta de atención por persona responsable alguna; o cualquier otra circunstancia que consideren relevante para el trámite del procedimiento.

• Certificar las copias de la documentación original para su devolución al sujeto bajo la mira. • Efectuar las notificaciones que sean necesarias.

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con las actividades delictivas contra el orden económico y financiero.

Se entiende por “congelamiento administrativo” a la inmovilización de los bienes o dinero, en otros términos, la prohibición de transferencia, conversión, disposición o movimiento de dinero u otros.

Son suceptibles de sufrir estas consecuencias los fondos o activos, cualquiera sea su naturaleza, procedencia y forma de adquisición, así como los documentos o instrumentos que sean constancia de su titularidad o de un interés sobre ellos, fondos o activos y los intereses, dividendos o cualquier otro valor o ingreso que se devengue o sea generado por esos bienes.

Por otra parte, el juez federal que intervenga con motivo del congelamiento dispuesto por la UIF podrá auto-rizar, a petición de parte, la realización de las operaciones en las que se pruebe que los bienes afectados fueran necesarios para afrontar gastos extraordinarios o gastos básicos, entre ellos el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y gastos de agua y electrici-dad, o exclusivamente para pagar honorarios profesionales.

30/07/2014 - www.iprofesional.com

El CEDIN todavía está para dar pelea

De la reunión entre la Cámara Inmobiliaria Argentina y el Jefe de Gabinete, se enumeraron una serie de causas como responsables de la falta de impacto del Cedin. Algunas aclaraciones al respecto. Escribe Cont. Nestor Kreimer

La nota de Reporte Inmobiliario ”Cámaras piden más protagonismo para el Cedin” resulta clara al respecto, siendo el objetivo de la presente focalizar en las implicancias que la UIF (Unidad de Información Financiera) ha tenido en la performance del Cedin.

Sin perjuicio de lo anterior, solo manifestar que a las objeciones y/o sugerencias expuestas en la reunión, de-bería sumarse la invitación al debido acompañamiento de esta iniciativa por parte de los fiscos provinciales y municipales.

El temor derivado de reportar a la UIF las operaciones de blanqueo bajo el régimen normado por la Ley 26.860 (BO: 3-6-13), no tiene fundamento legal que lo justifique.

Una de las principales objeciones manifestadas en la referida reunión, fue la obligación por parte de los bancos – dado el carácter de Sujeto Obligado – de reportar a la UIF cualquier operación que pueda resultar sospechosa de encubrir lavado de activos, narcotráfico o financiación de terrorismo. Los famosos ROS (Reporte de Ope-raciones Sospechosas).

Desde la mirada del banco, entrar al blanqueo vía Cedines los obliga a reportar esa operación ya que así se lo impone una ley preexistente. La Ley N* 25246 (BO: 10-5-00) comúnmente conocida como de “Ley de Lava-do de Dinero” encuadra a los bancos como sujetos obligaLava-dos a reportar a la UIF. Pedirles que no lo hagan, es requerirles que cometan un ilícito, ya que no pueden dejar de generar un ROS por cada operación de Cedin. Más adelante veremos que esto resulta inocuo.

Frente a este panorama el temor derivado de suscribir Cedines, implicó frustrar muchas operaciones donde ya estaban:

- el vendedor y el comprador de un inmueble,

- los dólares billetes con intención de “volver a pistas”,

- la inédita oportunidad de justificarlos a tasa cero (nunca hubo un blanqueo más conveniente en la his-toria fiscal de Argentina),

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- la tranquilidad de contar con la cobertura de una ley votada por el Congreso de la Nación,

- las normas complementarias que “redondeaban” el encuadre frente a otros organismos (Afip, BCRA, etc.),

- la experiencia acumulada a la fecha que permitió validar que “resultó cierto” que el comprador entra al banco con Cedines, y el vendedor – algunas horas después – sale con los dólares billetes en la mano.

Este inicial entusiasmo pasó rápidamente a transformarse en incertidumbres “por lo de la UIF”, lo cual frustró la mayoría de los casos dado que ganó la batalla el “por las dudas, no”, sumado al temor a “quedar en un listado para que después vengan por mí”.

Y así fue que el Cedin no funcionó más allá de haberse logrado un magro volumen de operaciones.

La UIF no puede golpear al Cedin

Este temor no tiene fundamento legal que lo sostenga. De la estricta lectura de la ley 26860, se concluye que ningún ROS que llegue a la UIF podrá derivar en causa judicial o contingencia alguna para quien se encuadre en el blanqueo fiscal de dólares vía Cedines.

Vale recordar que la UIF no tiene poder de policía. Solo se trata de un organismo encargado de “informar”, y cuando algún ROS y a su juicio amerite activar una investigación más profunda, sólo deberá reunir mayores antecedentes para fundamentar el eventual “Informe” a emitir.

¿Pero a quién informa?

La UIF es un organismo autárquico dependiente del Poder Judicial de la Nación, no del Poder Ejecutivo. La Ley que la crea (N* 25246, BO: 10-5-00), indica en su Art. 5º: “Créase la Unidad de Información Financiera (UIF) que funcionará con autonomía y autarquía financiera en jurisdicción del Ministerio de Justicia y Dere-chos Humanos de la Nación, la cual se regirá por las disposiciones de la presente ley”.

Por lo tanto los ROS tienen como potencial impacto final la activación por parte del fiscal actuante (Ministerio Público – Oficina Antilavado), de alguna causa judicial asociada a esa operación.

Pero resulta que:

- El Art. 9 de la ley 26860 detalla los beneficios para quienes blanqueen suscribiendo Cedines. En su inc b) indica que: “Quedan liberados de toda acción civil, comercial y penal tributaria…los responsables por transgresiones que resulten regularizadas bajo el régimen de esta ley…”.

- Esto implica que quien debe promover alguna acción judicial por lavado de dinero (el fiscal antilavado y sobre la base de la información de la UIF), no puede hacerlo dado que así se lo impone la referida ley votada por el Congreso de la Nación.

- Por lo tanto, suscribir Cedines no genera consecuencia alguna derivada de la UIF.

- Lo anterior no solo resulta lícito, sino que libera la “tensión” generada con los bancos ante su obligación de reportar a la UIF (emitir el ROS). Por el contrario, deberíamos decirles: “OK, reporten, pero no se olviden de enfatizar que estos Cedines se originan en blanqueo fiscal”.

- Esto resulta clave ya que la exoneración de las consecuencias solo aplica si esos dólares blanqueados vía Cedin, provienen de omisiones fiscales (evasión) y no del narcotráfico ni de financiación de terrorismo. - Aunque resulte sorprendente, esta manifestación bajo declaración jurada en el formulario del banco interviniente, es suficiente documental para quedar dentro del encuadre legal referido.

- Por último y más allá del juego de palabras, ninguna ley en el futuro podrá penar lo realizado bajo el imperio de una anterior.

Todo lo manifestado implica que en el “aquí y ahora” – y dada la plena vigencia de la ley 26860 – se cuenta con un sólido marco legal para sustentar las afirmaciones vertidas, por lo que peticionar “que el CEDIN sea

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apro-Conclusiones

Debemos seguir peticionando todo aquello que permita mejorar la performance de esta herramienta, de la que no dudamos que podría brindar un claro y medible impacto reactivador en nuestra industria.

Esto es parte de nuestra obligación como actores del mercado, pero debemos hacerlo desde un adecuado aná-lisis de la normativa en vigencia, sobre todo en lo referido a las consecuencias de los reportes a la UIF.

Por último y si bien la presente se orienta a cuestiones técnicas sin la emisión de juicios de valor sobre la mora-lidad de un blanqueo (ninguno lo es), afirmamos que contar con una ley votada por el Congreso de la Nación sumado a las expectativas que podrían derivarse de la reunión del CIA con el Jefe de Gabinete, permiten rea-firmar lo del título: el Cedin todavía está para dar pelea.

Cont. Nestor Kreimer

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