Con una periodicidad anual,Derecho y Religiónanaliza monográficamente alguna cuestión relativa a manifestaciones externas de la religión desde una perspectiva estrictamente jurídica.
Cada volumen consta exclusivamente de trabajos doctrinales, siendo su editor el responsable de la selección de los autores encargados de desarrollar los contenidos. La edición, que se hace en colaboración entre Delta Publicaciones y el Instituto Metodológico de Derecho Eclesiástico del Estado (IMDEE), se dirige fundamentalmente a los juristas universitarios y tiene una vocación de presencia internacional, por lo que las lenguas de publicación son, principalmente, el español, portugués e inglés. Derecho y Religión no se solidariza con las opiniones expuestas por los autores en los trabajos publicados.
CHO
ELIGIÓN
Published annually, each edition ofDerecho y Religiónanalyzes an issue related to outward expressions of religion from a strictly legal perspective.
Every volume exclusively consists of doctrinal subjects, with the editor responsible for selecting the authors who will be in charge of developmg the content.
Edited in collaboration with Delta Publicaciones and the Instituto Metodológico de Derecho Eclesiástico (IMDEE), the publication is fundamentally targeted at scholars interested in the juridical aspect of religion and state law.Derecho y Religiónis aimed at an international audience, and as such is published in both English and Spanish. Derecho y Religióndo not share the points of view expressed by the authors in published papers.
Vol. XIII • 2018
DIRECTOR / DIRECTOR IsidoroMartín Sánchez (Univ. Autónoma de Madrid) SUBDIRECTOR / ASSISTANT MANAGER
Marcos González Sánchez (Univ. Autónoma de Madrid) SECRETARIO? SECRETARY
Antonio Sánchez-Bayón (ISEMCO-Univ. Rey Juan Carlos) CONSEJOEDITORIAL?ADV1SORYBOARJ)
Iván C. Ibán (Univ. Complutense de Madrid) Agustín Motilla (Univ. Carlos III de Madrid)
Marco Ventura (Univ. de Siena) Gerhard Robbers (Univ. de Trier) Isabel Aldanondo (Univ. Autónoma de Madrid)
Juan G. Navarro Floria (Univ. Católica Argentina de Buenos Aires) Dcrek H. Davis (Baylor University)
Antonio G. Chizzoniti (Univ. Cattoliea del Sacro Cuore) José Luis Soberanes (Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM)
Alberto R. Coli (Univ. DePaul)
Javier Saldaña Serrano (Instituto de hivestigaciones Jurídicas-UNAM) Scott E. Isaacson (Brigham Young University)
Miguel Rodríguez Blanco (Univ. de Alcalá) Isabel Cano Ruiz (Univ. de Alcalá)
Santiago Cañamares Arribas (Univ. Complutense de Madrid) Salvador Pérez Alvarez (Universidad Nacional de Educación a Distancia)
“Religión, expresión, asociación y privacidad
en la recientejurisprudencia del TEDH”
Santiago Cañamares Arribas
Marcos González Sánchez
(Coordinadores)
DELTA
Con una periodicidad anual,Derecho y Religiónanaliza monográficamente alguna cuestión relativa a manifestaciones externas de la religión desdeunaperspectiva estrictamente jurídica.
Cada volumen consta exclusivamente de trabajos doctrinales, siendo su editor el responsable de la selección de los autores encargados de desarrollar los contenidos. La edición, que se hace en colaboración entre Delta Publicaciones y el Instituto Metodológico de Derecho Eclesiástico del Estado (IMDEE), se dirige fundamentalmente a los juristas universitarios y tieneunavocación de presencia internacional, por lo que las lenguas de publicación son, principalmente, el español,portuguése inglés. Derecho y Religión no se solidariza con las opiniones expuestasporlos autores en los trabajos publicados.
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ELIGIÓN
Published annually, each edition ofDerecho y Religiónanalyzes an issue related to outward expressions of religion from a strictly legal perspective.
Every volume exclusively consists of doctrinal subjects, withtheeditor responsible for selecting the authors who will be in charge of developmg the content.
Edited in collaboration with Delta Publicaciones andtheInstituto Metodológico de Derecho Eclesiástico (IMDEE), the publication is fundamentally targeted at scholars interested in the juridical aspect of religion and state law.Derecho y Religiónis aimed at an international audience, and as such is published in both English and Spanish. Derecho y Religióndo not share the points of view expressed by the authors in published papers.
DIRECTOR! DIRECTOR IsidoroMartínSánchez (Univ. Autónoma de Madrid)
SUBDIRECTOR / ASSTSTANT MANAGER Marcos González Sánchez
(Univ. Autónoma de Madrid) SECRETARIO! SECRETARY
Antonio Sánchez-Bayón (ISEMCO-Univ. ReyJuanCarlos) CONSEJOEDiTORIAL¡ ADVLSORYBOARI)
Iván C. Ibán (Univ. Complutense de Madrid) Agustín Motilla(Univ.Carlos III de Madrid)
MarcoVentura(lJniv. de Siena) GerhardRobbers (Univ.de Trier) Isabel Aldanondo cUniv. Autónoma de Madrid)
JuanG. Navarro Floria (Univ. Católica Argentina de Buenos Aires) Derek H. Davis (Baylor University)
Antonio G. Chizzoniti (Univ. Cattolica del Sacro Cuore) José Luis Soberanes (Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM)
Alberto R. Coil (Univ. DePaul)
Javicr Saldaíia Serrano (Instituto de Investigaciones Juridicas-UNAM) Scott E. lsaacson (Brigham Young University)
Miguel Rodríguez Blanco (Univ. de Alcalá) Isabel CanoRuiz(Univ. de Alcalá)
Santiago Cañamares Arribas (Univ. Complutense de Madrid) Salvador Pérez Alvarez (Universidad Nacional de Educación a Distancia)
Vol. XIII
•
2018
“Religión, expresión, asociación y privacidad
en la recientejurisprudencia del TEDH”
Santiago Cañamares Affibas
Marcos González Sánchez
(Coordinadores)
DELTA
ERECHO
Y
ELIGIÓN
SUMARIO
Presentación 7
Prohibida la reproducción y el almacenamiento total o parcial de SANTIAGO CAÑAMARES ARRIBAS, Universidad Complutense de Madrid
esta obra, tanto de su cubierta como de su interior, no pudién- MARCOS GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Universidad Autónoma de Madrid
dolo hacer por ningún medio, mecánico, electrónico, fotocopia,
vídeo ni de cualquier otro modo, sin el permiso expreso y por Religious Liberty, Gender Identity and a Hierarchy of Rights from Strasburg:
escnto de los autores del copynght.
AUK Perspectiva 11
JAVIER GARCÍA OLIVA, Manchester University
El aborto en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos 25 DERECHO Y RELIGIÓN ISIDORO MARTÍN SÁNCHEZ, Universidad Autónoma de Madrid
Vol. XIII—Año 2018 . . .
Having your cake and eatingit: Human Rights, Religious Freedom and the
Esta Revista está indexada en las siguientes bases de datos: LATINDEX / DICE / DIALNET importance of context 57
ISOC (CCHS-CSIC) / ULRICH S / CIRC / RESH / MIAR / SUMARIS CBUC / IN-RECS! ACNP HELEN HALL, Nottingham Trent University DULCINEA! RI-OPAC! ANVUR! CARHUS PLUS+
Ministros de culto y autonomía confesional en la jurisprudencia del Tribunal
©Derecho y Religión Europeo de Derechos Humanos 69
SANTIAGO CAÑAMARES ARRIBAS, Universidad Complutense de Madrid
ISSN 1887-3243 El derecho de libertad religiosa de los Testigos de Jehová ante el Tribunal
Depósito legal M2.8742007 de Estrasburgo (similares problemasen España) 83
MARCOS GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Universidad Autónoma de Madrid Preimpresión: OutDesign, Publishing Services
La financiación de las confesionesreligiosas: algunas claves en la jurisprudencia Impresion: PnntHouse
de Estrasburgo 107
SILVIA MESEGUER VELASCO, Universidad Complutense de Madrid
Asilo y libertad religiosa en la jurisprudencia española y europea 127 http://www.deltapublicaciones.com/derechoyreligionJ ÁNGEL LÓPEZ-SIDRO LÓPEZ, Universidad de Jaén
A vueltas con el velo: la prohibición del hiyab bajo el paraguas de la neutralidad.. 153
MARÍA MORENO ANTÓN, Universidad Autónoma de Madrid
Docentes de religión: un plus de lealtad y respeto a la marca Iglesia
(TEDH y CIDH) 177
GLORIA MORENO BOTELLA, Universidad Autónoma de Madrid
DERECHO
51LIGIÓN
SUMARIO
Prohibida la reproducción y el almacenamiento total o parcial de esta obra, tanto de su cubierta como de su interior, no pudién dolo hacer por ningún medio, mecánico, electrónico, fotocopia, vídeo ni de cualquier otro modo, sin el permiso expreso y por escrito de los autores del copyright.
DERECHO Y RELIGIÓN
Vol. XIII—Año 2018
Esta Revista está indexada en las siguientes bases de datos: LATJNDEX / DICE / DIALNET ISOC (CCHS-CSIC) / ULRICH’S / CIRC / RESH / MIAR / SUMARIS CBUC / 1N-RECS/ ACNP DULCINEA! RI-OPAC/ ANVUR! CARI-IUS PLUS+
© Derecho y Religión
ISSN 1887-3243
Depósito legal M-2.874-2007
Preimpresión: OutDesign, Publishing Services Impresión: Print House
http://www.deltapublicaciones.comlderechoyreligiOfll
Presentación
SANTIAGO CAÑAMARES ARRIBAS, Universidad Complutense de Madrid MARCOS GONZALEZ SANCHEZ, Universidad Autónoma de Madrid
Religious Liberty, Gender Identity and a Hierarchy of Rights from Strasburg:
A UK Perspectiva
JAVIER GARCÍA OLIVA, Manchester University
El aborto en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
ISIDORO MARTÍN SÁNCHEZ, Universidad Autónoma de Madrid
Having your cake and eating it: Human Rights, Religious Freedom and the
importance of context
HELEN HALL, Nottingham Trent University
Ministros de culto y autonomía confesional en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
SANTIAGO CAÑAMARES ARRIBAS, Universidad Complutense de Madrid
El derecho de libertad religiosa de los Testigos de Jehová ante el Tribunal de Estrasburgo (similares problemas en España)
MARCOS GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Universidad Autónoma de Madrid
La financiación de las confesiones religiosas: algunas claves en la jurisprudencia de Estrasburgo
SILVIA MESEGUER VELASCO, Universidad Complutense de Madrid
Asilo y libertad religiosa en la jurisprudencia española y europea
ÁNGEL LÓPEZ-SIDRO LÓPEZ, Universidad de Jaén
A vueltas con el velo: la prohibición delhiyab bajo el paraguas de la neutralidad.. MARÍA MORENO ANTÓN, Universidad Autónoma de Madrid
Docentes de religión: un plus de lealtad y respeto a la marca Iglesia (TEDH y CIDH)
GLORIA MORENO BOTELLA, Universidad Autónoma de Madrid
7 11 25 57 69 83 107 127 153 177
6 SUMARIO
Acomodación y exención por motivos religiosos en el ámbito escolar. A propósito
PRESENTACIÓN
de una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos 197
RAFAELPALOMINO, Universidad Complutense de Madrid SANTIAGOCAÑAMARESARRIBAS
Universidad Complutense de Madrid
La Objeción de conciencia de nuevo a debate en Estrasburgo. A propósito
de los casos Papavasilakis c. Grecia y Adyan y otros c. Armenia 215 MARCos GONZÁLEZ SÁNCHEZ
BELÉN ZÁRATE RIVERO,Universidad Internacional de Cataluña
Universidad Autónoma de Madrid
MONTSERRAT GAS-AIXENDRI, Universidad Internacional de Cataluña
¡ titulo de la conferencia magistral impartida por el presidente del Tnbunal Europeo de
L.Derechos Humanos [TEDHJ, Guido Raimondi, en el III Seminario conjunto Tribunal Constitucional-Tribunal Supremo, celebrado en la sede del Tribunal Constitucional el 23 de febrero de 2018, fue “Multiculturalidad y margen de apreciación por las jurisdicciones na cionales”. Se trataba de la primera vez que el presidente de este Alto Tribunal visitaba Madrid
desde que asumiera su cargo en noviembre de 2015. Sin duda, es destacable que el tema ele gido estuviera estrechamente conectado con el derecho fundamental de libertad religiosa, lo que demuestra su gran relevancia.
En su conferencia, Raimondi explicó que, aunque la figura de la “multiculturalidad” no se incluye en el Convenio Europeo de Derechos Humanos [CEDH], no por ello está ausente de la jurisprudencia del TEDH. Según el presidente, el pluralismo ya no se refiere solo al ámbito de las opiniones, sino que abarca también el de la diversidad de las identidades culturales,
especialmente después de que, en 2004, la Corte Europea resolviera el caso Gorzeliky otros
c. Polonia, relativo al registro de una asociación integrada por miembros de una minoría ét
nica de ese país. El fenómeno de la multiculturalidad en nuestras sociedades, señaló, requiere para su compresión la interpretación por el TEDH del artículo 8 del CEDH, que garantiza el
derecho a que se respete la vida privada y familiar; el artículo 9, relativo a la libertad religiosa y el artículo 14, que prohíbe la discriminación.
Efectivamente, la riqueza de las sociedades democráticas actuales reside en su diversidad
y resulta fundamental que el TEDH haya mostrado su sensibilidad hacia la que tiene su origen en la religión. Asegurar la convivencia pacífica en las sociedades corresponde a los Estados, los cuales tienen vedado establecer medidas discriminatorias que se basen en motivos religio sos. Hoy, el principal reto de Europa en materia religiosa es gestionar adecuadamente el plu ralismo, fruto de la gran diversidad de creencias detectable entre los Estados que la componen. La inmigración es la causa principal del aumento de la diversidad religiosa en muchos países europeos y la protección de la libertad religiosa y la identidad cultural de los inmigrantes despierta, en ocasiones, ciertos recelos. El Estado ya no puede erigirse en ser defensor de una
única religión, de una sola visión del mundo, sino que su papel central en esta materia ha de consistir justamente en la defensa y promoción de la libertad religiosa que, como derecho
fundamental, poseen igualmente todos los individuos y todas las confesiones religiosas. Desde su creación en 1959, el TEDH ha ido elaborando una jurisprudencia que comprende,
prácticamente, todos los aspectos —tanto individuales como colectivos— integrantes de las
libertades de pensamiento, de conciencia y de religión. Este cuerpo jurisprudencial constituye
hoy en día, sin ninguna duda, el más amplio y exhaustivo acervo elaborado por un órgano jurisdiccional internacional sobre esta materia.
Vid.Nota informativa n°19/2018, de 23 de febrero de 2018, de la Oficina de Prensa delTribunalConstitucional.
DERECHOY RELIGIÓN•Vol. XIII. 2018 DERECHO Y RELIGIÓN
ACOMODACIÓN Y EXENCIÓN POR MOTIVOS RELIGIOSOS
EN EL ÁMBITO ESCOLAR. A PROPÓSITO DE UNA
RECIENTE SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO
DE DERECHOS HUMANOS
RAFAELPALOM1NO*
Catedrático de Derecho Eclesiástico Universidad Complutense de Madrid
Resumen
D
e forma recurrente, en el debate jurídico se cuestiona silos motivos religiosos o de conciencia justifican una excepción a exigencias normativas generales y aparentemente neutrales. El ámbito de los derechos educativos ha sido un área especialmente sensible a este debate, con un balance nada favorable al derecho de libertad religiosa y de conciencia: una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del año 2017 abona dicha conclusión. Este artículo toma ocasión de esa sentencia para analizar las excepciones por motivos religiosos y su aplicación al ámbito educativo. Previamente, la investigación enmarca la sentencia en su ámbito geopolítico y en el contexto de la jurisprudencia del Tribunal de Es trasburgo. Si bien la sentencia podría resultar aceptable desde un punto de vista práctico, no es técnica mente satisfactoria y transmite un mensaje que, ligeramente extrttpolado, pone en peligro la libertad de enseñanza y la libertad religiosa frente al protagonismo estatal en materia educativa.
Palabras clave: derechos educativos; escuela estatal; libertad religiosa; objeción de conciencia; bur
kini; Islam; Suiza.
Abstract
O
uite often in legal discussion it is questioned whether religious exemptions to apparently neutral laws are justified. The field of educational rights has been an area especially sensitive to this debate, with a negative result for freedom of religion or conscience. A recent ruling of the European Court of Human Rights of 2017 endorses this conclusion. This article takes occasion of that ruling to analyze religious exemptions in the educational sphere. Previously, the research frames the ruling in its geo-political context and in the context of the Strasbourg case-law.Thearticle concludes that though this ruling may be acceptable from a practical point of view, it is not technically satisfactory and trans mits a message that, slightly extrapolated, jeopardizes the freedom of education and religious freedom at the expense of higher governmental control of education.Keywords: educational rights; state schools; religious freedom; conscientious objection; burkini; Swit
zerland.
Sumario: 1. Introducción; 2. El supuesto en su entorno jurídico: libertad religiosa en Suiza y cuestiones
presentadas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos; 3. El supuesto objeto de examen; 4. Los perfiles del supuesto en perspectiva comparada; 5. La libertad religiosa ante el TEDH. Leyes neutrales y excepciones exigibles; 6. El ámbito escolar como ‘zona blindada’ frente a las reclamaciones de exen ción o adaptación; 7. El caso Osmanoglu: fundamentos jurídicos y fallo; 8. Conclusiones.
*Fecha de recepción: 27/04/2018. Fecha de aceptación: 06/05/2018.
* Esta investigación forma parte de los trabajos que se desarrollan dentro del Proyecto competitivo
DER2O15-63823-P, “Neutralidad del espacio público: escuela pública y escuela privada”, financiado por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.