• No se han encontrado resultados

TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "TOMO II, RESULTADOS DE AUDITORÍA"

Copied!
424
0
0

Texto completo

(1)

I

NFORME DE

R

ESULTADOS

DE LA

R

EVISIÓN DE LA

C

UENTA

P

ÚBLICA

DEL

G

OBIERNO DEL

D

ISTRITO

F

EDERAL

CORRESPONDIENTE AL

E

JERCICIO DE

2014

(2)
(3)

Í

NDICE

V

OLUMEN

10/18

III. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS 5

III.1. CENTRODEATENCIÓNAEMERGENCIASYPROTECCIÓN

CIUDADANADELACIUDADDEMÉXICO(ACTUALMENTE

CENTRODECOMANDO,CONTROL,CÓMPUTO,

COMUNICACIONESYCONTACTOCIUDADANO

DELACIUDADDEMÉXICO) 7

III.1.1. ANTECEDENTES 7

III.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA 13

III.1.2.1. CAPÍTULO 3000“SERVICIOS GENERALES” 13

AuditoríaASCM/25/14

III.2. AUTORIDADDELAZONAPATRIMONIOMUNDIAL

NATURALYCULTURALDELAHUMANIDAD

ENXOCHIMILCO,TLÁHUACYMILPAALTA 69

III.2.1. ANTECEDENTES 69

III.2.2. AUDITORÍA FINANCIERA 73

III.2.2.1. CAPÍTULO 4000“TRANSFERENCIAS,ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS” 73

AuditoríaASCM/26/14

III.3. AGENCIADEGESTIÓNURBANA

DELACIUDADDEMÉXICO 139

III.3.1. ANTECEDENTES 139

III.3.2. AUDITORÍA FINANCIERA 145

III.3.2.1. CAPÍTULO 3000“SERVICIOS GENERALES” 145

AuditoríaASCM/27/14

III.4. SISTEMADERADIOYTELEVISIÓNDIGITAL

DELGOBIERNODELDISTRITOFEDERAL 199

III.4.1. ANTECEDENTES 199

III.4.2. AUDITORÍA FINANCIERA 205

III.4.2.1. CAPÍTULO 3000“SERVICIOS GENERALES” 205

(4)

III.5. AUTORIDADDELCENTROHISTÓRICO 267

III.5.1. ANTECEDENTES 267

III.5.2. AUDITORÍA FINANCIERA 279

III.5.2.1. CAPÍTULO 3000“SERVICIOS GENERALES” 279

AuditoríaASCM/29/14

III.6. PLANTADEASFALTODELDISTRITOFEDERAL 321

III.6.1. ANTECEDENTES 321

III.6.2. AUDITORÍA FINANCIERA 327

III.6.2.1. CAPÍTULO 2000“MATERIALES Y SUMINISTROS” 327

AuditoríaASCM/30/14

III.7. POLICÍAAUXILIARDELDISTRITOFEDERAL 361

III.7.1. ANTECEDENTES 361

III.7.2. AUDITORÍA FINANCIERA 367

III.7.2.1. CAPÍTULO 3000“SERVICIOS GENERALES” 367

(5)

Ó

RGANOS

D

ESCONCENTRADOS

(6)
(7)

III.1. CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (ACTUALMENTE CENTRO DE COMANDO, CONTROL, CÓMPUTO, COMUNICACIONES Y CONTACTO CIUDADANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO)

III.1.1.ANTECEDENTES

Con fecha 22 de junio de 2009, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal expidió el Decreto por el que se crea el Órgano Desconcentrado de la Jefatura de Gobierno, denominado Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en vigor desde el 23 de junio de 2009, quedando adscrito a la Jefatura de Gobierno para acordar de manera directa con su titular el despacho de los asuntos encomendados.

En el artículo Cuarto Transitorio del mismo decreto, se estableció que para la operación, coordinación y mando que se atribuyen al Órgano Desconcentrado, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Finanzas y la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarían las acciones conducentes para la transferencia y asignación de recursos humanos, materiales y financieros que requiriera el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México.

El 26 de enero de 2010, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Decreto por el que se derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, el cual, en su artículo Cuarto Transitorio, dispuso que “la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal deberá proceder a realizar las adecuaciones jurídico-administrativas y presupuestales para que los recursos humanos, materiales y financieros asignados al desarrollo del Proyecto Bicentenario ‘Ciudad Segura’ de la Ciudad de México, se transfieran al Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”.

Con fecha 8 de abril de 2011, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal expidió el Decreto que modifica el Diverso por el que se crea el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en vigor desde el 9 de abril de 2011, quedando adscrito a la Jefatura de Gobierno para acordar de manera directa con su titular el despacho de los asuntos encomendados.

(8)

En el artículo Tercero Transitorio del mismo decreto, se estableció que para la administración, operación y coordinación de los servicios de Atención de Llamadas de Emergencia 066 y Denuncia Anónima 089, que se atribuyen al órgano desconcentrado, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Finanzas y la Oficialía Mayor, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarían las adecuaciones jurídico-administrativas y presupuestales para la transferencia y asignación de recursos humanos, materiales y financieros que sean requeridos por el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México.

A su vez, mediante el oficio núm. CGDF/596/2013 del 30 de abril de 2013, el titular de la Contraloría General del Distrito Federal dictaminó favorablemente la modificación a la estructura orgánica del dictamen núm. 1/2007, de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, referente al órgano desconcentrado Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, en vigor a partir del 1o. de mayo de 2013.

El Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México realizó sus funciones en 2014 con base en la estructura orgánica establecida en el alcance al dictamen núm. 1/2007 de la Jefatura de Gobierno, la cual le fue comunicada por el titular de la Contraloría General del Distrito Federal a la dependencia el 30 de abril de 2013 (vigente a partir del 1o. de mayo de 2013), quedando registrada en los organigramas de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal.

Atribuciones

El numeral segundo del Decreto de su creación del 22 de junio de 2009, establece las siguientes atribuciones del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México:

”I. Apoyar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y a las dependencias involucradas en la atención a emergencias diversas, en los ámbitos indicados en el artículo primero de este decreto; ”II. Coadyuvar con el personal de las diferentes instituciones públicas y privadas, en caso de emergencias, urgencias médicas, incendios, desastres, auxilio a la población, seguridad pública, vialidad, medio ambiente, protección civil, servicios a la comunidad, entre otras; ”III. Operar un sistema de monitoreo visual en la vía pública;

(9)

”IV. Recibir información del monitoreo que realicen instituciones de seguridad privada o propietarios o usuarios de inmuebles destinados a plazas o centros comerciales, unidades deportivas, centros de esparcimiento con acceso de público en general, cuando así lo requieran y se convenga, y cualquier otro que resulte útil para el cumplimiento del objetivo del Órgano; ”V. Integrar un Banco de Información, con los datos que genere el Centro y la que obtenga mediante intercomunicación con los bancos policiales, de protección civil, bomberos, servicios de emergencias, Locatel, entre otros, que resulte necesaria;

”VI. Realizar y establecer estudios, análisis, aspectos técnicos, tecnológicos, operativos y logísticos para el desarrollo del Centro;

”VII. Proporcionar información a la Secretaría de Seguridad Pública para la toma de decisiones de Inteligencia para la Prevención en las materias de su competencia y en general, para el cumplimiento de la Ley que regula el uso de tecnología para la Seguridad Pública del Distrito Federal y demás disposiciones jurídicas aplicables;

”VIII. Establecer mecanismos de coordinación y distribución de información entre las dependencias de la Administración Pública Local, de los datos, estadísticas, diagnósticos, resultados y demás información que genere el Centro, a efecto de dotarlas de elementos para la oportuna toma de decisiones, y una correcta planeación de programas y ejecución de acciones.” De acuerdo con el Decreto que Modifica el Diverso por el que se Crea el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de abril de 2011, se reformó el artículo segundo, en el que se adicionaron las atribuciones siguientes:

“IX. Auxiliar al personal de la Secretaría de Seguridad Pública que, en el ejercicio de sus funciones realiza actividades en el Centro de Atención, relacionadas con procesos de obtención, clasificación, análisis, custodia y remisión de información necesaria para la prevención, investigación y persecución de los delitos; prevención y sanción de infracciones administrativas, procedimientos de reacción inmediata y aquellas señaladas en las leyes respectivas; así como al personal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Secretaría de Protección Civil, H. Cuerpo de Bomberos y todas aquellas que converjan en la atención de emergencias, en cumplimiento de sus atribuciones.

(10)

”X. Administrar y operar los Servicios de Atención de llamadas de Emergencia 066 y Denuncia Anónima 089, mediante la recepción, registro y canalización de las solicitudes de auxilio, apoyo o denuncia, que realiza la ciudadanía vía telefónica.

”XI. Contratar, implementar, desarrollar, administrar y operar cualquier servicio, sistema o equipo de telecomunicación o geolocalización, que sea necesario para el cumplimiento de su objeto. ”XII. Las demás que le correspondan de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.”

Asimismo, conforme al artículo tercero y quinto del mismo decreto, para la operación, el Centro contará con un Director General y un Consejo Consultivo. Dicho consejo estará integrado por los titulares de las siguientes dependencias: Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Protección Civil, Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Consejería Jurídica y de Servicios Legales y las demás que considere el Consejo.

Situación Presupuestal

A continuación se presentan los resultados presupuestales del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, correspondientes a los ejercicios de 2014 y 2013:

EGRESOS DEL CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2014 Y 2013

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto 2014 2013 Variación

Importe % Importe % Importe % Presupuesto original Gasto total 1,703,317.6 100.0 1,019,250.1 100.0 684,067.5 40.2 Corriente 486,817.6 28.6 119,250.1 11.7 367,567.5 75.5 De capital 1,216,500.0 71.4 900,000.0 88.3 316,500.0 26.0 Presupuesto ejercido Gasto total 1,560,302.5 100.0 1,340,056.3 100.0 220,246.2 14.1 Corriente 772,802.5 49.5 438,220.6 32.7 334,581.9 43.3 De capital 787,500.0 50.5 901,835.7 67.3 (114,335.7) (14.5)

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2014, México, 2015, Informe de Cuenta Pública del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, Banco de Información, “Estados Analíticos de Egresos Presupuestarios”; y Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2013, México, 2014, Banco de Información, “Estados

(11)

GASTOS PRESUPUESTADO Y EJERCIDO DEL CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2014 Y 2013

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuestado Ejercido Importe Variación % 2014 Gasto total 1,703,317.6 1,560,302.5 143,015.1 8.4 Corriente 486,817.6 772,802.5 (285,984.9) (58.7) De capital 1,216,500.0 787,500.0 429,000.0 35.3 2013 Gasto total 1,019,250.1 1,340,056.3 (320,806.2) (31.5) Corriente 119,250.1 438,220.6 (318,970.5) (267.5) De capital 900,000.0 901,835.7 (1,835.7) (0.2)

FUENTES: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal,

2014, México, 2015, Informe de Cuenta Pública del Centro de Atención a Emergencias

y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, “Estados Analíticos de Egresos Presupuestarios”; y Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal, 2013, México, 2014, Informe de Cuenta Pública del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, “Estados Analíticos de Egresos Presupuestarios”.

Los presupuestos original y ejercido por capítulos de gasto fueron los siguientes:

GASTO POR CAPÍTULOS DEL CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, 2014

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Original Ejercido Variación

Importe % Importe % Importe % Gasto total 1,703,317.6 100.0 1,560,302.5 100.0 -143,015.1 -8.4

Gasto Corriente 486,817.6 28.6 772,802.5 49.5 285,984.9 58.7 Capítulo 1000 “Servicios Personales” 73,746.1 15.1 66,640.2 8.6 -7,105.9 -9.6 Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 2,133.0 0.4 2,537.0 0.3 404.0 18.9 Capítulo 3000 “Servicios Generales” 410,938.5 84.4 703,625.0 91.0 292,686.9 71.2 Gasto de capital 1,216,500.0 71.4 787,500.0 50.5 -429,000.0 -35.3

Capítulo 5000 “Bienes Muebles

e Inmuebles” 1,216,500.0 100.0 787,500.0 100.0 -429,000.0 -35.3

FUENTE: Gobierno del Distrito Federal, Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal 2014, México, 2015, Informe de Cuenta Pública del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, Banco de información, “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto”.

Principales Resultados

Durante 2014, el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México participó en el eje estratégico, “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”.

(12)

El presupuesto ejercido se concentró en la posición presupuestal 3161, el cual correspondió a la vertiente de gasto 1.7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior”, eje 2 “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”. De igual forma, el incremento del gasto se debió a que se cubrieron los servicios del sistema de comunicación, por medio de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas, indispensables para la operación del Sistema Multidisciplinario con sensores para los centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Información e Integración SMSC4i4. (video-vigilancia). Respecto al destino de gasto en la vertiente 1.7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad Interior”, en la revisión del formato “AIR Avance en los Indicadores de los Resultados de las Actividades Institucionales Realizadas” del Informe de Cuenta Pública de 2014 del CAEPCCM, se detectó que el gasto se orientó al proyecto “Ciudad Segura SMSC4i4”, con el objeto de proporcionar diversos apoyos solicitados por las diferentes áreas que lo conforman, logrando así sus objetivos en el ejercicio 2014.

Dentro de las actividades que se desarrollaron en esta actividad institucional, se consideraron los gastos referentes al factor humano que participó en el seguimiento y administración del Proyecto y la operación del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, tanto en el C4 como en los cinco C2 existentes, donde se realizaron los procesos de nómina, los respectivos reportes de Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre Nóminas, control de incidencias presentadas por el personal, procesos de adquisiciones de bienes y servicios generales para cubrir los requerimientos propios del órgano desconcentrado, mediante las cuales se logró el óptimo funcionamiento y la operación en el ejercicio 2014.

Tipos de Revisión

En ejercicio de sus atribuciones, la Auditoría Superior de la Ciudad de México realizó una auditoría financiera, al Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México en el ejercicio 2014.

(13)

III.1.2. AUDITORÍA FINANCIERA

III.1.2.1. CAPÍTULO 3000“SERVICIOS GENERALES”

Auditoría ASCM/25/14 ANTECEDENTES

El Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México (CAEPCCM) ocupó el cuarto lugar respecto del presupuesto ejercido en 2014 por los 16 órganos desconcentrados del gobierno local (23,547,837.7 miles de pesos), con un monto de 1,560,302.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal del mismo año. Ese importe representó el 6.6% del total erogado por dichos órganos desconcentrados y fue inferior en 8.4% (143,015.1 miles de pesos) al presupuesto asignado originalmente (1,703,317.6 miles de pesos).

Con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, el CAEPCCM ejerció 703,625.4 miles de pesos (45.1% del total de su presupuesto ejercido), monto superior en 71.2% (292,686.9 miles de pesos) al presupuesto original de dicho capítulo (410,938.5 miles de pesos). OBJETIVO

El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México en el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Esta auditoría se propuso según el siguiente criterio general de selección “Importancia Relativa”, porque este capítulo contó con una asignación original de 410,938.5 miles de pesos y ejerció un presupuesto de 703,625.4 miles de pesos, lo cual significó un incremento de 292,686.9 miles de pesos (71.2%) para el cumplimiento de objetivos y metas. Dicho criterio

(14)

general se encuentran contenido en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización.

Como resultado del criterio de selección específica se consideraron las partidas más representativas en el ejercicio del gasto, entre las que destacó la 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, con una erogación por 613,736.0 miles de pesos, cifra que representó el 87.2%, del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (703,625.4 miles de pesos). Dichos criterios generales y específicos se encuentran contenidos en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización, con actualización vigente a partir del 15 de junio de 2015.

La auditoría se realizó con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 122, apartado A, fracción II, párrafos sexto, séptimo, octavo y noveno, en relación con el 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o., fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, XIII y XIX; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XIV y XVII; 27; 28; 36, segundo párrafo, 95 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1o.;2o., fracciones V y VI; 16; 17; y 19 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

El gasto del CAEPCCM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” fue de 703,625.4 miles de pesos, y se ejerció en 21 partidas de gasto, mediante 194 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC). Derivado de los trabajos en la fase de planeación de la auditoría y del estudio y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 205,399.8 miles de pesos, ejercido mediante ocho CLC con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, que representa el 29.2% del total ejercido en dicho capítulo, como se muestra a continuación:

(15)

(Miles de pesos y por cientos)

Partida Cantidad Universo Muestra

de CLC Presupuesto ejercido % Cantidad de CLC Presupuesto ejercido % 3161 “Servicios de Telecomunicaciones

y Satélites” 16 613,736.0 87.2 8 205,399.8 29.2 Otras 20 partidas 178 89,889.4 12.8 0 0.0 0.0 Total 194 703,625.4 100.0 8 205,399.8 29.2

Los criterios para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión fueron los siguientes: 1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal

de 2014 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó a esta entidad de fiscalización.

2. Seleccionar la partida más representativa en relación con el presupuesto total ejercido en el capítulo.

3. En su caso, elegir las erogaciones más representativas realizadas con cargo a la partida seleccionada del rubro en revisión.

4. Considerar para la revisión de las CLC aquellos contratos en los que se hubiese presentado alguna situación (sancionados y no sancionados) respecto a los pagos por los servicios contratados del CAEPCCM.

5. Tomar en cuenta las observaciones realizadas por otros órganos fiscalizadores en cuanto al ejercicio del rubro sujeto a revisión.

Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación (ahora Dirección General de Administración) del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México (actualmente Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México) y, en particular, en la Dirección de Recursos Financieros y Materiales del órgano desconcentrado. La primera, por ser la unidad administrativa encargada de conducir las actividades de planeación, coordinación, dirección y control, con base en los objetivos, políticas, estrategias y normatividad vigente, establecidos para la atención de recursos financieros, materiales,

(16)

humanos, mantenimiento, servicios generales y sistemas de seguridad permanentemente; la segunda, por ser la unidad administrativa encargada de coordinar, supervisar y dirigir, con base en el presupuesto autorizado, las actividades de planeación, ejecución, y evaluación en materia financiera, programática y presupuestal que permitan el adecuado funcionamiento de las áreas, con base en los objetivos, políticas, estrategias y prioridades que se establezcan en el órgano desconcentrado, así como coordinar, supervisar y dirigir, en materia de recursos materiales y servicios generales, las actividades de planeación adquisición recepción y registro de los materiales, equipos, bienes y servicios de apoyo necesarios para el adecuado funcionamiento de las áreas, con base en los objetivos, políticas, estrategias y prioridades que se establezcan en el CAEPCCM.

Dichas funciones están previstas en el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente en 2014.

Evaluación del Control Interno

1. Se verificó que el CAEPCCM hubiese contado con mecanismos de control suficientes para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pudieran afectar la eficacia y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de la normatividad aplicable al capítulo 3000 “Servicios Generales” y la consecución de sus objetivos.

2. Se analizó el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente en el ejercicio de 2014, para verificar que correspondiera a la estructura orgánica aprobada y dictaminada, y que, junto con los procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiese sido autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA), publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal y difundido entre el personal del sujeto fiscalizado. Además, se verificó

que el manual contara con procedimientos propios y que éstos estuvieran actualizados con base en la normatividad aplicable al rubro revisado, y vigente en el ejercicio de 2014. 3. Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno en la

(17)

en las áreas administrativas que intervinieron en las actividades relacionadas con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de operaciones realizadas por el órgano desconcentrado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”. 4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos

hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a los que estuvieron sujetas las operaciones revisadas.

Gasto Aprobado

1. Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el Analítico de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización, todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2014, con la finalidad de verificar si el techo presupuestal reportado por el CAEPCCM se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.

2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto aprobado al CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó el registro, en tiempo y forma, del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado al órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes. Gasto Modificado

1. Se revisaron 67 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificaron las causas por las cuales se incrementó dicho presupuesto, y se constató que se contara con la documentación soporte de los cambios presupuestales efectuados.

2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto modificado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto modificado del órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes.

(18)

Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado durante el período auditado, de acuerdo con lo siguiente:

Gasto Comprometido

1. Se analizaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, para conocer el presupuesto comprometido del CAEPCCM del ejercicio de 2014 y se verificó que los recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales. 2. Se revisó que el CAEPCCM contara con la autorización expresa del servidor público

autorizado para llevar a cabo la contratación de servicios mediante procedimientos distintos a la licitación pública; que la contratación de servicios se hubiese previsto en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), autorizado, y soportado con las solicitudes para la requisición de servicios, debidamente justificadas y firmadas por el personal con atribuciones para autorizarlas; y que contara con suficiencia presupuestal y, en su caso, con la aprobación del servidor público autorizado para ello. 3. Se verificó que la contratación de los servicios seleccionados como muestra se hubiesen

ajustado a los procedimientos de adjudicación o aquellos que prevé la normatividad aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores y licitación pública) y a los montos de actuación autorizados; y que se hubiera formalizado en los plazos establecidos, mediante contratos que reunieran los requisitos previstos en la normatividad, y con prestadores de servicios que no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP); y que los prestadores de servicios hubiesen presentado las garantías aplicables en los plazos establecidos.

4. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto comprometido con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto comprometido por el órgano desconcentrado y en las cuentas y por los importes correspondientes.

(19)

Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; los contratos revisados; y demás normatividad aplicable, vigentes en 2014.

Gasto Devengado

1. Se revisó que los servicios hubiesen sido recibidos por el CAEPCCM y que estuvieran soportados con la documentación que contara con la firma del órgano desconcentrado, que correspondieran a las especificaciones establecidas en las solicitudes para la requisición de servicios y en los contratos respectivos, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, vigentes en 2014. 2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

devengado con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto devengado por el órgano desconcentrado, en las cuentas y por los importes correspondientes.

Gasto Ejercido

1. Se constató que el prestador del servicio hubiese presentado comprobantes de pago (facturas/recibos, informes o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre del gobierno local, y que éstos cumplieran los requisitos fiscales correspondientes; que las CLC emitidas para cubrir erogaciones efectuadas por servicios recibidos conforme a las especificaciones pactadas en los contratos respectivos hubieran sido debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello; que los pasivos correspondientes a las partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” se hubiesen reportado en tiempo y forma a la SEFIN; y que los recursos no ejercidos o, en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2014 se hubiesen entregado a la SEFIN en los plazos señalados.

(20)

2. Se verificó que, en su caso, se hubieran aplicado correctamente las penas convencionales y sanciones al prestador del servicio por proporcionar de manera incompleta los servicios contratados; que se hubiesen aplicado los descuentos procedentes en los pagos efectuados; que se hubieran tramitado las CLC de operaciones ajenas, por el importe de las penas convencionales o sanciones aplicadas al prestador del servicio; y que, en caso de incumplimiento de los contratos, se hubieran hecho efectivas las garantías correspondientes. 3. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto

ejercido con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto ejercido por el órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes. Lo anterior, en cumplimiento del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, y demás normatividad aplicable, vigentes en 2014.

Gasto Pagado

1. Se confirmaron operaciones con el prestador de servicios, a quien se le efectuaron pagos, para verificar los procesos de contratación y pago, y se constató que los gastos se hubiesen registrado en partidas acordes con su naturaleza, conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2014.

2. Se analizaron las pólizas de egresos en las que constan los movimientos del presupuesto pagado con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto pagado por las operaciones realizadas por el órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes.

Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si en las operaciones relacionadas con el rubro auditado se obtuvieron los resultados esperados, si se presentaron desviaciones o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora.

(21)

Particularmente, los procedimientos consistieron en integrar por partida de gasto el presupuesto ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión y en verificar que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014. También se verificó que el CAEPCCM hubiese conservado la documentación original, justificativa y comprobatoria, de los pagos realizados, y que hubieran contado con expedientes debidamente integrados con la documentación legal y administrativa del prestador de servicios contratado; que el importe contabilizado por la SEFIN correspondiera a la estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014; y que los servicios se hubieran contratado en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones del CAEPCCM. El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:

Partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”

Se revisó el 29.2% (205,399.8, miles de pesos) del importe ejercido mediante 8 CLC, así como su documentación justificativa y comprobatoria.

De nueve contratos adjudicados al prestador del servicio, se seleccionaron los dos más representativos, en donde se ejercieron mayores recursos, y aquellos en los que se hubiese presentado alguna situación (sancionados y no sancionados) respecto a los pagos por los servicios contratados.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de obtener una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente en 2014. Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos, funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran, específicamente, de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los manuales de procedimientos, con el objeto de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por las unidades administrativas responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso,

(22)

devengación, ejercicio y pago de las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria. Se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno en la Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación y en la Dirección de Recursos Financieros y Materiales, ambas del CAEPCCM, en particular, a los servidores públicos que tuvieron relación con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación, ejercicio y pago de operaciones realizadas por el CAEPCCM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”. Además, se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos facultados para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos específicos de control.

Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas a revisión, a partir de su flujo general y de los objetivos específicos y mecanismos de control identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de control para evaluar si los mecanismos establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias, y si disminuyeron las debilidades detectadas.

Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, establecido por el CAEPCCM para registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar los recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que contó con un razonable ambiente de control, toda vez que las unidades administrativas del órgano desconcentrado están estructuradas conforme a las funciones definidas en su manual administrativo; y que se implantaron, de manera formal, mecanismos y actividades de control para promover y supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos, para registrar y controlar la información generada en la operación de los recursos, para garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación generada, y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas.

No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan de manera específica en el apartado de resultados de este informe.

(23)

RESULTADOS

Evaluación de Control Interno

1. Resultado

Mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del 18 de enero de 2016, la Dirección General de Administración (antes Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación) del CAEPCCM (actualmente Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México) proporcionó un manual administrativo que estuvo vigente en 2014, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, el cual se integró por los manuales de organización y de procedimientos respectivos. Del análisis, se desprende lo siguiente:

Estructura Orgánica

Mediante el oficio núm. CG/095/2010 del 11 de febrero de 2010, la CGDF, autorizó a la Jefatura de Gobierno, en alcance al dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, la estructura orgánica del CAEPCCM, vigente a partir del 1o. de febrero de 2010 (comunicada mediante el oficio núm. OM/0061/2007 del 15 de enero de 2007). En este alcance se previó una Dirección General y cuatro Coordinaciones Ejecutivas (de Operaciones, de Tecnologías e Ingeniería, de Análisis Estratégico, y de Administración e Implementación).

Posteriormente se dictaminaron dos modificaciones a la estructura orgánica del dictamen núm. 1/2007 de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, la primera mediante el oficio núm. CG/DF/596/2013 suscritos por la Contraloría General del Distrito Federal del 30 de abril de 2013 con vigencia a partir del 1o. de mayo de 2013.

La segunda mediante el oficio núm. OM/0193/2014 suscritos por la Oficialía Mayor, del 9 de junio de 2014, con vigencia a partir del 16 de junio de 2014, y en la que se previeron áreas de nueva creación para la Dirección General y para las cuatro Coordinaciones Ejecutivas (de Operaciones; de Tecnologías e Ingeniería; de Análisis Estratégico; y de Administración e Implementación), las cuales reforzaron el desarrollo de las tareas encomendadas al CAEPCCM.

(24)

Manual Administrativo

El Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, conformado por los manuales de organización y de procedimientos, vigente en el ejercicio de 2014, se integra como se indica a continuación:

Apartado de organización

En 2014, el CAEPCCM dispuso de dos manuales de organización registrados por parte de la CGMA con los núms. MA-01D03-1/07 y MA-103-1/07, comunicados a este órgano desconcentrado mediante los oficios núms. CG/CGMA/DDO/1929/2011 y OM/CGMA/0079/2014 del 8 de abril de 2011 y 2 de abril de 2014, respectivamente.

Ambos manuales de organización (núms. MA-01D03-1/07 y MA-103-1/07) fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 25 de enero de 2012 y el 12 de mayo de 2014, respectivamente.

Dichos manuales consideraron los objetivos, funciones, facultades y responsabilidades de los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas que conforman el órgano desconcentrado; y estuvieron integrados por los apartados de presentación, antecedentes, marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones y organigrama.

Lo anterior, en cumplimiento del numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

Apartado de procedimientos

El CAEPCCM contó con un manual de procedimientos elaborado con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, integrado por 94 procedimientos, los cuales fueron registrados por la CGMA con el núm. MA-01D03-1/07, por medio del oficio núm. CG/CGMA/DEDDEO/3394/2012 del 29 de noviembre de 2012. Los listados de los citados

(25)

procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Al respecto, que mediante cuestionario aplicado el 3 de marzo como parte de las actividades establecidas en la minuta de trabajo del 25 de febrero, ambos de 2016, y dentro de las pruebas de auditoría realizadas, el CAEPCCM informó lo siguiente: “Cabe señalar que derivado de las recomendaciones, de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, quien solicitó actualizar el Manual de Procedimientos de este Órgano Desconcentrado, el Coordinador Ejecutivo de Administración e Implementación mediante oficio N° CAEPCCM/DG/CEAI/0223/2012, de fecha 11 de junio de 2012, solicitó a la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) el inicio al proceso de dictaminación para la modificación de la Estructura Orgánica y atender la modificación del Manual de Procedimientos del CAEPCCM, destacando que en esas fechas aún no habían sido autorizados por parte de la CGMA. A fin de concluir el trámite de autorización del Manual de Procedimientos, derivado de la estructura vigente a partir del 1o. de febrero de 2010, la CGMA autorizó su registro el […] 29 de noviembre de 2012, motivo por el cual no se solicitó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”. Por no realizar la gestión correspondiente a la publicación del manual administrativo, en su parte de procedimientos, el CAEPCCM incumplió los numerales 2.4.5 y 2.4.6.7 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración del CAEPCCM informó mediante la cédula de respuesta que, “con el propósito de dar atención, se hace entrega del oficio C5/DGA/DRH/0516/2016 emitido por parte de la Dirección de Recursos Humanos, mediante el cual se informa y se documenta la gestión realizada”. Mediante el oficio núm. C5/DGA/DRH/0516/2016 del 13 de mayo de 2016 suscrito por el Director de Recursos Humanos informó al Director de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, en relación con la observación vertida en este resultado, lo siguiente: “Respecto de la no publicación de los manuales vigentes durante 2014, hago de su conocimiento que con oficio número ASCM/15/1194 de fecha 09 de noviembre de 2015,

(26)

el Dr. David M. Vega Vera, Auditor Superior de la Ciudad de México da por atendida la recomendación ASC-172-12-01-CAEPCCM, misma que consistió en:

”‘Es necesario que el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México emprenda acciones para que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal la relación de procedimientos de su Manual Administrativo, una vez obteniendo su

registro ante la Coordinación General de Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.’

”Por lo que hace al seguimiento y mecanismos de control implementados en este Centro, hago de su conocimiento que con oficio número OM/0193/2014, de fecha 09 de junio de 2014, el Oficial Mayor del Distrito Federal, hoy de la Ciudad de México, comunica la dictaminación favorable a la modificación del Dictamen 1/2007 de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, con vigencia a partir del 16 de junio de 2014.

”Posteriormente, con oficio número OM/268/2014, de fecha 11 de agosto de 2014, el entonces Oficial Mayor del Distrito Federal hoy de la Ciudad de México comunica con Dictamen OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814, se dictamina favorablemente la Estructura Orgánica del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México, con vigencia a partir del 1o. de agosto de 2014.

”En consecuencia, esta Dirección General de Administración antes Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación con oficios números CAEPCCM/DG/CEAI/1006, 1007, 1008, 1009, 1010, 1011, 1012 y 1013/2014 de fecha 22 de agosto de 2014, solicitó a las diversas áreas del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México CAEPCCM elaboración de su manual administrativo y envío a la Dirección de Recursos Humanos, para su posterior tramitación ante la Coordinación General de Modernización Administrativa CGMA.

”Con relación a la dictaminación con vigencia 16 de junio de 2014, con oficio número OM/CGMA/0952/2014, de fecha 20 de agosto de 2014, el Coordinador General de Modernización Administrativa CGMA, en atención a mi similar número CEAI/DG/CEAI/0893/2014, de fecha 14 de julio de 2014, con el que remití proyecto de manual administrativo; informa sobre diversas

(27)

observaciones agrupándolas en los rubros de consideraciones generales y observaciones específicas por unidad administrativa. En seguimiento de las observaciones esta Dirección General con oficios CAEPCCM/DG/CEAI/1047 y 1048/2014, de fecha 1 de septiembre de 2014, dirigidos al Director de Recursos Humanos el primero de ellos, donde se le instruye se realicen las acciones necesarias para que se coordine, revise e integre la documental que integra el Manual Administrativo, mientras que en el segundo de ellos se informa a la CGMA que el entonces Director de Recursos Humanos de este Centro ha sido designado para establecer calendario de trabajo conjunto a efecto de que sean subsanadas las observaciones al manual administrativo. Respecto de la necesidad de establecer un calendario de trabajo en conjunto con la CGMA, esta Dirección General lo hizo del conocimiento de las diversas áreas que integran el CAEPCCM con oficios números CAEPCCM/DG/CEAI/1040, 1041, 1042, 1043, 1044, 1045 y 1046/2014, de fecha 29 de agosto de 2014.

”Una vez llevadas a cabo las adecuaciones al manual administrativo, finalmente la CGMA con oficio OM/CGMA/0398/2015, de fecha 03 de marzo de 2015, determina que el Manual Administrativo de este Centro ha cumplido con todas las formalidades y requisitos, elementos de contenido y criterios de conformación por lo que emite dictamen de procedencia a efecto de continuar con el proceso para la obtención del registro del manual administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México hoy Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México. ”En consecuencia de lo anterior y ajustándose a los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal hoy de la Ciudad de México, en los cuales en su artículo cuarto transitorio establece que los lineamientos serán aplicados en forma retroactiva para aquellos manuales que se encuentren en proceso de revisión y registro por parte de la CGMA; con oficio número CAEPCCM/DG/013/2015, de fecha 09 de marzo de 2015, el entonces Director General de este Centro, remite a la CGMA para autorización y registro el manual administrativo (organización y procedimientos), siendo que con oficio OM/CGMA/0475/2015, de fecha 20 de marzo de 2015, la CGMA considera procedente otorgar el registro del manual administrativo del CAEPCCM con número de registro MA-03/200315-OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814.

(28)

”Finalmente, con oficio CAEPCCM/DG/016/2015, el entonces Director General de este Centro solicita a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales la publicación del ‘MANUAL ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CON NÚMERO DE REGISTRO MA-03/200315-OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814’, registrándose dicha publicación en la Gaceta del día 09 de abril de 2015, tanto del ‘Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México con Número de Registro MA-03/200315/OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814’, así como la integralidad del Manual Administrativo...”

Además, proporcionó evidencia documental, correspondiente a la aplicación y seguimiento de la medida de control llevada a cabo por el CAEPCCM actualmente.

Cabe mencionar que en relación al hallazgo descrito se obvia la emisión de la recomendación, toda vez que está directamente relacionada con una recomendación núm. ASC-172-12-01-CAEPCCM emitida con anterioridad en la Cuenta Pública 2012 misma que ha sido atendida recientemente y comunicada mediante oficio núm. ASCM/15/1194 por la ASCM.

Al examinar los 94 procedimientos, se determinó que 10 de ellos están relacionados con el rubro auditado: “Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios”, “Adquisiciones de Bienes, Arrendamientos y Prestación de Servicios por Adjudicación Directa”, “Revisión de Facturas, Trámite y Aplicación de Penas Convencionales a Contratos”, “Integración del ‘Informe de Avance Trimestral’”, “Registro Contable de Operaciones Financieras”, “Elaboración de Conciliaciones Bancarias”, “Procedimiento para la Revisión Captura y Trámite de Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas”, “Afectaciones Programático Presupuestarias”, “Captura, Revisión y Autorización de Documentos Múltiples de Notas de Observación de Glosa, Cancelación, Comprobación y Reintegro de Recursos”, “Control del Presupuesto Comprometido”. Con los oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/0237/2011 al CAEPCCM/DG/CEAI/0244/2011, todos del 28 de abril de 2011, se realizó la difusión del manual administrativo con registro núm. MA-01D03-1/07 del 8 de abril de 2011 (en su parte de organización) entre las diferentes unidades administrativas y personal responsable de su aplicación; en cuanto al manual

(29)

núm. MA-103-1/07 del 2 de abril de 2014 el CAEPCCM, acreditó su difusión mediante los oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/0536/2014 al CAEPCCM/DG/CEAI/0543/2014, todos del 23 de abril de 2014.

En cuanto al manual administrativo, en su parte de procedimientos, mediante los oficios CAEPCCM/DG/CEAI/0364/2012 al CAEPCCM/DG/CEAI/0372/2012, todos del 18 de diciembre de 2012, el CAEPCCM realizó la difusión de dicho manual entre las diferentes unidades administrativas y personal que lo integran.

Lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

Cabe mencionar que durante las gestiones realizadas por el CAEPCCM ante la CGMA, la Oficialía Mayor (OM) autorizó un nuevo dictamen de estructura orgánica núm. OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814 (comunicado mediante el oficio núm. OM/268/2014 del 11 de agosto de 2014) a favor del órgano desconcentrado, con vigencia a partir del 1o. de agosto de 2014, por lo que, atendiendo la normatividad, el CAEPCCM llevó a cabo los trámites correspondientes para la actualización del manual administrativo; sin embargo, el 30 de diciembre de 2014 fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, los cuales, en su artículo cuarto transitorio, establecen que los lineamientos serán aplicados de forma retroactiva para aquellos manuales que se encuentren en proceso de revisión y registro por parte de la CGMA, por lo que dicha actualización del manual administrativo fue autorizado y registrado el 20 de marzo de 2015 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2015.

De lo anterior, se concluye que el CAEPCCM remitió a la autoridad administrativa competente su manual de organización, actualizado con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, además estableció controles internos que permitieron que los procedimientos fueran publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

(30)

Revisión de la Adopción e Implantación de Normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable

2. Resultado

A fin de comprobar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), mediante el oficio núm. ACF-A/15/0990 del 20 de octubre de 2015, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la SEFIN un informe, al 31 de diciembre de 2014, al respecto. En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNP/4218/2015 de fecha 28 de octubre de 2015, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN proporcionó el oficio núm. DC/369/2015 del 27 de octubre de 2015, con el cual el Director de Contabilidad de la SEFIN señaló que “se proporciona el informe al 31 de diciembre de 2014, del cumplimiento en relación a la adopción de la Ley de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable”.

En ese contexto, se comprobó que la SEFIN publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal las normas que, a su vez, emitió y publicó el CONAC con relación al ejercicio del gasto. El desarrollo y operación del sistema contable del órgano desconcentrado para efectos administrativos se concentra en la SEFIN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014, por tanto, el CAEPCCM no emite información contable ni financiera.

Asimismo, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0016 del 11 de enero de 2016, la ASCM solicitó al CAEPCCM que informara de manera detallada sobre el cumplimiento de las disposiciones establecidas por el CONAC. En respuesta, mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del 18 de enero de 2016 y con la nota informativa, se destaca el contenido de los artículos 123 y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, no obstante señala: “... No obstante […] remite periódicamente la información financiera […] a la Dirección General de Contabilidad, Normatividad e Integración de Cuenta Pública de la Secretaría de Finanzas, esté en condiciones de establecer la contabilidad general del Gobierno del Distrito Federal.” En consecuencia, no se emite ninguna observación en el presente resultado.

(31)

Gasto Aprobado

3. Resultado

Con objeto de verificar que la previsión de gasto para el CAEPCCM consignada en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014 se hubiese asignado conforme a la normatividad aplicable y que la SEFIN hubiera efectuado el registro del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado al órgano desconcentrado, se analizaron el techo presupuestal reportado, el Analítico de Claves, el POA, el Calendario Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes al ejercicio fiscal de 2014; así como las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto aprobado en el ejercicio de 2014. Al respecto, se determinó lo siguiente: 1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3709/2013 del 4 de noviembre de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN le comunicó al titular del CAEPCCM el techo presupuestal, asignado por un monto de 924,317.6 miles de pesos, de los cuales 70,068.5 miles de pesos correspondieron a servicios personales y 854,249.1 miles de pesos se destinaron a otros gastos; y le informó que “los recursos comunicados a ese órgano desconcentrado en el presente techo, deberá destinarlos en primer término a cubrir los conceptos estrictamente indispensables para su operación, tales como servicios personales (nómina) y servicios básicos (agua, energía eléctrica, servicios de vigilancia, entre otros)”.

Sin embargo, mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/942/2013 del 20 de noviembre de 2013, el CAEPCCM comunicó a la Subsecretaría de Egreso de la SEFIN que el techo presupuestal era deficitario, toda vez que en el análisis de los requerimientos mínimos para garantizar la operación de la infraestructura tecnológica, se registró un déficit de 933,022.0, como se indica a continuación:

(Miles de pesos)

Capítulo de gasto Techo presupuestal Requerimiento Déficit 1000 70,069.0 78,827.0 8,758.0 2000 66,749.0 991,013.0 924,264.0 3000 5000 787,500.0 787,500.0 0.0 Total 924,318.0 1,857,340.0 933,022.0

(32)

Posteriormente, en atención a lo informado por el CAEPCCM, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0102/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al titular del CAEPCCM el techo presupuestal aprobado, por un monto de 1,703,317.6 miles de pesos, de los cuales 73,746.1 miles de pesos correspondieron a servicios personales y 1,629,571.5 miles de pesos se destinaron a otros gastos. Mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0942/2013 del 20 de noviembre de 2013, con sello de recibido de esa misma fecha, la Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación del CAEPCCM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en forma impresa, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del CAEPCCM para el ejercicio de 2014, por un monto de 924,317.6 miles de pesos, en lugar de haberlo enviado a más tardar el 19 de noviembre de 2013.

Por haber presentado a la SEFIN la versión del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos fuera del plazo establecido, el CAEPCCM incumplió lo dispuesto en el apartado V. Proceso de Formulación de Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2014 numeral 2 “Formulación General”, inciso c) “Generación de Reportes”, penúltimo párrafo, del Manual de Programación y Presupuesto 2014, que establece:

“La fecha límite para que las unidades remitan los […] reportes debidamente firmados por los titulares será el 19 de noviembre…”

En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración del CAEPCCM entre otros, aportó elementos que subsanan la deficiencia observada, de los cuales destaca que realizaron las acciones siguientes:

“… este Órgano Desconcentrado a través del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP GRP), solicitó de manera electrónica, el 11 de noviembre de 2013, el Módulo de Integración por Resultados así como el 15 de noviembre de 2013 el Módulo de Integración Financiera de conformidad con lo establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de egresos 2014, tal y como se indica en el oficio, CAEPCCM/DG/CEAI/0942/2013.

(33)

”Conforme a lo anterior, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de este Órgano Desconcentrado se capturó electrónicamente en Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (SAP GRP), realizándose vía sistema, la transmisión en tiempo y forma; no obstante, con la finalidad de dar cumplimiento a las fechas establecidas conforme al Manual de Programación-Presupuestación vigente, para el envío en forma impresa del Anteproyecto de Presupuesto anualmente, este Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, implementó el control denominado ‘Cédula de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018’ con el objetivo de dar puntual seguimiento al proceso y emisión de dicho documento, para garantizar el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada ejercicio de este Órgano Desconcentrado, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos aplicable.

”Dicha cédula contiene: ”1 Ejercicio.

”2 Fecha de Seguimiento a la Emisión del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.

”3 No. de Oficio de envío del Anteproyecto de Egresos. ”4 Fecha Límite de Entrega a la Subsecretaría de Egresos. ”5 Fecha Real de Entrega.

”6 Comentarios.

”Cédula de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018

Ejercicio

Fecha de Seguimiento a la Emisión del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

No. de Oficio de envío del Anteproyecto de Egresos

Fecha Límite de Entrega a la Subsecretaría de Egresos

Fecha de Oficio

Fecha Límite Fecha Real de Entrega Comentarios

2016 del 1o al 5 de noviembre CAEPCCM/DG/CEAI/0956/2015 19/11/2015 19/11/2015 19/11/2015 Envío en tiempo y forma […]

(34)

”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0429/2016 C5/DGA/DRFMSG/0335/2016 C5/DGA/DRFM/SPP/070/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la Dirección de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección de Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias para el seguimiento respecto de la implementación de la “Cédula de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018” para el fortalecimiento de los mecanismos de control que garantizan el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada ejercicio correspondiente este Órgano Desconcentrado, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos aplicable (se adjunta evidencia documental).

”Se adjunta con sus anexos, el oficio CAEPCCM/DG/CEAI/0956/2015 del 19 de noviembre de 2015, correspondiente al envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del ejercicio 2016, a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, en atención al oficio SFDF/SE/4178/2015, lo anterior, se ve reflejado en la cédula implementada.

”Respecto, del ‘Resultado 3’, con el mecanismo de control implementado y la evidencia documental que acredita su funcionamiento, se garantiza el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada ejercicio correspondiente a este Órgano Desconcentrado, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos aplicable.”

No obstante que el CAEPCCM aporto elementos el cual refiere que cuenta con mecanismos de control, que permite el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado, no se prevé la permanencia del seguimiento de una supervisión a dicho proceso, por lo que se concluye que la causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia evite su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.

2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2013 se publicó el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014, en cuyo artículo 5o. se estableció que el CAEPCCM se le asignó un presupuesto de 1,703,317.6 miles de pesos.

(35)

3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0102/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN comunicó al titular del CAEPCCM el Analítico de Claves y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014, correspondientes al presupuesto aprobado por la ALDF, por 1,703,317.6 miles de pesos, de los cuales 73,746.1 miles de pesos se destinaron a servicios personales y 1,629,571.5 miles de pesos a otros gastos.

4. Con el oficio núm. SFDF/SE/0493/2014 del 28 de enero de 2014, la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN remitió al titular del CAEPCCM el Calendario Presupuestal y el POA definitivos para el ejercicio de 2014, y le indicó que ambos documentos “corresponden a los montos aprobados por el Órgano Legislativo a través del Decreto de Presupuesto de Egresos para el presente ejercicio, así como al Techo Presupuestal comunicado […] y a la capacidad financiera del Distrito Federal”.

5. En el Analítico de Claves, se asignaron recursos a 21 partidas de gasto que, en conjunto, suman el presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales” (410,938.5 miles de pesos), el cual fue reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2014 del CAEPCCM. Cabe mencionar que cuatro partidas de gasto no fueron presupuestadas originalmente y otras cuatro, a las que sí se les habían asignado recursos, no los ejercieron.

6. En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, por medio del oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó la póliza de diario con número de evento 1000000071 del 1o. de febrero de 2014, por medio de la cual la SEFIN realizó el registro presupuestal en cuentas de orden presupuestarias del presupuesto de egresos aprobado al CAEPCCM, como sigue:

(Miles de pesos)

Cuenta Debe Importe Haber

8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,703,317.6 8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 1,703,317.6

(36)

Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.1.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” y 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central”, así como el asiento con el cual se realizó el registro del presupuesto aprobado, son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014; y se registraron mediante el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP).

Por lo anterior se concluye que el CAEPCCM estimó originalmente recursos para 21 partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales”, ejerció recursos con cargo a 21 de ellas, y se ajustó al techo presupuestal asignado por 410,938.5 miles de pesos y, posteriormente, mediante afectaciones programático-presupuestales, aumentó su presupuesto en 292,686.9 miles de pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 703,625.4 miles de pesos, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014; y que la SEFIN realizó el registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado de acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014. Además, contó con controles internos que permiten actualmente que la versión impresa de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos se remita a la SEFIN en el plazo establecido para tal efecto.

Recomendación ASCM-25-14-1-C5

Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión que permitan la entrega del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos en el plazo establecido, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido al Manual de programación y presupuesto 2014.

Referencias

Documento similar

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

Habiendo organizado un movimiento revolucionario en Valencia a principios de 1929 y persistido en las reuniones conspirativo-constitucionalistas desde entonces —cierto que a aquellas