Relación del DB SUA con las normas DC-09
Alicante, 27 de septiembre de 2012 Teresa Escrig Meliá [email protected]
Instituto Valenciano de la Edificación
Documento Básico SUA
Accesibilidad y seguridad de utilización
Sección SUA 9 Accesibilidad
Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas
Sección SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento
parcela s/ proyecto
parcela s/ medición
Normas de Diseño y Calidad (DC-09)
Decreto 151/2009 de 2 de octubre del Consell
Ordenes, Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda:
- Orden 07/12/2009 - Orden 19/2010
CTE DB SUA Real Decreto 173/2010 de 19 de febrero Ministerio de la Vivienda
DB SUA con comentarios del Ministerio de Fomento
Junio 2012
DA DB SUA/1
Clasificación de vidrios (...) y DA DB SUA/2
Criterios para la utilización de elementos y dispositivos mecánicos Junio 2011
Objetivo:
Facilitar el uso del edificio a todas las personas y, en especial aquellas con movilidad reducida y limitación sensorial, del modo más independiente y natural posible.
FA Accesibilidad al medio físico
Sección SUA 9 Accesibilidad
Accesibilidad en el exterior
Accesibilidad en la entrada del edificio Accesibilidad entre plantas
Accesibilidad en planta
Dotación de elementos accesibles
Señalización de elementos accesibles
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad en el exterior del edificio
Accesibilidad en el exterior del edificio DB SUA
La parcela dispondrá al menos de un itinerario accesible que comunique:
- una entrada principal al edificio, y
- en conjuntos de viviendas unifamiliares una entrada a la zona privativa de cada vivienda, con:
- la vía pública y
- las zonas comunes exteriores: aparcamientos exteriores propios del edificio, jardines, piscinas, zonas deportivas, etc.
accesible
no necesariamente
accesible
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad en entradas de edificios y establecimientos
"Accesibilidad en la edificación" Jose Luis Posada Escobar
Parcela con zonas exteriores
Parcela sin zonas exteriores Parcela sin zonas exteriores Parcela sin zonas exteriores
La entrada principal al edificio y a
cada uno de los establecimientos
será accesible
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad en entradas de edificios de viviendas
Condiciones s/ DB SUA + DC/09 (otras condiciones aplicables: DB SI)
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad entre plantas del edificio
Accesibilidad entre plantas DB SUA DC-09
Obligatoriedad de: ascensor o rampa ascensor
Nº de viviendas y altura >12 viviendas en plantas sin entrada principal accesible
> 6 viviendas situadas a altura > 4,50 m
Nº plantas o altura ≥ P entrada accesible + 2 > 10 m
Previsión de ascensor Resto de casos > 7 m
ENTRADA ENTRADA
ENTRADA
>6 VIVIENDAS altura > 4,50 m ENTRADA
P2
altura > 10 m P3
P1
>12 VIVIENDAS
altura > P2
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad entre plantas del edificio
Edificio de viviendas DB SUA DC-09
Ascensor: (o rampa) accesible practicable/
adaptado Deberá comunicar la planta con entrada accesible con: plantas que no sean
de ocupación nula*
viviendas zonas comunes plazas aparcamiento
*Zona de ocupación nula (Anejo SI A Terminología): Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc. (…)
trasteros viviendas
zona uso comun
a sc e n so r a c c e si b le
aparcamientos ENTRADA
viviendas
aparcamiento
accesible
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad entre plantas del edificio
ENTRADA
trastero
vivienda accesible zona uso comun
tendedero
a sc e n so r a c c e si b le
aparcamiento
Plantas con viviendas accesibles DB SUA
El ascensor o rampa accesible deberá comunicar con:
- con las plantas con entrada accesible al edificio
- con las plantas que tengan elementos asociados a dichas viviendas: trastero, plaza de aparcamiento de la vivienda accesible, etc.
- con las plantas que tengan zonas comunitarias: sala de comunidad, tendedero, etc.
accesible
SUA 9 Accesibilidad Accesibilidad en las plantas del edificio
Viviendas Zonas de uso
comunitario
Elementos asociados a viviendas accesibles usuarios silla de ruedas
Accesos accesibles
Accesibilidad en las plantas del edificio DB SUA
Itinerario accesible desde los accesos accesibles (o previsión) en cada planta hasta:
- viviendas
- zonas de uso comunitario
- elementos asociados a las viviendas accesibles: trasteros, plazas de aparcamiento accesibles, tendederos, etc., situados en la misma planta.
Según normas DC-09, en el caso de obligación de ascensor:
itinerario practicable en viviendas no adaptadas hasta:
acceso, recinto de relación y recinto de higiene personal
huecos libres de puertas de paso de anchura min. 0,80 m
SUA 9 Accesibilidad Dotación de elementos accesibles
Dotación de elementos accesibles Normativa
DB SUA Ley 1/1998 GV Nº mínimo de viviendas accesibles / adaptadas s/reglamentación
aplicable (4%)*
3%**
En caso de aparcamiento propio y viviendas accesibles/adaptadas
1 plaza accesible/
vivienda accesible
1 plaza adaptada/
vivienda adaptada
*Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Artículo 19. Modificación de la Ley 13/1982 de integracion social de los minusvalidos: “En los proyectos de viviendas protegidas, se programará un mínimo de un cuatro por ciento.”(...)
**Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación.
Artículo 6. “Con objeto de garantizar el acceso a la vivienda a personas con discapacidad, en aquellos edificios en que se utilicen fondos públicos, ya sean de promoción pública o promoción privada de protección oficial, se reservará un número determinado de viviendas y de plazas de aparcamiento siempre que existan garajes
vinculados a la edificación, según el tamaño de la promoción, en las condiciones y número que se determinará
reglamentariamente y, como mínimo, un porcentaje no inferior al tres por ciento del número total.”
SUA 9 Accesibilidad Dotación de elementos accesibles
Dotación de elementos accesibles DB SUA
En caso de piscina y viviendas accesibles (se exceptúan las piscinas infantiles)
1 entrada al vaso (grúa o elemento adaptado) En caso de que sea exigible la existencia de
aseos o vestuarios
1 aseo accesible / 10 uds. o fracción de inodoros, pudiendo ser de uso compartido para ambos sexos.
En cada vestuario: 1 cabina de vestuario accesible, 1 aseo accesible y 1 ducha accesible/ 10 uds. o
fracción
En el caso de que el vestuario no esté distribuido en cabinas individuales, se dispondrá al menos una cabina accesible
Mecanismos accesibles (se exceptúan el interior de viviendas y zonas de ocupación nula)
http://www.ascensoracuatico.com
SUA 9 Accesibilidad Señalización de elementos accesibles y características
Señalización elementos accesibles DB SUA
Entradas al edificio accesibles Cuando existan varias entradas al edificio (SIA)
Itinerarios accesibles Cuando existan varios recorridos alternativos (SIA + flecha direccional)
Ascensores accesibles En todo caso
(SIA + nº de planta en arábigo altorrelieve y Braille en jamba derecha en sentido de salida, altura: 0,80-1,20 m)
Plazas de aparcamiento accesibles En todo caso, excepto las vinculadas a un residente (SIA)
Las características y dimensiones del Símbolo Internacional de Accesibilidad para la movilidad (SIA) se establecen en la norma UNE 41501:2002.
Generalidades
Niveles de accesibilidad
Dimensiones en sillas de ruedas
Niveles de accesibilidad. Edificios de viviendas
Según CTE DB SUA - Ministerio -
• Accesible: Facilita el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura a las personas con discapacidad.
s/SUA 9: Itinerarios accesibles: exigibles en todos los edificios de viviendas y previsión del ascensor en todos los edificios en los que no sea obligatoria la instalación de ascensor o rampa.
Según Ley 1/1998, de 5 de mayo - Generalitat Valenciana -
• Nivel adaptado: Garantiza la utilización autónoma y cómoda por personas con discapacidad.
s/DC-09: Itinerarios adaptados: exigibles cuando existen viviendas adaptadas.
• Nivel practicable: Permite la utilización autónoma por personas con discapacidad.
s/DC-09: Itinerarios practicables: exigibles cuando lo es el ascensor.
• Nivel convertible: Puede transformarse, como mínimo, en practicable, mediante modificaciones que no afecten a su configuración esencial.
s/DC-09: exigible si existen viviendas a altura > 7 m.
Dimensiones antropométricas en sillas de ruedas
Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001 Ministerio de Fomento
Dimensiones principales de sillas de ruedas (cotas en cm)
Dimensiones de alcance de usuarios en sillas de ruedas
SUA Anejo A Terminología
Ascensor accesible Itinerario accesible Mecanismos accesibles Vivienda accesible
Aparcamientos accesibles
SUA Anejo A Terminología Ascensor accesible
Ascensor DB SUA Accesible DC-09
sin viv.
accesibles*
con viv.
accesibles*
Practicable Adaptado
Dimensiones de cabina (anchura x prof., m):
- con una puerta o dos enfrentadas 1,00 x 1,25 1,10 x 1,40 1,00 x 1,25 1,10 x 1,40 - con dos puertas en ángulo 1,40 x 1,40 1,40 x 1,40 1,25 x 1,25 1,40 x 1,40
*Viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas
125*
“Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001” Ministerio de Fomento
*125 cm: según reglamentación actual: CTE DB SUA y normas DC-09.
SUA Anejo A Terminología Ascensor accesible
Ascensor DB SUA DC-09
Accesible Practicable Adaptado Botonera: caracteres en Braille y alto relieve, contrastados cromáticamente. - - En grupos de varios ascensores, el ascensor accesible tiene llamada
individual / propia. - -
Cumple la norma UNE EN 81-70:2004 relativa a la “Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas con discapacidad”, así como las condiciones anteriores.
- -
Las puertas en la cabina y en los accesos a
cada planta, serán automáticas. SI (s/ UNE EN 81-70:2004) SI SI Ancho libre mínimo del hueco de acceso: 0,80 m (s/ UNE EN 81-70:2004) 0,80 m 0,85 m Cuando además deba ser ascensor de emergencia conforme a DB SI 4-1,
tabla 1.1 cumplirá también las características establecidas en el Anejo SI A. - -
*Viviendas accesibles para usuarios de silla de ruedas
Anejo SI A Terminología Ascensor de emergencia
Ascensor de emergencia DB SI
En cada planta, tendrá acceso desde:
- el recinto de una escalera protegida o desde el vestíbulo de independencia de una escalera especialmente protegida a través de una puerta E30;
- si el acceso se produce desde el recinto de una escalera especialmente protegida, no será necesario disponer dicha puerta E30.
Capacidad de carga mínima: 630 kg
Dimensiones de cabina mínimas: 1,10 m x 1,40 m
Anchura de paso mínima: 1,00 m
Velocidad tal que permita realizar todo su recorrido en: menos de 60 s Accesible según lo establecido en el DB SUA
Próximo, en cada planta, a una zona de refugio, cuando ésta exista.
En la planta de acceso al edificio se dispondrá un pulsador junto a los mandos del ascensor, bajo una tapa de vidrio, con la inscripción "USO EXCLUSIVO BOMBEROS".
La activación del pulsador debe provocar el envío del ascensor a la planta de acceso y permitir su maniobra exclusivamente desde la cabina.
En caso de fallo del abastecimiento normal, la alimentación eléctrica al ascensor pasará a realizarse de forma automática desde una fuente propia de energía que disponga de:
autonomía de 1 h como mínimo
Número necesario de ascensores de emergencia: en función de la previsión de ocupantes en la totalidad del edificio, a razón de:
un ascensor de emergencia accesible por cada 1000 ocupantes o fracción
Dotación de ascensor de emergencia (SI 4 tabla 1.1): en las plantas cuya altura de evacuación exceda de 28 m.
SUA Anejo A Terminología Itinerario accesible
Itinerario DB SUA DC-09
Accesible Practicable Adaptado
Desniveles Se salvan mediante rampa accesible o ascensor accesible.
No se admiten escalones.
Rampa o ascensor practicable
Rampa o ascensor adaptado Si acceso desnivel ≤ 0,12 m:
plano inclinado con pte. max.
25% y anchura mín. 0,90 m Pendiente En sentido de la marcha ≤ 4%, o cumple las
condiciones de rampa accesible.
Trasversal al sentido de la marcha es ≤ 2%
No se admite s/DB SUA en itinerario accesible
(ver comentarios SUA 1 Suelo)
No se considera parte de un itinerario accesible a las escaleras, rampas y pasillos mecánicos, a las puertas
giratorias, a las barreras tipo torno y a aquellos elementos que no sean adecuados para personas con
marcapasos u otros dispositivos médicos.
SUA Anejo A Terminología Itinerario accesible
Itinerario DB SUA DC-09
Accesible Practicable Adaptado
Espacio de giro Ø 1,50 m libre de obstáculos en:
- el vestíbulo de entrada, o portal - al fondo de pasillos de más de 10 m
zaguán y pasillos: Ø 1,50 m en el inicio y extremos de cada
tramo recto o c/10 m o frac.
“Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001” Ministerio de Fomento Cotas en cm
SUA Anejo A Terminología Itinerario accesible
Itinerario DB SUA DC-09
Accesible Practicable Adaptado
Espacio de giro frente a ascensores accesibles o al espacio dejado en previsión para ellos
frente al hueco del ascensor
Ø 1,50 m libre de obstáculos Ø 1,20 m Ø 1,50 m
Ø 1,50 m
12 VP en régimen de alquiler para mayores IVVSA - V+M arquitectos
SUA Anejo A Terminología Itinerario accesible
* Por presencia de elementos estructurales o paso de instalaciones, sin que exceda del 25% de la longitud total del recinto, medido en el eje del pasillo
Itinerario DB SUA DC-09
Accesible Practicable Adaptado
Pasillos y pasos
Anchura libre de paso ≥ 1,10 m 1,20 m
Estrechamientos puntuales de anchura ≥ 1,00 m, de longitud ≤ 0,50 m, y con separación ≥ 0,65 m a huecos de paso o a cambios de dirección
Estrangulamientos de hasta
un ancho de 0,90 m con una
longitud máxima de 0,60 m*
SUA Anejo A Terminología Itinerario accesible
Itinerario DB SUA DC-09
Accesible Practicable Adaptado
Puertas Anchura libre de paso ≥ 0,80 m medida en el marco y aportada por no más de una hoja.
En el ángulo de máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja ≥ 0,78 m.
acceso al edificio > 1 vivienda:
hueco de ancho ≥ 0,90 m acceso a viviendas:
hueco de ancho ≥ 0,80 m
vivienda accesible:
hueco de ancho ≥ 0,85 m
Mecanismos de apertura y cierre a altura:
0,80 - 1,20 m, de funcionamiento a presión o palanca y maniobrables con una sola mano, o automáticos
- -
MECANISMOS 1,20 m
0,80
mANCHURA HUECO
0,80 m en general (0,78 m reducida por la hoja) 0,85 m en acceso a la vivienda adaptada
0,90 m en acceso al edificio
Itinerario DB SUA Accesible
Puertas En ambas caras de puertas: espacio horizontal libre del barrido de las hojas Ø 1,20 m Distancia desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en rincón ≥ 0,30 m Fuerza de apertura de las puertas de salida ≤ 25 N (≤ 65 N, si son resistentes al fuego) Pavimento No contiene piezas ni elementos sueltos, tales como gravas o arenas. Los felpudos y
moquetas están encastrados o fijados al suelo.Para permitir la circulación y arrastre de elementos pesados, sillas de ruedas, etc., los suelos son resistentes a la deformación.
Puertas: aproximación frontal
“Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001” Ministerio de Fomento
SUA Anejo A Terminología Itinerario accesible
SUA Anejo A Terminología Mecanismos accesibles
Mecanismos accesibles DB SUA
Situación Están situados a una altura comprendida:
- entre 80 y 120 cm cuando se trate de elementos de mando y control, y - entre 40 y 120 cm cuando sean tomas de corriente o de señal.
La distancia a encuentros en rincón es de 35 cm, como mínimo.
Características Los interruptores y los pulsadores de alarma son de fácil accionamiento mediante puño cerrado, codo y con una mano, o bien de tipo automático.
Tienen contraste cromático respecto del entorno.
No se admiten interruptores de giro y palanca.
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Desniveles No se admiten escalones -
Pasillos y pasos
Anchura libre de paso ≥ 1,10 m Anchura ≥ 1,05 m
Estrechamientos puntuales de anchura ≥ 1,00 m, de longitud ≤ 0,50 m y con separación ≥ 0,65 m a huecos de paso o a cambios de dirección
No se permiten estrangulamientos
No se admiten estrangulamientos s/DC-09. Por tanto, la anchura mínima de estrechamientos puntuales será igual a 1,05 m
110 cm VIVIENDAS
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
*Figuras libres de obstáculos y fuera del abatimiento de las puertas.
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Vestíbulo Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos.
Se puede invadir con el barrido de puertas, pero cumpliendo las condiciones aplicables a éstas.
Ø 1,50 m*
Puertas Anchura libre de paso ≥ 0,80 m, medida en el marco y aportada por no más de una hoja. En el ángulo de máxima apertura de la puerta, la anchura libre de paso reducida por el grosor de la hoja de la puerta debe ser ≥ 0,78 m.
Acceso vivienda:
ancho ≥ 0,85 m Huecos de paso:
ancho ≥ 0,80 m Mecanismos de apertura y cierre situados a una altura entre
0,80 - 1,20 m, de funcionamiento a presión o palanca y maniobrables con una sola mano, o son automáticos
-
En ambas caras de las puertas existe un espacio horizontal libre del barrido de las hojas de diámetro Ø 1,20 m
- Distancia desde el mecanismo de apertura hasta el encuentro en
rincón ≥ 0,30 m
-
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Mecanismos Cumplen las condiciones que le sean aplicables de las exigibles a los mecanismos accesibles: interruptores, enchufes, válvulas y llaves de corte, cuadros eléctricos, intercomunicadores,
carpintería exterior, etc.
-
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
*Figuras libres de obstáculos y fuera del abatimiento de las puertas.
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Estancia principal Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos considerando el amueblamiento de la estancia.
Estar y comedor:
Ø 1,50 m*
Dormitorios (todos los de la vivienda)
Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos considerando el amueblamiento del dormitorio
Espacio de aproximación y transferencia en un lado de la cama de anchura ≥ 0,90 m
Espacio de paso a los pies de la cama de anchura ≥ 0,90 m
Ø 1,50 m*
90
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
*Figuras libres de obstáculos y fuera del abatimiento de las puertas.
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Cocina Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos considerando el amueblamiento de la cocina
Altura de la encimera ≤ 85 cm
Espacio libre bajo el fregadero y la cocina, mínimo 70 (altura) x 80 (anchura) x 60 (profundidad) cm
Ø 1,50 m*
Lavadero y tendedero
- Ø 1,50 m*
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
*Figuras libres de obstáculos y fuera del abatimiento de las puertas.
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Baño, al menos uno
Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos. Baño (todos):
Ø 1,50 m*
Aseo: Ø 1,20 m*
Puertas cumplen las condiciones del itinerario accesible. Son abatibles hacia el exterior o correderas.
Lavabo: espacio libre inferior, mínimo 70 (altura) x 50 (profundidad)cm.
Altura de la cara superior ≤ 85 cm.
- Inodoro: espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm a un lado.
Altura del asiento entre 45 – 50 cm.
- Ducha: Espacio de transferencia lateral de anchura ≥ 80 cm a un lado.
Suelo enrasado con pendiente de evacuación ≤ 2%
- Grifería: Automática dotada de un sistema de detección de presencia o
manual de tipo monomando con palanca alargada de tipo gerontológico. Alcance horizontal desde asiento ≤ 60 cm.
-
SUA Anejo A Terminología Vivienda accesible para usuarios de sillas de ruedas
Vivienda DB SUA DC-09
Accesible Adaptada
Terraza Espacio para giro de diámetro Ø 1,20 m libre de obstáculos.
Carpintería enrasada con pavimento o con resalto cercos ≤ 5 cm.
- Espacio
exterior, jardín
Dispondrá de itinerarios accesibles que permitan su uso y disfrute por usuarios de silla de ruedas.
-
Terraza ∅ ∅ ∅ ∅1,20 m
12 VP para mayores IVVSA - V+M arquitectos
SUA 9 Accesibilidad
60 VIVIENDAS Provincia: VALENCIA Municipio: GANDIA Promotor: IVVSA Expediente: RE-09/05
http://www.ivvsa.gva.es
Ejemplo de vivienda adaptada
∅
∅
∅
∅ 1,20 m a ambos lados de las puertas s/SUA
∅
∅
∅
∅ 1,50 m
1.20 2.30*
2.30 3.50
5.70
PLAZA EN LINEA 3.50
* No regulada por el DB SUA, calculada en base al caso general de las normas DC-09
INDIVIDUALINDIVIDUALDOBLE
PLAZA EN BATERIA 4.50
4.50
2.30
2.30 2.30 4.60
4.50
7.50*
4.50*
4.50
1.50 2.20
2.30*
2.20 5.90
4.50 4.5*
2.3*
3.00 2.3* 1.20
5.8*
4.5*
ADAPTADA s/DC-09 CASO GENERAL s/DC-09
PLAZA DE APARCAMIENTO
ACCESIBLE s/ CTE DB SUA 3.50*
SUA Anejo A Terminología Plaza de aparcamiento accesible
=
Más restrictiva
≠
Sección SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas
Suelos
Barreras de protección Escaleras de uso general Escaleras de uso restringido Rampas
Limpieza de acristalamientos exteriores
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Discontinuidades en el pavimento
Suelo DB SUA DC-09
(excepto en zonas de uso restringido o exteriores) en gral. accesible practicable adaptado
Juntas sin resalto de más de 4 mm SI SI -
Elementos salientes
sin resalto de más de 12 mm, a partir de 6 mm no debe formar ángulo con pavimento superior a 45º
SI SI -
Desnivel máximo para resolución con pendiente ≤ 25% 5 cm disposición de rampa accesible
12 cm
Huecos En zonas de circulación: sin perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de 1,5 cm de diámetro
SI SI -
Excepción: en accesos a edificios con
desniveles < 5 cm sí se admitiría
pendiente < 25% s/comentario DB
SUA (v. Junio 2012)
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Desniveles
Barreras de protección DB SUA
en general Situación En desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales) ,
balcones, ventanas, etc., con una diferencia de cota > 55 cm, excepto cuando la disposición constructiva haga muy improbable la caída o cuando la barrera sea incompatible con el uso previsto.
Altura mínima diferencia de cota ≤ 6 m:
diferencia de cota > 6 m:
excepto huecos de escaleras de ancho < 40 cm (altura mín. 0,90 m)
0,90 m 1,10 m Resistencia y rigidez apartado 3.2.1 DB SE-AE
Características constructivas
No escalables:
- altura 30-50 cm: no elementos de apoyo o salientes sensiblem. horiz. > 5 cm;
- altura 50-80 cm: no salientes sensiblem. horiz. > 15 cm.
No aberturas atravesadas por esfera de 10 cm de diámetro, excepto aberturas
triangulares que forman los peldaños con el límite inferior de la barandilla,
siempre que la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera
no exceda de 5 cm.
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso general
Escaleras DB SUA DC-09
de uso general edificios > 1 viv.
Peldaños Huella (H)
mínima en tramos rectos y en tramos curvos a 50 cm del
borde interior: 28 cm 28 cm
máxima en tramos curvos: 44 cm -
Contrahuella (C)
mínimo 13 cm -
máximo en general 18,5 cm 18,5 cm
en edificios sin ascensor:
17,5 cm -
Relación huella (H) – contrahuella (C):
(en tramos curvos valor de H a 50 cm de ambos extremos)
54cm≤ 2C + H≤ 70cm 57cm≤ 2C + H ≤67cm
En edificios sin ascensor - H - C = 0,12 0,02 m
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso general
Escaleras DB SUA DC-09
de uso general edificios > 1 viv.
Peldaños Bocel no se admite -
Disposición de tabicas en:
(verticales o inclinadas formando un ángulo que no exceda de 15º con la vertical)
escaleras evacuación ascendente
- si no existe itinerario
accesible alternativo
- Medición de la huella en cada peldaño según la dirección de la marcha.
No incluirá la proyección vertical de la huella del peldaños superior.
-
Peldaños con bocel
Peldaños sin tabicas
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso general
Escaleras DB SUA DC-09
de uso general edificios>1 viv.
Altura libre
Medida desde la arista del escalón hasta la cara inferior del tramo inmediatamente superior:
2,20 m (SUA 2)
2,20 m
Tramos Máxima altura que puede salvar un tramo, en general: 3,20 m 3,15 m si no se dispone de ascensor alternativo a escalera: 2,25 m -
Pueden ser rectos, curvos o mixtos SI -
Entre dos plantas consecutivas de una misma escalera, todos los peldaños tendrán la misma contrahuella y todos los peldaños de los tramos rectos tendrán la misma huella.
Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes, la contrahuella no variará más de 1 cm.
En tramos mixtos, la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas.
-
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso general
Escaleras DB SUA DC-09
de uso gral. edificios>1 viv.
Tramos Anchura útil: según exigencias de evacuación SI 3 y mínimo: 1,00 m 1,00 m La anchura de la escalera estará libre de obstáculos.
La anchura mínima útil se medirá entre paredes o barreras de protección, sin
descontar el espacio ocupado por los pasamanos siempre que estos no sobresalgan más de 12 cm de la pared o barrera de protección.
En tramos curvos, la anchura útil debe excluir las zonas en las que la dimensión de la huella sea menor que 17 cm.
sin incluir pasamanos
SUA 1
≥ 40 cm s/DC-09
mín. ≥ 1,20 m s/DC-09
s/DB SUA
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso general
Escaleras DB SUA DC-09
de uso gral. edificios > 1 viv.
Mesetas Longitud mínima: 1,00 m 0,70 m
Anchura mínima en la misma dirección de la escalera: la de la escalera
En cambio de dirección, la anchura: no se reducirá será igual a la del tramo mayor La anchura estará libre de obstáculos y sobre ella no barrerá el giro de apertura de
ninguna puerta, excepto las de zonas de ocupación nula s/anejo SI A del DB SI.
- Si sirven a viviendas o locales:
-anchura mínima: - 1,20 m
-distancia entre arista último peldaño y hueco de puerta - 0,40 m
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso general
Escaleras DB SUA
de uso general Pasamanos Disposición en escaleras:
-que salven una altura mayor que 55 cm: al menos en un lado - anchura libre > 1,20 m, o
- si no se dispone ascensor como alternativa a la escalera:
en ambos lados
-anchura del tramo > 4 m: intermedios
Si no se dispone ascensor como alternativa a la escalera, prolongación del pasamanos en un extremo:
al menos 30 cm
Altura: entre 90 y 110 cm
Firme y fácil de asir, separado del paramento al menos 4 cm y su sistema no interferirá el paso continuo de la mano.
Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001 Ministerio de Fomento
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso restringido
Escalera de uso restringido (DB SUA)/ interior de vivienda (DC-09) DB SUA DC-09
Tramo Anchura mínima: 0,80 m s/ DB SUA
Peldaños Huella mín. en tramos rectos y en curvos:
- en el eje de la escalera, si anchura < 1 m y - a 50 cm del lado más estrecho cuando sea mayor.
22 cm s/ DB SUA
Además, en escaleras de trazado curvo:
como mínimo, en el lado más estrecho:
como máximo, en el lado más ancho:
5 cm 44 cm
s/ DB SUA
Contrahuella máxima: 20 cm s/ DB SUA
Podrán disponerse escalones sin tabica.
En este caso la proyección de las huellas se superpondrá al menos 2,5 cm. La medida de la huella no incluirá la proyección vertical de la huella del peldaño superior.
s/ DB SUA
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Escaleras de uso restringido
Escalera de uso restringido (DB SUA)/ interior de vivienda (DC-09) DB SUA DC-09
Mesetas Podrán disponerse mesetas partidas con peldaños a 45 º SI s/ DB SUA Las mesetas o rellanos, tendrán un ancho mínimo igual al
ancho del tramo mayor que en ella desembarca, y una longitud mínima de 0,70 m, medido en la línea de huella.
- SI
Barandillas Dispondrán de barandilla en sus lados abiertos. SI s/ DB SUA Altura libre Medida desde la arista exterior del escalón hasta la cara
inferior del tramo inmediatamente superior:
2,10 m (SUA 2)
2,20 m
Admitiéndose descuelgues cuya ocupación en planta no sea superior al 25% de la superficie de la escalera, hasta:
- 2,00 m
Se limitarán los descuelgues a 2,10 m de altura s/ altura establecida en SUA 2 para zonas de uso restringido
2,20 m
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Rampas
Rampas
(s/ DB SUA pte. > 4%)
DB SUA DC-09
en general accesible practicable adaptado
Pendiente Longitudinal máxima: 12%
16%: vehículos y personas, excepto
itiner. accesible
10%, l < 3 m 8%, l < 6 m 6%, l ≤ 9 m
12%, l < 3 m 10%, l < 6 m 8%, l ≤ 9 m
10%, l < 3 m 8%, l < 6 m
6%, l ≤ 9 m
Transversal máxima: - 2% sin pendiente transversal
Tramos Longitud máxima: 15 m
no lím.: vehículos y personas, excepto
itiner. accesible
9 m 9 m
Tramos rectos o con un radio de curvatura ≥ 30 m
- SI -
Superficie horizontal al
principio y final del tramo en la dirección de la rampa de
longitud mínima: - 1,20 m -
Anchura: cálculo s/
exigencias de evacuación ap.
3 DB SI y mínimo:
1,00 m 1,20 m 1,20 m
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Rampas
Rampas
(s/ DB SUA itinerarios con pendiente > 4%)
DB SUA
en general accesible
Mesetas Anchura mínima: la de la rampa
Longitud mínima: 1,50 m
En cambios de dirección: libres de obstáculos y del barrido de puertas (excepto zonas de ocupación nula)
SI No pasillos de anchura inferior a 1,20 m, ni puertas a
menos de distancia del arranque del tramo de:
40 cm 1,50 m
Pasamanos Disposición en rampas:
- que salven una altura mayor que 55 cm y pte. ≥ 6%: al menos en un lado
- que salven una altura mayor que 18,5 cm y pte. ≥ 6%: en ambos lados incluidas las
mesetas Prolongación al menos 30 cm en ambos lados : - si longitud > 3m
Altura del pasamanos entre: 90 y 110 cm 90 y 110 cm
65 y 75 cm Firme y fácil de asir, separado del paramento al menos 4 cm y su sistema no interferirá el paso continuo de la mano.
Zócalo o elemento de protección lateral de altura mín. 10 cm - SI
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Rampas
Rampa accesible
90-110
Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001 Ministerio de Fomento
SUA 1 Seguridad frente al riesgo de caídas Limpieza de los acristalamientos exteriores
Limpieza de los acristalamientos exteriores DB SUA
Vidrios
transparentes
A altura > 6 m sobre la rasante exterior cumplirán las condiciones siguientes (salvo cuando sean practicables o fácilmente desmontables),
permitiendo su limpieza desde el interior:
a) toda la superficie exterior del acristalamiento se encontrará comprendida en un radio de 0,85 m desde algún punto del borde de la zona practicable situado a una altura no mayor de 1,30 m.
b) los acristalamientos reversibles estarán equipados con un dispositivo que los
mantenga bloqueados en la posición invertida durante su limpieza.
Sección SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto
Impacto con elementos fijos
Impacto con elementos practicables
SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento Impacto con elementos fijos
Impacto Elementos fijos DB SUA DC-09
en general Edif. > 1 viv. vivienda Altura libre
de paso
zonas uso restringido:
(incluye interior de vivienda)
2,10 m - 2,50 m en general*
2,20 m en espacios de circulación, baños,
aseos y cocinas
resto de zonas: 2,20 m 2,30 m en
zaguán y pasillos 2,20 m en
escaleras
-
umbrales de puertas: 2,00 m 2,10 m en
puerta de acceso
2,00 m En fachadas Altura mínima de elementos
fijos que sobresalgan de
fachadas, situados sobre zonas de circulación:
2,20 m
-
*Admitiéndose descuelgues hasta 2,20 m, con ocupación en planta de cada recinto de hasta el 10% de su superficie útil.
SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento Impacto con elementos fijos
Impacto Elementos fijos DB SUA
en general En zonas de
circulación
Las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo, que
vuelen más de 15 cm en la zona de altura comprendida entre 15 cm y 2,20 m medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto.
Se limitará el riesgo de impacto con elementos volados cuya altura sea menor que 2 m, tales como mesetas o tramos de escalera, de rampas, etc., disponiendo
elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos y permitirán su detección por los bastones de personas con discapacidad visual.
Accesibilidad para personas con ceguera y discapacidad visual. ONCE
sin protección con protección
SUA 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o atrapamiento Impacto con elementos practicables
Impacto Elementos practicables DB SUA
en general En pasillos Excepto en zonas de uso restringido, las puertas de recintos que no sean de
ocupación nula (Anejo SI A del DB SI) situadas en el lateral de los pasillos cuya
anchura sea menor que 2,50 m se dispondrán de forma que el barrido de la hoja no invada el pasillo.
En pasillos cuya anchura exceda de 2,50 m, el barrido de las hojas de las puertas no debe invadir la anchura determinada, en función de las condiciones de evacuación, conforme al apartado 4 de la Sección SI 3 del DB SI.
Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001 Ministerio de Fomento
Rehabilitación: criterios de intervención para la mejora de la accesibilidad
Introducción Marco normativo
Medidas de mejora de elementos comunes:
- Acceso al edificio - Rampas
- Circulaciones horizontales - Ascensor
- Aparatos elevadores especiales
- Ejemplos de disminución del nivel del zaguán
Panorámica de la discapacidad en España. Boletín informativo del Instituto Nacional de Estadística. 2009
Tasa de discapacidad en España
En España hay 3,85 millones de personas con alguna discapacidad
Personas con discapacidad:
aquellas que se ven limitadas a causa de una deficiencia corporal (fallo o falta de un órgano o sistema)
La movilidad, la más habitual
el 67,2% de las personas con discapacidad presentan limitaciones para moverse o trasladar objetos
Rehabilitación Introducción
Panorámica de la discapacidad en España. Boletín informativo del Instituto Nacional de Estadística. 2009
Pirámide de población en España
Rehabilitación Introducción
Fernando Alonso López "La accesibilidad en la rehabilitación y adaptación de la vivienda"
Evolución de la población mayor en España
Total España
Absoluto Absoluto % respecto al total
1900 18.618.086 967.774 5,2%
1910 19.995.686 1.105.569 5,5%
1920 21.389.842 1.216.693 5,7%
1930 23.677.794 1.440.744 6,1%
1940 26.015.907 1.699.860 6,5%
1950 27.976.755 2.022.523 7,2%
1960 30.528.539 2.505.165 8,2%
1970 34.040.989 3.290.800 9,7%
1981 37.683.362 4.236.740 11,2%
1991 38.872.268 5.370.252 13,8%
2001 40.847.371 6.958.516 17,0%
2007 45.200.737 7.531.826 16,7%
2010 45.311.954 7.785.480 17,2%
2020 48.664.658 9.345.955 19,2%
2030 50.878.142 11.684.570 23,0%
2040 52.540.936 14.569.813 27,7%
2050 53.159.991 16.387.874 30,8%
2060 52.511.518 15.679.878 29,9%
Años* 65 años y más
Rehabilitación Introducción
Proyección de la población de España a largo plazo, 2009-2049. Informe Instituto Nacional de Estadística.
Proyección de población de España a largo plazo
Rehabilitación Introducción
Panorámica de la discapacidad en España. Boletín informativo del Instituto Nacional de Estadística. 2009
Rehabilitación Introducción
Rehabilitación Marco normativo
ESPAÑA
Comunidad Valenciana 1978 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Las comunidades autónomas asumen la competencia en materia de accesibilidad
1982 LISMI Ley de integración social de los minusválidos
1998 Ley 1/1998, de 5 de mayo, de Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de la
comunicación Cortes Valencianas 2003 LIONDAU Ley de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal
2009 DC/09 Normas de diseño y calidad
Decreto 151/2009 del Consell. Exigencias básicas de diseño y calidad en edificios de vivienda y alojamiento.
Orden 07/12/2009 y Orden 19/2010 2010 CTE Código Técnico de la Edificación
Real Decreto 173/2010. Se modifica el Código Técnico de la Edificación, en materia de accesibilidad y no
discriminación de las personas con discapacidad
2011 Ley 2/2011 de 4 de marzo, de Economía Sostenible Art. 111 Ley 26/2011 de 1 de agosto, de adaptación normativa a la
Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad
Modifica: LISMI, LIONDAU, Ley de Propiedad Horizontal, ...
Criterios de aplicación del CTE DB SUA en obras de reforma
Parte III Criterios generales de aplicación
Cuando la aplicación de las condiciones de este DB en obras en edificios existentes no sea técnica o económicamente viable o, en su caso, sea incompatible con su grado de protección, se podrán aplicar aquellas soluciones alternativas que permitan la mayor adecuación posible a dichas condiciones.
(...)
A efectos de este DB deben tenerse en cuenta los siguientes criterios de aplicación:
1 Los edificios o zonas cuyo uso previsto no se encuentre entre los definidos en el Anejo SUA A de este DB deberán cumplir, salvo indicación en otro sentido, las condiciones particulares del uso al que mejor puedan asimilarse en función de los criterios expuestos en el artículo 2, punto 7 de la parte I del CTE.
2 Cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o cuando se realice una ampliación a un edificio existente, este DB deberá aplicarse a dicha parte, y disponer cuando sea exigible según la Sección SUA 9, al menos un itinerario accesible que la comunique con la vía pública.
3 En obras de reforma en las que se mantenga el uso, este DB debe aplicarse a los elementos del edificio modificados por la reforma, siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad de utilización y accesibilidad establecidas en este DB.
4 En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad de utilización y accesibilidad preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las contempladas en este DB.
Rehabilitación Marco normativo
Criterios de aplicación de las normas DC/09 en rehabilitación de edificios
Decreto 151/2009, de 2 de octubre
Artículo 4. Rehabilitación de edificios
1. Los edificios que fueran objeto de rehabilitación integral para destinarlos a vivienda o alojamiento, así como las viviendas o unidades de alojamiento contenidas en ellos, deberán ajustarse a las determinaciones de este decreto y a las que se fijen en su normativa de desarrollo.
2. Igualmente, aquellas partes o elementos de obra que fueran objeto de reforma o rehabilitación deberán ceñirse a las exigencias y prestaciones reguladas en el presente decreto y en su desarrollo normativo, excepto en los casos de imposibilidad manifiesta debidamente justificada.
Orden de 7 de diciembre de 2009 y Orden 19/2010 de 7 de septiembre
Artículo 2. Aplicación.
4 En los edificios de vivienda que fueran sometidos a rehabilitación, habrá de aplicarse lo establecido en el capítulo IV del Anexo I de las condiciones de diseño y calidad que se aprueban por la presente orden.
Capítulo IV Rehabilitación Artículo 24. Aplicación.
1. En la rehabilitación de los elementos privativos de las viviendas se cumplirá lo establecido para la vivienda conforme al Capítulo I de la presente disposición.
2. En la rehabilitación de los elementos comunes, en edificios de vivienda, a los que según su solicitud de licencia municipal de obras les correspondiera la clasificación de vivienda existente o de vivienda de nueva planta según la Orden de 22 de abril de 1991, HD-91, se les aplicarán las condiciones que les corresponda según dicha clasificación. En lo no contemplado en la Orden citada, se estará a lo establecido en el Capítulo I de la presente disposición, excepto en las condiciones que a continuación se establecen.
Rehabilitación Marco normativo
Puerta de acceso
Dimensiones mínimas: 0,80 m x 2,05 m (anchura x altura)
En la medida de lo posible:
Eliminación del escalón de acceso - mediante rampa, o
- en el caso de altura ≤ 0,12 m (según DC/09):
plano inclinado: pte. máx. 25 % y anchura mín. 0,90 m
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: acceso al edificio
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25.a: puerta: 0,80 x 2,05 m.
(HD 91: vivienda de nueva planta, art. 2.11. puerta: 0,90 x 2,05 m) Nueva construcción
art. 6.1.a: puerta: 0,90 x 2,10 m
art. 6.2.a: desnivel 12 cm: plano inclinado 25%, anchura 0,90 m
Itinerario accesible
Anejo A: puerta anchura: 0,80 m Anejo A: rampa accesible
Impacto con elementos fijos, SUA 2 art. 1.1 puerta altura: 2,00 m.
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: acceso al edificio
Nueva construcción DC/09 Rehabilitación
≤
Rampas
Anchura mínima: 0,90 m Pendiente máx.
s/ longitud del tramo (l):
l max. 3 m: 12 %
l max. 10 m: 10 %
l > 10 m: 8 %
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25b: Anchura mínima: 0,90 m Pendiente máxima:
l max. 3 m: 12 % l max. 10 m: 10 % l > 10 m: 8 %
Itinerario practicable/ adaptado art. 6.2 Anchura mínima: 1,20 m Pendiente máxima:
l max. 3 m: 12 % / 10 % l max. 6 m: 10 % / 8 % l max. 9 m: 8 % / 6 %
Rampa accesible: SUA 1 art. 4.3.2 Anchura mínima: 1,20 m art. 4.3.1 Pendiente máxima:
l max. 3 m: 10 %
l max. 6 m: 8 %
l max. 9 m: 6 %
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: rampas
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: rampas
Pendiente 27%
Circulaciones horizontales Anchura mínima: 0,80 m
(HD-91 Capítulo I. La vivienda existente. Edificio.
Art. 1.10. Circulaciones horizontales y verticales)
En la medida de lo posible:
Frente a los huecos de paso
Espacio libre: circunferencia de diámetro Ø 1,20 m
Como alternativa, al menos, cuando la aproximación al hueco
se realice de forma lateral, espacio libre mínimo frente al hueco, A x B = 1,05 m x 1,50 m Siendo A: dimensión perpendicular al hueco,
B: dimensión paralela, y
el hueco de paso de ancho mínimo igual a 0,80 m.
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 24, HD-91 art. 1.10: pasillos 0,80 m Nueva construcción, art. 6.1: pasillos 1,20 m
Itinerario accesible Anejo A: pasillos 1,10 m,
Puertas: 0,80 m, en ambas caras de las puertas: diámetro Ø 1,20 m Impacto con elementos fijos, SUA 2 art. 1.1 puerta altura: 2,00 m.
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: circulaciones horizontales
Ocupación de espacios permitida
Zonas comunes del edificio Huecos de escalera
Rellanos intermedios de escalera Patios
Espacios de la vivienda
Espacios de uso público
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
Zonas comunes del edificio Hueco de escalera
Podrá reducirse la anchura de las escaleras hasta 0,80 m
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25.d: instalación de ascensor Escaleras de uso general, SUA 1 art. 4.2.2
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
Ejemplo de instalación de ascensor
Medidas de seguridad
SUA 1 Art. 4.2.2 "En edificios existentes, cuando se trate de instalar un ascensor que permita mejorar las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad, se puede admitir una anchura menor siempre que se acredite la no viabilidad técnica y económica de otras alternativas que no supongan dicha reducción de anchura y se aporten las medidas complementarias de mejora de la seguridad que en cada caso se estimen necesarias."
En general, en el caso de reducción de la anchura de la escalera a menos de 1 m:
Extintores
De eficacia 21A -113B, a 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.
Alumbrado de emergencia
En cada una de las plantas, según las condiciones establecidas en el CTE.
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
- Escaleras de uso general, SUA 1 art. 4.2.2 (3)
Extintores: CTE DB SI 4 art. 1.1
Alumbrado de emergencia, SUA 4 art. 2
SUA 1 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
Espacio frente al hueco de acceso y dimensiones de la cabina Espacio libre: figura de diámetro 0,80 m
La cabina se ajustará al hueco disponible
En la medida de lo posible:
Espacio libre: figura de diámetro 1,20 m
Dimensiones de cabina: 1,25 m x 1,00 m, y 0,80 m (profundidad x anchura, y anchura del hueco)
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25d: Ø 0,80 m Itinerario accesible, Anejo A: Ø 1,50 m Itinerario practicable, art. 6.4.d: Ø 1,20 m
Itinerario adaptado, art. 6.4.e: Ø 1,50 m
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25d: se ajustarán al hueco disponible Itinerario practicable, art. 6.4.d: 1,25 x 1,00 m, y 0,80 m
Ascensor accesible, Anejo A:
sin viviendas accesibles: 1,25 x 1,00 m
Itinerario adaptado, art. 6.4.e: 1,40 x 1,10 m, y 0,85 m con viviendas accesibles: 1,40 x 1,10 m
si puertas en ángulo: 1,40 x 1,40 m
Zonas comunes del edificio
Mesetas o rellanos intermedios de las escaleras
El desembarco del ascensor puede realizarse en una meseta o rellano intermedio de la escalera, con el fin acceder a las viviendas mediante un esfuerzo de subida o bajada como máximo de 10 peldaños.
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25.d: instalación de ascensor -
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
Zonas comunes del edificio Patios del edificio
No alterará sustancialmente las condiciones mínimas de iluminación y ventilación.
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25.d: instalación de ascensor -
HD-91 ESQUEMA 11 art. 2.22 Ventilación
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
Ejemplo de ascensor en patio del edificio
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
DAU Diseño, arquitectura y urbanismo. Arq. Teresa Lacruz y Oscar Cosín
Espacios de la vivienda
El desembarco del ascensor será preferentemente en zonas comunes del edificio.
En casos de imposibilidad manifiesta se podrá realizar en espacios de la vivienda.
No se permite el acceso a la vivienda por baños o dormitorios.
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25.d: instalación de ascensor -
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: instalación de ascensor
Espacio público (s/Ley 2/2011, de Economía Sostenible)
Fachada
Ocupación de la vía pública con la debida autorización de la
Administración competente
Barrio San Cristóbal de los Angeles. Madrid
90*
90*
Mejora de las características del ascensor Norma CEN/TS 81-82:2008 EX
Ascensores existentes. Mejora de la accesibilidad Criterios para aplicación de la norma EN 81-70 a ascensores existentes.
cotas en cm
Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: ascensor existente
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
- Documento de Apoyo al Documento Básico DA DB-SUA/2
Criterios para la utilización de elementos y dispositivos mecánicos
Aparatos elevadores especiales
En determinadas ocasiones, y debidamente justificadas, pueden complementar los medios existentes de acceso al edificio y a las viviendas. Cumplirán su reglamentación específica.
DC/09 Rehabilitación Medidas de mejora de elementos comunes: aparatos elevadores especiales
Normativa de referencia
DC-09 CTE DB SUA
Rehabilitación, art. 25.e: aparatos elevadores especiales Introducción II Comentario (DB SUA con comentarios) Introducción III Nota 1
Documento de Apoyo al Documento Básico DA DB-SUA/2 Criterios para la utilización de elementos y dispositivos mecánicos
Guía técnica de accesibilidad en la edificación 2001 Ministerio de Fomento
Plataforma elevadora Plataforma salvaescaleras