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Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida

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“Donar órganos, tejidos y sangre es donar Vida”

ORDENANZA N° -CM-08

DESCRIPCION SINTETICA: CREACIÓN CONSEJO ASESOR PARA EL

TRASLADO VERTEDERO Y TRATAMIENTO DE LOS RSU. ABROGACIÓN ORDENANZA 1085-CM-00

.

ANTECEDENTES

Constitución de la Nación Argentina, Primera Parte, Cap. II, Art. 41.

Constitución de la Provincia de Río Negro, Segunda Parte, Sección Séptima, Art. 84. Carta Orgánica Municipal, 3ª Parte, Sección Única, Cap. 2, Art. 166.

Carta Orgánica Municipal, 2ª Parte, Sección Primera, Capítulo Único, Art. 29, inciso 23. Carta Orgánica Municipal, 4ª Parte, Cap. II, Artículos 175; 177; 178; 180 y 181.

Resolución 5031-I-2007

Nota escrita por vecinos auto convocados afectados por el Vertedero Municipal y presentada en el marco de la 1ª Sesión Ordinaria del 10/12/07 en el Gimnasio Municipal en donde asumieron los Concejales de la gestión 2007-2011 del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

Comunicación 584-CM-08: Solicitar al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro un informe sobre consecuencias provocadas por el humo emanado del vertedero Municipal.

Ordenanza 1085-CM-00 “Crear Comisión Municipal Estudio e Implantación Plan Gestión, Reciclaje, Tratamiento Residuos Urbanos”.

Análisis de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de San Carlos de Bariloche, Estudio realizado por Cooprogetti, 10/04/03.

Informe de Avance Técnico ETAPA 2 “Diagnóstico de situación y elaboración de anteproyecto de Gestión Integral de Residuos en San Carlos de Bariloche”; Proyecto PFIP 2004-1 elaborado en el marco del Convenio de Colaboración Institucional entre el CRUB y el

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Municipio para contribuir en la elaboración de un Plan Integral de Gestión de RSU, según Ordenanza 1454-CM-04.

Resumen Ejecutivo de la Dirección General de Medio Ambiente sobre Emplazamiento Sitio de Disposición Final de RSD, octubre de 2007.

Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos realizado por la Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, febrero de 2008.

FUNDAMENTOS

La resolución de la problemática del basural y el tratamiento de los residuos sólidos urbanos en San Carlos de Bariloche viene recorriendo una larga historia que a pesar de la normativa existente al respecto, se hace urgente responder a la necesidad de avanzar en la gestión para un tratamiento integral de los mismos.

En ese sentido nos encontramos con la situación de un basural colapsado, en un lugar que no es el adecuado debido al crecimiento de la población y el consiguiente aumento de

asentamientos barriales cercanos, que sufren a diario las consecuencias ambientales y de salubridad que ponen en riesgo y perjudican la calidad de vida de los pobladores. Basta con recordar el humo que cubre a los barrios aledaños al vertedero municipal durante ciertos períodos del año para comprender la preocupación y la angustia presentes en el reclamo de dichos vecinos.

Por otra parte, no se debe olvidar que el actual vertedero se encuentra en una zona de paso no sólo de la ruta a Bolsón sino también del acceso desde el Aeropuerto de San Carlos de Bariloche por la ruta de Circunvalación, lo cual significa un mayor flujo de tránsito de quienes circulan de un sector a otro de la ciudad, y de quienes visitan los distintos sitios que el Parque Nacional ofrece, generando una incompatibilidad entre un vertedero colapsado, a cielo abierto, y el desarrollo de las actividades turísticas en una ciudad con grandes potenciales productivos y numerosas reservas naturales, pero con un área importante de tránsito que posee significativo daño ambiental.

Recién comenzada la década del 2000 era imposible pensar en una alternativa que resultara una solución a esta problemática, cuando el Municipio estaba sumido en la crisis

más profunda que haya tenido, con casi $ 30.000.000 de deuda y un panorama nacional, provincial y local de recesión e incertidumbre, no solo económica sino también institucional.

Igualmente, ya en el año 2000 se aprueba la Ordenanza Nº 1085-CM-00 que crea la Comisión Municipal de Estudio de Gestión y Reciclaje de Residuos Urbanos, con el

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propósito de comenzar a trabajar en pos de un plan que tuviese una visión integral en el manejo de los residuos sólidos urbanos. Es así que surgen propuestas que centraban su mirada en los problemas que a diario se vivían en el Vertedero Municipal y su zona aledaña.

A partir del año 2003 el Ejecutivo Municipal decide que la problemática prioritaria del Vertedero era de carácter socioambiental, por lo tanto se la debía encarar no solo desde su área de Medio Ambiente sino también desde su área de Acción Social. Se comenzaron entonces a implementar medidas de ordenamiento y optimización en el ámbito del actual vertedero para un plazo operativo de 4 años, de modo de lograr de esta forma, los tiempos necesarios para obtener la mejor solución definitiva a largo plazo, especialmente en lo referido al diseño de la disposición final de residuos. Fue así que se llevaron a cabo una serie de acciones tales como la instalación de un cercado perimetral, la colocación de tela tipo media sombra con el objeto de impedir las voladuras de residuos y mitigar el impacto visual, la modificación del acceso para impedir su visualización desde la ruta, la implementación de control de acceso de quienes descargan, la implementación de un plan de organización y asistencia de los recuperadores de residuos, entre otras.

Hoy el sistema de Gestión de los residuos en nuestra ciudad se encuentra en un punto de inflexión: por un lado es necesario el retiro en forma progresiva y gradual de las tareas de Disposición Final y el consecuente cierre o clausura del Relleno Sanitario del ámbito del vertedero actual, y al mismo tiempo, la apertura de un nuevo Complejo Ambiental acorde con las actuales y futuras expectativas ambientales, sociales, económicas y turísticas de nuestra ciudad, en zonas menos densas y con menor proyección de crecimiento poblacional, así como en las que exista una menor posibilidad de generar Pasivos Ambientales.

El Pasivo Ambiental con peligro de derrame hacia las napas subterráneas y el consecuente daño de contaminación, el crecimiento demográfico y perjuicios a la salubridad de los barrios circundantes, la afección y el disvalor agregado al producto turístico de la región, su negativa ubicación estratégica entre dos polos turísticos (Bariloche-Bolsón) y lo taxativamente dispuesto por nuestra Carta Orgánica Municipal y las Constituciones Nacional

y Provincial respecto de los Derechos Humanos y Ambientales son determinantes para la toma de una decisión política que va a redundar en beneficio de nuestra ciudad, sus habitantes y los turistas que nos vienen a visitar.

En las gestiones realizadas por esta Municipalidad con respecto a la búsqueda de una definitiva solución, se logró en Enero de 2008 la aprobación del Gobierno Nacional a través de la Secretaría de Turismo de la Nación y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, para incluir a Bariloche en el Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos

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Urbanos en Municipios Turísticos, programa que cuenta con el financiamiento del BID y el Estado Nacional.

Dado que en dicho Programa se contemplan aquellos aspectos referidos al saneamiento de basurales existentes, Disposición Final y Estaciones de Transferencia de los Residuos Sólidos Urbanos, es necesario y urgente avanzar en las gestiones surgidas de los trabajos como el Resumen Ejecutivo presentado en octubre del 2007 por la Dirección General de Medio Ambiente de la Municipalidad, y que se basa en el Informe de Avance Técnico Etapa 2 del Proyecto PFIP 2004-1 efectuado por un equipo de trabajo interinstitucional coordinado por el CRUB de la Universidad Nacional del Comahue, según Ordenanza 1454-CM-04 y en el marco de la anteriormente mencionada Ordenanza 1085-CM-00. Resulta importante señalar que dicho Proyecto se encuentra en su Etapa 3 de trabajo, por lo que surge la necesidad de conformar un nuevo ámbito de consulta, planificación y asesoramiento en este tema que nos ocupa, dándole la debida continuidad que amerita.

Asimismo resulta igualmente necesario avanzar en el tratamiento de las propuestas presentadas en el Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (febrero de 2008) realizado por la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad, para lograr la toma de decisiones que nos lleve a la mejor de las soluciones para nuestra ciudad.

AUTORES: Lic. Darío Barriga (Presidente del Concejo Municipal FpV) Concejal Lic. Arabela Carreras (FpV)

Concejal Hugo Cejas (FpV)

COLABORADORES: Graciela Costamagna. René Barriga (FpV).

El proyecto original Nº /08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día de de 2008, según consta en el Acta Nº /08. Por ello, en ejercicio de las

atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE SANCIONA CON CARÁCTER DE

ORDENANZA

Art. 1°) Se crea el Consejo Asesor Temático que realizará el seguimiento del proceso para el Traslado del actual vertedero y del Tratamiento, Clasificación y Disposición Final de los RSU al futuro Vertedero Municipal de San Carlos de Bariloche, el cual estará presidido por el Presidente del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche.

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Art. 2º) Serán convocados a participar como miembros de este Consejo Asesor Temático el Secretario de Planeamiento y Medio Ambiente de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, el Presidente del Concejo Municipal, un representante de cada bloque del Concejo Municipal, un representante de la Universidad Nacional del Comahue (CRUB), un representante de la Universidad de Río Negro, un representante de la CEB, un representante de INVAP, un representante de la Asociación de Recicladores Bariloche y un representante de la Comisión de Separación de Residuos Bariloche (COSERBA ).

Art. 3°) El Concejo podrá convocar en calidad de asesores a todas aquellas personas que por consenso del mismo sean consideradas necesarias para alcanzar los objetivos. Dicha participación será ad honorem, no debiendo generar erogación alguna a este Municipio.

Art. 4º) Serán funciones del Consejo Asesor Temático

4.1 Realizar un seguimiento de las acciones que debe desarrollar la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente de la Municipalidad de S. C. de Bariloche tendientes a implementar en un periodo máximo de nueve (9) meses, conforme lo establece la Resolución 5031-I-2007, las acciones necesarias para el cese, cierre y recomposición del actual Vertedero Municipal de acuerdo a lo estipulado en los Artículos 1 y 2 de la citada resolución.

4.2 Evaluar el plan de acciones a seguir en el cierre y traslado del actual Vertedero Municipal, así como también aquellas dirigidas al tratamiento integral de los RSU según un Plan Integral de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos para San Carlos de Bariloche.

4.3 Analizar y emitir opinión no vinculante sobre los distintos proyectos que estén relacionados directa o indirectamente con el vertedero y los RSU, y que ingresen para tratamiento al Concejo Deliberante de la Municipalidad de S. C. de Bariloche.

4.4 Elevar a la Comisión Legislativa del Concejo Deliberante todas las propuestas para la elaboración de proyectos de Ordenanza que consideren necesarios para lograr el definitivo cierre y recomposición del Vertedero actual y traslado del mismo.

4.5 Articular de forma inmediata y de manera progresiva una campaña para la toma de conciencia y la información necesaria a la comunidad sobre la importancia ambiental y ecológica que tiene la Clasificación de los RSU para el tratamiento integral de los mismos por parte del Municipio.

Art. 5º) Se abroga la Ordenanza 1085-CM-00.

Art. 6°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

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