GACE TA
MUNICIPAL
DE BARCELONA
Año Xli
23
de febrero
de
1925
Núm. 7SESIÓN
DEL
A
YUNT
AMIENTO
Los días 16, 17, 18, 19, 20 y 21 del actual reuuióse el Ayuutamíeulo pleno en sesión pública ordi:naria. Presi-di6 las sesiones el Excm o. Sr. Alcalde, Barón de Viver, a e..xcepci6u de Ja celebrada el día 20, en la cua! ocup6 Ja Pre.<;idencia el Iltre. Sr. Primer Teniente de Alcalde don José Pons6. Asistieron todos los lltres. Sres. Te-uientes dc Alcalde y Concejales, excepto los que des-pués sc seüalau. El dfa 16 dejarou de asistir los ilustres señores don Adolfo Fournier y don T_,aureano de Peray; el dfa 17, don Adolfo Fournier, don Enrique de Heriz, don Bucn:wcni.nra Marcet, don Marceliuo Martino, clou Lanrcano de Pcray, clou Josl! Riera ·y don José Soler y Roig ; el dia 18, clon Adolío Fouruier, do.u José M. • Mala, don Ric<trelo Nadal, don Laureano de Peray y don José Riera; el cl{a 19, don Francisco de P. Nebot, don Adolfo Fournier, clon Firmo dc Casanova, don José M." Mata, don Rlc:ardo Nadal, dou Laureano de Peray y don Joaquín Tintoré; el dia 20, don Francisco de P. Nebot, don Ramón Llopart, clon Manuel Alvarez, don Ezequiel Dauner, don Francisco Lacambra, don Bue-naventura Marcet, clon José l\1.3 Mata, don Ricardo Nadal y don Laureano de Peray, y el dia 2r, don Fran-cisco de P. Nebot, don Marcelioo Bayer, don Juan llouell, don Firmo de Casanova, don Ezequiel Dauner, don Sebastian Garcia Faria, don Andrés Garriga, don Enriquc dc Heriz, don Francisco Lacambra, clon Joa-quín Llansó, don Daniel Marfn, don l\larcelino 1\far-tino, don Ricardo Nadal, don Laureano de Peray, don Claudio dc Rialp, don José Riera, don Faustino Simó y don Joaquiu Tintoré.
Se adoptaron los signientes acuerdos :
~n Ja primera sesión se aprobaron las actas de. la rcuuiÓll ordinaria del dia 17 de julío de I924 y las dc las dos cxtraordiuaria;; del propio Pleno celebradas los elias 6 y 15 del mes dc scptiembre próximo pasado. En las scsiones signici1tes se aprobaron, r-espcctiva-mente, las actas dc las antcriores.
- Concedcr un voto de gracias a Ja Escuela de Ar-quitectura por la generosidad con que había cedido al Ayuntamicnto un plau de ornameutaci6u de la plaza de Cataluiía.
- A propucsta de la Prcsidencia, y ratificando el acuerdo tomado por la Comisi6n 1\Iunicipal Permanen-te, se acordó haccr constar en acta el sentimiento de la Corporat'ión municipal por Ja muerte de Ja Yirtuosa scñora doña Dorotea Rius, viuda de Rius y Taulet, digna compaiíera del primer ~!arqués de Olérdola, pa-t:ricio ilustre a qnieu lanto dcbc Barcelona, y suspeoder, a iniciativa del Iltre. Sr. Martí y Ventosa, por cinco mi-nutos, la sesi6n en seña! de duelo, tenieudo en cueuta la ''alfa dc lan csclarecida dama.
- Otorgar un voto dc gracias al Iltre. Sr. D. San-tiago de la Riva con motivo del extraordinario trabajo c¡uc ha reali7..ndo al confeccionar el dictamen sobre la reglamentación del scrvicio púbHco de antotaxis.
- Proccder a la provisi6u dc cargos vacantes y al uombramienlo clc Comisiones y Delegaciones, Jas cua-Ics han qucdado constituldas tal como se publicau en la scccióu l'aria de cste mismo número (pag. 131).
DESPACHO OFICIAL
Darsc por enterado dc un oficio del Iltre. Sr. Te-uieute de Alcalde clon Antonio Zamora presentando la dimisión del expresado cargo.
- Entcrarsc dc la dimisión de don José A. Balcells del cargo dc Concejal jurado. Dióse cuenta de Ull tele-grama de dicho scñor manifestaudo haber tomado po-sesi6n del cargo de Gobernador ciYil de Cuenca, acor-daudosc llacer constar en acta la satisfaccióu del Con -sistodo, y que sc conteste al rcfcrido despacho mani-festamlo que el Ayuntamiento en pleno se había eute-rudo con satisracción del hccho de haberse posesiouado de sn uucvo alto cargo, y trausmitiéndole, al propio tiempo, u u sa Iu do cariüoso cou el deseo de que en el nuevo comctido e¡uc sc. !e co11fiere teuga el acierto que ha dcmostrado en cslc Ayunlamiento.
- Enlcrarsc con satisfacción de los siguientes oficios del Cobicrno civil :
Ra-G A C ET A :\I U ~I C I P ,\ L D E B ,\ R CEL O 'NA
faci del Rlo, don Luis Damiaus, don Joaquín Llansó, don Cclcstino Ramón y don Francisco de P. Xebot.
Olro, mauifcslando que no habiendo sido posible nJ scñor Llansó aceptar el cargo de séptimo Teuienle de Alcalde, acordaba dejar sin efccto su desiguación y nombraha para substituirle a don Octariano Xavarro. (Sc. acord6, por lo que respecta a la renuncia del señor Llansó, el c.ntcrado con sentimieuto, y con satisfacción 11 nicnml.'ntc en lo que se refiere a la designación del seii0r Navarro.)
Otro, nombrando Tenicntes de Alcalde a los ilustres sciiorcs clon Mnuuel Jnncadella y don Enrique Barric. Otro, dcsiguamlo, para el cargo dc Concejal, a los señ01:es don Laurean1) de Peray, don Mariano Martí y Vcutosa, clou Firmo dc Casanova, don José Gay, don Anclrés Carriga y don Lttis de Dalmases.
- Darsc ])Or cntcrano de llos oficjos del mismo Go-bicrno civil decrctat1do el cesc de Jos litres. Sres. Te-JlÍcntcs de Alcalde don Julln ~nalart y don Fernando Tallada y del Concejal don Francisco Balaña.
- lJarsc por cnlcrado de otro oficio del propio Go-bit·mo commlicnndo haber prcstado la aprobacióu a la tltsiguaci6n, con can'lcter accidental, del ilustre se-ilor don Santiago de la Riva para el cargo de Yocal dc la Juntn dc Casas Baratas.
- Ratificar el acuerdo de la Comisión i\lunicipal Pcrmancntc, de 28 de enero último, rescindiendo el con-cicrio que, para Ja exacción del arbitrio de pescado, tcnía coucerlado con los señores Xmnpeny y Esca-yola, a nombre cic la disuclta Federación de Veudcdorcs dc Pcscado, babiendo impugnado los interesados el acucnlo dc rcfcrencia por entender que escapaba a sn compctcncia por mzón dc plazo.
- J,cyósc Ull oficio de la Alcaldia, del tenor literal signicnte: •La Dckgación de Hacienda en esta pro-viucia, cou fccha I.0 dc abril del año últhlJO, comunicó a csla lllcalcl!a el acuérdo cu c¡ue revocó Ja ¡·csohtcjón dc· cste Aynntamit!nto (Junta Municipal de Solares), por la que sc tlcclaraba SLLjet.os al arbitrio sobre sola-res edificables a los tle propiedad de don Bartolomé Roviroln, silos en las calles de At·agón, Llansa, Va-Jr:ncia y Vilamar{, de cste término mw!lcipaJ, y que, por cnck, no estaban sujetos al aludido arbitrio dichos solares, por cnauto en ellos exisHan éonstrucciones que c~timaba como cdilicios en el sentido que a las misruas asignn el llrt. 21 de la Iustrucción para la realización dc los trabajos del Catastro de la riqueza urbana de 10 dc scpticmbrc dc 1917 ; añadiendo que, contra el iudicado acuerdo, cahía el recurso de al2ada ante la Di-rcccióu General dc Propiedades e Impuestos en el plazo dc quiucc días. - Y la Comisión ~Iunicipal Permaucntc, considcrando altameute lesiva para los intereses del Ayuntamieuto la aludída resolución de Ja Delegación dc Ilacicnda rk esta provincia, por el preccdentc que sícula, para todos los solares en que se construya, si-quiera barracas de rnadera transportables, para csti-marlos, por cste solo bccho, excluidos del arbitrio sobre solares ediñcnblcs, anulanclo de este modo un arpitrio tlel que !'iC prcsuponc en el Presup11csto ordin~ario uu n!lldilnicnto anual de 763,000 ptas., y atenditla la nr-gcucia dd cllso r¡uc uo permitia esperar Ja rcunión !iel Plclw dc cslc AyuntamicJJto, por la perentorieclacl del plazo clc quince elias que para recuJTir co1l<:ede la J,cy, en scsi6u del cHa 13 dc abril del año último acordó in-tcrponcr n:curso dc alzada aule el Tribunal Gubernativo
del Ministcrio dc Hacienda, eu apelación del transcrito acucrdo de Ja Delegación de Hacienda de esta provin-cia. = Lo que, en culnpliruiento de lo dispuesto en el art. 156 del Estatuto municipal vigente, tengo el honor de somctcr al couocimiento de V. E.• (Se acordó rati-ficar el acucrdo dc la Comisión :Yiunicipal Permanente que expresa esta comunicación.)
SECCJON
DE GOBERNACION
PERSONAL
Fijar la edad clc setenta años para la jubilatióu for-l'.osa dc los f1mcionarlos municipales, por analogia con lo prcccpt.uado para los secretarios de Ayunlamiento en c1 art. 44 del Reglamento publicado por R. D. de 23 dc agosto último; entcndiéndose que dicha edad se fija únicamculc para los cmplcados técnicos y los admiuis-trativos que presten scrvicio eu oficinas.
- Aclarar las prescripciones que regulau la¡; pensio-JICS y socorros a las viudas y huérfanos de los empleados municipalcs, aprobadas cu 9 de junio de 1903, en el sen-tido dc que vcngan comprendidos en dicho beneficio los funcionaries excedentes.
- Destituir del cargo de escribiente a don Claudio Pedrola, como comprendido en el caso 8.0 del art. 125 clcl vigcnle Reglamento de funcionaries de cste Ayun-tamicnto.
- Disponcr que, a partir de la adopción de este fll'UCrdo, lodos Jos funciouarios que }leyen mas de veintc aüos dc scrvicio cu el mismo cargo y categoria, al ascen-clcr, continúcn pcrcibicndo los aumentos gracluales que tlisfrulllll adcmas del haber tlcl nttevo car¡~o, siempr~ que en su cxpcdicntc personal no conste nota alguna dc~favorab lc.
- 1utcrin el Aynntamienlo no hay.a adaptado al llltcvo Reglamento de Empleados, publicado por R. D. <lc 23 dc agosto último, el que debera regir para los funcionarios de esta Corporación, dejar en suspenso la aplicación del Reglamento de 1902 y reglas de 9 dc noviembrc de t9Q6 por lo que se refiere' a nombramiento de personal, como, asimismo, el acuerdo primero de los complcmentarios aprobados con el Presupuesto vi-gentc, y, en su consccuencia, eximir al ilustre señor Sccrctarlò y al seüor interventor municipal de las rcs-ponsabilidadcs que, eu el enarto de dichos acuerdos complemcntarios, se les impone, y que los uorubra-micnlos que deban hacerse, basta la aprobación del nucvo Reglamento, se provean con arreglo a lo dispuesto en el Eslatuto municipal y en el Reglamento de Em-plcados publicado por R. D. de 23 de agosto último. (Sc aprobó nua adición del Iltre. Sr. Garcia Faria en el scutido dc que se dejen subsistentes los nombra-m ien tos rea lizados.)
- Desestimar la petición de don Juan Oliveras Fisas solicitaudo, como oficial segw1do ex.cedente, gue se lc designe pnm ocupar cnalquiera de las plazas vacantes, auu cua11clo sea de inferior categoría, y qnc·se esté a lo acordado por el Excmo. Ayuntamiento. en 9 de agosto dc 1906, en que, en virtud del C..'{pedientc iustru1do al c[cclo, fué destituído dicho señor eu el cargo dc oficial seguado, sccrelario dc la Teneucia de Alcaldía del dis-trito VIII.
G AC ET A ~r UK I C ll' .-\ L U E BAR CEL O)\ A 99
sesenta y siete años de edad, lleven mas de veinte aiios dc scrvicios y no estén en condiciones de continuar pres-tan~lo ~u cometido, según i11forme de su jefe respectiva, del director del Instilnlo l\hmieipal de Benetice11CÏa y dc olros facu1tativos òcl propio Instituto, sean jubi-lados con arreglo a las bases aprobadas en Consistorio eu r2 dc julio de Tg2o; 2.0 Que los tmpleados y obre-ros municipales que no lle\·cu \'einte años de sen·icios y scan inserYibles para el trabajo, por causa de enfer-mcdad crónica, según i11formc dc su jefe respectiv(' y de los facultatives antes mencionados, se les jubile o pcu:;iou~ con aneglo a la signicnte escala: A los que llc\·en
mas
de quince aiios y mcnos de veinte de servi-clos se les abone la tercera parte clel sueldo o baber ((IIC actualmeute llisfrutan. A los que lleven mas de clicz y menos de quü1ce dc servicios se les abone la cuarta parte del sucltlo o habcr que actualroCllte clis-frutan. A los que lleven mas de cinco- y menos de diez aiios dc servicios sc les abone la quinta parle del suel-clo o baber que actualmcutc disfrutan. Y a los que lleven mas de dos y menos dc cinco aüos de sen·icios se Ics tlcclare cesantes, abomí.ndoles uu socorro, por una sola ,·ez, de importe media anualidad del sueldo o habcr que actualmente disfnttan, y 3.0 Que lo propuesto en el sl'gnndo ex.tremo se entiemla de caracter e..xcepcional, y sill que· en lo sucesi vo pnccll'l servir çlc precedentc.BENEFICE~CIA
Dióse cuenta del proyccto, sancionado por la Comi-sión 1Iuuicipal Permanente, eu sesióu de 19 de agosto de 1924, encaminada a c\"Ïtar que \'ayan a prestar ser-dcio como mozos praclicautes de DispCllsario persouas que no reuna11 la preparación uccesaria para asistir a cnfermos y hericlos, así como para la limpieza y cuidado dc los instrumentos y materialc::¡ dc los Dispeusarios, pt'oyecto que esta còncebitlo en los signientes ténni-nos: •I.0 Las yacantes que actualmcute existen y las que ocurran en lo succsi\'o sc proveerf1t1, a ser posiblc, entre enfermeros que bayan prestado sus serYicios en los Hospitales y Casas de Socorro o Clínicas quirúr-~icas de reconocida importancia, pudiendo, tambiéu, concurrir a los concursos que sc abrau, para la proYi-sión de las plazas, los practicantes con título, librado por alguna de las Facultades de l\lcdiciua del Reü10, y sólo en el caso dc que no sc presenteu aspirantes que rcnuicseu las condiciones antes indicadas seran admi-ticlos, para ocupar Jas vacanlcs, los empleades immici-pnles u ob:·as personas l'Xtraíias <tl i\tfunic1pio. = 2.0 La provisión de las vacautes sc realizaní. por medio de un concurso, que se anunciara por un plazo de un mes y se fijara eu las Casas Consistoriales, en Ja Facultad dc )lcdicina, en todos los tablon~s de edictos de los Hos-pitalcs de Ja ciudad, asl como eu las casas. de Socorro y demas D:ispeusarios munidpalcR. Se solicitara tam-bién la publícacióu del anuncio eu las Revistas médi-t•as y en los periódicos dc Ja localidad.
=
Los aspiraules, adcmas dc saber lc:cr y ~scribir y reunir condiciones físicas y morales para el cargo, dcbcnht--acrcditar, los que se ballen eu este caso, que han prestado sus servi-dos eu alguno de los Hospilalcs o Casas de Socorro, por mcdio de un certificada cxpcdido por el director o jcfc del cstab1ecimiento respectiva, o bien que se ballau ·en posesióu del grado de practicautc, que se acreditara'.
100 GACETA :MUNICIPAL DE TIARCELO~A
s~.:ra el que rcsuch·a, eleYando el oportuno dictamen a la aprobación <lc la Comisión )!unicipal Pcnuauente, asesoraclo por el director del Instituto )!unicipal dc Hcncficencia u otro funcionarjo competente que el Dele-gado crc·a neccsario. = 6.0 Los aspirantes seran some -tidos a algún ejcrcicio practico, con el fin de comprobar que lit·ncn uocioncs dc asepsia, conocen la técuica de aplicar un apósito y vcodajc y el traslado de enfennos
y hcriclos, al igual que las maniobras de prcparación para Ull acto opcratorio.
=
7.0 Los mozos que sc nom-bren lo scr{lll cou caradcr interino duraute tres mescs ; sí durautc cstc plazo no hubieseu cometiclo alguua falta que, a juicio del directqr médic.o del Dispeusario o de la A lealtlia, impidiera la co~üiuuación en el c.argo, sera confirmaclo ~mtomaticamente.=
8." Scra considerada como condició11 prcfcrcnte el que el aspirante conozca Jas practicns <lc auestcsia cloroíórmica. = g.o Al mllln-cinr la convocatoria para el concurso se indicarú, ade-ma'i <.!el sucklo que el iuleresado disfrutara, las dcmas vcntajas que pucda teuer, asi como el dia y hora en lJU" lo:-; aspiranlcs_ dcbcr{m acudir a las Casas Consisto-rialcs para sufrir el examen practico. • Fué dcsechada una enmienda, subscrita por el litre. Sr. García Faria, pam que, dc Ja base primera se supriman las palabras •a Sl'r posiblc•, y que a la base séptin1a, dcspués dc !us palabras •cometido alguna falta•, sc añadau Ja:-; si -g-uicnlc:-; : rlo que dcbera acreditarse en el cxpcclicntc que se forme•, continuanclo el resto de la base.)- Nombrar a don Buenavenhua Valentí Camp para ocupar Ja plaza dc mozo de la Casa de Maternología que dejó vacante èll la plantilla definitiva don ~arciso Mctjc, con el habcr de 56 ptas. semanales. (Acuerclo dc 1:\ Comi:-;ióa Municipal Permaucnte dc 7-x-24.)
- Disponer, con el fin de desva;necer algunas dudas, y hacer llHÍS aplicable el Reglamento actual sobre
Pom-pas fúnebres, que el impotte q11e correspoudc a los coche;; de la Cnsa Proviucial de Caridad no debe tribu-tar nl Ayunlajuiento, y, por ello, no debe figurar eu
la Jactm·a que 'sirve de base para el pago al mismo, lod<t vcz C]\IC, ~egúu el art. 2.0 del Reglamento, el refe-rldo cstablecimicuto tiene encomeudada la prestación del scrvicio de conducción de cadaveres dada su índo-le dc e~lablechnicnto dc Heneficeucia; que el art. 70 del vigci1tc Reglamento quede redactada en esta forma : • El Ayuntamieuto podra retirar la autorización couce-dicla para el ejercicio de la industria de qn~ sc trata cuando el propio industrial, o alguna de sus depenclien-lL'S por ordcu comprobada de aquél, hubiese comctido lli ta prcstacióu del servicio delito o falta que moti-Y:lrc una condena por parte de Jos Tribunales dc Jus-tícia•, y que los industrialcs que tieuen y los que ten-gatt pcrmiso para el cjercicio de la -industria de Pompas fúnebres qnedcn autorizados para tomar a su cargo los scrvicios complcmcntarios que ·Jas familias Ics eu-comicnrlen (como esquelas, coronas, etc.), con la ob
li-g-:tcióa dc continuar en Ja factura que presenteu al Aynulamicnto para su liquidación el_ro por 100 del scrvic:io, que e~ lo que se cnticnde como beneficio de la cm presa, para que tribute eon las dem
as
partida:; dc la factura lo que corrcsponda seg(m Reglamento. (At'ucrclo C. M. P. r8-xr-24 .. )Cou objeto de evitar l)OSibles abusos y competcn-eius cnlrc las empresas que tienen permiso para la pres-tación dc los ser\'icios dc Pompas fúnebres, disponcr que el art. 39 del Reglamento vigeute para aquellos
scn,icios quede redactado en la siguiente forma : •No pucdcn las cmprcsas ofrecer sus sen'icios a las familias antes uc recibir aviso de éstas. Tampoco podran abonar ni ofrecer, directa ni indirectamente, cantidades o sub-venciones por la obtcnción de los sen;cios. La infrac -ción comprobada, de cualquiera de Jas prescripcioncs dc cstc arllcnlo, se reptttara falta grave, que implicara, p:~ra el iu[ractor, la cesacióu inmediata en la presta-ci6u dc los servicios de Pompas fúnebres y nulidad del pcrmiso coueedido.» (Aeuerdo C. l\I. P. g-xrr-24.)
CEMENTERIOS
En ntenci6u a los bm,1auitarios fi11es que pcrsiguc Ja ARsociation Géuérale Française des Mutilés, Refor-més et Ancicns Combaf:tauts de guen:e résidant en Espaguc de construir, eu el terreno n.0 19 dc la vía dc $au Jaimc, ngrupación octava del Cementerio del sudoL-stc, un monumcnto que guarde los restos de fran-ceses y cspaüoles que sucumbieron en la gran guerra y la perpetua memoda de los héroes, y teniendo eu cucnta que el Ayunlamieuto ya coneedió el terreuo para et emplazamiento, otorgar, a la referida entidad, la condonación dc los derechos de permiso para cons-tmir el mouumcnto que interesa, con lo cual la coope-ración del Ayuutamiento a tan humauitaria obra sera completa. (Acuerdo C. l\1. P. 2-xn-24.)
- Nombrar a don Juau Prats Guardia para cubrir Ja Yacantc dc sepulturero existcnte, con el jornal dc 65 pcsctas semanalcs. (Acuerdo C. M. P. 13-1-25.)
- Efectuar, pttra cubrir nua pla7..a de vigilantc noc-tmuo dc Cemeuterios, proclucída por defunción de don Estcbun Sar1cho, y sus rcsultantes, los siguientcs nom-bramicutos : Vigilante diurno al que es nocturna mas antiguo, clon José Braucllart Agut; vigilaute nocturno cícetivo al que es suplente de la misma: clasc, don José Sampcr Ruiz ; suplcnte de vigilante noctltrno al sc-pulturoro que iglialmente le corresponcle por autigüc-llatl, tlon Ferlli'llldo Escartín Solauot, y para la va-cante proclucida por el ascenso de cstc último, desig-nar scpulturcro a don Estebau Garulo Labarda. (Acucr-do C. 1\I. P. 3-11-:25.)
SECC
iúN
DE
HACIENDA
ABASTOS
Destinar, en el Mercado Central de Pescado, Jas ca-sitlas
n.•
I y 2, así como los demas espacios disponibles, a la venta libre, para que en elias puedan los consig-natarios, armadores o particulares que lo soliciten ex-vendcr al por mayor pescado en condiciones ventajosas para el consumidor. Estas concesioues seran otorgadas con caràcter provisiona 1, podran ser retiradas en cual-quicr rnome11to por el Ayuutamiento sin dcrecho, por part.c cic los ocupantcs, a t·eclamación alguna a las per-!io1las i11clicadas auteriormente qu.e mayores ventajas orrczcan, mccliaute el pago del canon n1ensual de 150GACETA i\IUKICIPAL DE B.-\RCHLO~.\. 101
prunero, en lanto no se resuelva otra cosa. (Acuerdo
c.
:M. P. de 3-vr-24.)_ Aprobar el acta del Tribunal de los ejerctctos efectuades para cubrir tres Yacantes de matarife que existen en las Brigaclas de matanza, y designar para los indicados cargos, en virtud de la propuesta del refe-rido Tribunal, a clon José Vilagrasa Fortea pam la de Ja de ganado !anar, a clou 1\fariauo Floríach para la de vacuno y a don Felipc Tapias Mitjavila para la dc cercla, y para cubrir las vacantes de aprendiz de primera que se prodncen, por razón dc los anteriores ascensos, nombrar a don Juan Canari, don Juau Pastalló y don Ecluardo Esteve Batalla, y para las hes vacautes de apreudiz de segunda, que se ocasionau con motivo de )os antcriorcs ascensos, designar a don Juan Fuster Grau, don Jaime Esmauclía Malla y don Ramón
Lo5-huertos Doménech. (Acucrdo C. M. P. xz-vm-24.)- En méritos del concurso cclebrado al efecto, de-signar a don Manuel Ferrer Duran para cubrir la plaza, de nueva crcaci6u, de inspector de trabajos de repara-rióu en cll\fatadcro General, con los derechos y obliga-cioncs corrcspondientes a los de su clase y el baber anual de 4,020 ptas. (Acuerdo C. M. P. 19-\'IIT-24.}
- ~ombrar para ocupar la plaza de mozo de la Brigada de Yigilancia y limpieza de Mataderos a don Salvador Fabregat Panicello, perteneciente a la pro-,·isioual, y a clon Delfín Esplugas Segura, de oficio matarife y conocedor de la medmica de Matadero.s, ordcnauza de Mataderos. (Acuerdos C. ~I. P. I9 y 26-VHI-24.}
- Acceder a la pennuta solicitada por don Ramón Climent Serra y doña Carmen Ueta Moll, autorhando nl primero para ocupar el puesto 11.0 HT del 1\:Jercado dc la Barceloneta, y a la segunda, el u.o 87 del mismo Mt>rcado, dcstinfllldolos, respectivamente, a la venta de tocino y volaterla, en Jugar de volatería y tocino a c¡ue estan destiuados. (Acuerdo C. M. P. r6-rx-24.)
- Designar, para cubrir seis vacantes de mozo e:xis-tentes en la Brigada de vigilancia y limpieza de Mer-cados, a clou Matías Gracia Miguel, don José Bru Masip y don José Girona Barbara, y a los individuos de la plantilla provisional don EHseo Barrera Monferrer, don Alíonso 1\fonés Company y don Joaquín Segura Orza. (Acuerdo C. M. P. 16-rx-24.)
- Concedcr a don Eugcnio Raruón el traspaso eu vida del puesto n.0 97 del :l\Iercado Central de Frutas
y Verduras, del que es actual concesionario don Manuel Soler, mediante el pago de Ja cautidad de 5,000 ptas. por derechos de permiso, y a don Manuel Soler, en el departameuto deslinado a venta libre del citado Mer-cado, 1m espado de 50 m2, previo el pago del duplo de los derechos de pcrmiso asignados a tales puestos, que importau la cantidad de 2,000 ptas., señalandole nu alquiler mensual de 150 ptas. (Acuerdo C. M. P. 7-:X-24.)
- Modificar, en lo menester, el procedimiento fijado en las reglas que sc consignau eu el •·igente Presupues-to para la coucesi6n de pucstos de veuta ambulante, y, · en Stt con¡;ccucncia, que, en lo sucesivo, las indicadas autorizaciones sc fonualiccn mediaute el cumplimieuto de los tramites que a continuaci6n se expresan : «a} Las lnstnncias solicitaudolos sc present.adw directamente en la Oficina municipal del distrito para informe del litre. Sr. Concejal jurado. == b) Emitido éste, Ja Oficina del distrito Jas remitira al Negociado correspondiente para su tramitación.
=
e) Reunidas las peticiones <?ins-tancias ya informadas se presentaran al ilustre seüor Tenientc dc Alcalde Delegado, y de las que hayan de concedersc sc hara una rclación nominal en la que sc consignara el nombre y apellido dc los intercsados, la clase de la concesi6n que sc otorga, sitio que babni de ocupar y tiempo de duración, cuya relación global sc sometera mcdiante nu solo dictamen a Ja e:xcelentí-!'Íma Comisión :t\Iunicipal Pcnnanente. Igual procedi-micuto sc seguira para las que se denieguen. =d) Apro-badas tlicltas relaciones se consignara eu las mismas el acnerdo correspoudicnte, que firmara, según esta dis-¡mcsto, el lllrc. Sr. Secrctario, y a contiuuación se consignara el cCúmplasc»1 que autorizara el e:xcdcn-tisüno seíior Alcalde si en ello no ticne inconvcnieute.
=
e} Una vcz otorgada la concesióu se expedita .al iu-tcrcsado nu talón para el pago del arbitrio, y cuando acredite dicho pago, con Ja prcsentación del recibo co-rrespondicutc, sc lc expedira la autorizacióu para ejer-ccr la venta ambulante.• (Acuerdo C. M. P. 28-x-24.) - Aprobar el acla del Tribunal censor de los ejer-cicios efectuados el día 29 del actual para cubrir una \·acante dc matarife de ganado yacuno producida por jnbilación de don Juau Aragonés, y, en nrtud de la propucsta del rcferido Tribunal, designar para el ex-presado cargo a don Emilio Ripollés, y para la \acaute de aprendiz de primera que se produce por razón del anterior asccnso, a don Autonio )!ercader Pallarés, ypara la de aprendiz de seguuda que ocasiona el ascenso de esle úllimo, a don Juan Fuster Grau, y para la va-cante que éstc dcja dc aprendiz de segunda, a don Justo RC>dero Soria. (Acucrdo C. l'Il. P. 4-XI-24.)
- Autorizar a clon Pedro Freixa para que pueda se-guir expetidicndo garbanzos remojados, ademas de los que actualmcutc figurau en la 11ueya denominaci611 de lcgumbrcs generales, en los puestos u.• 1n4 y 1n5 del Mercado dc San José. (Acucrdo C. M. P. :rS-:xr-24.}
- Acccdcr a la permuta del pucsto u.o 66r del 1\Ier-catlo de San A ntonio, del que es coucesionaria doña Filomena Sah•ador, ~lestiuado a la venta de pescado fresco, por el seüalado cou el n. 0 635 bis del mismo centro dc abastos, destinado, asimismo, a los vende-clores ambulantcs del rdcrido articulo, quedaudo a dis-rosicióu de êstos el primero de los citaclos puestos. (Acuerdo C. M. 11
• 25-:x1-24.)
- Dispouer que se acccda a la permuta solicitada por don Sah·ador Vidal Acglés y don Antouio I1onseti de los pucstos dc que sou conccsim1arios en el )lercado de San Anlonio, autorizando, al primcro, para ocupar el n.0 659, y al seguudo, el n.0 6.;8, con la obligación
de expender en los mismos los articulos para los que estan legalmcute autorizados. (Acuerdo C. .M. P. 2-Xll-24.)
- Prestar la conformidad a las bases y reglamenta-ci6n para el abastecimiento de pescado y su Yenta en esta ciudad, nprobadas por la Junta Provincial de Sub-sistencins con la coopcraci6n de los representautes del Ayuutamiento en aquélla. (Acuerdo C. M. P. 9-xrr-24.) Eu la sección Va1ia dc este mismo número se publicau íutegros los refcridos documentes.
-;- Autodzar a don Pedro Sarri Moutaiia para. expeu-cler carnero, cordero y cahrito en el puesto u.o 52 y tcrnera eu el n.0 53 del Mercado de Saus, en Jugar de ternera y cordero y carncro y cabrito, respectivameute. (Acuerdo C. M. P. 9-XII-24.)
concesio-G AC ET A )f "U X I C I P
AL
D E B A R C E L0
N Auario del puesto n.0 2 del i.\Iercado de Ja Conccpción, para ampliaria hacia el pasill¿ central, por tener este paso una ancbura de 1'6o m., mas que lo suficiente para
el objcto a que esta destinada, mediante que las obras consiguieutcs corrau de cueuta del peticiouario y que-den de propiedad del l\Iunicipio. (Acueròo C. M. P. 16-xrr-24.)
- Legalir.ar la sítuación del concesionario don Jai-me Escuder, del puesto n.<> 3 del Mercado de la Con-l'cpción, antorizaudole para seguir ocupando el espacio dc ter-reno dc nnos 6o cm. que exíste adosado al puesto de rcfen•ncia, mediaute satisfaga un aumellto de al-quiler dc 4 ptas. sobre las que tiene asígnadas, y 100
pesctas en conccpto de derechos de permiso. (Acuet·do C. M. P. 16-xrT-24.)
- Designar a don José García Yepes para ocupar la plaza dc receptor de entrada del Matadero de San l\lartin, vacautc por dcfuncióu de don Severino Azmóu que la descmpeñaba; ascender a la categoría de subdi-rcctor dc primera de l\[ercados, en la vacante produ-cida por do¡¡ Robcrto de Pagés, a don Pablo Delgada,·
que es el mas autiguo de los de segunda clase; otorgar el cargo dc subdireclores de segunda clasc de Mer-cados, para lleuar Jas vacautes de esta categoría, ex.is-tenlcs la primera por el ascenso que se refiere en el apartada anterior y las otras por uefunción y jubila-ción dc don José l\Iarlí y don Gabriel Urrea, respec-tivamcnle, a don Joaquín l\[asaguer, a don Salvador (;oiii y a don Emique Ginot, a quienes les fué hecha Ja reserva de este derecho por acuerdo consistorial de 2r dc dicicmbrc de 1921 ; y para cubrir las cinco va-caules de 111ozos dc la Brigada de vigilancia y limpieza dc !v[crcados, producidas por los tres ascensos auterio-rcs, y las otras dos ¡)or jubilacióu de don José M.• Arias y don Zacarias Gómez, nombrar a don José Ardevol, ncluahncnlc agcnlc dc arbitrios ; a don Ricardo Casino Domingo y a don Jnau Antonio Monzpn T.opcy, rcser-Ynudo olra dc elias para un iudividtto de )a plantilla provisio!1al que sc designe por el director general de los Servicios técnicos, y la otra para un .individuo que !>t! dclenniuc por el Ramo de guerra. (Acuerdo C. M. P. 31-XH-24.)
- Disponer que, vista la conveniencia de habilitar para 1111 nuc\'O pucsto el cspacio de terreno situado al final del centro de Ja pescaclería y adosado a la pared dc cerca de la fachada posterior del Mercado de Hos-lafrauchs, se adicione a Ja tar.iia de dicbo centro de abasloc; el mencionada nue\·o puesto, señalaudole el 11.0 2¡5 bis, con el alquiler y tipo de subasta de 22 y 400 pta,;., rcspectÏ\·ameute, que son las que ticnen asiguadas en el \'Ígente Presupuesto los de dicba clase ; auunciandosc en la primera subasta que se celebre. (Acuerdo C. M. P. 20-I-25.)
- Designar, para cubrir una vacante de mozo de la Brigada dc vigilancia y limpieza de Mercados, a don Jaimc Mercadal J)overa, individuo de Ja Brigada dc Ccmcut.erio. (Acuerdo C. M. P. 3-rr-25.)
· - Proceder al cambio dc los ve11dedores del Mer-ca.do dc Sautn. Catalina que sean precisos con motivo dc la colocación dc los coucesionarios de pescado fresco eu la Jlueva Pescacleria que esta a punto de terminarse, a cuyo <'fcclo, por la Delegacíóu de Abastos, se seña-lar(m los sitios que habran de ocupar, teniendo en cuenta la antigiiedad del• perroiso, según prevíene el Reglamento del ramo, en el caso de que no baya
acuer-do por parte de los interesados, que se justiticaní. tue-diantc el corrcspondicute documento; aprobar el acta de colocación de los yendedores de pesca salada, que sc situaran alrcdcdor de Ja nueya Pescadería en la for-ma que en la misma sc inçlica y en los sítios seüalados cu el croquis lcvantado al eíecto, en el que aparece, también, uu JJUeYo puesto, que qtteda vacante, encla-''aclo en la partc derecba de 1a Pescaclería que tieue acceso por Ja calle de las F1·eix1tras ; adicionar a la tarifa del Prcsupnc~to dos puestos unevos, con dos 11Úmeros, que seran clestinados a uua mesa o coucesión única, como lo estan los cicmas de su clase, el cual sera su-hastndo, en la primera que se celebre, por el tipo dc s,ooo plas. y el alquiler mensnal de IJ5 ptas., lo cual ya rcprcsc11ta un beneficio de 3,ooo ptas. a íavot del
Ayuutamicnto, y autori7.ar al Iltre. Sr. Delegada de .Abastos para rcsolvcr las dudas o dificultades que sc presenten para la completa movilización de los puestos que scan Jleccsarios, a consecuencia del. traslado de la l'escacleria y colocacíón en la autigua de los puestos a que sc retiereu los anteriores e:'>:tremos, basta llegar a una definitiva colocación de todos los concesionarios M aquel Centro de Abastos. (Acnerclo C. M. P. ro-n-25.)
I~GRESOS
Aprobar un dict.ameu relativa a la reglamentación del servicio públíco de autotaxis, el cual, con las modi-ficaciones introducidas, cu vi1·tud de diíerentes enmien-das que fncron aceptaenmien-das, se publica en la pag. 139. - Declarar Yalido el ac.to del concurso celebraòo para ln acljudicació11, por el término de díez años, de Ja ex-plotación del monumcnto a Colón y dependeucias inte-riOI·eg anexas al mismo, celebrado hajo el tipo de 3,000 pc;:sela!; anualcs, y j)Ol' no admiticlas Jas proposiciones èn que, ademas de la explotaèi6n del ascensor del mo-Jiumellto y dcpcndcncias iuterio¡_-es anexas al mismo, sc proponc la ocupacióu de la terraza o plataforma del monumeuto con vcladores, toldos, anuncios Juminosos y dcmas iustalaciones de cualquier clase, por desdecir dc la estética y por respeto a la diguidad clel monumeu-to, y adjudicar dcfinitivamente el remate a don Antonio • \ïdal Miró por la cautidad de 6,ors ptas. anuales,
mas la de 795'50 ptas., por una sola vez, importe de Ja tcrminación de las obras a que se refiere el pliego dc condiciones en la letra E de su
art.
g.0 • (Acuerdoc.
l\I. P. 9-IX-24.)CACE TA ii UN I CI 1' .\ L DE BAR CEL O~ ,\
que se 1nteresa sea dirigida al Juzgado de Primera ius-taucía del ilistrito de la Aucliencia se dirija al cxcclcn-Usimo señor Presidcntc de esta Audiencia territorial, en atención a obrar los indicaclos autos en la propia Au-diencia.)
- Proceder a la subasta para el arriendo, por el tér-míuo de diez años, del quiosco destinada a la venta de bebidas instalado en la calle del :\!arqués del Duero, [rente a la del Rosal, bajo el tipo de 200 ptas. men-suales; aprohar el pliego de condiciones que babré. dc
regir en la e.."li:presada subasta, Ja cual se anunciara en la forma dispnesta, y que, por la Comísión Municipal Permaueute, se designe al litre. Sr. Teniente de Alcalde qne habra de asistil· al acto. (Acucrdo C. M. P. 28-1-25.) - En presencia dc la comunicación delletrado fiSC-sor del Aynntamicnto, referente a la demanda que, en concepto de reclamación civil ordinaria de mayor cuan-lfa, promovida p01· don Gcrardo Estapé y otros, se esté. tramítando ante el Juzgado de Primera instancia del distrito del Oeste, Secretaria del señor Alemany, contra este Ayuntamiento, por la que se pretende ·se condene a la Corporación municipal a una indemnizacióu de daños y perjuicios con respecto a la actuación de la Compañia Mercantil Hispano Americana, S. A., ex arreudataria del arbitrio sobre anuncios fijo1;; ; de acuerdo con lo preveuido en los arts. 78 y siguientes del Reglamento de Procedimiento municipal de 23 de ago¡;-to de 1924, y de conformidad con el infonne favorable dc la Abogacia del Estada, facultar a la Alcaldia, como representante del Ayuntamiento, para requerir de iu-bibición al ex:presado Juzgado a fiu de que se abstenga dc conocer de la demanda de referenda, o, eu otro caso, tenga por presentada la cuestión de com petencia. (Acuerdo C. M. P. 3-H-25.)
- Dar la aprobación al acuerdo de la Alcaldía, dc couformidad con las conclnsioues fonuuladas por el
litre. Sr. Tenieute dc Alcalde, jucz instrnctor del expc-dieute incoada contra el agente de arbitrios don Fcdc-ric:o Salva, declarando la destitnd6n de dicho empleada por haber incurrido en Ja falta prevista en el apartado seguudo del art. 109 del Reglamento de 23 de agosto último, en relacióu cou el 248 del vigente Estatuto municipal.
PRESUPUESTOS
lnterponer recurso coulenciosoadministrativo contra
las RR. 00., de r2 de agosto de 1924, por la que sc cli111Ü1ó del Presupuesto municipal el arbUrlo dc cOll-servación y limpieza del alcautarillado en enanto afecta a las fincas que, habieudo dejado de pagar el 4 por 100 especial de Ensanchc, no hayan pasado aún a Inte-rior, y de 10 de septiembre último, por la cua1 se re-vocó un acuerdo del Delegada de Hacienda dc Bar-celona, y, en cousecueucia, se declaró exeuto del pago del impuesto de iuquilinato al Real Automóvil Club de Cataluña. (Acuerdos C. M. P. 23-rx y 31-xU-24.)
- Modificar la Ordcm,m7..a n.0 33, anexa al Presu-puesto vigeute, en la forma siguieute : Al epig:ra[e
70
llel cap. g.o se añadira, nl final : «Los mismos, por ve-hiculo completo eu que se contcngan anuncios de varias ludustrias, satisfaran, al mes, 500 ptas.J- De conformidad con el art. 27 de la Ordeuanza n.0 33, auexa al vigente Prcsupuesto, añadir a la misma Ordenanza y articulo, epigrafes señalados con los
nú-meros II, 12 y 13, regl:uueutando I~ venta eu puestos fijos o en portal, los siguicntes articulos : .Mcrc<:da y tejidos», «Polleria, huevos y cara coles• y « Vercluras y Irutas secas•, Jijando, para los epígrafes n y 12 los mismos derechos que señala el articulo en cuestión, en su epigrafe octava ¡ «Para la venta de café cou lechc en carretón•, y para el cpígrafe 13, derechos de 6oo,
550, 500, 48o, 46o, 440, 390 y 340 ptas. anuales, scgúu
la categoria de calles de primera a octava, correlativa-meute, en que se cjerza la industria.
- Añadir a la Onlcnanza u.0 5, de las ancxas al
Presnpuesto vigente, un articulo n.0 1r, con la rcdac-c:ión siguiente: «En la:; calles cuyas alcantarillas dc-vengaron contribnci6n dc mejoras en la forma p~;cvista en la tarifa n." II del Prcsupucsto ordinario de 1923-24,
sin que, a pesar dc lo preceptuado en la regla 6.A dc la primera parte, sc hubiesen coustruído albañales, continuara liquiMmdo~e y cobranòose la contribu-ción a tenor de dicha tarifa, basta la total edificación de los tramos de call.: y completo enlace de Jas casas con la red de alcautarillado. •
- Fijar la cuola del arbitrio por anuucios eu las rachadas de los cincs en una cautidad igual a la cou-:;ignada en el Presupuesto vigeute, con un descucnto del 20 por 100, siemprc que el pag.o se verifique en el término de diez elias, a COJJtar clesde la feclm del acuct-do de Ja Comisión l\Iuuicipal Permauente, de 3 de fe-brero actual.
- Añaclir a Ja Ordeuauza 11.0 17, de las auexas al
Presupuesto \•i gen te, • Licencias para construccioncs
:r
obras e instalaciones•, y a su cap. 2.0 , art. 31, oDcpó-sitos de gaso1ina y demas líquiclos inflamables•, un epígrafe, con la lctrae,
que diga : clnstalacioucs dc depósitos .fijos, eu 11110 o \"::trios recipientes, dcstinaclos a recibit· gasolina y demas líquidos inflamables directa-meute de los barcos o vapores, en el puerto dc Bar-celona~ : has ta una capa ci dad total de 5,ooo m', 2,ooo pc-setas ¡ hasta una capacidacl total de 1o,ooo, 3,500 ; hasta una capacidad total de 15,000, 4,500; hasta una capa-cidad total de 20,000, 5,000, y dc 20,000 m• en adelantc, 5,500 ptas.» Los dercchos, así mod1ficados, se aplica-rau a los expedíentes de esta naturaleza ya iniciados y en los que pendc el pago dc derechos. (Acucrdo C. l\I. P. r6-XII-24.)- Euterado del acuerdo de la Comisi611 Municipal Permaneute, adoptaclo en 13 de enero último, por el cual, entre otros extremos, se decidió realizar por ad· 1uiuistración las obras dc expla11ación que comporta el
rroyecto de urbaJ1i1.aci6n dc la plaza de Cataluña, aplicaudose el gasto dc las 111ismas, en cuauto a zoo,ooo pesetas, al cap. 4.0 , art.
2.
0 , part. 4 ... del vigente Pre-supuesto; por lo que respecta a 25,000 ptas., al propio capitulo y articulo, part. 8.~. y por 75,000 ptas. al ca-pítulo 5.9 , art. 8.0, part. 5.• del mismo Presupuesto ¡
aparte de ntilizar, para el propio objeto, los sobrantes que han rèsultado dc las rebajas del 2 por 100 eu las cuentas de la sociedad Fomento de Obras y Coustruc-cioues, según convenia cou la misma de 12 de encro último, y los otros sobxantes que puedan resttltar de rebajas que en lo succsivo atorguen otras empresas de servicios públicos, aprobar y ratificar los extremos an-tedichos, autorizaudo la aplicacióu de los citados re-manentes.
(}AC ET A
l\I
U XIC I PAL DE R ,\ R CELON
Apctición del Excmo. Sr. Gobernador civil dc Ja provin-cia, rebajando, a pesar de no permitir el estado de la Hacieuda municipal desprenderse de ingresos, en 0'10 y o'II ptas. por kilo en canal las carnes de temera y buey basta ¡.0 de abril próxtmo, aprobar y ratificar dicho acuerdo, así como la autorización hecha a Ja Al-caldía para que, siu perjukio de la presente ratifica-ción, la Jlevase destle Juego a la practica.
En cumplimieuto de lo preceptuado por el Re-g-lamento de Hacienda tnuu1cipal de 23 de agosto {tl-timo, y conforme a lo acordado por Ja Comisión Mtmi-d pal Permaneute, eu sn sesión de 2 de diciembre de 1924, aprobar las Orde11anzas n.0 33, cap. I3, «Derechos
y tasas cu forma de cauou por Oèupacióu del vnelo, ¡;uelo y subsuelo de la via pública•, y u.o 41, «Arbitrio sobre el prodncto ueto de Jas Compañ1as -anóuimas y comanditarias por acciones», a tenor del texto fijado por la Comisión Municipal Permanente, con sujecióu a los preccptos del repetido Reglamento de 23 de
agosto último. .
- Modificar la Ordcuau7..a 11.0 18, referente a licen-cias de establecimicntos, conforme al te.""Cto aprobado por la Comisión Municipal Permauente, eu sesión de ro del actual.
- Dar a las referidas modificacioues, confonne al art. 323 del Estatuto municipal, la tramitación legal correspondieute de exposición al público y remisión a la Delcgacióu de Hacienda eu enanto sea necesario.
- Ratificar los acuerdos auoptados por la Conúsión Municipal Pcrmauentc, eu 31 de diciembre de 1924 y 13 dc eucro últimos, ror los cuales se acordó concedcr a la sciíorita Francisca Rius y Rius, hij~ de don Fran-cist·o dc P. Rius y 'l'aulet, la pensión que disfrutaba su sciiora madrc, y a doña Concepción Pallardó, una prnsióu igual a la que disfrutaba cloña Mercedes Abe-lla. (Se aprobó una adicióu, de los litres. Sres. Marí-món y Ballabriga, para que dichas pensiones sean abo-uadas1 siu inietrupcióu1 con cargo .al cap.
r.",
art.s.•,
part. 3·", por lo que respecta a la primera, y con cargo al cap. 8.0 , art. 3.0 , part. 26, por lo que se refiere a la scguuda, ambas del vigeule Presupuesto ordinario.)- A probar el e:xpedieute de transferencias incoa do por la Co111isión l\Iuuicipal Permanente, eu sesión de IJ de novien1bre de 1924, y tramitado en forma regla-meutaria, y, en su virtud, transferir: Del cap. 1.0 , art. 8.0
, part. 4.• del vigeute Presupnesto ordinario, cOlros gastos de representaeión del Ayuntamiento», 150,000 ptas., al cap. 1.0 , art.
z.o,
part.s.•,
cPara el gasto del padrón de \·ecinos•, 150,000; del propio ca-p(tulo r.0, art. 8.0, part. 4.•, 8,ooo ptas., al cap. r.•, art. 8.•, part. 9.•, cDictas a los vocales de Ja Junta local dc Rcfonnali Sociales•, 8,ooo; del propio capitulo, ar-ticulo y partida, xo,ooo ptas., al cap. I.0 , art. 8.0 , par-tida 3.a, a parla do 3.0
, rGastos de fies tas pop uJares•, xo,ooo; del propio capitulo, articulo y partida, 10,000 pesctas, al cap. I.0 , art. 5.0 , part. 10 (nneva), rCrédilos rcconocidos y que pucdan reconocerse de caracter ur-genlc•, ro,ooo; del cap. 8.0, art. 4.0
, part. 5.", ~Baños de mar gratuUos para escolares pobres» a, «Indemni?..a-dón al prorc!-1orado 1l1édico y baiiístas•, 8,ooo ptas., del cap. 8.0, art. 4.0, part. 5·" b, •Por lo que puedan impor-tar los dcsayuuos que se sirva11 a los e:;;colares•, 6,ooo, y del cap. 8.", art. 4.0, part. 5·" e, rRopa y trajes para baiio y dcmas equipo•, 6,ooo, al cap. 8.", art. 4.•, par-tida 7.•, cColonias escolares de vacaciones• una
sub-partida que Re añadiní con el epígraie •Material e ins-talación de colonias escolares
:r
de 1ntercambjo•, 20,000 peseta s.- Dar la aprobación al C.'(pediente de transfereneias incoado por la Comisi6o Municipal Permanente, en 25 dc uo\'Ïcmbre último, y, en su \'irtud, se transfiereo, dentro del Presupuesto extraordinario de 1920-21 : Del cap. 10, art. 3.0 , part. 7·"
f,
rPara la construcción de un Paseo maritimo•, 130,000 ptas., y del propio capi-tulo, articulo y p:u'titla, 40,80¡, al cap. 9.•, art. 6.•, partida (wica, rCréditos reconocidos» a la cComisión liquidadora dc la Junt~ de Prisiones», 15o,ooo; al pro-pio capitulo, artícLtlo y partida, «Al' contratista del acarrco dc lcña para el cbamusqneo de reses eu los Ma-tacleros•, 40,807; del mismo c.ap. 10, art. J.01 pal't. 7·"
f,
79,278'94 pta~., al cap. 9.01 at·t. 6.0, partida única, «Cré-tlitos rcconoc:idos•, «Para el pago de servicios y atrasos peudientes dc la Comisión de Colonias Escolares,~~, 79,278'94. - Dentro del Presupuesto orilinario vigente para 1924-2s : Del cap. x.0 , art. 8.•, part. 4.8
, «Olros gastos de representación del Ayuntamiento•, Io,ooo pesetas, al cap. r.•, art.
s.o,
part. ro (nueYa), cCrédj-to,; reconocidos y que puedan reconocerse de caracter urgente•, ro,ooo; del cap. 8.0, art. 6.0 , partida única d, rPara el traslado y organización del Archivo•, 6,000 pesetas, al cap. 8.0 , art.
s.•,
partida única, rPara abono dc habcres al personal temporero que pueda desiguarse l'ara Ja¡; necc!'idades del Archivo•, 6,ooo; del remanente del cap. 1.0 , art.1.•,
e Personal de Secretaría y Oficinas•, ¡,320 ptas., al cap. r.0 , art. 1.0 , part. 3.", cPara restable-ccr la plaza de oficial de Distrito, suprimida por error involunlario en la coniección del vigente Presupuesto•, ¡ ,320. = Dc varios Presupuestos ordinarios, hoy Re-sn !tas por adicióu al vigente, y del ordinario del ejer-cicio en curso al repètido Presupuesto de 1924-2s ; Del cap.x.o,
nrt. 2.01 part. 6.• del Presupuesto ordinario 1921-2:1, «l'ara la impreslóu de Ja obra de los se~ores Coma y Roca sobre la:; calles de Barcelona10, ro,ooo pe-seta:;, del cap. I.0
, art. 2.0, part. 2." del Presupuesto ordinario de 1923-24, «Para la publicación de la Histo-ria clocuu1ental de Jas Casas Consistoriales•, ro,ooo1 de los mismos capítulos, articulos y partidas del expre-sado Presupuec;to 1923-24, rPara la publicación del
Lli-bre de Solemnitats, 10,000, del cap. 4.•, art. 3.•, part. S·a
del indicaclo Presupuesto de 1923-24, .:Para traslado y organi?..ación del Archiyo•, ro,ooo, y del cap. 8.0, art. 6.0
, partida única del vigente Presupuesto, •Para adquisi-ción de uucvos documentes•, 10,000; .:Para publicacio-ues, 10,000; rPara traslado y organización del Archi-voa, 4,000; cPara conservación del edificio Casa del Arcediano•, 6,ooo, al cap. 1.0
GACET.-\ MU~ICIPAL DE R\RCELO~A 105
romanicas•, 314,689'77 ptas.• =Se aprobó, ademas, una
cnmienda del litre. Sr. Ramón, al extremo tercero, el cual, eu drtud de ella, quedara redactada eu la si-guieute fomut: ."D~l cap. 1.0, art. 2.0, ~- 6::• del J?resupucsto ordlllano 1921-22, cPm·a Ja 1mpres10n de
la obra de los señores Coma y Roca y Roca sobre las
calles dc Barcelona•, 10,000 ptas., al cap. 4.0
, art. 3.0, del propio Prcsupuesto, part. 5 ... , denominada aObras
de adaptación y mobiliario de la Casa del Arcediano•,
10
,ooo;
del cap. 1.0, art. 2.0, part. 2."' del Presupuesto ordinario 1923-24, aPara la publicación de la Historia documental dc Jas Casas Consistoria1es», encargada al A.rchivo !Iistórico, por acuerdo de 4 de julio de 1923,
10,ooo plas., cParn Ja pubJicación del Llibre dc sotem-11itals•, cncargado al mismo Archivo, por acuerdo de
27 de julio dc 1923, xo,ooo, y del cap. 4.0, art. 3.0,
par-tida
5·"•
del propio Presupuesto, crPara traslado y orga -ui?.acióu del Archivo•, w,ooo ptas., al cap. 4.0, art. 3.0
del mismo Presupttesto, part. 8.", con la misma deuo-minacióu de Ja transferida en el Presupuesto de 1920-2r,
30,000 ptas. ; y ntilizar, para las obras de adaptaei6n
y mobilillrio dc la Casa del Arcediano, al cap. 8.0,
ar-ticulo 6.0 del Presupuesto ordinario 1924-25, la partida
única, y subpartidas
a, e,
d y 1!, por ro,ooo, 10,000, 4,000 y6,ooo
ptas.)- Prestar la couformidad al expediente de
transfe-reucias incoado por la Comisión ~Iunicipal
Penna-mente, por acucrdo de 16 de dicicmbre último y tlamr-tado eu forma reglamentaria, y, en su virtud, transfe-rir, dentro del Presupnesto extlaordinario de I920-2I,
del cap. xo, art. 3.0 , part. 3·" b, ~construcción de una
na,·e en el Mercado del Porveuin,. Soo,ooo ptas., al
cap. ro, art. 3.0 , part. 3·"• epigrafe e (nuevo), •Para la
tenuiuacióu del Mercado Camp d'cu Galvany•, Soo,ooo
pesctas. (Sc aprob6 una adici6n, subscrita por los ilus-tres scñores Ram6n y Ranie, para que. se habilite por transfercncia un créllito extraordinario de 28,440'77 pe-setas en el Presupnesto extraordinario de 192o-2r, den-tro del cap. 3.0 , acliciouaudo al art. 6.Q, «lVIercados•, y
partida denominada cObrasJ reformas, r~paraciones y
gastos urgentcs en los Mercados•, utilizando para ello el sobrante del cap. ro, art. 3.0 y partidas que se exprc-san del propio Presnpuesto : Part. 3.•, cResto de la ius-talaci6u de las tuberlas de desagüe de la cubierta del
.Mercado del Borne•, 8,642'40 ptas.; part. 3·" C,
cinsta-laei6n de alumbrado eléctrico en el repeso del 1\-Iercado
de San Antouio:o, 1,798'37; part. 3 ... B, c.Construcción
de uuevas barrascas eu dicho Mercado•, 2,000, cYarios
trabajos de cerrajería en el mismo•, 2,000,
cPaYimen-taci6n del local para artículos alimenticios del mismo :t.rercado•, 2,000, e Varios rrabajos de ínstalación de re-tretes en el citado Mercado•, 2,000, cConstrucción de nuevas barracas en el Mercado de San José•, 2,oooJ y part. 3·" A, cC011strucci6u de un albafial en el 1\Iercado Central de Pescado•, 2,000, cCaualizacíón de agua eu el de Santa Catalina•, 6,ooo ptas. ; y que, asimismo, se habilite, por igual procedinricuto, un nuevo crédito extraorcliuario de 78,339'47 ptas. eu el Presupuesto ex-traordinario para 1921-22, deutro del cap. 3.0
,
adicionan-dose el art. 6.o «Mercados•, y partida única, denomina-da cObt·as, rcformas, reparaciones y gastos urgeutes e11 los Mercados•, con el resto del cap. 10, art. 3·0 y
par-tida 3·" dclmistno Prcsupuesto : cPata obras eu el Mer-cado de Itostafrauchs•, 512'4t ptas., •Para obras en el Mercado de la Ul:Íertad•, 2,315'38, d'ru-a obras en el
)Iercado de Sans•, 649'59, cC'onstrucción de albañales en <:1 :i\[ercado de San GerYasio•, ro,I3·!'42, cOtras obras en dicho :i\!ercado:o, II,535'40, e Para obras eu el 1\Iercado de Santa Catalina•, 859'95, y •Remanente. Habilitación del :i\Iercado de Volatcría•, 52,:;32'32 ptas.)
- Aprobar el expcdieute de trausfereucias iucoado por la Comi~ión :i\Itmicipal Pennanente, en 7 de euero próximo pasado, y, en su Yirtud, transferir, dentro del Presupucsto cxtraordinario 1920-21 : Del cap. to,
ar-ticulo 3.0, part. ¡.n
f,
cConstmcción de un Paseo Marí-timo•, 570,000 ptas., al cap. g.o, art.6.•,
partida única, •Créditos recou oci dos•, cSnbsídio extraordinari o a losempleados y obreros m~micipales~>, 57o,ooo. = Dentro
del Presupnesto ordinario vigcnte: Del cap. ·8.•, art. ~.•, part. t.~>, •.l\Iacslros agregados~. 1o,ooo ptas., a1 cap. 1.o, art.
x.•,
part.5·"•
•Grupo III de In"gresos, Plus Yalia,Solares y 1\'[ejoras•J rPara pago de haberes a cuatlo au-xiliat·es praclicos lemporeros, hasta la terminaci6u del ejercicioo, 10,000; det·cap. 1.0
, art. 3.0 , part. x.•, cTres encargaclos dc Grupo», 7,320 ptas., al cap. 4.•, art.
1.•,
part. 8.•, cPersonal dc la Direcci6.u de los Ser>iciostéc-tlicos: Un jefc de Gntpo•, 7,320; del cap. 8 .. •, art. 13,
part.
u,
cPara subYencioues de alta im·estigación y cultura.,s,ooo
ptas., al cap. 8.0 , art. 13, part. 30, cPara premios con destino a concurso y fiestas esporti,as•,cSub,·enci6u a la Asociacióu Exploradores de España•,
5,000. = Deutro del Presupuesto ordinario de
Ensan-che 1924-25 : Del çap. 10, art. 8.0 , part. 3.&, cPara Ja
apertura dc calles y plazas, etc.•, 32,000 ptas., al
capí-tula 9.0
, art. 6.0, cCréditos reconocidos•, part. 94 (uue-Ya), cSubsidio cxtraordinario a los empleados y obreros
municipales•, 32,000. (Se aprobaron las siguientes
adi-dones : Una, de los litres. Sres. :"l'ebot y Ramón, iute-rcsando que para poder satisfacer en su día las
aten-ciones de caró.ctcr urgente de imprescindible necesidad,
se l1abilite un crédito extraordinario por transferencia del cap. lO, art. 3.0
, part. 7·"' F, del Presupuesto extra
-orrliuario para 1920-21, al cap. g.0 , art. 6.0, •Créditos
rcconocidos• del propio Presupuesto, partida nueva,
de-nominada «Gastos urgeutes de imprescindibl~
necesi-dad•, 1.000,000 de pts.; y otra, rle los Titres. Sres.
Marí-món y Dallabriga, para que se transfiera del cap. xo,
art. 3.0
, part. 7·" F, cConstrucción de un Paseo Marí-timo:o, del Presupuesto e_-.,:rraordinario 192o-21, al
ca-pitulo 9.0, art. 6.0, partida única del mismo Presu-puesto, cCréditos recouocidos•, aPara las atenciones del
servicio de arrastre de Dcne:ficencia que el Ayuntamien-to debe satisfacer cu méritos rle contrato•, rro,ooo ptas.)
- Dar la aprobación al expediente de
transfereu-das incoado por la Comisión :Municipal Permanente,
por acuerdo dc 13 de euero próximo pasado, y trami-tado eu fonna n:glamentaria, y. en su ·drtud,
trans-ferir, dentTo del Presupuesto ordiuario vigente, del
ca-pítula 8.0, art. 4.0, part. 2.& b, cCantina del Parque de Moutjuich•, 8,ooo ptas. ; part. 3.a b, «Cantina del Par-que del Guiuard6•, 5,000; part. 4·" a, «Cantina de la
Es-cueJa dc Man, 15,000 ; part. 10 a, cSemi-interuado de la Escuela de I,abores y Oficios de la Nfujer•, 3,000; part. 12 e, «Cantina Instituta Vilajoana», 2,8oo ptas., al cap. 8.0
, art. 3.0, part. 3.4, «Personal del Parque de
Mo¡1tjulcln, 3,500; part. 4·"• ~Personal del Parque del Guinardó•, 5,000 ; part.
s.A,
e Personal de la Escue la de Mar», 13,000 ¡ part. r4, e Personal de la Esettela de La-"òores y Oficios de la 1\Iujer•,s,soo;
part. 15, •Personal100 G A CET A ~1 U XI CI P ,\ L
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E B .\ R CEL0
N A- Ratificaudo en lo me.1,1ester el acuerdo de la
Co-misi6n :.\Iuuicipal Permanente, de 3 del actual, facultar a la Alcaldía para que requiera de inhibici6n al
Juz-gado de Primera iustancia del distrito de la Barceloneta,
con objeto dc que se ahstenga de conocer en la de-manda intcrpuesta por la Catalana de Gas y Electrici-dad en el asunto del arbitrio sobre ocupación del vuelo,
suclo y subsuelo de la vía pública, y, en su caso, plan-tear Ja cuestión de corupetencia.
SECCióN DE FOMENTO
OBRAS PARTIÇUI,A.RES
Como ampliación a las vigentes Orcleuam.as
muuici-valcs, modificadas, en Jo~refereute a obras particulares, por acucrdo de 17 de julio del C{)nientc año, aprobar las siguientes ·aisposicioues adiciouales : r." Sin perjuí-do dc Jo dispuesto en el art. 133, podnín denegarse los pt!rmisos de edificación que constituyan un ataque a la urbani7~'1ci6n y al buen gusto, por resultar extra-\'agantes, ridículos o impropios del emplazamiento
pro-ycctado. = 2.,. Se pcrmítira la apertura de pasajes o
calles dc servicio eu Ja zona del Interior. Estos pasajes
o calles dc scn·icio tendr{m, por lo menos, 6 m. de
ancbo ; su establccimiento, conserYación y vigilancia
estaran a carga de los particuJares que los construyan y tendran verjas en todas sus embocaduras. = 3·" Tam-bién sc permitira en Ja zona de Interior la apertura de pasajcs de servicio particular, con tal de qtte se curo-plan las condiciones siguientes : a) Que se someta el
proyeclo a la saución previa municipal ; b) Que su auehura ao sea u1euor de 4 m., tengan bueu pavimen-tada y eslén provistos ue aceras de o'6o ru. como
mini-ma, tcnicndo ilumiuaci6n, sistema de desagüc l1igiénico
y vcrjas c11 los extremos; e) Que las casas no teuga11
mas de dos plautas y SilS paredes de facbada y media-neras !'ean. por Jo menos dc rs cm. de grueso. La alhtra dc las planlas bajas no sera men.or de 3'30 m. }· de 2'8o la dc los pisos, que no podran carecer de desvan ; d) Que las demas coJ1diciones, en cuauto sean aplica-bles a cste gl:ncro ue constrncciones, seran las gene-rales que figurau en las Ordenanzas muuicipales
vi-gcnlcs. - 4.a Se consideraran como pasajcs particu-larcs y, por lo tanto, sujetos a la reglamentación de los mismos, los espacios de terreno que sirvan de
ac-ccso a un grupo de YÏYÍen<las en disposición tal que pcrmita su perteuencia a distiutas personas; o sea que estén separaclos por paredes que pnedan ser mcdiani-les de un grucso mínima de o'rs m. ; ya que puede darsc el caso de que siendo varios los dueños y babi-tantcs dc la misma, deben quedar cstablecidas sobre dichos espacios de acceso Jas servidumbres de paso,
lnz, vistas y desagües, así como la obligación de
aso-C'im·sc los propietarios para la limpieza, iluminaci611
y conservaci6n de los pasajes. (Se aceptó, ademas, u11a adici6u, snbscrila por el Iltte. Sr. García Faria, Ï1ltere-sando que, al final de la primeta disposieión adicional, se añada : «Si el iuteresado no estuviere conforme con
la dcclaraci6u que se hubiere hecho, podra acudir al director de Ja Escuela de Arquitectura, y si el
dicta-lncu de éstc no estuviere confonne con la declaraci6n
municipal el Ayuutamiento debera conceder el perP
tuiso que se hubiese solicitado•. = Aprobóse, tambiéJJ,
una cnmicnòa, subscrita por el Titre. Sr. Nebot, en el sentida de que Jo prescrita en el art. 197 sobre orna-mentación de las medianeras, se aplicara, asimismo, a las dc los edificios que, sin tener caracter monumental,
exccclan de Ja altura de los edificios contiguos.)
- Disponcr que el trazado de tinta roja que se marca
en el plano aprobado, con la moclificación del titulo
enarto de las Ordeuauzas municipales a que hace refe-renda el art.
us
dc las inis.¿nas,y
que señala el perí-metro de la zona general, se prolongue en la forma que, por mcclío de puutillado cnca.rnaclo, se indica en dicho plm10, al objeto dc que la expresàda línca sc prolongue a partir de la plaza de la Bonauova, siguien-do por la calle dc J,.ond¡·es (ab·aves<msiguien-do la calle u.o 9 clcl Plano de culaces, o sea la que es prolongación de la de San I,iborio) basta llegar a Ja n.0 8 cle dichoPlano dc culaccs, que es prolougación de la del Ven-drell; siguicndo por Ja expresada calle n.• 8,
atrave-saudo la de Arrabal y llegaudo al cruce que forma con la calle n.• 7 del mismo Plano de enlaces, cu sn con-flueucia con Ja de Horacío, y bajando por ésta basta el
Pasco dc la Bonanova, siguieudo éste basta la plaza de igual nombre y la calle de Londres.
- Teniendo en cnenta, por una parte, que para evi-tar dudas y reclamaciones precisa que Jas delimitacio-nes de zonas de edificación se hagan por calles y no por lineas que atra\:ieseu terrenos edificables, y por
otra, que, dada Ja configuración especial de la zona limi-tada por las dos manzanas comprendidas entre las
calles de Bolí\'ar, Ballester y Avenida de la República Argentina, de ta cual queda una pequeña parte incluída
en la zona de altnras limitadas, boy vigente, se con-sideren incluiclas cu Ja zona general las dos man1-anas
comprcndidas entre las reieridas calles de Ballester y Bolí.var y la Aveaida de la Rep"ública Argentina.
- Como rcsoluci6n a la instaucia presentada, cou íecba l7 de uoviembre ítltimo dèl corriente año1 y eu mérilos del informe de la Jefatura de la Sección prime-ra de los Servicios técnicos, como aclaprime-ración, y, en su caso, ampliación de los arts. 164 y 165 de Jas vigentes Ordcnau1-as mul,!.icipales, quedau los mismos redactados
en la siguieutc forma : •Art. r64. - La distribuci6n in-terior del edíficio debera ser· tal que las habitacioues teugan luz y \'cntilación directa y capacidad
indispen-sable para la salud de los u1oradores.
=
A tal efecto, los edificios poseeran el número de patios que seanne-ccsarios, con tal que cada uno de ellos tenga los mí-nimos signientes : En casas basta 8 m. de altura, 2m.;
en casas desdc 8 hasta 15, 3 ; en casas desde rs basta z;¡, 5, y en casas desde 23 en adelante, 8 m. = Siu
em-bargo, para los pasillos, vestíbulos, retretes, baños, d~speusas y, en general, para los locales que, sin ser cocinas ni dormitorios, sean menares de 3 m•, bastara qnc cxistan patiuajes sil1 sujeción a mfnimo. = Dicbas alturas sc 111edirfm desde el pavimento del patio basta
sn encncntro con la cubierta de la casa, excluyeudo
los cuartos de servicio, escaleras y porterias, pero no los pisos de alquiler. = También se permitira la
cous-ltucción clc patios en forma escalonada, de tal modo,
que hast<t cada una de las alturas auteriormente