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Ser el principal aliado de nuestros clientes en la construcción y gestión de su patrimonio

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Academic year: 2022

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(1)
(2)

Ser el principal aliado de nuestros clientes en la construcción y gestión de su patrimonio

Proteger, desde el presente, el futuro de nuestros clientes en la construcción de su patrimonio y

generarle valor en el cumplimiento de sus metas.

(3)

ASESORIA INTEGRAL Para acompañar a nuestros clientes a cumplir sus

proyectos, metas o sueños… es por esto que nuestros

componente en la asesoría son:

I Asesoría WM: Identificar Sueño, número y Plazo. (registro)

II Asesoría Pensional: concientizar sobre el ahorro de largo plazo para complementar la etapa de retiro.

III Asesoría Financiera: Planeación financiera

basado en el plazo y perfil de riesgo del cliente lo asesoramos como invertir en los portafolios.

IV Asesoría Tributaria: planeación tributaria para

optimización fiscal.

(4)

Sistemas de determinación de la Renta

Sistema Ordinario

Fuentes de ingresos

Otros / Empleados

Sistemas Especiales

IMAN

Impuesto Mínimo Alternativo Nacional

Empleados

IMAS

Impuesto Mínimo Alternativo Simple

Trabajadores por cuenta

propia

Empleados

Con la Reforma Tributaria, volvemos al sistema ordinario de depuración de la renta. En consecuencia, se eliminaron los

sistemas especiales de depuración de la renta.

(5)

Cédulas Rentas de trabajo

Rentas de pensiones

Rentas de capital

Rentas no laborales

Rentas de dividendos y participaciones

Restas sin límites

Límite global

Deducciones y rentas exentas (rentas exentas

laborales)

Tarifa

INCRNGO

40%

Máximo 5.040 UVT

Marginales del 19%

al 33% desde ingresos gravables

de 1.090 UVT

INCRNGO

12.000 UVT

INCRNGO + Costos +

¿Gastos?

10%

Máximo 1.000 UVT

Marginales del 10%

al 35% desde ingresos gravables

desde 600 UVT

INCRNGO + Costos +

¿Gastos?

10%

Máximo 1.000 UVT

N/A

N/A

Utilidades gravadas:

marginales del 5% y 10%.

Utilidades no gravadas:

35% + 5% o 10%

Conjunto 1 Conjunto 2 Conjunto 3

Entra a cobrar especial relevancia la fuente de percepción del ingreso

(también denominadas cédulas), que se clasificaron en 5:

(6)

Todos los ingresos o compensaciones recibidas por la

prestación de servicios personales:

 Salarios

 Prestación de

servicios personales

 Comisiones y viáticos

 Prestaciones sociales

 Gastos de

representación

 Honorarios

 Otros…

INCRNGO

 Aportes a pensión obligatoria

 Aportes a Salud Obligatoria

 Aporte al Fondo de solidaridad pensional}

 Otros

Límite Global:

40% / Máximo 5.040 UVT

Restas sin límite Ingresos

Deducciones

(-) Intereses de vivienda (Máx.

100 UVT )

(-) Dependientes (10% ingreso bruto o Máx. 32 UVT)

(-) Póliza de salud o MP (Máx.

16 UVT)

Rentas Exentas

Máx 30% Ingreso bruto, sin exceder 3800 UVT

(-) Aportes a fondos de pensiones voluntarias (-) Aportes a cuentas AFC (-) Aportes a seguros privados de pensiones

(-) Aportes voluntarios a FPO

= Base gravable antes de rentas exentas de trabajo

Rentas exentas de trabajo.

(-) 25% de base gravable antes de R.E.T.

Max. 240 UVT

Ingreso Neto

(7)

El beneficio tributario en aportes a los

fondos de pensiones voluntarias se

mantiene con el aporte del 30% del ingreso y el límite de las 3.8000 UVT.

Ingreso Neto

Límite global: 40% Ingreso Neto Max. 5.040 UVT

(8)

Salario integral de

$16.000.000 Se resta intereses

de vivienda y dependientes Se resta aportes voluntarios a PO y en un caso PV

$13.521.744

Aporte adicional para Límite

Global

SIN APORTE CON APORTE

Salarios (incluye primas y vacaciones) $ 194,000,000 $ 194,000,000 Otros Ingresos (viaticos, gastos de representación y

demas..) $ 50,000,000 $ 50,000,000

Total ingresos brutos $244,000,000 $244,000,000

Aportes a Salud Obligatoria $ 5,432,000 $ 5,432,000 Aportes a Pensión Obligatoria $ 5,432,000 $ 5,432,000 Fondo de Solidaridad Pensional $ 1,358,000 $ 1,358,000

Total INCRNGO $12,222,000 $12,222,000

Ingresos netos (ingresos brutos - INCRNGO) $231,778,000 $231,778,000

Intereses por creditos de vivienda $ 12,000,000 $ 12,000,000

Dependientes(10%) $ 12,233,856 $ 12,233,856

Aportes a fondos de pensiones voluntarias y AFC $ 5,000,000 Aportes voluntarios a Pensión Obligatoria $ 3,600,000 $ 3,600,000 Total deducciones y rentas exentas $27,833,856 $32,833,856

Renta líquida $203,944,144 $198,944,144

Rentas exentas de trabajo | 25% Máx. 2880 UVT

anuales $ 50,986,036 $ 49,736,036 Total deducciones, rentas exentas y renta laboral

Exenta $78,819,892 $82,569,892

Límite global de deducciones y rentas exentas. 40% de

ingresos netos - Máx. 5040 UVT anuales $92,711,200 $92,711,200

Renta Líquida Cedular $152,958,108 $149,208,108

LI MI TE G LO B A L 4 0%

C. DEDUCCIONES Y RENTAS EXENTAS Deducciones

Rentas exentas | Máx. 30% ingreso bruto, 3800 UVT A. INGRESOS BRUTOS

B. INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL

Impuesto de Renta Rentas de Trabajo

Las restas exentas cambian según Total de Renta Líquida

Si usa este aporte optimo adicional

su renta liquida cedular sería de:

$139.066.000

(9)

Renta Líquida Cedular de

Rentas de Trabajo

Renta Líquida Cedular de

Rentas de Pensiones

Renta Líquida Gravable del

Conjunto 1

Rangos en UVT Tarifa

Marginal Impuesto

Desde Hasta

>0 1090 0% 0

>1090 1700 19% (Base Gravable en UVT menos 1090 UVT) x 19%

>1700 4100 28% (Base Gravable en UVT menos 1700 UVT) x 28% + 116 UVT

>4100 En adelante 33% (Base Gravable en UVT menos 4100 UVT) x 33% + 788 UVT

(10)

Límite Global:

10% / Máximo 1.000 UVT

Restas sin límite Ingresos

Intereses y rendimientos financieros.

Arrendamientos.*

Regalías y

explotación de la propiedad

intelectual.

“COSTOS Y GASTOS PROCEDENTES Y

SOPORTADOS”

Deducciones

(-) Intereses de vivienda (Máx. 100 UVT )

(-) Cesantías

Voluntarias (Máx. 1/12 del ingreso gravable, 2500 UVT)

Rentas Exentas

Máx 30%

Ingreso bruto, sin exceder 3800 UVT

(-) Aportes a fondos de pensiones voluntarias (-) Aportes a cuentas AFC

(-) Aportes voluntarios a FPO

INCRNGO

 Los aportes obligatorios a salud y pensiones de independientes.

 El componente inflacionario de los rendimientos financieros

Ingreso Neto

(11)

Renta Líquida Cedular de

Rentas de Capital

Renta Líquida Cedular de

Rentas No Laborales

Renta Líquida Gravable del

Conjunto 2

Rangos en UVT Tarifa Marginal

Impuesto Desde Hasta

>0 600 0% 0

>600 1000 10% (Base Gravable en UVT menos 600 UVT) x 10%

>1000 2000 20% (Base Gravable en UVT menos 1000 UVT) x 20% + 40 UVT

>2000 3000 30% (Base Gravable en UVT menos 2000 UVT) x 30% + 240 UVT

>3000 4000 33% (Base Gravable en UVT menos 3000 UVT) x 33% + 540 UVT

>4000 En adelante 35% (Base Gravable en UVT menos 4000 UVT) x 35% + 870 UVT

(12)

DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES GRAVADOS EN CABEZA DE LA SOCIEDAD

Para personas Naturales Residentes que reciben dividendo de:

Utilidades que YA pagaron Impuesto

Tarifas marginales sobre el valor bruto pagado o

abonado:

• 5% a partir de 600 a 1.000 UVT

• 10% a partir de 1.000 UVT

Vehículos que quedan con tratamiento de dividendos:

Fondos mutuos Carteras colectivas

Fondos de Empleados.

Utilidades que NO pagaron Impuesto

1. Se descuenta el 35% del Valor Bruto Gravado o abonado en la cuenta.

2. Se aplica a ese valor la

tarifa marginal del 5% o

10%.

(13)

Rangos en UVT Tarifa Marginal

Impuesto

Desde Hasta

>0 600 0% 0

>600 1000 5% (Dividendos en UVT menos 600 UVT) x 5%

>1000 En adelante 10% (Dividendos en UVT menos 1000 UVT) x 10% + 20 UVT

Renta Líquida Cedular Rentas de Dividendos y Participaciones

Renta Líquida

Cedular

Conjunto 3

(14)

Ejemplo

Una persona recibe dividendos:

 100 millones donde la empresa ya pagó

impuestos.

 100 millones donde la empresa no ha pagado.

A. SUBCÉDULA DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES GRAVADOS

EN CABEZA DE LA SOCIEDAD VALOR

Dividendos y Participación de utilidades gravados en cabeza de la

sociedad y repartidos como INCRNGO (Art. 49 No. 3 E.T.) $100,000,000

Renta líquida gravable de la súbcédula en pesos $100,000,000

Renta líquida gravables de la súbcédula en UVT

3,139 Tarifa de impuesto sobre la renta (Art. 242 Inc 1 E.T.)

234

Impuesto a pagar $7,451,280

B. SUBCÉDULA DE DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES NO

GRAVADAS EN CABEZA DE LA SOCIEDAD VALOR

Dividendos y Participación de utilidades NO gravados en cabeza

de la sociedad (Art. 49 No. 3 E.T.) $100,000,000

Renta líquida gravable de la súbcédula en pesos $100,000,000

Base Gravable Pesos. Renta liquida gravable menos 35% $65,000,000 Base Gravable En UVT. Renta liquida gravable menos 35% $2,040.24 Tarifa de impuesto sobre la renta (Art. 242 Inc 1 E.T.)

124

Impuesto a pagar $38,951,280

Liquidación del impuesto

Impuesto a pagar Subcédula A $7,451,280

Impuesto a pagar Subcédula B $38,951,280

Impuesto a pagar $46,402,560

Impuesto de Renta

Rentas por dividendos

y participaciones.

(15)

Impuesto a Pagar

Conjunto 1

Impuesto a pagar

Conjunto 2

Impuesto a pagar

Conjunto 3

Total

Impuesto a cargo

Retención

en la fuente

Saldo a pagar

Rentas de trabajo

Rentas de pensiones

Rentas de capital

Rentas no

laborales Rentas de dividendos

Marginales del 19% al 33% desde ingresos

gravables de 1.090 UVT

Marginales del 10% al 35% desde ingresos

gravables desde 600UVT

Utilidades gravadas:

marginales del 5% y 10%.

Utilidades no gravadas:

35% + 5% ó 10%

(16)

PERSONAS NATURALES DECLARANTES DE RENTA

Condición Monto Mínimo

Si cumple una de estas condiciones, es declarante por el respectivo año gravable

2015 UVT $28.279

2016 UVT $29.753

2017 UVT $31.859

1. Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT $127.255.000 $133.889.000 $143.366.000 2. Consignaciones, Depósitos o Inversiones Financieras

superiores a 4.500 UVT $127.255.000 $133.889.000

Cambia 1.400UVT

$44.603.000 3. Ingresos brutos superiores a 1.400 UVT $39.591.000 $41.654.000 $44.603.000 4.Consumos con tarjetas de crédito o debito superiores a

2.800 UVT $79.181.000 $83.308.000 Cambia

1.400UVT

$44.603.000

5. Compras y consumos superiores a 2.800 UVT $79.181.000 $83.308.000

Cambia 1.400UVT

$44.603.000 O ser parte del Régimen Común de IVA

CONDICIONES PARA SER DECLARANTE DE RENTA

(17)

Los Retiros de Aportes del Fondo de Pensión Voluntaria continuarán sin pago de retención en la fuente

cuando:

Sean usados para Compra o

amortización de vivienda.

Se usen cuando el afiliado cumple requisitos de pensión.

Cumplan 5 o 10 años de

permanencia.

Sean retirados para beneficios

diferentes a los establecidos por Ley.

2

Directos o que no presenten retención contingente.

3

Hayan obtenido beneficio tributario en la declaración de renta.

4

Se aplicará retención del 7%

sobre el capital para aportes*:

Nuevos. A partir del 1 de enero de 2017

1

Se mantienen la regla

* Retiros en 2018

(18)

IMPORTANTE

(19)

Los retiros de los aportes realizados después del 1 enero de 2013 con objetivos distintos a los pensionales tendrán una retención en la fuente del 15% sobre el valor del retiro.

Tengamos en cuenta:

¿Quién hizo el aporte?

Afiliado

¿Lo usará o lo usó para fines tributarios?

SI

Se le aplica 7%

sobre

rendimientos y 15% de retención

sobre el valor del retiro

NO

Solo se le aplica el 7% sobre rendimientos

Empleador No aplica

retención del 15%

(20)

Depen dien tes • Los aportes del empleador harán parte de la cédula de rentas de trabajo y se

podrán llevar como INCRNGO.

• Los retiros en períodos fiscales distintos, serán ingresos de la cédula de rentas de trabajo, y la

exención progresiva actual hará parte del límite global del 40% Máx. 5040 UVT.

(respetando la tabla de exentos de CES)

Ind epe nd ien tes • Los aportes siguen siendo deducción con límite del 1/12 del

ingreso gravable (Max.

2500 UVT) se podrá llevar en las cédulas de:

• Rentas de trabajo

• Rentas de capital

• Rentas no laborales

Recuerda que si las personas terminó su contrato de trabajo en ese momento se

constituye como ingreso la cesantía.

Cesantías|

(21)

Planes institucionales | Sin cambio

Empresa

Continua la deducibilidad de

aportes del patrocinador –

empleador con límite anual de

3800 UVT por trabajador

($121.064.200)

(22)

Participe en los Planes de Consolidación Futura:

Aportes: no ingreso / no patrimonio

Si consolida…

• Es ingreso gravado

• Sirve como aporte a Pensión Voluntaria dentro de los límites legales del 40% de las Rentas de Trabajo.

Y no retira

• Es Ingreso gravado

Y retira sin cumplir requisitos

• 2 posiciones:

• 3 momentos independientes: ingreso + aporte + no reflejar en declaración el retiro.

• Consolidación y retiro = 1 momento: pago de prestación de plan de pensiones + no reflejar en declaración el retiro. Con

importantes riesgos.

• Decide el cliente con su contador.

Y retira cumpliendo requisitos

Planes institucionales |

(23)

Planes institucionales |

Empresa Retención en la fuente para el Participe por Consolidación de Aportes

Antes

• Patrocinador:

• Informa la contingencia.

• Delega en Protección el calculo de Retención en la fuente (70/30).

Ahora

• Patrocinador:

• Informa la contingencia.

• Delega en Protección el calculo de Retención en la fuente (60/40).

• Si la Retención Contingente

informada por el empleador es 0 (Cero), podría quedar expuesta a la Retención del 7% al momento del retiro, luego de hacer las

respectivas validaciones.

Referencias

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