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Calendario de obligaciones fiscales febrero 2008

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Febrero 15, 2008

Calendario de obligaciones fiscales

febrero 2008

PERSONAS MORALES

Contribuyente presentaciónFecha de Forma Fiscal Concepto a declarar

Régimen General de Ley, incluyendo controladoras y controladas. A más tardar el 18 de febrero de 2008. * Ver ampliación de plazo Vía Internet

Pago provisional ISR Pago provisional IETU Entero de retenciones de ISR, IVA e IEPS Pago de IVA Pago de IEPS Régimen Simplificado ** A más tardar el 18 de febrero de 2008. * Ver ampliación de plazo Vía Internet

Pago provisional ISR Pago provisional IETU Entero de retenciones de ISR, IVA e IEPS Pago de IVA Pago de IEPS PERSONAS FÍSICAS

Contribuyente presentaciónFecha de Forma Fiscal Concepto a declarar Actividades empresariales y

profesionales

Arrendamiento de inmuebles. De los demás ingresos que obtengan las personas físicas.

A más tardar el 18 de febrero de 2008. * Ver ampliación de plazo *** Ver Facilidades Administrativas 1) Vía Internet 2) Contribuyentes con ingresos por actividades empresariales que no excedan de $1’967,870.00 y los que no realicen actividades empresariales cuyos ingresos no excedan $337,350.00 podrán acudir previa cita a la ALSC 1 . Opcional Vía Internet. (Regla 2.15.1 de la RMF para 2007).

Pago provisional ISR Pago provisional IETU Entero de retenciones de ISR, IVA e IEPS Pago de IVA Pago de IEPS

(2)

3) Información de las razones cuando no se efectúa pago. Acudiendo a la ALSC o vía Internet- Portal SAT.

Salarios cuando el servicio se preste a personas no obligadas a efectuar la retención. A más tardar el 18 de febrero de 2008. * Ver ampliación de plazo 1) Vía Internet 2) Contribuyentes con ingresos que no excedan

$337,350.00 podrán acudir a la ALSC. 3) Información de las razones cuando no se efectúa pago. Vía Internet- Portal SAT o acudiendo a la ALSC.

Pago provisional ISR

Régimen de pequeños

contribuyentes Primer bimestre de 2008: 18 de febrero de 2008.

*Ver ampliación de plazo

Entidades Federativas con convenio. Los pagos de ISR e IVA se efectuarán en los periodos y forma que la Entidad establezca. Pago definitivo de ISR. Determinación de cuota de IVA: Consultar capítulo 5.7 de la RMF para 2007. Arrendamiento de inmuebles para casa habitación.

Contribuyentes que únicamente obtengan ingresos por ese concepto y que no excedan 10 veces el SMGM.

No obligados a efectuar pagos provisionales de ISR e IETU.

LISR, Art. 143, cuarto párrafo

RMF para 2007, regla 17.10.

1 ALSC. Administración Local de Servicios al Contribuyente.

PERSONAS FÍSICAS Y MORALES

Contribuyente presentaciónFecha de Forma Fiscal Concepto a declarar

Declaración informativa de operaciones con terceros de

personas morales (completa) Febrero de 2008.

A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros”. Art. 32-V y VIII de la LIVA y reglas 5.1.12. de la RMF para Información correspondiente al mes de enero de 2008

(3)

Entrega de constancias de remuneraciones y

retenciones a sus empleados

A más tardar el 28 de

febrero de 2008. Ver nota 2.

LISR. Artículo 118, fracción III. RMF para 2007. Regla 3.13.5. Declaración mensual de contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, en piezas de oro y plata.

A más tardar el 17 de

febrero de 2008. Mediante aplicación electrónica.

Personas morales.

Información sobre préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital

recibidos en efectivo mayores a $600,000.00

Dentro de los 15 días siguientes a su obtención. Vía Internet Mediante aplicación electrónica 86-A. “Aviso de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo”. Anexo 1 de la RMF para 2007, publicado 9 de enero de 2008.

LISR. Artículo 86-A.

Información sobre créditos incobrables deducidos en 2007 por imposibilidad práctica de cobro.

Febrero 15, 2008.

LISR. Artículo 31, fracción XVI, inciso a), último párrafo. Declaración informativa de sueldos Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM 2007 Anexo 1 LISR. Artículo 118, fracción V. Declaración informativa de

crédito al salario Febrero 15, 2008

Programa electrónico DIM 2007 Anexo 1 LISR. Artículo tercero transitorio, fracción V, publicado el 1º de octubre de 2007. Clientes y proveedores

Sólo personas físicas con actividades

empresariales y profesionales

Febrero 15, 2008 Programa DIMM

LISR. Artículo 86, fracción VIII y 133 fracción VII.2 Retenciones por servicios

profesionales de personas físicas Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM Anexo 2 LISR. Artículo 86, fracción IV Retenciones a personas

físicas con ingresos por arrendamiento

Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM Anexo 2

LISR. Artículo 143, último párrafo. Información sobre donativos

otorgados Febrero 15, 2008

Programa electrónico DIM

Anexo 3.

LISR. Artículo 86, fracción IX, inciso b).

(4)

Retenciones de ISR y pagos a residentes en el extranjero con fuente de riqueza en territorio nacional. Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM Anexo 4 LISR. Artículo 86, fracción IX, inciso a).

Préstamos del extranjero Febrero 15, 2008

Programa electrónico DIM Anexo 4 LISR. Artículo 86, fracción VII. Empresas integradoras.

Declaración anual sobre operaciones realizadas por cuenta de sus integradas.

Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM Anexo 6 LISR. Artículo 84, fracción III. Información sobre operaciones a través de fideicomisos Febrero 15, 2008 LISR. Artículo 86, fracción XVI. Declaración informativa sobre

dividendos pagados o

utilidades distribuidas Febrero 15, 2008

Programa electrónico DIM

Anexo 2

LISR. Artículo 86, fracción XIV, inciso c).

Contribuyentes que paguen intereses.

Declaración en la que informen sobre los intereses pagados en el año de calendario anterior y de las retenciones efectuadas.

Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM Anexo 2

LISR. Artículo 59.

Contribuyentes que paguen premios. Declaración en la que informen sobre premios pagados en el año de calendario anterior y de las retenciones efectuadas.

Febrero 15, 2008 Programa electrónico DIM Anexo 2

LISR. Artículo 164. Fracción IV

Personas morales del régimen general que realicen

pagos por otros ingresos Febrero 15, 2008

Programa electrónico DIM

Anexo 2

LISR. Artículo 170, séptimo párrafo. Personas Morales con fines

no lucrativos: ■ Declaración informativa determinando remanente distribuible. ■ Declaración informativa de ingresos y erogaciones cuando no se determine remanente Febrero 15, 2008 Forma 21 Programa electrónico www.sat.gob. mx Presentación vía Internet LISR. Artículo 101, fracción III. LISR. Artículo 101, quinto párrafo.

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Personas Morales con fines no lucrativos. Constancias de remanente distribuible a sus miembros

Febrero 15, 2008 Forma 37

LISR. Artículo 101, fracción IV.

Ingresos sujetos a regímenes

fiscales preferentes. Febrero 28, 2008

Programa electrónico DIM

Anexo 5

LISR. Artículo 214, primer párrafo. Operaciones con partes

relacionadas residentes en el extranjero.

Conjuntamente con la declaración del ejercicio 2007. Programa electrónico DIM Anexo 9 LISR. Artículo 86, fracción XIII. Declaración de prima en el

seguro de riesgos de trabajo. Febrero 28, 2008 CLEM 22 Fabricantes, ensambladores,

distribuidores autorizados, así como empresas

comerciales que cuenten con registro de la Secretaría de Economía como empresa comercial para importar autos usados.

Información mensual del precio de enajenación al consumidor de cada unidad vendida en territorio nacional.

A más tardar el 17 de febrero de 2008. En medios magnéticos. Administración Local de Asistencia al Contribuyente. LISTUV, Artículo 17. RMF 2007, regla 7.3.1. Información trimestral de clientes y proveedores. Contribuyentes que enajenen bebidas con contenido alcohólico y cerveza, alcohol y alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables, tabacos labrados, refrescos y jarabes o concentrados para preparar refrescos. Primer trimestre de 2008 en abril de 2008. Programa electrónico “MULTI-IEPS”. Anexo 1 LIEPS, Artículo 19, fracción VIII. RMF 2007, reglas 6.20, 6.1. Contribuyentes que enajenen o importen vinos de mesa, deberán presentar información semestral de las personas a las que les trasladó el IEPS en forma expresa y por separado, en el apartado

correspondiente al segundo trimestre del semestre que se declara.

Productores e Importadores de Tabacos labrados.

Informe mensual de precio de enajenación, valor y volumen de tabacos labrados. A más tardar el 17 de febrero de 2008. Programa electrónico “MULTI-IEPS”. Anexo 2 LIEPS, Art.19, fracción IX. RMF 2007, regla 6.21, 6.1.

(6)

Contribuyentes obligados a llevar un control físico del volumen fabricado, producido o envasado. Información trimestral. Primer trimestre de 2008 en abril de 2008. Programa DIMM LIEPS, Art. 19, fracción X. RMF 2007, regla 6.22.

2 En el caso de personas morales la obligación se tendrá por cumplida siempre que hubieran presentado la

información a la que obliga la LIVA (DIOT); artículo tercero transitorio de la Primera Resolución de Modificaciones ala RMF para 2007.

Nota 1. Envío de la información contenida en el programa DIM:

■ En el caso de que se hayan capturado hasta 500 registros, el archivo con la información se

presentaría vía Internet, a través de la página www.sat.gob.mx

■ Si la totalidad de los registros capturados son más de 500 registros, la información se deberá

presentar en medios magnéticos (Disco de 3.5”, CD o DAT)

Nota 2.Emisión de constancias. Los contribuyentes que deban expedir constancias a través de las forma oficiales 37 (Constancia de sueldos, salarios, viáticos, conceptos asimilados y crédito al salario); 37-A (Constancias de pagos y retenciones de ISR, IVA e IEPS); 28 (Constancias por pagos a residentes en el extranjero); podrán optar por utilizar en lugar de dichas formas, la impresión de los anexos 1, 2 y 4 del programa DIM. Tratándose del Anexo 1 del DIM, el mismo deberá contener sello y firma del empleador que lo imprime. (El anteproyecto de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2007, publicado en la página de Internet del SAT este 13 de febrero indica que la constancia deberá contener “el sello, en caso de que se cuente con él”. Está Cuarta modificación no ha sido publicada en el DOF).

* Por Decreto Presidencial, los contribuyentes que de conformidad con las disposiciones fiscales deban presentar declaraciones provisionales o definitivas de impuestos federales a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo al que corresponda la declaración, ya sea por impuestos propios o por retenciones, podrán presentarlas a más tardar el día que a continuación se señala, considerando el sexto dígito numérico del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), de acuerdo a lo siguiente:

Sexto dígito numérico de la clave del

RFC Fecha límite de pago

1 y 2 Día 17 más un día hábil

3 y 4 Día 17 más dos días hábiles

5 y 6 Día 17 más tres días hábiles

7 y 8 Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0 Día 17 más cinco días hábiles

Lo dispuesto anteriormente no será aplicable tratándose de:

I. Los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales. II. Sociedades mercantiles autorizadas para operar como controladoras y controladas.

III. Sujetos y entidades señalados en las fracciones I a VIII y XI del Apartado B del artículo 17 del Reglamento interior del SAT.

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superiores a cualquiera de las señaladas en la fracción XII del Apartado B del artículo 17 del Reglamento interior del SAT.

** El artículo 81, fracción I, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que las Personas Morales del Régimen Simplificado que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, podrán realizar pagos provisionales semestrales, respecto del impuesto que corresponda a dichas actividades. Adicionalmente, la regla 1.4 de las Facilidades Administrativas para 2007, establece que, los contribuyentes que opten por realizar pagos provisionales de ISR en forma semestral, deberán presentar en el mismo plazo la declaración correspondiente a IVA. Mediante Resolución Miscelánea también se les brinda la opción de efectuar pagos semestrales del IETU cuando el contribuyente hubiera optado por efectuar pagos provisionales semestrales de ISR (Ver regla 17.10 de la RMF para 2007).

*** Facilidades Administrativas. Las personas físicas dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, podrán realizar pagos provisionales semestrales de ISR, en cuyo caso deberán presentar en el mismo plazo la declaración correspondiente al IVA e IMPAC. Asimismo, podrán enterar las retenciones de ISR efectuadas a terceros en los mismos plazos en que realicen sus pagos provisionales de ISR. Adicionalmente se estableció a las personas físicas, la obligación de presentar aviso de opción ante las autoridades fiscales, en el caso de haber optado por pagos semestrales (Regla 1.4 de Facilidades Administrativas para 2007).

Este boletín ha sido preparado cuidadosamente por los profesionales de Ernst & Young, contiene comentarios de carácter general sobre la aplicación de las normas fiscales, sin que en ningún momento, deba considerarse como asesoría profesional sobre el caso concreto. Por tal motivo, no se recomienda tomar medidas basadas en dicha información sin que exista la debida asesoría profesional previa. Asimismo, aunque procuramos brindarle información veraz y oportuna, no garantizamos que la contenida en este documento sea vigente y correcta al momento en que se reciba o consulte, o que continuará siendo válida en el futuro; por lo que Ernst & Young no se responsabiliza de eventuales errores o inexactitudes que este documento pudiera contener. Derechos reservados en trámite.

Referencias

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