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OPERACIONES ADUANERAS EN ADUANAS MARÍTIMAS

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Academic year: 2021

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Título:

OPERACIONES ADUANERAS EN ADUANAS MARÍTIMAS

Preparado por:

Nombre: César Arturo García Granados Cargo : Administrador de Aduanas

Nombre: Olimpo Orlando Orellana García Cargo : Administrador de Aduanas

Revisado por:

Nombre: Lic. Sara Montano de Zabaneh

Cargo : Inspector de Aseguramiento de la Calidad Nombre: Lic. José Víctor Morales Sales

Cargo : Coordinador de Zona Nombre: Lic. José Walter Meléndez Cargo : Coordinador de Zona

Aprobado por:

Nombre: Lic. Héctor Gustavo Villatoro Cargo : Director General

Contenido: 1. Objetivo. 2. Ambito de aplicación. 3. Definiciones. 4. Responsabilidades. 5. Referencias. 6. Desarrollo. 7. Anexos

Observaciones: Este procedimiento entrará en vigencia 3 días hábiles, posterior a la fecha de autorización.

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1. OBJETIVO:

Este documento tiene como objeto establecer los pasos mínimos para controlar, facilitar, armonizar y simplificar los Regímenes y operaciones Aduaneras tales como: Tránsito Aduanero, Importaciones y Exportaciones de mercancías, Control y Venta de marchamos oficiales que se efectúan en las Aduanas de Ingreso al país vía marítima, mediante la transmisión electrónica de la Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero Internacional Terrestre (DTI) y Declaración de Mercancías para el Tránsito Aduanero Interno (DMTI), el Registro y liquidaciones de Importaciones y Exportaciones a través de las modalidades de, Oficio. Autoliquidación y Teledespacho.

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Este procedimiento será aplicado por las Aduanas Marítimas para las Declaraciones bajo el Régimen de Tránsito Aduanero Interno (DMTI) e Internacional (DTI), mediante el cual son transportadas las mercancías que ingresan al País a través del Puerto de Acajutla y La Unión, con destino a las diferentes Aduanas. Así mismo a las exportaciones e Importaciones amparadas en las Declaraciones de Mercancías y Formularios Aduaneros. También es aplicable al control, custodia y ventas de los marchamos oficiales, vendidos por la DGRA a los usuarios que aplican al Régimen de Tránsito Aduanero.

3. DEFINICIONES:

Aduana de Marítima: Aduana de entrada y salida al país por la vía marítima, por la cual previo control las mercancías cruzan el territorio nacional, con motivo de una operación de tránsito aduanero o de otra índole.

Aforo: Es el acto por el cual la autoridad aduanera verifica la clasificación arancelaria de mercancías, su valor, peso, origen, cantidad o medida, a efectos de determinar o confirmar el adeudo o la garantía, así como velar por el cumplimiento de las demás obligaciones inherentes al régimen solicitado.

Anexo de información complementaria (ANEXO A): Información complementaria a la Declaración de Mercancías, que no está contenida en la misma.

Autoliquidación: Es la determinación de la obligación tributaria y el cumplimiento de las demás regulaciones de comercio exterior por parte del consignatario y además el pago del adeudo antes de la presentación de la misma en la Aduana.

B/L o Conocimiento de Embarque: Recibo de las mercancías puestas a bordo de un barco, firmado por la persona o agente que se compromete por contrato a transportarlas.

Código de Registro del Tránsito: Código alfanumérico único correlativo que consta de once caracteres, que el Sistema asigna al tránsito capturado, teniendo la simbología siguiente:

Primeros dos caracteres: País de inicio del transito: Ejemplo: SV = El Salvador Carácter tres y cuatro: Año de elaboración del tránsito Ejemplo: 05 = 2005 Caracteres del cinco al once:Número correlativo del tránsito Ejemplo: 0014555

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por diferentes empresas exportadoras para su posterior exportación o reexportación en un mismo medio de transporte.

Cotejo Aduanal: Confrontación física de los datos del documento de transporte

DAN: División Antinarcóticos de La Policía Nacional Civil.

Declaración Anticipada: Declaración presentada y registrada en Aduana Interna, Delegación de Zona Franca o Aduana de Ingreso, antes del arribo de las Mercancías al Territorio Aduanero Nacional.

Declaración de Mercancía: Documento elaborado en la forma descrita por Servicio Aduanero, mediante el cual los interesados expresan libre y voluntariamente el régimen al que se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que éste impone.

Declaración Previa /Pre-pago: Declaración de Mercancías presentada a la Aduana previo al arribo de las mercancías al país y cuyos impuestos ya han sido garantizados o pagados.

DGRA: Dirección General de la Renta de Aduanas.

DGT: Dirección General de Tesorería.

DMTI: Declaración de Mercancías para el Transito Aduanero Interno.

Documento de Transporte: Término Genérico que comprende el conocimiento de embarque (marítimo, guía aérea o la carta de porte), el cual constata el derecho de propiedad, la existencia del contrato de transporte y las condiciones en que será entregada la mercancía al consignatario. Documentos Adjuntos: Son todos los documentos agregados a la Declaración de Mercancías que contienen información de las mercancías que se importan y del medio de transporte, según el régimen solicitado.

DTI: Declaración de Mercancías para el Transito Aduanero Internacional Terrestre.

Exportación de Mercancías: Es el régimen mediante el cual las Mercancías son enviadas para su uso o consumo definitivo en el exterior previo el cumplimiento de todas las formalidades aduaneras y las de otro carácter que sean necesarias.

Firma Electrónica: Es la operación efectuada por el Declarante en el sistema informático que junto con el registro de la Declaración emitida por la vía de Teledespacho, lo responsabiliza electrónicamente por los datos transmitidos al sistema de aduanas.

Mandamiento de Pago Adicional: Documento emitido por el sistema de aduana para realizar los pagos de impuestos, gravámenes y tasas aplicables a las operaciones aduaneras.

Manifiesto de Carga: Documento en el cual se detalla la relación de las mercancías que constituyen la carga de un medio o una unidad de transporte y expresa los datos comerciales de las mercancías.

Módulo de Selectividad o Semáforo Fiscal: Es el sistema informático configurado dentro del proceso de autoliquidación, en virtud del cual las Declaraciones de Mercancías que se presenten, quedan sujetas a ser seleccionadas por las alternativas: verde (levante automático), amarillo (aforo documental), rojo (aforo físico) y azul (revisión a posteriori).

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Pago Electrónico: Es la transmisión electrónica del pago de los impuestos, efectuado por el usuario en los Bancos del Sistema financiero debidamente acreditados por la D.G.T

Precinto Aduanero o Marchamo: Dispositivo aduanero que permite a la Aduana controlar efectivamente la seguridad de las Mercancías en tránsito.

Redirigir: Acción de cambio en el módulo de selectividad.

Reexportación de Mercancías: Régimen que permite la salida del territorio aduanero, de mercancías extranjeras llegadas al país y no importadas definitivamente.

RUI: Recibo Único de ingreso

SISTRANS: Sistema Informático de Control de Tránsitos.

SATS (Sección de Asistencia Técnica de Sistemas): Unidad conformada por personal especializado para evacuar consultas y resolver problemas de pago electrónico, relacionado con los sistemas informáticos.

Teledespacho: Es el trámite de la Declaración de Mercancías ante la autoridad aduanera, de la información contenida en la misma, utilizando la vía electrónica y la tecnología de comunicación, a efecto de obtener la aplicación del régimen solicitado.

Tránsito Aduanero Internacional: El Régimen aduanero con arreglo al cual las mercancías son transportadas bajo el control aduanero desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación, en el curso de la cual se cruzan una o más fronteras.

Tránsito Aduanero Interno: Régimen aduanero de las mercancías, bajo control aduanero desde una aduana interna de inicio hasta otra aduana interna de destino.

4. RESPONSABILIDADES:

• Es responsabilidad del Jefe de la División de Operaciones, la aprobación del presente procedimiento y sus posteriores modificaciones.

• Es responsabilidad de los Coordinadores de Zonas, velar por el cumplimiento de los procedimientos y la normativa legal relacionada con las operaciones aduaneras; así como proponer mejoras que ayuden a mantener actualizado este documento.

• Es responsabilidad de los Administradores o Encargados de Aduanas, divulgar este procedimiento, cumplirlo y velar por su correcta aplicación; así como proponer mejoras que ayuden a mantener actualizado este documento.

• Es responsabilidad de los Contadores Vistas, Oficiales Aduaneros, Controladores de Medios de Transportes y Guardamuelle.

¾ Sugerir al Jefe inmediato cualquier mejora u observación al procedimiento. ¾ Cumplir lo dispuesto en este procedimiento

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noviembre de 1998

• Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), según Acuerdo Ejecutivo No. 606, de fecha 8 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial No. 128, Tomo No. 356 de fecha 11 de julio del mismo año.

• Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), aprobado por Acuerdo Ejecutivo No. 21, Diario Oficial No. 5, Tomo 358 de fecha 10 de enero de 2003. • Ley Especial para sancionar Infracciones Aduaneras y sus Reformas

• Ley de Simplificación Aduanera y sus Reformas, Norma Española UNE-EN-ISO 9001:2000, cláusula 7.5.1 “Control de la Producción y de la Prestación del Servicio”.

• Otras leyes, decretos, instructivos, circulares, directrices y disposiciones administrativas relacionados con las operaciones aduaneras vigentes a la fecha de autorización del presente procedimiento.

• Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre.

• Formulario de Declaración e Instructivo, según Acuerdo Ejecutivo 157 de fecha 23 de marzo de 2001.

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PASO

NO. RESPONSABLE ACCIÓN

A) INICIO DE TRANSITO

VERIFICACION DE LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE LA DTI O DMTI (POR EL USUARIO)

1 Oficial Aduanero

Recibe dos ejemplares de la Declaración de Mercancías para el Tránsito, impresas en papel bond blanco tamaño carta o DTI (copia celeste) adjuntando las Declaraciones de Mercancías, cuando corresponda y otra documentación requerida legalmente, confronta documentalmente, que todos los datos estén completos y en debida forma, tales como:

• Aduana de Partida

• Código de registro del medio de transporte cuando corresponda

• Placa del medio de transporte • N° de contenedor

• N° de Declaración de Mercancías cuando corresponda

• Cantidad de Bultos • Peso

Además deberán adjuntar los siguientes documentos • Manifiesto de Carga (no es indispensable) * • B/L o conocimiento de embarque, *

• Nota de Tarja

• Factura Comercial, *

• Recibo de Ingreso por compra de Marchamo *

• Permisos, certificados y demás autorizaciones o garantías exigibles en razón de su naturaleza y del régimen aduanero a que se destinen las mercancías. * fotocopia cuando corresponda

Nota: Los Tránsitos Internacionales no se autorizaran si el medio de transporte no se encuentra registrado.

2 Oficial Aduanero Si se detectan errores en los datos transmitidos por el usuario, antes del inicio este tiene la facultad de modificarlos en el sistema informático, previa autorización del Administrador de Aduanas.

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PASO

NO. RESPONSABLE ACCIÓN

3 Oficial Aduanero Ingresa al Sistema de Tránsitos, (SISTRANS) y procede a complementar la información siguiente: • Aduana de Destino,

• Número de Precinto: el marchamo asignado por la aduana.

• Observaciones, si las hubiera. • Plazo de tránsito:

- Hacia otra Aduana Interna y/o Delegaciones de Aduanas 12 horas.

- Hacia las Aduanas de frontera 18 horas. • Procede a INICIAR TRANSITO O DMTI

• Imprime dos viñetas con código de barras, las cuales se pegan al reverso de la DTI original y copia, en el campo correspondiente, anota nombre completo, firma y estampa sello personal sobre la viñeta del código de barras.

Nota: • En caso de no poder imprimir las viñetas, se completará manualmente la información de la aduana de partida, al reverso de la DTI ó DMTI, en el campo correspondiente, agregando además, en la casilla de observaciones de la aduana de partida, el código del tránsito.

• Siempre que sea carga consolidada el usuario deberá presentar manifiesto del consolidador o transportista y una DTI por cada país de destino, y deberá numerar en la esquina superior derecha todas las DTI’s del medio de transporte, utilizando la nomenclatura: 1/3, 2/3 y 3/3 que indicará en este ejemplo que existen tres DTI, se envían todos los tránsitos a la primera aduana de destino

• Deberá cumplirse con lo dispuesto en él articulo 8 del Reglamento sobre el Régimen Aduanero de Transito Internacional Terrestre; es decir anexar copia de las DM de exportación o reexportación según el caso, con sus documentos anexos por consignatario detallados en el manifiesto de carga 4 Oficial Aduanero Entrega documentos originales al usuario reteniendo

fotocopias de documentos adjuntos. Luego procede según lo establecido en el PRO-20.

5 Oficial Aduanero En el caso de las DTI no transmitidas electrónicamente por el usuario, capturará en el sistema de tránsitos(SISTRAN), la información de la DTI impresa, procediendo con los pasos del 1 al 3 de este apartado.

(8)

NO.

6 Oficial Aduanero Para el caso de las DMTI no transmitidas electrónicamente, recibe de parte del usuario los datos para elaboración de DMTI en formato DOP-GO-080 (Anexo 1) debidamente completado, captura los datos en el sistema, obteniendo dos copias impresas de la DMTI y procede con los pasos 3 y 4 de este apartado.

Nota: *Cuando se registran de los datos de la DTI o DMTI y éstas contengan más de cinco ítem, el Oficial Aduanero deberá ajustar el quinto ítem como si fuera el último y sumará en dicho ítem los pesos y valores de los restantes

*Cuando se detectan errores después del inicio, se aceptara carta de corrección a excepción de los datos de: peso, clasificación arancelaria, cantidad de bultos y valor de las mercancías, para lo cual deberá presentar una nueva DTI ó DMTI, solicitando a su vez la anulación del transito erróneo; Lo cual será autorizado por el Administrador de Aduanas

7 Encargado de Marchamos /Funcionario Autorizado

Se traslada al lugar donde se encuentra el medio de transporte y coloca él o los marchamos, confrontando con la DTI o DMTI autorizada.

8 Controlador de Medios de Transporte/ Funcionario

Autorizado

A la salida del medio de transporte del recinto de aduanas:

Solicita al usuario fotocopia de la DTI, la cual confronta contra los datos del medio de transporte como: placas, número de contendor, número de marchamo, código del transportista, nombre del motorista, si corresponden dichos datos permite la salida del medio de transporte, anotando los datos que corresponden en el formato DOP-GO-124 (Anexo 2), trasladando los documentos al archivo temporal de la aduana, de lo contrario retiene documentos a transportista y remite al Administrador de Aduanas para su respectiva corrección o sanción.

9 Controlador de Medios de Transporte/ Funcionario

Autorizado

Si al momento de revisar la documentación del medio de transporte, el plazo del tránsito está vencido o el tiempo restante es insuficiente para llegar a su destino, retiene documentos del transportista y remite al Administrador de Aduanas, quien procederá asignando un contador vista en el caso que se encuentre vencido para que elabore la discrepancia y proceda según PRO-56 (si no existiere justificación válida.

(9)

NO.

B) TRANSITOS CHEQUEO CONTROL ADUANERO

1 Controlador de Medios de Transporte/ Funcionario

Autorizado

Si por error del transportista llegasen tránsitos con destino a otra Aduana, se realizará lo siguiente: Al ingreso al recinto aduanero se procesará en el Sistema en la opción CHEQUEO CONTROL ADUANERO una verificación para certificar la llegada del medio de transporte, retiene documentación y envía al Administrador de Aduanas.

2 Administrador de Aduana Verifica y de existir infracción Aduanera, emite Auto de asignación al contador vista, con el objeto de elaborar la discrepancia respectiva si no hubieren causas justificadas por el arribo y procede según PRO-56

3 Oficial Aduanero / Funcionario Autorizado

Una vez cancelada la multa respectiva, se autoriza el reinicio del tránsito, luego imprimirá la viñeta y la estampará al frente de la DTI en la parte inferior izquierda o al reverso de la DMTI según corresponda y continua con el paso 8 literal “A”

C) FINALIZACION DE TRANSITOS

1 Controlador de Medios de transporte/ Funcionario

Autorizado

Recibe del transportista:

• El original y una copia de la DTI o DMTI

• Otros documentos legalmente exigibles que amparan el tránsito tales como: Manifiesto de Carga, Guía Aérea, Carta de Porte o BL

• El original de la DTI o DMTI quedará en poder de la Aduana. Anotando hora y fecha de llegada del medio de transporte, estampando nombre completo, firma y sello personal al frente de la DTI ó DMTI

2 Controlador de Medios de Transporte/

Funcionario Autorizado

Inspecciona el medio de transporte y coteja los siguientes datos del documento presentado:

• Aduana de Origen

• Aduana de Destino (verificar que el destino corresponda a la Aduana donde se está finalizando)

• Consignatario / Consolidador

Que el precinto (marchamo), número de contenedor o furgón y placa del medio de transporte, correspondan a lo establecido en la Declaración. 3 Controlador de medios de

transporte / Funcionario Autorizado

Ingresa al Sistema de Tránsitos (SISTRANS) a efecto de finalizar el tránsito por medio de las siguientes acciones:

(10)

NO.

• Selecciona la opción “FINALIZAR TRÁNSITO”, • Procede a finalizar tránsito.

• Anota datos solicitados en el formato DOP-GO-136 (Anexo 3)

• Una vez finalizado el tránsito en el sistema, se imprime y se coloca la viñeta de finalización en la casilla correspondiente en la DTI o DMTI colocando el nombre, firma y sello en la viñeta respectiva (este paso se hará en original y fotocopia, devolviendo la copia al transportista).Posteriormente, permite el ingreso del medio de transporte al recinto y traslada los documentos al archivo temporal.

4 Encargado de Archivo/ Funcionario Autorizado

Archiva documentos temporalmente, mientras se cumple lo establecido en el PRO-020.

D) CONTROL Y SEGUIMIENTO DE TRANSITOS

1 Administrador Consulta el SISTRANS antes de las diez de la mañana, con el objeto de verificar la existencia de tránsitos vencidos no finalizados.

2 Administrador Determina la existencia de tránsitos vencidos no finalizados, procede a obtener las justificaciones legales del caso. Si existen negligencias por parte del responsable o empleado de aduana, informa por medio de memorando a la Unidad de Control de Tránsitos, quedando a la espera de autorización para finalizar el tránsito mediante auto administrativo; Caso contrario, lo reporta a la Unidad de Control de Tránsitos, mediante el formato DOP-GO-153 (Anexo 4) por correo electrónico o vía fax.

3 Administrador Los tránsitos, importaciones o exportaciones de hidrocarburos (Combustible) que ingresaron, salieron o iniciaron de esa Aduanan el día anterior, informara en el transcurso de la mañana a la Unidad de Control de Tránsitos en DOP-GO-170 (ANEXO 5) Vía correo electrónico o por fax.

4 Administrador Remite las Infracciones del día anterior aplicadas según el Articulo 5 literal a) de la LESIA, así como los hechos de arribo forzosos por casos fortuitos o de fuerza mayor establecidos en el Instructivo 1-2005 en su literal 4.2 inciso segundo del día anterior, a la Unidad de Control de Tránsitos según DOP-GO-153 (Anexo 4), vía correo electrónico o por fax, durante la mañana.

(11)

NO.

5 Administrador Responde a requerimientos de la Unidad de Control de Tránsitos, en atención a lo dispuesto en la Normativa Aduanera, que exige las justificaciones en todo lo relativo a tránsitos.

6.2 IMPORTACION DE MERCANCÍAS

A) CORRECCION O RECTIFICACIÓN DE UNA DM O FAUCA

1 Oficial Aduanero Recibe del usuario solicitud de corrección a la DM que ha presentado y con previa autorización del Administrador de Aduanas procede a corregir de acuerdo a la solicitud, la cual anexara como parte de los documentos adjuntos del trámite.

2 Oficial Aduanero Si la corrección se solicita antes de efectuar el pago, procede a realizar las modificaciones y anota en la casilla 31 la leyenda DM CORREGIDA, solicitando al usuario que realice una nueva impresión. Archiva temporalmente solicitud de corrección.(continua con el paso 3)

En el caso que la DM ya haya sido cancelada, procede a la realizar las correcciones en el sistema, adjuntando solicitud de corrección a la DM dicha solicitud no requerirá de la autorización del administrador, continua con literal B) de la parte 6.2 3 Oficial Aduanero Recibe declaración cancelada por parte del usuario,

verificando los datos, si todo esta correcto, elimina la leyenda DM CORREGIDA de la casilla 31, para que pueda generarse la selectividad.

B

) RECEPCIÓN Y REGISTRO DE LA DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS 1 Oficial Aduanero Recibe del usuario:

ƒ Si es una Declaración de Oficio, presenta los documentos, para que le elaboren la Declaración. ƒ Si es Teledespacho, dos ejemplares originales

de la Declaración de Mercancías

ƒ Si es Autoliquidación, Declaración de Mercancías en formulario preimpreso y hojas adicionales si hubieran, debidamente pagada en las Instituciones Financieras Autorizadas por la DGT.

En ambos casos recibe los documentos adjuntos correspondientes y otros, según normativa aduanera

(12)

NO.

vigente.

2 Oficial Aduanero En caso que sea Declaración de Mercancías, firmado por un Agente de Aduana, Despachante o Apoderado Especial Aduanero, solicita carné otorgado por la DGRA para realizar trámites.

3 Oficial Aduanero Revisa que la Declaración de Mercancías y documentos adjuntos se presenten completos y en debida forma, conforme a la normativa vigente; tales como:

a) Que el declarante legitime su carácter de consignatario o propietario de la mercancía (verificando su nombre en el B/L ORIGINAL o verificando el endoso del mismo)

b) En el caso que los documentos presentados no sean originales (facturas) deberá cumplirse lo establecido en el Art. 84 del RECAUCA y disposiciones administrativas vigentes, excepto los permisos especiales de las entidades correspondientes: Cuarentena Agropecuaria, Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud, Consejo Superior de Salud Publica, Junta de Química y Farmacia, etc. En caso de Teledespacho, cuando esto proceda, deberá estar anotada en la casilla 50 la leyenda FACTURAS NO ORIGINALES.

c) Que presente el Sello, P.O.S. o Franqueo de las Instituciones Financieras, como comprobante de haberse pagado los derechos e impuestos correspondientes, si es pago electrónico, verifica en casilla No. 20 del sistema los códigos que correspondan

d) Se amparen mercancías de un solo Manifiesto de Carga y se refieran a un solo régimen autorizado. e) Que la Declaración de Mercancías, esté libre de

manchas, borrones, tachaduras, malas impresiones, copias ilegibles, enmendaduras o con daños a información o datos que afecten el adeudo, (cantidad de bultos, peso, valor y clasificación arancelaria).

f) En el caso de no admitir la Declaración, se elabora Hoja de Devolución de Documentos en original (formato DOP-GO-002, Anexo 6). En estos casos, colocará las siglas H. D. (Hoja de Devolución) en la casilla D. CONTROL DE LA ADUANA DE DESTINO de la Declaración de

(13)

NO.

Mercancías, siendo esta hoja parte de los documentos de soporte de la operación.

Nota: Si se trata del ultimo desprendimiento de una Declaración de Deposito, deberá verificarse que adjunta fotocopia de todos los desprendimientos. 4 Oficial Aduanero Accesa al sistema informático en la Aduana que le

corresponde y realiza lo siguiente:

Si es Declaración de Oficio, captura la información contenida en los documentos presentados en el sistema e imprime 2 ejemplares de la Declaración de Mercancía.

Si es Autoliquidación, digita en el sistema los datos contenidos en la Declaración de Mercancías.

Para Teledespacho, accesa a la Declaración registrada en el sistema, mediante la opción de Modificación de una Declaración Registrada, identifica la Declaración de Mercancías y coteja la concordancia entre la información en el sistema y documentos adjuntos, especialmente los datos siguientes: - Código de Aduana - Régimen - Número de Referencia - Consignatario - Divisa - Total Factura - Cantidad de bultos

- Liquidación de los Impuestos

Ccontinúa con el paso 1 del literal C

C) SELECTIVIDAD DE LA DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS

1 Oficial Aduanero Para cualquier tipo de Declaración de Mercancías: a) Genera la selectividad, la cual puede dar como resultado

los códigos:

• 01 Levante Automático (verde),

• 02 Verificación Documental (amarillo),

• 03 Revisión Física o Verificación Inmediata (rojo)

• 04 Revisión a Posteriori (azul);

b) Imprime 2 viñetas y las pega en la casilla C de aduana de salida.

(14)

NO.

c) En todos los casos, anotará nombre, firma y estampará sello personal sobre la viñeta.

Nota. En el caso de fallas en el sistema de impresión de viñetas se anotara manualmente la selectividad según el detalle siguiente:

- 01 LEVANTE AUTOMATICO (en caso de verificación a posteriori 04 aplica como 01) - 02 AFORO DOCUMENTAL

- 03 VERIFICACION INMEDIATA -

Para los casos de verificación inmediata deberá colocar en la casilla D (control de la Aduana de Destino) el código del contador vista asignado por el sistema, fecha, hora, firma y sello en la casilla respectiva y anota fecha, hora, firma y sello en la casilla respectiva.

D)

DEVOLUCION DE DOCUMENTOS POSTERIOR A LA SELECTIVIDAD

1 Oficial Aduanero a) Levante Automático (verde)

Para declaración de mercancías; solicita al tramitador que anote nombre, firma y código al reverso de la DM original, luego le entrega un ejemplar de la Declaración de Mercancías, copia del anexo A, sobrante de factura, complementaria, permisos (fito y zoosanitarios, CSSP, otros)

Archiva los documentos retenidos, utilizando para ello el formato DOP-GO-083 (Anexo 7).

Nota: Cuando la Declaración de Mercancías presente estampado el sello de INSPECCION FISICA o INSPECCION colocado por Cuarentena Agropecuaria o este solicitado por la División Antinarcóticos (DAN) de la Policía Nacional Civil, remitirá al Administrador de aduanas la Declaración de Mercancías y continúa con los pasos 2 y 3 del literal F

b) Aforo Documental (amarillo)

Efectúa la operación de redirigir la selectividad de amarillo a verde, completa formato DOP-GO-141, Anexo 8 “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” anotando en la casilla de observaciones la leyenda ANÁLISIS DOCUMENTAL y entrega al usuario copia de la Declaración de Mercancías, copia anexo A, sobrante de factura, DM complementaria permisos (fito y zoosanitarios, CSSP, otros) y

(15)

NO.

solicita al tramitador que anote nombre, firma y código al reverso de la DM original.

Nota: El original de estos documentos con sus anexos se remite al Archivo, mediante el formato DOP-GO-083. (Anexo 7).

c) Verificación Inmediata (rojo)

Verifica en la viñeta de selectividad el Contador Vista asignado por el sistema, completa formato DOP-GO-141 (Anexo 8) “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” y entrega documentos a Contador Vista quien firma de recibido en formato DOP-GO-083 (Anexo 7), para que continué con pasos del 1 al 13 del literal E

d) Revisión a posteriori (azul)

Procede de acuerdo al Levante Automático. D) VERIFICACIÓN INMEDIATA

1 Contador Vista Recibe Declaración de Mercancías y documentos adjuntos, verifica en el sistema de discrepancias a través de número de NIT del importador, las infracciones de dicho consignatario con el objeto de establecer la conducta del mismo, luego realiza la inspección documental y física de acuerdo a los Artículos 92, 97, 99 y 101 del RECAUCA

2 Contador Vista Completando la información requerida en la “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” formato DOP-GO-141 (Anexo 8). Si existe conformidad entre lo declarado y lo verificado, ingresa al sistema, redirige, realiza la liquidación, firma y estampa sello personal en la Declaración de Mercancías.

Nota: - De existir discrepancias, aplica lo establecido en PRO-056.

- En el caso de existir dudas respecto a la materia constitutiva de la mercancía, procede conforme a lo establecido en el PRO-008

3 Contador Vista Entrega al interesado un ejemplar de la Declaración de Mercancías solicitándole firma de recibido en el formato DOP-GO-095 (anexo 10)

Remite todos lo documentos al archivo particular a la espera de que se cumpla con lo establecido en el PRO-020.

Nota: En caso que sea necesario designar la Declaración de Mercancías o FAUCA a otro Contador Vista; procede

(16)

NO.

a realizar la Reasignación respectiva (Ref. Circular No. DEL-0206-2003), documentando esta actividad en el Formato DOP-GO-154 “Auto para Reasignación de Declaraciones de Mercancías a Contadores Vista”. (Anexo 9). Además registra la reasignación en el sistema informático cuando sea procedente.

F) INSPECCION FÍSICA CUARENTENARIA O DE LA DIVISIÓN DE ANTINARCÓTICOS DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL

1 Administrador Estampa sello de contingencia al reverso de la Declaración de Mercancías y anota nombre del Contador Vista debajo de éste y le remite la documentación.

2 Contador Vista Coordina la inspección física. Sin embargo, dicha inspección sólo será ejecutada por Cuarentena Agropecuaria o por la DAN.

3 Contador vista Entrega documentos al Inspector de Cuarentena o Agente de la DAN, para que efectúe la revisión de la mercancía (y medio de transporte si es por la DAN) y autorice los documentos, los cuales, después de la revisión le serán devueltos. Luego procede de acuerdo a lo establecido en el paso 3, literal E, parte 6.2

6.3 DESCARGAS DIRECTAS DE MERCANCÍAS EN LAS ADUANAS MARÍTIMAS

A) AUTORIZACIÓN DE DESCARGAS DE MERCANCÍAS EN CONTENEDORES

1 Oficial Aduanero (Guardamuelle)

Recibe Lista de Buques Anunciados y Programas de Trabajo y traslada al Administrador de Aduanas. 2 Oficial Aduanero

(Guardamuelle)

Recibe de las Compañías Navieras, mínimo 24 horas antes del arribo de los barcos, copias de Manifiesto de Carga y lo envía al Administrador de Aduanas. 3 Administrador de Aduanas Analiza lista de buques anunciados y programas de

trabajo para coordinar si es necesario, fechas, horarios y turnos de los servicios a prestar, anota firma y fecha, estampa sello en los referidos documentos

4 Oficial Aduanero (Guardamuelle)/

Administrador de Aduana

Se presenta al muelle a recibir el Barco y solicita al Capitán los documentos exigidos por la Legislación Aduanera vigentes, tales como:

ƒ Manifiesto de Carga,

ƒ Conocimiento de Embarque, ƒ Lista de tripulantes,

ƒ Lista de Suministros, ƒ Lista de Equipajes,

(17)

NO.

ƒ Puertos visitados, ƒ Memorando de viaje.

ƒ Otros que la normativa legal exija.

Nota: El Administrador de Aduana podrá acompañar selectivamente al Guardamuelle, con la finalidad de constatar el cumplimiento de la normativa legal. 5 Oficial Aduanero

(Guardamuelle)

Inspecciona el medio de transporte incluyendo el almacén de suministros selectivamente. En caso de detectar que existen en los compartimientos de la nave, mercancías susceptibles de desembarcarse clandestinamente, inmediatamente procede al cierre y sellado de los compartimientos.

6 Oficial Aduanero (Guardamuelle)

Autoriza el inicio de la descarga de los contenedores, colocando firma, sello y fecha en el manifiesto de carga.

7 Oficial Aduanero (Guardamuelle)

Verifica la Finalización de la descarga, luego firma y sella en representación del Administrador de Aduanas el documento de salida (Zarpe).

8 Oficial Aduanero (Guardamuelle)

Complementa formato DOP-GO-103 (Anexo 11): Informe de Tráfico Naval y Complementa Formulario de Estadística de Transporte Marítimo de la Dirección General de Estadísticas y Censo, lo traslada para firma del Administrador. Archiva el Informe de Tráfico Naval junto al (los) Manifiesto(s) de Carga.

9 Administrador de Aduana Recibe informe del Guardamuelle sobre contenedores que no están manifestados y que pretenden descargarse, esperando solicitud de la naviera para la presentación de un manifiesto adicional o las justificaciones correspondientes, a fin de permitir la descarga.

B) AUTORIZACIONES DE DESCARGA DIRECTA DE PRODUCTOS A GRANEL

1 Oficial Aduanero Recibe Solicitud de Autorización de Descarga de productos a granel, formato DOP-GO-054 (Anexo 12), debiendo adjuntar original y copia de la Declaración de Mercancías, y en caso de que se trate de petróleo o sus derivados deberá ser bajo el régimen de importación definitiva debidamente cancelada (en un 50% como mínimo, del valor CIF manifestado); además podrá presentar copias de Documento de Transporte, Factura y Manifiesto de Carga, excepto los permisos y visas para las importaciones cuando estos sean requeridos.

(18)

NO.

Si todo está conforme archiva temporalmente el original de la Declaración con los documentos adjuntos, hasta la finalización de la descarga de la mercancía. Continúa con paso 3 y paso 8

2 Oficial Aduanero Completa la Autorización de Descarga de Gráneles, formato DOP-GO-055 (Anexo 13) en original y una copia, en el cual se refleja el total de impuestos pendientes de pago y traslada la solicitud con todos los documentos anexos al Administrador de Aduanas.

3 Administrador de Aduana Verifica que los documentos presentados sean correctos, si todo está de conformidad, autoriza la Descarga de Gráneles estampa sello y firma personal, trasladando documentos al Oficial Aduanero.

4 Oficial Aduanero Numera la Autorización de Descarga de Gráneles y anota en el libro respectivo entrega copia de la Declaración de Mercancía y copia de la autorización al interesado para presentación al Guardamuelle. Archiva temporalmente documentos hasta la finalización de la descarga del producto.

Nota: Para el caso de empresas petroleras completa la 1ª parte del Cuadro Estadístico de Autorización de Descarga de Empresas Petroleras, DOP-GO-150 (Anexo 14)

5 Oficial Aduanero (Guardamuelle)

Recibe Lista de Buques Anunciados, Programas de Trabajo Autorizaciones de Descarga de Gráneles y copia de las Declaraciones Autorizadas por el Funcionario Aduanero. Continua con los pasos 2 al 7 de parte A

6 Administrador de Aduanas Recibe de Encargado de planta receptora de Gráneles, solicitud de medición de tanques en original y copia, la revisa y asigna a Oficial Aduanero (Guardamuelle) que realizará la medición, estampa sello y firma personal en ambas, trasladándole la solicitud original al Guardamuelle o funcionario autorizado, quien firma de recibido en la copia, la cual se archiva posteriormente.

7 Oficial Aduanero (Guardamuelle) / Funcionario Autorizado

Procede a la medición inicial de los tanques, verifica la descarga y al finalizar efectúa medición final, a fin de establecer la coincidencia entre lo manifestado y lo recibido, anotando en la solicitud los resultados de la verificación y archiva temporalmente la documentación.

(19)

NO.

8 Oficial Aduanero (Guardamuelle)

Recibe acta de recepción de mercancías, por parte del interesado, a mas tardar 24 horas después de la medición final comparándola con lo verificado, si es correcto, solicita firma y sello de los representantes que intervinieron en la descarga y procede seguidamente a firmarla, sellarla, solicitando al interesado la firma de recibido en la copia del Acta y le entrega el original.

Nota: *Al finalizar la descarga de los Gráneles Sólidos, CEPA emite la Nota de Tarja correspondiente con sus observaciones, si las hubiera, entregándola al interesado.

*En el caso de la Aduana Marítima la Unión, bastara con le acta de recepción de mercancías, por parte del interesado.

C) CANCELACIÓN DE AUTORIZACIONES DE DESCARGA Y DECLARACIONES DE MERCANCÍAS.

Recibe a mas tardar cinco días hábiles después de la finalización de la descarga,(pudiendo comprobarse dicho plazo por medio del documento de recepción de mercancía) la Declaración de Mercancía complementaria por el producto que representa el porcentaje de impuestos pendientes de liquidar, el original del Acta de Recepción y los documentos originales que acompañan la Declaración. Revisa que la documentación presentada se encuentre completa y en debida forma, ingresa al sistema informático y modifica la información de la Declaración de Mercancía inicial, conforme a los datos presentados en los documentos y procede según el apartado 6.2

Completa la 2ª Parte del Cuadro Estadístico de Autorización de Descarga (Anexo 14).DOP-GO-150 Nota: De no presentarse el documento de transporte

original (B/L) la declaración de mercancías quedara solo registrada y no podrán realizarse retiros de mercancías hasta la presentación de dicho documento.

2 Oficial Aduanero Para los gráneles sólidos amparados por una Declaración de Mercancía a Depósito, A Pago o Admisión Temporal, se obtienen del archivo temporal los documentos, y el interesado presenta la Tarja original y demás documentos originales que amparan la mercancía y procede según el apartado 6.2

(20)

NO.

Nota: En los casos de sobrantes que no excedan el 5% que la Ley especial establece, deberá presentar la Declaración de Mercancía complementaria debidamente cancelada.

Si existe faltante que no exceda el 5% establecido, deberá presentar sobrante de factura donde declarara la cantidad y el valor del faltante, la selectividad será Revisión Física obligatoria.

6.5 EXPORTACIÓN/ REEXPORTACION DE MERCANCÍAS

A) CORRECCION o RECTIFICACIÓN DE UNA DM

1 Administrador de Aduanas

En caso que el usuario solicite corrección y la Declaración de Mercancías aun no haya sido sometida al proceso selectivo aleatorio, examina solicitud, anota firma y estampa sello personal, trasladando a Oficial Aduanero

De lo contrario procede según lo dispuesto en el PRO-056.

2 Oficial Aduanero Si la corrección se solicita y la Declaración de Mercancías aun no haya sido sometida a la selectividad, corrige la DM y anota en la casilla 31 la leyenda DM CORREGIDA. Adjunta solicitud a la DM solicitando al usuario que realice una nueva impresión; Archivando temporalmente solicitud de corrección.

3 Oficial Aduanero Recibe dos ejemplares de la Declaración de Mercancías, los cuales en ambos casos tendrían que haberse transmitido previamente por la vía electrónica.

Incluye los documentos adjuntos correspondientes y otros (Por ejemplo: Anexo de Información Complementaria, Solicitud de corrección, si hubiesen, etc.), según normativa aduanera vigente al momento de su presentación.

4 Oficial Aduanero Revisa la Declaración de Mercancías o FAUCA y coteja con los documentos adjuntos. En caso que proceda la devolución de la Declaración o FAUCA se elabora Hoja de Devolución de Documentos formato DOP-GO-002 (Anexo 6) en original, colocando las siglas “H.D.” (Hoja de Devolución) según corresponda

- En la Declaración de Mercancías transmitida vía CENTREX en la casilla de observaciones,

- Para las Declaración de Mercancías por Teledespacho se anotaran en la casilla C.

(21)

NO.

ADUANA DE SALIDA,

5 Oficial Aduanero Ingresa al sistema informático mediante la opción de modificación de una Declaración Registrada, verifica la información del sistema con los documentos adjuntos y para el caso de declaraciones del CENTREX completa las casillas 8, 18, 19, 27, 30, 31, y 40.

6 Oficial Aduanero En caso que no se haya establecido la conexión CENTREX – ADUANA se realiza lo siguiente:

-

Registra en el sistema informático los datos

contenidos en la Declaración de Mercancías

y documentos anexos

7 Oficial Aduanero Anota fecha de aceptación, estampa sello y firma en la Declaración de Mercancías o FAUCA en las casillas correspondientes. En los demás documentos que la acompañan estampa sello personal (dos juegos uno para Aduana y otro por el interesado) Nota: En el caso que la Declaración de Mercancías (vía

CENTREX) no tenga estampado el número de registro, lo anota manualmente.

8 Oficial Aduanero Realiza la operación de liquidar en el Sistema el cual asigna el resultado de selectividad.

En el caso de la declaración del CENTREX la selectividad se anotará en la casilla 59. caso contrario en la casilla C. ADUANA DE SALIDA, de la Declaración de Mercancías con los códigos 01 (Levante Automático), 02 (Aforo Documental) ó 03 (Verificación Inmediata). En caso de Selectividad Revisión a Posteriori, se anota 01.

9 Oficial Aduanero Procede según el resultado de la selectividad, a la entrega de documentos:

a) Levante Automático (verde)

Para declaración de mercancías; solicita al tramitador que anote nombre, firma y código al reverso de la DM original, luego le entrega un ejemplar de la Declaración de Mercancías

b) Aforo Documental (amarillo)

Efectúa la operación de redirigir la selectividad de amarillo a verde, completa formato DOP-GO-141, Anexo 8 “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” anotando en la casilla de observaciones la leyenda ANÁLISIS

(22)

NO.

DOCUMENTAL y entrega al usuario copia de la Declaración de Mercancías y solicita al tramitador que anote nombre, firma y código al reverso de la DM original.

Nota: El original de estos documentos con sus anexos se remite al Archivo, mediante el formato DOP-GO-083. (Anexo 7).

c) Verificación Inmediata (rojo)

Verifica en la viñeta de selectividad el Contador Vista asignado por el sistema, completa formato DOP-GO-141 (Anexo 8) “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” y entrega documentos a Contador Vista quien firma de recibido en formato DOP-GO-083 (Anexo 7), para que continua con el paso 11

d) Revisión a posteriori (azul)

Procede de acuerdo al Levante Automático.

10 Administrador de Aduanas En caso que sea necesario designar la Declaración de Mercancías a otro Contador Vista; procede a realizar la Reasignación respectiva (Ref. Circular No. DEL-0206-2003), documentando esta actividad en el Formato DOP-GO-154 “Auto para Reasignación de Declaraciones de Mercancías a Contadores Vista”. (Anexo 5).

Además registra la Reasignación en el Sistema Informático.

11 Contador Vista Indica al usuario que prepare la mercancía para su verificación inmediata (aforo físico). Realiza la inspección de acuerdo a los Artículos 92, 97, 99 y 101 del RECAUCA.

Así mismo ingresa al sistema de discrepancias con el número de NIT del consignatario, con el objeto de establecer un criterio sobre la conducta tributaria del importador.

Nota: Si en el análisis documental, el Contador Vista considera que la inspección física no es necesaria, no la realizará siendo necesario dejar constancia en la bitácora de verificación inmediata con la leyenda en la casilla de observaciones INSPECCION DOCUMENTAL y continua con paso No. 13.

12

Contador Vista

Efectúa la Verificación Inmediata complementando la información de las casillas correspondientes a la Sección B del formato DOP-GO-141 (Anexo 8).

(23)

NO.

En caso de existir discrepancias, refiérase al PRO-056.

13

Contador Vista

Ingresa al sistema y efectúa el rerruteo y la liquidación, estampando firma y sello en la Declaración de Mercancías y traslada los documentos al Oficial Aduanero utilizando para ello el formato DOP-GO-095 (Anexo 10), obteniendo la firma de recibido correspondiente.

14 Contador Vista Entrega al usuario copia original de la Declaración de Mercancías. Solicitando firma de recibido en formato DOP-GO-095 ( Anexo 10 )

15 Contador Vista Completa la información en la Sección C del Formato DOP-GO-141 (Anexo 8). y Traslada documentación al Archivo

6.6 CONTROL Y VENTA DE MARCHAMOS OFICIALES

1 Administrador de Aduana Solicita a la Sección Almacén de Suministros la cantidad de marchamos a utilizar en la Aduana, mediante requisición mensual (la que se recibirá del 20 al 25 de cada mes), ó cuando sea necesario. 2 Administrador de Aduana/

funcionario Autorizado

Realiza el retiro de los marchamos en la Sección Almacén de Suministros y los entrega al Encargado de Marchamos.

3 Encargado de Marchamos / Funcionario Autorizado

Recibe, verifica la cantidad, numeración de los marchamos y anota en Formulario de Control de Marchamos DOP-GO-138 (Anexo 15), la cantidad y el rango de la numeración de marchamos recibidos, quedando bajo su control, anota nombre, firma y estampa sello en requisición de materiales dando como recibidos los marchamos.

Nota: Para el caso de los marchamos se utilizará una sola requisición de materiales al almacén.

4 Encargado de Marchamo/ Funcionario Autorizado

Recibe del usuario Solicitud de Compra de Marchamo, formato DOP-GO-106 (Anexo 16) y elabora Mandamiento de Pago, formato DOP-GO-107 (Anexo 17), anotando firma y estampa sello personal para su cancelación en Sistema Bancario o Colecturía

5 Encargado de Marchamo / Funcionario Autorizado

Recibe copia del mandamiento de pago y copia original verde del RUI, con el respectivo sello de cancelado; y completa las casillas correspondientes del Formulario de Control de Marchamos DOP-GO-138, (Anexo 15) Luego realiza el control de pago en

(24)

NO.

el sistema y entrega el o los marchamos respectivos al funcionario Autorizado para la colocación de estos. 6 Encargado de Marchamo Archiva solicitud de compra, mandamiento de pago

y recibo de ingreso en el archivo particular de la Aduana.

7 Encargado de Marchamo Elabora informe sobre el total de ventas efectuadas en el mes recién finalizado y lo remite al Administrador a mas tardar dos días hábiles después de finalizado cada mes.

8 Administrador de Aduana Remite a la Sección Almacén de Suministros informe de venta de marchamos en los primeros siete días hábiles después de finalizado cada mes, luego entrega al encargado de marchamos la copia del informe firmada de recibido por el almacén de suministros para que sea archivado.

NOTAS GENERALES:

♦ En caso de existir marchamos defectuosos se remitirá a la Sección de Almacén de Suministros de la D.G.R.A. para su respectiva sustitución.

♦ En caso de no poder imprimir las viñetas, se complementará manualmente la información, al reverso de la DTI ó DMTI, en el campo correspondiente. Agregando, en los inicios de transito en la casilla de observaciones de la aduana de partida, el número de registro del transito. ♦ Para la elaboración de este documento se tomaron como base los procedimientos operativos:

002 Edición 12, 004 Edición 14, 006 Edición 13, 025 Edición 06 y PRO-061 Edición 05

♦ En todos los casos procesados el Oficial Aduanero registrará la información solicitada en el Informe Diario de Operaciones del Oficial Aduanero, formato DOP-GO-083 (Anexo 7).

♦ En igual forma el Contador Vista registrará la información solicitada en el Resumen Diario de Operaciones del Contador Vista, formato DOP-GO-095 (Anexo 10)

♦ Durante el desarrollo del presente procedimiento será responsabilidad del Oficial Aduanero y Contador Vista o Funcionarios Autorizados, llenar los espacios que les correspondan en la Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata, formato DOP-GO-141 (Anexo 8), según lo establece el procedimiento.

Al finalizarse el proceso, este documento pasará a formar parte del expediente de la Declaración de Mercancías, según el caso, para efectos de control estadístico del tiempo de atención.

(25)

7. ANEXOS.

ANEXO 1: DOP-GO-080 “Datos para Elaboración de Transito Aduanero” ANEXO 2: DOP-GO-124 “Control de Salidas de Medios de Transporte” ANEXO 3: DOP-GO-136 “Control de Entrada de Medios de Transporte” ANEXO 4: DOP-GO-153 “Reporte Diario de Tránsitos”

ANEXO 5: DOP-GO-170 “Reporte de exportaciones, reexportaciones, importaciones, inicio y finalización de tránsitos sobre Hidrocarburos”

ANEXO 6: DOP-GO-002 “Hoja de Devolución de Documentos”

ANEXO 7 DOP-GO-083 “Informe diario de operaciones de Oficiales Aduaneros” ANEXO 8: DOP-GO-141 “Bitácora de verificación inmediata”

ANEXO 9: DOP-GO-154 “Auto de reasignación de Declaraciones de Mercancías a Contadores Vistas”

ANEXO 10: DOP-GO-095 “Resumen diario de las operaciones realizadas por el Contador Vista” ANEXO 11: DOP-GO-103 “Informe de Tráfico Naval”

ANEXO 12: DOP-GO-054 “Solicitud de Autorización de Descarga” ANEXO 13: DOP-GO-055 “Autorización de Descarga de Gráneles”

ANEXO 14: DOP-GO-150 “Cuadro Estadístico de Autorización de Descarga de Empresas Petroleras”

ANEXO 15: DOP-GO-138 “Formulario de Control de Marchamos” ANEXO 16: DOP-GO-106 “Solicitud de Compra de Marchamos”

(26)

Anexo 1 DOP-GO-080 Rev. 11/05/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISION DE OPERACIONES

DATOS PARA ELABORACIÓN DE TRANSITO ADUANERO

Nombre del Motorista Número de Licencia Clase de Vehículo

Número de Placa Cabezal o Camión Número de Furgón ó Contenedor Número de Placa Rastra

Número(s) de Marchamo(s) Aduana de Destino

Número de Declaración cuando corresponda

Cantidad total de Bultos Peso Total de Kg

Nombre y Firma del Agente Aduanal, Tramitador o Motorista, Consolidador

Numero de Registro de Transportista

(27)

DOP-GO-124

Rev. 02/06/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES

CONTROL DE SALIDAS DE MEDIOS DE TRANSPORTE FECHA_____________________________________

Número No. Nombre del Consignatario

O Destinatario Medio de transporte Impreso de DTI / ARIVU Declaración de Mercancías Fecha de salida Hora de salida No. de bodega Total de horas desde el ingreso hasta su despacho _______________________________________________________

(28)

DOP -GO-136

Rev. 11/05/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES

CONTROL DE ENTRADA DE MEDIOS DE TRANSPORTE N° Placa Número Fecha de Ingreso Hora de Ingreso

Cabezal Furgón DTI DM

Nombre del Motorista o Consignatario. No. de VIN Aduana de Ingreso al país. No. Registro SISTRANS/ ARIVU. (*) Cantidad de Bultos

(*) En el caso de Mercancías, se anotara el Registro generado por SISTRANS y para Vehículos Usados, anotara el ARIVU respectivo. _______________________________________________________

(29)

DOP-GO-153 Rev. 11/05/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES

REPORTE DIARIO DE TRANSITOS

ADUANA_________________________________________ FECHA:________________________ DOCUMENTO CODIGO ADUANA DE ORIGEN PLACA MEDIO TRANSP. NUMERO DE CONTENEDOR TRANSPORTISTA TIPODE MERCANCIA MULTA ($) CERTIFICA-CION DE PNC No. RESOLU-CION OBSERVACIONES NOMBRE Y FIRMA_________________________________________________________ ADMINISTRADOR O ENCARGADO DE DELEGACIÓN DE ADUANA

(30)

DOP-GO-170

Rev. 11/05/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISION DE OPERACIONES

REPORTE DE CONTROL DE INICIO Y FINALIZACION DE TRANSITOS SOBRE HIDROCARBUROS

ADUNANA QUE REPORTA:____________________________________________________ FECHA:________________

FECHA DE INGRESO CODIGO DE ADUANA PARTIDA CODIGO ADUANA DE SALIDAD/ DESTINO NO. REGISTRO IMPORT / EXPORT. TRANSITOS No. PLACA DEL MEDIO DE TRANSPORTE NOMBRE DEL IMPORTADOR NOMBRE DEL EXPORTADOR TIPO DE COMBUSTIBLE OBSERVACIONES NOMBRE Y FIRMA:____________________________________________________

(31)

DOP-GO-002 Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

HOJA DE DEVOLUCION DE DOCUMENTOS

ADUANA:

CONSIGNATARIO:

No. DE REGISTRO:

FECHA:

NOMBRE, FIRMA Y SELLO

OFICIAL ADUANERO

NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE LA HOJA DE DEVOLUCION

NOTA: SR. USUARIO NO OLVIDE ANEXAR ESTA HOJA CUANDO PRESENTE

NUEVAMENTE LA DOCUMENTACION.

(32)

Anexo 7

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DOP-GO-083

DIVISION DE OPERACIONES Rev.11/05/05

INFORME DIARIO DE OPERACIONES DE OFICIALES ADUANEROS

NOMBRE DE ADUANA O DELEGACION DE ADUANA:

NOMBRE DEL FUNCIONARIO: FECHA:

No. Declaraciones o FAUCAS IMPORT EXPORT Total Recibido por

de Destru dona Equipaje O1 O2 O3 O1 O2 O3 de Contador Vista

Documento Nombre de la Empresa

DM

TI / DTI

FIN TTO. ARIVU FIN A

R

IV

U

H.D

RECTIFIC.

ccion cion Reg. no Reg.

Previas

Operac. Firma Código

(33)

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES DOP-GO-141

Rev. 11/05/05 BITACORA DE VERIFICACIÓN INMEDIATA

ADUANA / DELEGACIÓN DE

ADUANA____________________________________________________

A. OFICIAL ADUANERO/ FUNCIONARIO AUTORIZADO:

___________________________________________________________Firma:____________________ _____

No. Declaración:____________________________________Fecha:__________ Hora:_______

Nombre del Importador / Exportador:____________________________________________________

Tipo de Operación: Importación de Mercancías [ ] Importación de Vehículo Usado [ ]

Exportación / Reexportación. [ ] FUTB [ ]

No. de ítems:_________

Entrega: Fecha:_________________________Hora:___________________

B. CONTADOR VISTA :_________________________________ Firma:_______________ Sello: Recibe: Fecha:___________________________________ Hora:___________

Presencia del Tramitador :Fecha:____________________ Hora:___________ Inicio de Inspección Física: Fecha:___________________ Hora:___________ Fin de Inspección Física: Fecha:_____________________ Hora:___________ Liquidación en Sistema: Fecha:______________________ Hora:___________

CORRESPONDE A LO DECLARADO CARACTERISTICA INSPECCIONADA SI NO OBSERVACIONES 1. Clasificación Arancelaria 2. Valores 3. Cuantía 4. Origen 5. VIN CORRECTO PORCENTAJE REVISADO:

Firma de Contador Vista:_____________________________________________ Sello:

C. OFICIAL ADUANERO / FUNCIONARIO AUTORIZADO:_____________________________ Firma:________________

Entrega de documentos: Fecha:________________________

Hora:__________

Observaciones:_________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________

(34)

DOP-GO-154

Rev. 11/05/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISION DE OPERACIONES

AUTO PARA REASIGNACION DE DECLARACIONES DE MERCANCIAS A CONTADORES VISTA

Administración de la

Aduana____________________________________________, a las ______

con ____________minutos del día _________________ de ______________

de dos mil ___________: Reasígnase la Declaración de Mercancías / FAUCA

No.__________, con número de referencia _____________, de fecha

______________ de _______________ de dos mil __________, a nombre

de_______________________________________________,

al Contador

Vlista __________________________________________, con

Login____________, para que proceda a realizar la Verificación Inmediata, la

cual había sido asignada originalmente al Contador Vista

________________________________________________________, con

Login _____________, quien no podrá efectuar dicha verificación por el motivo

siguiente:

________________________________________________________________

________________________________________________________________

________________________________________________________________

__________________

F __________________________ F ___________________

Administrador de Aduana

Contador Vista Reasignado

(35)

DOP-GO-095 Rev- 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISION DE OPERACIONES

RESUMEN DIARIO DE LAS OPERACIONES REALIZADAS POR EL CONTADOR VISTA

NOMBRE DE ADUANA/ DELEGACION DE ADUANA:_________________________________________

CONTADOR VISTA:________________________________ Saldo anterior de Declaraciones:________

Pendientes de liquidar:________________

Fecha:_________________

No. de Hora de Pendientes de Liquidar Total de Recibido por Oficial Aduanero

Document

o Recibido

Valoración Jurídico Laboratorio Discrepancia

Liquidar

Firma Hora

Cumple

con

las 24 horas

TOTAL

OBSERVACIONES:

En esta se detallan las operaciones que no están registradas en el sistema: N°. de Equipajes N°. de Vehículos N°. de Traslados No. de Clareos

_______

__

Declaraciones pendientes de

liquidar

Saldo (+) Recibidas

(-)

Liquidadas

al

Pendientes (=) Anterior en el día final del día de Liquidar

(36)

DOP-GO-103

Rev. 21/06/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

INFORME DE TRAFICO NAVAL

ESTADISTICA DE TRANSPORTE MARITIMO

NOMBRE DE LA NAVE ______________________________________________________________ NOMBRE DE LA COMPAÑÍA NAVIERA _________________________________________________ PABELLON CON QUE NAVEGA ______________________________________________________ NOMBRE DEL CAPITAN ____________________________________________________________ TONELAJE DEL VAPOR ______________________ NETO _____________ BRUTO____________ NUMERO DE TRIPULANTES _____________ RADA ______ DE__________ HASTA ___________ HORA DE ARRIBO _______________________ DE FECHA ________________________________ HORA DE ZARPE ________________________ DE FECHA ________________________________ SACOS DE CORRESPONDENCIA DESEMBARCADOS ___________________________________ SACOS DE CORRESPONDENCIA EMBARCADOS ______________________________________ BULTOS MANIFESTADOS __________________________________________________________ PESO EN KILOGRAMOS ____________________________________________________________ PUERTO DE ORIGEN ____________________ PAIS _____________________________________ PUERTO DE DESTINO __________________ PAIS ______________________________________ OBSERVACIONES : ________________________________________________________________ PUERTO DE ACAJUTLA, A LOS _______DIAS DEL MES DE _____________DEL AÑO_________

_________________________________________ NOMBRE, FIRMA Y SELLO

ADMINISTRADOR DE ADUANAS O FUNCIONARIO AUTORIZADO

(37)

DOP-GO-054

Rev. 21/06/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

SOLICITUD DE AUTORIZACION DE DESCARGA

Lugar y Fecha, ______________________________

Sr. Administrador de Aduana

Presente.

En atención al Articulo 88 del RECAUCA, relativos a la descarga directa de mercancías a

granel en los depósitos, solicito a usted, la emisión de la autorización de descarga

respectiva, de la mercadería descrita a continuación:

CONSIGNATARIO

:.___________________________________

PRODUCTO

: ____________________________________

CANTIDAD MANIFESTADA EN (KILOS): ____________________________________

PLANTA DE RECEPCIÓN

:

____________________________________

VAPOR

:

____________________________________

TOTAL DE IMPUESTO (DAI E IVA)

: $_____________________%_____________

VALOR CANCELADO

: $_____________________%_____________

VALOR PENDIENTE DE PAGO

: $_____________________%_____________

Atentamente,

________________________________

Representante Legal o Agente Aduanal

(38)

DOP-GO-055

Rev. 21/06/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

AUTORIZACION DE DESCARGA DE GRANELES

FECHA:_____________

NUMERO DE AUTORIZACIÓN:_______

NOMBRE:_______________________________________________

Sr. Guardamuelle y Departamento de Operaciones de CEPA

Presente.

DATOS DE MERCADERIA GARANTIZADA

• VAPOR: _________________________________ • CONOCIMIENTO DE EMBARQUE: _________________________________ • CANTIDAD MANIFESTADA (PESO): _________________________________ • PRODUCTO: _________________________________ • PLANTA DE RECEPCIÓN: _________________________________

IMPUESTOS

• IMPUESTOS TOTALES (DAI E IVA) : $___________________%______________ • IMPUESTOS CANCELADOS : $___________________%______________ • IMPUESTOS PENDIENTES DE PAGO : $___________________%______________ • IMPUESTOS LIBERADOS : $___________________%______________

________________________

ADMINISTRADOR DE ADUANA

NOTA: De conformidad con el Artc. 88 del RECAUCA, que establece la obligatoriedad de presentar a esta

Aduana dentro de los cinco días subsiguientes a la finalización de la descarga respectiva, la Declaración de Mercancías debidamente cancelada y los documentos originales.

(39)

Anexo 14 DOP-GO-150

Rev. 21/06/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

CUADRO ESTADÍSTICO DE AUTORIZACIÓN DE DESCARGA DE EMPRESAS PETROLERAS

ADUANA: _________________________________

EMPRESA: ________________________________

PRIMERA PARTE SEGUNDA PARTE

DESCARGAS ACTAS NUMERO FECHA No. DECLARAC. MERCANCIA $ 50%

CANCELADO NUMERO FECHA

FECHA D.M. DEFINITIVA $ 100% CANCELADO TOTAL CANCELADO

(40)

DOP-GO-138

Rev. 11/05/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES

FORMULARIO DE CONTROL DE MARCHAMOS

ADUANA O DELEGACIÓN DE ADUANA:_______________________________________________________________________________

Cantidad de Marchamos Recibidos:___________ Número de Requisición:_______________________

(1) Fecha

(2) Entrada del No. al No.

(3) Salida del No. al No. (4) Cantidad Vendida (5) Existencia del No. al No.

(6) Saldo (7) Empresa / Transportista (8) No. de Recibo de Ingreso (9) DM/DTI/ DMTI (10) Firma de Recibido

NOTA: *Para el caso de las Zonas Francas NO APLICA lo establecido en las columnas 9 y 10

*Para el caso de Aduanas de Frontera NO APLICA lo establecido en las columnas 8, 9 y 10

OBSERVACIONES:_____________________________________________

_____________________________________________________________ Nombre, firma y sello de Administrador Aduana o _____________________________________________________________ Encargado de Delegación de Aduana

(41)

DOP-GO-106 Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

Solicitud de Compra de Marchamos

Señor Administrador de Aduana _________________________ Presente

Yo, ___________________________________, Agente de Aduanas, Tramitador o Apoderado Especial con código _______; Motorista con Licencia de Conducir No. ___________________ , por este medio solicito a usted la venta de ______________ marchamo (s) que será (n) utilizado (s) en el camión placas No. ___________________ Furgón No. ______________Contenedor No. __________________ del transportista____________________________, teniendo como destino la Aduana o Delegación __________________________ amparado en:

DTI No. : __________________ DMTI No. : __________________ DM No. : __________________ FAUCA No.: __________________ OTRO No. : __________________ F) ___________________ F) _______________________

(42)

DOP-GO-107 Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONE

MANDAMIENTO DE PAGO PARA COMPRA DE MARCHAMOS

Aduana _________________________, ____ de ______________de ______________ Señor Colector de Tesorería

Señores Banco: ___________________ Presente.

Sírvase percibir la cantidad de

___________________________________________________,

Valor que corresponde a la venta de ______________marchamo(s) oficiales, numerados desde el ____________ al ____________.

Solicito extender el correspondiente recibo de ingreso a nombre de: ________________________________________________________________________

____________________________________ Administrador / Encargado de Delegación

De Aduana

Original: Colecturía Duplicado: Aduanas

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