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Resolución 333-E/2017

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Sistema Argentino de Información Jurídica

Resolución 333-E/2017 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2017 Fecha de Publicación: B.O. 6/07/2017

VISTO: el Expediente electrónico EX-2017-04556797-APN-DDYMDE#MM del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, los Decretos Nros. 13 del 10 de diciembre de 2015, 13 del 5 de enero de 2016, 434 de fecha 1° de marzo de 2016 y 87 del 2 de febrero de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el dictado del Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias creándose, entre otros, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, que posee entre sus competencias, las de definir e implementar el Plan de Modernización de la Administración Pública Nacional, su administración central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación; entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta; diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia; diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional y de proponer diseños en los procedimientos administrativos que propicien su simplificación, transparencia y control social y elaborar los desarrollos informáticos correspondientes.

Que, a través del dictado del Decreto N° 13 de fecha 5 de enero de 2016, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN creándose, entre otras, la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA, estableciendo entre sus objetivos los de entender en el diseño, implementación y monitoreo de la plataforma digital del Sector Público Nacional, a través de sus diferentes canales; coordinar el desarrollo de portales de Internet en el Sector Público, de forma de mejorar el desempeño de las jurisdicciones en el marco de las atribuciones que les han sido asignadas y de facilitar la interrelación de los organismos entre sí y de éstos con las personas, estimulando la realización de trámites en línea; supervisar el diseño, implementación y monitoreo del Portal Web General y aplicaciones móviles del Gobierno de la República Argentina; coordinar los proyectos de

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Sistema Argentino de Información Jurídica

mejora de servicios al ciudadano en las dependencias de atención al público del Sector Público Nacional y participar en la elaboración de lineamientos y normas que promuevan la homogeneidad y pertinencia de los distintos nombres de los dominios de los sitios de Internet del Sector Público Nacional, en coordinación con las áreas competentes.

Que el Decreto N° 434 de fecha 1° de marzo de 2016 aprobó el Plan Nacional de Modernización del Estado, instrumento mediante el cual se definen los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para promover las acciones necesarias orientadas a convertir al Estado en el principal garante del bien común.

Que el aludido Plan de Modernización tiene entre sus objetivos constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios, a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión por resultados, lo que supone promover una gestión ética y transparente, articulando la acción del sector público con el sector privado y las organizaciones no gubernamentales.

Que el Decreto N° 87, de fecha 2 de febrero de 2017, creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL con el objetivo de facilitar la interacción entre las personas y el Estado y unificar la estrategia de servicios y trámites en línea, brindando así la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en la plataforma, como consultar dichos servicios, solicitar turnos y acceder a información mediante diversos canales.

Que la mencionada Plataforma Digital estará compuesta por los Portales de Internet y las Aplicaciones Móviles; la Guía de Trámites; el Perfil Digital del Ciudadano; los Servicios de Atención Telefónica; las Oficinas Públicas que presten atención presencial, los Servicios de Mensajes de Texto Simples (SMS), y los Servicios de Atención Prestados a través de Redes Sociales.

Que, a fin de unificar y consolidar la experiencia de los usuarios que accedan a cualquier activo digital relativo a la Administración Pública Nacional y que la información que encuentren sea sólida y segura, se hace necesario conocer el Estado y la infraestructura asociada existente de esos Activos Digitales, instruyendo a las entidades y jurisdicciones que se encuentren comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que administren, desarrollen y/o mantengan portales web propios, a aplicar certificados de seguridad SSL/TLS de forma predeterminada.

Que asimismo resulta de vital importancia determinar estándares web y de aplicaciones móviles para la Plataforma Digital del Sector Público Nacional a fin de lograr acercar todas las herramientas del Estado al ciudadano y que la interacción sea simple, ágil y cercana.

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Sistema Argentino de Información Jurídica

Que de igual manera, es necesario definir las Tiendas Oficiales para la publicación de las aplicaciones móviles basadas en plataforma ANDROID e iOS y donde se alojarán las aplicaciones móviles existentes y las que se desarrollen en el futuro.

Que el mencionado Decreto N° 87/2017 faculta al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas operativas, aclaratorias, y complementarias que resulten necesarias para su implementación y a elaborar los planes, protocolos, cronogramas de implementación, manuales y estándares a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que han tomado las intervenciones de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA CRÍTICAS DE INFORMACIÓN Y CIBERSEGURIDAD y la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, ambas de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA todas dependencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7°

del Decreto N° 87/2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los ESTÁNDARES WEB para la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL que como ANEXO I (IF-2017-11062700-APN- SSGD#MM) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los ESTÁNDARES DE APLICACIONES MÓVILES para la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL que como ANEXO II (IF-2017-11062710-APN-SSGD#MM) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Establécese como Tienda Oficial para las aplicaciones móviles basadas en plataforma ANDROID la siguiente URL: https://play.google.com/store/apps/dev?

id=8169270262982486256 y como Tienda Oficial para las aplicaciones móviles basadas en plataforma iOS la siguiente URL: https://itunes.apple.com/us/developer/presidencia-la- nacion-argentina/id1107620791? l=es.

ARTÍCULO 4°.- Las entidades y jurisdicciones comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 deberán en un plazo de TREINTA (30) días a partir de la fecha de publicación de la presente medida:

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a. Migrar a las tiendas oficiales establecidas por el artículo 3° de la presente medida, las aplicaciones móviles para las plataformas Android y iOS, en el supuesto de contar con dichas aplicaciones.

b. Informar mediante Comunicación Oficial a la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN los ACTIVOS DIGITALES que administren y mantengan, indicando:

1. URL;

2. Descripción del Activo Digital;

3. Persona Responsable;

4. Datos de Contacto;

5. Infraestructura destinada al Activo Digital;

6. Ubicación física de la infraestructura.

c. Aplicar certificados de seguridad SSL/TLS de forma predeterminada en sus ACTIVOS DIGITALES, en caso de administrar, desarrollar y/o mantener Portales Web propios, ARTÍCULO 5°.- Las entidades y jurisdicciones comprendidas en el artículo 6° del Decreto N° 87/17, que administren, desarrollen y/o mantengan ACTIVOS DIGITALES, deberán aplicar los ESTÁNDARES definidos en los ANEXOS I y II en un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Apruébase el Glosario de Términos que como ANEXO III (IF-2017- 11062714-APN- SSGD#MM) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 7°.- Deléguese en la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN la facultad de dictar las normas operativas, aclaratorias, interpretativas, complementarias como asimismo actualizar los cronogramas de implementación, estándares, URL de las Tiendas Oficiales y glosario que se aprueban en la presente medida.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. —

Andrés Horacio Ibarra.

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ANEXO I

Estándares de Portales Web

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

IF-2017-11062700-APN-SSGD#MM

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ANEXO I - Estándares de Portales Web

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

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Página 1 de 5

Índice

Introducción 2

Administración del Dominio 2

Navegadores 3

Diseño y Experiencia de Usuario 3

Transparencia 4

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ANEXO I - Estándares de Portales Web

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

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Página 2 de 5

Introducción

Los presentes Estándares Web aplican a toda aquella plataforma web que se encuentre fuera del Portal Web General: argentina.gob.ar. El objetivo es poder unificar y consolidar la experiencia de los usuarios que accedan a cualquier activo digital relativo a la Administración Pública Nacional y que la información que encuentren sea consistente.

Administración del Dominio

1. Los Portales web que sean la base del dominio deben usarse con “www.”

○ Ejemplo: Si uno ingresa a “educacion.gob.ar” se deberá generar redirect 301 al dominio con las “www.” para llegar a “www.educacion.gob.ar”.

2. Todas las plataformas y portales web que forman parte de la Plataforma Digital del Sector Público Nacional deberán utilizar la raíz “.gob.ar”.

3. El registro de .gov.ar deberá generar un redirect 301 al dominio gob.ar.

○ Ejemplo: Si uno ingresa a “www.educacion.gov.ar” se deberá generar redirect 301 al dominio con “gob.ar” para llegar a “www.educacion.gob.ar”.

4. Todos los Portales Web deberán aplicar certificados de seguridad SSL/TLS de forma predeterminada.

○ Si el usuario ingresa a la URL sin https, el servidor deberá generar una redirección 301 al sitio con la URL segura.

○ Ejemplo: Si uno ingresa a la url: “http://www.educacion.gob.ar” se deberá generar redirect 301 al dominio con “https://” para llegar a

“https://www.educacion.gob.ar”.

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ANEXO I - Estándares de Portales Web

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

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Página 3 de 5

Navegadores

1. Todos las Portales Web deberán ser construidos usando estándares web para garantizar la mayor compatibilidad. De mínima deberán ser probados y funcionar correctamente con los siguientes navegadores:

○ Internet Explorer Versión 9 y superior

○ Chrome Versión 32 y superior

○ Firefox Versión 27 y superior

○ Safari Versión 7 y superior

Diseño y Experiencia de Usuario

1. Se deberá aplicar “PONCHO” como framework de diseño y experiencia de usuario:

http://argob.github.io/poncho/

2. El pie de página de cada Portal Web deberá explicitar “XXXXX.gob.ar es un Portal Web oficial del Gobierno Argentino”, con el escudo de argentina.gob.ar / Presidencia de la Nación a su lado.

○ Ver implementación de ejemplo de Poncho:

https://github.com/argob/estandares/blob/master/recursos/identidad/codigo/pie _sitio_oficial.html.

3. Se deberán aplicar los estándares aprobados por Disposición N° 02/2014 de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN de la entonces SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

4. La paleta de colores a utilizar es la siguiente:

Primario: #0695d6

Es el color primario que se utiliza dentro de la UI en elementos como links, botones, etc.

Secundario: #01bdf2

Se utiliza para ciertos elementos del contenido que necesitan ser destacados, por ejemplo en íconos.

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ANEXO I - Estándares de Portales Web

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 4 de 5

Adicionales:

Se utilizan para elementos que necesiten un destaque diferencial.

■ Verde: #33b560

■ Amarillo: #fec221

■ Rojo: #ef4d3d

Neutros:

■ Texto: #111111

■ Gris claro: #767676

■ Bordes y detalles: #CCCCCC

■ Fondo: #F9F9F9

■ Blanco: #FFFFFF

Transparencia

1. Todo sitio web que actúe como sitio oficial deberá contar con una sección de transparencia que incorpore accesos a la siguiente información:

○ Contrataciones

○ Compras

○ Organigrama

○ Autoridades

○ Portal de datos, si lo tuviera

○ Toda otra información relacionada.

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ANEXO II

Estándares de

Aplicaciones Móviles

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

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ANEXO II - Estándares de Aplicaciones Móviles

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

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Página 2 de 6

Índice

Desarrollo 3

Diseño y usabilidad 3

Colores 3

Seguridad 4

Publicación 4

Información del Producto 5

Elementos Gráficos 5

Datos de Contacto 5

Política de Privacidad 5

Información del Producto 6

Elementos Gráficos 6

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ANEXO II - Estándares de Aplicaciones Móviles

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 3 de 6 Estos estándares se deben hacer efectivos en aplicaciones móviles compiladas e instalables en dispositivos. Las aplicaciones móviles web (web app) y las aplicaciones web progresivas (Progressive Web Apps) deberán contemplar los Estándares Web.

Desarrollo

El id de la aplicación debe tener el siguiente formato: ar.gob.nombre.aplicación.

● El instalador de la aplicación no debe superar los 10 MB.

● Se deberá usar el siguiente formato para el control de Versiones:

○ versión v X.X.1: Resolución de bugs de versiones actuales.

○ versión v.X.1.X: Nueva funcionalidad dentro de la versión actual.

○ versión v.1.X.X: Representan un cambio sustancial respecto de la funcionalidad o de la estética actual del sitio.

● Las aplicaciones móviles desarrolladas deberán ser compatibles con versiones:

○ Plataforma Android: Versión 4.0.3 y superiores.

○ Plataforma iOS: Versión 9 y superiores.

● Las aplicaciones deben implementar un sistema de reporte para rastrear los errores y fallas y dar permisos de acceso al sistema.

● Las aplicaciones deben implementar un sistema de métricas y dar permisos de acceso al sistema.

Diseño y usabilidad

● Se deberán usar convenciones de estética y funcionamiento de cada plataforma o sistema operativo.

○ Para el caso de la plataforma Android, se deberá utilizar:

https://design.google.com/

○ Para el caso de la plataforma iOS, se deberá utilizar:

https://developer.apple.com/ios/human-interface-guidelines

Colores

La paleta de colores a utilizar es la siguiente:

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ANEXO II - Estándares de Aplicaciones Móviles

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 4 de 6

Primario: #0695d6

Es el color primario que se utiliza dentro de la UI en elementos como links, botones, etc.

Secundario: #01bdf2

Se utiliza para ciertos elementos del contenido que necesitan ser destacados, por ejemplo en íconos.

Adicionales:

Se utilizan para elementos que necesiten un destaque diferencial.

○ Verde: #33b560

○ Amarillo: #fec221

○ Rojo: #ef4d3d

Neutros:

○ Texto: #111111

○ Gris claro: #767676

○ Bordes y detalles: #CCCCCC

○ Fondo: #F9F9F9

○ Blanco: #FFFFFF

Seguridad

● La comunicación con web services / API debe ser encriptada usando un certificado SSL/TLS.

● Todas las URL que lanza una aplicación deben ser https.

● La aplicación, solo debe poder instalarse en Sistemas Operativos homologados por fabricantes, quedando excluidos todo aquel Sistema Operativo modificado o con permisos de acceso administrador.

Publicación

● Las aplicaciones nuevas a publicar serán firmadas por la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN con la firma y certificados propietaria.

● La fecha de publicación de las aplicaciones nuevas será definida e informada mediante Comunicación Oficial al organismo requirente por la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

● Los datos y las capturas de pantallas de las aplicaciones a ser publicadas deben ser provistas por cada organismo responsable.

● Los datos para la publicación en las Tiendas Oficiales deberán ser provistos por el organismo solicitante de acuerdo a los siguientes modelos:

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ANEXO II - Estándares de Aplicaciones Móviles

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 5 de 6

Modelo de ficha de aplicación en plataforma ANDROID

Información del Producto

Título 30 caracteres

Descripción breve 80 caracteres

Descripción completa 400 caracteres

Elementos Gráficos

Capturas de pantalla

Teléfono Archivo JPEG o PNG de 24 bits (no alfa).

Longitud mínima para los laterales: 320 píxeles.

Longitud máxima para los laterales: 3840 píxeles

Se necesitan al menos 2 capturas de pantalla (8 capturas de pantalla como máximo por tipo).

Arrastra el dedo para cambiar el orden o para moverte por los diferentes tipos.

Tablet de 7 pulgadas Opcional. Agregar al menos una captura de pantalla de 7 pulgadas.

Tablet de 10 pulgadas Opcional. Agregar al menos una captura de pantalla de 10 pulgadas.

Icono de alta resolución 512 x 512

Archivo PNG de 32 bits (alfa)

Imagen destacada 1024 x 500

Archivo JPG o PNG de 24 bits (no alfa)

Datos de Contacto

Sitio web

Correo electrónico

Teléfono

Política de Privacidad

Url

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ANEXO II - Estándares de Aplicaciones Móviles

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 6 de 6

Modelo de ficha de aplicación en plataforma iOS

Información del Producto

Nombre El nombre de la app tal y como aparecerá en el

App Store. No puede tener más de 255 caracteres.

Descripción Una descripción de la aplicación, donde se

detallen las características y la funcionalidad.

Novedades en esta versión Describe las novedades en esta versión de la aplicación, como prestaciones nuevas, mejoras y correcciones de errores.

Palabras clave Una o más palabras clave que describan la

aplicación. Las palabras clave hacen que los resultados de búsqueda del App Store sean más precisos. Separa las palabras clave con una coma.

Elementos Gráficos

Capturas de pantalla

Las capturas de pantalla deben estar en formato JPG o PNG y en espacio de color RGB. Las vistas previas del vídeo de la app deben estar en formato M4V, MP4 o MOV y no pueden tener más de 500 MB.

- iPhone4 (3.5 pulgadas) (640x960) - iPhone5 y SE (4 pulgadas) (640x1136) - iPhone6 y 7 (4.7 pulgadas) (750 × 1334) - iPhone6 plus y 7 Plus (5 pulgadas) (1242 × 2208)

- iPad (768x1024)

Mínimo de 1 y un máximo de 5 por cada resolución.

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ANEXO III

Glosario

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

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ANEXO III - Glosario

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 1 de 6

Índice

Activo digital 1

Administrador 2

Android 3

Cuenta de usuario 3

Drupal 3

Framework 3

Infraestructura 3

iOS 4

Migración de Aplicaciones Móviles 4

Protocolo TLS / SSL 4

Responsable de Guía de Trámites 4

Responsable Web 4

Tienda oficial 5

URL 5

Usuario 5

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ANEXO III - Glosario

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 2 de 6

Activo digital

Se entiende por ACTIVO DIGITAL a todo:

● Portal Web:

Conjunto de infraestructura, desarrollo de software destinados a la gestión de páginas HTML y las diversas páginas HTML que componen un sitio web.

● Aplicación Móvil:

Aplicación desarrollada para dispositivos móviles bajo sistemas operativos Android o IOS.

Esta puede ser, entre otras, del tipo nativa.

● Servicio de chat

Servicio de comunicación en tiempo real sobre internet para la interacción entre el ciudadano, un representante del organismo o un sistema automatizado para contestar las preguntas realizadas por este canal.

● Servicio de envíos vía Mensaje de Texto Simple (SMS)

Servicio de mensajería de texto sobre telefonía celular para el envío de notificaciones o la interacción entre el ciudadano y un sistema automatizado para contestar las preguntas realizadas por este canal.

● Servicio de envío de correos electrónicos

Servicio de correos electrónicos para la interacción entre el ciudadano, un organismo de la Administración Pública o un sistema automatizado para contestar preguntas y realizar notificaciones por este canal.

● Perfiles de redes sociales (Twitter, Facebook, Google)

Cuentas oficiales en las diferentes redes sociales (Twitter, Facebook, Google +, Instagram, Snapchat, Linkedin) administradas por organismos de la Administración Pública.

● Sistemas de registro y acceso de usuarios o perfiles digitales

Toda aquella plataforma en la cual es necesario el registro e ingreso con contraseña por parte del usuario para el uso y navegación dentro de la misma.

Administrador

El Administrador es el Estado Nacional, quien tiene la responsabilidad de desarrollar y mantener los Servicios Digitales de la Administración Pública Nacional, así como la atribución para su administración.

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ANEXO III - Glosario

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 3 de 6

Android

Sistema operativo basado en el núcleo Linux para dispositivos móviles. El sistema ejecuta

aplicaciones en tecnología Java. Más información:

https://developer.android.com/about/android.html

Cuenta de usuario

Se denomina cuenta de usuario a las credenciales (nombre de usuario y password, u otras) otorgadas por el administrador de un sistema a los funcionarios y agentes públicos que harán uso de ese sistema.

Drupal

Drupal es un sistema de administración de contenidos (CMS, Content Management System) libre, modular, multipropósito y muy configurable que permite publicar artículos, imágenes, archivos y que también ofrece la posibilidad de otros servicios y administración de usuarios y permisos.

Se destaca por su flexibilidad y adaptabilidad, así como la gran cantidad de módulos adicionales disponibles y una gran comunidad de desarrolladores que lo mantiene activo, lo que lo hace que sea adecuado para realizar muchos tipos diferentes de sitio web.

Framework

Un framework para aplicaciones web es un conjunto de herramientas diseñado para apoyar el desarrollo de sitios web dinámicos, aplicaciones web y servicios web, que brinda soluciones ya listas para problemas comunes de desarrollo y para aliviar el exceso de carga asociado con actividades comunes usadas en desarrollos web.

Los framework pueden ser front-end y back-end. Un framework front-end servirá para toda la capa de presentación de componentes en una web o aplicación móvil. Un framework back-end puede proveer soluciones estándar para acceder a bases de datos, implementar APIs o administrar el manejo de sesiones de usuario.

Infraestructura

Se considera infraestructura al conjunto de equipamiento informático, software y servicios disponibles para proveer algún tipo de servicio a los Activos Digitales.

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ANEXO III - Glosario

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 4 de 6 Dentro de los servicios contemplados, se debe considerar servicios HTTP, HTTPS, Bases de Datos, Centros de datos, Sistemas de seguridad (Cortafuegos).

iOS

iOS es el sistema operativo móvil de Apple, también usado en su plataforma iPad. Este sistema ejecuta aplicaciones desarrolladas en Objective C. Más Información:

https://developer.apple.com/ios/

Migración de Aplicaciones Móviles

Es transferir la propiedad de una aplicación móvil de una cuenta de programador en una tienda oficial de las plataformas ANDROID y iOS a otra cuenta de programador en las respectivas tiendas oficiales, manteniendo, de este modo, los usuarios de la aplicación móvil, las estadísticas de descarga, las calificaciones y reseñas.

Protocolo TLS / SSL

Se trata de protocolos criptográficos que habilitan comunicaciones seguras, privadas y cifradas, en Internet o cualquier otro tipo de red informática. En español, TLS "seguridad de la capa de transporte" y SSL, "capa de puertos seguros".

Responsable de Guía de Trámites

El responsable de la Guía de Trámites será un funcionario o agente público designado por las autoridades del organismo encargado de revisar, aprobar y notificar a la DIRECCIÓN DE EXPERIENCIA DE USUARIO dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIO DIGITALES de la SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, de cualquier modificación de los contenidos en los trámites y servicios (por ejemplo: requisitos para su realización, cantidad de pasos, costos y datos de contacto) provistos por el organismo que se encuentren alojados en argentina.gob.ar; como asimismo informar de la creación de nuestro trámites o servicios para que sean incorporados dentro de argentina.gob.ar.

Responsable Web

El responsable de la Web será un funcionario o agente público designado por las autoridades del organismo quien tendrá a su cargo los contenidos publicados por su usuario y los contenidos publicados por los usuarios que dependen de su mismo organismo ante cualquier eventualidad.

Asimismo, será el encargado de fomentar el seguimiento e implementación de la “Guía de IF-2017-11062700-APN-SSGD#MM

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ANEXO III - Glosario

Plataforma Digital del Sector Público Nacional

i i

Página 5 de 6

estilo para contenidos web” publicadas en:

https://github.com/argob/estandares/blob/master/contenido-web.md

Tienda oficial

Para poder instalar aplicaciones en dispositivos móviles es necesario acceder a los portales de aplicaciones donde cada desarrollador tiene su “tienda”.

En caso de Android: https://play.google.com/store En caso de iOS: http://www.apple.com/itunes/

URL

Un Localizador Uniforme de Recursos (del inglés Uniform Resource Locator) es una dirección diseñada con un formato estándar que designa a un recurso específico de una red interna o de Internet. Ejemplo: https://www.argentina.gob.ar/modernizacion

Usuario

Se considera usuario a toda persona humana en representación de sí misma o de una persona jurídica, que hace uso de los activos digitales descritos de acuerdo a sus respectivos alcances, términos y condiciones.

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Referencias

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