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PROGRAMA DE EXPERTOS EN GESTIÓN PÚBLICA

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Academic year: 2021

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PROGRAMA DE EXPERTOS EN GESTIÓN PÚBLICA

Municipio Relevado: Municipalidad de Bahía Blanca

Macro Proceso: Habilitación Municipal de Nuevos Emprendimientos Productivos Industriales.

Procesos:

1 Habilitación de Establecimientos de 1º Categoría 1.1 Precategorización

1.2 .1 Habilitación Municipal (Casos que no Requieren Certificado de Aptitud Ambiental)

1.2. 2 Habilitación Municipal (Casos que Requieren Certificado de Aptitud Ambiental)

2 Habilitación de Establecimientos de 2º Categoría 2.1 Precategorización

2.2 Habilitación Municipal

3 Habilitación de Establecimientos de 3º Categoría 3.1 Precategorización

(2)

Informe del relevamiento TUS

Municipalidad de Bahía Blanca

El día 19 de enero de 2011, a las 8:30 horas, Federico Del Giorgio Solfa y Leonardo A. Fernández Pereira, se presentaron en la Agencia de Desarrollo de la Municipalidad de Bahía Blanca, sita en la calle Alsina N° 370 de la Ciudad de Bahía Blanca, a lo efectos de realizar el relevamiento del proceso de habilitación municipal para emprendimientos productivos.

• Contacto: Lic. Diego Martín. Tel.: (0291) 15-436-3927. E-mail: [email protected].

Con la compañía del Lic. Martín, se realizaron tres reuniones en diferentes dependencias de la municipalidad:

• Departamento de Habilitaciones. División Habilitaciones Industriales y Alimentos, en calle Alsina N° 65. Horario de la reunión: 9:30 horas.

Contacto: Ing. Fabiana Soberón. Tel.: (0291) 459-4000, interno: 2152 E-mail: [email protected]

• Departamento de Saneamiento Ambiental, en calle Vieytes N° 567. Horario de la reunión: 11:45 horas.

Contacto: Tel.: (0291) 455-0976 / 455-4549

E-mail: [email protected], [email protected]

• Departamento de Planeamiento Urbano, en calle Chiclana N° 453. Horario de la reunión: 13:00 horas.

Contactos: Ing. Juan Carlos Belleggia e Ing. Silvana Fabaro. Tel.: (0291) 550-6002, interno: 6072

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Macro Proceso: Habilitación Municipal de Nuevos Emprendimientos Productivos.

1. Proceso de habilitación de establecimientos de 1º Categoría

1.1. Procedimiento: Precategorización

1. La Mesa de Entradas (ME) del Municipio recibe del Emprendedor la Solicitud de Habilitación Municipal1, acompañada de toda la documentación2 pertinente. Se controla la documentación, se carátula el expediente y se lo remite al Departamento de Habilitaciones (DHAB).

2. El DHAB recibe el expediente, analiza el caso del Emprendedor:

2.1. En caso de menor complejidad remite el expediente al Departamento de Planeamiento Urbano (DPU).

2.2. En caso de mayor complejidad remite el expediente al DPU, le solicita por nota a ME el inicio de un nuevo trámite y la caratulación del nuevo expediente de Factibilidad de Uso.

2.2.1. La ME recibe la nota, caratula el expediente y lo remite al DHAB. 2.2.2. El DHAB recibe el expediente y lo remite al DPU.

2.2.3. El DPU, recibe el expediente, analiza y controla la documentación, verifica la ubicación territorial donde se desarrollará la actividad, relaciona la Actividad y Suelo con el Código Urbano Municipal (Decreto-Ley N° 8.912/77

1

Solicitud de Habilitación (Ley N° 11.459 Decreto Reglamentario N° 1.741/96 (ver planilla anexa). 2

Detalle de la Documentación:

- Formulario de Solicitud de Habilitación (por triplicado), con firma certificada por escribano, banco o en

la Oficina de habilitaciones. Formulario Municipal de Industria. Formulario A y B Ley N° 11.459 (descarga de Pagina Web).

- Copia de planos aprobados de obra civil (Si es SIN permiso, incluye Informe Técnico visado por el

Colegio de Profesionales de la Construcción).

- Constancia de Inscripción del CUIT y/o constancia de inscripción en Monotributo - AFIP

- Planilla de Datos Personales (planilla del Municipio).

- Copia de Plano Aprobado conforme a Obra Civil y a Uso, cuando así lo establezca la normativa

vigente para Rubros Complejos.

- Planilla de Activo Fijo discriminado con valores (excluido inmuebles y rodados).

- Copia del Contrato Social inscripto en la Dirección de Personas Jurídicas en caso de tratarse de una

sociedad comercial.

- Fotocopia del Documento de Nacional de Identidad del o los responsables de la razón social.

- Copia de un servicio que acredite el domicilio particular del titular.

- Libre Deuda de la partida del inmueble a habilitar, de la tasa de Seguridad e Higiene y Libre Multa. El

cual se extiende en la Ventanilla Única del Dpto. de habilitaciones al inicio del trámite.

- Sellado Municipal deberá ser abonado en sector de Tesorería, en la Caja habilitada para tal fin.

- Copia de los Documentos de Salud Laboral vigentes, de las personas afectadas a la actividad.

- Copia del Certificado de Control de Vectores.

- Copia de Oblea de Identificación de Matafuegos.

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de Ordenamiento Territorial y Usos de Suelo) y otras reglamentaciones, según la equivalencia3 de Zonas de la Ley N° 11.459.

2.2.3.1. En caso que de que la relación zona/rubro esté predefinido, produce el informe y remite el expediente a la Secretaría de Obras y Servicios (SecOS).

2.2.3.2. En caso que de que la relación zona/rubro no esté predefinido, se remite el expediente al Departamento de Saneamiento Ambiental (DSA).

2.2.3.2.1. El DSA recibe el expediente, asigna un inspector y le remite el expediente.

2.2.3.2.2. El Inspector recibe el expediente, inspecciona y evalúa si el grado de molestia es mayor o menor al definido para esa zona4 y el elabora el Acta, la adjunta al expediente y lo remite al DSA. 2.2.3.2.3. El DSA recibe el expediente, en base al Acta de Inspección, elabora el informe, lo adjunta al expediente y lo remite al DPU.

2.2.3.2.4. El DPU recibe el expediente, produce el informe y remite el expediente a la Secretaría de Obras y Servicios (SecOS).

2.2.4. La SecOS recibe el expediente, emite el Certificado de Zona, lo adjunta al expediente y remite las actuaciones al DPU.

3. El DPU recibe el expediente de precategorización del DHAB. Elabora un informe de uso de suelo, lo adjunta al expediente de Categorización y lo remite al DHAB. Si se tramitó la Factibilidad de Uso, recibe el expediente de la SecOS, desglosa el certificado de Zona, lo adjunta al expediente de Categorización y archiva el expediente de Factibilidad de Uso.5

3

La clasificación de industrias que tiene la Municipalidad de Bahía Blanca es similar a la que tiene la Provincia para radicaciones industriales, tales como: alimentos, bebidas, textiles, industrias químicas, etc. Y en base a esa clasificación, en primer lugar, la Municipalidad a través del Departamento de Planeamiento Urbano, verifica si la actividad está permitida en la zona. La localización, de acuerdo al Decreto N° 8.912/77 es de ordenamiento territorial, y es una facultad que le corresponde al Municipio. El responsable primario del ordenamiento territorial es el municipio, de esta manera cualquier actividad que se pretenda instalar, en primer lugar corresponde verificar si el código lo admite o no y a partir de ahí, continúa el trámite.

Lo que sucede en las industrias, el Departamento de Planeamiento Urbano certifica que eso está permitido, después realiza la equivalencia de zonas por la Ley N° 11.459; y recién a partir de ahí continúa el trámite para la categorización en el OPDS.

4

Esto se da por no estar precisamente especificado el rubro, entonces lo que se hace es asimilarlo a uno existente.

5

Este paso no puede suplantarse, solo el DPU puede anexar al expediente el Certificado de Factibilidad de Zonificación, y no el Emprendedor.

(5)

4. El DHAB recibe el expediente, registra y valida usuario y clave en el sistema OPDS (vía Web). Se remite el expediente al Departamento de Recaudaciones (DREC).

5. El DREC recibe el expediente, informa sobre la verificación y control del pago de la Tasa de Habilitación y remite el expediente al DHAB.

6. El DHAB recibe el expediente, procede a la Precategorización y remite las actuaciones al OPDS.

1.2. Procedimiento: Habilitación Municipal

A. Conecta con Tarea 6 del procedimiento de precategorización de 1º categoría.

1. El Departamento de Habilitaciones (DHAB) recibe el expediente del OPDS, analiza el informe de categorización, comunica al Emprendedor la categoría y otros requisitos específicos a cumplimentar, asigna la inspección y remite el expediente al Inspector de Habilitaciones.

2. El Inspector DHAB, recibe el expediente y procede a constatar las instalaciones del emprendimiento con la documentación técnica presentada, libra el Acta de Inspección, la adjunta al expediente y lo remite al DHAB.

3. El DHAB recibe el expediente, elabora un informe aprobando la inspección, evalúa si el caso requiere Certificado de Aptitud Ambiental (CAA):

3.1. En el caso que no requiera la emisión del CAA6,se remite el expediente al Departamento de Recaudaciones (DREC).

3.2. En el caso que requiera la emisión del CAA, se remite el expediente al Departamento de Saneamiento Ambiental.

3.2.1. El DSA, recibe el expediente, solicita al Emprendedor la documentación7 requerida para la emisión del CAA, asigna un inspector y le remite el expediente.

6

Los establecimientos pertenecientes a la primera categoría que empleen menos de cinco (5) personas como dotación total, incluyendo a todas las categorías laborales y a los propietarios, y que dispongan de una capacidad de generación inferior a los quince (15) HP, si bien deberán ajustarse a las exigencias de la presente ley, estarán exceptuados de obtener la previa Aptitud Ambiental y podrán solicitar la habilitación industrial con sólo brindar un informe “bajo declaración jurada de condiciones de su ubicación y características de su funcionamiento en orden a no afectar al medio ambiente, al personal y a la población”. Ley N° 11.459 Decreto N° 4.371/95.

7

Documentación requerida para el Certificado de Aptitud Ambiental:

1. Nota de Solicitud del Certificado de Aptitud Ambiental, acreditando nombre del titular, razón social y domicilio del establecimiento industrial, datos del representante legal o apoderado (testimonio de los instrumentos legales que lo acrediten), domicilio legal y testimonio del contrato social inscripto, datos que serán exigidos en su totalidad según correspondiere.

(6)

3.2.2. El Inspector DSA inspecciona la zona, constata in situ todo lo documentado, evalúa el impacto ambiental, realiza el Acta de Inspección8, la adjunta y remite el expediente al DSA.

3.2.3. El DSA recibe el expediente, elabora el informe con la redacción del CAA y lo remite a la Secretaría de Gobierno (SecGOB) para su firma.

3.2.4. El Secretario de Gobierno recibe el expediente, firma el CAA y remite el expediente al DSA.

3.2.5. El DSA recibe el expediente, cita al Emprendedor, le informa y le entrega una planilla con el número de complejidad ambiental con la que deberá pagar la tasa correspondiente. Con la constancia de pago, se le entrega el original del CAA. El DSA remite el expediente al DHAB. (e informa a la Subsecretaría de Gestión Ambiental sobre la entrega del CAA).

3.2.6. El DHAB remite el expediente al Departamento de Recaudaciones (DREC).

4. El DREC Recibe el expediente, controla y visa el Libre Deuda9 y remite las actuaciones a la Secretaría de Economía y Hacienda (SecEH).

5. La SecEH recibe el expediente, dicta la Resolución que aprueba la Habilitación Municipal con la firma del titular y se remite al DHAB.

6. El DHAB recibe el expediente, cita al Emprendedor o en su defecto le hace llegar al domicilio, el Certificado de Habilitación Municipal y remite el expediente a Mesa de Entradas.

7. La ME recibe y archiva el expediente.

2. Factibilidad de provisión e informe sobre los consumos máximos estimados de agua, energía eléctrica y gas.

3. Constancia de inicio de trámite de tratamiento y destino de los residuos para la obtención del permiso de vuelco de efluentes líquidos industriales expedido por el organismo con competencia.

4. Memoria descriptiva de los procesos productivos con detalle de cada etapa, donde se consignen los datos referidos a la actividad industrial a desarrollar, ingeniería de procesos, materias primas, insumos, productos a elaborar, subproductos, residuos, emisiones y efluentes a generar y estimación del personal a emplear.

5. Croquis con identificación de los equipos o instalaciones productores de efluentes gaseosos, líquidos, sólidos y/o semisólidos.

6. Descripción de los elementos e instalaciones para la seguridad y la preservación de la salud del personal, como así también para la prevención de accidentes en función de la cantidad de personal y el grado de complejidad y peligrosidad de la actividad industrial a desarrollar.

Toda otra documentación que establezca alguna reglamentación, con el objeto de preservar la seguridad y salud del personal, de la población circundante y del medio ambiente.

8

Se Adjuntan en Anexo 3 y 4 modelos de Actas de Inspección correspondientes. 9

Libre Deuda de: 1.Partida, 2.Contribuyente y 3.Documental (que no existan deudas en el Tribunal de Faltas).

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2. Proceso de habilitación de establecimientos de 2º Categoría

2.1. Procedimiento: Precategorización

1. La Mesa de Entradas (ME) del Municipio recibe del Emprendedor la Solicitud de Habilitación Municipal10, acompañada de toda la documentación11 pertinente. Se controla la documentación, se carátula el expediente y se lo remite al Departamento de Habilitaciones (DHAB).

2. El DHAB recibe el expediente, analiza el caso del Emprendedor:

2.1. En caso de menor complejidad remite el expediente al Departamento de Planeamiento Urbano (DPU).

2.2. En caso de mayor complejidad remite el expediente al DPU, le solicita por nota a ME el inicio de un nuevo trámite y la caratulación del nuevo expediente de Factibilidad de Uso.

2.2.1. La ME recibe la nota, caratula el expediente y lo remite al DHAB. 2.2.2. El DHAB recibe el expediente y lo remite al DPU.

2.2.3. El DPU, recibe el expediente, analiza y controla la documentación, verifica la ubicación territorial donde se desarrollará la actividad, relaciona la Actividad y Suelo con el Código Urbano Municipal (Decreto-Ley N° 8.912/77 de Ordenamiento Territorial y Usos de Suelo) y otras reglamentaciones, según la equivalencia de Zonas de la Ley N° 11.459.

2.2.3.1. En caso que de que la relación zona/rubro esté predefinido, produce el informe y remite el expediente a la Secretaría de Obras y Servicios (SecOS).

2.2.3.2. En caso que de que la relación zona/rubro no esté predefinido, se remite el expediente al Departamento de Saneamiento Ambiental (DSA).

2.2.3.2.1. El DSA recibe el expediente, asigna un inspector y le remite el expediente

2.2.3.2.2. El Inspector recibe el expediente, inspecciona y evalúa si el grado de molestia es mayor o menor al definido para esa zona y el elabora el Acta, la adjunta al expediente y lo remite al DSA. 10 Ibíd. 1. 11 Ibíd. 2.

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2.2.3.2.3. El DSA recibe el expediente, en base al Acta de Inspección, elabora el informe, lo adjunta al expediente y lo remite al DPU.

2.2.3.2.4. El DPU recibe el expediente, produce el informe y remite el expediente a la Secretaría de Obras y Servicios (SecOS).

2.2.4. La SecOS recibe el expediente, emite el Certificado de Zona, lo adjunta al expediente y remite las actuaciones al DPU.

3. El DPU recibe el expediente de precategorización del DHAB. Elabora un informe de uso de suelo, lo adjunta al expediente de Categorización y lo remite al DHAB. Si se tramitó la Factibilidad de Uso, recibe el expediente de la SecOS, desglosa el certificado de Zona, lo adjunta al expediente de Categorización y archiva el expediente de Factibilidad de Uso.

4. El DHAB recibe el expediente, registra y valida usuario y clave en el sistema OPDS (vía Web). Se remite el expediente al Departamento de Recaudaciones (DREC).

5. El DREC recibe el expediente, informa sobre la verificación y control del pago de la Tasa de Habilitación y remite el expediente al DHAB.

6. El DHAB recibe el expediente, procede a la Precategorización y remite las actuaciones al OPDS.

2.2. Procedimiento: Habilitación Municipal

A. Conecta con Tarea 6 del Procedimiento de Precategorización de 2º Categoría.

1. El Departamento de Habilitaciones (DHAB) recibe el expediente del OPDS, analiza el informe de categorización, comunica al Emprendedor la categoría y otros requisitos específicos a cumplimentar, asigna la inspección y remite el expediente al Inspector de Habilitaciones.

2. El Inspector DHAB recibe el expediente y procede a constatar las instalaciones del emprendimiento con la documentación técnica presentada, libra el Acta de Inspección, la adjunta al expediente y lo remite al DHAB.

3. El DHAB recibe el expediente, elabora un informe aprobando la inspección y remite el expediente al Departamento de Saneamiento Ambiental (DSA).

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4. El DSA recibe el expediente, solicita al Emprendedor la documentación requerida12 y el Estudio de Impacto Ambiental (EIA)13, para la emisión del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA). Agregado el EIA, evalúa y asigna una inspección, remite el expediente al Inspector de Saneamiento Ambiental.

5. El Inspector DSA inspecciona la zona, constata in situ todo lo documentado, evalúa el impacto ambiental, controla los permisos14 necesarios según corresponda. De ser necesario, se le requiere al Emprendedor toda otra documentación15 faltante, de acuerdo a la normativa municipal y provincial para cada rubro. Aceptada la zona del emplazamiento productivo, se le exige cumplimento a la normativa complementaria según las particularidades del rubro, realiza el Acta de Inspección, la adjunta y remite el expediente al DSA.

6. El DSA recibe el expediente, elabora el informe con la redacción del CAA, lo adjunta al expediente, y se remite a la Secretaría de Gobierno para su firma.

7. El Secretario de Gobierno recibe el expediente, firma el CAA y remite el expediente a DSA.

8. El DSA recibe el expediente, cita al Emprendedor, le informa y le entrega una planilla con el número de complejidad ambiental con la que deberá pagar la tasa correspondiente. Con la constancia de pago, se le entrega el original del CAA. El DSA remite el expediente al DHAB. (e informa a la Subsecretaría de Gestión Ambiental que sobre la entrega del CAA).

9. El DHAB recibe el expediente, y lo remite al Departamento de Recaudaciones (DREC), para verificación de Deuda.

10. El DREC Recibe el expediente, controla y visa el Libre Deuda16 y remite las actuaciones a la Secretaría de Economía y Hacienda (SecEH).

11. La SecEH, recibe el expediente, dicta la Resolución que aprueba la Habilitación Municipal con la firma del titular y se remite al DHAB.

12. El DHAB recibe el expediente, cita al Emprendedor o en su defecto le hace llegar al domicilio, el Certificado de Habilitación Municipal y remite el expediente a Mesa de Entradas (ME).

13. La ME recibe y archiva el expediente.

12 Ibíd. 7. 13

Realizado por un profesional registrado en el OPDS y visado por el colegio profesional respectivo. 14

Permisos sobre aparatos sometidos a presión, excedentes gaseosos, efluentes líquidos, vectores, analiza ruidos, radiación electromagnética, PCB, residuos, efluentes, humos y olores, etc.

15

Esta documentación, normalmente puede estar relacionada con las temáticas de olor, humo, ruido, emisiones gaseosas, efluentes líquidos, residuos, semisólidos asimilables a domiciliarios o especiales, vectores, aparatos sometidos a presión, combustibles, o tratamiento de material particulado.

16 Ibíd. 9.

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3. Proceso de habilitación de establecimientos de 3º Categoría

3.1. Procedimiento: Precategorización

1. La Mesa de Entradas y Despacho (ME) del Municipio recibe del Emprendedor la Solicitud de Habilitación Municipal17, acompañada de toda la documentación18 pertinente. Se controla la documentación, se carátula el expediente y se lo remite al Departamento de Habilitaciones (DHAB).

2. El DHAB recibe el expediente, analiza el caso del Emprendedor:

2.1. En caso de menor complejidad remite el expediente Departamento de Planeamiento Urbano (DPU).

2.2. En caso de mayor complejidad remite el expediente al DPU y le solicita por nota a la ME el inicio de un nuevo trámite y la caratulación del nuevo expediente de Factibilidad de Uso.

2.2.1. La ME recibe la nota, caratula el expediente y lo remite al DHAB. 2.2.2. El DHAB recibe el expediente y lo remite al DPU.

2.2.3. El DPU, recibe el expediente, analiza y controla la documentación, verifica la ubicación territorial donde se desarrollará la actividad y relaciona la Actividad y Suelo con el Código Urbano Municipal (Decreto-Ley N° 8.912/77 de Ordenamiento Territorial y Usos de Suelo) y otras reglamentaciones, según la equivalencia19 de Zonas de la Ley N° 11.459:

2.2.3.1. En caso que de que la relación zona/rubro esté predefinido, produce el informe y remite el expediente a la Secretaría de Obras y Servicios (SecOS).

2.2.3.2. En caso que de que la relación zona/rubro no esté predefinido, se remite el expediente al Departamento de Saneamiento Ambiental (DSA).

2.2.3.2.1. El DSA recibe el expediente, asigna un inspector y le remite el expediente

2.2.3.2.2. El Inspector recibe el expediente, inspecciona y evalúa si el grado de molestia es mayor o menor al definido para esa zona20 y el elabora el Acta, la adjunta al expediente y lo remite al DSA. 17 Ibíd. 1. 18 Ibíd. 2. 19 Ibíd. 3 20 Ibíd. 4.

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2.2.3.2.3. El DSA recibe el expediente, en base al Acta de Inspección, elabora el informe, lo adjunta al expediente y lo remite al DPU.

2.2.3.2.4. El DPU recibe el expediente, produce el informe y remite el expediente a la Secretaría de Obras y Servicios (SecOS).

2.2.4. La SecOS recibe el expediente, emite el Certificado de Zona, lo adjunta al expediente y remite las actuaciones al DPU.

3. El DPU recibe el expediente de precategorización del DHAB. Elabora un informe de uso de suelo, lo adjunta al expediente de Categorización y lo remite al DHAB21. Si se tramitó la Factibilidad de Uso, recibe el expediente de la SecOS, desglosa el Certificado de Zona, lo adjunta al expediente de Categorización y archiva el expediente de Factibilidad de Uso.

4. El DHAB recibe el expediente, registra y valida usuario y clave en el sistema OPDS (vía Web). Se remite el expediente al Departamento de Recaudaciones (DREC).

5. El DREC recibe el expediente, informa sobre la verificación y control del pago de la Tasa de Habilitación y remite el expediente al DHAB.

6. El DHAB recibe el expediente, procede a la Precategorización y remite las actuaciones al OPDS.

3.2. Procedimiento: Habilitación Municipal 22

1. La Mesa de Entradas (ME) del Municipio recibe del Emprendedor la Solicitud de Habilitación Municipal23, acompañada de toda la documentación24 pertinente.

21 Ibíd.5 22

Cuando el OPDS clasifica en 3° Categoría el expediente no regresa al Departamento de Habilitaciones, sino que permanece en OPDS. Puede eventualmente retornar a la Municipalidad de Bahía Blanca pero al Comité Técnico Ejecutivo, a pedido del OPDS para que realicen alguna inspección, o algún tipo de constatación, pudiendo en algunos casos ser solicitado por el Ente contralor específico (normado por otra Ley de la industria en atribuciones del poder de policía que se mantienen sobre las industrias). Por lo tanto, el expediente solo puede retornar por cuestiones de control o de alteración en el impacto ambiental, es decir por situaciones de Control y no de Trámite.

Si bien es poco frecuente que el Emprendimiento clasificado en 3° Categoría solicite la Habilitación Municipal, eventualmente por razones de inscripción como proveedor del estado, o como proveedor en licitaciones en el extranjero, o por diversos motivos, la Municipalidad inicia un nuevo trámite, con distinto número de expediente al Original. Solicitando nuevamente gran parte de los requisitos presentados previamente por el Emprendedor.

23 Ibíd. 1. 24

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Controla la documentación, carátula un nuevo expediente y lo remite al Departamento de Habilitaciones (DHAB).

2. El DHAB recibe el expediente, solicita al Emprendedor que adjunte los planos aprobados del inmueble y el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) emitido por OPDS. Una vez cumplimentados todos los requisitos, remite el expediente al Departamento de Recaudación (DREC), para verificación de Deuda.

3. El DREC recibe el expediente, controla y visa el Libre Deuda25 y remite las actuaciones a la Secretaría de Economía y Hacienda (SecEH).

4. La SecEH, recibe el expediente, dicta la Resolución que aprueba la Habilitación Municipal con la firma del titular y se remite al DHAB.

5. El DHAB recibe el expediente, cita al Emprendedor o en su defecto le hace llegar al domicilio, el Certificado de Habilitación Municipal con fecha de vencimiento correspondiente a la fecha de vencimiento del CAA y remite el expediente a Mesa de Entradas (ME) para su archivo.

6. La ME recibe y archiva el expediente.

Conclusión:

Luego de la entrevista con el referente del municipio, se acordó el envío del presente informe con el objetivo de validar y/o rectificar los procedimientos relevados. A su vez, el referente quedó en canalizar las dudas que pudieran surgir al momento de la documentación del informe y proceso.

De las diferentes entrevistas, se evidenció la importancia que tiene el asesoramiento a los emprendedores, previos a la presentación formal del pedido de habilitación y categorización. Estas relaciones de consulta informales, vienen siendo determinantes para adquirir la habilitación municipal en tiempo y forma, que incluyen además las certificaciones correspondientes de localización, aptitud ambiental (para el caso de las categorías 1 y 2.

Además, se obtuvieron distintas informaciones que podrían resultar de interés como por ejemplo: ubicaciones de cada una de las áreas y/o Departamentos intervinientes en el proceso, planillas y formularios, y tratamientos extraordinarios de algunos particulares expedientes de habilitación.

25 Ibíd. 9.

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Las entrevistas mantenidas en la División Habilitaciones Industriales y Alimentos del Departamento de Habilitaciones, Departamento de Saneamiento Ambiental y el Departamento de Planeamiento Urbano, tuvieron duraciones de 94, 36 y 42 minutos respectivamente, durante las cuales se destacó la buena predisposición en proporcionar toda la información requerida y el interés por el Programa TUS por parte de los referentes.

Finalmente, cabe aclarar que quedará pendiente para después del intercambio de información y la validación del proceso por parte del referente la presentación del documento final.

Federico Del Giorgio Solfa

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