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Funciones Del Área de Salud

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FUNCIONES DEL ÁREA DE SALUD

FUNCIONES DEL ÁREA DE SALUD

El artículo 9.5 del Estatuto de Autonomía, en su actual redacción, atribuye a El artículo 9.5 del Estatuto de Autonomía, en su actual redacción, atribuye a la

la CoComumuninidadad d AuAutótónonoma ma de de La La RiRiojoja a cocompmpetetenencicias as papara ra el el dedesasarrorrollollo legislativo y ejecución en materia de sanidad e igiene, en el marco de la legislativo y ejecución en materia de sanidad e igiene, en el marco de la legislación b!sica del Estado y en los t"rminos #ue

legislación b!sica del Estado y en los t"rminos #ue la misma estable$ca.la misma estable$ca. %g

%guaualmlmenentete, , y y seseg&g&n n el el arartítícuculo lo '.'.ununo.o.( ( dedel l memencncioionanado do EsEstatatututo to dede  Autonomía

 Autonomía le le corresponde corresponde la la competencia competencia e)clusiva e)clusiva en en materia materia dede organi$ación, estructura, r"gimen y *uncionamiento de sus instituciones de organi$ación, estructura, r"gimen y *uncionamiento de sus instituciones de autogobierno

autogobierno

La Ley (+(9'- de 5 de abril, /eneral de 0anidad, reguló con car!cter de La Ley (+(9'- de 5 de abril, /eneral de 0anidad, reguló con car!cter de normativa b!sica lo #ue debería ser la división territorial a e*ectos de la normativa b!sica lo #ue debería ser la división territorial a e*ectos de la asistencia sanitaria, estableciendo !reas de salud 1artículo 5-2 #ue, a su ve$, asistencia sanitaria, estableciendo !reas de salud 1artículo 5-2 #ue, a su ve$, se dividirían en $onas b!sicas de salud 1artículos -

se dividirían en $onas b!sicas de salud 1artículos - y siguientes2.y siguientes2. El

El prpropopio io arartítícuculo lo 5-5-.( .( de de la la LeLey y /e/eneneraral l de de 0a0aninidadad d didispsponone e #u#ue e lalass Co

Comumuninidadadedes s AuAutótónonomamas s dedelilimimitatar!r!n n y y coconsnstititutuirir!n !n en en ssu u teterrrrititororioio demarcaciones denominadas 3reas de 0alud.

demarcaciones denominadas 3reas de 0alud.

La Ley 44 de ( de abril 16.7.R. 8 de abril2, de 0alud, dictada al La Ley 44 de ( de abril 16.7.R. 8 de abril2, de 0alud, dictada al ampar

amparo o de esta de esta abiabilitacilitación normativón normativa a y y en el en el marcmarco o de la de la normanormativa b!sicativa b!sica es

estatatatal l rereprpresesenentatada da popor r la la LeLey y (+(+((9'9'- - cicitatadada, , cocontntememplpla a la la didivivisisiónón territorial en 3reas de 0alud y "stas, a su ve$, en onas 6!sicas de 0alud territorial en 3reas de 0alud y "stas, a su ve$, en onas 6!sicas de 0alud 1artículos +4 y +(2.

1artículos +4 y +(2.

El artículo -9..d2 de la Ley de 0alud otorga al /obierno la competencia para El artículo -9..d2 de la Ley de 0alud otorga al /obierno la competencia para crear las 3reas de 0alud y sus límites territoriales.

crear las 3reas de 0alud y sus límites territoriales. En

En babase se a a esesta ta cacapapacicidadad d nonormrmatativiva a dedel l /o/obibiererno no se se didictctó ó el el :e:ecrcretetoo ((44 por el #ue se crea el 3rea de 0alud de la Comunidad Autónoma de ((44 por el #ue se crea el 3rea de 0alud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, una ve$ puestos en marca los nuevos dispositivos sanitarios del La Rioja, una ve$ puestos en marca los nuevos dispositivos sanitarios del 0istema ;&blico Riojano y en especial el <ospital 0an ;edro, reali$ando así 0istema ;&blico Riojano y en especial el <ospital 0an ;edro, reali$ando así una reordenación y simpli*icación territorial. ;rocede por tanto al objeto de una reordenación y simpli*icación territorial. ;rocede por tanto al objeto de

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conseguir la mayor e*icacia y coordinación de los dispositivos sanitarios regular una estructura de 3rea m!s simpli*icada.

0e procede por tanto por esta ra$ón, en base a lo anterior, a la derogación del :ecreto 84445, de  de abril, por el #ue se determinaba la anterior  estructura de las 3reas e igualmente el :ecreto 445, por el #ue se *ijaba la estructura de la /erencia del 0ervicio Riojano de 0alud al incorporarse los órganos directivos de "sta a la propia estructura de 3rea o desaparecer.

;or todo ello, el Consejo de /obierno, a propuesta del Consejero de 0alud y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 5 de octubre de 44, acuerda aprobar el siguiente,

:ecreto

 Artículo (. Estructura.

(. La estructura de la /erencia del 3rea de 0alud viene determinada en *unción del n&mero y complejidad de los dispositivos asistenciales e)istentes en su demarcación territorial, con la *inalidad de garanti$ar la atención integral de la asistencia y la coordinación entre los diversos niveles asistenciales.

. Al *rente del 3rea de 0alud e)istir! un :irector /erente de 3rea con las *unciones #ue se determinen.

8. :ependen directamente del :irector /erente de 3rea= 8.(. :irección Adjunta de 3rea.

8.. Centro de %n*ormación y Atención al >suario, con rango de 0ubdirección. 8.8. :irección de Asistencia Especiali$ada.

8.+. :irección de Asistencia ;rimaria y 4-(. 8.5. :irección de En*ermería.

8.-. :irección de /estión de ;ersonal.

8.. :irección de Recursos Económicos y 0ervicios /enerales.

+. :ependen directamente de la :irección de Asistencia Especiali$ada las siguientes 0ubdirecciones=

+.(. 0ubdirección ?"dica. +.. 0ubdirección @uir&rgica.

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+.+. 0ubdirección de 0alud ?ental.

5. :ependen directamente de la :irección de Asistencia ;rimaria y 4-(= 5.(. Centro Coordinador de >rgencias y Emergencias 0anitarias.

5.. :irectores de las onas 6!sicas de 0alud.

-. :ependen directamente de la :irección de En*ermería las siguientes 0ubdirecciones=

-.(. 0ubdirección de En*ermería de Asistencia Especiali$ada. -.. 0ubdirección de En*ermería de Asistencia ;rimaria.

. :ependen directamente de la :irección de /estión de ;ersonal las siguientes 0ubdirecciones=

.(. 0ubdirección de ;ersonal.

'. :ependen directamente de la :irección de Recursos Económicos y 0ervicios /enerales las siguientes 0ubdirecciones=

'.(. 0ubdirección de <ostelería.

'.. 0ubdirección de /estión Económica

'.8. 0ubdirección de %n*raestructuras y 0ervicios "cnicos.  Artículo . Bunciones del :irector /erente de 3rea=

(. Con car!cter general, corresponde al :irector /erente de 3rea garanti$ar  la atención integral mediante la coordinación de los niveles asistenciales de asistencia primaria y especiali$ada, así como la atención en salud mental, urgencias y emergencias, drogodependencias y sociosanitariaD para ello su estructura organi$ativa cubrir! las distintas !reas de responsabilidad e)istentes en su demarcación re*eridas a procesos asistenciales, procesos de cuidados y procesos de apoyo.

. Con independencia de lo anterior, le corresponden las siguientes competencias especí*icas.

.(.7stentar la representación de todos los dispositivos sanitarios y sociosanitarios de su !mbito territorial.

.. :irección, control y gestión del *uncionamiento de los dispositivos de  Atención ;rimaria, Especiali$ada, de 0alud ?ental, >rgencias y Atención

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.8. La /estión de los recursos umanos, *ísicos, *inancieros de los dispositivos de Atención ;rimaria, Especiali$ada, de 0alud ?ental y Atención 0ociosanitaria en su !mbito territorial.

.+. La adopción de medidas para acer e*ectiva la continuidad del *uncionamiento de atención sanitaria en su !mbito territorial, especialmente en los casos de crisis, emergencias, urgencias u otras circunstancias similares en su !mbito territorial.

.5. Coordinación, control y evaluación de todos sus órganos directivos.

.-. La implantación y evaluación de programas de mejora de la calidad, dentro de los criterios elaborados por la Consejería

.. Elaborar y presentar la memoria de gestión del !rea. .'. Cual#uier otra #ue le sea atribuida o delegada.

 Artículo 8. Centros de 0alud.

(. Los Centros de 0alud son unidades de atención primaria #ue desarrollan las actividades sanitarias de *orma integrada y mediante el trabajo en e#uipo en las onas 6!sicas de 0alud.

. Al *rente de cada Centro de 0alud abr! un :irector de ona 6!sica de 0alud.

8. El :irector de ona 6!sica de 0alud tendr! como *unciones la de dirigir de *orma descentrali$ada el Centro de 0alud, estar al *rente de la gestión del mismo, dirigir el e#uipo e impulsar su participación en la consecución de los objetivos asistenciales de su ona 6!sica de 0alud.

+. Los :irectores de ona 6!sica de 0alud dependen de la :irección /erencia de 3rea, a trav"s de la :irección de Asistencia ;rimaria y 4-(D podr!n desempear las *unciones #ue estos les deleguen y tendr!n el nivel retributivo #ue se determine en las relaciones de puestos de trabajo.

5. Los :irectores de ona 6!sica de 0alud desempear!n su actividad asistencial en la medida en #ue puedan compatibili$arla con las de dirección y gestiónD y tendr!n el nivel retributivo #ue se determine en las relaciones de puestos de trabajo.

 Artículo +. Faturale$a de los puestos.

 A los e*ectos de lo dispuesto en la :isposición Adicional 0egunda de la Ley 44 de ( de abril, de 0alud, se consideran órganos de dirección los siguientes=

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 :irector Adjunto de 3rea.  :irectores de 3rea.

 0ubdirectores de 3rea.  Artículo 5. Fombramientos.

Los titulares de los órganos de dirección ser!n designados por el ;residente del 0ervicio Riojano de 0alud, a propuesta del /erente del mismo, o en su caso contratados bajo el r"gimen laboral de alta dirección, seg&n las *ormas y condiciones establecidas en la disposición adicional segunda de la Ley 44, citada.

:isposición Adicional Gnica. :esarrollo del :ecreto.

0e abilita al Consejero de 0alud para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente :ecreto y, en particular, para aprobar  mediante 7rden la plantilla org!nica correspondientes a los órganos de dirección establecidos en el artículo +.

:isposición :erogatoria Gnica. Formas derogadas.

Con la entrada en vigor de esta norma, #uedar!n derogadas las siguientes=  :ecreto 445, de (- de *ebrero, por el #ue se establece la estructura org!nica y *unciones de la /erencia del 0ervicio Riojano de 0alud.

 :ecreto 84445, de  de abril, por el #ue se establece la estructura org!nica de las 3reas de 0alud y onas 6!sicas de 0alud.

 Cuantas normas de igual o in*erior rango se opongan a la presente. :isposición Binal Gnica. Entrada en vigor.

El presente decreto entrar! en vigor el mismo día de su publicación el 6oletín 7*icial de La Rioja.

Bibliografía:

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