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LA MENTALIDAD POLÍTICA ROMANA

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CAPÍTULO I

LA MENTALIDAD POLÍTICA ROMANA

Durante los cinco siglos de su existencia, la República romana forjó una de las entidades políticas más importantes de toda la Historia. Importante en cuanto a la extensión, pues comprendía prácticamente todo el mundo mediterráneo, yen cuanto a la solidez, pues su duración no la ha conseguido ningún imperio de los que más adelante se han formado en el Occidente europeo. Sin embar- go, este hecho político de primera magnitud, resultado de una práctica políti- ca de primera magnitud, no va acompañado ni seguido de un pensamiento político igualmente importante. El pensamiento político llegará a Roma desde Grecia y encontrará en ella un acomodo algo precario. Nos referimos a la teo- ría política, porque toda la brillante realidad política romana es imposible sin unas ideas sobre la misma en los hombres que la llevan a cabo, aunque estas ideas no alcancen el nivel de una elaboración teórica. Recordando ahora la distinción entre ideas y creencias en el sentido en que la estableció Hume y en- tre nosotros divulgó en un brillante ensayo Ortega, decimos que Grecia fue el país de las «ideas» y Roma fue el país de las «creencias». Y estas son precisa- mente las que más influyen en la práctica. En Grecia los filósofos buscaron solución a problemas especulativos. Los romanos se plantearon problemas prácticos, concretos: la organización del ejército, la construcción de caminos, la administración de las provincias ...

Esta diferencia entre la orientación teórica y la orientación práctica puede ser expresada antropológicamente diciendo que la vida de los griegos gira en torno a la inteligencia y los valores intelectuales, se preocupan por descubrir la verdad, la justicia, el ser; mientras que los romanos hacen su vida en torno a la voluntad y los valores prácticos, no les interesa lo que es mejor en abstracto sino lo que es más útil, más seguro. El pensamiento griego está construido en torno a la idea de logos (la razón); mientras que el pensamiento romano está construido en torno a la idea de ius (el derecho). El producto más refinado de la ciencia griega es la filosofía; mientras que la ciencia en que los romanos avan- zaron más que otros pueblos es la jurisprudencia. La contraposición entre ra- zón teórica y razón práctica es perfectamente aplicable a los dos grandes pue- blos de nuestra Antigüedad.

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Estas indicaciones son únicamente orientativas. No queremos decir que los griegos fueran un pueblo puramente especulativo, alejado de la acción. La Historia nos enseña todo lo contrario. Ahí tenemos las continuas empresas guerreras que llenan la vida de Grecia. Pero se trata de una acción desintegrada.

Cada episodio es puntual, como encerrado en sí mismo, no está articulado con los otros que forman el resto de la historia. Aquí está la gran diferencia con los romanos. Estos sí fueron capaces de una acción organizada y perseverante a lo largo de muchos siglos. ¿Por qué? Vamos a intentar responder con una some- ra descripción de la cultura romana.

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LA TRADICIÓN

Roma aparece en la Historia como una sociedad campesina, frugal y simple.

Una cultura campesina es por sí misma una cultura tradicional. Y así sucede con Roma. La sociedad romana está configurada por el Derecho romano, cuyo núcleo primitivo y fundamental es el mas maiarum, la costumbre de los antepa- sados o mayores.

Una sociedad tradicional tiene necesariamente como institución básica la familia tradicional. Y este es el caso de Roma, como hemos dicho más arriba.

El romano es ante todo miembro de una familia y a través de ella se vincula a la sociedad. Fuera de la familia el romano basa su vida social en la ftdes, una cualidad que tiene un carácter fundamentalmente moral y prejurídico. Es la obligación de actuar de acuerdo con el puesto que cada cual tiene en la vida o el que en un momento determinado uno se crea en virtud de un contrato o una promesa.

Los cinco siglos de la República romana están llenos de guerras. Las causas de esta o aquella guerra son distintas. Unas veces Roma ataca y otras es ataca- da. Pero ahí está la guerra como realidad que llena la historia de Roma. La sociología nos enseña que el grupo humano aumenta su densidad social e integración ante la presencia de enemigos exteriores. Añadamos que en el caso romano su historia bélica durante siglos es definidamente triunfal- lo cual no excluye inevitables derrotas- de modo que cualquier página de Tito Livio resulta una exaltación de las virtudes militares romanas. No fue así la historia de Atenas ni tampoco la de Esparta. La secuencia triunfal de cada una de estas paleis nunca duró varios siglos.

Consecuentemente encontramos en el romano una altísima valoración de su sociedad o, lo que es lo mismo, el arraigado orgullo de su pertenencia a Roma.

El sentimiento de la comunidad es uno de los signos distintivos de la cultura romana. Claro está que el patriotismo es un sentimiento muy arraigado en toda la cultura de la Antigíiedad clásica, y lo hemos detectado en Grecia; pero en el caso romano el patriotismo se acentúa extraordinariamente. El romano tiene un agudo sentido de la acción colectiva. Cuando Catón el Viejo (234-149 a.c.)

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nos dice que el pueblo romano es quien ha conquistado Italia y no individuos singulares, tenemos un ejemplo de cómo el grupo se siente protagonista de la Historia frente a la importancia que toman los "hombres providenciales» en la cultura del Helenismo.

Ese tremendo respeto de los romanos por la tradición se pone de manifiesto paradójicamente cuando algunos reformadores sociales pretenden modificar las instituciones. El mejor argumento que encuentran los innovadores para conseguir la adhesión a sus proyectos es presentarlos como la restauración de alguna ley o costumbre olvidada. No deja de ser curioso que para Cicerón el revolucionario, peyorativamente valorado, sea elcupidus rerum novarum. Cuan- do Augusto implanta el Principado, aunque de hecho entierra la República, se presenta propagandísticamente como el restaurador de la libertad de la Repú- blica y procura que las instituciones republicanas, aunque vacías de conteni- do, tengan una apariencia de funcionamiento.

Aquí tenemos una primera aproximación a una explicación de la capacidad romana para una acción integrada: el valor de la tradición. El proyecto de ac- ción, que mira al futuro, se concibe en coherencia con lo que se sabe y siente del pasado. La tradición es la base imprescindible para la acción integrada de un pueblo. Pero hace falta algo más.

2 EL IUS

La Historia prueba con creces la extraordinaria capacidad del pueblo romano para la política. ¿Qué elementos de la cultura romana podemos señalar como factores de esta capacidad? Han de ser elementos específicos de dicha cultura, ausentes en la griega. La vida política exige ante todo la conciencia y el senti- miento del poder, del dominio, del mando, y al mismo tiempo la ordenación de la vida social como contenido del mandato. El poder es el elemento formal de la política, puesto que sin él no existe política; el orden es el elemento mate- rial. Pues bien, no sólo podemos descubrir estos dos elementos en la cultura romana, sino que tienen tal intensidad que definen en buena parte dicha cul- tura. Los podemos señalar e identificar con dos palabras: el imperium y el ius.

¿Qué es el ius? Toda sociedad con un cierto grado de desarrollo necesita que aquellas pautas más importantes para su funcionamiento sean asegura- das añadiéndoles un carácter vinculante y coactivo, es decir, sancionado por la autoridad social. Esto es el Derecho en su sentido más elemental y básico.

El Derecho es una institución presente en todas las sociedades civilizadas. Pero en ninguna de la Antigúedad adquirió el desarrollo que encontramos en Roma.

El Derecho romano tiene algo muy singular que lo distingue de los sistemas jurídicos orientales o de los griegos. Consiste en la relación del Derecho con la voluntad de dominio que fue el motor impulsor de la historia de la socie- dad romana. El objetivo inmediato del Derecho romano es definir ámbitos de actuación del cives -sus derechos-en los que éste puede ejercer con seguri-

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dad su voluntad de dominio, que, en último término, es una expresión del egoísmo.

La comparación con lo que hemos visto en Grecia sobre el nomos puede ayudar a comprender mejor lo que fue el ius. Mientras que el nomos recibía su sentido de la Dike, que era una expresión del orden cósmico, el ius es una ins- tancia inmanente a la sociedad romana, tiene su razón de ser en la realidad misma que regula. Se trata de que el romano pueda ejercer el señorío de su voluntad respecto a esa realidad (la familia, las cosas ... ) de la manera más conve- niente. El ius, por tanto, es una instancia utilitaria, concreta, que se ha separa- do de la idea de Justicia. El romano no concibe el Derecho al servicio de un ideal de justicia. Así puede escribir Cicerón que el Derecho llevado a su extre- mo puede equivaler a una extrema injusticia (summum ius summa iniuria). Esto sería increíble para un griego y lo es también para Cicerón, que lo escribe como crítica, puesto que él defiende un concepto de ius ligado a la Justicia. Pero Cicerón es un romano formado con los griegos.

El ius nace como Derecho de la ciudad o los quirites: es el ius civile o ius quiritium. Pero aumenta la población extranjera y aumentan los asuntos que resolver. Era necesario darles un reconocimiento jurídico. A mediados del si- glo ID se crea el praetor peregrinus, encargado de solventar los litigios entre los no romanos. Como no podía aplicar el derecho de los quirites, sentencia los ca- sos ateniéndose a lo que creía que era más justo. Poco a poco se desarrolla un cuerpo de Derecho poco formal, basado en las ideas vigentes de lo que era honesto y justo, pero desligado de las instituciones del Derecho romano. Se le llamó el ius gentium para diferenciarlo del ius quiritium. Nació así un concepto jurídico de enorme alcance. Como en su conjunto era más razonable y más flexi- ble, podía dar soluciones más satisfactorias por estar más adaptadas al caso concreto. En definitiva, el ius gentium terminó influyendo en el ius civile.

Un nuevo concepto hizo su entrada en el mundo del Derecho y lo marcó profundamente: el ius naturale. Su origen no fue práctico sino teórico o filosó- fico. Efectivamente, es la traducción de la ley natural de los estoicos. En sus conclusiones prácticas se aproximaba al ius gentium, porque tanto uno como otro eran productos de la razón, aunque con la diferencia de que el ius gentium se construía desde la razón concreta, ligada a las prácticas concretas de los humanos. Es lógico pensar que aquellas instituciones o prácticas que encon- tramos en diferentes pueblos ----el ius gentium- son razonables, responden a la naturaleza humana y, por tanto, podemos decir que son Derecho natural: el ius gentium es un buen indicador para descubrir el Derecho natural. Pero el filósofo nunca perdió de vista la específica perspectiva racional del Derecho natural y por eso nunca lo identificó con el ius gentium. Había un caso concreto en que aparecía la diferencia: la esclavitud; admitida por el Derecho de gentes, nunca fue admitida por el Derecho natural. Éste mantuvo siempre su estatuto filosófico que le llevaba a ser una instancia crítica de los otros dos Derechos, enraizados en la tradición. El Derecho natural era fiel al principio cosmopolita y humanitario de la igualdad, que tenía tantas consecuencias prácticas para humanizar las relaciones entre los hombres, reconociendo la dignidad de los

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84 ROMA menos protegidos: el esclavo, la mujer, los menores; reconociendo el valor de la intención sobre las formalidades. Cargado con todas estas ideas, se convir- tió en un principio impulsor de la evolución del

ius civile

en un sentido huma- nitario. Volveremos sobre este tema cuando hablemos de los jurisconsultos.

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AUCTORITAS, POTESTAS, IMPERIUM

Los conceptos más específicamente políticos de la cultura romana deben ser entendidos en conexión con lo que hemos dicho en general de esa cultura y más en concreto del

ius.

El mundo político ofrecía al romano el campo más idóneo para ejercitar la voluntad de dominio que era ordenada y potenciada en el campo privado por el

ius.

Pero lo mismo que el

ius

es un principio orde- nador que actúa sobre una sociedad previamente moldeada por otros princi- pios más básicos como la piedad, la fidelidad y la tradición, así el concepto clave y central del mundo político romano, el

imperium

o el poder, presupone toda una cultura política basada en otros conceptos previos que son la

auetoritas

y la potestas.

Aunque el término autoridad es enormemente amplio, el uso lo ha ido li- gando cada vez más a la esfera política hasta el punto de que hoy nos parece que el sentido originario es el político y los otros advienen por extensión, cuando en la realidad ha sucedido lo contrario. En cualquier caso, entre nosotros, en el ámbito político autoridad es posesión de poder social legitimo, ya se trate de un puesto social o de la persona que lo desempeña. Ese poder tiene un nombre muy concreto, la potestad. Una persona llega a ser autoridad cuando la socie- dad le confiere una determinada o indeterminada potestad. Entre los romanos no fue así: se dio una muy interesante separación entreauctoritas y

potestas;

quien

teníaauetoritas

no necesariamente

teníapotestas;

en cambio, quien

teníapotestas

solía tener

auetoritas.

La

potestas

consiste en un conjunto de facultades públicas que son otorga- das a una persona de acuerdo con unas formalidades bien definidas. Queda bien claro que la

potestas

es un poder que no emana de la condición personal del titular.

La

auctoritas

es un concepto de más difícil definición; hay que llegar a él mediante un rodeo.

Auctoritas

viene de

auetor;

es lo que constituye a una per- sona en

auetor. Auetor

es el que está por encima de los demás por sus conoci- mientos, por su experiencia, por su comportamiento. La auetoritas es algo que pertenece a la persona misma, algo incorporado biográfieamente a la persona.

Lo propio de la

auetoritas

es dar eonsilium, cuya definición tampoco tiene con- tornos precisos. No es un mandato coactivo, pero sí es una indicación social- mente vinculante. Quien reconoce una

auetoritas

y busca su ayuda, se encuen- tra socialmente presionado a seguir los

eonsilia

que recibe. Es un concepto que sólo se comprende dentro de una sociedad marcadamente tradicionalista como

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era la romana. La influencia de los jurisconsultos en Roma se explica porque gozaban de auetoritas: sus dictámenes eran de hecho vinculantes.

Pues bien, la auctoritas tiene un papel clave en el mundo político romano.

Es el fundamento mismo de la institución central de la forma política de Roma, el Senado. El Senado no tenía potestas, no daba órdenes, no expedía mandatos ejecutivos, sólo daba consejos, avisos. La decisión más importante del Senado, el sena tus eonsultum, expresaba el parecer del Senado sobre un determinado asunto, conteniendo una indicación para que el magistrado pusiera en acción sus potestades en un determinado sentido, promulgando un decreto, dirigien- do un ejército, etc. En teoría, el magistrado podía seguir o no el senadoconsulto;

de hecho siempre lo seguía. En los casi doscientos años que van desde las gue- rras púnicas a las guerras civiles el Senado es sin duda la primera instancia política de Roma. Su auctoritas no era una capacidad misteriosa, sino que pro- venía de los mismos senadores. El Senado se componía de antiguos magistra- dos que aportaban su experiencia ganada en el desempeño del cargo. Eran personas con auctoritas. Los romanos no creyeron nunca, como Pericles, en la igualdad de capacidades para el gobierno. Suponían que el que había manda- do con éxito ejércitos, gobernado provincias, era superior al que no lo había hecho. El Senado, al estar integrado por estas personas, poseía una especie de auetoritas corporativa, la auetoritas patrum.

* * *

El poder político ejecutivo es para los romanos un concepto unitario, el imper- ium, un vocablo de gran resonancia política.

Los romanos llamaban imperium al poder del rey. Cuando expulsaron a los reyes, permanecieron fieles al concepto del imperium y al de la democracia cons- tituyente; pero con las modificaciones que hemos indicado antes: un lúnite tem- poral alimperium (un año) y dos titulares (los cónsules). La colegialidad es algo típicamente romano: dos magistrados concurrentes en el ejercicio de un poder total y unitario. Era la garantía de que no podían abusar del imperium. Tenía la contrapartida de que los cónsules se podían paralizar mutuamente. Por eso surge otra institución romana, el dictador. Ante un problema extraordinario el Senado aconsejaba a uno de los cónsules que nombrara a un dictador. Este reunía en sus manos todo el imperium durante seis meses para resolver el pro- blema. Luego, la ciencia política ha llamado dictadura comisoria a esta institu- ción. El dictador fue una figura frecuente en la primera época de la República romana.

El populus romanus nunca tuvo un poder ejecutivo para intervenir en los asuntos públicos. Su intervención se manifestaba a través de las asambleas:

eomitia. De nuevo nos encontramos con una organización compleja. Son asam- bleas de tipo democrático con diversa constitución y con cometidos distintos.

Ya se comprende que esta multiplicidad de asambleas hacía que la capacidad efectiva de intervención del pueblo en la decisión política fuera muy pequeña.

Esta capacidad aún se empequeñece más por la carencia de iníciativa de las

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asambleas (sólo aprobaban o rechazaban las leyes O candidatos propuestos por los magistrados correspondientes), por la forma peculiar de votación (cada asamblea tenía un voto) y por la forma peculiar de organizar las asambleas.

Roma no era una democracia ni en el sentido griego, pues las asambleas roma- nas no eran cuerpos deliberantes, ni en el sentido moderno, pues sólo votaban cuando eran y para lo que eran convocadas y con un encuadramiento que anu- laba el principio democrático del voto individual. El componente democrático de la forma romana sólo tenía valor constituyente y legitiman te. Así se explica que más adelante los romanos pudieran aceptar la idea de la lex regia por la que se fingia que el pueblo delegaba su poder en el emperador.

Es sorprendente que una forma política tan complicada, incluso aparente- mente llena de contradicciones, pudiera funcionar con éxito y llegara a crear el grandioso Imperio romano. Por pura lógica hay que pensar que había algún otro factor que se encargaba de superar los inconvenientes de la organización y dinamizarla. Efectivamente, detrás de las instituciones había una clase polí- tica enormemente dinámica y una cultura que legitimaba el papel dirigente de dicha clase: volvemos a la auetoritas.

Como decíamos antes, el pueblo romano, acostumbrado a una tradición de disciplina, aceptaba una estructura jerárquica de la sociedad que reservaba los puestos políticos para la clase dirigente, los nobles. Entre los romanos no tenía el sentido de casta que priva entre nosotros. Nobilis es tanto como notable (notus

= conocido). Los romanos aceptaron ser gobernados por una clase noble, hoy diríamos por expertos. Ser noble consistía en haber vivido en una familia en la que ya había habido cargos de gobierno y se suponía que la experiencia de los padres se transmitía a los hijos. En cuanto Roma emprendió el camino de su expansión, dejando atrás el espacio reducido de la Urbe, las tareas políticas se tomaron más complejas, hacía falta más preparación para desempeñarlas. Con un gran sentido pragmático, los romanos aceptaron que era mejor que fuesen los nobles quienes se ocupasen de las tareas de gobierno. Como contrapartida de esta confianza en los nobles encontramos la fe de los nobles en sí mismos, en su capacidad para la política, y una dedicación a la cosa pública que es úni- ca en el panorama de la Historia.

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