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INDICE I. MEMORIA. 1. MEMORIA DESCRIPTIVA 1.1. Agentes

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INDICE

I. MEMORIA

1.

MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1.

Agentes

1.2.

Información previa

1.2.1. Antecedentes y condicionantes de partida

1.2.2.

Emplazamiento

1.2.3.

Entorno físico

1.2.4.

Normativa urbanística

1.3.

Descripción del proyecto

1.3.1. Descripción general de la actuación

1.3.1.1.

Estado actual

1.3.1.2. Programa de necesidades y Justificación de la solución adoptada

1.3.1.2.1 Breve descripción de las obras

1.3.1.2.2 Situación urbanística

1.3.2.

Seguridad y Salud

1.3.3. Plazo de Ejecución de las Obras

1.3.4. Declaración de obra completa

1.3.5. Clasificación de la empresa contratista

1.3.6 Revisión de precios

1.3.7

Plazo de Garantía

1.3.8 Cumplimiento del Código Técnico y otras Normativas

1.3.8.1. Cumplimiento del CTE

1.3.8.2. Cumplimiento de otras normativas específicas

1.3.8.3. Declaración de Circunstancias Urbanísticas

1.3.8.4. Justificación del cumplimiento del Decreto 72/1992 sobre

accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas

y en el transporte en Andalucía

1.3.9. Justificación de Precios

1.3.10. Cuadro de superficies

1.3.11.

Resumen Económico.

1.3.11.1. Coste por m² en ejecución material

1.3.11.2. Coste total de la ejecución material

1.3.12. Documentos del proyecto

1.3.13. Conclusión

2.

MEMORIA CONSTRUCTIVA

2.0. Demoliciones y actuaciones previas

2.1.

Alcantarillado

2.2.

Abastecimiento de agua

2.3. Preinstalación de alumbrado público

2.4.

Pavimentación

(3)

3.

CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO TÉCNICO

4.

ANEJOS A LA MEMORIA

4.1.

Estudio Básico de Seguridad y Salud

4.2.

Reportaje Fotográfico

4.3.

Plan de Control de Calidad

4.4.

Gestión de los Residuos

4.5.

Plan de Obra

4.6. Cálculos Hidráulicos e Hidrológicos

4.7. Gestiones Compañías Suministradoras

II. PLIEGO DE CONDICIONES

1.

PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN

1.1.

Condiciones facultativas

1.2.

Condiciones económicas/administrativas

1.3.

Instalaciones auxiliares y control de obra

1.4 Normativa

aplicable

2.

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE EJECUCIÓN Y

DE LOS MATERIALES

1.1. Origen, prescripciones y características de los materiales.

1.2.

Definición, control, medición y abono de las obras.

III. MEDICIONES Y PRESUPUESTO

IV. PLANOS

1.

SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

2.1

INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES. ELECTRICIDAD. FASE 2-3

2.2 INFRAESTRUCTURAS

EXISTENTES.

ABASTECIMIENTO DE AGUA. FASE 2-3

2.3

INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES. SANEAMIENTO. FASE 2-3

2.4

INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES. GAS. FASE 2-3

3.1 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS

.SANEAMIENTO. PLANO DE CUENCAS

3.2 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

SANEAMIENTO

.

PLANTA. FASE 2

3.3 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

SANEAMIENTO

.

PLANTA. FASE 3

3.4 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

SANEAMIENTO

.

PERFILES LONGITUDINALES.

4.1 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

PREINST. DE ABASTECIMIENTO. FASE 2

4.2 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

PREINST. DE ABASTECIMIENTO. FASE 3

4.1 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

PREINST. DE ALUMBRADO. FASE 2

4.2 INFRAESTRUCTURAS

PROPUESTAS.

PREINST. DE ALUMBRADO. FASE 3

5.1

INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS. ACABADOS. FASE 2

5.2

INFRAESTRUCTURAS PROPUESTAS. ACABADOS. FASE 3

6. SECCIONES

TIPO.

DETALLES.

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MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1 AGENTES

Promotor:

Excelentísimo Ayuntamiento de La Rambla. CIF: P 1405700-D Plaza de la Constitución, 1 C.P.14540, La Rambla (Córdoba) Telf. 957 682 700

Arquitectos redactores:

Andrés Molina Arteaga, CIF: 52485719-H

Colegiado nº 522 del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

Juan David Gómez Laguna, CIF: 44370556-Z

Colegiado nº 552 del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

Seguridad y salud:

Autores del estudio Básico:

Juan David Gómez Laguna, CIF: 44370556-Z

Colegiado nº 552 del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

Andrés Molina Arteaga, CIF: 52485719-H

Colegiado nº 522 del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

Coordinadores durante la elaboración del proyecto:

Andrés Molina Arteaga, CIF: 52485719-H

Colegiado nº 522 del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

Juan David Gómez Laguna, CIF: 44370556-Z

(5)

1.2. INFORMACIÓN PREVIA

1.2.1. Antecedentes y condicionantes de partida:

Al objeto de su inclusión en el Fondo Estatal de Inversión Local, en cumplimiento de lo ordenado por la Alcaldía del Ayuntamiento de La Rambla, se redacta la presente Memoria de las Obras de Alcantarillado de la calle La Redonda de La Rambla en Córdoba. Se trata de una obra de nueva planificación y ejecución inmediata.

De la documentación aportada por parte del promotor y tras realizar una visita de inspección se comprueba que la actuación se llevará a cabo sobre c/ La Redonda, en los tramos situados entre c/ Cruz Verde – c/ Carreteros (lo que desde el Ayto. de la Rambla ha venido en denominarse FASE 2) y c/ Carreteros – c/ Aguilar (que desde el Ayto. de la Rambla se ha denominado FASE 3). La intervención se realiza sobre viario público y ocupa, en planta, una superficie de de 2.762,48 m² según levantamiento realizado.

La vía descrita discurre por la zona sureste del municipio, prácticamente conectando las vías de comunicación con Montilla (al norte) y con Montalbán (al sur).

Sobre el viario descrito se llevará a cabo, siendo el objetivo principal, la intervención sobre el saneamiento, y, de manera secundaria, la preinstalación de alumbrado público, red de abastecimiento y ejecución de acerados y carril bici.

Según indicaciones del Ayto. de La Rambla, la intervención se centrará en la margen derecha de la vía (en sentido ascendente), o lo que es lo mismo, en el lateral oeste de la vía. Actuando de manera acentuada sobre los acerados, dado que la calzada no es de titularidad municipal.

Dado el carácter público de la intervención se atenderá de manera especial al cumplimiento de la normativa vigente de accesibilidad en espacios públicos.

La documentación del presente Proyecto de Alcantarillado, se redacta para establecer todos los datos descriptivos, urbanísticos y técnicos, con el fin de llevar a buen término la ejecución del objeto del proyecto, según las reglas de la buena construcción y la reglamentación aplicable.

En el presente proyecto no se ha podido verificar el cumplimiento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales.

1.2.2. Emplazamiento:

Tramos sitos entre las calles c/ Cruz Verde – c/ Carreteros y c/ Carreteros – c/ Aguilar de la c/ La Redonda de La Rambla (Córdoba).

1.2.3. Entorno físico:

La actuación se sitúa tanto sobre terrenos pertenecientes a viario público, discurriendo de norte a sur del municipio sobre su margen este, a modo de ronda urbana exterior.

Se prestará especial atención a los diversos servicios que puedan verse afectados: abastecimiento, gas, electricidad, etc. así como a la situación existente en la que diversas parcelas que tienen acceso desde c/ La Redonda, con más cota que la de la calle, han situado sus rampas de acceso, con fuertes desniveles, fuera de la parcela, lo que dificulta el desarrollo adecuado del acerado y el cumplimiento estricto de la actualmente vigente normativa de accesibilidad, si bien, se planteará que cada propietario asuma el desnivel existente dentro de su parcela, como es lógico por otra parte.

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MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA

1.2.4. Normativa urbanística:

Es de aplicación la Revisión de las NN.SS. de Planeamiento aprobadas definitivamente el 20 de Febrero de 1998.

El suelo sobre el que se levanta el edificio está clasificado como viario público.

Marco Normativo: Obligatoria Recomendada

Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo

Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación. Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Normativa Sectorial de aplicación en los trabajos de edificación. Código Técnico de la Edificación.

(Tiene carácter supletorio la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1.346/1976, de 9 de Abril, y sus reglamentos de desarrollo: Disciplina Urbanística, Planeamiento y Gestión).

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1.3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

1.3.1. Descripción general de la actuación

El objeto de la obra consiste, primero, en la sustitución de la red de saneamiento existente e instalación de una nueva red, dados los problemas actuales de la zona en relación a las aguas pluviales, y segundo, en la reurbanización completa de la calle La Redonda en su margen oeste (lateral derecho en sentido ascendente) por la necesidad de la renovación de los servicios básicos y el mal estado de la calzada y acerados.

Se dota a la calle de acerados de ancho mínimo 1,20 m. (según normativa de accesibilidad vigente), salvo en aquellos puntos que por imposibilidad geométrica, al no ser la calzada de titularidad pública, la acera tiene un menor ancho; también se dota de: vados para pasos de minusválidos en cruces cebreados, preinstalación de alumbrado (a petición del Ayto. de la Rambla), y conducción de abastecimiento de agua.

1.3.1.1. Estado Actual

La longitud total de la vía en la que se va a actuar es de unos 700,00 metros, no comprendiendo el total de la vía, sino los tramos sitos entre los cruces con c/ Cruz Verde – c/ Carreteros y c/ Carreteros – c/ Aguilar.

Por ser una urbanización antigua, su escasa anchura superior a 7 metros y el importante tráfico que soporta, presenta unos servicios urbanísticos en muy mal estado, por lo que, se proyecta el desmantelamiento y reposición del saneamiento, instalación de abastecimiento y preinstalación de alumbrado.

Los acerados están formados por baldosas hidráulicas de cemento en unos casos y en otros por simple solera de hormigón sin ningún tipo de tratamiento; los bordillos de piedra ó fabricados in situ de cemento, con múltiples roturas y hundimientos, lo que complica el tránsito peatonal, con el consiguiente riesgo que ello conlleva.

Además, las redes de alcantarillado y de abastecimiento de agua potable, son insuficientes por su reducida sección, siendo necesario aumentar la capacidad de transporte de las mismas, por lo que se prevé su ampliación.

1.3.1.2. Programa de necesidades y justificación de la solución adoptada

Las necesidades expuestas por el promotor son las siguientes:

ƒ Necesidad de solucionar los problemas de evacuación de aguas, fundamentalmente pluviales, existentes en la actualidad en la zona.

ƒ Necesidad de implantación de carril bici (de un solo sentido) en la localidad.

ƒ Preinstalación de red de alumbrado (inexistente en la margen derecha de la vía en sentido ascendente).

ƒ Instalación de abastecimiento de agua para renovar la red actualmente existente. ƒ Necesidad de liberar el paso de los viandantes de construcciones innecesarias. Ante las necesidades descritas se opta por acometer las siguientes actuaciones:

ƒ Sustitución del saneamiento existente, dados la ineficacia manifiesta del mismo en la actualidad, y reposición del mismo según memoria de cálculo adjunta.

ƒ Creación de carril bici a lo largo de toda la intervención (de un solo sentido). ƒ Preinstalación de red de alumbrado.

ƒ Instalación de red de abastecimiento de agua (complementando o sustituyendo la existente).

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MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA

1.3.1.2.1 Breve Descripción de las Obras

Se actuará por tramos de acerado, entre encuentros de calles. En primer lugar, se procederá al vallado perimetral y señalización de cada uno de los acerados, para proceder posteriormente a la demolición del acerado, y a la excavación por medios manuales (para evitar la rotura de las acometidas de agua potable) de la zanja que albergará la red de distribución de agua potable. Se colocará la canalización de polietileno de 80 mm. que irá recubierta completamente de arena de río, sin instalación (a petición del servicio técnico del Ayto. de La Rambla) de piezas especiales, valvulería, arquetas, y acometidas particulares, etc.

A continuación, se abrirá por medios mecánicos la zanja que albergará el colector de aguas residuales, se construirá dicha red conforme a lo proyectado y se realizarán las acometidas particulares de los inmuebles, debiendo los tramos de zanja abiertos cada día sean terminados al final de la jornada con el relleno compactado. La instalación se completará con los pozos de registro e imbornales necesarios.

Seguidamente, de la misma forma, se procederá con la canalización para las preinstalación de alumbrado.

Una vez completadas las instalaciones, se procederá al encintado de bordillos, hormigonado de soleras en aceras y carril bici, ejecución de sub-base y hormigonado de calzadas (sirviendo este hormigonado como solado tanto de acerados como del carril bici). El encintado de las aceras con bordillo achaflanado de 14 x 28 cm. prefabricado de hormigón, compactación del firme de los acerados para recibir a la solera de hormigón en masa asentada sobre lecho de arena compactada, disponiendo las correspondientes juntas de dilatación y limpieza del pavimento.

En los accesos a las viviendas e inmuebles se colocarán plataformas metálicas sólidas, para facilitar la entrada y salida de las mismas en condiciones adecuadas durante la obra.

El proceso se repetirá en cada uno de los tramos, que se subdivida la obra.

Las soluciones proyectadas para el remate de la calzada, acerado y resto de los servicios quedan detalladas en el presupuesto que se adjunta.

1.3.1.2.2 Situación urbanística

La obra propuesta se adecua a la normativa urbanística de aplicación, dado que de acuerdo con la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal del Ayuntamiento de La Rambla, actualmente vigentes, el suelo donde se desarrollarán las obras está clasificado como terreno de dominio público y titularidad municipal, por lo que las obras diseñadas y proyectadas en el presente Documento son urbanísticamente compatibles.

1.3.2. Seguridad y Salud

En el Real Decreto 1.627/1.997 de 24 de Octubre, se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. En dicho Real Decreto se establece la obligatoriedad de que, en la fase de redacción del proyecto se elabore un Estudio de Seguridad y Salud en los proyectos de obras en los que se dé alguno de los siguientes supuestos:

- El presupuesto de ejecución por contrata incluido en el proyecto sea igual o superior a 450.759,07 Euros (75 millones de pesetas).

- Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento más de 20 trabajadores simultáneamente.

- Que el volumen de mano de obra estimada sea superior a 500. - Las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas.

(9)

El presente proyecto define un conjunto de obras, cuyas características, en virtud del mencionado real decreto, no hacen necesaria la redacción de un Estudio de Seguridad y Salud, sino de Estudio Básico de Seguridad y Salud.

En el Estudio Básico de Seguridad y Salud se analizan los riesgos que comporta la ejecución de los trabajos contemplados en el presente proyecto, y se establecen las protecciones individuales y colectivas necesarias para la ejecución de los trabajos.

1.3.3. Plazo de ejecución de las obras

Los trabajos contemplados en el Presente Proyecto se desarrollarán en una sola fase, el plazo de ejecución previsto de ocho meses (8 meses), según aparece en el Anejo “Plan de Obra”, que recoge el programa indicativo de desarrollo de los trabajos, contados a partir de la firma del Acta de Replanteo.

1.3.4. Declaración de obra completa

El presente proyecto comprende una obra completa, cumpliéndose lo previsto en el artículo 125.1 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, que aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

1.3.5 Clasificación de la empresa contratista

Para las obras del presente proyecto se propone el procedimiento de ejecución por contrata. En función de las actuaciones y trabajos a acometer en el presente proyecto, así como de su presupuesto y plazo de ejecución, se propone la siguiente clasificación de empresa contratista y contrato de obras, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1.098/2.001, de 12 de Octubre):

Según el artículo 25 “Clasificación de empresas contratistas de obras”, para la ejecución del presente proyecto se propone la empresa contratista integrada en los siguientes Grupos y Subgrupos:

x Grupo E (Hidráulicas): subgrupo 1 (Abastecimiento y saneamientos)

x Grupo G (Viales y pistas): subgrupo 6 (Obras viales sin cualificación específica). x La categoría que debería poseer en función de la cuantía del contrato de obras es la C.

1.3.6 Revisión de precios

Según lo establecido en el Artículo 77 de la Ley 30/2007 de Contratos del Servicio Público, no procede en este caso la revisión de precios.

1.3.7 Plazo de garantía

El plazo de garantía será de un año (1 año) contado a partir de la fecha de la recepción de las obras, sin que por ello suponga extinción de la responsabilidad a que se refiere el Código Civil y Reglamento aplicables.

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MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA

1.3.8. Cumplimiento del Código Técnico y otras Normativas

1.3.8.1. Cumplimiento del CTE

Al tratarse de una obra de urbanización, la misma queda exenta del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, si bien no queda exenta del cumplimiento del resto de normativa actualmente vigente que le sea de aplicación.

1.3.8.2. Cumplimiento de otras normativas específicas

La presente actuación se rige, entre otras, por las Referencias Normativas que se detallan a continuación, y que han sido consideradas en la redacción del presente documento:

A. Contratación

- Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales.

- Ley de bases de contratos del Estado. Texto articulado –Decreto 923/1.965 de 8 de Abril de 1.965.

- Contratos del Estado. Pliego de Cláusulas Administrativas Generales (PCAG) para la Contratación de Obras. Decreto 3854/1970 del Ministerio de Obras Públicas de 31 de Diciembre de 1.970.

- Modificación parcial de la Ley de bases de contrato del Estado. Ley 5/973 de la Jefatura del Estado de 17 de Marzo de 1.973.

- Reglamento general de contratación del Estado. Decreto 3410/1975 del Ministerio de Hacienda de 25 de Noviembre de 1.975.

- Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. - Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 13/1995. - Real Decreto Legislativo 2/2000, del 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación.

B. Residuos

- Directiva 75/442/CEE relativa a residuos, transpuesta por el R.D. Ley 1163/1986 de 13 de junio, que modifica la Ley 42/1975 sobre Desechos y Residuos Sólidos Urbanos. - Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por le que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos tóxicos y Peligrosos.

- Orden de 13 de octubre de 1989, por la que se determinan los métodos de caracterización de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

- Directiva 91/156/CE, que modifica a la anterior, y que es traspuesta por la Ley 10/1998 de 21 de abril, que deroga expresamente la Ley 42/1975 y la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos, además de algunos artículos del Reglamento de ejecución de la Ley 20/1986.

- Resolución de 28-4-95. Dispone la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros del 17-2-95 por el que se aprueba el Plan Nacional de Residuos Peligrosos.

- Decreto 283/1995, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía

- Directiva 96/61/CE del Consejo de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (IPPC), y a la creación de un registro europeo de emisiones contaminantes.

- Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por la que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/86, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. - Ley 10/1998, de 21 de abril, básica de residuos.

- Decreto 134/1998 de 23 de junio por el que se aprueba el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Andalucía

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- Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de policlorobifenilos y policloroterfenilos y aparatos que los contengan.

- Decreto 218/1999, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director Territorial de Gestión de Residuos Urbanos de Andalucía.

- Directiva 1999/31/CE, relativa al vertido de residuos, que es traspuesta por el RD 1481/2001 de 27 de diciembre.

- Decreto 104/2000, de 21 de Marzo, por el que se regulan las autorizaciones Administrativas de las actividades de valorización y eliminación de residuos y la Gestión de residuos plásticos agrícolas.

- Resolución, de 14 de junio del 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se dispone la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros del 1 de junio del 2001, por la que se aprueba el Plan Nacional de Residuos de Construcción y Demolición 2001-2006 y posterior Corrección de errores.

- Resolución de 9 de abril de 2001 de la Secretaría General de Medio Ambiente, por el que se aprueba el Plan Nacional de Descontaminación y Eliminación de Policlorobifenilos (PCB), Policloroterfenilos (PCT) y Aparatos que los Contengan (2001-2010).

- Resolución de 25 de septiembre de 2001 de la Secretaría General de Medio Ambiente, por el que se aprueba el Plan Nacional de Vehículos al final de su vida útil (2001-2006).

- Resolución de 8 de octubre de 2001, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por el que se aprueba el Plan Nacional de Neumáticos Fuera de Uso, 2001-2006. - Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

- Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y Lista Europea de Residuos (LER).

- Corrección de errores de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y lista europea de residuos.

- Decisión del Consejo 2003/33/CE, por la que se establecen los criterios y procedimientos de admisión de residuos en los vertederos, con arreglo al artículo 6 y al anexo II de la Directiva 1999/31/CEE.

- "REAL DECRETO 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición".

C. Urbanismo

- Revisión de las NN.SS. de La Rambla.

D. Contaminación, actividades y territorio PROTECCIÓN AMBIENTAL EN GENERAL

- Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, que aprueba el reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

- R.D. legislativo 1302/1986, de 28 de junio de Evaluación de Impacto Ambiental. - R.D. 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del RD legislativo 1302/1986.

- Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del RD 1302/1986. - R.D. ley 9/2000, de 6 de octubre, de modificación de RD 1302/1986.

- Ley 7/1994, de 18 de mayo de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía y Decretos de desarrollo.

- Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

CONTAMINACIÓN DEL AIRE

- Ley 38/1972 de Protección del Ambiente Atmosférico. - Decreto 833/1975 que desarrolla la Ley 38/1972.

- Orden de 18 de octubre de 1976, sobre prevención y corrección de la contaminación atmosférica de origen industrial.

(12)

MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA - Decreto 74/1996, de 20 de febrero, de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el

Reglamento de Calidad del Aire.

CONTAMINACIÓN DE SUELOS

- Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por la que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. (Anexo 1).

RUIDO:

- Ley 37/ 2003, de 17 de noviembre, del ruido.

- Decreto 326/2003, de 25/11, de la Junta de Andalucía, Reglamento de Protección contra la contaminación Acústica.

- RD 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental.

ACTIVIDADES – COMERCIALIZACIÓN DE ÁRIDOS

- Directiva 89/106/CEE de 21 de diciembre de 1988 del Consejo, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros sobre productos de construcción.

- Real Decreto 1630/1992 sobre disposiciones para la libre circulación de los productos de la construcción y desarrollada por una serie de resoluciones del Ministerio de Ciencia y Tecnología - MICYT -, que transpone la Directiva anterior al ordenamiento jurídico español.

ACTIVIDADES – TRANSPORTES:

- Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes terrestres.

AGUAS

- Ley 29/1985, de 2 de agosto, de aguas.

- Real decreto 849/1986. de 11 de abril y posteriores modificaciones. Aprobación del reglamento del dominio público hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de aguas.

- Real Decreto 995/2000 de 2 de junio. Se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias y se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por le que se aprueba el texto refundido en la Ley de Aguas.

- Normas de emisión, objetivos de calidad y métodos de medición sobre vertidos de aguas residuales. Orden de 12.11.87, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE 23.11.87 BOE 18.03.88.

- Medidas de regulación y control de vertidos. RD 484/1995, de 07.04.95, del Mº de Obras Públicas Transportes y Mº Ambiente. BOE 21.04.95 BOE 13.05.95.

PATRIMONIO HISTÓRICO

- Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

E. Obras

- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. - Instrucción 5.2 IC Drenaje superficial.

- Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de Carreteras y Puentes (PG-3).

- Instrucción de hormigón estructural (EHE). R.D. 2661/1998 de 11 de diciembre de 1998, en vigor desde 1 de julio de 1999.

- N.T.E.: Normas Tecnológicas de la Edificación referenciadas (consulta).

- Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión e Instrucciones técnicas complementarias ITC BT. R.D. 842/2002, de 02.08.02, del Ministerio de Ciencia y Tecnología. BOE18.09.02. En vigor desde el 18.09.03. Deroga REBT D. 2413/1973 y sus ITC (MIE BT), modificaciones y desarrollo.

- Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales. RD 2267/2004, de 03.12.04 Mº de Industria, Turismo y Comercio. BOE 17.12.2004.

(13)

- Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. RD 1942/1993, de 05.11.93, del Mº de Industria y Energía. BOE 14.12.93.

- Clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y resistencia frente al fuego. (“Euroclases” de reacción y resistencia al fuego). RD 312/2005, de 18.03.05, del Mº de Presidencia. BOE 2.4.2005.

- Pliego de prescripciones técnicas generales para tuberías de abastecimiento de agua. Orden de 28.07.74, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE 03.10.74 BOE 30.10.74.

- Pliego de Prescripciones técnicas generales para tuberías de saneamiento de poblaciones. Orden de 15.09.86, del Mº de Obras Públicas y Urbanismo. BOE 24.09.86.

- RC-97. Instrucción para la recepción de Cementos.

- RB-90. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para la Recepción de Bloques de Hormigón en las Obras de Construcción.

- RL-88. Pliego General para la Recepción de Ladrillos Cerámicos en las Obras de Construcción.

- RY-85. Pliego General de Condiciones para la Recepción de Yesos y Escayolas. - Norma MV-201. Norma Básica de la Edificación sobre Muros Resistentes de Fábricas de Ladrillo.

- Real Decreto 1630/1980 de Presidencia del Gobierno. Fabricación y Empleo de Elementos Resistentes para Pisos y Cubiertas.

- Normas UNE aplicables - Normas CEI

- Normas DIN - Normas NLT

F. Seguridad y salud

- Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación.

- RD 1627/1997 de 24 de Octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, en el marco de la ley 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.

- Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Derogados Títulos I y III. Orden Ministerial de Trabajo de 9 de Enero de 1.971.

- Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995 de 08.11.95 de la Jefatura del Estado. BOE 10.11.95; BOE 31.12.98 - (Ley 50/1998); BOE 13.12.2003 - (Ley 54/2003)

- Reglamento de los servicios de prevención. R.D 39/1997 de 17.01.97 del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales BOE 31.01.97 y BOE 30.04.97.

- Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. RD. 1627/97 24.10.97 del M. de la Presidencia BOE 26.10.97

- Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización de los trabajadores de los equipos de trabajo. RD 1215/97 de 7.8.97 del M. de la Presidencia BOE 7.8.97 - Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. RD 485/97 de 14 .4.97 de M. de Trabajo y Asuntos Sociales. BOE 23.4.97

- Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. RD 486/97 de 14.4.97 M. de Trabajo y Asuntos Sociales BOE 23.4.97

- Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de carga que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. RD 487/1997 DE 14.04.97 del Mº de Trabajo y Asuntos Sociales BOE 23.04.97

equipos de protección individual. RD 773/1997 de 30.05.97 del Mº de la Presidencia BOE 12.06.97.

- Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. RD 1215/1997 de 18.07.97 del Mº de la Presidencia BOE 7.08.97.

- Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril. Ministerio de la Presidencia, BOE 104 de 1.5.01, BOE 129 de 30.5.01 y BOE 149 de 22.6.01.

(14)

MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA - Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos

derivados - que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. RD 1311/2005, de 04.01.2005, Ministerio de Trabajo y AA.SS, BOE 265 de 05.11.2005. - Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. RD 286/2006, de 10.03.2006, Ministerio de la Presidencia. BOE 60 de 11.03.2006, BOE 62 de 14.03.2006 y BOE 71 de 24.03.2006. - Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. RD 1942/1993, de 05.11.93, del Mº de Industria y Energía. BOE 14.12.93.

En general, cuantas prescripciones figuren en las Normas, Instrucciones o Reglamentos Oficiales, que guarden relación con las obras del presente proyecto, con sus instalaciones complementarias o con los trabajos necesarios para realizarlas.

En caso de discrepancia entre las normas anteriores, y salvo manifestación expresa en contrario en el presente proyecto, se entenderá que es válida la prescripción más restrictiva. Cuando en algunas disposiciones se haga referencia a otra que haya sido modificada o derogada, se entenderá que dicha modificación o derogación se extiende a aquella parte de la primera que haya quedado afectada.

Desde la entrada en vigor del Decreto 462/1971 de 11 de Marzo, y en cumplimiento de su artículo 1º. a). uno, en las redacciones de Proyectos y la ejecución de las obras de construcción deberán observarse las normas vigentes aplicables sobre construcción.

La relación de normativa recogida no es limitativa y no pretende ser completa. En el presente proyecto no se ha podido verificar el cumplimiento de aquellas normativas específicas de titularidad privada no accesibles por medio de los diarios oficiales.

Aguilar de la Frontera, Febrero 2.009 Los arquitectos:

Juan David Gómez Laguna Andrés Molina Arteaga

Colegiado nº 552 Colegiado nº 522

Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba

1.3.8.3. Declaración de Circunstancias Urbanísticas

Al tratarse de una obra de urbanización, sin ninguna ejecución de edificación, encargada por el propio Ayto. de La Rambla, queda exenta de la cumplimentación de la “Declaración de Circunstancias Urbanísticas”.

1.3.8.4. Justificación del cumplimiento del Decreto 72/1992 sobre

accesibilidad y eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en

el transporte en Andalucía

Al tratarse de una reurbanización de espacios preexistentes y quedando el ancho de las aceras limitado por el límite de la calzada de c/ La Redonda (siendo ésta de titularidad de la Junta de Andalucía y no de titularidad municipal) y las diversas líneas de parcela, no puede cumplirse en su totalidad el Decreto 72/1992 en lo relativo a anchos de aceras, pendientes, etc. fomentándose en este caso el “máximo” cumplimiento, dentro de lo posible, de las prescripciones de dicha norma.

(15)

ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS,

URBANÍSTICAS Y EN EL TRANSPORTE EN ANDALUCÍA

.

Decreto 72/1992, de 5 de Mayo, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía.

(Publicación del texto original en el BOJA n.º 44 de 23 de Mayo de 1992, y de una corrección de erratas en el BOJA n.º 50 de 6 de Junio de 1992. El Régimen Transitorio regulado en Decreto 133/1992, se publicó en el BOJA n.º 70 de 23 de Julio de 1992)

JUSTIFICACIÓN DEL

CUMPLIMIENTO DE

L A N O R

-M A

TÍTULO: Alcantarillado de c/ La Redonda en La Rambla (Córdoba)

UBICACIÓN: C/ La Redonda, La Rambla (Córdoba) ENCARGANTE: Ayuntamiento de La Rambla (Córdoba) TÉCNICOS/AS: Juan David Gómez Laguna

(16)

VIGENCIA ... 23 de Julio de 1992

RÉGIMEN TRANSITORIO

(Decreto 133/1922):

No será preceptiva la aplicación del Decreto a:

a) Obras en construcción y proyectos con licencia anterior al 23 de Julio de 1992. b) Proyectos aprobados por las Administraciones Públicas o visados por los Colegios

Profesionales antes del 23 de Julio de 1992, así como los que se presentaran para su aprobación o visado antes del 23 de Octubre de 1992.

c) Obras que se realicen conforme a los proyectos citados en el apartado b), siempre que la licencia se solicitara antes del 23 de Julio de 1993.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

a) Redacción y planeamiento urbanístico, o de las ordenanzas de uso

del suelo y edificación _____________________________________________ Redacción de proyectos de urbanización _________________________________

(rellenar Anexo I)

b) Obras de infraestructura y urbanización ________________________________ Mobiliario urbano __________________________________________________

(rellenar Anexo I)

c) Construcción, reforma o alteración de uso de:

Espacios y dependencias exteriores e interiores de utilización colectiva de los edificios, establecimientos e instalaciones (de propiedad privada) destinadas a un uso que implique concurrencia de público.

(Ver lista no exhaustiva en Notas) ____________________________________ Todas las áreas tanto exteriores como interiores de los edificios,

estable-cimientos e instalaciones de las Administraciones y Empresas públicas ____________

(rellenar Anexo II para interiores) (rellenar Anexo I para exteriores)

d) Construcción o reforma de:

Viviendas destinadas a personas con minusvalía (rellenar Anexo IV)_____________ Espacios exteriores, instalaciones, dotaciones y elementos de uso

comuni-tario correspondientes a viviendas, sean de promoción pública o privada ___________

(rellenar Anexo III para interiores)

(rellenar Anexo I para exteriores excepto los apartados indicados *) (rellenar Anexo II para instalaciones o dotaciones complementarias de uso comunitario, solo apartados indicados *)

e) Sistemas de transporte público colectivo y sus instalaciones

com-plementarias _____________________________________________________

(17)

1. Nueva Construcción _________________________________________________ 2. Reforma (ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo) _ 3. Cambio de uso _____________________________________________________

— En todos los casos se refiere la norma tanto a obras de nueva planta co-mo a las de reforma y cambio de uso. En los casos de reformas o cam-bios de uso la norma se aplica únicamente a los elementos o partes afec-tadas por la actuación.

— Por establecimiento se refiere la norma a los locales cerrados y cubiertos no destinados a vivienda, en el interior de los edificios. Por instalaciones se refiere a construcciones y dotaciones abiertas y descubiertas total o parcialmente destinadas a fines deportivos, recreativos, etc...

— En el Anexo de la norma se recogen los siguientes usos como de pública concurrencia: Administrativos, asistenciales, comerciales, culturales, de-portivos, docentes, espectáculos, garajes y aparcamientos, hoteleros, penitenciarios, recreativos, religiosos, residenciales, restaurantes, bares, cafeterías, sanitarios y transportes, así como cualquier otro de una natu-raleza. análoga a los anteriormente relacionados

(18)

1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.

NORMA PROYECTO

ITINERARIOS TRAZADO Y DISEÑO

PEATONALES — Ancho mínimo t 1,20 mts. CUMPLE

DE USO COMUNITARIO — Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) d12 %.

(tramos t 3 mts.) d 8 %.

CUMPLE CUMPLE

— Pendiente transversal d 2 %. CUMPLE

— Altura de bordillos d 14 cms., y rebajados en pasos de peatones y esquinas. CUMPLE PAVIMENTOS:

— Serán antideslizantes variando la textura y color en las esquinas y en cualquier obstácu-lo.

CUMPLE

— Los registros y los alcorques estarán en el mismo plano del nivel del pavi-mento.

CUMPLE

— Si los alcorques son de rejilla la anchura máxima de la malla será de 2 cms. CUMPLE VADO PARA PASO

VEHICULOS

— Pendiente longitudinal (tramos < 3 mts.) d 12 %.

(tramos t 3 mts.) d 8 %.

CUMPLE CUMPLE

— Pendiente transversal d 2 %. CUMPLE

— Se situará como mínimo uno en cada curva de calles o vías de circulación. CUMPLE VADO PARA PASO

PEATONES

— Las pendientes del plano inclinado entre dos niveles a comunicar:

Longitudinald 8 %. Transversal d 2 %. CUMPLE

— Anchura t 1,80 mts. CUMPLE

— Desnivel sin plano inclinado d 2 cms. CUMPLE * PASOS DE — Se salvarán los niveles con vados de las características anteriores. CUMPLE PEATONES — Dimensiones mínimas de las isletas para parada intermedia:

Anchurat 1,80 mts. Largot 1,20 mts.

--(No en zonas exteriores de viviendas)

— Prohibido salvarlos con escalones, debiendo completarse o sustituir-se por rampas, ascensores o tapices rodantes.

CUMPLE

ESCALERAS — Cualquier tramo de escaleras se complementará con una rampa.

--— Quedan prohibidos los desniveles que se salven con un único es-calón debiendo complementarse con una rampa.

--— Serán preferentemente de directriz recta o ligeramente curva.

--— Dimensiones Huella t 30 cms. (en escalones curvos se medirán a 40 cms.del borde interior) _______________________________

Contrahuellad 16 cms. _______________________________ Longitud libre peldaños t 1,20 mts. ______________________ Longitud descansillos t 1,20 mts. _______________________ --— Tramos d 16 peldaños.

--— No se admiten mesetas en ángulo, ni partidas, ni escaleras compensadas.

--— Pasamanos a altura t 90 cms. y d 95 cms.

--— Barandillas no escalables si hay ojo de escalera.

--— Huellas con material antideslizante.

(19)

--INFRAESTRUCTURA, URBANIZACIÓN Y MOBILIARIO URBANO

1.ª Elementos de Urbanización e Infraestructura.

NORMA PROYECTO

RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva.

--— Anchura libre t 1,20 mts.

--— Pavimento antideslizante.

--— Pendiente longitudinal (recorrido < 3 mts.) ______ d 12 %. (recorridot 3 mts.) _______ d 8 %. transversal ______________ d 2 %.

--— Pasamanos de altura entre 70 y 95 cms.

--— Barandillas no escalables si existe hueco. --* 1 ASEO DE LOS

OBLIGADOS POR

— Serán accesibles.

--NORMATIVA ESPECÍFICA

(No en zonas exteriores de viviendas)

— Al menos un lavabo y un inodoro estarán adaptados.

(Ver este apartado en el Anexo II Edificios de Pública Concurrencia)

--* APARCAMIENTOS — 1 Plaza cada 50 o fracción.

-(No en zonas exteriores — Situación próxima a los accesos peatonales.

-de viviendas) — Estarán señalizadas.

-— Dimensiones mínimas 5,00 x 3,60 mts.

-2.ª Mobiliario Urbano

NORMA PROYECTO MOBILIARIO

URBANO

— Los elementos verticales en la vía pública se colocarán:

a) En el tercio exterior a la acera si la anchura libre restante es t 90 cms. b) Junto al encuentro de la fachada con la acera si la anchura libre restante es < 90 cms.

CUMPLE CUMPLE

— La altura del borde inferior de elementos volados > 2,10 mts. CUMPLE

— No existirán obstáculos verticales en los pasos peatonales. CUMPLE

— Papeleras y teléfonos a altura d 1,20 mts.

-— Las obras que se realicen en las vías públicas se rodearán con vallas sólidamente instaladas y se señalizarán con balizas con luces rojas encendidas durante todo el día. Estas vallas estarán sólidamente

fi-jadas y separadas al menos 0,50 mts. de las obras. -— Donde haya asientos, al menos un 2 % tendrá estas características:

Altura = 50 cms. Anchurat 40 cms. Fondot 50 cms.

-— Altura de grifos y caños en bebederos 70 cms.

-— Altura de boca de buzones 90 cms.

(20)

li-EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA

CONCURREN-CIA

(Aplicable a zonas de uso colectivo en edificios privados y a todas las zonas en edificios públicos)

NORMA PROYECTO ESPACIOS

EXTERIORES

— Las zonas y elementos de urbanización de uso público situadas en los espacios exteriores de los edificios, establecimientos e instalacio-nes, cumplirán lo indicado en el apartado de Infraestructura y Urbani-zación.

(Rellenar Impreso de Infraestructura y Urbanización en Anexo I).

--— Comunicación entre exterior e interior del edificio, establecimiento o

instala-ción.

--— En el caso de edificio, establecimiento o instalación de las

Adminis-traciones y Empresas Públicas, la comunicación entre un acceso y la

totalidad de sus áreas o recintos.

--ACCESO DISTINTAS PLANTAS

— En el caso del resto de los edificios, establecimientos o instalaciones (de propiedad privada), la comunicación entre un acceso y las áreas

y dependencias de uso público.

--— El acceso al menos a un aseo adaptado. --— Con independencia de que existan escaleras, el acceso a las zonas

destinadas a uso y concurrencia pública, situadas en las distintas

plantas de los edificios, establecimientos e instalaciones y a todas

las áreas y recintos en los de las Administraciones y Empresas

Públicas, se realizará mediante ascensor, rampa o tapiz rodante.

--* ACCESO DESDE Desniveld 12 cms. Salvado con plano inclinado Pendiented 60 %

--EL EXTERIOR Anchot 0,80 mts.

--(Aplicable para inst. y dot.

co-munitarias de viv.) Desnivel > 12 cms. Salvado con rampa que se ajuste a la norma.

--* VESTIBULOS — Ø 1,50 mts.

--(Aplicable para inst. y dot.

co-munitarias de viv.) — Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles.

--* PASILLOS — Anchura libre t 1,20 mts.

--(Aplicable para inst. y dot.

co-munitarias de viv.) — Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o complementados por rampas accesibles.

--* HUECOS DE PASO — Anchura de puertas de entrada de t 0,80 mts.

--(Aplicable para inst. y dot.

co-munitarias de viv.) — Anchura de salidas de emergencia t 1,00 mts.

--— A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no

barrido por puertas t 1,20 mts.

--— Entre puertas dobles deberá existir un espacio libre de Ø 1,50 mts. -- — Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de

control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos

de paso alternativos accesibles.

--— Las puertas automáticas de cierre de corredera irán provistas de dispo-sitivos de apertura automáticos en caso de aprisionamiento.

Deben llevar una banda indicativa de color a una altura t 0,60 y d 1,20 mts. --— Las puertas abatibles de cierre automático deberán llevar zócalo

pro-tector de 0,40 mts. de altura y banda señalizadora horizontal a altura > 0,60 mts. y d 1,20 mts.

--— La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple. --

MOSTRADORES Y — Los mostradores tendrán un tramo t 0,80 mts. con altura t 0,70 mts. y d 0,80 mts.

--VENTANILLAS — Las ventanillas de atención al público tendrán una altura d 1,10 mts.

(21)

--EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA

CONCURREN-CIA

NORMA PROYECTO

* ESCALERAS — Directriz recta o ligeramente curva.

--(Aplicable para inst. y dot.

co-munitarias de viv.) — Longitud libre de peldaños t 1,20 mts.

--— Dimensiones de peldaños Huellat 29 cm.(En caso de esca-lones curvos se medirán a 40 cms.

de su borde interior)

--Contrahuellad 17 cm. --— No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras

compen-sadas.

--— Fondo de las mesetas Intermediast 1,20 mts. --De acceso t 1,20 mts. --— Distancia de la arista de peldaños a puertas t 25 cms.

--— Tramos d 16 peldaños.

--— Altura de pasamanos t 0,90 mts. y d 0,95 mts. --— Si hay ojo de escalera la barandilla no será escalable.

--RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva.

--— Anchura t 1,20 mts.

— Pavimento antideslizante.

— Pendiente longitudinal Tramos longitud < 3 mts. d 12 %. --Tramos longitud t 3 mts. d 8 %.

--— Pendiente transversal d 2 %.

--— Si hay hueco la barandilla no será escalable.

--ESCALERAS — Luz libre t 1,00 mts.

--MECÁNICAS — Velocidad d 0,50 mts./sg.

--— Número de peldaños enrasados a entrada y salida t 2,5 peldaños. --— Dispondrán de un ralentizador a la entrada y otro a la salida que

las detengan suavemente durante 5 segundos, realizándose igual la recuperación.

--TAPICES — Luz libre t 1,00 mts.

--RODANTES — Acuerdo con la horizontal en la entrada y salida t 1,50 mts. --— Los tapices inclinados cumplirán las condiciones específicas de

las rampas, excepto la de la luz libre que podrá ser t 1,00 mts.

--1 ASCENSOR — Puertas de recinto y cabina automáticas, y con indicador acústico. --

DE LOS OBLIGADOS — Anchura de puertas t 0,80 mts.

--POR LA NORMATIVA — Fondo de cabina t 1,20 mts.

--ESPECÍFICA — Ancho de cabina t 0,90 mts.

--— Pasamanos en cabina con altura t 0,80 mts. y d 0,90 mts. --— Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor

llegará a todas ellas.

(22)

--EDIFICIOS, ESTABLECIMIENTOS O INSTALACIONES DE PÚBLICA

CONCURREN-CIA

NORMA PROYECTO

MECANISMOS ELECTRÓNICOS

— Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento rotatorio.

--* 1 ASEO DE LOS — Espacio libre Ø 1,50 mts.

--OBLIGADOS POR LA — Un lavabo no tendrá obstáculos en su parte inferior.

--NORMATIVA — No es admisible la grifería de pomo redondo.

--ESPECÍFICA — Altura de accesorios y mecanismos t 0,80 mts. y d 1,20 mts. --— Altura borde inferior del espejo d 0,90 mts.

--(Aplicable para inst. y dot. comunitarias de las

vivien-das)

— Inodoro con espacio lateral libre de anchura t 0,70 mts. y dos barras abatibles de 0,50 mts. de longitud y 0,75 mts. de altura.

--1 VESTUARIO Y — Espacio libre de 1,50 mts. Ø.

--1 DUCHA DE LOS DE OBLIGADOS

POR LA NORMATIVA ESPECÍFICA

— Asiento adosado a la pared de: ____ Longitud 0,70 mts. _______ Anchura 0,45 mts. _______ Fondo 0,40 mts. ________ --— Altura repisas t 0,80 mts. y d 1,20 mts. --— Altura perchas t 1,20 mts. y d 1,40 mts. --— Se dispondrán barras metálicas horizontales a 0,75 mts. de altura.

(En vestuarios y duchas)

--— Dimensiones mínimas del Largo t 1,80 mts. _______

recinto destinado a ducha Ancho t 1,20 mts.

--— Las puertas de acceso abrirán hacia afuera o serán de vaivén.

--ESPACIOS RESER-VADOS

(En Aulas, Salas de Reunio-nes, Locales de

Espectácu-los y Análogos)

— Reservas señalizadas obligatorias:

Hasta 5.000 personas ____________ t 2.00 % _____ De 5.000 a 20.000 personas _______ t 1,00 % _____ Más de 20.000 personas _________ t 0,50 % _____ --— Condiciones de los espacios reservados, que estarán señalizados:

— Con asientos en graderío:

- Se situarán próximas a los accesos

plazas para usuarios de sillas de ruedas _____ - Se destinarán otras adecuadas a personas con

déficit visuales y auditivos ubicadas donde se re-duzcan estas dificultades _________________ — Con asientos no dispuestos en graderío:

- Se dispondrán espacios para los usuarios de sillas de ruedas junto al pasillo, teniendo los pasillos una anchura t 1,20 mts. _________________

--APARCAMIENTOS — Se reservará una plaza cada 50 plazas o fracción. --— Se ubicarán próximas a los accesos peatonales.

(23)

--EDIFICIOS DE VIVIENDAS

(Aplicable a zonas de uso comunitario: elementos comunes)

NORMA PROYECTO

EXPACIOS EXTERIORES

— Las zonas y elementos de urbanización de uso comunitario situa-das en los espacios exteriores de las edificaciones de viviensitua-das se ajustarán a lo indicado específicamente para este caso en el aparta-do de Infraestructura y Urbanización. (Rellenar impreso de

Infraes-tructura y Urbanización en Anexo I, salvo apartados excluidos)

--INSTALACIONES Y DOTACIONES COMUNITARIAS COMPLEMENTARIAS

— El acceso desde el exterior e interior, los vestíbulos, pasillos, hue-cos de paso, escaleras y mecanismos eléctrihue-cos se ajustarán a lo establecido en los correspondientes apartados de la normativa. (Rellenar apartados específicos del impreso de Edificios de uso público en Anexo

II).

--ITINERARIOS PRAC-TICABLES

— Comunicación entre el exterior y el interior.

(Para contestar afirmativa-mente a estos apartados hay que cumplir la normativa

— Comunicación entre zonas comunes y viviendas.

--exigida en todos las

aparta-dos siguientes) — Si hay ascensor obligatorio, 1 acceso hasta el ascensor. --ACCESO DESDE EL

ESPACIO EXTERIOR Desniveld 12 cms. Salvado con plano

inclina-do

Pendiented 60 %.

--Anchot 0,80 mts. --Desnivel > 12 cms. Salvado con rampa que se ajuste a la norma. --

VESTIBULOS — Ø 1,50 mts.

--— Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones,

debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles.

--PASILLOS — Anchura libre t 1,20 mts.

--— Prohibidos desniveles salvados únicamente con escalones, debiendo ser sustituidos o completados por rampas accesibles.

--HUECOS — Anchura de puertas de entrada de t 0,80 mts.

--DE PASO — Anchura de salidas de emergencia t 1,00 mts.

--— A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal no

barrido por puertas t 1,20 mts.

--— Entre puertas dobles deberá existir un espacio libre de Ø 1,50 mts. --— Si hay torniquetes, barreras, puertas giratorias u otros elementos de

control de entrada que obstaculicen el paso, se dispondrán huecos

de paso alternativos accesibles.

--— Las puertas automáticas de cierre de corredera irán provistas de dis-positivos de apertura automáticos en caso de aprisionamiento. Deben llevar una banda indicativa de color a una altura t 0,60 y d

1,20 mts.

--— Las puertas abatibles de cierre automático deberán llevar un

meca-nismo de minoración de velocidad.

--— Las puertas de cristal deberán ser de vidrio de seguridad con un zócalo protector de 0,40 mts. de altura y banda señalizadora

horizon-tal a altura t 0,60 mts. y d 1,20 mts. --— La apertura de las salidas de emergencia será por presión simple. --

(24)

EDIFICIOS DE VIVIENDAS

NORMA PROYECTO

ESCALERAS — Directriz recta o ligeramente curva.

--— Longitud libre de peldaños t 1,00 mts. --— Dimensiones de peldaños

Huellat 27 cms. (En caso de escaleras curvas se medirán a

40 cms. de su borde interior) --Contrahuellad 18,5 cms. --— No se admiten mesetas partidas, ni en ángulo, ni escaleras

com-pensadas.

--— Fondo de las mesetas Intermediast 1,00 mts. --De acceso a viviendas t 1,20 mts. --— Distancia de la arista de peldaños a puertas t 25 cms.

--— Tramos d 16 peldaños.

--— Altura de pasamanos t 0,90 mts. y d 0,95 mts. --— Si hay ojo de escalera la barandilla no será escalable.

--RAMPAS — Directriz recta o ligeramente curva.

--— Anchura t 1,20 mts.

--— Pavimento antideslizante.

--— Pendiente longitudinal Tramos longitud < 3 mts. d 12 %. --Tramos longitud t 3 mts. d 8 %.

--— Pendiente transversal d 2 %.

--— Si hay hueco la barandilla no será escalable.

--1 ASCENSOR DE LOS — Puertas de recinto y cabina automáticas y con indicador acústico. --

EXIGIDOS POR LA — Anchura de puertas t 0,80 mts.

--NORMATIVA — Fondo de cabina t 1,20 mts.

--ESPECÍFICA — Ancho de cabina t 0,90 mts.

--(Planeamiento Municipal.

Normativa V.P.O. en su caso. — Pasamanos en cabina con altura t 0,80 mts. y d 0,90 mts. --Normalmente son obligatorios

para >PB+3) — Cuando existan aparcamientos en plantas de sótano, el ascensor llegará a todas ellas. --MECANISMOS

ELÉCTRICOS

— Serán fácilmente manejables. Prohibidos los de accionamiento

(25)

--VIVIENDAS PARA MINUSVÁLIDOS USUARIOS DE SILLAS DE RUEDAS

NORMA PROYECTO

PREVISIÓN — En los proyectos de V.P.O. y de cualquier otro carácter que se

construyan, promuevan o subvencionen por las Administra-ciones Públicas y demás entidades dependientes o vinculadas al

sector público, se reservará un mínimo del 3 % del total de las vi-viendas para personas con minusvalías usuarias de sillas de rue-das.

N.º total de viviendas Viviendas minusválidos De 0 a 33 ________________________________ 0 De 34 a 66 ________________________________ 1 De 67 a 99 ________________________________ 2 De 100 a 133 ________________________________ 3 (etc.).

--PUERTAS — Anchura de puerta de acceso a vivienda t 0,80 mts.

--— Anchura de puerta de acceso a estancia principal t 0,80 mts. --— Anchura de resto de puertas t 0,70 mts. --— Todas las puertas deberán poder abrirse y maniobrarse con una sola

mano.

--— En los cuartos de baño abrirán hacia fuera o serán correderas.

--PASILLOS — Anchura: ____ En línea recta _________________ t 0,90 mts.

En cambios de dirección _____________________ t 1,00 mts. Enfrente a las puertas que no son perpendiculares al sentido del avance ___________________________________ t 1,00 mts.

--RECIBIDOR — Espacio libre Ø 1,20 mts.

--COCINA — Frente a puerta, libre Ø 1,20 mts.

--— Frente a fregadero, libre Ø 1,20 mts.

(Se admite considerar hueco el espacio inferior)

--— Distancia libre de paso entre mobiliario t 0,70 mts. --— Si lleva equipamiento, estará adaptado para minusválidos.

--1 DORMITORIO — Espacio frente a puerta de acceso y junto a un lado de la cama Ø 1,20 mts.

--Y LA ESTANCIA — Distancia libre entre mobiliario t 0,70 mts.

--1 CUARTO — Espacio libre Ø 1,20 mts.

--DE BAÑO — Espacio libre frente al lavabo t 0,70 mts.

--— Espacio libre lateralmente a la bañera, ducha e inodoro t 0,70 mts. (Podrá prescindirse del bidé)

--— La cisterna debe llevar un sistema de descarga permitiendo el uso

por personas con dificultad motora en miembros superiores.

--— La grifería será fácilmente manipulable, no permitiéndose la de pomo

redondo.

--— Los mecanismos eléctricos se dispondrán a alturas entre 0,80 mts. y

1,20 mts.

--— Si lleva equipamiento, estará adaptado para minusválidos.

(26)

--DECLARACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE INCIDEN EN EL EXPEDIENTE

Se cumplen todas las disposiciones de la Norma.

No se cumple alguna prescripción específica de la Norma debido a las condiciones físicas del te-rreno, que imposibilitan su cumplimiento, justificándose en el proyecto.

Por actuarse en edificio declarado B.I.C. o con expediente incoado, o estar incluido en el Catálogo Municipal se sujeta al régimen previsto en la ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y en la ley 1/1991 del Patrimonio Histórico de Andalucía.

LOS TÉCNICOS, fecha y firma:

Aguilar de La Frontera, Febrero 2009 Juan David Gómez Laguna Andrés Molina arteaga

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1.3.9. Justificación de Precios

Se han utilizado los precios de las Bases de Precios CENTRO 2007 y PREOC 2007.

Aquellos precios que no aparecían como tales en dichas tarifas, se han creado tomando como base, los precios elementales de éstas, para crear los precios descompuestos, o bien, cuando estos no existen se han creado los nuevos precios elementales.

Los nuevos precios han sido creados utilizando precios simples de las Bases de Precios CENTRO 2007 y PREOC 2007.

1.3.10. Cuadro de superficies

SUPERFICIE TOTAL MODIFICACIÓN ALCANTARILLADO 2.762,48 m²

SUPERFICIES POR USO

ACERADO 1717,73 m²

CARRIL BICI 927,92 m²

CALZADA 116,83 m²

TOTAL 2.762,48 m²

1.3.11. Resumen Económico.

1.3.11.1. Coste por m² en ejecución material

Modificación alcantarillado___________________________________________ 118,01 €/m²

1.3.11.2. Coste total de la ejecución material

Total PEM______________PEM = 118,01 €/m² x 2.762,48 m²_____________325.992,46 €

13,00% Gastos Generales……...…..42.379,02 € 6,00% Beneficio industrial….…………..19.559,55 €

SUMA DE G.G. y B.I.______________61938,57 € 16,00 % I.V.A. ___________________62.068,96 €

PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA_______________________449.999,99 €

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MEMORIA MEMORIA DESCRIPTIVA El Presupuesto de Ejecución Material de la Obra asciende a la cantidad de TRESCIENTOS

VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS DE EURO (325.992,46 €).

El Presupuesto de Ejecución por contrata asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE EURO (449.999,99 €).

1.3.12. Documentos del proyecto

El presente proyecto está formado por los siguientes documentos: - Documento Nº1: MEMORIA

- Documento Nº2: PLIEGO

- Documento Nº3: PRESUPUESTO

3.1. MEDICIONES

3.2. PRESUPUESTO Y MEDICIONES

3.3. RESUMEN GENERAL DEL PRESUPUESTO

- Documento Nº4: PLANOS

1.3.13. Conclusión

Por todo lo expuesto, estimando haber cumplido el encargo recibido por el promotor y justificada la redacción del presente proyecto, que constituye un documento completo y válido para la ejecución de las obras que en él se detallan, dándose por finalizado el mismo, quedando en todo caso a disposición de la Propiedad para su aprobación y posterior ejecución, logrando así la finalidad propuesta.

Aguilar de la Frontera, Febrero 2.009 Los arquitectos:

Juan David Gómez Laguna Andrés Molina Arteaga

Colegiado nº 552 Colegiado nº 522

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2. MEMORIA CONSTRUCTIVA

2.0. DEMOLICIONES Y ACTUACIONES PREVIAS

Previamente a la ejecución del resto de las obras se llevarán a cabo las operaciones de demolición definidas en los planos correspondientes, concretamente, la demolición manual de los muros preexistentes que en la actualidad invaden el acerado y el levantado por medios mecánicos del firme preexistente, incluyendo en ambas operaciones el transporte de escombros a vertedero procedentes de excavación según normativa actualmente vigente. Asimismo, se ejecutarán las operaciones de retirada, por un lado, de mobiliario urbano que pueda existir y, por otro, señalización vertical. Así como se interrumpirán parcial y momentáneamente aquellos servicios urbanísticos necesarios para la ejecución de las obras.

2.1. ALCANTARILLADO

Previamente a la ejecución del nuevo alcantarillado se procederá a la excavación en zanja del terreno necesario para llegar a la cota de colocación de los tubos y pozos, ejecutando las entibaciones que la dirección facultativa estime necesaria en aquellas zonas donde la profundidad de maniobra sea superior a los 1,50 m, así como se procederá a la demolición, mediante martillo compresor, de los pozos de saneamiento enterrado preexistentes. Los tubos a colocar serán de tuberías corrugadas de PVC SN8 (o similar en características y prestaciones), optándose por esta opción dada la alta capacidad del material de mantener una rigidez considerable incluso a 50 años (4 kN/m²), las fabricadas mediante poliolefinas (polietileno y polipropileno), sufren una pérdida de rigidez muy importante, siendo su valor inferior a los 4 kN/m², cuando la rigidez exigida por el Pliego de Condiciones Técnicas para Tuberías de Saneamiento del MOPU (1986) y de la Norma UNE-1401 para tuberías enterradas ha de ser como mínimo de 3,9 kN/m². Los pozos de registro de 110 cm. de diámetro interior serán de fábrica de ladrillo perforado tosco de 1 pie de espesor, recibido con mortero de cemento M-5, colocado sobre solera de hormigón HA-25/P/40/ de 20 cm. de espesor, ligeramente armada con mallazo; enfoscado y bruñido por el interior, con mortero de cemento y arena de río, M-15, incluso recibido de pates, formación de canal en el fondo del pozo y de brocal asimétrico en la coronación, cerco y tapa de fundición tipo calzada. Los pozos de resalto serán circulares de diámetro interior según plano, construidos con fábrica de ladrillo perforado tosco de 1 pie de espesor, recibido con mortero de cemento M-5, colocado sobre solera de hormigón HA-25/P/40/I, ligeramente armada con mallazo; enfoscado y bruñido por el interior, con mortero de cemento y arena de río con tubo de PVC corrugado de 315 mm. de diámetro para descarga a pie de pozo y pates de polipropileno, empotrados cada 30 cm., ejecutado según esquema de diseño de NTE-ISA 16. Asimismo se ejecutarán las diversas acometidas domiciliarias mediante tubo de PVC. Finalmente se procederá al relleno de zanjas con material procedente de la excavación incluso compactación 95% P.M.

2.2. ABASTECIMIENTO DE AGUA

Previamente a la colocación de la tubería se realizará la excavación en zanja en el terreno, con extracción de tierras a los bordes, incluso carga y transporte a vertedero. Colocando posteriormente tubería de polietileno alta densidad de D=75 mm., apta para uso alimentario, para presión de trabajo de 10 atmósferas, sobre cama de arena de 20 cm., y terminación de relleno con tierra procedente de excavación, totalmente colocada, incluso compactación 95% P.M.

2.3 PREINSTALACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO

Previamente a la colocación de las canalizaciones y arquetas se realizará la excavación en zanja en el terreno, con extracción de tierras a los bordes, incluso carga y transporte a vertedero. Colocando posteriormente como red general dos tubos de PVC de D=90 mm., con alambre guía, según norma de Compañía, y en cruces de calzada tubos de PVC de D=110 mm., con alambre guía, reforzado con hormigón HM-20/P/20 y resto de zanja con arena según norma de Compañía. Asimismo se colocarán arquetas de registro de ladrillo hueco doble para cruces de calzada de 40x40x60 cm. incluso tapa de fundición de 40x40 cm.

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2.4 PAVIMENTACIÓN

Se realizará según planos de detalle adjuntos, siguiendo el siguiente esquema de desde la capa inferior hasta la de acabado: relleno, extendido y compactado de 20 cm. de zahorra compactada al 95% P.M., pavimento de 15 cm. de espesor con hormigón en masa, vibrado, de resistencia característica HM-25 N/mm²., tamaño máximo 20 mm. y consistencia plástica, acabado con textura superficial ranurada y coloreada, i/p.p. de mallazo electrosoldado 15x15 y diámetro 5mm, para calzadas, aceras y carril bici. Encintado de aceras de bordillo prefabricado de hormigón de 15x28 cm., sobre solera de hormigón HM-20 N/mm². tamaño máx.de árido de 40 mm. y 10 cm. de espesor. Encintado de carril bici de bordillo prefabricado de hormigón de 10x20 cm., sobre solera de hormigón HM-20 N/mm². tamaño máx. de árido de 40 mm. de 10 cm. de espesor. En los cruces de calles el carril bici tendrá una solera de hormigón de 25 cm. de espesor de similares características a la del resto del trazado. En los cruces de calles realizados para la colocación de instalaciones el pavimento será de 10 cm. de espesor con hormigón armado, vibrado, de resistencia característica HM-20 N/mm²., tamaño máximo de árido de 40 mm. y consistencia plástica, acabado con textura superficial ranurada, para calzadas. En vados de pasos de peatones pavimento de loseta hidráulica color de 40x40 cm.,

con resaltos cilíndricos tipo botón (pavimento podotáctil), sobre solera de hormigón HM-20/P/20/I de 12 cm. de espesor, sentada con mortero de cemento, i/p.p. de junta de

dilatación, enlechado y limpieza.

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Colegiado nº 552 Colegiado nº 522

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3.0.- CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN

Al tratarse de una obra de urbanización, la misma queda exenta del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, si bien no queda exenta del cumplimiento del resto de normativa actualmente vigente que le sea de aplicación.

Aguilar de la Frontera, Febrero 2.009 Los arquitectos:

Juan David Gómez Laguna Andrés Molina Arteaga

Colegiado nº 552 Colegiado nº 522

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