• No se han encontrado resultados

TRINIDAD GARCÍA DE LA CADENA, ZAC.

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "TRINIDAD GARCÍA DE LA CADENA, ZAC."

Copied!
34
0
0

Texto completo

(1)

RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

TRINIDAD GARCÍA DE LA CADENA, ZAC.

2011

(2)

ÍNDICE

1.

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER... 2

2.

CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3.

RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ... 4

INGRESOS ... 4

EGRESOS ... 5

RESULTADO DEL EJERCICIO ... 6

BANCOS ... 8

CUENTAS BALANCE ... ¡Error! Marcador no definido. DEUDORES DIVERSOS ... ¡Error! Marcador no definido. ACTIVO FIJO ... 10

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ... 15

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ... 17

4.

PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL... 21

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 21

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... 23

5.

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ... 26

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS ... 26

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ... 28

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ... ¡Error! Marcador no definido. PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO) ... ¡Error! Marcador no definido. RELLENO SANITARIO ... 31

RASTRO MUNICIPAL ... 32

6.

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ... 33

(3)

RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual

2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN

Administración

2010-2013 Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 1

Promoción del Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas 1 Informe a la Auditoría Superior de la

Federación -

Solicitud de Intervención del Órgano

Interno de Control1 21

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la

Facultad de Comprobación Fiscal -

Solicitud de Aclaración -

Subtotal

23

Acciones Preventivas

Recomendación2 24

Recomendación al Desempeño -

Subtotal

24

TOTAL

47

(4)

INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental.

De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado:

Revelación Suficiente.- En virtud de que el ente auditado presenta saldos negativos en dos de sus cuentas bancarias, dando como resultado que la información presentada en sus Estados Financieros no sea real.

(5)

INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, obtuvo ingresos durante el ejercicio 2011 por un monto total de

$17,747,070.85, los cuales se encuentran conformados por $13,110,223.68 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión del 93.60%. Además de $3,400,216.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $1,236,631.17 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física de la Obra.

Resultado AF-01, Sin Observación

Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas, son depositados de manera íntegra y oportuna y cumplen con la normatividad aplicable, salvo la observación que se menciona enseguida:

Resultado AF-02, Observación AF-01

Derivado de la Revisión al Impuesto Predial, se observó que el municipio cuenta con 373 contribuyentes morosos, de los cuales 254 corresponden a predios rústicos y 119 a predios urbanos.

AF-11/14-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar las acciones necesarias que permitan abatir el rezago en el cobro del Impuesto Predial para beneficio del erario municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones ll y IV, 96 fracción l de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad

Fiscalizada no presentó

documentación ni manifestó

conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/14-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(6)

INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, fue por $20,503,023.69 los cuales se encuentran conformados por $13,943,451.73 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 34.27%. Además de $1,124,158.03 de Obra Pública, $2,282,044.19 de Otros Programas y $3,153,369.74 de Aportaciones Federales del Ramo 33. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física de la Obra.

Resultado AF-03, Observación AF-02

De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los funcionarios de primer nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas al Lic. Arnulfo Guzmán Guzmán, Presidente Municipal por un monto de $58,774.33, ya que de acuerdo a dicho Decreto el monto autorizado sería de

$188,811.00 habiendo percibido un total de $247,585.33, durante el periodo de abril a diciembre de 2011.

AF-11/14-003 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Lic.

Arnulfo Guzmán Guzmán y L.C.P.F. Enrique Castro Ruiz, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente y Tesorero Municipales, por un importe de $58,774.33, relativa a sueldos y prestaciones pagadas de más según lo señala el decreto número 75 de las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, considerándose como Responsables Directos ambos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos Tercero, Sexto y Séptimo transitorios de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada

no presentó

documentación ni manifestó

conformidad al respecto a la recomendación realizada.

(7)

INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, registró como resultado del ejercicio 2011 un Déficit de

$2,755,952.84, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia en Caja y Bancos al inicio del ejercicio, así como al financiamiento obtenido de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas.

(8)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-04, Sin Observación El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, muestra un saldo en Caja por $17,736.71 al 31 de diciembre de 2011 según su Estado de Posición Financiera. De la revisión a este rubro y con base en el arqueo realizado, se observó que los Fondos Fijos que tiene implementado el municipio son por

$15,000.00 y $1,000.00, los cuales están respaldados con sus respectivos pagarés, así mismos se comprobó su adecuado manejo ya que no se dispone de la recaudación diaria para afrontar gastos menores y las reposiciones se realizan de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recursos disponibles, así mismo se presentó evidencia de la contabilización adecuada respecto de los movimientos en el rubro de caja, razón por la cual no existen observaciones que hacer constar.

(9)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-05, Observación AF-03

El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, muestra un saldo en Bancos por la cantidad de $288,348.86 al 31 de diciembre de 2011 según su Estado de Posición Financiera, importe integrado por doce cuentas bancarias a nombre del mismo, habiéndose verificado que el ente fiscalizado realizó en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, expide los cheques mediante el uso de firmas mancomunadas, se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave y no se detectaron cheques firmados en blanco, sin embargo existen 2 cuentas que presentan saldos negativos, que proceden de errores relacionados a transferencias interbancarias derivados de préstamos entre cuentas, sin embargo no presenta las reclasificaciones de los saldos correspondientes que corrijan esta observación, saldos que se detallan en la tabla siguiente:

Banco Número de Cuenta

Nombre Monto

Banorte 0668311436 Fondo III 2011 -$ 14,913.76

Banorte 0670948723 Fondo IV 2011 - 377.92

Total -$ 15,291.68

AF-11/14-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, llevar a cabo análisis respecto de las cuentas bancarias que presentan saldos negativos, realizando las acciones y registros contables procedentes a fin de que el rubro de Bancos presente la situación real del municipio. Lo anterior con fundamento en articulo 93 fracciones III y IV, 96 fracción I, 191, 192 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

AF-11/14-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(10)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-06, Observación AF-04 El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2011 presentó un monto pendiente de cobro por $299,726.98, que representa un 666.62% de incremento con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, el cual está integrado por Empleados de Base por $116,097.13 equivalentes al 38.73%, y $183,629.85 de otros deudores, equivalente al 61.27%.

De la revisión efectuada se detectaron los siguientes aspectos:

 Préstamo personal del ejercicio sujeto a revisión por un monto de

$74,000.00, el cual cuenta con pagaré vigente.

 Préstamo proveniente de ejercicios anteriores por $33,000.00 que no presentó amortización alguna durante 2011.

 Préstamos internos Fondo lll y Fondo IV por $12,097.13.

 Préstamo a Fortalecimiento Municipal por $180,629.85.

Cabe señalar que por lo concerniente a los préstamos provenientes de ejercicios anteriores, el ente auditado presentó evidencia de su cancelación con fecha 16 de enero de 2012 por $33,000.00, así como

$6,097.13 de préstamo a Fondo lll quedando pendiente $6,000.00.

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010 se emitió la Acción a Promover con número AF-10/14-016 consistente en una recomendación similar, misma que fue atendida parcialmente.

AF-11/14-006 Recomendación

Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, efectuar la recuperación de los préstamos observados, así como abstenerse de realizar préstamos personales, en el caso que correspondan a anticipos de sueldos a empleados, establecer lineamientos que permitan su recuperación al término del ejercicio fiscal a que correspondan, ya que los recursos financieros del municipio deben ser aplicados única y exclusivamente en los conceptos autorizados en el Presupuesto de Egresos.

Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/14-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

(11)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $7,645,321.09, el cual incluye un monto de $82,694.00 correspondiente a incorporaciones pendientes del ejercicio 2010 y $12,000.00 de adquisiciones registradas en una cuenta de gasto diferente e incorporadas correctamente al Activo Fijo y Patrimonio. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $2,102,897.42, de las cuales

$1,862,272.00 (88.56%) se realizaron con Recursos Propios, $103,945.42 (4.59%) con Recursos Federales y

$136,680.00 (6.51%) con Otros Programas. Es conveniente señalar que de las adquisiciones realizadas con Programas Federales se encuentra pendiente de incorporar un importe de $27,840.00 además de que fue incorporado indebidamente un importe de $25,199.99.

Resultado PF-01, Observación PF-01

Las adquisiciones realizadas con Recursos Federales durante el ejercicio fiscal 2011, fueron por un importe de $103,945.42, de las cuales $45,336.42 corresponden a recursos del Fondo III consistente en la adquisición de mobiliario y equipo de administración y equipo de cómputo y comunicación, asimismo con recursos del Fondo IV se realizaron adquisiciones por un monto de

$58,609.00, consistente en la adquisición de equipo de cómputo y comunicación, los cuales fueron incorporados en su totalidad al Activo Fijo e incorporadas al Patrimonio del municipio, salvo un duplexor filtro para repetidor adquirido con recursos del Fondo IV por un monto de $27,840.00 el cual forma parte del equipo de radiocomunicación adquirido para la Dirección de Seguridad Pública.

Aunado a lo anterior, se realizaron adquisiciones por el orden de

$136,680.00, relativas a la aplicación de recursos de Otros Programas consistente en mobiliario y equipo de administración, así como vehículos, las cuales fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio municipal.

Cabe mencionar que el municipio incorporó de más al Activo Fijo la cantidad de $24,681.00, por error y la cantidad de $518.99 por un bien que no debió incorporarse, por ambos importes se enviará al municipio póliza de desincorporación.

PF-11/14-001 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado, realizar los registros contables para la incorporación al Activo Fijo

del equipo de

radiocomunicación

adquirido para Seguridad Púbica con recursos del Fondo IV por un monto de

$24,840.00, reflejando el costo total del mismo como incremento en el Patrimonio del municipio, de igual manera integrarlo en el inventario del

municipio, para

salvaguardar los bienes propiedad de municipio.

Así mismo, realizar la desincorporación de

$25,199.99

correspondiente a errores de registro en el Sistema

Automatizado de

Contabilidad

Gubernamental (SAGG).

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

realizada.

PF-11/14-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(12)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-07, Observación AF-05

De la revisión efectuada a las adquisiciones correspondientes al ejercicio 2011, se detectó la compra de una máquina retroexcavadora marca CASE, Modelo 590 Super N, 2011, doble tracción 4x4, cabina cerrada, extensión hidráulica, número de serie JJGN59SN8BC546449 por un monto de $1,550,000.00, del cual durante el ejercicio 2011 se realizaron diversos pagos por un total de $759,128.63 con recursos del Fortalecimiento Municipal, quedando un adeudo pendiente por $790,871.37 a favor del C.

Juan Carlos Romero Muro, observándose que no se cumplió con la normatividad vigente ya que el municipio no demostró haber realizado el proceso de licitación de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas y 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios relacionados con Bienes Muebles del Estado de Zacatecas. El detalle de las cantidades mencionadas se presenta a continuación:

FECHA PÓLIZA CHEQUE BANCO MONTO AMORTIZA- CIONES

BENEFICIARIO/

OBSERVACIÓN 29/11/2011 D00336 No aplica No aplica $1,550,000.00 CREACIÓN DEL

PASIVO

29/11/2011 D00346 13 BANCOMER $

600,000.00

JUAN CARLOS ROMERO MURO

15/12/2011 E03199 31 BANCOMER 100,000.00 JUAN CARLOS

ROMERO MURO

15/12/2011 E03200 32 BANCOMER 59,128.63 JUAN CARLOS

ROMERO MURO

TOTAL $

759,128.63

Cabe señalar que en escrito de solventación de fecha 03 de mayo de 2012 suscrito por los CC. Lic. Arnulfo Guzmán Guzmán y L.C.P.F. Enrique Castro Ruiz, Presidente y Tesorero Municipales, el ente auditado manifiesta: “…se omitió el proceso correcto de adjudicación de bienes por desconocimiento en su momento del proceso y por las condiciones de compra que había en su momento...a pesar de que no hubo un proceso de adjudicación debido, existió una aceptación por parte de Cabildo para la compra". Sin embargo la observación subsiste en virtud de que no se realizó con el procedimiento de licitación pública, ya que las disposiciones legales son de aplicación estricta.

AF-11/14-008 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44

de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Lic. Arnulfo Guzmán Guzmán y L.C.P.F.

Enrique Castro Ruiz., quienes se desempeñaron durante el periodo del 1°

de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente y Tesorero Municipales, por concepto de erogaciones realizadas con cargo al Presupuesto de Egresos relativas a la adquisición de una máquina retroexcavadora con un valor de

$1,550,000.00 que no

cumplen con la

normatividad vigente en razón de su forma de adjudicación, toda vez que la entidad de fiscalización no demuestra haber realizado el proceso de licitación correspondiente.

Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción

Esta acción se promoverá ante las autoridades

correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

(13)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

XXVIII, 74 fracciones III y V y 159 de la Ley Orgánica del Municipio, 19 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, 41 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y

Prestaciones de Servicios relacionados con Bienes Muebles del Estado de Zacatecas y 44 del Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2011, así como el artículo 5° fracciones I y III

de la Ley de

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-08, Observación AF-06

Derivado de la revisión física practicada al parque vehicular propiedad del municipio, se detectó que 29 vehículos no cuentan con expedientes individuales que contengan la documentación que acredite que son propiedad del municipio, tales como la factura original y en caso de ser vehículo extranjero la documentación que acredite su legal estancia en el país, póliza de seguro, resguardo, tenencia actualizada, copia de la licencia de conducir del (los) responsable(s) y fotografía de cada unidad.

Por otra parte, se detectó que algunos vehículos no cuentan con logotipo y número económico del H. Ayuntamiento.

Cabe señalar que existen vehículos en pésimas condiciones de los cuales no se han realizado las acciones necesarias para su baja del inventario del municipio, así como vehículos en mal estado y consecuentemente no están en operación.

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010 se emitió la Acción a Promover con número AF-10/14-024 consistente en una recomendación similar, misma que no ha sido atendida en su totalidad.

AF-11/14-009 Recomendación

Se recomienda

nuevamente a la

Administración Municipal, integrar los expedientes individuales de los vehículos que no cuenten con él, así como anexar a cada uno la factura original y en caso de ser vehículo extranjero la documentación que acredite su legal estancia en el país, póliza de seguro al menos para aquellos que representen mayor riesgo de siniestro, resguardo, tenencia actualizada, copia de la licencia de conducir del (los) responsable(s) y fotografía de cada unidad, además de que cada vehículo cuente con

logotipo del H.

Ayuntamiento y número económico para su fácil

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

realizada.

(14)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

identificación como vehículos oficiales.

También se recomienda realizar la baja correspondiente de los vehículos inservibles

mediante los

procedimientos

conducentes, previa autorización del H.

Ayuntamiento y reparar aquellas unidades que no están en funcionamiento, cuidando el indicador de costo-beneficio. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/14-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-09, Observación AF-07

Derivado de la revisión a los expedientes de los Bienes Inmuebles propiedad del municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, se observó que de un total de 24, 14 no cuentan con escrituras y por ende no se encuentran inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, el desglose de dichos bienes se detalla a continuación:

No. DESCRIPCIÓN

Y/O UTILIZACIÓN UBICACIÓN SUPERFICIE

AF-11/14-011 Recomendación

Se recomienda

nuevamente a la

Administración Municipal, por conducto de la Síndico Municipal, realizar la regularización legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como llevar a cabo los trámites necesarios para que sean

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

realizada.

(15)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1 ARROYO GRANDE

C. 5 DE MAYO Y VICENTE GUERRERO

72 M2

2 SALÓN DE USOS MULTIPLES

C.

FRANCISCO GARCÍA SALINAS Y GENARO CODINA

1,089.71 M2

3

ESCUELA PRIMARIA Y ADMINISTRACIÓN DE CORREO

C. GENARO CODINA Y ZARAGOZA

1,631,25 M2

4

ESTACIÓN DE POLICÍA, ALMACÉN, TELMEX Y CASA DE RECREACIÓN

C.

FRANCISCO GARCÍA SALINAS Y NICOLAS BRAVO

"CORRAL MUNICIPAL"

1,730,00 M2

5 JARDÍN DE NIÑOS Y BODEGA

C. 5 DE MAYO Y RAMÓN LÓPEZ VELARDE.

"PARQUE RODRÍGUEZ ELÍAS"

1,959,00 M2

6 NO ESPECIFICAR C.

GONZÁLEZ ORTEGA Y JUAN ALDAMA

156 M2

7

CALLEJÓN ENTRE ESCUELA RAFAEL RAMÍREZ E IGLESIA DE ARRIBA

C. GENARO CODINA Y LINDA CON PROPIEDAD PARROQUIAL

195,26 M2

8 POZO TIBIO C.

FRANCISCO GARCÍA SALINAS Y CALLEJÓN ISAURO H.

MENDOZA

110 M2

9 ESTACIÓN DE VOLTEOS

C. HERÓICO COLEGIO MILITAR Y MORELOS

159,36 M2

10 LOS LAVADEROS

C. MORELOS Y VICENTE GUERRERO

432 M2

11 PRESIDENCIA MUNICIPAL

C.

FRANCISCO GARCÍA SALINAS. #3

663,32 M2

12 CEMENTERIO MUNICIPAL

NOROESTE DE GARCÍA DE LA CADENA

2-11-14 HAS

13 VIVERO MUNICIPAL

NORTE DE GARCÍA DE LA CADENA

3-30-22 HAS

14 CAMPITO VIEJO C.

DEPORTES 5,633,00 M2

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010 se emitió la Acción a Promover con número AF-10/14-026 consistente en una recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida.

inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/14-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(16)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-10, Sin Observación

El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2011 ascendió a $3,452,176.97, del cual

$14,808.00 (0.43%) a Proveedores, $3,099,628.68 (89.79%) a Acreedores Diversos, $336,356.10 (9.74%) a Impuestos y Retenciones por Pagar y

$1,384.19 (.04%). El monto total de este rubro representa un incremento del 148.32% respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente a un adeudo contraído con Acreedores Diversos y un empréstito contratado con la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-11, Observación AF-08

De la revisión efectuada al rubro de Acreedores Diversos, se detectó que el DIF Municipal, en base al oficio número 112, suscrito por la C. Arcelia Muro Guzmán, Presidenta de dicha Dependencia, en el cual menciona que al 31 de diciembre de 2011 tenía un adeudo por $27,052.00 por concepto de desayunos escolares, canasta básica y despensas, importe que a la fecha de dicho oficio no se había liquidado; sin embargo no presentó el estado de cuenta emitido por el DIF Estatal. Por otra parte se observó que los registros contables del SACG no son coincidentes con el adeudo mencionado en dicho escrito, ya que la cuenta 2103-02-0017 DIF Estatal, señala $87,830.00.

AF-11/14-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, verificar el adeudo con el D.I.F. Estatal y realizar los ajustes contables que se requieran, así como conciliar mensualmente con dicho organismo y con el D.I.F.

Municipal con el propósito que los estados financieros muestren la situación financiera real, además de programar el pago de conformidad a sus posibilidades financieras y a la recaudación de las cuotas de recuperación, ya que corresponde a un adeudo Institucional. Lo anterior en cumplimiento a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada

no presentó

documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

AF-11/14-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(17)

INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-12, Observación AF-09

Del análisis efectuado al rubro de Pasivos, específicamente a Impuestos y Retenciones por Pagar, se detectó un saldo al 31 de diciembre de 2011, por la cantidad de $336,356.10, mismo que representa un incremento del 2,492.94%, con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Dentro del total antes citado, se incluyen importes correspondientes a la cuenta 2104-01-0001.- Tesorería de la Federación por $12,972.00, cuyo importe representa un 3.86% del total, sin presentar amortización alguna durante el ejercicio sujeto a revisión.

Por otra parte se incluye un adeudo a favor del Servicio de Administración Tributaria por $317,111.18 generado en el ejercicio sujeto a revisión, por concepto de retención de Impuesto Sobre la Renta, registrado con póliza D00333 de fecha 17 de noviembre de 2011.

Por último registra un adeudo por concepto del Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas por $6,272.92.

AF-11/14-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, programar y efectuar los enteros correspondientes a la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar, ya que dichos recursos no pertenecen al municipio, así como presentar evidencia documental de su cumplimiento a esta Entidad de Fiscalización Superior. Lo anterior con fundamento en artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada

no presentó

documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

AF-11/14-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

(18)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo un análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de conformidad a las cuotas establecidas en su Ley de Ingresos.

El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, presentó una modificación al presupuesto de Egresos del ejercicio 2011, según consta en acta de Cabildo Ordinaria No. 18 con fecha 6 de diciembre del 2011.

En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2011 el municipio recaudó y recibió 16.67% más de lo presupuestado, observándose incrementos en todas las cuentas con excepción de la de Productos y Agua Potable y Alcantarillado, no se omite mencionar que la cuenta de Deuda Pública fue presupuestada y no registra recaudación;

asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 34.79%, registrándose desfases en todas las cuentas, salvo en la de Aportaciones Federales, además las cuentas de Deuda Pública y Otros programas y Ramo 20 no fueron presupuestadas y reflejan movimientos.

Con base a lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, además de que el incremento recibido y recaudado en los Ingresos es menor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación no conveniente para el municipio.

Resultado AF-13, Observación AF-10 El municipio de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, no presentó el Programa Operativo Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2011, ante esta Entidad de Fiscalización Superior, tal y como lo establece la Ley Orgánica del Municipio en sus artículos 49 fracción XXVII y 170.

AF-11/14-017 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo presentar oportunamente su Plan Operativo Anual sometiéndolo previamente a la autorización del H. Ayuntamiento, ya que además de ser una obligación prevista en la Ley, constituye una importante herramienta para una adecuada toma de decisiones. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracción I y 170, la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/14-018 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-14, Observación AF-11 Derivado de la revisión efectuada se observó que el municipio no ha implementado la plantilla de Maestros Comisionados que prestan sus servicios al ente auditado autorizada por el H. Ayuntamiento, misma que deberá reflejar las prestaciones

AF-11/14-019 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal, implementar la plantilla de personal que contemple las categorías que existen, así como las percepciones que se asignen a cada una de ellas, incluyendo a los maestros comisionados,

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

(19)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

mensuales de cada funcionario erogadas vía participaciones y en su caso vía nómina, las cuales deberán estar apegadas al tabulador de sueldos aprobado por el mismo, con la finalidad de que tenga conocimiento del costo por Maestro Comisionado.

así mismo someterla ante el H.

Ayuntamiento para su correspondiente autorización, cuidando en todo momento los límites establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI, penúltimo párrafo, 147 fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, así como artículos 65 fracción XII, 119 fracción lll y 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

AF-11/14-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno del Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-15, Observación AF-12 Derivado de la comparación entre la nómina de personal de la segunda quincena del mes de diciembre de 2011 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero- Patronales al IMSS del mismo mes y año, se detectaron 55 trabajadores que no se encuentran inscritos ante algún régimen de seguridad social.

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010 se emitió la Acción a Promover con número AF-10/14-036 consistente en una recomendación similar, misma que no fue atendida.

AF-11/14-021 Recomendación

Se recomienda la Administración Municipal, afiliar a algún régimen de seguridad social a todas las personas con las que tenga relación laboral sea de base, contrato o eventuales y solamente a ellas. Lo anterior con fundamento en el artículo 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/14-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados anteriormente e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

(20)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16, Observación AF-13 Derivado de los trabajos de Auditoría realizados en campo y del seguimiento a las recomendaciones emitidas en el Informe de Resultados del ejercicio 2010, se observó que el C. Raúl Campos Robles se encuentra registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y no es trabajador del municipio, ya que éste trabaja como jardinero del Jardín de Niños "Luis Medina Barrón", al cual el municipio le otorga un apoyo económico, sin embargo según oficio No.

TES-01042012-A de fecha 01 de abril de 2012, suscrito por el L.C.P.F. Enrique Castro Ruiz, Tesorero Municipal, remitido a la Profa.

María del Rosario Guzmán Candelas, Directora del Jardín de Niños, le informa que realizará un cambio de situación de seguridad social del intendente señalado, el cual se dará de baja de su afiliación al Seguro Social.

AF-11/14-023 Recomendación

Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal regularizar la situación laboral de la persona mencionada; acatando lo establecido en el artículo 49 fracción XX de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de

Fincamiento de

Responsabilidades Resarcitorias.

AF-11/14-024 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados anteriormente e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-17, Observación AF-14 De la revisión efectuada a las actas de Cabildo, se observó que el H. Ayuntamiento de Trinidad García de la Cadena, Zacatecas, no sesionó en los meses de febrero y abril de 2011, incumpliendo con el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio, que señala: “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegiada, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes…”.

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010 se emitió la Acción a Promover con número AF-10/14-032 consistente en una recomendación similar, misma que no fue atendida.

AF-11/14-025 Recomendación

Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio, que señala la obligación del H. Ayuntamiento de celebrar cuando menos una sesión ordinaria cada mes, en las cuales atenderá los asuntos de su competencia y se levantarán las actas derivadas de las mismas para que sean remitidas en copia certificada a esta Auditoría Superior del Estado de conformidad al artículo 170 del mismo ordenamiento.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/14-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-18, Observación AF-15 AF-11/14-027 Recomendación Subsiste y por lo tanto no

(21)

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de los trabajos de Auditoría realizados en campo, se observó que el inventario de bienes muebles no se encuentra actualizado, ya que se detectaron varios de ellos que no cuentan con etiqueta y número de inventario.

Se recomienda a la Administración Municipal, realizar la actualización del inventario de los bienes muebles, agregando además etiquetas a cada uno de ellos que permita la identificación de los mismos, siendo obligación de la Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio del municipio, por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo anterior participando en la elaboración de inventarios físicos semestrales conjuntamente con el Secretario de Gobierno Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

AF-11/14-028 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que se lleven a cabo acciones para etiquetar y actualizar el inventario de bienes muebles propiedad del municipio, e informe a esta Auditoría Superior del Estado de los resultados obtenidos.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

(22)

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2011 fue por el orden de $1,808,208.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones por un importe de $1,717,798.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $54,246.00 y el 2.00% restante por $36,164.00 para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2011, los recursos fueron aplicados y revisados documentalmente el 100.00% de los mismos. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $788.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales fueron ejercidos en obras de Rehabilitación de caminos rurales en las comunidades.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02 Con recursos del Fondo III, se realizaron erogaciones para diversas obras mediante la expedición de cheques nominativos a los proveedores y/o prestadores de servicios, por concepto de adquisición de grava-arena, renta de revolvedora y bailarina, soportados con recibos simples, anexando además copia fotostática de la credencial para votar del proveedor y/o prestador del servicio, no obstante se omitió presentar comprobantes con requisitos fiscales de conformidad a lo señalado en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

PF-11/14-003 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en lo sucesivo la documentación comprobatoria que soporta las erogaciones realizadas con Recursos Federales del Fondo III, reúna los requisitos fiscales de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de Federación realizando operaciones con proveedores y/o contratistas que se encuentran inscritos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y así contar con el soporte documental conforme a lo antes señalado.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

PF-11/14-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-03, Observación PF-03 Con recursos del Fondo III, se aprobaron y ejercieron recursos por $110,700.00 para la acción número 119911020 denominada

“Proyecto productivo de adquisición de semilla para los agricultores”, soportado con documentación comprobatoria por el mismo importe, que ampara la adquisición de 246 sacos de semilla de maíz, anexando además evidencia por la entrega de la semilla a 246 agricultores, sin embargo, no presentaron estudios socioeconómicos que demuestren documentalmente que los beneficiarios se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema,

PF-11/14-005 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en lo sucesivo tratándose de apoyos con recursos del Fondo III, además de la documentación comprobatoria que soporta el gasto, se elaboren e integren al expediente unitario los estudios socioeconómicos que demuestren documentalmente que los beneficiarios se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema, conforme a lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y favoreciendo a la población más vulnerable.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

PF-11/14-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

No se solventa, y se deriva en una promoción

(23)

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

conforme a lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados

obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Como resultado del análisis realizado a los estados de la cuenta bancaria del Fondo III, número 00668311436 de Banorte S.A., así como a los registros contables al 31 de diciembre de 2011 del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectaron cargos por comisiones bancarias, derivado del cobro de cheques sin suficiencia de fondos, lo cual denota un inadecuado control presupuestal y financiero en la expedición de los mismos.

PF-11/14-007 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado, evitar la práctica de expedir cheques sin haber verificado la suficiencia de fondos, en las diferentes cuentas bancarias que maneja y administra el municipio evitando con ello cargos por comisiones bancarias que afectan la Hacienda Pública Municipal, además de mantener un inadecuado control presupuestal y financiero en el ejercicio de los recursos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

PF-11/14-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-05, Observación PF-05 El municipio exhibió actas de Consejo de Desarrollo Municipal por la aprobación de obras y/o acciones a realizar con recursos del Fondo III durante 2011, las cuales contienen la descripción de las obras y/o acciones, así como su ubicación; sin embargo, no se indican los montos asignados para cada una de éstas, lo que conlleva una falta de control presupuestal en la asignación de recursos para las obras y/o acciones, incumpliendo con lo señalado el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal, 89 de la Ley Orgánica del Municipio y artículos 63, 64 y 65 de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Zacatecas.

PF-11/14-009 Recomendación

Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efectos del proceso de Programación y Presupuestación de las obras y acciones del Fondo III, éstas deben ser aprobados por el Consejo de Desarrollo Municipal, detallando en las actas correspondientes, los nombres de las obras y/o acciones, ubicación e importes de cada una de éstas con el fin de contar con un control presupuestal y financiero adecuado, en cumplimiento con la normatividad antes señalada.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al

respecto a la

recomendación realizada.

PF-11/14-010 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

(24)

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL RAMO GENERAL 33

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-06, Sin Observación

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, se recibieron recursos por

$1,363,693.00, los cuales fueron distribuidos conforme a lo siguiente: $293,867.04 a Obligaciones Financieras que representa el 21.55%, $837,509.02 a Seguridad Pública que representa el 61.41%,

$91,112.94 a Infraestructura Básica que representa el 6.69% y $141,204.00 a Adquisiciones que representa el 10.35%. Al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron ejercidos y revisados documentalmente al 100.00%. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $541.00 derivado de Rendimientos Financieros del año 2010, los cuales fueron ejercidos para complementar el pago de las adquisiciones que realizó el municipio.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-07, Observación PF-06

Con recursos del rubro de Seguridad Pública dentro del Fondo IV, se aprobaron acciones por

$535,746.46 para el pago de nómina del personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de los meses de marzo a diciembre de 2011, para lo cual se realizaron transferencias bancarias por el mismo importe de la cuenta de Fondo IV no.

0670948723 a la de Gasto Corriente no.

0157442599 ambas de Banorte, S.A., soportadas con copias de pólizas de cheque expedidas de esta última cuenta en forma nominativa para cada trabajador de Seguridad Pública y copias de las credenciales para votar de los mismos. Sin embargo, no se presentan las nóminas de pago y/o recibos debidamente firmados por dicho personal.

En relación con lo anterior, mediante oficio s/n de fecha 4 de mayo del 2012 suscrito por el Lic. Arnulfo Guzmán Guzmán, Presidente Municipal, manifiesta:

"… se aclara que para el pago de los empleados de seguridad pública que respaldan las erogaciones realizadas con recursos del Fondo IV, no se firma ninguna lista en donde vengan el total de los trabajadores, sino que es a través de la póliza de cheque individual debidamente firmada por cada

PF-11/14-011 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que tratándose del pago de sueldos del personal asignado a la Dirección de Seguridad Pública con recursos del Fondo IV, se elaboren las nóminas en las que se incluyan tanto las percepciones como las deducciones correspondientes, debidamente firmadas por dicho personal, asimismo que para el pago de estas mismas, los cheques sean expedidos directamente de la cuenta del Fondo IV, tal como lo señala la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 37, con el fin de transparentar y llevar un mejor control de los recursos federales de este Fondo.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada.

PF-11/14-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su

No se solventa, y se deriva en una promoción para el

Fincamiento de

Responsabilidades Administrativas.

Referencias

Documento similar

En cuarto lugar, se establecen unos medios para la actuación de re- fuerzo de la Cohesión (conducción y coordinación de las políticas eco- nómicas nacionales, políticas y acciones

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in