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C O M U N I C A C I Ó N N 2002/ 176

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Página 1 de 2 Montevideo, 4 de octubre de 2002

C O M U N I C A C I Ó N N° 2002/ 176

Ref: COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA - Régimen de encajes y régimen especial de liquidación de multas - Sustitución de formularios.

Se pone en conocimiento de las cooperativas de intermediación financiera que, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 41, 43, 44, 44.2, 44.3, 47.1, 47.3 y 49 de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero, deberán utilizar y remitir a la Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera en el plazo establecido en el artículo 339 -el que será aplicable también a las cooperativas no autorizadas a operar en las cámaras compensadoras- los siguientes formularios que se adjuntan y que sustituyen a los actualmente vigentes:

- E8-I, E8-II, E9-I, E9-II, E9-III, E9-IV, E9-V, E11-I, E11-II, E11-III Asimismo, se eliminan los formularios que se detallan a continuación:

- E8, E9, E9.i - R8, R9, R9.i

En lo que respecta al régimen especial de liquidación de multas, se deberán utilizar los formularios S2, S4, S6 y S7 adjuntos a la Comunicación N° 2002/170.

Los archivos para completar los formularios E8-I, E8-II, E9-I, E9-II, E9-III, E9-IV, E9-V, E11-I, E11-II, E11-III se encuentran disponibles en la página web del Banco Central del Uruguay, en el menú de la Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera, dentro de la opción "Archivos de trabajo relacionados con la normativa".

Dentro de las "Colocaciones en moneda extranjera a no residentes" que se deducen de los depósitos sujetos a encaje de no residentes, se incluyen las colocaciones registradas en las subcuentas "Casa Matriz", "Dependencias", "Bancos en el exterior", "Otras instituciones financieras en el exterior" y "No residentes" del capítulo Disponible.

Las cooperativas de intermediación financiera determinarán la cuota de integración mensual

inicial a que refiere la Disposición Transitoria establecida en la Circular 1.809 del 29.08.2002, en

(2)

C O M U N I C A C I O N N° 2002/ 176

Página 2 de 2 función de los depósitos y obligaciones sujetas a encaje al 31/07/02. Dicha cuota regirá a partir del 30/09/02 y hasta la finalización del período de adecuación o hasta el penúltimo día (inclusive) del mes siguiente en que se produzca una disminución en el total de los referidos depósitos y obligaciones. A partir del último día del mes siguiente en que los depósitos y obligaciones totales disminuyan respecto de los existentes al 31/07/2002, se determinará una nueva cuota.

Una vez finalizado el período de adecuación, las cooperativas deberán ceñirse a los formularios E2, E2.i, E3, E3.i y E10 adjuntos a la Comunicación N° 2002/170.

A partir de la información correspondiente al mes de setiembre de 2002 se dejan sin efecto los formularios exigidos por las Comunicaciones N° 94/109 del 18.08.1994, N° 98/76 del 18.06.1998 y N° 2002/30 del 15.02.2002.

Juan Pedro Cantera

GERENTE DE ÁREA

(2002/1243)

(3)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES COMUNICACIÓN Nº 2002/176

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA FORMULARIO E8-I

DETERMINACIÓN DE LA CUOTA DE INTEGRACIÓN MENSUAL

(En miles de pesos)

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEPÓSITOS SUJETOS A ENCAJE ENCAJE REAL AL 31.07.2002 SITUACIÓN CUOTA

ENCAJE DE ENCAJE DE INTEGRACIÓN

DÍAS A la vista, con A plazos A plazos A la vista, con A plazos A plazos MÍNIMO Monedas Depósitos Dep. a plazo fijo Certif.de depósitos INTEGRACIÓN MENSUAL

preaviso y a plazo entre 30 y superiores TOTAL preaviso y a plazo entre 30 y superiores TOTAL OBLIGATORIO y billetes vista con plazo a plazo fijo TOTAL DÉFICIT MENSUAL ACUMULADA

menor a 30 días 180 días a 180 días menor a 30 días 180 días a 180 días B.C.U remanente con plazo remanente

no sup. a 30 días no sup. a 30 días

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14) (15) (16) (17)

31.07.2002 Último día (*)

NOTAS:

(*) Se determinará la cuota de integración mensual, columna (16), si los depósitos y obligaciones totales sujetas a encaje disminuyen con respecto a la situación de depósitos y obligaciones al 31.07.2002.

(5), (6) y (7) = Se incluirá las operaciones de venta de valores con compromiso irrevocable de compra previstas en el art. 182.1 de la R.N.R.C.S.F.

(9) = …….% [(1) + (5)] + …….% [(2) + (6)] + …….% [(3) + (7)]

(15) = (9) - (14) (16) = 1/12 de (15)

(17) = Cuota determinada en (16) multiplicada por número de meses transcurridos

Firmas Autorizadas OBLIGACIONES SUJETAS A ENCAJE

(4)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES COMUNICACIÓN Nº 2002/176

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA FORMULARIO E8-II

SITUACIÓN DE ENCAJE EN MONEDA NACIONAL (En miles de pesos)

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEPÓSITOS Y OBLIGACIONES SUJETOS A ENCAJE ENCAJE

DEL MES Y AL 31.07.2002 INCREMENTOS RESPECTO ENCAJE MÍNIMO OBLIGATORIO ENCAJE REAL SITUACIÓN DE ENCAJE

DEL 31.07.2002

A la vista, con preaviso A plazos entre A plazos A la vista, con preaviso A plazos entre A plazos Encaje Integración Sobre TOTAL Monedas Depósitos Dep. a plazo fijo Certif.de depósitos EXCEDENTE DÉFICIT

y a plazo menor 30 y 180 días superiores TOTAL y a plazo menor 30 y 180 días superiores TOTAL real mensual incrementos y billetes vista en M/N c/plazo a plazo fijo en M/N TOTAL

DÍAS a 30 días a 180 días a 30 días a 180 días al 31.07.2002 acumulada nacionales M/N en remanente con plazo remanente

Del mes Al 31.07.2002 Del mes Al 31.07.2002 Del mes Al 31.07.2002 Del mes Al 31.07.2002 B.C.U no sup. a 30 días no sup. a 30 días

(1a) (1b) (2a) (2b) (3a) (3b) (4a) (4b) (5a) (5b) (5c) (5d) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14) (15) (16)

1 2

31 TOTAL PROMEDIO

NOTAS:

(1), (2) y (3) = Se incluirá las operaciones de venta de valores con compromiso irrevocable de compra previstas en el art. 182.1 de la R.N.R.C.S.F.

(5a) = (1a) - (1b), si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(5b) = (2a) - (2b), si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(5c) = (3a) - (3b), si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(5d) = (4a) - (4b) si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(6) = (14) del Formulario E8-I

(7) = Para la primera información (setiembre de 2002) se informará, en el último día del mes, (16) del Formulario E8-I.

En los meses siguientes se informará, los días 1 a penúltimo, el mismo saldo del último día del mes anterior. El último día, (17) del Formulario E8-I.

(8)= …..% (5a) +…..% (5b) + ……% (5c) (15) o (16)= (14) - (9)

Firmas Autorizadas PERÍODO DE ADECUACIÓN

(5)

COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA COMUNICACIÓN N° 2002/176

FORMULARIO E9-I

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEDUCCIONES DEPÓSITOS SUJETOS A ENCAJE OTRAS OBLIGACIONES

APLICANDO LAS DEDUCCIONES SUJETAS A ENCAJE DÍAS A la vista, con preaviso A plazos

Colocaciones en Inversiones en

A la vista, con preaviso A plazos A la vista, con A plazos

y a plazo de superiores a TOTAL

moneda extranjera valores públicos TOTAL

y a plazo de superiores a TOTAL preaviso y superiores a TOTAL

hasta 180 días 180 días

a no residentes no nacionales

hasta 180 días 180 días a plazo de hasta 180 días

Residentes No Resid. Residentes No Resid. Residentes No Resid. 180 días

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7a) (7b) (7c) (8) (9) (10) (11) (12) (13)

31.07.2002 Último día

NOTAS:

(1) y (2) = No se considerará la cuenta 158000 "Órdenes de pago pendientes de confirmación".

(7a) = Se informarán las colocaciones registradas en las subcuentas "Casa Matriz", "Dependencias", "Bancos en el exterior", "Otras instituciones financieras en el exterior" y "No residentes" de los capítulos "Disponible" y "Créditos vigentes por intermediación financiera - Sector financiero", "Créditos vigentes por intermediación financiera - Sector no financiero" y "Créditos vencidos por intermediación financiera", deducidas las previsiones correspondientes.

(7b) = Se informarán las cuentas y subcuentas correspondientes a valores públicos no nacionales del capítulo 012000, deducidas las previsiones correspondientes.

(8) y (9) = A efectos de su determinación, se considerará que las colocaciones en m/e a no residentes y las inversiones en valores públicos no nacionales se efectúan exclusivamente con recursos de no residentes, comenzando por los de más largo plazo, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a. Si (4) > (7c) , entonces: (8) = (1) + (2), y (9) = (3) + (4) - (7c) b. Si (4) < (7c) < (6), entonces: (8) = (1) + (6) - (7c), y (9) = (3) c. Si (6) < (7c), entonces : (8) = (1), y (9) = (3)

(11) y (12) = Se incluirán las operaciones de venta de valores con compromiso irrevocable de compra previstas en el artículo 182.1 de la R.N.R.C.S.F.

Firmas autorizadas

DETERMINACIÓN DE CUOTA DE INTEGRACIÓN MENSUAL (En miles de dólares U.S.A.)

DEPÓSITOS SUJETOS A ENCAJE BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

(6)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES

COMUNICACIÓN N° 2002/176

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

FORMULARIO E9-II

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

OTRAS OBLIGACIONES SUJETAS A ENCAJE

DETERMINACIÓN CUOTAS DE DÍAS A la vista, con A plazos Órdenes de ENCAJE DEPÓSITO ENCAJE REAL AL 31.07.2002

preaviso y a superiores pago pend. de TOTAL MÍNIMO MÍNIMO

plazo de hasta a 180 días confirmación OBLIGATORIO OBLIGATORIO Billetes y Depósitos a la

DÉFICIT DÉFICIT CUOTA CUOTA CUOTA CUOTA

180 días monedas vista en B.C.U. TOTAL

ENCAJE DEPÓSITO B.C.U. ENCAJE DEPÓSITO B.C.U. ENCAJE DEPÓSITO B.C.U.

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14) (15)

31.07.2002 Último día (*)

NOTAS:

(*)

Se determinará la cuota de integración mensual, columnas (12) y (13), si los depósitos y obligaciones totales sujetas a encaje disminuyen con respecto a la situación de depósitos y obligaciones al 31.07.2002.

(1) = (8) + (11) del Formulario E9-I (2) = (9) + (12) del Formulario E9-I

(3) = Se informará el saldo de la cuenta 158000 "Órdenes de pago pendientes de confirmación".

(5) = ... % [ (1) + (3) ] + … % (2) (6) = …% (5)

(10) = (5) - (9) (11) = (6) - (8) (12) = 1/12 de (10) (13) = 1/12 de (11)

Firmas autorizadas

INTEGRACIÓN MENSUAL ACUMULADA ENCAJE

SITUACIÓN DE ENCAJE DETERMINACIÓN DE LA CUOTA DE INTEGRACIÓN MENSUAL

(En miles de dólares USA)

DEPÓSITOS APLICANDO LAS DEDUCCIONES Y

INTEGRACIÓN

(7)

COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA COMUNICACIÓN N° 2002/176

FORMULARIO E9-III

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEDUCCIONES DEPÓSITOS SUJETOS A ENCAJE OBLIGACIONES SUJETAS

APLICANDO LAS DEDUCCIONES A ENCAJE

DÍAS A la vista, con preaviso A plazos Colocaciones en Inversiones en A la vista, con preaviso A plazos A la vista, con A plazos

y a plazo de superiores a TOTAL moneda extranjera valores públicos TOTAL y a plazo de superiores a TOTAL preaviso y superiores TOTAL

hasta 180 días 180 días a no residentes no nacionales hasta 180 días 180 días a plazo de hasta a 180 días

Residentes No Resid. Residentes No Resid. Residentes No Resid. 180 días

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7a) (7b) (7c) (8) (9) (10) (11) (12) (13)

1 2

31

TOTAL PROMEDIO

NOTAS:

(1) y (2) = No se considerará la cuenta 158000 "Órdenes de pago pendientes de confirmación".

(7a) = Se informarán las colocaciones registradas en las subcuentas "Casa Matriz", "Dependencias", "Bancos en el exterior", "Otras instituciones financieras en el exterior" y "No residentes" de los capítulos "Disponible" y "Créditos vigentes por intermediación financiera - Sector financiero", "Créditos vigentes por intermediación financiera - Sector no financiero" y "Créditos vencidos por intermediación financiera", deducidas las previsiones correspondientes.

(7b) = Se informarán las cuentas y subcuentas correspondientes a valores públicos no nacionales del capítulo 012000, deducidas las previsiones correspondientes.

(8) y (9) = A efectos de su determinación, se considerará que las colocaciones en m/e a no residentes y las inversiones en valores públicos no nacionales se efectúan exclusivamente con recursos de no residentes, comenzando por los de más largo plazo, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

a. Si (4) > (7c) , entonces: (8) = (1) + (2), y (9) = (3) + (4) - (7c) b. Si (4) < (7c) < (6), entonces: (8) = (1) + (6) - (7c), y (9) = (3) c. Si (6) < (7c), entonces : (8) = (1), y (9) = (3)

(11) y (12) = Se incluirán las operaciones de venta de valores con compromiso irrevocable de compra previstas en el artículo 182.1 de la R.N.R.C.S.F.

Firmas autorizadas

(En miles de dólares U.S.A.)

DEPÓSITOS SUJETOS A ENCAJE BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

DEPÓSITOS Y OTRAS OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA

(8)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES COMUNICACIÓN N° 2002/176

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA FORMULARIO E9-IV

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEPÓSITOS Y OBLIGACIONES SUJETOS A ENCAJE ENCAJE

DEL MES Y AL 31.07.2002 INCREMENTOS RESPECTO ENCAJE MÍNIMO OBLIGATORIO ENCAJE REAL SITUACIÓN DE ENCAJE

DÍAS DEL 31.07.2002

A la vista, con preaviso A plazos superiores Órdenes de A la vista, A plazos Encaje Integración Sobre TOTAL Billetes y Depósitos a TOTAL EXCEDENTE DÉFICIT

y a plazo de a 180 días pago pendientes TOTAL con preaviso superiores TOTAL real mensual incrementos monedas la vista

hasta 180 días de confirmación y a plazo de a 180 días al 31.07.2002 acumulada en B.C.U.

Del mes Al 31.07.2002Del mes Al 31.07.2002Del mesAl 31.07.2002Del mes Al 31.07.2002hasta 180 días

(1a) (1b) (2a) (2b) (3a) (3b) (4a) (4b) (5a) (5b) (5c) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14)

1 2

31 TOTAL PROMEDIO

NOTAS:

(1a) = (8) + (11) del Formulario E9-III (1b) = (1) del Formulario E9-II (2a) = (9) + (12) del Formulario E9-III (2b) = (2) del Formulario E9-II

(3a) = Se informará el saldo de la cuenta 158000 "Órdenes de pago pendientes de confirmación".

(3b) = (3) del Formulario E9-II

(5a) = [ (1a) + (3a) ] - [ (1b) + (3b) ], si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(5b) = (2a) - (2b), si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(5c) = (4a) - (4b) si (4a) > (4b); de lo contrario, cero.

(6) = (9) del Formulario E9-II

(7) = Para la primera información (setiembre de 2002) se informará, en el último día del mes, (12) del Formulario E9-II.

En los meses siguientes se informará, los días 1 a penúltimo, el mismo saldo del último día del mes anterior. El último día, (14) del Formulario E9-II.

(8) = …% (5a) + …% (5b) (13) ó (14) = (12) - (9))

Firmas autorizadas

SITUACIÓN DE ENCAJE EN MONEDA EXTRANJERA (En miles de dólares USA)

PERÍODO DE ADECUACIÓN

(9)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES

COMUNICACIÓN N° 2002/176

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

FORMULARIO E9-V

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

SITUACIÓN DE DEPÓSITOS EN B.C.U.

DEPÓSITO MÍNIMO OBLIGATORIO - PERÍODO DE ADECUACIÓN SITUACIÓN

DÍAS

Integración

Depósitos mensual Sobre

vista al 31.07.2002 acumulada incrementos TOTAL EXCEDENTE DÉFICIT

depósito B.C.U.

(1) (2) (3) (4) (5) (6)

1 2

31

TOTAL PROMEDIO NOTAS:

(1) = (8) del Formulario E9-II

(2) = En la primera información (setiembre de 2002) se informará, en el último día del mes, (13) del Formulario E9-II.

En los meses siguientes se informará, los días 1 a penúltimo, el mismo saldo del último día del mes anterior. El último día, (15) del Formulario E9-II.

(3) = …% (8) del Formulario E9-IV (5) ó (6) = (11) del Formulario E9-IV - (4)

Firmas autorizadas

SITUACIÓN DE DEPÓSITOS EN EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

(En miles de dólares USA)

(10)

COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

AUTORIZADAS A OPERAR EN CÁMARAS COMPENSADORAS COMUNICACIÓN Nº 2002/176

FORMULARIO E 11-I

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEPÓSITOS APLICANDO DETERMINACIÓN CUOTAS

LAS DEDUCCIONES ENCAJE

DÍAS Y OTRAS MÍNIMO

OBLIGATORIO DÉFICIT DÉFICIT ENCAJE CERTIFICADOS

DE DEPÓSITO

(3) (4)

31.07.2002 Último día (*)

NOTAS:

(*)

Se determinará la cuota de integración mensual, columnas (5) y (6), si los depósitos y obligaciones totales sujetas a encaje disminuyen con respecto a la situación de depósitos y obligaciones al 31.07.2002.

(1) = (4) del Formulario E9-II (2) = …% (1)

(3) = (2) (4) = …% (1) (5) = 1/12 de (3) (6) = 1/12 de (4)

Firmas autorizadas BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SITUACIÓN DE ENCAJE ENCAJE

DETERMINACIÓN DE CUOTA DE INTEGRACIÓN MENSUAL - Encaje remunerado en moneda extranjera (En miles de dólares U.S.A.)

INTEGRACIÓN MENSUAL

(5) (6) (7) (8)

CUOTA ENCAJE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO CUOTA ENCAJE CERTIFICADOS

DE DEPÓSITO SUJETAS A ENCAJE REMUNERADO

(1) (2)

ACUMULADA DE INTEGRACIÓN

OBLIGACIONES CUOTA CUOTA

(11)

COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA AUTORIZADAS A OPERAR EN CÁMARAS COMPENSADORAS COMUNICACIÓN Nº 2002/176

FORMULARIO E 11-II

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

DEPÓSITOS APLICANDO LAS DEDUCCIONES Y OTRAS OBLIGACIONES SUJETAS A ENCAJE DÍAS

Del mes Al 31.07.2002 Incrementos Integración mensual Sobre TOTAL Certificados Depósitos a la TOTAL EXCEDENTE DÉFICIT EXCEDENTE DÉFICIT

respecto del 31.07.2002 acumulada incrementos de depósito vista en B.C.U.

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13)

1 2

31 TOTAL PROMEDIO

NOTAS:

(1) = (4a) del Formulario E9-IV (2) = (4b) del Formulario E9-IV (3) = (5c) del Formulario E9-IV

(4) = Para la primera información (setiembre de 2002) se informará, en el último día del mes, (5) del Formulario E11-I.

En los meses siguientes se informará, los días 1 a penúltimo, el mismo saldo del último día del mes anterior. El último día, (7) del formulario E11-I.

(5) = …% (3) (10) ó (11) = (9) - (6) (12) ó (13) = (9) - 90% (6)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

ENCAJE REMUNERADO EN MONEDA EXTRANJERA (En miles de dólares U.S.A.)

PERÍODO DE ADECUACIÓN

Firmas Autorizadas ENCAJE MÍNIMO OBLIGATORIO SITUACIÓN DE ENCAJE

MÍNIMO OBLIGATORIO

ENCAJE MÍNIMO OBLIGATORIO REMUNERADO ENCAJE REAL SITUACIÓN SOBRE 90 % DE

(12)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY COOPERATIVAS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

SUPERINTENDENCIA DE INSTITUCIONES

AUTORIZADAS A OPERAR EN CÁMARAS COMPENSADORAS

DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

COMUNICACIÓN N° 2002/176

FORMULARIO E11-III

INSTITUCIÓN:

INFORMACIÓN DEL MES DE:

SITUACIÓN DÍAS

Integración

mensual Sobre

acumulada de incrementos TOTAL EXCEDENTE DÉFICIT

certificados de depósito

(1) (2) (3) (4) (5)

1 2

31

TOTAL

PROMEDIO

NOTAS:

(1) = Para la primera información (setiembre de 2002) se informará, en el último día del mes, (6) del Formulario E11-I.

En los meses siguientes se informará, los días 1 a penúltimo, el mismo saldo del último día del mes anterior. El último día, (8) del formulario E11-I.

(2) = …% (3) del Formulario E11-II (4) ó (5) = (8) del Formulario E11-II - (3)

Firmas autorizadas

SITUACIÓN DE TENENCIA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO (En miles de dólares USA)

TENENCIA MÍNIMA DE CERTIFICADOS DE DEPÓSITO

Referencias

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