Que celebra el Consejo de Administración en la Sala de Sesiones de JAPDEVA en Moin con la siguiente asistencia:
Licda. Ann Mc Kinley Meza Presidente Ejecutiva Sr. Armando Foster Morgan Vicepresidente
Dr. Eric Castro Vega Director
Sr. Luis Fdo. Del Barco Garrón Director Licda. Magda Verónica Taylor Wa Chong Directora Sra. Justa Romero Morales Directora
Sr. Pablo Díaz Chaves Gerente General
Sr. José Aponte Quirós Gerente Portuario
Ing. Jorge Soto Morera Gerente de Desarrollo Lic. Marvin Jiménez León Auditor General
Lic. José Alonso Valverde Fonseca Jefe Departamento Legal Sra. Joyce Gayle Thompson Secretaria General
Preside: Sr. Armando Foster Morgan Al ser las 09:00 horas inicia la sesión.
ORACIÓN: (A cargo del Sr. Jorge Soto Morera) ARTICULO I APROBACIÓN DE ACTAS
SR. ARMANDO FOSTER: Buenos días señores directores y directoras, La Licda. Ann Mc Kinley Meza, Presidenta Ejecutiva, se encuentra atendiendo invitación del Presidente de la Republica en la Casa de la Cultura acá en Limón, y cuando termina la actividad se estará integrando al Consejo de Administración para proseguir con la Sesión Ordinaria No. 28-2015.
Vamos a someter a aprobación el Acta de la Sesión Ordinaria No.26-2015 del 16 de julio del año 2015. Hay alguna observación?
No hay observaciones. Los que estamos de acuerdo en que el Ordinaria No.26-2015 del 16 de julio del año 2015, celebrada el 16 de julio 2105 sea aprobada favor levantar la mano .Aprobado
SE APRUEBA EL ACTA DE LA SESIÓN No.26-2015 CELEBRADO EL 16 DE JULIO 2015.
Quedaría pendiente la aprobación del acta de la Sesión Ordinaria No.27-2015, siendo que no tenemos la presencia de la mayoría simple necesaria para su respectiva aprobación.
DR. ERIC CASTRO: No tengo todavía bien claro eso, si podemos o no podemos, es una simple aprobación.
LICDA. VERÓNICA TAYLOR: La simple son tres, la calificada son cuatro.
SR. ARMANDO FOSTER: ¿Cómo la simple va a ser tres de siete?
DR. ERIC CASTRO: La pregunta es, si es una simple aprobación de un documento tiene que estar presente los que estuvimos.
LIC. ALONSO VALVERDE: Hace su comentario al respecto sin audio.
SR. ARMANDO FOSTER: Continuamos con los temas de Asuntos de Trámite Urgente.
ARTICULO II ASUNTOS DE TRÁMITE URGENTE
II-a) SEGUIMIENTO CON INFORMACIÓN PARA LA RESPUESTA AL OFICIO (DFOE-DI-1497) 09219 DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SOBRE TRASLADO DE DENUNCIA SOBRE LA EVENTUAL DECISIÓN JAPDEVA DE ADQUIRIR DOS GRÚAS PÓRTICAS – LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000001.
SR. ARMANDO FOSTER: Seguimos en el orden del día tenemos, asuntos de trámite urgente, primer punto el Seguimiento con información para la respuesta del oficio DFOE-DI-1497-09219 de La Contraloría General de la República.
Este documento no ha sido entregado por la Gerencia General al Consejo de Administración, entonces quedaría pendiente.
SE DEJA PENDIENTE PARA SER ANALIZADA EN LA PROXIMA SESIÓN.
II-b) INFORME DE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES CONSTITUIDO POR ÓRGANO DIRECTOR CONTRA EL ING. JORGE SOTO MORERA EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO NO.116-15
Hace ingreso a la Sala de Sesiones los señores: Lic. Roberto Soto Salazar, y la Licda. Badra Nuñez, ambos abogados del Departamento Legal.
SR. ARMANDO FOSTER: Buenos días, bienvenidos, tienen el uso de la palabra.
LIC. ROBERTO SOTO: Buenos días señoras y señores, vengo con mi compañera, la licenciada Badra Núñez, porque fuimos convocados a raíz del Órgano Director que se instauró en contra del Sr. Jorge Soto, por ende estamos para lo que lo tengan a bien.
Quisiera hacer una observación y disculpen que la haga, sé que está el Asesor de Junta Directiva, pero me parece con todo respecto don Jorge Soto no debería estar presente, esto es un asunto que no está firme, no se ha emitido un acto final, él es el investigado y por lo menos por una cuestión profesional y salvando mi responsabilidad, me gustaría que conste, en la grabación, la decisión por supuesto que es de ustedes, pero sí hago esta observación.
SR. PABLO DÍAZ: Don Jorge preguntó si se retiraba o se mantenía y se le recomendó quedarse.
LIC. ROBERTO SOTO: Pero la decisión es de Ustedes, nada más estaba dando una observación.
DR. ERIC CASTRO: Podría preguntar que si ¿Los Gerentes que no tiene nada que ver con este caso tienen que estar presentes? Se supone que es un Informe a la Junta Directiva.
LIC. ROBERTO SOTO: Depende podemos verlo desde dos puntos de vista, o sea, esto es una cuestión de Junta, debería de estar la Junta, a mí me citaron a Junta valga la redundancia y si lo vemos desde la otra variable se trae a discutir un asunto en donde hay un Órgano Director que
somos nosotros y Órgano Decisor que son Ustedes quienes nos nombraron a nosotros, entonces reviso esta particularidad.
DR. ERIC CASTRO: Entonces que se retiren.
LICDA. VERÓNICA TAYLOR: Que se retiren y que nos quedemos solamente el Consejo de Administración, la recomendación es que nos quedemos sólo los directores y el Asesor Legal. En este caso: Dr. Eric Castro, Licda. Verónica Taylor; Sr. Luis Fdo. Del Barco, Lic. Alonso Valverde, Sr. Armando Foster, Sr. Delroy Barton, Sra. Justa Romero y la Secretaría General para atender la respectiva grabación
SR. ARMANDO FOSTER: Ahí iba, me gustaría que se quedara el Asesor Legal.
DR. ERIC CASTRO: Por supuesto.
A SOLICITUD DEL ÓRGANO DIRECTOR ANTE EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y POR RECOMENDACIÓN SE RETIRA DE LA SALA DE SESIONES LOS SEÑORES: ING. JORGE SOTO MORERA, GERENTE DE DESARROLLO, SR. PABLO DIAZ CHAVES, GERENTE GENERAL; SR. JOSÉ APONTE QUIRÓS, GERENTE PORTUARIO;
SR. ARMANDO FOSTER: Se circuló el documento solamente a los señores Directivos por correo.
LICDA. VERÓNICA TAYLOR: ¿A los Gerentes no?
SR. ARMANDO FOSTER: Sólo a los Directivos.
LIC. ROBERTO SOTO: Señores, estamos a la orden o por lo menos si nos aclaran cual es la mecánica con todo gusto.
SR. ARMANDO FOSTER: Sería bueno que tal vez brindan un informe, un resumen del procedimiento de cómo se llevó a cabo el procedimiento, cuáles fueron las personas abordadas y sobre qué se fundamentan las conclusiones a las que se llegaron para luego abrir un espacio de consulta.
LIC. ROBERTO SOTO: Perfecto. Hicimos un retrato de este Órgano Director, podemos decir que el Consejo de Administración en Sesión nos nombra a la Licda. Badra y a mi persona como representantes de un Órgano Director que se le sigue al señor Jorge Soto Morera a raíz de un cuestionamiento que se le hacía por la confección una Acta No.2-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales.
Esto como consecuencia de unas observaciones que hizo el Gerente General, Sr. Pablo Díaz, de que aparentemente no se había sesionado o no se había ejecutado siguiendo los parámetros exigidos para ello.
Esto originó que el Consejo de Administración tomara la decisión de investigar las actuaciones por parte de Don Jorge, es ahí donde se nos nombra y precisamente el 14 de abril de este año es que se nos notifican formalmente de que doña Badra y mi persona somos los que vamos a influir en la causa.
Es partir de esa fecha en que nos abocamos al conocimiento de la misma, repito el 14 de abril y ya el 8 de mayo hacemos el respectivo traslado de cargos a Don Jorge quedando debidamente notificado y con señalamiento para la audiencia.
El traslado de cargos es en donde nosotros como el Órgano Director, disculpen “voy a hacer un paréntesis” para que quede claro este proceso se desarrolla en dos etapas, una etapa meramente de investigación que es la que ejecutamos y posterior a ellos una etapa donde se toma la decisión final, ¿quién la hace? las personas que nos nombraron, Ustedes, entonces hasta aquí estamos en la primera etapa).
Procedemos a informarle a Don Jorge que la Junta Directiva tomó la decisión de investigarlo por ciertos hechos que tiene una comparecencia tal día y que tiene derecho a presentarse con un abogado y hacerse toda la prueba que considere en su momento, documental, testimonial, la que él considere.
Eso es lo que se hizo el día de la audiencia, a don Jorge se le informó en términos generales, porque está plasmado la resolución de que se le estaba cuestionando la confección del Acta No.02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales que se había cuestionado, por cuanto la sesión que se ejecutó ese día no reunía las solemnidad del caso.
En concreto se puso un entre dicho de que no se había sesionado, por lo que la prueba recibida por parte de este Órgano arribó a una conclusión totalmente diferente.
Analizada la prueba y recibido los testigos, los testigos me refiero, a la manifestación en este caso al investigado a Don Jorge y de Doña Verónica Taylor, además la de Don Pablo que fue la persona que instó a abrir la investigación, arribamos a la conclusión de que no hubo una actuación dolosa por parte de Don Jorge, ni tampoco desencadenó para que instauramos un proceso a nivel judicial completamente en la vía penal, ya que el acuerdo de Junta así lo indicaba.
Que si los hechos investigados daban a pie palabras más o menos, porque no tengo el expediente a mano, este Órgano debería de recomendar las acciones penales respectivas.
¿Por qué se concluyó de esta manera? Del análisis de la prueba que consta en autos en el expediente, este Órgano tuvo claro que efectivamente ese día en que se confecciona el Acta No.02-2014, estuvieron presentes el Dr. Eric Castro, Doña Verónica Taylor, Sr. Rodolfo Vindas, Don Rodolfo y Don Jorge Soto.
Que se sesionó en un Restaurante, en un negoció comercial, llamado Sol y Luna y que ese mismo día coincidía con la Sesión de Junta Directiva.
Que por la condiciones del inmueble, (perdónenme el populismo), tuvieron que hacer grupitos, en un grupito estaba la Sesión del Consejo de Administración, en otro el de Comunales y en otra parte atendiendo Público, eso es el dibujo que se nos presenta de acuerdo a la prueba.
DR. ERIC CASTRO: Es que primero fue un desayunó informal.
LICDA. VERÓNICA TAYLOR: Estábamos los de la Junta, don Rodolfo y yo revisando lo de Comunales y el desayuno lo hicieron en el restaurante, estamos todos juntos.
SR. ARMANDO FOSTER: Tal vez si permitimos a don Roberto terminar la exposición.
LIC. ROBERTO SOTO: Con ese panorama es que en principio cuando llega se reúne la Comisión de Ayudas Comunales con la documentación, con la información pertinente a lo que se iba a conocer, se analiza en primera fase, posteriormente se van a sesionar, cuando termina la Sesión de Junta Directiva se vuelven a reunir.
Ya han tomado los acuerdos y se da la particularidad de que ese día, ya se sabía, es de toda voz populí la situación que vivía don Rodolfo Vindas de salud y justo para esos días era crítica, pues en la segunda parte (llamémoslo así) de la Sesión de Ayudas Comunales, don Rodolfo solicita que no se siente muy bien y que lo trasladen su casa, es en ese momento en donde se aprueba esa Acta No.02-2014.
¿Qué es lo importante de rescatar aquí? Número uno, si bien es cierto no se cumplió con la solemnidad que ameritaba el saciarse plasma en la resolución y de eso, me parece que todos somos conscientes que en la práctica se hace o no se hace, bueno eso es punto y aparte, pero en el caso que nos compete no se llevaron las solemnidades del caso, en eso está claro.
Segundo, los acuerdos fueron tomados por la Comisión de Ayudas Comunales, prueba de ello es que hacerse y esto a manera de facilitar al hacer la segunda Acta, esta acta es suscrita por Doña Justa Romero, se tomaron los mismos acuerdos que los de la primera acta.
En conclusión, señores, para poder determinar si hubo en el caso que nos ocupa algún tipo de ilícito o de falsedad o atentado contra la fe pública, no se dio. Se dio un mal manejo llamémoslo solemne de convocar y de conocer, pero, del acto en sí, si lo analizamos desde el punto de vista del perjuicio, qué perjuicio actúo JAPDEVA? ¿Quién salió beneficiado?, las comunidades.
Don Jorge Soto no se logró demostrar aquí que recibiera alguna dádiva o algún beneficio o en su caso algún perjuicio, también que pudo haber sido, si lo vemos bajo la otra óptica para perjudicar a una comunidad.
Bajo eso parámetro consideramos y así se plasmó en el documento, se recomendó que se debería de seguir tal y como lo establece el Reglamento de la Comisión de Ayudas Comunales, la forma de convocatoria y respectando, pues la solemnidades del caso no se dio, por ende no establecimos o no concluimos que debería de achacarse algún tipo de responsabilidad, no obstante, esto es una simple recomendación que hacemos tanto la Licenciada Badra como mi persona ante al Consejo de Administración, lo cual obviamente no es de acatamiento obligatorio para Ustedes, tienen todo el derecho y toda la facultad de no estar de acuerdo con ello, se apartan del criterio y serían ustedes quienes emitan la nueva resolución debidamente fundamentada.
Si tienen alguna duda en cuanto a la exposición, la aclaramos o consulta al respecto con todo gusto.
SR. ARMANDO FOSTER: Se abre el espacio para que algún compañero que tenga una inquietud pueda consultarle a los miembros del Órgano. Tiene la palabra Don Luis Fernando.
SR. LUIS FDO. DEL BARCO: En algún momento se llevó a analizar que si no se investigaba este asunto puesto que todos estamos informados de que la reunión y el Acta No.02-2014, no se había llevado dentro de los lineamientos normales, se nos informó que podríamos incurrir en alguna responsabilidad los Directivos si no se procedía al Órgano Director, que sabíamos todos desde el principio, lo hice saber aquí que no iba a llevar a nada, pero que debíamos de empezar a investigar o hacer el Órgano Director para efectos de un hecho anormal no podíamos dejarlo pasar, eso es básicamente, me gustaría saber su opinión.
SR. ARMANDO FOSTER: Tal vez sea prudente echar un poco más para atrás. Lo que originó la duda precisamente en un cuestionamiento del Dr. Eric Castro que preguntó que porque no se había vuelto a reunir la Comisión de Ayudas Comunales en una sesión.
Cuando se le indicó que terminamos un acta y que él había firmado, había aseverado que él no había estado en esa sesión.
De ahí surge toda la problemática, y consideramos prudente constituir el Órgano para esclarecer todas las dudas que pudieron haber surgido.
Tiene el uso de la palabra Doña Verónica.
LICDA. VERONICA TAYLOR: No, yo no levanté la mano.
SRA. JUSTA ROMERO: Buenos días compañeros y compañeras. Escuchando me parece a mí que el compañero tiene razón, porque este es un tema que a nosotros como Junta Directiva nos dio mucha discusión aquí en el seno de la Junta como lo dijo el compañero.
Fue una discusión larga y que a veces cuando uno desconoce que le puede perjudicar y que no, es mejor llevar el procedimiento tal cómo debe ser.
De ahí se origina la solicitud de este Órgano Director realmente por esa duda, porque siendo ellos los de la Comisión en ese momento dudaban de ser y de no haber participado en esa reunión. El que no está participando sabe si son parte de eso y si hay una duda de eso, es de cuidado, de ahí se origina realmente la discusión y la investigación.
Y esto me parece a mí que para toda la Junta esto es saludable, porque para más adelante sabemos que tenemos que tener este cuidado y los mismos funcionarios tienen que tener cuidado.
Porque muchas veces pasan cosas, cuestionamientos que a simple vista uno lo puede ver de lejos como dicen de a millas que esto no es correcto, pero nunca se le da un seguimiento justo y adecuado.
Me parece que esta discusión es saludable, no simplemente podemos aceptar por lo que expreso o por lo que un funcionario diga como lo diga un Departamento Legal o una parte de investigación formal para poder tenerle esta credibilidad, porque este a veces con decir yo que esto es negro y resulta que es blanco no me puedo quedar con eso, debo de investigar realmente como dicen si atrás de esto sigue siendo blanco.
A mí me parece que es lo más viable y lo más importante y la información que ustedes nos brinda nos dejan más claro.
LIC. ROBERTO SOTO: Si me permiten. Efectivamente Doña Justa tiene toda la razón, es importante aquí recalcar que existe, incluso un deber de la función pública o el funcionario de denunciar.
Porque también delinque quien omite, eso sí es importante. El asunto es tener también y a lo interno cabe la posibilidad de hacer un análisis crítico y conclusivo para poder determinar si da pie a denunciarlo o no la situación.
Incluso eso puede ser hasta una investigación previa, pero hay recursos que se invierten y la Administración muchas veces en una situación de estas. No quiero dejar pasar la situación, se me invitó y concluyo con esto hay un principio constitucional de justicia pronta y cumplida, nosotros remitimos esta recomendación hace más de mes y medio y está aquí. La decisión final la toma la Junta.
El 15 de junio 2015 se lo pasé a doña Joyce.
DR. ERIC CASTRO: Usted no contestó la pregunta de don Luis Fdo. del Barco.
LIC. ROBERTO SOTO: No, no la contesté, voy a retomar lo de Don Luis .La pregunta me parece que voy ampliarla, se la contesté con el comentario que le hice a doña Justa.
Siempre insisto, lo que no esté claro con todo gusto me dice que parte y tratamos aquí con Don Alonso y Doña Badra tratamos de que sea de su entera satisfacción.
En principio esto si lo contesto a título personal, en principio por una cuestión de salvaguardar responsabilidades se estima abrir Órganos Directores.
Porque? Bueno el Consejo tuvo el conocimiento o se le puso en conocimiento de equis anomalía y no tomó las acciones respectivas, y cuál es la receta “abran un Órgano Director.
Hay principios de proporcionalidad y razonabilidad, que nos pueden llevar a nosotros a determinar si abrimos o no abrimos un Órgano, a mí me parece que se pudo haber hecho una investigación previa y hace rato se pudo haber concluido.
SR. ARMANDO FOSTER: Si, Doctor tiene la palabra.
DR. ERIC CASTRO: Mi duda es que nosotros y aquí lo hicimos, traté de explicarlo en diferentes ocasiones esas mismas conclusiones a las que llegaron ustedes, estaba en la Comisión, igual que doña Verónica y que Don Rodolfo Vindas, ok.
Lo que hacíamos era como armar un acta para traer al Consejo, porque el Consejo es el que en realidad aprueba las solicitudes que se presentan ante la Comisión de Ayudas Comunales.
Si bien es cierto tal vez era una manera informal de hacerlo, nosotros veníamos de la práctica en la Administración pasada en que las solicitudes de Ayudas Comunales se hacían aquí en Junta.
En las mociones de los Directores, los mismos decían bueno “una comunidad me pidió ayuda allá”, entonces nosotros lo pasábamos al Gerente de Desarrollo que era el que tenía que ver con Ayudas Comunales.
Después para ver qué? si había recursos, si había disponibilidad de maquinarias, después se armaba el acta verdad de las cosas que ellos habían armado sus expedientes y se traían a Junta.
Sentía como que era informal o no formal, era una manera práctica de hacer las cosas, además de un trabajo que estamos haciendo ad honoren en una Comisión, porque no podemos participar administrativamente.
Y de feria eso se llevó la duda ,se hizo tan grande la cacería de brujas , que al principio el Departamento Legal sacó un pronunciamiento donde hasta nosotros éramos los responsables y que íbamos a terminar en los tribunales.
Se nos acusó como que si fuéramos delincuentes, decía, pero porque si estábamos entre compañeros, Si el Departamento Legal sacó un pronunciamiento donde decía acusaciones seriecísimas, nosotros tuvimos que en el rechazo del informe de Legal al final terminamos en esto.
Bueno nos sacaron de la Comisión porque dice que los Directores no podemos estar en la Comisión. La consulta se elevó a la Procuraduría General de la República por parte de la señora Presidenta y no hemos sabido la respuesta de la Procuraduría, si realmente podemos o no estar en una Comisión, pero bueno ya no estamos en la Comisión.
Es otra Administración, ya hay otra manera de trabajar, antes el Gerente General no estaba en la Comisión, antes era el Gerente de Desarrollo el responsable de la Comisión de Ayudas Comunales.
Ahora está el Gerente General en esa Comisión ya son otras reglas y decía que eso pasaba por la transición esa de una manera de trabajar a otro manera de trabajar que no le veía ningún dolo y si es cierto lo que dice don Armando Foster.
Pero a mí en la manera que me vinieron a preguntar que si yo había estado en esa Comisión, estaba aquí sentado y la señora Presidenta se me arrimó y me dice mire “Usted estuvo en esta reunión y yo volví a ver así. No me acuerdo.”
Pero no fue de ninguna manera que me llamara y me dijera mire revise, no, fue por detrás,
¿usted estuvo en esta sesión? y yo sin anteojos, le respondí que no me acuerdo.
Desde ese punto de vista, me sentí mal, de ser Miembro Director tratando de llevar como estamos metidos ahora viendo a ver como lo estoy ahora en las comisiones de turismo de esto y que lo otro aportando y que se nos llevara hasta un Órgano Director.
Me sentí bien cuando ustedes no me citaron, no sé por qué, yo no declaré porque no me llegó ningún citatorio quiero darle las gracias porque la verdad ha sido muy valioso el aporte, quedamos con muchas duda siempre. Si es necesario o no un Órgano Director en estos casos.
Y agradecidos con la recomendación.
LIC. ROBERTO SOTO: Este fue un caso con muchas vicisitudes y de hecho quizás también dejé una conclusión de lado.
No perdamos de vista que fue un asunto también aparte de una violación solemne a la sesión en sí, fue un asunto meramente de semántica, poner, aprobar en lugar de recomendar.
Con todo respeto a mí me parece que riñe contra el sentido común, porque independientemente que dijera la recomendamos se sabe que viene del Consejo, él que va decir en última instancia.
Démosle vuelta o no se recomienda y punto, la decisión final estaba en el Consejo. Y ese perfil fue también lo que origino que se diera ese asunto así.
SR. ARMANDO FOSTER: Tiene el uso de la palabra Doña Verónica
LICDA. VERÓNICA TAYLOR: Tal vez Don Roberto, si es importante en el tema muchas veces como usted bien lo dice en el proceso, debemos de desgastar las cosas y los mecanismos que tenemos como una investigación previa para no llegar a un Órgano Director.
Que no solamente es una de las sanciones máximas que nosotros podemos hacer, porque no solamente es el tema de que estoy siendo investigado.
Sino también estoy siendo evidenciado ante toda la Institución que cometió un delito, porque para abrir un Órgano Director tienen que haber un indicios que cometí un delito aunque no lo haya cometido.
Y solo el hecho de que me abra el Órgano la gente ya me va señalar y eso es una sanción adicional, al resultado que de todo el procedimiento.
Tengo acá un documento que voy a permitirme a los compañeros, solo voy a citar el número de documento y voy a citar la recomendación.
Porque si es importante dejar claro que hay un documento emitido por el Departamento Legal de esta Institución que es el AL-500-2014 SJ.
Está firmado por la Licenciada Giselle Mora y dentro de las cosas que ella recomienda de este Consejo de Administración está que se nombre un Órgano Director para que se investiguen las anomalías cometidas en el Acta No.02-2014 correspondiente a la Comisión de Ayudas Comunales en aras de determinar la posible responsabilidad del señor Jorge Soto Morera y la de algún otro funcionario el hecho que aquí se ha indicado.
Que igualmente el Órgano Director investigue la presunta existencia de los mencionados que puede dar lugar al establecimiento de una denuncia ante el Ministerio Publico y que en caso que se vea involucrado algún Director del Consejo de Administración deben de remitirse los que estaban al Consejo de Gobierno para que procedan a derecho.
Esto no fue como dijo Don Luis esto no fue una iniciativa que llegó acá la duda y que nosotros dijimos se nos dé una vez al Órgano Director, esto es una recomendación de la Jefa de Departamento Legal en ese momento donde instruyó al Consejo mediante un documento de una investigación previa de que esto era lo que procedía.
Que quede claro que no es un tema de este Consejo de Administración o que es una ocurrencia que todo lo que llega aquí tiene que ir a un Órgano Director, sino que un profesional competente que fue o que indujo a este Consejo a tomar esta decisión que como lo comentó el compañero Luis en el algún momento él decía me parece que es excesivo.
Pero al final todos acordamos y primero, porque el profesional que lo está recomendando es la persona que nos orienta en esta materia y segundo porque teníamos la tranquilidad de las personas que participamos, de que habíamos actuado de una manera correcta.
Pero si es importante que esto quede claro a la hora de que se analizan los hechos.
LIC. ROBERTO SOTO: Perdón si me lo permiten, yo si quisiera también que me quedara grabado la respuesta que yo le di a don Luis Fernando que era en términos generales, no en este en concreto si había o no había net merinos generales me referí que se hace un análisis de hechos y para determinar, para que no haya tampoco mal entendidos sobre el particular.
SR. ARMANDO FOSTER: Alguna otra consulta, suficientemente discutida, agradecemos al licenciado su intervención.
LIC. ROBERTO SOTO: Con todo gusto.
No quiero desaprovechar la oportunidad y créame en casi 20 años es la primera vez que me traen a Junta por distintas razones.
SR. ARMANDO FOSTER: Los que están de acuerdo en votar de acuerdo al informe del Órgano Director y que rezaría de la siguiente manera:
ACUERDO No. 271-15 1.- EL ÓRGANO DECISOR APRUEBA ACOGER EN TODOS SUS EXTREMOS LAS RECOMENDACIONES REALIZADAS EN LA RESOLUCIÓN DE LAS CATORCE HORAS VEINTICINCO MINUTOS DEL ONCE DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE AL EXPEDIENTE NO.01-2015.
QUE DICE TEXTUALMENTE:
PROCEDIMIENTO ORDINARIO DISCIPLINARIO
EXPEDIENTE No-01-2015
ACUERDO N°116-15 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE JAPDEVA
CONTRA: JORGE SOTO MORERA. GERENTE ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA. San José, a las catorce horas veinticinco minutos del once de junio de dos mil quince.
INFORME DE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN
Constituido este ÓRGANO DIRECTOR, por la Licenciada Badra Ma. Núñez Vargas y el Licenciado Roberto Soto Salazar, se procede a rendir el INFORME DE CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN, en los siguientes términos:
RESULTANDO
I- Que mediante acuerdo número 116-15 del Consejo de Administración de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica en lo sucesivo (JAPDEVA), aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria número 11-2015, celebrada el 19 de marzo de 2015, bajo el artículo V inciso a) y ratificado el 09 de abril de 2015, se nombró a los suscritos como integrantes de este Órgano Director (Lic. Roberto Soto Salazar; Licda. Badra Nuñez Vargas), con el propósito de realizar un Procedimiento Administrativo para investigar la verdad real de los hechos sobre la supuesta participación del Ingeniero Jorge Soto Morera, actual Gerente de la Administración de Desarrollo, en lo relativo a los acontecimientos que se llevaron a cabo y dieron como resultado la confección del Acta N°2 de la Comisión de Ayudas Comunales, celebrada a las 14:35 horas del 31 de julio de 2014, en el lugar Sol y Luna, en el Cantón de Matina y en consecuencia si se comprobara que no hubo sesión, se analice y determine posibles personas involucradas así como la existencia de algún ilícito en aras de interponer las respectivas denuncias, y se recomiende medidas o sanciones correspondientes. (Ver folios 84 y 85).
II- Que una vez constituido este Órgano Director, mediante resolución de las ocho horas veinticinco minutos del cuatro de mayo de dos mil quince, se procedió a emitir la RESOLUCION INICIAL DE TRASLADO DE CARGOS, iniciándose así el Procedimiento Administrativo
correspondiente de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, resolución que en lo pertinente dispone: “De conformidad con la prueba recabada al efecto por este Órgano Director, la cual se detallará más adelante, se tienen por imputados los siguientes hechos, los cuales PODRÍAN CONSTITUIR faltas disciplinarias y motivos probables para la interposición de una denuncia penal, atribuibles al ingeniero JORGE SOTO MORERA: PRIMERO: Que consta en el expediente administrativo de este procedimiento administrativo, un acta No. 02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales, aparentemente celebrada a las 02:35 horas del día 31 de julio de dos mil catorce, en el Cantón de Matina, en el lugar conocido como Sol y Luna, la cual consta de 5 folios, en donde figuran como presentes el Ing. Jorge Soto Morera, la Licda. Verónica Taylor Wa Chong, el Dr. Eric Castro Vega y el Sr. Rodolfo Vindas Gutiérrez y se constatan las firmas de todos los anteriores excepto del señor Vindas Gutiérrez. Que en la referida acta se acuerda autorizar o aprobar distintas solicitudes presentadas por Asociaciones de Desarrollo, Colegios Técnicos e instituciones públicas, específicamente 14 solicitudes, la cual según oficio AL-500-2014-SJ(folios 67 al 72) fue presentada para aprobación del Consejo de Administración el 18 de setiembre de 2014. (Ver folios del 2 al 5 del expediente administrativo). SEGUNDO: Que posteriormente mediante el oficio número GD-592-2014 de fecha 08 de octubre de dos mil catorce, a través del cual se presenta para aprobación del Consejo de Administración, otra Acta No. 02 2014 de la Comisión de Ayudas Comunales celebrada el 31 de julio de dos mil catorce, que de dicha acta consta una copia en el expediente administrativo y en la misma se aprecian las mismas 14 solicitudes presentadas por Asociaciones de Desarrollo, Colegios Técnicos e instituciones públicas, pero en lugar de las palabras autorizar o aprobar aparece consignada la palabra recomendar en cada uno de los acuerdos tomados por la Comisión de Ayudas Comunales, lo cual aparentemente fue alterado por el Ingeniero Jorge Soto Morera en calidad de Presidente de la Comisión de Ayudas Comunales. (Ver folios del 6 al 9 del expediente administrativo). TERCERO: Que sobre Acta N°02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales, el Director Erick Castro Vega también miembro de dicha Comisión para ese momento, señaló en la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración número 32-2014 del 25 de setiembre de 2014 lo siguiente: “Viendo esta acta de la cual me entregan copia yo no recuerdo que se haya realizado esa sesión y tampoco la aprobación de los acuerdos que en ella se indican. Reconozco que esa es mi firma” (ver folios 14 del expediente administrativo). CUARTO: Que nuevamente al referirse sobre el Acta N°02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales, en la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración número 33-2014 del 09 de octubre de 2014, el Director Erick Castro Vega manifestó: “Tengo varias observaciones, quiero que conste en actas porque usted me consultó si sabía de una
reunión de la Comisión de Ayudas Comunales y yo le contesté que no estaba de acuerdo con eso, pero para ser honesto y haciendo memoria, primero le expliqué todo a don Jorge Soto; pero después haciendo memoria, tengo que concluir que él que se equivocó fui yo. Lo que pasa es que aquí, para que las cosas pasen, pasa mucho tiempo, entonces a uno se le olvida… Aquí se le había aprobado en la Comisión de Ayudas Comunales y en ese momento se tocó el tema, después del almuerzo que me acuerdo que en esa sesión que fue la última con don Rodolfo Vindas, la verdad que lo que tengo más grabado es lo de Vindas y no lo de la Sesión”
“Después del almuerzo en el Restaurant Sol y Luna, ahí mismo aprobamos la recomendación, que no es aprobar la obra, sino aprobar la recomendación para traerlo a Junta, eso para que quede en actas, porque pareciera, que yo estoy diciendo como aparece” (ver folios del 10 al 29) QUINTO:
Que con relación a la realización de la sesión de la Comisión de Ayudas Comunales el 31 de julio de 2014, el señor Pablo Díaz Cháves en su condición de Gerente General de la Institución, mediante el oficio número GG-PD-479-2014 de fecha 15 de octubre de 2014, planteó ante el Consejo de Administración de JAPDEVA, su disconformidad respecto al manejo del Acta N°2 de esa Comisión y textualmente señaló: “El día 31 de julio del año en curso, antes de dar inicio a la sesión del Consejo de Administración, el Ing. Jorge Soro, Gerente de Desarrollo, me entrega una carpeta; así como a los demás integrantes de la Comisión de Ayudas Comunales y me indica que esa es la información pendiente de la Comisión de Ayudas Comunales, en ningún momento me planteó que era la agenda de la Comisión, ni que estaba convocando para esta y lo que más me sorprende es que se plantee en el oficio de marras1 que ese mismo día se sesionó y se tomaron acuerdos, aspecto que llama la atención ya que la dinámica posterior de la sesión del Consejo indicaba que cada integrante de este se retiraban del lugar Sol y Luna.” “Quiero llamar la atención del Consejo ya que la convocatoria y la misma sesión no se han seguido los procedimientos básicos de legalidad que pueden generar que dicho acto sea nulo, induciendo al Consejo a un error.” (Ver folio 48 del expediente administrativo) SEXTO: Que en cuanto a la Directora y también miembro de la Comisión de Ayudas Comunales para el momento de los hechos, Licenciada Verónica Taylor Wa Chong, en la Sesión Ordinaria del Consejo de Administración número 34-2014 del 16 de octubre de 2014, la misma indicó: “La situación fue, así cuando llegamos nosotros al lugar en donde teníamos la sesión, estaba el lugar aparte el saloncito este aparte y estaba el Salón principal, como todos sabemos esa fue una sesión muy especial por el tema de salud del señor Rodolfo Vindas, mi compañero muy querido.” “Nosotros llegamos al lugar se nos entregó la carpeta, estábamos el Doctor Eric, Vindas yo y don Jorge en ese ranchito aparte mientras se
1 En el oficio GG-PD-479-2014 se refiere al oficio GD-592-2014 remitido por la Gerencia de Desarrollo al Consejo de Administración
servía el desayuno, ahí revisamos los documentos. Cuando entramos a Sesión del Consejo, hicimos un receso nosotros, dijimos, ahora al final terminamos con la votación, si les parece o no les parece, porque ya habíamos revisado la documentación.” “Simplemente fue un tema de que se hizo y tal vez tenga en esto la razón el señor Pablo, de que hubo un tema informal en la forma de como sesionamos, pero como no podíamos exigirle al compañero Vindas más tiempo al final de la Sesión Ordinaria, porque ya su salud no se lo permitía, nos dijo me siento mal, me tengo que ir, lo vimos y dijimos alguno no tiene alguna observación, esta todo claro si esta todo claro y votamos en ese momento. No fue que nos sentamos otra vez a dialogar y sentarnos a revisar porque ya lo habíamos hecho previo antes del desayuno en esa sesión y esa fue la realidad.” “Ahora bien, yo no tengo ningún problema en que el acta se revise, no tengo ningún problema en que los compromisos que ahí se pactan se revisen, no hay nada que en este momento se tenga que dar como un compromiso de hecho, no hay ningún compromiso de que esto tenga que hacerse.” “Si hubo una situación especial que en realidad fue por consideración a la salud del compañero Vindas que lo revisamos en el momento de la mañana cuando llegamos a desayunar y cuando terminó la Sesión como él ya se sentía mal, porque estaba con dolor y pidió que lo fuéramos a dejar hicimos en ese momento, dijimos, bueno de lo que revisamos en la mañana todo estaba claro, si todo estaba claro y firmamos el acta, esa fue la situación.” “Luego Jorge me trajo otro documento cuando se hizo la observación de que la Comisión de Ayudas Comunales, no aprobaba, sino recomendaba, don Jorge cometió el error, y realmente siento que no fue de mala fe pero si fue imprudente haber modificado el acta poner recomendación, en el lugar de acordar, porque un acta no se modifica en ese sentido.” “Llamo la atención de que en esto no hay nada oculto, no hay nada que no se pueda corregir, no hay nada que no se pueda revisar, si el acta como tal se tiene que volver a revisar, se tiene que volver a tomar, el acta se revisa, si no se aprueba, si no están de acuerdo como fue presentado o realizado en acto. Pues se vuelven a revisar todos los proyectos que constan en el acta, se convoca como conviene a las personas que convenga, pero si decirles que esto no fue un acto ni de mala fe, ni de ocultar, ni de querer aprobar nada que no se puede aprobar, realmente fue un hecho que se dio en consideración de la salud del compañero que todos estábamos de acuerdo que él no estaba bien.” (ver folios 49 al 59 del expediente administrativo).
SÉTIMO: Que el 12 de diciembre de dos mil catorce, nuevamente el Ingeniero Jorge Soto Morera por medio del oficio GD-758-2014 presenta para aprobación del Consejo de Administración otra acta denominada: Acta No. 02- 2014 de la Comisión de Ayudas Comunales, celebrada esta vez el día 20 de noviembre de 2014, con la comparecencia del Lic. Pablo Díaz Chaves, el Ing. Jorge Soto Morera, la Licda. Verónica Taylor Wa Chong, la Sra. Justa Romero Morales y el Dr. Erick Castro Vega, en la cual aparentemente se conocen nuevamente las solicitudes de ayuda conocidas en la
también Acta No. 02 del 31 de julio de 2015, lo cual aparentemente genera dudas sobre la veracidad de la sesión realizada y del acta generada con fecha 31 de julio de 2015. (Ver folios 60 al 66 del expediente administrativo)… “De conformidad con los hechos antes señalados, se le imputa al señor JORGE SOTO MORERA GRADO DE PROBABILIDAD lo siguiente: A- Incumplimiento en la correcta aplicación del procedimiento establecido en el Reglamento sobre Aportes a las Comunidades vigente al momento de los hechos. B- Incumplimiento en la correcta aplicación de lo relativo a los órganos colegiados contemplado en la Ley General de la Administración Pública. C- Presunta comisión de ilícitos tipificados en los artículos 366 y 367 del Código Penal, en la figura de Falsificación de Documentos en General y Falsificación de Documentos Públicos y Auténticos por aparentemente haber modificado la redacción del Acta N°02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales al aparentemente variar los términos “aprobar ” y
“autorizar” por “recomendar”. (ver folios 86-97)
III) Que la Resolución Inicial de Traslado de Cargos indicada supra así como la Convocatoria a la Audiencia Oral y Privada para celebrarse a las nueve horas del día primero de junio de dos mil quince, fue formalmente notificada al Ingeniero Jorge Soto Morera, el día ocho de mayo de dos mil quince. (ver folio 98).
IV) La comparecencia oral y privada fue llevada a cabo el día y hora señalado por este Órgano Director, encontrándose presente el Ingeniero Jorge Soto Morera. (Ver folios 105-111).
V) Que no existen trámites pendientes de resolución y se han observado los preceptos legales.
CONSIDERANDO
I) HECHOS NO PROBADOS: Dentro de la realización de este procedimiento administrativo no se determinó que existiera ningún incumplimiento grave, o actuación dolosa por parte del Ingeniero Jorge Soto Morera quien figura como investigado en este procedimiento, ni la existencia de delito alguno.
II) HECHOS PROBADOS. VALORACION DE LA PRUEBA Y ANALISIS DE FONDO: De importancia para las presentes conclusiones y recomendación, luego del análisis de los autos y tras una valoración de la prueba tanto documental como testimonial existente en el expediente administrativo, este Órgano Director estima que para el presente caso se tienen por acreditados los siguientes hechos: A.) Que efectivamente el 31 de julio de 2014 se llevó a cabo en el Cantón de Matina, en un lugar denominado Sol y Luna una Sesión de Ayudas Comunales por parte de la Comisión, en la cual estuvieron presentes el investigado Jorge Soto Morera, La Licenciada Verónica Taylor Wa Chong, el Dr. Erick Castro Vega y el Señor Rodolfo Vindas Gutiérrez, Sesión
que originó el acta No.02-2014 y que fue firmada por los antes mencionados con excepción del señor Vindas Gutiérrez. B.) Que en el acta supracitada se acordó autorizar o aprobar distintas solicitudes presentadas por Asociaciones de Desarrollo, Colegios Técnicos e instituciones públicas siendo un total de éstas de catorce. C-) Que el acta en mención fue rubricada por las personas mencionadas en el hecho A, con excepción del señor Rodolfo Vindas Gutiérrez. C.) Que posteriormente el 14 de octubre de 2014 se presenta ante el Consejo de Administración de JAPDVEA, el acta en mención con la finalidad de que sea aprobada por éste, en la cual se consignan las catorce solicitudes conocidas, pero en ésta se incluye la palabra recomendar en lugar de autorizar o aprobar como originalmente se había indicado. D.) Que efectivamente se logró demostrar que al acta original se le cambió la palabra autorizar o aprobar por recomendar por parte del señor Jorge Soto Morera E.) Que la Sesión de la Comisión de Ayudas Comunales en cuestión no se celebró con la solemnidad y formalidad que ameritaba, pero que si existió acuerdo al respecto. F.) Que el cambio de terminología no afectaba en nada el fondo de los acuerdos, ni tampoco se logró evidenciar que existiera mala fe al respecto. G.) Que del análisis de la prueba tampoco se logra demostrar que estemos en presencia de un ilícito, para recomendar la interposición de denuncia alguna. VALORACIÓN DE LA PRUEBA: Que el acta No.02-2014 del 31 de julio de 2014 presenta catorce acuerdos aprobados en donde se utiliza indistintamente la palabra autorizar y en otros aprobar (ver folios 1 al 5), que en folios del 6 al 9 aparece otra vez el acta No.02-2014 en la cual se toman los mismos acuerdos, pero en lugar de la palabra autorizar o aprobar se usa uniformemente la expresión recomendar. Dicho acuerdo se hizo acompañar por el oficio GD-592-2014 en el cual en el acápite de acuerdo se estipula entre otras cosas, aprobar el Acta No.02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales y autorizar a la Administración de Desarrollo brindar los servicios solicitados por las diferentes comunidades de la provincia de Limón. Si bien es cierto tenemos dos actas la segunda mencionada corregida con la palabra recomendar, la propuesta de acuerdo que se le hace a la Junta Directiva de JAPDEVA, es que apruebe el acta, lo que en buen castellano quiere decir sin margen a dudas, que quien toma la decisión final es el Consejo de Administración de JAPDEVA y no la comisión de ayudas comunales. Que el acta de la Sesión Ordinaria No.32-2014 del Consejo de Administración de JAPDEVA de folio 15, el señor Pablo Díaz manifestó que quería aclarar que a él Don Jorge en la Sesión que tuvieron en Sol y Luna, le entregó un file con parte de la información y después se enteró que la Gerencia General es parte de la Comisión de Ayudas Comunales y que a él no lo habían convocado, solo le dieron información de esa última Sesión número 2 del 31 de julio de 2014 con trece solicitudes. En esa misma sesión el Dr. Erick Castro indicó que viendo el acta de la cual me entregan copia yo no recuerdo que se haya realizado esa sesión y tampoco la
aprobación de los acuerdos que en ella se indican, sin embargo reconoció su firma. Luego en el acta No.33-2014 también de Junta Directiva y de Data 09 de octubre del año pasado indicó expresamente entre otras cosas, que tiene que concluir que el que se equivocó fue él, porque las cosas para que pasen pasa mucho tiempo y a uno se le olvidan. Que en la Sesión Ordinaria No.34-2014 datada el 16 de octubre de 2014 el señor Pablo Díaz, Gerente General de JAPDEVA externa su inconformidad por la sesión celebrada en Matina en Sol y Luna el pasado 31 de julio de 2014, tomándose el acuerdo 384-14-1 de devolver el acta No.2 de la Comisión de Ayudas Comunales, recibido el 18 de setiembre de 2014 y la que se recibió el oficio GD-592-2014. Que mediante nota GD-758-2014 de fecha 12 de diciembre de 2014, el Gerente de la Administración de Desarrollo y Presidente de la Comisión de Ayudas Comunales, Ingeniero Jorge Soto Morera fórmula propuesta de acuerdo ante el Consejo de Administración de JAPDEVA, para que se apruebe el acta No.02-2014 de la Comisión de Ayudas Comunales, oportunidad en la cual viene suscrita por Erick Castro Vega, Verónica Taylor Wa Chong, Justa Romero Morales y Pablo Díaz Chaves, además de Jorge Soto Morera (Folios 60 al 66). Que mediante acuerdo No.116-15 del 19 de marzo de 2015 se nombró a éste órgano director para que investigue la verdad real de los hechos acaecidos y que dieron origen al acta No.02-2014 del 31 de julio de ese mismo año, celebrada en el Cantón de Matina en el lugar denominado Sol y Luna, para que se determine si hubo o no sesión, la participación del señor Jorge Soto en la confección del acta, en caso de comprobar que no hubo sesión determinar si existen posibles personas involucradas, así como la existencia de algún ilícito para recomendar las medidas o sanciones correspondientes (ver folios 84 al 85 del expediente). Con relación a la prueba testimonial valga decir que el investigado se abstuvo de declarar, sin embargo al final indicó que quería recalcar que si hubo Sesión, que por cosas que Pablo andaba atendiendo se ausentó y los que deciden si se aprueba o no son los Directores y algo importante es que los acuerdos tomados originalmente fueron los mismos que se acordaron con la nueva directora Doña Justa. Don Pablo Díaz Chaves en lo que interesa y pertinente al órgano indicó, que era la primer vez que participaba en la Comisión de Ayudas Comunales, no recuerda quien estuvo en la sesión de ayudas comunales por cuanto no estuvo en esa sesión, además de cuestionar que no hubo convocatoria, agenda, ni lugar ni fecha a realizarla sesión. Que ese día se le entrega la agenda con la documentación que respalda cada una de las solicitudes. Los actos que iba a originar esa acta fueron suspendidos, luego se convocó formalmente a Sesión de Ayudas y se aprobó nuevamente los acuerdos del acta dos.
Cabe mencionar también que el testigo manifestó haber visto el 31 de julio de 2014 en Sol y Luna a los señores Jorge Soto Morera, Rodolfo Vindas Gutiérrez, Erick Castro y a Don Jorge Soto, lo que no recuerda es haberlos visto sesionar en una mesa juntos. Por su parte Verónica
Taylor Wa Chong, declaró que el 31 de julio de 2014 se celebró una sesión ordinaria de Junta Directiva y una Sesión de ayudas comunales, generalmente se aprovecha el espacio para conocer asuntos de ayudas comunales, ese día estaba Rodolfo Vindas, Erick Castro, el Gerente de Desarrollo y el Gerente General a éste se le entregó la documentación ya que cuando estábamos conociéndola él estaba en otras cuestiones con la Presidencia. Aclara que por las características físicas del lugar ellos estaban distribuidos en diferentes partes, en un lugar estaban desayunando, en otro atendiendo personas que habían llegado y en otro la Comisión de Ayudas Comunales en un espacio físico separado de donde estaba la Sala de Sesiones. La sesión se llevó acabo en Matina en un lugar conocido como Sol y Luna, Don Pablo se estaba incorporando y nunca había participado en una Sesión de Ayudas Comunales y le parece que la dinámica que empleaban en las sesiones no era conocida por él. Posteriormente se vuelve a sesionar en esta ocasión con la presencia de la señora Justa y se vuelven aprobar los acuerdos.
Indica la testigos que lo que los directores decían era que cambiaran la palabra aprobar por recomendar, por lo que ellos no vieron ningún problema en que se cambiara la redacción.
ANÁLISIS DE FONDO: Ha quedado plenamente demostrado a los representantes de éste Órgano Director, que el día treinta y uno de julio del año próximo pasado, la Comisión de ayudas comunales se reunió en Matina en un lugar conocido como Sol y Luna, con la presencia de los señores Jorge Soto Morera, Verónica Taylor Wa Chong, Erick Castro Vega y Rodolfo Vindas, lugar en el cual conocieron de catorce solicitudes de ayuda de diferentes entes, mismas que fueron debidamente autorizadas o aprobadas en ese lugar, con la particularidad que la sesión se realizó en forma irregular, por cuanto inicialmente conocieron las solicitudes y se pusieron de acuerdo, para posteriormente participar de la sesión de Junta Directiva de la cual también son miembros y al final, ya sin la presencia del Directivo Vindas Gutiérrez quien por motivos de salud hubo que trasladarlo a su casa de habitación por cuanto se sentía mal, se concluyó y se acordó.
En esa oportunidad la comisión autorizó o aprobó las ayudas solicitadas, no obstante posterior a ésta, la misma fue corregida por el Ingeniero Jorge Soto Morera quien figura como investigado en el sentido de recomendar las mismas solicitudes en lugar de autorizarlas o aprobarlas, ya que ésta última es única y exclusivamente competencia del Consejo de Administración y no de la comisión. Es así, como el acta en mención se presenta para su aprobación el día 08 de octubre de 2014 ante el Consejo de Administración, con la diferencia de que en lugar de autorizar o aprobar, se consignó la palabra recomendar. Por lo que a juicio de esta representación lo que se dio fue un asunto de semántica, toda vez que el fondo del acta no varió en nada y que si bien es cierto no fue la forma correcta de hacerlo, tampoco lo fue la forma de sesionar, siendo éstos aspectos de forma que no invalidan el acto, ya que el fondo de los acuerdos de mantuvieron
incólumes, prueba de ello es que el acta final siempre marcada como No.02-2014 y ya suscrita por la Directiva que sustituyó a Don Rodolfo Vindas, aprobaron los mismos acuerdos originales y que fueron objeto de controversia. Ahora bien, sin lo analizamos desde el punto de vista del perjuicio para los solicitantes eventualmente sería un asunto de tiempo de demora, en caso de que fuera aprobada por el Consejo ya que a éstas alturas del proceso, lo único que tenían eran una expectativa toda vez que ha quedado demostrado que la Comisión no aprueba solo recomienda. Por su parte si lo analizamos desde la óptica de la institución la situación es similar, toda vez que si no autoriza lo aprobado por la comisión de ayudas, no se ejecuta el acto y si se cuenta con el visto bueno éste se llega a materializar siendo consecuente con las políticas de desarrollo de esa administración y consecuentemente de la comisión de ayudas comunales. Por antonomasia también nos vemos en la obligación de analizar el beneficio, quien o quienes salen beneficiados con la aprobación de las ayudas, la respuesta no puede ser más que una, las comunidades o solicitantes de ésta y la administración a su vez, por honrar principios a los que está comprometida como son el desarrollo de la zona, por lo que no podríamos pensar que el investigado se estaría beneficiando o bien los miembros de la comisión, por cuanto el beneficio está directamente apuntado a los solicitantes. Amén de no existir prueba en autos que diga lo contrario, o promesa alguna a cambio de beneficio que nos hiciera pensar que la actuación del investigado fue a priori o dolosamente. Sino todo lo contrario fue una acción ejecutada por falta de conocimiento o asesoría sobre ese particular, que a su vez se vio empañada coyunturalmente por el estado de salud del Directivo Rodolfo Vindas, véase que incluso el propio Dr. Erick Castro llega a contradecirse ante la Junta Directiva, achacando dicha situación al efecto emocional que causaba el estado de salud de Don Rodolfo y que dicho sea de paso fue la última sesión en la que participó. Amén de que las falsificaciones en general no pueden estar divorciadas del perjuicio o lesividad y como bien ha quedado demostrado en autos, éstos no se dieron. Es por ello que todo este elenco probatorio llega a converger en que si hubo sesión de ayudas comunales el 31 de julio de 2014 y que si estuvieron presentes los señores Jorge Soto, Verónica Taylor, Erick Castro y Rodolfo Vindas y que ese mismo día también sesionó el Consejo de Administración de JAPDEVA, en donde contó también con la presencia del señor Pablo Díaz.
Éste cuadro fáctico tampoco nos permite concluir que estemos en presencia de delito alguno, por lo que la recomendación en ese sentido no se puede verter. Lo que si fue evidente fue que los canales de convocatoria y forma de sesionar fueron irregular y poco formales, pero no constitutivos de delito alguno. III) MARCO JURÍDICO Y JURISPRUDENCIA: Para poder llegar a la resolución conclusiva, éste órgano director visibilizó el marco jurídico y jurisprudencia que resalta en líneas infra:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
ARTÍCULO 39.- A nadie se hará sufrir pena sino por delito, cuasidelito o falta, sancionados por ley anterior y en virtud de sentencia firme dictada por autoridad competente, previa oportunidad concedida al indiciado para ejercitar su defensa y mediante la necesaria demostración de culpabilidad.
No constituyen violación a este artículo o a los dos anteriores, el apremio corporal en materia civil o de trabajo o las detenciones que pudieren decretarse en las insolvencias, quiebras o concursos de acreedores.
ARTÍCULO 41.- Ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales. Debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes.
LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Artículo 214.- 1. El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración, con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.
2. Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final.
Artículo 308.- 1. El procedimiento que se establece en este Título será de observancia obligatoria en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el acto final puede causar perjuicio grave al administrado, sea imponiéndole obligaciones, suprimiéndole o denegándole derechos subjetivos, o por cualquier otra forma de lesión grave y directa a sus derechos o intereses legítimos; y
b) Si hay contradicción o concurso de interesados frente a la Administración dentro del expediente.
2. Serán aplicables las reglas de este Título a los procedimientos disciplinarios cuando éstos conduzcan a la aplicación de sanciones de suspensión o destitución, o cualesquiera otras de similar gravedad”.
Así como el Reglamento de Aportes a las Comunidades aprobado mediante acuerdo número 514- 11 tomado en el artículo VII-a de la Sesión Ordinaria No.43-2011, celebrada el 08 de diciembre de 2011. Lo relativo a Órganos Colegiados, contenido en el Título Segundo, Capítulo Tercero de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento Autónomo de Servicio de JAPDEVA.
Además de ello se entra a analizar también en aras de no dejar pavimentado éste aspecto, la posible existencia de algún delito como lo sugirió el órgano decisor. Y en el caso que nos ocupa de los llamados contra la fe pública, entendiendo por ésta la confianza o creencia que la sociedad o grupo tiene en lo que se le entrega o muestra, por la certeza que de ello da el Estado. Por ende el objetivo de la fe pública es garantizar el recto ejercicio de los derechos personales y patrimoniales, así como recepcionar y proteger las manifestaciones de contenido jurídico o de trascendencia social. En sentido jurídico-penal, es toda maniobra utilizada con el fin de engañar,
por lo general ataca el contenido legítimo de un documento que puede servir de prueba y en caso de ideológica es insertar o hacer inserte en instrumento público declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con el documento. Al respecto ver voto 076-2000 del 28 de enero de 2000 del Tribunal de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala Constitucional No.2149-95 de las 15 horas con 45 minutos del dos de mayo de mil novecientos noventa y cinco, Sala III de la Corte Suprema de Justicia No.2005-0691 de las 09 horas con 35 minutos del 20 de mayo de dos mil cinco, 034-2007 del 29 de junio de 2007 dictada por el Tribunal de Casación Penal, No.0224-2006 del 17 de marzo de 2006 de la Sala III de la Corte Suprema de Justicia.
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIÓN
De conformidad con lo expuesto y las normas legales indicadas supra, así como la prueba previamente citada y analizada, este Órgano Director llega a la conclusión que el día 31 de julio de 2014, si hubo sesión aunque informal por parte de la Comisión de Ayudas Comunales, en Matina en el lugar denominado Sol y Luna, con la presencia de los señores Jorge Soto Morera, Verónica Taylor Wa Chong, Erick Castro y Rodolfo Vindas Gutiérrez, ése último por razones de salud no suscribió el acta. Que la actuación del señor Jorge Soto Morera en cuanto a cambiar la palabra autorizar o aprobar, por recomendar, no medió dolo o mala fe, ni tampoco causó perjuicio a las partes o beneficio personal para considerar que estamos en presencia de ilícito alguno o bien de alguno de los Directores. No obstante si se recomienda a futuro seguir los procedimientos previamente establecidos en el Reglamento sobre aportes a las Comunidades, las normas de Control Interno para el Sector Público y convocar por cualquier medio idóneo y comprobable a las sesiones de la Comisión de Ayudas Comunales. De esta manera se rinde el Informe de Conclusiones y Recomendación del Órgano Director y se remite al Consejo de Administración, para que proceda a emitir y notificar la resolución final de este procedimiento.
Comuníquese.
Licda. Badra Ma. Núñez Vargas Lic. Roberto Soto Salazar Representantes del Órgano Director
Comuníquese.
2.- INSTAR AL SR. JORGE SOTO MORERA QUE EN LO
SUCESIVO SE ABSTENGA DE SEGUIR
PROCEDIMIENTOS NO REGULADOS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
ACUERDO FIRME
Están de acuerdo. Aprobado. Vamos a dejar la firmeza del acuerdo que tomamos. Aprobado
Hacen ingreso nuevamente a la Sala de Sesiones los señores: Ing. Jorge Soto Morera, Sr. Pablo Díaz Cháves y el Sr. José Aponte Quirós
ARTICULO III ASUNTOS DE LAS GERENCIAS
SR. ARMANDO FOSTER: En vista de que no se encuentra la persona que va hacer la exposición del tema de la Gerencia Portuaria, pasamos a ver el tema de la Gerencia de Desarrollo
III-b) GD-495-2015 PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE LA RUTA OREAMUNO POCOCI POR EL INGENIERO JOSUÉ QUESADA CAMPOS DE LANAMME
SR. ARMANDO FOSTER: Oficio GD-495-2015, presentación del proyecto de la Ruta Oreamuno - POCOCI, por el Ing. Josué Quesada Campos, de LANAMME de la UCR.
Tiene el uso dela palabra Don Jorge
ING. JORGE SOTO: Atendiendo el acuerdo del Consejo de Administración, nos dimos a la tarea de contactar al Ing. Josué Quesada, quien es funcionario de la Universidad de Costa Rica y del área de Lanamme, para que viniera a presentar el posible proyecto de Bella Vista de Guápiles – Oreamuno de Cartago.
Hay muchas organizaciones que han estado hablando de eso pero a ciencia cierta no hay nada definido, por lo que me parece dar conocimiento a los señores Directores de JAPDEVA, sobre la situación de esa ruta, por lo que nadie mejor que el Ingeniero de Lanamme para que los ilustre y hagan preguntas los señores Directores.
ING. JOSUÉ QUESADA : Buenos días mi nombre es Josué Quesada, soy Ingeniero de la Universidad de Costa Rica, del Laboratorio Nacional de Materiales, modelos estructurales de Lanamme de la Universidad, este es un proyecto que en realidad lleva bastante tiempo hablándose sobre el mismo, de hecho estuve aquí hace dos años, hablando sobre este proyecto.
En realidad quien nos contactó inicialmente fue la Asociación de Desarrollo de POCOCI, ADEPO, ellos han establecido diferentes contactos incluyendo a JAPDEVA para buscar el financiamiento para el estudio preliminar.
La primera etapa del Ante proyecto de lo que podría ser esta ruta entre Bella Vista de Guápiles y Oreamuno de Cartago, voy a comentarles algunos detalles de lo que sería el proyecto, tiene sus cosas a favor y en contra, como cualquier otro proyecto, la intención es que si ustedes tienen alguna duda aquí mismo la podemos aclarar.
Como antecedente tenemos que desde noviembre del año 2012, fue que se hizo el primer contacto entre ADEPO y LANAMME en la Universidad para proponer esta alternativa de lo que sería la construcción de una vía que comunique la zona de Guápiles con la zona de Oreamuno de Cartago, es una vía que tendría el gran pro, o sea acortaría una buena cantidad de kilómetros de la distancia recorrida entre la zona del Caribe y la de Cartago.
En enero 2013, ADEPO inició con las gestiones de lo que sería el financiamiento del estudio, en julio del 2013 se nos hace la solicitud por escrito para hacer el estudio, nosotros planteamos la oferta en agosto del 2013, hace dos años estuve por aquí presentándola a JAPDEVA, lo que sería este proyecto para buscar el financiamiento del mismo, pero pasó el tiempo y quedó en el aire.
En este año 2015, volvió a reactivarse la búsqueda de recursos, ADEPO, en abril nos dice a nosotros que ya cuenta con los recursos para hacer el proyecto, pero hasta el momento no se ha generado la contratación, no sabemos que paso con las gestiones de ellos, en junio pasado estuvimos invitados en la Asamblea Legislativa para hablar con los Diputados de las provincia de Limón, para presentarles el proyecto ,mostraron un gran interés en el mismo, en vista de las bondades que tendría el mismo.
Voy hablarles un poco sobre el mismo en la condición actual en esta zona que existe entre lo que sería Bellavista de Guápiles y la zona de Oreamuno de Cartago, lo que existe es una Trocha de paso peatonal, no existe una vía habilitada para el paso de caminos, ni mercadería, ni ningún tipo de servicio entre los dos puntos, pero si ustedes se ponen a ver entre la zona donde termina el camino que existe en la zona de San Gerardo Norte de Oreamuno y la zona de Bella Vista de Guápiles relativamente hay un pequeño espacio que son aproximadamente 20 kilómetros que separan estos dos puntos.
Al existir esas dos vías evidentemente existe una posibilidad de que existe un paso terrestre para que se pueda habilitar para vehículos para comunicar estas dos zonas, evidentemente esto se convertiría en una ruta alterna por lo menos para cierto tipo de vehículos a la que sería el paso a la Ruta 32, y sería mucho más corto que desplazarse a la zona de Turrialba a dar toda la vuelta a lo que sería la cordillera.
Básicamente el proyecto busca establecer si esta comunicación vía terrestre entre estos dos puntos es factible, lo que es buscar técnicas de Ingeniería, Topografía, considerando diferentes elementos, si es posible establecer un paso terrestre entre este punto y este otro punto, eso es de lo que trata esta primera etapa del anteproyecto.
Como les dije no hay ninguna senda de paso peatonal por el momento, es una zona evidentemente montañosa, se ubica en medio del Volcán Irazú y el Volcán Turrialba y evitando todo lo que sería la Cuenca del río Toro Amarillo, investigando un poco sobre la zona hace varios miles de años hubo un volcán que tuvo algún tipo de erupción y después se reprimió, y quedó la zona de lo que es la Cuenca del río Toro Amarillo, pero eso es que el rio tiene tanto material, porque esa es una zona donde existió un volcán.
En el sector Sur básicamente lo que hay es una zona de lecherías, donde el camino de acceso es relativamente angosto que también habría que considerar para la factibilidad de un proyecto en esta zona.