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RESUMEN. ETFS Industrial Metal Securities Limited Programa de emisión de. Valores de Metales Industriales de ETFS

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RESUMEN

ETFS Industrial Metal Securities Limited Programa de emisión de

Valores de Metales Industriales de ETFS

Los resúmenes están formados por requisitos de divulgación conocidos como "Elementos".

Estos elementos se enumeran en los Apartados A - E (A.1 - E.7).

El presente resumen incluye todos los Elementos que deben incluirse en un resumen de acuerdo con este tipo de valores y Emisor. Dado que no es necesario tratar algunos de estos Elementos, es posible que la secuencia numérica no sea completa y algunos de los Elementos no vengan indicados.

A pesar de que puede requerirse que se incluya un Elemento concreto en el resumen teniendo en cuenta el tipo de valores y el Emisor, es posible que no se pueda aportar información pertinente en relación con el Elemento. En este caso, se incluye una breve descripción del Elemento en el resumen indicando "no aplicable".

APARTADO A – Introducción y advertencias

A.1 Desglose de

advertencias estándares

• El presente resumen deberá interpretarse como introducción al folleto de base de ETFS Industrial Metal Securities Limited, de fecha 24 de junio de 2013 (en adelante, el “Folleto”).

Toda decisión de invertir en Valores de Metales Industriales deberá basarse en el examen que el inversor realice del Folleto en su conjunto.

Siempre que se presente una reclamación relativa a la información contenida en el Folleto ante un tribunal, el inversor de la parte demandante podría, en función de la legislación de los Estados miembros, tener la obligación de soportar los gastos relacionados con la traducción del mismo antes de que se inicien los procedimientos legales.

La responsabilidad civil afecta únicamente a aquellas personas que hayan presentado el resumen, incluidas las potenciales traducciones del mismo, pero solo si este resulta engañoso, inexacto o incoherente frente a lo especificado en otras partes del Folleto, o si no facilita, en relación con otras partes del mismo, información fundamental que permita que los inversores adopten decisiones de inversión a la hora de considerar la inversión en los Valores de Metales Industriales.

A.2 Desglose del

consentimiento de uso del Folleto para la posterior reventa o la colocación final de títulos por parte de intermediarios financieros

El Emisor ha expresado su consentimiento en relación con el uso del Folleto, y ha aceptado la responsabilidad por el contenido del mismo, en línea con la posterior reventa o colocación final mediante oferta pública de los Valores de Metales Industriales en Austria, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Portugal, los Países Bajos, Noruega, España, Suecia y el Reino Unido por parte de cualquier intermediario financiero que sea reconocido como firma financiera de acuerdo con lo indicado en la Directiva sobre Mercados de Instrumentos

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Financieros (MiFID), en su versión vigente en cada momento, y que con arreglo esta directiva tenga autorización para operar en cualquiera de los Estados miembros. Tal consentimiento afecta a toda reventa o colocación final mediante oferta pública durante los 12 meses posteriores a la fecha del Folleto, a menos que tal consentimiento se deniegue con anterioridad a dicha fecha mediante la publicación de una notificación a tales efectos en el sitio web del Emisor. Aparte del derecho del Emisor a retirar dicho consentimiento, en el presente párrafo no se especifica ninguna otra condición relativa al mencionado consentimiento.

En el caso de que un intermediario financiero presente una oferta, este facilitará información a los inversores en cuanto a los términos y condiciones de dicha oferta en el momento en que esta sea presentada. Todo intermediario financiero que utilice el Folleto de cara a presentar una oferta deberá establecer en su sitio web que utiliza dicho Folleto de acuerdo con el consentimiento facilitado y las condiciones que este implica.

APARTADO B - Emisor

B.1 Denominación social

y nombre comercial

ETFS Industrial Metal Securities Limited (en adelante el

"Emisor").

B.2

Domicilio/Forma jurídica/Legislación/

País en el que se constituyó

El Emisor es una sociedad cotizada constituida y registrada en Jersey de acuerdo con la Ley de Sociedades de Jersey de 1991 (con sus enmiendas) registrada con el número 106363.

B.16 Control

directo/indirecto del Emisor

Las acciones del Emisor están en su totalidad bajo la propiedad de ETFS Holdings (Jersey) Limited (en adelante, “HoldCo”), sociedad instrumental (holding) constituida en Jersey. Las acciones de HoldCo están bajo el control directo de ETF Securities Limited (en adelante “ETFSL”) que también es una sociedad constituida en Jersey. El Emisor no es propiedad o está bajo el control directo o indirecto de ningún otro participante del programa.

B.20 Entidad de

cometido especial

El Emisor se ha creado como entidad de cometido especial para la emisión de los Valores de Metales Industriales (que se definen más adelante) como bonos de titulización de activos.

B.21 Actividades

principales y resumen de las partes

La actividad principal del Emisor consiste en la emisión de diversos tipos de valores de deuda diseñados para ofrecer a los inversores un modo de invertir en metales industriales físicos sin necesidad de poseerlos físicamente, permitiéndoles además comprar y vender esa participación negociando con ella en

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bolsas de valores (en adelante, los “Valores de Metales Industriales”). El Emisor ha establecido un programa según el cual se pueden emitir siete tipos diferentes de Valores de Metales Industriales, en forma de seis clases de valores diferentes, cada uno de los cuales supone una exposición a un tipo específico de metal industrial físico (los “Valores Individuales”), que son en la actualidad aluminio físico, cobre físico, plomo físico, níquel físico, estaño físico o zinc físico, y una clase de valores de cesta (los ““Valores de Cesta”), que cuentan con el respaldo de un porcentaje de cada uno de los metales industriales físicos anteriores.

Los Valores de Metales Industriales pueden ser emitidos y reembolsados diariamente a petición de entidades financieras (“Participantes Autorizados”) que (i) hayan formalizado un contrato denominado "Contrato de Participante Autorizado" con el Emisor; (ii) hayan certificado al Emisor su situación en relación con la ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000 (en adelante, “FSMA”); y (iii) hayan certificado al Emisor que no son ninguno de los organismos de inversión colectiva cubiertas por la Directiva nº 85/611/CEE del Consejo como entidades de inversión colectiva en valores mobiliarios. Otros titulares de Valores de Metales Industriales podrán reembolsar también estos Valores directamente al Emisor si no hay Participantes Autorizados o si el Emisor así lo anuncia. Los restantes intervinientes podrán comprar y vender Valores sobre Metales Industriales mediante su negociación en un mercado en el que dichos valores estén admitidos a negociación.

Los Valores de Metales Industriales están respaldados por, entre otros elementos, Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) y Recibos de Almacenamiento (en el sentido en que se les define y describe en la sección B.25 – Activos subyacentes).

El Emisor ha suscrito un Contrato de Agencia de Metales (en adelante, el “Contrato de Agencia de Metales”) con Deutsche Bank AG, sucursal de Londres (en adelante, el “Agente de Metales”), de acuerdo con el que el Agente de Metales presta al Emisor una serie de servicios relacionados con los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) y los Recibos de Almacenamiento, entre los que se encuentran el pago de los honorarios de almacenamiento aplicables a los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) y Recibos de Almacenamiento, gestión de la cuenta electrónica en la que se mantienen los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) del Emisor, y la custodia de los Recibos de Almacenamiento del Emisor en su caja de seguridad. El Agente de Metales se encarga también de velar por el cumplimiento de las normas de la Bolsa de Metales de Londres (LME) relativas a la tenencia de posiciones dominantes.

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Los Valores de Metales Industriales se constituyen de acuerdo con un contrato que suscriben el Emisor y The Law Debenture Trust Corporation p.l.c. (en calidad de fideicomisarios (el

“Fideicomisario”) de los Titulares de Valores), documento que se denomina “Instrumento de Fideicomiso”. Corresponden al Fideicomisario todos los derechos, en calidad de fideicomisario, que asigna el Instrumento de Fideicomiso a favor de los Titulares de Valores. El Emisor y el Fideicomisario han suscrito un documento separado bajo el título de “Escritura de Garantía”

respecto de cada tipo de metal industrial y los activos del Emisor relacionados con cada uno de ellos (denominándose cada uno de ellos “Escritura de Garantía”). Cada Escritura de Garantía da al Fideicomisario, en fideicomiso para los titulares de la clase de Valores de Metales Industriales de que se trate, derechos frente al Emisor respecto de dichos activos.

ETFS Management Company (Jersey) Limited (en adelante,

“ManJer”), mercantil que pertenece en su totalidad a ETFSL, presta u organiza la prestación de todos los servicios de administración y gestión del Emisor y paga todos los costes de administración y gestión del Emisor a cambio de una comisión abonada por este último en efectivo un vez realizada la venta al Agente de Metales de una cantidad de metal equivalente a la comisión de administración del Agente de Metales.

B.22 Inexistencia de

estados financieros

No aplicable; se han elaborado estados financieros a la fecha de este Folleto.

B.23 Información

financiera histórica básica

31 de diciembre de 2011

31 de diciembre de 2012 Activo circulante

Efectivo y equivalentes de efectivo 30.056 -

Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar

22.315 13.295

Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME)

22.520.738 24.752.702

Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) pendientes de liquidación

- 767.849

Activo total 22.573.109 25.533.846

Pasivo circulante

Valores de Metales Industriales 22.520.738 24.752.702

Valores de Metales Industriales pendientes de liquidación

- 767.849

Acreedores y otras cuentas a pagar 52.368 13.292

Pasivo total 22.573.106 25.533.843

Patrimonio

Capital declarado 3 3

Total patrimonio 3 3

Total patrimonio y pasivo 22.573.109 25.533.846

B.24 Modificación

sustancial adversa

No aplicable; no ha habido cambios sustanciales adversos en las perspectivas del Emisor desde la fecha de publicación de sus últimas cuentas auditadas a 31 de diciembre de 2012.

B.25 Activos subyacentes Los activos subyacentes de los Valores de Metales Industriales de

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cada tipo, por los que están respaldados y garantizados, son:

• metales industriales físicos depositados en almacenes y representados por: (i) Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) (en el sentido en que se definen más adelante); y (ii) en ocasiones, por Recibos de

Almacenamiento (en el sentido en que se definen más adelante); y

• los derechos del Emisor respecto del efectivo en dólares estadounidenses que se encuentran en una cuenta de garantía bloqueada (en lo sucesivo, la “Cuenta de Garantía Bloqueada”) en Law Debenture Trust Corporation p.l.c, que representan los honorarios por almacenaje que deben abonarse a los almacenes en los que se guardan los metales industriales físicos (“Alquiler Devengado”).

Una parte limitada de los activos del Emisor correspondiente a los Valores de Metales Industriales podrá representarse en dinero efectivo (dólares estadounidenses) depositado en una cuenta de efectivo del Emisor (en adelante, la “Cuenta en Efectivo del Emisor”) y aportado por los Participantes Autorizados como medio alternativo a corto plazo a la provisión de (i) Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) a la solicitud de Valores de Metales Industriales, o (ii) Valores de Metales Industriales al reembolso de Valores de Metales Industriales.]

Los “Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME)” son documentos que representan la titularidad de una determinada cantidad de metal industrial físico de un tipo concreto que se encuentra en un almacén en particular, que cumple con los requisitos de calidad establecidos por la Bolsa de Metales de Londres (en adelante, la “LME”, por sus siglas en inglés) y que se almacena en una zona concreta de un almacén en particular que cumple igualmente con los requisitos de la LME (“Almacenes Autorizados”). Los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) los emite el almacén en el que se encuentra depositado el metal, y se pueden negociar y transmitir en la LME. Los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) quedan guardadas en nombre del Emisor en soporte físico por el depositario designado en las normas emitidas por la LME (en adelante, el

“Depositario”), registrándose electrónicamente en una cuenta del Emisor en la LME (en adelante, la “Cuenta del Emisor en LMEsword ”)

Los “Recibos de Almacenamiento” son también documentos que representan la titularidad de una cantidad concreta de metal industrial físico de un tipo determinado y, en el caso de los Recibos de Almacenamiento que puede detentar el Emisor, que

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cumplan con los requisitos de calidad establecidos por la LME. El metal industrial físico representado por Recibos de Almacenamiento no necesita ser almacenado en zonas de los almacenes que cumplan con las normas establecidas por la LME para almacenes. Los Recibos de Almacenamiento quedan guardados en nombre del Emisor, manteniéndose en custodia en la caja de seguridad del Agente de Metales.

Cada Valor de Metal Industrial otorga al Tenedor del Valor la titularidad de una cantidad concreta del metal industrial de que se trate. La cantidad de metal industrial que corresponde al Tenedor del Valor en cualquier momento se conoce como

“Derecho de Metal”. El Derecho de Metal queda reducido cada día por los honorarios anuales de alquiler (los honorarios a pagar por el almacenamiento del metal industrial físico, honorarios de gestión (es decir, los honorarios a pagar a ManJer por los servicios que presta al Emisor), más el seguro (correspondiente al coste de asegurar las tenencias de metal industrial físico).

Los activos titulados que respaldan la emisión tienen características que demuestran su elevado potencial de producir la liquidez necesaria para hacer frente a cualquier pago que se deba efectuar en relación con los valores. En general, la creación y reembolso de Valores de Metales Industriales solo corresponde a los Participantes Autorizados, efectuándose contra entrega de los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) que representan metales industriales físicos, así como contra el pago de cualquier suma de Alquiler Devengado en relación con los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) que se presentan. En el caso de que no hubiera Participantes Autorizados, o si lo decide el Emisor a su entera discrecionalidad, podrán amortizar sus valores directamente con el Emisor Tenedores de Valores que no fuesen Participantes Autorizados.

En este caso, el Emisor venderá el metal industrial subyacente al Agente de Metal (de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato de Agencia de Metal), utilizando el líquido obtenido de dicha venta para pagar el importe del reembolso a los Tenedores de Valores que realicen amortización.

Resumen para la emisión concreta:

Los activos subyacentes a los Valores de Metales Industriales que se emiten de acuerdo con las condiciones finales son:

• metales industriales físicos depositados en almacenes y representados por Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) y, en ocasiones, por Recibos de Almacenamiento que representan [aluminio] físico/[cobre] físico/[plomo físico/[níquel]

físico /[[estaño] físico [y] [zinc] físico depositados en nombre del Emisor;

• los derechos del Emisor respecto del efectivo en dólares estadounidenses que se mantiene en la Cuenta de Garantía

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Bloqueada de Law Debenture Trust Corporation p.l.c y que representa los honorarios de almacenamiento que deben pagarse a los almacenes como Alquiler Devengado; y

• cualquier suma en efectivo en dólares estadounidenses depositada en la Cuenta en Efectivo del Emisor y aportado por los Participantes Autorizados como medio alternativo a corto plazo a la provisión de (i) Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) a la solicitud de Valores de Metales Industriales, o (ii) Valores de Metales Industriales al reembolso de Valores de Metales Industriales.

B.26 Gestión de

inversiones

No aplicable; no hay una gestión activa de los activos del Emisor.

B.27 Otros valores

respaldados por los mismos activos

Pueden emitirse otros Valores de Metales Industriales de cualquier clase que aparezca en el presente Folleto, pero solo una vez que LME Warrants justifique que se ha depositado en la Cuenta del Emisor en LMEsword una cantidad que represente la cantidad de los metales equivalente al total del Derecho de Metal de los Valores de Metales Industriales que se van a emitir.

Los nuevos Valores de Metales Industriales serán fungibles con todos los Valores de Metales Industriales existentes de la misma clase y estarán respaldados por los mismos activos.

B.28 Estructura de la

transacción

El Emisor ha creado un programa por el que se pueden emitir Valores de Metales Industriales. Dichos Valores de Metales Industriales pueden emitirse o amortizarse diariamente por los Participantes Autorizados que hayan suscrito un Acuerdo de Participante Autorizado con el Emisor. Los Participantes Autorizados podrán entonces vender y comprar Valores de Metales Industriales a y de otros inversores, bien en operaciones privadas o en bolsa.

Los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) se encuentran guardados en nombre del Emisor en las instalaciones del Depositario y se registran automáticamente en la Cuenta del Emisor en LMEsword (cuyos operadores el Agente de Metales).

Los Recibos de Almacenamiento se mantienen en custodia en la caja de seguridad a cargo del Agente de Metales. Los honorarios de almacenamiento del metal industrial físico subyacente los abona el Agente de Metales a los Almacenes Autorizados.

Los Valores de Metales Industriales se constituyen mediante la Escritura Fiduciaria. El Fideicomisario actúa como Fideicomisario en nombre de los Tenedores de Valores de cada clase de Valores de Metales Industriales. Además, el Emisor y el Fideicomisario han suscrito una Escritura de Garantía independiente respecto de cada tipo de Valor de Metal Industrial, de acuerdo con la que se concede al Fideicomisario ciertos derechos sobre el conjunto de activos que corresponde a esa clase de Valor de Metal Industrial.

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Los derechos que corresponden al Fideicomisario de acuerdo con la Escritura de Garantía los detenta el Fideicomisario en fideicomiso para los Tenedores de Valores.

A continuación se expone un diagrama de los principales aspectos de la estructura actualmente vigente:

B.29 Descripción del flujo de fondos

La mayoría de los Tenedores de Valores no negociará directamente con el Emisor sus Valores de Metales Industriales, sino que los comprará y venderá en una transacción con dinero en efectivo en una de las bolsas de valores en las que se admitan a negociación los Valores de Metales Industriales. Los creadores de mercado tienen la misión de que exista en todo momento suficiente liquidez en dichas bolsas de valores.

El Emisor ha suscrito una serie de Acuerdos de Participantes Autorizados y se ha comprometido a emitir y a amortizar Valores de Metales Industriales con Participantes Autorizados de una manera continuada. Los Participantes Autorizados podrán vender los Valores de Metales Industriales tanto en transacciones bursátiles como extra bursátiles, pudiendo igualmente conservar para sí los valores.

A la creación de los Valores de Metales Industriales, un Participante Autorizado deberá presentar (i) Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) por un valor total equivalente al menos al Derecho de Metal de los Valores de Metales Industriales que se van a crear a través del sistema LMEsword, entregándolos en el Cuenta del Emisor en LMEsword; y (ii) efectivo equivalente al Alquiler Devengado correspondiente esos Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME), a pagar al Agente de Metales. En caso de amortización, deberá realizarse la

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operación inversa con los activos.

En el caso de que no hubiera Participantes Autorizados, o si lo decide el Emisor a su entera discrecionalidad, podrán amortizar sus valores directamente con el Emisor Tenedores de Valores que no fuesen Participantes Autorizados. En este caso, el Emisor venderá el metal industrial subyacente al Agente de Metal (de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato de Agencia de Metal), utilizando el líquido obtenido de dicha venta para pagar el importe del reembolso a los Tenedores de Valores que realicen amortización.

B.30 Originadores de los activos titulizados

No aplicable. No hay originadores de los activos titulizados.

APARTADO C - Valores

C.1 Tipo y clase de

valores ofrecidos

El Emisor ha creado y ha puesto a disposición para su emisión 7 clases de Valores de Metales Industriales de dos tipos: Valores Individuales y Valores de Cesta.

La exposición que supone cada tipo de Valor de Metales Industriales es la siguiente:

Valores Individuales: un total de seis clases de Valores

Individuales están disponibles para su emisión, suponiendo cada una de ellas exposición a un único metal industrial físico

subyacente de entre los siguientes: aluminio, cobre, plomo, níquel, estaño o zinc.

Valores de Cesta: una clase de Valores de Cesta está disponible para su emisión, suponiendo exposición a un número fijo de valores individuales de cada una de las siguientes clases:

Aluminio Cobre Plomo Níquel Estaño Zinc

Resumen de la emisión concreta:

Los datos siguientes son de aplicación a los Valores de Metales Industriales emitidos de conformidad con las Condiciones Finales:

Clase:

Código LSE:

ISIN:

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Número total de Valores de Metales Industriales de esa clase:

Metal al que proveen exposición los Valores de Metales Industriales de esa clase:

[aluminio] [cobre] [plomo] [níquel]

[estaño] [y] [zinc]

C.2 Divisa Los Valores de Metales Industriales se denominan en dólares estadounidenses

C.5 Restricciones a la transmisión

No aplicable; los Valores de Metales Industriales son libremente transmisibles.

C.8 Derechos

Los Valores de Metal Industrial otorgan a un Participante Autorizado el derecho a exigir el reembolso del valor y a recibir:

(i) una cantidad de metal físico LME representado por un número entero de warrants igual al Derecho de Metal a esa fecha; (ii) el dinero líquido obtenido con respecto a la parte del Derecho de Metal que no se puede entregar como warrant entero; y (iii) efectivo igual al Alquiler Devengado respecto de los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) entregados.

En algunos casos, los Tenedores de Valores que no sean Participantes Autorizados podrán amortizar sus valores directamente con el Emisor a cambio del efectivo obtenido de la venta al Agente de Metales de acuerdo con el Contrato de Agencia de Metales de Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) con un valor total equivalente al Derecho de Metal de los valores amortizados.

Existe un Derecho de Metal independiente para cada clase de Valor Individual. El Derecho de Metal de cada Valor Individual en las operaciones del día sobre los Valores de Metales Industriales de cada clase que comience en la Bolsa de Londres se muestra en el cuadro siguiente. En el mismo cuadro se muestra igualmente el Derecho de Metal de cada clase de Valor Individual a 12.06.13.

El Derecho de Metal de los Valores de Cesta es la suma de los Derechos de Metal de cada Valor Individual de los que se compone.

Derecho de Metal inicial (toneladas)

Derecho de Metal a [fecha]

(toneladas)

Valor Individual

Valores ETFS de aluminio físico 0,05 0.04140476 Valores ETFS de cobre físico 0,005 0.00468652 Valores ETFS de plomo físico 0,05 0.04230124

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Valores ETFS de níquel físico 0,005 0.0047859 Valores ETFS de estaño físico 0,005 0.00481154 Valores ETFS de zinc físico 0,05 0.04160492 Un Valor de Metal Industrial es una obligación garantizada de recurso limitado sin fecha del Emisor, con una prioridad a la par con los restantes valores de la misma clase. Los Tenedores de Valores sólo pueden tener recurso a los activos de la clase de valor de los que son tenedores.

Resumen de la emisión concreta:

El Derecho de Metal de los Valores de Metales Industriales emitidos en virtud de las Condiciones Definitivas a la [fecha de emisión] es [•].

C.11 Admisión Se ha solicitado a la Autoridad de Admisión a Cotización del Reino Unido que todos los Valores de Metales Industriales emitidos en el plazo de 12 meses desde la fecha del Folleto sean admitidos a la Lista Oficial y a la Bolsa de Londres (LSE), que opera un Mercado Regulado, y que todos los Valores sobre Metales con cobertura de Divisa sean admitidos a negociación en el Mercado Principal de la Bolsa de Londres (LSE), que forma parte de su Mercado Regulado de valores cotizados (aquellos valores admitidos en la Lista Oficial). Es propósito del Emisor que todos los Valores de Metales Industriales emitidos con posterioridad a la fecha de este documento sean también admitidos a negociación en el Mercado Principal.

Algunos de los Valores de Metales Industriales han sido también admitidos a cotización en el Mercado Regulado (Norma General) de la Bolsa de Fráncfort.

Resumen de la emisión concreta:

Se ha solicitado para los Valores de Metales Industriales emitidos con arreglo a las Condiciones Definitivas la negociación en el Mercado Principal del LSE, que forma parte del Mercado Regulado de valores cotizados (aquellos valores admitidos en la Lista Oficial).

[Estos Valores de Metales Industriales han sido admitidos a cotización en [el Mercado Regulado (Norma General) de la Bolsa de Fráncfort]

C.12 Denominación

mínima

Cada Valor de Metal Industrial tiene una denominación mínima (y se conoce como “Principal”).

Resumen de la emisión concreta:

El Principal de cada uno de los Valores de Metales Industriales emitidos con arreglo a las Condiciones Finales es [•.•• dólares

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estadounidenses].

C.15 El valor de la inversión se ve afectado por el valor de los instrumentos subyacentes

Respecto de cada Valor de Metal Industrial, el Emisor no publica un valor en términos monetarios, sino un Derecho de Metal.

Como se ha indicado antes, el Derecho de Metal de cada Valor de Metal Industrial es la cantidad de metal industrial físico a la que un Valor de Metal Industrial da derecho al Tenedor de Valores a la amortización. La cantidad de metal industrial físico correspondiente a cada Valor de Metal Industrial se reducirá cada día por los honorarios aplicables, siendo estos los honorarios de almacenamiento (coste de almacenamiento del metal industrial físico subyacente), seguro (para la cobertura del metal industrial subyacente) y los honorarios de gestión (que debe pagar el Emisor a ManJer por los servicios prestados por esta).

Los Participantes Autorizados crean y amortizan Valores de Metales Industriales de cualquier clase directamente con el Emisor al Derecho de Metal de esa clase de la fecha de que se trate.

El valor en efectivo de un Valor de Metal Industrial se puede calcular multiplicando el correspondiente Derecho de Metal por el valor en efectivo de 1 tonelada del metal industrial físico subyacente oportuno. Dicho valor en efectivo del Valor de Metal Industrial variará tanto al alza como a la baja en función de los movimientos del valor en efectivo del metal industrial físico correspondiente. Debido a la reducción diaria que experimenta el Derecho de Metal, en un día en el que no hubiese ningún movimiento en el valor en efectivo del metal industrial físico subyacente, se registraría aún una reducción en el valor en efectivo de los Valores de Metales Industriales, ya que habría disminuido la cantidad de metal industrial físico que representan.

Cada inversor puede acceder al valor en efectivo del Derecho de Metal de sus Valores de Metales Industriales mediante la venta de esos Valores de Metales Industriales en uno de los mercados de valores en los que se admitan a cotización los Valores de Metales Industriales (tras la reducción de los costes derivados de dicha venta), o bien en una operación de venta privada.

C.16 Fecha de caducidad/

vencimiento

No aplicable; los Valores de Metales Industriales son valores de duración indefinida y no tienen una determinada fecha de vencimiento ni de caducidad.

C.17 Liquidación CREST

El Emisor es un Emisor participante en CREST, sistema de liquidación electrónica de transmisiones y tenencia de valores;

los Valores de Metales Industriales se emiten o amortizan a través del sistema CREST. Las transmisiones de valores en la Bolsa de Londres normalmente se liquidarán a través de CREST.

Liquidación de creaciones y reembolsos

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A la creación o liquidación de los Valores de Metales Industriales, se producirá la liquidación (siempre que se cumplan determinadas condiciones) el tercer día hábil siguiente a la recepción de la correspondiente solicitud de creación o reembolso. Un Valor de Metal Industrial se emitirá únicamente al recibo de una solicitud válida y una vez se hayan transferido los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) a la Cuenta del Emisor en LMEsword, además de al cumplimiento de otras condiciones.

Liquidación en la Bolsa de Fráncfort

Para una correcta entrega de los Valores de Metales Industriales en la Bolsa de Fráncfort, Clearstream Banking Aktiengesellschaft (“Clearstream”) emitirá, para cada serie y número correspondiente de Valores de Metales Industriales, un Certificado Global al Portador (en adelante, el “Certificado Global al Portador”) en alemán y con arreglo al derecho alemán.

Si se produce un cambio en el número de Valores de Metales Industriales representados por el Certificado Global al Portador de una clase, Clearstream realizará la modificación correspondiente en el Certificado Global al Portador.

Resumen de la emisión concreta:

[Para una correcta entrega de los Valores de Metales Industriales emitidos de acuerdo con las Condiciones Finales en la Bolsa de Fráncfort, Clearstream Banking Aktiengesellschaft (“Clearstream”) emitirá, para cada serie y número correspondiente de Valores de Metales Industriales, un Certificado Global al Portador (en adelante, el “Certificado Global al Portador”) en alemán y con arreglo al derecho alemán.

Si se produce un cambio en el número de Valores de Metales Industriales representados por el Certificado Global al Portador de una clase, Clearstream realizará la modificación correspondiente en el Certificado Global al Portador.]

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C.18 Descripción de la rentabilidad

Un Valor de Metal Industrial otorga el derecho al Titular del Valor (siempre que sea un Participante Autorizado o se den ciertas otras circunstancias tasadas) a solicitar el reembolso de un Valor de Metal Industrial y cobrar una cantidad de metal físico LME representado por un número entero de warrants (y dinero en metálico respecto de la parte que no pueda entregarse como un warrant entero) igual al Derecho de Metal a la fecha en que notifique su solicitud de reembolso (o en que se considere que la ha practicado). Un Tenedor de Valores tiene derecho igualmente cobrar una cantidad en efectivo igual al alquiler devengado de los warrants entregados.

Los Valores de Metales Industriales no generan intereses.

Los Valores de Metales Industriales están diseñados para ofrecer a los inversores un modo de invertir en metales industriales físicos sin necesidad de poseerlos físicamente, permitiéndoles además comprar y vender esa participación negociando con ella en bolsas de valores.

Resumen de la emisión concreta:

Los datos siguientes son de aplicación a los Valores de Metales Industriales emitidos de conformidad con las Condiciones Finales:

Metal Industrial al que proveen exposición los Valores de Metales Industriales de esa clase: [aluminio] [cobre] [plomo]

[níquel] [estaño] [y] [zinc]

C.19 Precio final / precio de ejercicio

En general, los Valores de Metales Industriales no son amortizados según un precio, sino mediante la transmisión de los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) que representan una cantidad de metal industrial físico equivalente al Derecho de Metal de los Valores de Metales Industriales que se van a amortizar, más efectivo que representa el Alquiler Devengado aplicable esos Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME). No hay un ejercicio de los activos subyacentes, sino simplemente la transmisión de estos al Participante Autorizado que realiza la amortización. En ciertos casos, Tenedores de Valores que no son Participantes Autorizados pueden amortizar sus valores directamente con el Emisor a cambio del efectivo obtenido de la venta al Agente de Metales de acuerdo con el Contrato de Agencia de Metales de Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) con un valor total equivalente al Derecho de Metal de los valores que se están amortizando. Esta venta se realiza en un precio en dólares estadounidenses basado en el precio de última oferta para ese

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tipo de metal industrial antes de que suene la campana en el LME señalando el final del segundo repique de la primera sesión de negociación (el “Precio de Liquidación en Efectivo de la LME”). Los reembolsos de Valores de Metales Industriales serán a cambio de una cantidad de metal físico del LME representada por un número entero de warrants (y de dinero en efectivo respecto de la parte del Derecho de Metal que no se pueda entregar como warrant entero) igual al Derecho de Metal del día de relativo a la fecha de notificación de la solicitud de reembolso.

Un Tenedor de Valores tiene derecho igualmente a cobrar efectivo equivalente al Alquiler Devengado respecto de los warrants entregados.

C.20 Tipo de elemento

subyacente y dónde puede encontrarse información sobre el mismo

Los activos subyacentes a los Valores de Metales Industriales de cada tipo, por los que están respaldados y sobre los que están garantizados, son:

• metales industriales físicos depositados en almacenes y representados por (i) Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME); y (ii) en ocasiones, Recibos de Almacenamiento; y

• los derechos del Emisor respecto del efectivo en dólares estadounidenses que se encuentran en la “Cuenta de Garantía Bloqueada” en Law Debenture Trust Corporation p.l.c, que representan el “Alquiler Devengado”.

Una parte limitada de los activos del Emisor correspondiente a los Valores de Metales Industriales podrá representarse en dólares estadounidenses depositados en la “Cuenta en Efectivo del Emisor” y aportados por los Participantes Autorizados como medio alternativo a corto plazo a la provisión de (i) Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) a la solicitud de Valores de Metales Industriales, o (ii) Valores de Metales Industriales al reembolso de Valores de Metales Industriales.

La información acerca de los Warrants de la Bolsa de Metales de Londres (LME) y de los metales industriales se puede encontrar en la página web de la LME www.lme.co.uk.

Los activos subyacentes a los Valores de Metales Industriales de cada tipo, sobre los que están garantizados serán warrants que representan metales físicos de la Bolsa de Metales de Londres, Recibos de Almacenamiento que representan el almacenamiento de metales industriales físicos, los derechos del Emisor (incluidos los derechos de titularidad) respecto del metal físico correspondiente a esos Valores de Metales Industriales, y los derechos del Emisor respecto del efectivo en dólares estadounidenses retenidos en custodia y que representa el Alquiler Devengado. Una parte limitada de los activos del Emisor atribuible a los Valores de Metales Industriales podrá representarse en efectivo en dólares estadounidenses depositado en la Cuenta en Efectivo del Emisor o en la Cuenta de Garantía Bloqueada, o mediante transacciones con el Agente de Metales o un Participante Autorizado.

Resumen de la emisión concreta:

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El tipo de activos subyacentes a los Valores de Metales Industriales emitidos conforme a las Condiciones Finales [es/son]: [aluminio] [cobre] [plomo] [níquel] [estaño] [y] [zinc] y dinero en efectivo.

APARTADO D - Riesgos

D.2 Riesgos principales del Emisor

El Emisor se ha constituido como entidad de cometido especial a los efectos de emitir Materias Primas Cotizadas como valores respaldados por activos.

En el caso de que los beneficios netos procedentes de la ejecución de la propiedad garantizada respecto de una clase concreta, tras la ejecución de la Escritura de Garantía aplicable a esa clase, no fuesen suficientes para cubrir todas las obligaciones y hacer frente a todos los pagos debidos en ese momento respecto de los Valores Individuales de esa clase (y los Valores de Cesta, en la medida en que incluyan Valores Individuales de esa clase), las obligaciones del Emisor respecto de esos Valores Individuales de dicha clase (y los Valores de Cesta, en la medida en que incluyan Valores Individuales de esa clase) se limitarán a los beneficios netos de la ejecución de esa propiedad garantizada. En esas circunstancias, los activos (en su caso) del Emisor que no sean los atribuibles a la clase de que se trate, no se pondrán a disposición para cubrir ningún descubierto, quedarán extinguidos los derechos de los Titulares de Valores correspondientes a percibir ulteriores sumas en relación con dichas obligaciones y ni los Titulares de Valores ni el Fideicomisario podrán emprender otras acciones para recuperar dichas cantidades.

D.6 Riesgos principales de los valores

• El rendimiento pasado no constituye una indicación del rendimiento esperado.

• Los inversores en Valores de Metales Industriales se arriesgan a perder el valor total de lo invertido o parte de ello.

• El acceso a las instalaciones de almacenamiento de los Almacenes Autorizados por la LME podría haberse restringido por acontecimientos naturales como inundaciones, o acciones humanas como ataques terroristas. El Emisor ha contratado un seguro que cubre cada uno de los metales depositados en el Almacén Autorizado. Existen ciertas excepciones a la cobertura del seguro contratado por el Emisor, estando dicho seguro sujeto al límite deducible el límite de pérdida respecto de cualquier emplazamiento. Es posible que el seguro del Emisor no sea adecuado para cubrir la totalidad de pérdidas, y como consecuencia de ello, el Emisor podría no tener suficiente metal industrial físico subyacente para cumplir con sus obligaciones de amortización ante

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los Tenedores de Valores, con el posible efecto en última instancia de una pérdida para éstos.

• La oferta y la demanda de warrants podría variar respecto a las expectativas del inversor en cuanto a la oferta y demanda de algún tipo de metal.

Históricamente, ciertos tipos de metales se han visto sometidos a una liquidez limitada respecto de los warrants. La limitación de la liquidez podría afectar a la capacidad de los Participantes Autorizados para solicitar Valores de Metales Industriales, lo que podría afectar al valor de estos, y el valor podría no seguir el mismo ritmo que el precio de los valores subyacentes.

• En algunos casos, un porcentaje limitado de los activos del Emisor atribuible a los Valores de Metales Industriales podría representarse en efectivo en dólares estadounidenses a consecuencia de operaciones con el Agente de Metales o un Participante Autorizado. El incumplimiento por parte del Agente de Metales o del Participante Autorizado de las obligaciones que les corresponden en el marco de esas operaciones, podría tener como efecto pérdidas para los Tenedores de Valores.

• En el caso de ciertos hechos que afectan a warrants concretos, éstos podrían dejar de ser admitidos para fines de liquidación en el mercado de la LME. En esos casos, podrían surgir dificultades para vender el metal representado por esos warrants, y el Emisor podría quedarse en posesión de ciertos warrants que sea incapaz de vender al Agente de Metales o de transmitir a los Participantes Autorizados a continuación de las solicitudes de reembolso. Esto reduciría la cantidad de metal industrial físico de que el Emisor dispone para cumplir sus obligaciones de reembolso ante los Tenedores de Valores, pudiendo derivarse de ello en última instancia pérdidas para éstos.

APARTADO E – Oferta

E.2b Oferta y uso de los resultados

obtenidos

- No aplicable; los motivos de la oferta y el uso de los resultados no difieren de la obtención de beneficios y/o la cobertura de riesgos.

E.3 Condiciones de la

oferta

El Emisor ofrece los Valores de Metales Industriales para suscripción únicamente los Participantes Autorizados que hayan

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presentado una solicitud válida y una vez que LME Warrants justifique que se ha depositado en la Cuenta del Emisor en LMEsword una cantidad que represente la cantidad de los metales equivalente al total del Derecho de Metal de los Valores de Metales Industriales que se van a emitir. El Participante Autorizado debe abonar también al Emisor una comisión de solicitud de 500 GBP. Las solicitudes de Valores sobre Metales con cobertura de Divisa realizadas hasta las 16h00 de Londres, de un día hábil permitirán normalmente al Participante Autorizado estar registrado como titular de los Valores de Metales Industriales en el plazo de tres días hábiles.

E.4 Intereses sustanciales o en conflicto

El Sr. Tuckwell y el Sr. Ross (consejeros del Emisor) son también consejeros de ManJer, y todos los Consejeros del Emisor son también consejeros de HoldCo, socio único del Emisor. El Sr Roxburgh es el Director Financiero de ETFSL. Aunque estos cargos podrían dar lugar a conflictos de intereses, los Consejeros no creen que exista ningún conflicto, real o potencial, de intereses entre las funciones que los consejeros y/o los miembros de los órganos de administración, gestión y supervisión del Emisor en relación con este último y los intereses privados u otras obligaciones que puedan tener.

Los Consejeros del Emisor ocupan también puestos en el consejo de otros Emisores de materias primas negociadas en mercados también propiedad de HoldCo.

E.7 Gastos El Emisor cobra los siguientes costes a los inversores:

- 500 GBP por solicitud o reembolso realizada directamente con el Emisor;

- Las siguientes comisiones, que se aplicarán deduciéndose diariamente del Derecho de Metal:

- Una comisión de gestión del 0,69 por ciento anual a los tenedores de Valores Individuales;

-Una cantidad para cobertura del seguro del 0,01 por ciento anual respecto de todas las clases de Valores de Metales Industriales; y

-Una comisión anual de alquiler de 48 céntimos por tonelada y día para aluminio, 44 céntimos por tonelada y día para cobre, 44 céntimos por tonelada y día para plomo 52 céntimos por tonelada y día para níquel, 49 céntimos por tonelada y día para estaño, 45 céntimos por tonelada y día para zinc.

El Emisor no cobrará ningún otro coste a los inversores.

En el caso de que un inversor adquiriese los Valores de Metales Industriales a un intermediario financiero, el Emisor estima que

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los gastos cargados por dicho intermediario financiero en relación con la venta de los Valores de Metales Industriales a un inversor serán de aproximadamente el [0,15] por ciento del valor de los Valores de Metales Industriales vendidos a ese inversor.

Resumen de la emisión concreta:

Respecto del tipo de Valores de Metales Industriales emitidos de acuerdo con las condiciones finales, las comisiones a aplicar serán las siguientes:

Comisión de solicitud [●]

Comisión de reembolso [●]

Honorarios anuales de alquiler [●]

Honorarios de gestión [●]

Seguro [●]

.

Referencias

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