ESTATUTO MODELO PARA LAS ESCUELAS SECUNDARIAS DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS
Serán los fines generales del Centro:
a- Defender equitativamente los intereses y derechos del estudiantado en particular y en su conjunto.
b- El Centro de Estudiantes actuará de manera autónoma e independiente respecto de cualquier autoridad dentro y fuera del establecimiento.
c- Accionar con el fin de mejorar el sistema educativo, procurando un mejoramiento de nivel académico.
Objetivos Artículo 1º
a - Fomentar la participación, el debate y el espíritu crítico, contribuyendo al desarrollo de una cultura pluralista, donde las cuestiones de interés público estén directamente relacionadas a la búsqueda de consenso y armonización a través de la deliberación.
b- Actuar como puente de comunicación y acción directa entre las autoridades institucionales y el resto de la comunidad educativa.
c - Promover la realización de actividades culturales, recreativas, artísticas, deportivas y sociales en pos de los ideales de igualdad, solidaridad, libertad, democracia y justicia.
d – Fomentará el intercambio de Ideas, iniciativa y proyectos en articulación con otras instituciones educativas y no educativas.
De los miembros:
Artículo 2º
Podrán participar de los centros de estudiantes todas aquellas personas que acrediten ser estudiantes regulares del establecimiento educativo respectivo, como único requisito.
De la comisión Directiva:
Artículo 3º
La comisión Directiva estará conformada por la lista ganadora y como mínimo por los siguientes miembros:
• Un Presidente.
• Un Vicepresidente.
• Un Secretario General.
• Un Tesorero.
• Tres Vocales.
Funciones:
Artículo 4º
Las funciones de los integrantes de la Comisión Directiva son:
- Llevar adelante la conducción del Centro de Estudiantes
- Tomar decisiones en representación de los estudiantes en situaciones en las que no exista la instancia de decisión general
- Cumplir y hacer cumplir el Estatuto y las resoluciones de la asamblea - Firmar actas y/u otro documento del Centro de Estudiantes.
Presidente:
a) Dirigir la Comisión Directiva
b) Convocar asambleas generales, extraordinarias y reuniones de Comisión Directiva.
Vicepresidente:
a) Secundará en sus funciones al presidente.
b) Coordinará las tareas y controlara su funcionamiento.
Secretario General:
a) Coordinar las secretarías existentes.
b) Deberá, en conjunto con el resto de los miembros (en el caso que sean más de uno), proponer y llevar adelante acciones que respondan a las funciones propias de la Secretaria a la que pertenece/n.
c) Redactar y firmar las actas de reuniones junto con el presidente, como así también
Tesorero:
a) Administrar las finanzas del centro de estudiantes, teniendo como objetivo la contabilidad del fondo social; recibir el dinero que se ingrese siendo responsable de lo que recaude y de los gastos que se efectúen.
b) Deberá presentar ante el estudiantado un balance económico trimestral que detalle los gastos e ingresos del Centro de Estudiantes.
Vocales:
a) Representan al estudiantado en las reuniones de asambleas e informan a los estudiantes en reuniones de la Comisión Directiva, las decisiones o acuerdos surgidos de la asamblea.
b) Tiene voz y voto; así como también manifiesta a la asamblea inquietudes, propuestas, decisiones y opiniones surgidas del estudiantado.
Secretarías:
a) Quedan a elección de cada Centro de Estudiantes, las siguientes secretarías:
Asuntos Estudiantiles, Cultura, Prensa y Difusión, Actas, Deportes, Derechos Humanos, etc.
b) Luego serán repartidas entre las minorías y la lista ganadora, según el porcentaje obtenido.
Del cuerpo de delegados y sub-delegados:
Artículo 5º
a) Está conformado por un delegado y un sub delegado por curso, elegido por los estudiantes del mismo que represente mediante el voto secreto y directo. Es incompatible ser miembro de la comisión directiva y delegado del curso.
b) Traslada las opiniones de los cursos a las sesiones del centro de estudiantes, canalizando de esta manera las inquietudes y a la vez asesorando a la Comisión Directiva.
c) Informa a los representados las resoluciones y medidas adoptadas por el centro de estudiantes.
d) Asiste a las reuniones con la Comisión Directiva, con voz y sin voto, cuando esta las convoca o en situaciones extraordinarias.
e) Los delegados tienen derecho a participar en la creación y modificación del estatuto del centro de estudiantes.
f) Teniendo como deber y derecho autoconvocarse, estableciendo su reglamento interno; discutirá y resolverá propuestas que surjan en las reuniones.
De las asambleas:
Artículo 6º
a) Es el órgano máximo del centro de estudiantes.
b) Habrá dos tipos de asambleas: ordinarias y extraordinarias.
1. La asamblea general ordinaria, será convocada por la comisión directiva.
2. La asamblea extraordinaria, podrá ser convocada por cualquier estudiante del establecimiento, (incluyendo Centro de Estudiantes) y será evaluada y aprobada, según su urgencia, por la comisión directiva.
c) Conformada por un delegado titular de cada curso, un representante de cada comisión y los vocales integrantes de la comisión directiva.
d) Será coordinada por el presidente del centro de estudiantes, pudiendo ser elegido un secretario de la misma, por única vez en la primera reunión de la asamblea.
Durando su mandato un año.
e) Las reuniones son abiertas a todos los estudiantes, teniendo voz pero sin voto.
f) Las decisiones se tomaran por mayoría simple, de votos de los vocales, representantes y delegados titulares.
Junta electoral:
Artículo 7º
a) Estará compuesta por un presidente, nombrado por el cuerpo de delegados el cual no podrá ser candidato. Dos secretarios, sorteados de la lista de estudiantes regulares e imparciales del establecimiento. Un fiscal y un profesor o directivo perteneciente al establecimiento por cada una de las listas.
b) La junta se encargará de legitimar la instancia electoral, asegurando un normal desempeño eleccionario.
c) Debe estar presente en la instancia de escrutinio.
Del régimen electoral:
Artículo 8º:
a) La elección se deberá convocar con un mínimo de 20 (veinte) días hábiles de
b) Las listas se conformaran con los candidatos mencionados en el Artículo 3, presentándose 10 (diez) días antes del acto eleccionario.
c) Los estudiantes del establecimiento educativo participaran de la elección mediante la emisión de su voto, en forma directa y secreta.
d) El voto deberá ser emitido conscientemente y con responsabilidad por parte del estudiantado. Este tomara un carácter obligatorio y universal.
e) Las autoridades del establecimiento deberán confeccionar el padrón electoral con los datos de todos y todas los y las estudiantes regulares (nombre, apellido, DNI, año y curso al que pertenecen).
f) La Institución deberá ceder un espacio físico, el cual será utilizado como “cuarto oscuro”. También deberá encargarse de la impresión de las boletas de las listas postuladas.
g) La campaña será difundida durante 10 (diez) días hábiles previos a la elección. Dejando a criterio de las listas la manera de llegar al cuerpo estudiantil.
h) Se declarará veda electoral 1 (un) día hábil antes del acto eleccionario. En la misma no se permitirá difusión por ningún medio y se podrá colocar llamados de atención a las listas que no la cumplan.
Del escrutinio:
a) Es la instancia donde la junta electoral se encargará de contabilizar y oficializar los votos al fin del acto eleccionario.
b) Abrirán los sobres y los separarán en votos válidos, nulos (boletas no oficializadas, con inscripciones, dos o más boletas de distintas listas y/o cuando en el sobre se hayan introducido elementos extraños junto con las mismas) y en blanco (vacío).
c) Al finalizar el escrutinio, se realizará el acta correspondiente, la cual firmarán los presentes, especificando: cantidad de votos, hora y fecha, distribución del centro de estudiantes, y desarrollar si el acto eleccionario se concretó con éxito.
Del Centro de Estudiantes:
a) Una vez electo el Centro de Estudiantes se encargará de poner en funcionamiento y cumplir sus propuestas, respetando el interés de todos y todas los y las estudiantes.
b) Según la cantidad de listas y votos, se dividirán las secretarias mediante el sistema D’Hont, asegurando que las minorías tengan participación y estén incluidas.
c) El mandato del centro electo tiene 1 (un) año de duración.
d) En el caso de la disolución del mismo, se deberá llamar a una “Asamblea Disolutoria”, para rendir cuentas a todo el estudiantado.
e) Si el presidente decide renunciar, el centro de estudiantes quedará encabezado por el vicepresidente electo.