NORMA TÉCNICA
NTC
COLOMBIANA
3229
1991-11-20
ELECTROTECNIA.
CAJAS DE SALIDAS Y ACCESORIOS QUE SE
UTILIZAN EN SITIOS CLASIFICADOS COMO DE
ALTO RIESGO
E: ELECTROTECHNICS. OULET BOXES AND ACCESORIES FOR USE IN HAZARDOUS CLASSIFIED LOCATIONS
CORRESPONDENCIA: esta norma es equivalente (EQV) a la UL 886
DESCRIPTORES: electricidad; equipo de protección; cajas de salida; caja.
I.C.S.: 29.260.10
Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993.
ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo.
La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general.
La NTC 3229 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1991-11-20.
Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales.
A continuación las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico 383904 Artefactos y accesorios eléctricos.
AVE COLOMBIANA CELGAC S.A. COMERLT LTDA. ECOPETROL (ICP) ELECTROLIMA EMAC LTDA.
EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI
ILURAM S.A. INPUT (INV) LUMINEX MERLIN GERIN TECNA LTDA.
ACERIAS PAZ DEL RIO
ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales.
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ELECTROTECNIA.
CAJAS DE SALIDAS Y ACCESORIOS QUE SE UTILIZAN EN SITIOS CLASIFICADOS COMO DE ALTO RIESGO
INTRODUCCIÓN
1. ALCANCE
1.1 Los presentes requisitos se aplican a los accesorios y cajas eléctricas que se deben utilizar en sitios clasificados como altamente riesgosos, de la Clase I, División l, Grupos A, B, C y D y de la Clase II, división l, grupos E, F y G, de acuerdo con la NTC 2050.
1.2 Estos requisitos se aplican en codos con tapa, cajas, accesorios para drenaje o ventilación, selladores cortafuego, uniones universales, conectores de cable, acoples flexibles, accesorios para cables aislados con mineral y accesorios de tipo ajustable, flexible y rígido.
1.3 Los anteriores dispositivos y accesorios cumplen también con los requisitos aplicables en mecanismos similares en sitios corrientes.
1.4 Este requisito se aplica a las cajas de salida y accesorios para áreas peligrosas en las siguientes condiciones atmosféricas:
a) Temperatura ambiente de -25 °C (-13 °F)
b) Concentración de oxígeno no mayor al 21 % en volumen c) Presión barométrica nominal de la atmósfera.
1.5 Un producto que contenga rasgos, características, componentes, materiales, nuevos sistemas, o diferentes a aquellos en uso cuando la norma se desarrolló, y que involucra un riesgo de fuego, choque eléctrico o daño a las personas, se deberá evaluar con el uso de los componentes adicionales apropiados y los requerimientos finales del producto como fueron determinados, para mantener el nivel de seguridad del usuario tal como originalmente fue dado por esta norma.
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2. GENERALIDADES
2.1 Si a continuación de un valor de medición, va uno en otras unidades entre paréntesis, el segundo valor puede ser tan sólo una aproximación. El primero expresado es el requisito.
2.2 Los requisitos aplicables para un terminal de puesta a tierra, dentro de una caja que se pueda utilizar para conexiones de suministro de energía, en campo, en un dispensador de productos petroleros, se especifican en los requisitos de la norma de los dispositivos dispensadores accionados por fuerza para productos de petróleo, UL 87.
2.3 Se asume que cualquier referencia de un código o norma que no lleve una fecha, corresponde a la última edición.
2A. TIPOS DE CAJAS DE ENCERRAMIENTO
2A.1 Un encerramiento deberá cumplir con los requisitos aplicables y especificados en la Tabla 2A.1.
Tabla 2a.1. Tipos de cajas de encerramiento para áreas peligrosas
Tipo NEMA Aplicación Requisitos
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Clase I, división l, grupo A, B, C o D. Uso interior en áreas peligrosas
Clase II, división l, grupos E, F ó G. Uso interior en áreas peligrosas
Numerales 2A.1, 2A.2, 3.1 a 3.3, 4.1 a 4.4, 6.1 a 6.17, 7.1 a 7.3, 8.1 a 8.3 8.5, 9.1 a 9.9, 9.15, 10.1 a 10,4, 11.1, 11.2, 12.1 a 12.3, 13.1 a 13.5, 13.10 a 13.57, 14.1, 14.2 15.1, 15.2, 16.1 a 16.14, 17.1 a 17.3,19.1 a 31.1, 32A.1, 32A.2, 34.1 a 35.13.
Numerales 2A.l, 2A.3, 3.2, 4.1 a 4.4, 6.1, 6.1A, 6.2, 6.18 a 6.22, 7.4 a 7.6, 8.1, 8.2, 8.4, 8.5, 9.10 a 9.15, 10.1 a 10.4, 11.1, 11.2, 12.1, 12.3, 13.1, 13.6 a 13.57, 14.1, 14.2, 15.1, 15.2, 18.1 a 18.5, 19.1 a 31.1, 32A.2, 34.1 a 35.13
2A.2 Una caja de encerramiento que: (1) se ha diseñado para que se utilice en condiciones ambientales, diferentes a las definidas en la Tabla 2a.1; y (2) que tenga una designación del tipo de encerramiento marcada, deberá cumplir con los requisitos aplicables para cada tipo de encerramiento, como se especifica en la norma para cabinas y cajas UL50; por ejemplo tipo 3, 4X ó 6.
2A.3 Un encerramiento tipo NEMA 3, 3R, 3S, 4, 4X, 6 ó 6P se podrá rotular también "A prueba de lluvia" si no le entra agua. El cumplimiento de estos requisitos se deberá determinar a través de los ensayos aplicables en la norma para gabinetes y cajas UL 50.
CONSTRUCCIÓN 3. MATERIALES
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3.2 El cobre no se utilizará para las cajas que se emplean en sitios de la clase I, grupo A. Una aleación de cobre no se deberá utilizar, a menos que este revestida con estaño, níquel u otro revestimiento equivalente, o que por lo menos el cobre tenga un contenido de aleación limitado máximo del 30 %
3.3 Algunos de los factores que se deberán tener en consideración cuando se determine la aceptabilidad de un material no metálico son: (1) resistencia mecánica, (2) resistencia al impacto, (3) propiedades a la absorción de humedad, (4) resistencia a los hongos, (5) combustibilidad, (6) resistencia a las explosiones repetidas, (7) resistencia a los solventes cubiertos por los grupos de áreas clasificadas como peligrosas o grupos bajo consideración, (8) resistencia a la acumulación de cargas electrostáticas y (9) resistencia a la distorsión y al rompimiento por temperaturas a las cuales puede verse sometido el material en las condiciones de uso. Todos estos factores se deberán considerar con respecto al envejecimiento térmico.