Borrador del acta de la SESION ORDINARIA celebrada por la JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL de este Ayuntamiento el día 18 de JUNIO de 2012.
En la Villa de Navia, siendo las trece horas y treinta y cinco minutos del día dieciocho de junio de dos mil doce, se reúne en la Alcaldía-Presidencia de la Casa Consistorial, la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, y ello a fin de celebrar sesión ordinaria, en segunda convocatoria, y previa citación al efecto, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, don Ignacio García Palacios, y con asistencia de los Sres. Concejales que al margen se relacionan.
Asiste la Interventora municipal doña Paloma-Inés Bango Álvarez.
Da fe del acto la Secretario General, doña Mª Covadonga Domínguez García. Abierta la sesión por la Presidencia, una vez comprobado por la Secretario General la existencia de quórum suficiente para que pueda celebrarse, se procede a la deliberación de los asuntos incluidos en el siguiente
Asistentes:
D. Ignacio García Palacios Dª Mª Cruz Fernández Pérez Dª Margarita Suárez Pérez D. José-Luis Pérez Parrondo Dª Mª Rita Irusta Fernández
No asistentes:
Interventora municipal: Dª Paloma-Inés Bango Álvarez
Secretario General:
ORDEN DEL DÍA
1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR. 2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS facturas
propuesta de gasto núm. 25/2012: adquisición de luminarias modelo “siglo” 3.- SOLICITUDES LICENCIAS
autorizaciones de uso:
MARÍA-MARTINA IGLESIAS REGUERA expte. 0515/2012 autorización uso establo con 1 burro en La Regla (Anleo) actividades clasificadas:
PUERTO COVA, S.L. expte. 0256/2012 autorización provisional guardería vehículos en El Ribazo de Navia licencias de actividades:
Mª INÉS RODRÍGUEZ MORÁN expte. 0474/2012 inicio comercio prendas vestir en c/ Pedro Fdez. Méndez, 2 bajo de Navia CELESTINA GONZÁLEZ GARCÍA expte. 0477/2012 inicio apartamento turismo rural en Vega de Cima, s/n de Puerto de Vega licencias de obra:
GUTIERREZ SOL, S.R.L.L. expte. 0621/2007 prórroga licencia obra en c/ Armón, 17 de Puerto de Vega ISOLINA BERDASCO FERNÁNDEZ expte. 0151/2011 legalización obras reforma vivienda y anexo en Polavieja CANTABER GENRACIÓN EÓLICA, S.L. expte. 0507/2012 mejora carretera AS-37 para parques eólicos
POLÍGONO DE SALCEDO, S.L. expte. 0512/2012 denegación licencia en parcela lote D polígono Salcedo II ASUNTOS FUERA DEL ORDEN DEL DÍA (URGENCIA):
TOMA CONOCIMIENTO SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 5 EN RELACIÓN CON LA BOLSA DE TÉCNICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL (expediente núm. 1067/2010)
SOLICITUD AUTORIZACIÓN CELEBRACIÓN “DÍA DEL DEPORTE” POR EL CLUB BALONCESTO NAVIA (expediente núm. 0461/2012)
4.- RUEGOS Y PREGUNTAS no se presenta ninguna
1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, BORRADOR ACTA SESIÓN ANTERIOR.
Por la Secretario se informa que el borrador de acta de la sesión anterior, celebrada en fecha 11.06.12, aún no se ha terminado de redactar; por lo que se someterá a votación en la próxima sesión que celebre la Junta de Gobierno Local.
2.- APROBACIÓN DE FACTURAS, RECIBOS Y OTROS GASTOS.
Por la Interventora municipal se da cuenta de las facturas y/o recibos presentados hasta la fecha, debidamente formalizadas; la Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, acuerda, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, y con su abstención en aquellos pagos que les afectan, aprobar la siguiente relación de gastos, con aplicación a sus correspondientes Partidas Presupuestarias:
Nº PARTIDA TERCERO IMPORTE CONCEPTO
935 232 229.99 LA REINA DEL TRUÉBANO
500,00
actuación de la banda de gaitas “La Reina del Truébano” actos Día de la Mujer
936 multiaplicación HNOS. FERNÁNDEZ LA CARIDAD
1.300,95
mantenimiento tractor desbrozador y maquinaria de jardinería
937 920 209.00 SENTIDO COMÚN INTERNET, S.L.
955,80
alojamiento de dominios destinonavia.com y turismonavia.com
938 151 210.00 IBÉRICA DE REVESTIMIENTO, S.L.
684,02
suministro de pintura para las escuelas de Villapedre
939 171 214.00 TALLERES GONFER, S.A.
692,08
reparación vehículo IVECO 1439-BNH servicio de jardinería
940 151 214.00 TALLERES GONFER, S.A.
1.367,14
reparación vehículo IVECO O-7679-BT servicio de obras
941 151 214.00 TALLERES GONFER, S.A.
1.117,66
reparación vehículo LAND ROVERA O-9618-AV servicio de obras
942 multiaplicación SOLRED, S.A.
3.090,58
suministro de combustible para vehículos mes de mayo
943 multiaplicación LA ELÉCTRICA ÁLVAREZ SIRGO
8.139,40
suministro de luminarias para zona rural y alumbrado fiestas
944 920 222.01 CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. 1.511,29 gastos correo mes de mayo 945 242 226.99 CLARÍN LIBRERÍA Y PAPELERÍA
360,30
suministro de material de oficina para Taller de Empleo (archivo)
946 165 213.00 ÁLVAREZ BELTRÁN, S.A.
925,31
suministro de material eléctrico para parking caravanas
947 multiaplicación E.ON CUR, S.L. 4.757,03 consumo de energía eléctrica mes de mayo 948 231 221.02 NATURGAS ENERGÍA COMERCIALI
969,11
suministro de gas Centro Social El Encuentro (del 20/02 al 19/04)
949 multiaplicación NATURGAS ENERGÍA COMERCIALI
1.286,64
suministro de gas edificio Santo Domingo (del 22/02 al 19/04)
950 321 221.02 NATURGAS ENERGÍA COMERCIALI
949,26
suministro de gas Colegio Ramón de Campoamor (del 30/03 al 27/04)
951 325 221.05 SUPERMERCADOS SAMPEDRO
1.081,89
productos alimentación para el servicio de comedor de la Escuela infantil (mayo) 952 342 212.00 FOR Y DIST SOPORTE VITAL BASIC
422,44
suministro de vitrinas para equipos soporte vital (instalaciones deportivas)
953 multiaplicación AQUAGEST PTFA, S.A. 15.072,54 limpieza de inmuebles municipales mes de abril 954 162 227.00 AQUAGEST PTFA, S.A. 678,46 servicio de recogida de cartón mes de abril 955 163 227.00 AQUAGEST PTFA, S.A. 36.423,36 limpieza viaria mes de abril
956 multiaplicación AQUAGEST PTFA, S.A. 15.072,54 limpieza de inmuebles municipales mes de mayo 957 162 227.00 AQUAGEST PTFA, S.A. 678,46 servicio de recogida de cartón mes de mayo 958 163 227.00 AQUAGEST PTFA, S.A. 36.423,36 limpieza viaria mes de mayo
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Por la Intervención municipal se da cuenta de la propuesta de gastos núm. 25/12 de la Alcaldía ante la necesidad de adquirir luminarias para su instalación en la zona de La Granja de Navia; resultando conveniente efectuar la contratación del referido suministro.
Visto que se trata de un contrato menor de suministro al no exceder su importe estimado, sin IVA, de 18.000,00 € (artículo 138.3 TRLCSP).
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Aprobar un gasto por importe de dos mil quinientos setenta euros con cincuenta y un céntimos (2.570,51 €)
(IVA incluido) en concepto de
adquisición de cuatro (4) luminarias modelo “siglo”
con cargo a la partida presupuestaria 165.213.00, a favor de ÁLVAREZ BELTRÁN, S.A., con CIF A-50049519.
3.- SOLICITUDES LICENCIAS.
Por la Secretario General se da cuenta de los siguientes expedientes sobre solicitudes de licencias y autorizaciones municipales, adoptándose los acuerdos procedentes:
A) Visto el expediente núm. 0515/2012, tramitado a instancia de doña MARÍA-MARTINA IGLESIAS REGUERA (R.E. núm. 3368/12) solicitando autorización de que una explotación ganadera para albergar un (1) burro, cumple con la legislación aplicable.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 07.06.12, en el que consta que el edificio donde se pretende implantar la actividad se ajusta a la ordenación prevista en las NNSS municipales y el uso previsto está de acuerdo con el destino del predio, conforme a la calificación urbanística establecida y su legislación específica por cuanto se cumple el ordenamiento urbanístico y procede otorgar la licencia de uso solicitada.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Conceder a Dª MARÍA-MARTINA IGLESIAS REGUERA con DNI 76943429-B
autorización para la puesta en funcionamiento de una explotación ganadera consistente en un establo para albergar un (1) burro, de acuerdo con las siguientes determinaciones:
emplazamiento La Regla, s/n (Anleo)
Normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo no urbanizable
calificación del suelo núcleo rural medio
otras autorizaciones no proceden
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de documentos administrativos...artículo 6
8.3. otras autorizaciones administrativas... 33,00 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
ACTIVIDADES CLASIFICADAS
A)Visto el expediente núm. 0256/2012, tramitado a instancia de don Domingo López Martínez en nombre de PUERTO COVA, S.L. (R.E. núm. 1658/12) solicitando licencia municipal para la instalación de una guardería de vehículos (14 plazas) en parcela PL-3 del polígono de El Ribazo de Navia; en el que consta el resultado del trámite de información pública, así como los informes Técnicos y de la Corporación.
Visto que la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio, en escrito de fecha 06.06.12 (R.E. núm. 3397/12) informa FAVORABLEMENTE el expediente, califica la actividad de MOLESTA
(por ruidos y vibraciones) y PELIGROSA (por existencia de líquidos y vapores inflamables) y señala las
siguientes MEDIDAS CORRECTORAS; no pudiendo concederse licencia hasta que no se incluyan las mismas
en el proyecto técnico, evidenciando, gráficamente o por escrito, su cumplimiento:
1. Las contenidas en el “proyecto técnico de diseño de local e instalaciones de garaje-aparcamiento privado”, suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Fermín Suárez Arias, visado en fecha 24 de enero de 2012
2. Las contenidas en los informes técnicos municipales.
3. En cuanto a los niveles de ruido producido por la actividad, se deberá observar:
3.1 se cumplirán los límites establecidos en el Decreto 99/1985, de 17 de octubre, por el que se aprueban las Normas sobre condiciones técnicas de los proyectos de aislamiento acústico y de vibraciones.
3.1. en cumplimiento de lo previsto en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, la actividad deberá adoptar las medidas necesarias para que no transmita al medio ambiente exterior de las correspondientes áreas acústicas niveles de ruido superiores a los establecidos como valores límite en la tabla B1 del anexo III. Igualmente, no podrá transmitir a los locales colindantes en función del uso de éstos, niveles de ruidos superiores a los establecidos en la tabla B2, del anexo III. Los valores de los índices acústicos se evaluarán de conformidad con los procedimientos del anexo IV de la citada norma.
4. Los portones y su maquinaria de accionamiento, así como las maquinarias de ventilación, se instalarán aislados de paredes y elementos estructurales.
5. Queda prohibida toda reparación o mantenimiento de vehículos que impliquen generación de residuos tóxicos o peligrosos, así como el almacenamiento de residuos con esas características.
6. Se cumplirá lo dispuesto en el Decreto 39/98, de 25 de junio, por el que se aprueban las Normas de diseño en edificios destinados a viviendas; en particular:
6.1. el acceso a la guardería desde el espacio público, cumplirá lo previsto en el apartado 3.2.1. del Decreto
6.2. la plaza número 12 tendrá frente a ella, un ancho de vía mínimo de 4,50 metros, manteniendo sus propias medidas dentro de los límites señalados en este Decreto.
6.3. las plazas cerradas independientes de aparcamiento, tendrán unas dimensiones mínimas de 4,8 x 2,70. Su cerramiento frontal tendrá una luz de acceso libre de 2,00 m. y será parcialmente accesible para permitir el uso de los medios de extinción de incendios.
7. Si el edificio en el que se ubica la guardería está sometido a cualquier régimen de protección, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley del Principado de Asturias 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras, en los ámbitos urbanístico y arquitectónico, las plazas correspondientes a las viviendas proyectadas para minusválidos, tendrán las dimensiones mínimas señaladas en el artículo 18.2.
8. Se cumplirá lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en particular lo dispuesto en los documentos básicos SI “Seguridad en caso de incendio” y SU “Seguridad de utilización (SUA)
8.2. los ventiladores instalados tendrán una clasificación F300 60, según el apartado 8.2.b) de la sección SI 3 del Código Técnico de la Edificación
8.3. en atención al SI 3, la longitud de los recorridos de evacuación desde todo origen de evacuación deberá ser:
8.3.1. menor que 50 metros hasta alguna salida, si existiese más de una salida, y menor que 35 metros, con salida única 8.3.2. menor de 35 metros hasta el punto en el que partan dos recorridos alternativos.
8.3.3. la longitud de los recorridos de evacuación se pueden aumentar un 25% cuando se trate de sectores de incendios protegidos con una instalación automática de extinción
9. Se instalarán cada 50 m2 de garaje o fracción, un recipiente de material resistente al fuego, con tapa abisagradora de las mismas características, para guardar trapos que pudieran estar impregnados de grasa o gasolina.
Igualmente se instalarán por cada 500 m2 de garaje o fracción, recipientes abiertos que contengan productos capaces de absorber derrames fortuitos de gasolina o grasas (tales como arena, tierra de infusorios, etc), estos productos podrán estar en sacos para su fácil transporte y el depósito dispondrá de una pala para su manejo. Orden de 16 de mayo de 1974 del Ministerio de La Vivienda.
10. La extracción forzada de aire deberá realizarse por chimenea exclusiva y estanca cuya altura supere 1 metro la de la cumbrera más alta del edificio propio o próximos, situados en un radio de 10 metros. La altura mínima de la chimenea, medida desde su arranque será de 2 metros a la parte inferior de las salidas de aire de dicha chimenea.
En todo caso deberá cumplir lo dispuesto en el apartado 3.1.4.2. de la sección HS 3 del Código técnico de Edificación. 11. Previo a la concesión de licencia, se incorporará al expediente un certificado final de la obra de aislamiento acústico, emitido por el técnico director de la obra o informe de un laboratorio de ensayo acreditado por ENAC en el campo de acústica, en el cual, y tras las pruebas oportunas, se haga constar el cumplimiento de los niveles de ruido establecidos como valores límite para la actividad. La medida de los niveles de ruido transmitido por la actividad deberá haber sido realizada dentro del plazo de validez del certificado de verificación del instrumento de medida utilizado, según lo previsto en la Orden de 25 de septiembre de 2007, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a la medición de sonido audible y de los calibradores acústicos. Se adjuntará copia de dicho certificado de verificación.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 05.07.07 con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Conceder provisionalmente a PUERTO COVA, S.L. con CIF B-74080649, licencia
municipal para la instalación de guardería de vehículos (14 plazas), a emplazar en parcela PL-3 del polígono de El
Ribazo de Navia; debiendo cumplirse las observaciones que en su informe señala la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio, no pudiendo comenzar a ejercerse la mencionada actividad hasta tanto no se conceda licencia definitiva, que estará sujeta al resultado de la visita de comprobación por el personal técnico y sanitario correspondiente.
Segundo.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
A) Visto el expediente núm. 0474/2012, tramitado a instancia de doña MARÍA-INÉS RODRÍGUEZ MORÁN (R.E. núm. 3025/12) de declaración responsable del inicio del ejercicio de actividad de comercio menor prendas de vestir y tocado,en un establecimiento sito en c/Pedro Fernández Méndez, 2 bajo de
Navia.
Vista la resolución de la Alcaldía de fecha 01.06.12, de inicio de procedimiento de control de la actividad.
Visto que en el expediente consta el informe favorable del Técnico municipal de fecha 07.06.12 y del responsable de la Unidad Territorial del Área Sanitaria I, de fecha 06.06.12.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Tomar conocimiento de la comunicación del inicio del ejercicio de la actividad de
comercio menor de prendas de vestir y tocado, siendo el prestador de la misma Dª Mª INÉS RODRÍGUEZ MORÁN,
con DNI 09409666-K, de acuerdo a las siguientes determinaciones: emplazamiento c/ Pedro Fernández Méndez, 2 bajo de Navia
Normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo urbano
calificación del suelo edificación abierta (Ordenanza del Plan Parcial “As Veigas”)
otras autorizaciones no proceden
calificación de la actividad inocua
nombre comercial HIPERTEXTIL
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
a) cuota fija 150,00 €
b) cuota variable, según superficie, (105,00 m2) (100,00 m2 x 1 €/ m2) + (005,00 m2 x 1,1 €/m2)
105,50 €
c) Coeficiente de calificación 1,0
tasa: (a+b)c 255,50 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo
en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
***************
B) Visto el expediente núm. 0477/2012, tramitado a instancia de doña CELESTINA GONZÁLEZ GARCÍA (R.E. núm. 3045/12) de declaración responsable del inicio del ejercicio de actividad de un apartamento de turismo rural, en un establecimiento sito en Vega de Cima, s/n de Puerto de Vega.
Vista la resolución de la Alcaldía de fecha 01.06.12, de inicio de procedimiento de control de la actividad.
Visto que en el expediente consta el informe favorable del Técnico municipal de fecha 07.06.12 y del responsable de la Unidad Territorial del Área Sanitaria I, de fecha 08.06.12.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Tomar conocimiento de la comunicación del inicio del ejercicio de la actividad de un apartamento de turismo rural, siendo el prestador de la misma Dª CELESTINA GONZÁLEZ GARCIA con DNI
71869993-F, de acuerdo a las siguientes determinaciones: emplazamiento Vega de Cima, s/n de Puerto de Vega
Normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo no urbanizable
calificación del suelo núcleo rural medio
otras autorizaciones no proceden
calificación de la actividad inocua
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
a) cuota fija 150,00 €
b) cuota variable, según superficie, (078,80 m2) (078,80 m2 x 1 €/ m2)
78,80 €
c) Coeficiente de calificación 1,0
tasa: (a+b)c 228,80 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
LICENCIAS DE OBRA
A) Visto el escrito que consta en el expediente núm. 0621/2007 presentado por don Víctor-Abraham Gutiérrez Peláez en nombre de GUTIÉRREZ SOL, S.R.L.L. (R.E. núm. 3329/12) solicitando la prórroga de la licencia de obra concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 04.06.07 para la construcción de edificio para 4 viviendas, garajes y trasteros en c/ Armón, 17 de Puerto de Vega.
Vistos los sucesivos acuerdos de concesión de prórroga otorgados a solicitud del interesado. Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 12.06.12, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
Primero.-Conceder a GUTIÉRREZ SOL, S.R.L.L, con CIF B-74201492, una nueva prórroga en tanto
en cuanto no sea definitivamente aprobada la modificación de las NNSS del planeamiento municipal que supone la calificación del suelo como “edificación tradicional”, para la ejecución de las obras amparadas por la licencia concedida el 04.06.07 para la construcción de edificio para cuatro viviendas, garajes y trasterosen c/
Armón, 17 de Puerto de Vega, según proyecto del Arquitecto D. Ovidio Montes Álvarez.
Se deberán cumplir las condiciones y determinaciones indicadas en el acuerdo de concesión de la licencia de obra referida adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 04.06.07.
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación en concepto de tasa por expedición de documentos administrativos:
1. LICENCIAS URBANÍSTICA
1.9 prórrogas de licencias concedidas 33,00 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
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B)Visto el expediente núm. 0151/2011 tramitado a instancia de Dª Susana Infanzón Anes, en nombre de Dª ISOLINA BERDASCO FERNÁNDEZ (R.E. núm. 0969/11) solicitando licencia municipal de obras consistentes en la reforma de cubierta en vivienda unifamiliar en Polavieja. Licencia concedida por acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión de fecha 21.02.11.
Visto que se presenta denuncia por ejecución de obras no amparadas por licencia, iniciándose expediente de legalización de aquéllas, previo requerimiento municipal; mediante escrito presentado por doña SUSANA INFANZÓN ANES (R.E. núm. 6539/11).
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 08.06.12, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Conceder licencia municipal a Dª ISOLINA BERDASCO FERNÁNDEZ, con DNI
71850748-J, para la ejecución de obras consistentes en la legalización de obra de reforma de vivienda unifamiliar y anexo, de acuerdo con el proyecto redactado por la Arquitecto Dª Susana Infanzón Anes y las siguientes
determinaciones:
emplazamiento Polavieja
normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo no urbanizable
calificación del suelo núcleo rural
otras autorizaciones no proceden
plazo de ejecución un (1) año
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:
La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.
La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias). Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.
El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico
Municipal.
presupuesto de ejecución material 123.695,00 €
a) impuesto (2,8 % p.e.m.) 3.463,46 €
b) tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €) 618,48 €
tasa (a+b) 4.081,94 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
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C)Visto el expediente núm. 0507/2012 tramitado a instancia de doña Emma Muñiz Prendes en nombre de CANTABER GENERACIÓN EÓLICA, S.L. (R.E. núm. 3298/12) solicitando licencia municipal para la realización de obras consistentes en la mejora de la carretera AS-37 para transporte especial de los parques eólicos de El Vidural, Panondres y Segredal; en el que constan los informes técnico y jurídico.
Visto el informe FAVORABLE de la Oficina Técnica Municipal de fecha 13.06.12, a salvo los derechos de propiedad y sin perjuicio de terceros, con las demás autorizaciones que procedan.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Conceder licencia municipal a CANTABER GENERACIÓN EÓLICA, S.L., con CIF
B-33590555, para la ejecución de obras consistentes en la mejora de la carretera AS-37 para transporte especial de los parques eólicos de El Vidural, Panondres y Segredal, de acuerdo con el proyecto redactado por el Ingeniero de
emplazamiento Navia
normativa de aplicación Normas Subsidiarias municipales (BOPA Nº 237/92)
clasificación del suelo suelo no urbanizable
otras autorizaciones no proceden
plazo de ejecución un (1) año
Esta autorización queda condicionada al cumplimiento de las siguientes prescripciones:
La propiedad deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:
De conformidad con el artículo 5.9 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias, será requisito imprescindible disponer, a pie de obra, de copia autorizada de la licencia municipal, así como la colocación del cartel indicador en el que se haga constar el nombre y los apellidos de los técnicos directores y del contratista, ordenanza que se aplica, fecha de expedición de la licencia, el plazo de ejecución de las obras, el número de plantas autorizadas y el número de expediente.
La licencia de obras caducará al año de su concesión si dentro del mencionado plazo no hubiera dado comienzo la realización de la obra amparada por licencia. Igualmente se declarará caducada la licencia cuando se interrumpan las obras por un plazo superior a seis meses. El plazo para acabar las obras no podrá ser superior a dos años. (art. 6.1 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias). Transcurridos los plazos concedidos, el Ayuntamiento podrá iniciar el expediente de caducidad de la licencia siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6.2 de las ordenanzas que regulan la concesión de licencias.
El interesado comunicará al Ayuntamiento el final de la obra para comprobación del Técnico
Municipal.
Segundo.-Aprobar la siguiente liquidación
presupuesto de ejecución material 688.719,93 €
a) impuesto (2,8 % p.e.m.) 19.284,16 €
b) tasa (0,5 % p.e.m.; mínimo 40 €) 3.443,60 €
tasa (a+b) 22.727,76 €
Tercero.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
Si lo que se impugna es el acuerdo de liquidación la interposición del recurso de reposición, en el plazo señalado, es requisito previo para la impugnación del mismo en vía contencioso-administrativa ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo.
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D)Visto el expediente núm. 0512/2012 tramitado a instancia de don Alfonso Navia Méndez-Bonito en nombre de POLÍGONO DE SALCEDO, S.L. (R.E. núms. 3340/12) solicitando licencia municipal de obras, consistentes en la construcción de nave almacén y guardería de vehículos en parcela lote D del polígono de Salcedo II.
Vistos los informes DESFAVORABLES de la Oficina Técnica Municipal de fecha 13.06.12 y de Secretaría de fecha 18.06.12, por cuanto los actos que se pretenden acometer no se pueden materializar en la parcela a que se refiere el particular en su solicitud al no cumplirse el requisito de parcela mínima (400,00 m2).
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.-Denegar licencia municipal POLÍGONO DE SALCEDO, S.L.,con CIF B-74029216 para la
ejecución de obras consistentes en la construcción de nave almacén y guardería de vehículos para materiales aislantes en
parcela lote D del Polígono de Salcedo II al no cumplirse el requisito de parcela mínima de 400,00 m2
Segundo.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
En este punto y, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 91.4, en relación con el 83 del ROF, se somete a consideración de la Junta de Gobierno Local asuntos no incluidos en el orden del día, manifestando que se trata de adoptar acuerdo sobre
TOMA CONOCIMIENTO SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 5 EN RELACIÓN CON LA BOLSA DE TÉCNICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL (expediente núm. 1067/2010)
SOLICITUD AUTORIZACIÓN CELEBRACIÓN “DÍA DEL DEPORTE” POR EL CLUB BALONCESTO NAVIA (expediente núm. 0461/2012)
No se producen intervenciones, entendiéndose ratificada por los CINCO (5) miembros presentes de la Junta de Gobierno Local (lo que supone la mayoría absoluta del número legal de sus miembros) su inclusión en el orden del día:
TOMA CONOCIMIENTO SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 5 EN RELACIÓN CON LA BOLSA DE TÉCNICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL (expediente núm. 1067/2010)
Por la Secretario se da cuenta de la notificación de la sentencia dictada por el juzgado de lo contencioso-administrativo núm. 5 de Oviedo en el procedimiento abreviado 506/2010 en resolución al recurso, interpuesto por USIPA contra las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la renovación de la bolsa de empleo de Técnicos de Educación Infantil aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada en fecha 06.09.10.
La Junta de Gobierno Local, en virtud de las competencias que le han sido conferidas por resolución de delegación de Alcaldía, de fecha 15.06.11; dentro de los límites del importe de los créditos fijados por la Corporación en el Presupuesto vigente, adopta, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, el siguiente
ACUERDO
Primero.- Tomar razón de la sentencia núm. 132/2012 dictada, en fecha 07.05.12, por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº 5 de Oviedo en el procedimiento abreviado 506/2010, cuyo tenor literal es el siguiente:
“que estimando como estimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Unión de Sindicatos Independientes del Principado de Asturias (USIPA) debo declarar y declaro la nulidad de las Bases reguladoras de la convocatoria de las pruebas selectivas para la renovación de la bolsa de empleo de Técnicos de Educación infantil del Ayuntamiento de Navia de 27.08.2010, por su disconformidad a derecho”.
Segundo.-Revocar, en ejecución de sentencia, el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local por el que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de las pruebas selectivas para la renovación de la bolsa de empleo de Técnicos de Educación infantil.
SOLICITUD AUTORIZACIÓN CELEBRACIÓN “DÍA DEL DEPORTE” POR EL CLUB BALONCESTO NAVIA (expediente núm. 0461/2012)
Por la Secretario se da cuenta del escrito presentado por don Ignacio Blanco Méndez en nombre del CLUB BALONCESTO NAVIA (R.E. núm. 2938/12) solicitando autorización para la celebración de la Jornada del Deporte el día 07.07.12 en la zona del muelle.
Visto el informe emitido por la Policía Local (R.E. núm. 3449/12) en el que se señalan una serie de condiciones a cumplir por los organizadores del evento.
La Junta de Gobierno Local, en base a la delegación de competencias de la Alcaldía-Presidencia en resolución de fecha 15.06.11, con el voto favorable de sus CINCO (5) miembros presentes, adopta el siguiente
A C U E R D O
Primero.- Conceder a CLUB BALONCESTO NAVIA, con CIF G-33522269 autorización para la
celebración el próximo 07.07.12 la JORNADA DE DEPORTE EN LA CALLE en la zona del muelle de Navia en
horario de 10 de la mañana a 08/10 de la noche y de acuerdo con las siguientes determinaciones:
AVENIDA DEL PARDO.- la organización deberá señalizar adecuadamente la calle cerrada al tráfico desde el cruce de la Travesía de La Granja, quedando éste sin ocupar, a pasa de peatones del parque de los patos. La señalización consistirá en vallas y señales verticales R-101 8entrada prohibida). La zona de calle destinada a la práctica de la actividad se señalizará por la organización, con señales R-308 (prohibido estacionar) con al menos 48 horas de antelación
EXPLANADA DE LA DÁRSENA DEL PUERTO.- deberá señalizarse de la misma forma, atendiendo además a otras autorizaciones que fuesen oportunas para la ocupación y cierre de ese espacio
CALLE PEATONAL JARDINILLOS.- la actividad que se realice en esta calle dejará espacio suficiente para el paso normal de peatones, siendo preferible que se realice en la zona central de la calle, dejando los laterales para el paso de peatones. Si se cierra el tráfico a los garajes de la calle Doctor Calzada, se comunicará por la organización a los usuarios de los mismos, tal circunstancia, colocando carteles 48 horas antes. Existe la posibilidad a valorar que se permita el acceso a estos garajes por la Travesía del Muelle, en este caso habría que apartar la jardinera existente para permitir el acceso y salida de vehículos
SERVICIOS DE EMERGENCIA.- Policía Local, ambulancias y Protección Civil irán situados en la zona de la Dársena del Puerto, a continuación del reservado de carga-descarga. La organización contará con los servicios médicos y de ambulancias oportunos, situados en la zona reservada a los servicios de emergencia.
Segundo.-Informar al interesado que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado o bien impugnarlo directamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso interpuesto.
4.- RUEGOS Y PREGUNTAS No se formula ninguno/a.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión de orden de la Presidencia, siendo las catorce horas y treinta minutos del día expresado en el encabezamiento; de todo lo cual, yo, la Secretario General, DOY FE.
Vº Bº
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Fdo.: Ignacio García Palacios.
LA SECRETARIO GENERAL,
Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García DILIGENCIA.- La pongo yo, la Secretario General, para hacer constar que el presente borrador consta de veinte páginas. DOY FE.
LA SECRETARIO GENERAL, Fdo.: Mª Covadonga Domínguez García.