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Mercado de Capitales

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Universidad Inca Garcilaso de la Vega Facultad de Ciencias Aaministrativas •/ Económicas Mercados de Capitales

ECON. MARIO ALBERTO GUERRERO CORZO

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Facultad de Ciencias Aaministrativas •/ Económicas Mercados de Capitales

Sistema de Negociación Electrónica

El Sistema de Negociación Electrónica (ELEX), implementado en agosto de 1995, es un mecanismo que se ha desarrollado para facilitar la realización de operaciones en la Bolsa de Valores de Lima.

Este sistema ha sido desarrollado bajo la estructura de cliente servidor que optimiza el manejo de los datos permitiendo al usuario interactuar, en tiempo real, a través de una computadora personal instalada en su oficina con el computador central de la Bolsa y, de este modo, realizar sus transacciones bursátiles diarias.

Mediante este sistema se permite a los intermediarios bursátiles ingresar sus propuestas y negociar valores desde los terminales ubicados en sus oficinas a través de los siguientes módulos:

- Módulo de Renta Variable

- Módulo de Valores Representativos de Deuda • Módulo de Reporte y Préstamo Bursátil - Módulo de Mercado de Dinerc

- Módulo de Colocación Primaria y Secundaria - Módulo de Operaciones a Plazo con Prima - Módulo de Ofertas Públicas

- Módulo de Subasta Especial - Módulo de Mercado de Divisas A. Ventajas

• Fácil Manejo: El usuario puede ingresar y aplicar propuestas a firme de compra y venta, y/o consultar diversas tablas de información del sistema, utilizando solamente el mouse o trackball. Asimismo, si el usuario lo desea, puede trasladarse por las distintas opciones del sistema a través del uso del teclado.

• Uso personalizado: E! usuario puede configurar el sistema de acuerdo a sus requerimientos o necesidades de negociación o consulta, dentro de un ambiente Windows, el mismo qua utiliza la más moderna tecnología diseñada para sistemas de este tipo por la versatilidad de su manejo. De esta manera la BVL cumple con las recomendaciones de estandarización y permite, además, la futura interconexión con los sistemas de negociació • de otras bolsas.

• Información actualizada: El sistema realiza automáticamente, y en tiempo real, la actualización de la información del mercado, como precios, propuestas operaciones realizadas, índices, entre otros, en todas las tablas del sistema.

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e. Ha realizado un intercambio o conversión por dichos valores y la entrega de los mismos es anterior a la liquidación de la operación al contado correspondiente.

í. Ha ejecutado derechos para suscribir tales valores y la entrega de los mismos es anterior a la liquidación de la operación al contado correspondiente.

g. Las compras en un mercado externo. 2. VENTAJAS

a. La venta descubierta es una estrategia de negociación que permite a los inversionistas vender valores que no poseen y que consideran se encuentran sobrevaluados, para beneficiarse así de la caída de precio de los mismos. Las ventas descubiertas permitirán a los inversionistas obtener beneficios en un contexto de caída de precios, lo que es poco factible en un mercado sin ventas en corto.

b. Las ventas descubiertas mejoran el proceso de formación de precios, al permitir que el mercado refleje en el precio de los valores todas sus expectativas. En este sentido, las ventas descubiertas complementan el mercado y lo hacen más eficiente.

c. Las ventas descubiertas pueden reducir la volatilidad del mercado, pues ante la subida de los precios de las acciones aparecerán inversionistas interesados en vender al descubierto, lo que podría contribuir a frenar el alza de los precios. Por otro lado, si los precios bajan mucho, tales vendedores- que tienen que devolver los valores obtenidos en préstamo - saldrán a comprar para cubrir sus posiciones contribuyendo de esta manera a aminorar la caída de los precios. d. Las ventas descubiertas permiten las actividades de arbitraje y de cobertura tanto en los mercados de contado como de futuros, como un paso importante para asegurar el desarrollo de los mercados de capitales.

3. CONTROL DE RIESGOS

Las ventajas que implican las ventas descubiertas para el mercado deben complementarse con la necesidad de asegurar la integridad del mercado y la protección a los inversionistas. Por ello, al formular una venta descubierta se debe buscar:

a. Identificación adecuada: Las ventas descubiertas deben ser identificadas como tales por los inversionistas ante la SAB desde el momento de la formulación de la orden. De esta forma, los inversionistas y participantes asumirán las responsabilidades que les correspondan por dichas operaciones.

b. Seguridad: La SAB que ejecute una venta descubierta debe verificar que ésta ha sido o será respaldada por un préstamo bursátil o por una compra posterior. De esta manera se reducen los riesgos de falta de entrega de valores para la liquidación de la operación que involucra la venta descubierta.

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c. Super/isión adecuada: Las propuestas de venta descubiertas serán identificadas por las Sociedades Agentes de Bolsa desde su ingreso al sistema ELEX para fines de supervisión de la Dirección de Mercados de la 8olsa.

d. Integridad: Las ventas descubiertas sólo pueden realizarse con las acciones más líquidas con el fin de no afectar la integridad del mercado. Asimismo, se han establecido limites para la realización de ventas descubiertas.

e. Protección del inversionista: Los inversionistas involucrados en ventas descubiertas deben ser informados de los riesgos que asumen. Asimismo, las SABs que ejecuten ventas descubiertas deben conocer a sus comitentes y la capacidad financiera de estos para cumplir con sus responsabilidades.

4. VALORES SUSCEPTIBLES DE VENDERSE AL DESCUBIERTO

Solo se podrán realizar ventas descubiertas con acciones y valores representativos de derechos sobre acciones aprobados por el Consejo Directivo de entre aquellos que integran la Tabla de Valores Referenciales -TVR vigente a la fecha. Los valores aprobados por el Consejo Directivo son los contenidos en la Lista 1 y 2 de la mencionada tabla. La Dirección de Mercados usando información proporcionada por CAVALI controlará que no se ejecuten ventas descubiertas con valores no incluidos en las referidas listas de la TVR.

5. NEGOCIACIÓN

Las SABs sólo pueden ejecutar ventas descubiertas a través del Sistema de Negociación Electrónica ELEX.

La SAB que desee ejecutar una venta descubierta, deberá marcar el "check box" con la indicación de "venta descubierta". El Sistema ELEX procederá a la verificación de precios descrita en el punto 6. Automáticamente, después de ingresada la propuesta, el Sistema ELEX registrará la cantidad de valores vendidos al descubierto para efectos de control de límites (punto . 11): Cabe señalar que cuando 'a SAB realice un préstamo bursátil para cubrir una venta

descubierta, deberá señalar en la respectiva papeleta del préstamo bursátil tal situación.

Esta información será visualizada en el ELEX únicamente por la Dirección de Mercados y la SAB proponente. Asimismo, la Bolsa informará a CAVALI las ventas marcadas como "descubiertas" con el fin que estas no sean consideradas durante el proceso de seguimiento y control (ver punto 13). De existir saldos disponibles en la cuenta de los comitentes vendedores, las ventas que hubieran sido marcadas como "descubiertas" en el Sistema ELEX serán liquidadas por CAVALI (como ventas largas) usando dichos saldos disponibles, bajo responsabilidad de la SAB vendedora.

6. RESTRICCIÓN DE PRECIOS

Ninguna SAB podrá vender al descubierto al contado en la Rueda:

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a. A un precio menor a la última cotización; o,

b. A un precio igual a la última cotización salvo que ésta sea mayor a la precedente diferente. Por ejemplo:

o Si la última cotización es de SI. 5.00 y la cotización anterior diferente SI. 5.05, se puede vender descubierto a S/.5.01 o más.

o Si la última cotización es de S/. 5.00 y la cotización anterior diferente SI. 4.95, se puede vender descubierto a S/.5.00 o más.

Por ello, una SAB que desee realizar una venta descubierta deberá conocer el precio mínimo al que se puede realizar la propuesta de venta descubierta en cada momento. Con esta finalidad, la tabla de cotizaciones incluirá una columna donde se mostrará este precio (ver punto 10). Para el cálculo de dicho precio mínimo, al día siguiente de la techa de corte, se considerará la cotización de cierre ajustada conforme a los procedimientos establecidos por el Consejo

Directivo.

Si una SAB tiene una orden de venta descubierta, puede ejecutarla en su totalidad o en varias partes siempre que observe la restricción de precios señalada en este punto. El incumplimiento de esta restricción de precios está sujeto a las multas establecidas en el punto 15 de este documento.

7. GARANTÍAS DE LA OPERACIÓN

La persona que realiza una venta descubierta deberá mantener en todo momento, desde la ejecución de la operación y como mínimo hasta la realización de la operación de compra o de préstamo de valores, una garantía mínima equivalente al 50% del importe de la operación. La garantía deberá ser constituida con activos susceptibles de ser entregados como margen de garantía en operaciones de reporte y de préstamo de valores, aplicándose los mismos criterios de valorización establecidos en las normas correspondientes.

El intermediario deberá informar a CAVALI a más tardar a las 16:00 horas de T+1 que las garantías de la operación han sido constituidas. El intermediario llevará un registro detallado de dichas notificaciones con las respectivas garantías, así como la documentación sustentatoria de las mismas. En caso de no informar oportunamente, se asumirá por defecto que las garantías no han sido constituidas. A las 16:30 horas de T+1 CAVALI informará a la BVL y a CONASEV sobre los cumplimientos e incumplimientos en la constitución de la.garantía de acuerdo a la información proporcionada por los intermediarios, a efectos que se adopten las medidas pertinentes al caso.

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8. OBLIGACIONES DE LAS SABS

Las SABs que deseen realizar ventas descubiertas deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

a. Principio- "conoce tu cliente"

Los inversionistas involucrados en ventas descubiertas deben contar con recursos financieros para cubrir sus posiciones. Por ello, es importante que las SABs realicen un permanente seguimiento de la capacidad financiera de sus clientes para tomar riesgos, revisando el historial de negociación de sus clientes y estar en condiciones de responder las siguientes preguntas: 1. ¿Es una orden de venta descubierta o larga?

2. ¿Tiene mi cliente valores disponibles para cumplir con la entrega en el plazo establecido por la Bolsa?

¿Si los valores no se encuentran en mi cuenta matriz, donde se encuentran? ¿Llegarán a '.empo para cumplir con la entrega en los plazos reglamentarios?

4. ¿S¡ mi cliente no tiene valores, qué acuerdos ha realizado para obtener los valores en préstamo y poder cumplir con la entrega a CAVALI oportunamente?

¿Si el cliente no cumple con el acuerdo de compra o préstamo de valores, como voy a cumplir con la entrega de los valores a CAVALI?

b. Ninguna SAB puede realizar una venta si la orden no ha sido identificada previamente como "arga o descubierta. Todo cliente deberá precisar si su venta es al descubierto o larga al momento de dat la respectiva orden a su SAB. Para el cumplimiento de esta obligación, la SAB cebe firmar un acuerdo con su cliente. Ver punto 9. La SAB es responsable de que la .rformación proporcionada por su cliente sea veraz. Este requerimiento debe ser comunicado por ia SAB a sus comitentes, así como mostrarse en un lugar visible de sus instalaciones.

c Al ingresar la propuesta de una venta descubierta al sistema ELEX, la SAB debe marcarla como tal en la papeleta electrónica. Se considera como incumplimiento la omisión, aún si el precio al cual la venta descubierta es realizada cumple con los requisitos de precios señalados en el punto 6.

d. Las SABs deben establecer y mantener adecuados sistemas y procedimientos para supervisar y controlar las ventas descubiertas y administrar las garantías, así como los préstamos bursátiles y compras de valores utilizadas para cubrir dichas ventas, de conformidad a las disposiciones vigentes.

e. Las sociedades agentes de bolsa deberán observar lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley del Mercado de Valores.

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Las SABs que incumplan con las obligaciones establecidas en el presente punto serán pasibles de sanción por parte de la Bolsa.

9. ACUERDO ENTRE LA SAB Y SU CLIENTE

La SAB deberá implementar mediante la utilización de la ficha de registro de sus clientes, las órdenes recibidas de los mismos o cualquier otro documento, el acuerdo expreso en el sentido que su cliente:

a. Se compromete a identificar las órdenes de venta descubiertas, conforme a lo establecido en el presente documento.

b. Faculta a la SAB a prestarse, a través de un mecanismo centralizado de negociación, a comprar valores o a disponer de la garantía constituida para la operación, en caso el comitente incumpla con la entrega de valores vendidos, para la respectiva liquidación conforme a las disposiciones vigentes.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de la SAB de cumplir con las demás disposiciones establecidas en el presente documento y en las demás disposiciones aplicables.

10. INFORMACIÓN

El sistema ELEX mostrará la siguiente información:

a. Total de ventas descubiertas realizadas por valor. Esta información es pública y será mostrada una vez finalizada la Sesión de Rueda correspondiente, considerando los saldos totales de ventas pendientes en la entrega de valores al día anterior (informados por CAVALI) y las ventas descubiertas realizadas durante la Sesión de Rueda del día.

b. Total de ventas descubiertas por SAB y por valor simultáneamente. Esta información es privada y será visualizada en tiempo real por cada intermediario. El cálculo se realizará usando las consideraciones del punto anterior.

Ambos totales son la suma de ¡os saldos totales de ventas pendientes en la entrega de valores al día anterior informados por CAVALI, y todas las ventas descubiertas (marcadas) realizadas durante el día. Esta información será actualizada diariamente en el Sistema ELEX antes del inicio de la Sesión de Rueda siguiente, con la información de CAVAU sobre los saldos de ventas pendientes en la entrega de valores.

c. El precio mínimo al que se refiere el punto 6. Este precio será mostrado en tiempo real en una nueva columna de la Tabla de Cotizaciones (pública).

d. El precio mínimo (al que se refiere el punto 6) que estuviera vigente al momento de ingresar las propuestas de venta correspondientes a cada una de las operaciones realizadas durante la Sesión de Rueda. Esta información será visualizada únicamente por el Administrador

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dei stema (Operaciones Realizadas) y por la SA8 propcneñte (Propuestas Ejecutadas). La in; • - ión del punto d. será enviada a C A V A L I . Asimismo, con rir.es de seguimiento y control, CAw-.li proporcionará a la Oirección de Mercados de la Bolsa la información que se describe en el punto 13. Esta información será igualmente difundida a través de los demás medios que acuerde el Consejo Directivo.

11. LIMITES DE NEGOCIACION

Con la finalidad de asegurar la integridad del mercado de contaco, se han establecido tos siguientes limites para los mercados de reporte, plazo, préstamo bursátil y ventas descubiertas, entre otros que apruebe el Consejo Directivo. Para efectos dei cálculo se considera el total de ventas descubiertas por valor y SAB que calcula diariamente el sistema ELEX.

11.1. Por valor

Se podrán realizar operaciones ccn acciones de empresas íccales asi como entregarlas como margen de garantía, en los mercados de reporte, a plazo, de préstamo bursátil y ventas descubiertas hasta por el 20% del total de acciones registradas mediante anotaciones en cuenta en CAVALI. En el caso de valores extranjeros, se considera el 20% del total de la emisión inscrita en Rueda. Para el caso de ADRs, se considera para el cálculo del límite, la cantidad potencial de ADRs a ser convertidos en función al tamaño del valor subyacente.

11.2. Por SAB

Cada SAB podrá realizar operaciones con acciones como reportaco y prestatario así como entregarlas como margen de garantía de tales operaciones, y realizar ventas descubiertas hasta por el 50% (la mitad) del límite establecido en el punto anterior. Si se superan tales límites la Bolsa suspenderá la realización de tales operaciones según corresponda.

CAVALI proporcionará al Sistema ELEX, antes del inicio de cada Sesión de Rueda, información sobre los saldos totaies de ventas pendientes por valor y por SAB, al cierre del día en que se llevó a cabo la Sesión de Rueda anterior. Esta información será cargada por el Sistema ELEX para el control de límites correspondiente. Durante la Sesión de Rueda, el Sistema ELEX actualizará los saldos totales por valor e intermediario proporcionados por CAVALI con la información de las propuestas de venta marcadas como descubiertas.

La información calculada por el Sistema ELEX será hecha pública al cierre de la Sesión de Rueda. La información privada podrá ser visualizada en tiempo real por el intermediario correspondiente y por la Dirección de Mercados.

12. COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

-uego que las SABs inten/inientes presenten a CAVALI la información correspondiente a sus comitentes conforme a las disposiciones vigentes, CAVALI verificará que los datos de las operaciones coincidan entre sí y con la de sus registres. En caso no sea conforme, CAVALI

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comunicará a las SABs la diferencia a ¡os fines de su inmediata solución. De ser conforme, CAVALI procederá como sigue:

12.1. Entrega de valores

Conforme a los procesos vigentes para la liquidación de las operaciones al contado, CAVALI registrará la venta descubierta como venta pendiente. La SAB vendedora deberá entregar los valores respectivos en los horarios establecidos por CAVALI. Si los valores del préstamo son aplicados directamente para cubrir una operación al contado, el dinero de la operación al contado será usado para cubrir el margen de garantía del prestamista. En este caso, la fecha de liquidación de la operación de préstamo deberá coincidir con la fecha de liquidación de la operación al contado; y además, la cantidad de valores obtenidos en préstamo deberá coincidir con la cantidad de valores vendidos en el mercado al contado. Asimismo, la SAB deberá señalar a CAVALI que tales valores servirán para liquidar una venta descubierta con el fin que CAVALI proceda a la liquidación automática de ambas operaciones.

12.2. Entrega de Fondos

La entrega de fondos se llevará a cabo conforme a los procedimientos vigentes para el mercado contado con acciones y valores representativos de derechos sobre acciones.

12.3.Liquidación de la operación

Verificada la entrega de valores y fondos conforme a lo señalado en los puntos anteriores, CAVALI procederá a la liquidación de la operación según las disposiciones vigentes.

13. IDENTIFICACION DE VENTAS DESCUBIERTAS QUE NO CUMPLEN CON LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS

CAVALI, al cierre del plazo establecido para la liquidación de las operaciones al contado con acciones y valores representativos de derechos sobre acciones, proporcionará a la Dirección de Mercados de la Bolsa y a CONASEV información que permita identificar aquellas posibles ventas descubiertas que fueron realizadas como ventas largas. Con esta finalidad, CAVALI elaborará un listado por valor de todas aquellas ventas al contado liquidadas que hubieran sido realizadas como ventas largas en el Sistema ELEX y que efectivamente se constituyeron como ventas descubiertas. Igualmente CAVALI proporcionará a la Bolsa y a CONASEV !a información recibida de las sociedades agentes de bolsa sobre la constitución de garantías. La Dirección de Mercados recibirá de CAVALI la información antes mencionada a efectos de aplicar la respectiva sanción.

14. INCUMPLIMIENTO DE LAS OPERACIONES

En el caso de incumplimiento en la entrega de valores vendidos al descubierto se procederá conforme a los procedimientos de incumplimiento de operaciones establecidos en el Reglamento de Operaciones en Rueda.

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En caso de incumplimiento por parte del comitente en la entrega de valores para liquidar una venta descubierta, la Sociedad Agente de Bolsa está autorizada para liquidar la posición descubierta de dicho comitente mediante oréstamos: realizados a través de un mecanismo centralizado de negociación, o compras posteriores, destinadas a cubrir dicha venta. De no poder cubrir la totalidad del importe de la venta descubierta, la Sociedad Agente de Bolsa podrá utilizar las garantías puestas por el comitente ante el mismo intermediario para cubrir la operación.

15. MULTAS

La Dirección de Mercados de la Bolsa, será informada de todas las ventas descubiertas que no cumplieron con la notificación de constitución de garantías y las que comunicaron la no constitución de garantías, las mismas que estarán sujetas a una multa igual al 5% del monto de la operación. Asimismo, las ventas descubiertas que fueran realizadas como largas en el Sistema ELEX. según lo indicado en el punto 13. estarán sujetas a una multa igual al 10% del monto de la operación.

"Las Sociedades Agentes de Bolsa podrán solicitar la devolución de las multas impuesta en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la fecha en que les fuera solicitada. Esta solicitud deberá ser presentada a la Dirección de Mercados adjuntando la documentación sustentatoria con el propósito de demostrar que la venta descubierta fue realizada sin la intención de infringir las disposiciones establecidas."

El Consejo Directivo de la BVL podrá exonerar la aplicación de estas multas en los casos en que se demuestre que las ventas descubiertas se realizaron sin intención de infringir las disposiciones establecidas, debiendo enviar la información sustentatoria a CONASEV. Dichas multas impuestas formarán parte del fondo de garantía de la BVL. Asimismo, su aplicación será sin perjuicio de las sanciones administrativas que puedan corresponder. En el caso que estas multas no sean pagadas a la BVL en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, la Dirección de Mercados procederá a suspender a la Sociedad Agente de Bolsa involucrada hasta que regularice dicha situación, incluyendo los respectivos intereses corridos calculados con la TAMN o TAMEX según sea el caso más la tasa de interés moratorio.

16. DAY TRADE VENTA COMPRA

El day trade venta compra es una estrategia de negociación en el mercado al contado, que permite a un comitente comprar los valores vendidos al descubierto durante una misma Sesión de Rueda y por intermedio de una misma SAB, con el fin de obtener ganancias o limitar pérdidas durante el mismo día en que se efectúan las transacciones. Esta estrategia sólo puede ser usada con aquellas acciones y valores representativos de derechos con los que se permite realizar ventas descubiertas, según lo indicado en el punto 4. En este caso, las operaciones de venta preceden a las operaciones de compra y podrán ser realizadas por cantidades iguales o mayores a las cantidades compradas. Si las cantidades vendidas superan a las cantidades compradas, la diferencia deberá ser cubierta con un préstamo bursátil de valores o una compra posterior, que

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deberá ser liquidado antes de la liquidación de la venta correspondiente. Los valores obtenidos por cualquiera de estos medios no forman parle de la estrategia day trade venta compra.

En la asignación de comitentes, el participante deberá marcar las ventas asociadas a la estrategia day trade. Asimismo, se podrán marcar las compras involucradas en la estrategia day trade, para que dichas compras cubran las ventas correspondientes antes que cualquier otra compra del comitente respectivo. Las compras y ventas que integran una estrategia day trade deberán ser realizadas durante la misma Sesión de Rueda, a nombre del misrr.o comitente y a través de la misma SAB. Los valores se asignaran tomando en primer lugar las compras marcadas y en segundo lugar -solo si fuera necesario- las demás compras. Si hubiera un saldo negativo no disponible en la cuenta del respectivo comitente, este quedará registrado como venta pendiente y deberá ser cubierto con los valores provenientes de préstamos bursátiles o compras posteriores (realizadas desde T+1) a ser liquidados antes de la liquidación de la venta correspondiente.

El participante no podrá utilizar el procedimiento de aplicación de valores adquiríaos a través de un préstamo de valores para la liquidación de una venta descubierta, si la operación al contado forma parte de una estrategia day trade. Asimismo, el participante no podrá utilizar el procedimiento de aplicación de valores adquiridos mediante una operación ai contado a la liquidación de un préstamo de valores (operación a plazo), si dicha operación es parte de una estrategia day trade. En los casos de aplicaciones, los valores obtenidos mediante el préstamo bursátil, deberán ser exactamente la misma cantidad de valores involucrados en las ventas descubiertas correspondientes (no existen aplicaciones parciales).

Las operaciones que estuvieran pendientes de entrega de fondos o valores a! momento de la compensación en la fecha fijada por CAVALI (liquidación de las operaciones al contado), serán retiradas y liquidadas usando el procedimiento de liquidación tradicional. En todo lo no especificado explícitamente en este punto, se aplicarán las normas establecidas para la estrategia day trade compra venta.

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OPERACIONES DE COMPRA A PLAZO CON PRIMA

INTRODUCCION

El presente documento describe la funcionalidad de las operaciones de ccmpra a plazo con prima, cuya realización está contemplada en el Reglamento de Operaciones de Rueda de la Bolsa de Valores de Urna.

1. DEFINICIÓN

La operación de compra a plazo con prima es aquella en la que la liquidación se efectuará en un plazo mayor al establecido para las operaciones al contado, el que no pocrá exceder de 360 dias calendario y le da la facultad a la Sociedad Agente de Bolsa compradora de resolver unilateralmente la operación, antes de la fecha de liquidación pactada por las partes, a cambio del pago de una prima. Dicha prima será pactada en el mercado ai momento de realizar la operación y pagada en el plazo de liquidación de las operaciones z\ contado Estas operaciones se realizarán bajo la modalidad de negociación continua y aplicación directa, de acuerdo a las características detalladas en el presente documento.

A continuación se presenta el esquema de una operación de compra a plazo con prima: Valor :XYZ

Cantidad : 10.000 acciones

FL1 : Oía en que se liquida la prima y se entregan las garantías Plazo : Plazo de la operación pactado por las partes

FL2 : Oía en que se liquida la operación (fin de la operación)

Precio contado: 3.50 (precio del valor en el mercado contado al momento de ingresar la propuesta)

Precio plazo : 4.00 (precio al que se pacta la liquidación de la operación en FL2) Prima : 2 % del monto a plazo (pactada én el mercado)

Fecha Cantidad

acc. Valor Coni. S/. Precio Precio Plazo SI. Prima SI.

Liquidación

FLl Monto Plazo en FL2 SI. Valor acc. FL2 SI.

FLl 10.000 XYZ 3.50 4 0 0 800 s/.aoo •

-FL2 10.000 XYZ 4.50 4C.OOO 45.000

SAB vendedora deposita en CAVALI qarantias iniciales en FU 5% M. Plazo SAB compradora paga a SA8 vendedora el monto de la prima en FLl s/.aoo

SAB vendedora paga a SAB compradora el monto de la liquidación financiera en FL2 5.000 Ganancia Neta SAB compradora en FL2 (descontando prima) 4.200 Nota: Para efectos prácticos no se están considerando comisiones.

La operación es pactada en el día T y en T+3 (FL1) se liquida la prima que es pagada por la SAB compradora a la SAB vendedora (S/.800) y la SAB vendedora constituí e las garantías de la operación. En el día de la liquidación de la operación (FL2). la SAB véndedora entrega a la SAB compradora la diferencia entre el monto resultante de valorizar los valores en el mercado al contado y el monto a plazo de la operación (S/.45.000 - S/.40,000= S/.5.000). En el caso que en el FL2 el monto resultante de valorizar los valores en el mercado al contado sea menor al monto a plazo pactado y la SAB compradora no comunica la resolución de la operación, esta operación queda automáticamente resuelta.

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• Estructura Cliente-Servidor: La estructura diseñada para este sistema aprovecha el empleo de múltiples terminales para administrar, distribuir y utilizar grandes cantidades de información en forma simultánea, eficiente y veloz.

• Seguridad y Contabilidad: ELEX asigna a los usuarios distintos niveles de acceso al sistema (negociación, lectura y consulta), así como también claves secretas, lo que otorga un adecuado grado de seguridad y confiabilidad.

B. Fases Operativas

El Sistema ELEX contempla para cada módulo, distintas fases operativas: Módulo de Renta Variable

t. Ingreso de propuestas a firme: Durante esta fase, que va desde las 9:00 a 9:30 horas, los intermediarios bursátiles ingresan sus propuestas a firme de compra y/o venta, las mismas que no pueden ser retiradas hasta después del inicio de la fase de negociación, mostrándose en ese momento el acumulado de las mismas con sus respectivos precios, en todos los terminales en forma anónima.

Estas propuestas son aplicadas automáticamente por el sistema ai momento de iniciarse la negociación, de encontrarse las condiciones necesarias para ello. De no existir dichas condiciones quedan vigentes para la fase de negociación.

El procedimiento de aplicación inicial de propuestas a firme permite comparar todas las propuestas registradas, con la finalidad de determinar un único precio que permita asignar para cada valor la mayor cantidad de acciones posible.

Asimismo, permite determinar las cantidades demandadas y ofertadas para cada valor a los diferentes precios propuestos, considerando que el comprador y el vendedor siempre aceptarán mejores condiciones que las que propusieron.

El precio de aplicación para cada valor determinado en este procedimiento se considera como el precio de apertura del día para la fase de negociación con ese valor.

2. Negociación: Entre las 9:30 y 13:30 horas se ingresan las propuestas de compra y/o venta y se realizan las operaciones de manera continua.

Para la realización de las operaciones el sistema considera dos criterios. El primero es el de mejor precio. Para el caso de las propuestas de compra se van adjudicando de mayor a menor precio, mientras que para el caso de propuestas de venta se van adjudicando de menor a mayor precio. El otro criterio es el de mejor hora, es decir, para un mismo precio se considera el orden cronológico en que han sido ingresadas las propuestas.

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2. VENTAJAS

Las operaciones de compra a plazo con prima ofrecen a sus participantes las siguientes ventajas:

2.1 Para los comitentes compradores

Brinda la posibilidad de realizar ganancias, a través de una estrategia de compra de valores a plazo a un precio menor que el precio esperado del valor en la fecha de liquidación de la operación a plazo, teniendo la opción de minimizar pérdidas, por el pago de una prima, desistiendo de la operación en cualquier momento.

2.2 Para los comitentes vendedores

Brinda la posibilidad de realizar ganancias, a través de la prima que recibe en la operación, de acuerdo a sus expectativas de que él precio pactado a plazo de Jos valores sea mayor al precio de mercaco en la fecha de liquidación de la operación a plazo.

3. PARTICIPANTES

Los participantes en una operación de compra a plazo con prima son los siguientes: 3.1 Comitentes compradores

Son inversionistas que tienen expectativas de incremento del precio del valor por encima del precio a plazo pactado. Pueden ser personas naturales o jurídicas, de origen nacional o extranjero.

3.2 Comitentes vendedores

/

Son inversionistas que tienen expectativas de disminución en los precios o incremento del precio del valor por debajo del precio a plazo pactado. Pueden ser personas naturales o jurídicas, de origen nacional o extranjero.

3.3 Bolsa de Valores de Lima-BVL

Encargada de proporcionar a los intermediarios bursátiles las facilidades para que puedan realizar estas operaciones con transparencia y eficiencia.

3.4 CAVALI ICLV S.A.- CAVALI

Encargada de recibir de las Sociedades Agentes de Bolsa los fondos para la liquidación de las operaciones y de administrar las garantías correspondientes, de acuerdo a los reglamentos vigentes y a los procedimientos contenidos en el presente documento.

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4. VALORES SUSCEPTIBLES DE SER NEGOCIADOS

Se pueden realizar operaciones de compra a plazo con prima con acciones que integran las listas 1 y 2 de la Tabla de Valores Referenciales -TVR vigente a la fecha.

5. NEGOCIACION

Las operaciones de compra a plazo con prima se realizan exclusivamente a través del Sistema de Negociación Electrónica - ELEX en el horario de la Sesión de Rueda, de 09:00 a 14:00 horas, y bajo la modalidad de negociación continua. La aplicación de las propuestas ingresadas es directa y se necesita la aceptación de la Sociedad Agente de Bolsa proponente para la realización de la operación.

6. VARIABLES DE LA PROPUESTA

Las variables a pactar en una operación de compra a plazo con prima son las siguientes: 6.1 Valor: Valor negociado en la operación.

6.2 Cantidad: Cantidad de acciones negociadas.

6.3 Plazo: Se pueden realizar operaciones de compra a plazo con prima hasta por 360 días, los mismos que se calculan desde el día de liquidación de la prima (FL1). Todas las fechas pactadas deben ser días hábiles bursátiles (cuando se lleva a cabo una Sesión de Rueda). En caso contrario, el sistema ELEX ajustará el plazo de la operación hasta calzar el plazo con el siguiente día hábil bursátil, siempre que no se exceda el plazo máximo de 360 días.

6.4 Precio contado: Precio del valor en el mercado contado en el momento en que se ingresa la propuesta al Sistema ELEX. El precio está expresado en la moneda del valor negociado. 6.5 Precio a plazo: Precio al que se pacta la liquidación de la operación a plazo con prima. El precio se expresa con dos decimales en la moneda del valor negociado.

6.6 Monto a plazo: Monto de la operación en el FL2 (precio a plazo por el número de acciones), calculado automáticamente por el sistema.

6.7 Prima: Retribución que corresponde al vendedor por otorgar al comprador la opción de resolver en cualquier momento la operación. Se pacta como un porcentaje del monto a plazo de la operación (cantidad de valores por el precio a plazo), y será calculado por CAVALI en la moneda del valor. Esta prima será pagada por el comprador el día T+3 de realizada la operación en el Sistema ELEX.

6.8 Garantías: Dinero o valores que las partes acuerden y que serán entregadas por el vendedor el día T+3 (FL1) como garantías de la liquidación de la operación. Estas garantías también pueden ser pactadas por listas de la Tabla de Valores Referenciales - TVR vigente.

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7. LIQUIDACION DE LA OPERACION

Todas las operaciones de compra a plazo con prima serán liquidadas a través de CAVALI. En el día T+3 de efectuada la operación (FL1). se liquidará la prima a través de CAVALI. es decir, la SAB compradora deberá pagar el monto de la prima pactada a la SAB vendedora. Asimismo, en esta fecha tanto la SAB compradora como la SAB vendedora deberán pagar las respectivas comisiones.

En el plazo pactado, la operación se liquidará considerando la diferencia positiva entre el precio del valor en el mercado al contado al cierre del día anterior al día de la liquidación (día anterior al FL2) y el precio a plazo, multiplicada por el número de acciones pactadas, efectuándose así una liquidación financiera por diferencias.

La fórmula para el cálculo de la liquidación financiera se realiza de la siguiente manera: LF = (Pe - Pp)* AP

PQ"de:

LF : Liquidación financiera de la operación

Pe : Precio del valor en el mercado al contado al cierre del día anterior al día de la liquidación de la operación

Pp : Precio del valor a plazo pactado en la operación AP : Número de acciones pactadas en la operación

El comprador podrá resolver la operación en cualquier momento, desde el inicio de la misma (FL1) hasta las 16:30 horas del día anterior al FL2. En estos casos CAVALI entregará la garantía al vendedor al día hábil siguiente de la comunicación de resolución del comprador. La comunicación de resolución deberá ser efectuada a CAVALI, siendo la misma irrevocable. En el caso que la operación se liquide normalmente, en el día de la liquidación de la operación (FL2) CAVALI realizará lo siguiente:

• Si el día anterior al FL2 el precio de cierre del valor en el mercado contado es mayor al precio a plazo pactado en la operación, el monto correspondiente al diferencial deberá ser entregado por el vendedor y abonado al comprador.

• Si el día anterior al FL2 el precio de cierre del valor en el mercado contado es igual o menor al precio pactado en la operación, la liquidación financiera será cero y la operación quedará automáticamente resuelta.

De la misma forma. CAVALI devolverá la garantía al vendedor el día de la liquidación de la operación (FL2).

8. GARANTIA INICIAL DE LA OPERACION

La garantía inicial del vendedor será equivalente al 5% del monto a plazo de la operación, la cual deberá ser constituida ante CAVALI en el día T+3 de pactada la operación, es decir, el día de la liquidación de la prima. CAVALI entregará la prima al vendedor siempre y cuando este haya constituido la garantía solicitada para la operación. La garantía será mantenida y valorizada por CAVALI durante toda la vigencia de la operación hasta su liquidación en el plazo

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pactado, o de ser el caso, hasta que la operación se resuelva por decisión del comprador. El comprador no es requerido de entregar garantías.

9. ACTIVOS SUSCEPTIBLES DE SER ENTREGADOS COMO GARANTIA

El vendedor puede constituir la garantía ante CAVALI entregando Jos siguientes activos: • Dinero en efectivo: nuevos soles o dólares norteamericanos.

• Acciones y valores representativos de derechos sobre acciones, incluidos en la TVR. Se incluyen acciones de capital, de inversión, valores representativos de derechos sobre acciones, entre otros.

• Valores representativos de deuda incluidos en la TVR.

• Carta fianza emitida por bancos locales que tengan clasificación igual o superior a B o su equivalente, de acuerdo al reglamento de la Superintendencia de Banca y Seguros. Deberá ser emitida a favor de CAVALI. como solidaria, de realización inmediata, incondicional e irrevocable. Su vencimiento deberá ser por lo menos de 15 días hábiles posteriores a la fecha de liquidación de la operación.

• Carta fianza emitida por compartías de seguros locales que tengan clasificación igual o superior a B o su equivalente, de acuerdo al reglamento de la Superintendencia de Banca y Seguros. Deberá ser emitida a favor de CAVALI. como solidaria, de realización inmediata, incondicional e irrevocable. Su vencimiento deberá ser por lo menos de 15 días hábiles posteriores a la fecha de liquidación de la operación.

Los valores deben estar representados por anotaciones en cuenta en CAVALI con excepción de aquellos depositados en instituciones del exterior, en cuyo caso se observará la forma de registro y representación de valores observada en los mercados de origen. También se exceptúan de esta forma de representación las cartas fianza. Tales valores deben str de propiedad del comitente y encontrarse libres de gravamen.

10., VALORIZACION DE ACTIVOS ENTREGADOS COMO GARANTIA

Para efectos de la constitución de garantías. CAVALI valorizará los activos que la integran diariamente, luego de finalizada la Sesión de Rueda, como sigue:

• Dinero en efectivo ai 100%. Al vencimiento de la operación CAVALI devolverá los intereses ganados al vendedor, a menos que sean utilizados para la liquidación de la operación. En caso que el comprador desista de la operación, se calcularán los intereses hasta el día en que se efectuó la comunicación de resolución inclusive.

• Acciones y valores representativos de derechos sobre acciones, según los porcentajes de castigo considerados en la TVR, aplicados sobre el menor precio entre i) la propuesta de venta, ii) el precio de cierre, y iii) el precio promedio que existiera en el Sistema ELEX el día de la valorización. De no existir dos de ellas, se tomará la existente y de no existir ninguna de las tres, se tomará la última cotización del valor registrada en CAVALI.

• Valores representativos de deuda, según los porcentajes de castigo considerados en la TVR aplicados sobre la menor entre i) la última cotización de cierre, y ii) su valor nominal. • Cartas fianza bancarias: al 100% de su valor.

Cartas fianza emitidas por compañías de seguros: al 100% de su valor.

En el caso que las acciones y valores representativos de derechos sobre acciones que cotizan en otros mercados no tuvieran cotización de cierre en la BVL, se utilizará en su lugar las

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cotizaciones de cierre del principal mercado en que se negocian. 11. MONTO DE COBERTURA Y GARANTIA TOTAL

El monto de cobertura es aquel que busca cubrir el riesgo del incremento de precios del valor materia de la operación en un porcentaje mínimo establecido, el mismo que ha sido determinado en 10%. Su cálculo está en función de las garantías iniciales constituidas por el vendedor y el diferencial del precio a plazo pactado y el precio del valor en el mercado al contado.

La garantía total de la operación está constituida por una garantía inicial, equivalente al 5% del monto a plazo de la operación, y una garantía adicional, que está en función al diferencial existente entre el precio a plazo pactado y el precio del valor en el mercado al contado. El monto de cobertura nunca podrá estar por debajo de 10%.

La fórmula de calculo del monto descobertura es la siguiente:

12. REPOSICION Y DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS

La reposición de garantías se realizará en el momento en que los valores que integran la garantía total, es «decir la garantía inicial más la garantía adicional de ser el caso, se desvaloricen en mas de 2%. Esta desvalorización de las garantías será permitida siempre que no afecte el requerimiento mínimo del monto de ¿obertura. Los cálculos serán efectuados diariamente por CAVALI y comunicados a las Sociedades Agentes de Bolsa involucradas al final del día. El vendedor deberá reponer las garantías a más tardar a las 16:00 horas del día hábil bursátil siguiente. En el caso que la garantía entregada supere la garantía total, el vendedor podrá solicitar a CAVALI la devolución del exceso, siempre y cuando no afecte la garantía inicial entregada ni el requerimiento mínímo del monto de cobertura.

Asimismo, la garantía total solo será devuelta al vendedor a consecuencia de la resolución o liquidación de la operación, a menos que ésta sea utilizada para cubrir una eventual ejecución forzosa de la operación por incumplimiento del vendedor.

donde Gl% Pp Pe

Garantía inicial de la operación igual al 5% del monto a plazo pactado Precio del valor a plazo pactado en la operación

Precio del valor en el mercado al contado al cierre del día de la valorización

GA% Porcentaje adicional de garantías, siempre es mayor o igual a cero

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13. CAMBIO DE GARANTIA

La SAB vendedora podrá cambiar los activos entregados como garantía, por dinero, valores u otros activos, siempre que cuente con el consentimiento de la SAB compradora o hubiera skfo pactado al momento de la operación. El cambio sólo procederá si los activos que quedan luego del cambio mantienen la operación totalmente coberturada. conforme a lo establecido en el punto 11.

14. LIMITES DE NEGOCIACION

Los límites de negociación para las operaciones de compra a olazo con prima se encuentran incorporados en los siguientes límites globales:

14.1 Por valor

Se podrán realizar operaciones con acciones de empresas locales así como entregarlas como garantía, en los mercados de reporte, a plazo, de préstamo bursátil y ventas descubiertas hasta por el 20% del total de acciones registradas mediante anotaciones en cuenta en CAVALI. En el caso de valores extranjeros, se considera el 20% del total de la emisión inscrita en Rueda. Para el caso de AORs. se considera para el cálculo del límite, la cantidad potencial de ADRs a ser convertidos en función al tamaño del valor subyacente.

14.2 Por Sociedad Agente de Bolsa

Cada Sociedad Agente de Bolsa podrá realizar operaciones con acciones como reportado, prestatario y vendedor de una operación a plazo, así como entregarlas en garantía de tales operaciones y realizar ventas descubiertas hasta por el 50% (la mitad) del limite establecido en los límites por valor.

15. ENTREGA DE BENEFICIOS

En el caso que hubiera una entrega de beneficios cuya fecha de corte se produzca durante la vigencia de una operación a plazo con prima, dicho beneficio será incorporado en el cálculo de • la liquidación financiera efectuada para la liquidación de la operación de lá siguiente manera :

15.1 Dividendos en efectivo

Se calculará la liquidación financiera a través de la siguiente fórmula: LF = [(Pc + D)-Pp]*AP

donde : LF Pe

Liquidación financiera de la operación

Precio del valor en el mercado al contado al cierre del día anterior al día de la liquidación de la operación

O Pp

Dividendo entregado por acción

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AP Número de acciones pactadas en la operación

En el ejemplo del punto 1, si durante la vigencia de la operación se entrega un dividendo de S/.0.025 por acción, la liquidación financiera en FL2 seria de S/.5.250 calculada como sigue:

5,250 = [(4.5 + 0.025)- 4]* 10.000 15.2 Acciones Liberadas

Se calculará la liquidación financiera a través de la siguiente fórmula: LF = [{Pe * (l + %Lib))- Pp]* AP

donde :

LF : Liquidación financiera de la operación

Pe : Precio del valor en el mercado al contado cierre del día % ü b : Porcentaje de acciones de liberadas entregadas

Pp : Precio del valor a plazo pactado en la operación AP : Número de acciones pactadas en la operación

En el ejemplo del punto 1. si durante la vigencia de la operación se entregan 0.25% de acciones liberadas por acción, la liquidación financiera en FL2 sería de S/.5.112.5 calculada como sigue:

5,112.5 = [(4.5 • (l + 0.0025))- 4]* 10,000 15.3 Certificados de Suscripción Preferente

Se calculará la liquidación financiera a través de la siguiente fórmula: LF = lPe+(VCSP) -Pp]*AP

donde:

LF : Liquidación financiera de la operación

Pp : Precio del valor a plazo pactado en la operación

Pe : Precio del valor en el mercado al contado al cierre del día anterior al día de la liquidación de la operación

VCSP : Valor CSP dado por el mayor entre el Valor Teórico del CSP o el último precio del CSP registrado en la Rueda

AP : Número de acciones pactadas en la operación

El valor teórico del CSP es la diferencia positiva entre el precio de mercado del valor en el día del corte y el precio ex-derecho del valor. Si esta diferencia es negativa, el valor teórico que se considerará será de cero. En el ejemplo del punto 1, si durante la vigencia de la operación se entregan Certificados de Suscripción Preferente por un valor teórico de S/.0.1, la liquidación financiera en-FL2 seria de S/.6.000, calculada como sigue:

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6,000 = [ 4 . 5 + 0 . 1 - 4 ] * 10,000

16. SITUACIONES EXTRAORDINARIAS QUE AFECTAN LOS VALORES DE LA OPERACIÓN DE COMPRA A PLAZO CON PRIMA

Si (Jurante la vigencia de la operación de compra a plazo con prima, se efectúa una Oferta Pública de Adquisición, Oferta Pública de Intercambio. Oferta Pública de Compra. Redención de valores. Disolución, Fusión, Escisión u otra situación de naturaleza similar, la operación se resolverá automáticamente el día en que se anuncie la situación, quedando extinguida las obligaciones de las partes. El anuncio referido anteriormente, será comunicado por la BVL a CAVALI, las Sociedades Agentes de Bolsa y público en general, a través del Boletín Diario. Al tercer día de realizado el anuncio de la situación extraordinaria, el vendedor deberá entregar al comprador, a través de CAVALI, la parte proporcional de la prima equivalente al tiempo que falta transcurrir desde la fecha del anuncio de la situación hasta la finalización del plazo pactado en la operación. Después de efectuado este pago por el vendedor. CAVALI liberará las garantías de la operación el mismo día de la devolución de la prima y la operación quedará resuelta.

17. RETIRO DEL VALOR DE LA TVR

Si durante la vigencia de la operación de compra a plazo con prima se retira el valor pactado de la TVR. la operación seguirá vigente hasta su liquidación o hasta que el comprador decida resolverla. Asimismo, si durante la vigencia de la operación de compra a plazo con prima se retira un valor entregado como garantía de la operación, este será valorizado por CAVALI considerando el máximo castigo de la TVR más 10%. En este caso, el comprador podrá solicitar el cambio de garantías y el vendedor tendrá hasta tres días hábiles para efectuar dicho cambio.

18. INCUMPLIMIENTO EN LA LIQUIDACION

En el caso de incumplimiento en la operación de compra a plazo con prima, las medidas que se tomarán serán las siguientes:

18.1 Cuando el comprador no entregue la prima pactada o el vendedor no entregue las garantías correspondientes en T+3 de efectuada la operación, CAVALI informará del hecho a la BVL a las 16:00 horas del FL1 y esta operación quedará sin efecto automáticamente.

18.2 Cuando el vendedor no tenga los fondos necesarios para liquidar la diferencia que pudiera existir como consecuencia de la liquidación financiera de la operación a plazo con prima, incluyendo los respectivos beneficios si es que fuera el caso, CAVALI informará del hecho a la BVL a las 16:00 horas del FL2 y la operación se ejecutará con las garantías del vendedor puestas en CAVALI.

18.3 Cuando el vendedor no reponga las garantías hasta las 16:00 horas de la notificación de reposición, CAVALI informará del hecho a la BVL hasta las 16:30 horas del mismo día y el comprador tendrá la opción de ejecutar o abandonar la operación.

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18.4 En el caso que el vendedor no cumpla con la entrega de la parte proporcional de la prima a consecuencia de una situación extraordinaria. CAVALI informará del hecho a la BVL hasta las 16:30 horas del día del incumplimiento y bloqueará las garantías del vendedor a efectos que se produzca la respectiva ejecución de garantías para devolver al comprador la parte de la prima que le corresponda.

18.5 En el caso que el vendedor no cumpla con cambiar las garantías como consecuencia de la solicitud del comprador al haber sido retirado el valor de la TVR. CAVALI informará del hecho a la BVL hasta las 16:30 horas del último día permisible del cambio de garantías y bloqueará las garantías existentes del vendedor. En este caso el comprador tendrá la opción de ejecutar o abandonar la operación.

Asimismo, la Dirección de Mercados aplicará la respectiva sanción a las Sociedades Agentes de Bolsa que incurran en los incumplimientos detallados anteriormente, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 49* del Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa.

OPERACIONES DE REPORTE CON ACCIONES Y VALORES REPRESENTATIVOS DE DERECHOS SOBRE ACCIONES

INTRODUCCION

El presente documento contiene la definición del nuevo Mercado de reporte con Acciones y Valores Representativos de Derechos sobre Acciones, conforme a las disposiciones aprobadas por el Consejo Directivo en su sesión CD-686/99 del 07 de julio de 1999 y a la Resolución CONASEV 097-99-EF/94.10, enmarcadas dentro del Reglamento de Operaciones de Rueda en la Bolsa de Valores de Lima aprobado mediante Resolución CONASEV 021-99-EF/ del 26 de enero de 1999.

Este nuevo esquema se caracteriza por una mayor flexibilidad operativa, nuevas facilidades de contratación y un más eficiente esquema de administración de riesgos, los que en conjunto permitirán elevar la eficiencia y liquidez del mercado de reporte, y con ello el atractivo para la participación de los inversionistas.

1. DEFINICION

La operación de reporte es aquella que comprende una venta de valores, a ser liquidada dentro del plazo establecido para las operaciones al contado o a plazo, y una simultánea compra a ser liquidada dentro del plazo pactado, por la misma cantidad y especie de valores y a un precio determinado. A la Sociedad Agente de Bolsa (sociedad) vendedora en la primera venta se le denomina "reportado", mientras que a la sociedad compradora "reportante". Es característica de las operaciones de reporte que los valores que se transfieren en propiedad, queden como margen de garantía del reportante para el cumplimiento de la liquidación de la última venta a plazo. El plazo de esta operación no podrá excederlos 360 días calendario.

A continuación se presenta un ejemplo de una operación de reporte en nuevos soles: Valor : XYZ

Cantidad : 10,000 acciones Precio : S/. 5.00

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TRE : 12.68 % Tasa de Rendimiento Esperada - efectiva anual Plazo: 30 días Márgenes: Lista 1 Operación Comprador

|

Vendedor j Cantidad Precio SI. i Monto i

si. j

Contado Reportante Reportado 10,000 5.00 50,000 :!

Plazo Reportado Reportante 10.000 5.05 50,500 ;

Cqmo puede observarse en la primera venta (al contado) el reportado vende 10,000 acciones XYZ al reportante al precio de S/. 5.00 por un monto contado de S/. 50,000. En la última venta (a plazo) el reportado paga S/. 50,500 que resulta de multiplicar la cantidad por el precio a plazo. El precio de la última venta a plazo incorpora la TRE de 12.68% por el plazo de la operación.

2. VENTAJAS

Las ventajas que ofrecen las Operaciones de Reporte a sus participantes son las siguientes: o Obtención de recursos monetarios: Permite a los tenedores de valores que puedan

utilizarlos para obtener financiamiento de forma rápida y segura sin tener que desprenderse de ellos.

o Permite la compra de valores en el mercado de contado: Los inversionistas pueden comprar valores en el mercado de contado y luego realizar un reporte con ellos con el fin de liquidar la compra con los fondos resultantes (buying on margin). Esta estrategia permite que los inversionistas puedan aprovechar sus expectativas de incremento futuro del precio del valor.

o Alternativa segura de inversión: Ofrece a los inversionistas una alternativa adicional para la - colocación de sus fondos obteniendo rentabilidades atractivas y plazos que se adecúen a sus expectativas. Para asegurar lo anterior;-se cuenta con procedimientos que garantizan una eficiente liquidación de las operaciones, administración de márgenes de garantía y ejecución forzosa ante incumplimientos.

o Estrateoia de inversión: El destino de los fondos obtenidos a través del reporte es libre, pudiendo ser utilizados para adquirir valores en el mercado de contado con los consiguientes efectos en el incremento de la liquidez y profundidad de dicho mercado. <> Formación de tasas de interés: Toda vez que las sociedades intervinientes en un reporte

pueden pactar la TRE. este mecanismo permite la formación transparente de una tasa de interés de mercado.

3. PARTICIPANTES

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Módulo de Bonos y Letras Hipotecarias

La negociación con Bonos y Letras Hipotecarias en este mercado se realiza por medio de dos subastas diarias con adjudicaciones automáticas de las propuestas por el sistema. Cada subasta presenta las siguientes fases:

1 • Ingreso de oroouestas: Los participantes pueden ingresar sus propuestas de compra y venta, las mismas que no son mostradas al mercado y solamente son visualizadas por el usuario que las ingresó. Esta fase se lleva a cabo entre las 9:00 y 10:00 horas para la primera subasta y entre las 11:30 y 12:30 horas para la segunda subasta.

2. Receso y exhibición de propuestas: En esta fase el sistema realiza automáticamente con fines informativos, para todos los valores que hubieran registrado al menos una propuesta de compra o de venta, un proceso de pre-subasta, el cual considera el mismo procedimiento que el utilizado para el proceso de subasta. Asimismo, el ELEX muestra la demanda y oferta por cada valor, en forma agregada por TflE, en función a las propuestas ingresadas en la fase anterior. Durante este período no se pueden ingresar, retirar o modificar propuestas. El horario asignado a esta fase es de 10:00 a 10:30 horas y de 12:30 a 13:00 horas para la primera y segunda subasta respectivamente.

3. Ingreso v mejora de propuestas: Durante esta fase el Sistema ELEX continúa mostrando la oferta y demanda agregada por TRE (Tasa de Rendimiento Esperada). En este período los usuarios pueden ingresar propuestas únicamente para aquellos valores que hubieran registrado al menos una propuesta durante la primera etapa, siempre que se iguale o mejore la menor tasa de compra o la mayor de venta existente. No se pueden retirar las propuestas vigentes y sólo es posible su mejora en monto nominal y/o TRE. El horario asignado a esta fase es de 10:30 a 11:15 horas y de 13:00 a 13:45 horas para la primera y segunda subasta respectivamente.

4. Adjudicación: El Sistema ELEX efectúa el proceso de adjudicación. Dicho proceso se basa en encontrar para cada valor aquella TRE de mercado con la que se puede adjudicar el mayor monto nominal, generándose el mayor número de negocios a dicha tasa.

Módulo de Reporte

La negociación en este mercado es continua y de aplicación directa por el usuario, es decir, no existe el calce automático como el caso del mercado de renta variable. Para aplicar una propuesta y efectuar una operación en el mercado de reporte, el usuario debe elegir entre las propuestas de compra o venta vigentes, según sea el caso, aquella que se adecúe a sus requerimientos y aplicarla directamente. Estas operaciones se realizan entre las 9:00 horas y las 14:00 horas.

Módulo de Mercado de Dinero

La negociación en este mercado es continua y de aplicación directa por el usuario. Permite que los vendedores puedan colocar sur propuestas y que los compradores puedan aplicarlas

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3.1. Reportante: Posee fondos. Puede ser una persona natural o jurídica, de origen nacional o extranjero.

3.2. Reportado: Necesita fondos y posee valores. Puede ser una persona natural o jurídica, de origen nacional o extranjero.

3.3.Bolsa de Valores de Lima: Es la encargada de proporcionar a las sociedades las facilidades para que puedan realizar sus operaciones con eficiencia y transparencia. Asimismo, es la responsable de definir el régimen de negociación y liquidación aplicable a estas operaciones.

3.4. CAVALI ICLV S.A.- CAVALI: Es la responsable de recibir de las sociedades los valores y. fondos para la liquidación de las operaciones de reporte y de administrar los márgenes de garantía correspondientes, de acuerdo a los reglamentos vigentes y los procedimientos contenidos en este documento.

4. VALORES SUSCEPTIBLES DEXSER NEGOCIADOS

Se pueden realizar operaciones de reporte con las acciones y ADRs que integran la Tabla de Valores Referenciales -TVR elaborada por la Bolsa. La TVR se encuentra integrada por "LISTAS" de acciones agrupadas en función a su volatilidad, liquidez, concentración y dispersión de la propiedad, entre otros. Para la realización de operaciones de reporte, los valores de emisores nacionales deben estar previamente registrados mediante anotaciones en cuenta (desmaterializados) en CAVALI. En el caso de los valores depositados en el Depository Trust Company - DTC de los Estados Unidos, éstos son registrados como margen de garantía (tanto del reportado como del reportante) a través de la cuenta que CAVALI tiene en dicho depósito en su calidad de participante directo. Este esquema funciona también para los valores depositados en otras instituciones con las que CAVALI hubiera celebrado convenios de naturaleza similar. Los valores deben estar libres de gravamen y registrados previamente en la Tenencia Afectable del comitente reportado.

5. NEGOCIACION

Las operaciones de reporte se realizan exclusivamente a través del Sistema de Negociación Electrónica-E LEX» en el horario de la Sesión de Rueda (de 9:00 a 14:00 horas). El ELEX permite a la sociedad ingresar con facilidad sus propuestas o aplicar aquellas de su interés. El cierre de operaciones no es automático y exige la aceptación de la sociedad proponente. Asimismo, el ELEX ofrece diversa información sobre las operaciones realizadas en este mercado.

6. VARIABLES DE LA PROPUESTA

Las variables a pactar en una operación de reoorte son las siguientes: 6.1. Valor Valor materia de la operación. Se conoce como PRINCIPAL. 6.2. Cantidad: Cantidad de valores negociados.

6.3. TRE: Tasa de rendimiento esperada, expresada como tasa efectiva anual (360) hasta con cuatro (4) decimales.

6.4. -Precio de la primera venta : Precio al que se realiza la primera venta qué integra el reporte (ver punto 1.10). Se pacta con dos (2) decimales. Si la operación se realiza en dólares

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norteamericanos con valores expresados en moneda nacional, o viceversa, el precio es calculado por el ELEX con seis (6) decimales. El tipo de cambio utilizado es el promedio de los precios de compra y venta registrados por la Agencia Reuters a las 09:00 horas de la fecha de operación y mostrados por el Sistema ELEX.

6.5. Plazo: Se pueden realizar operaciones de reporte hasta por 360 días. El plazo se calcula desde la fecha de liquidación de la primera venta que integra el reporte (esta fecha se conoce como FL1). La fecha de liquidación de la segunda operación que integra el reporte se conoce como FL2. Estas fechas deben ser días hábiles bursátiles. En caso contrario, el sistema ELEX ajusta los datos de la operación hasta calzar el plazo con el primer día hábil bursátil siguiente. En el caso de las operaciones a plazo variable (ver punto 7.5), las partes pueden pactar adicionalmente un plazo mínimo y un plazo máximo.

6.6. Modalidad: Se pueden pactar varias modalidades de operaciones de reporte (ver punto 7). 6.7. Margen de garantía del reportado: Dinero, valores u otros activos que el reportado debe

entregar como garantía de la liquidación de la última venta a plazo (ver punto 13). Con el fin de otorgar un mayor atractivo a estas operaciones, las partes pueden pactar el margen por "LISTAS" de la TVR en lugar de un determinado valor.

6.8. Fecha de liquidación de la primera venta: Las partes pueden pactar que la liquidación de la primera venta que integra el reporte (FL1) sea:

o En la fecha de la operación (T).

o Al hábil bursátil siguiente al de la operación (T+1).

o En cuanto a la última venta a plazo que integra el reporte, ésta debe liquidarse a través de CAVALI en el FL2 pactado, en el horario que esta institución fije.

6.9. Modalidad de entrega de fondos en el FL1: Si las partes hubieran pactado la liquidación de la primera venta en T, la entrega de los fondos correspondientes podrá ser directa entre las partes o a través de CAVALI. Si se hubiera pactado liquidación en T+1, la entrega de fondos ser£ necesariamente a través de CAVALI. La entrega de valores en el FL1 y en el FL2 así como la entrega de fondos en el FL2, deberán realizarse a través de CAVALI. Con el fin de facilitar la liquidación y el control de los límites establecidos para la realización de operaciones de reporte (punto 22), la sociedad podrá indicar, en la papeleta electrónica del sistema ELEX, que se trata de una "renovación", esto es. que la operación de reporte es realizada por el mismo comitente reportado y por los mismos valores del principal comprometidos en una operación de reporte vigente. En este caso, el FL1 de esta nueva operación debe coincidir con el FL2 de la operación original. Para ello, se debe indicar el número y fecha de realización de la operación inicial asi como si la sociedad reportante es la misma de la operación original. Los fondos obtenidos a través de esta operación deben servir para cancelar todo o parte de la última venta del primer reporte.

7. MODALIDADES

Se pueden pactar las siguientes modalidades de operaciones de reporte:

7.1. Reporte en Nuevos Soles: Es aquella operación de reporte realizada en nuevos soles. Se pueden negociar valores cuyos precios están expresados en dólares norteamericanos, en cuyo caso se utiliza el tipo de cambio mostrado por el Sistema ELEX. Asimismo, las partes pueden pactar una TRE variable, esto es. ajustada a la tasa TAMN o TIPMN, pudiendo

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pactarse un porcentaje fijo adicional a dichas tasas. Por ejemplo: TAMN • 1 % . Para fines de liquidación, y durante la vigencia del reporte, el precio de la última venta a plazo será calculado por CAVALI en base a la tasa mostrada en el ELEX el día anterior

7.2.Reporte en Dólares Norteamericanos: Es aquella operación de reporte realizada en dólares norteamericanos. Se pueden realizar operaciones con valores cuyos precios están expresados en nuevos soles, en cuyo caso se utiliza el tipo de cambio mostrado por el Sistema ELEX. Las partes pueden pactar una TRE variable esto es, ajustada a la tasa LIBOR, PRIME, TAMEX o TIPMEX. pudiendo pactarse un porcentaje fijo adicional a dichas tasas. Por ejemplo: LIBOR • 2%. Para fines de liquidación, y durante la vigencia del reporte, el precio de la última venta a plazo será calculado por CAVALI en base a la tasa mostrada en el ELEX el día anterior.

A continuación se presenta el ejemplo de una operación de reporte realizada en dólares norteamericanos con valores negociados en Nuevos Soles:

Valor: XYZ

Cantidad: 10.000 acciones Precio: S/. 5.00

TRE : 12.68% efectiva anual Plazo: 30 días

Márgenes : Lista 1

Operación ! Comprador I Vendedor Cantidad Precio :

$

Monto . $ Contado Reportante Reportado j 10.000 ! 2.00 20,000 ;

Plazo » Reportado Reportante 10.000 2.02 20,200 i

En la operación al contado, el reportado vende 10,000 acciones XYZ al precio de $2.00, que resulta de dividir el precio de mercado entre el tipo de cambio vigente a esa fecha, recibiendo un total de $20.000. AJ vencimiento, el reportado compra los valores a $2.02 cada uno. por un monto de $20,200. es decir un rendimiento de $ 200 para el reportante.

7.3. Reporte en Nuevos Soles Reajustados - VAC: Es aquella realizada en nuevos soles reajustados según el Indice de Reajuste Diario (IRD) publicado por el Banco Central de Reserva del Perú (BCR). Las partes intervinientes pactan un precio que es ajustado a la variación del IRD durante el período de vigencia de la operación de reporte. Esta modalidad permite reducir los riesgos inflacionarios, promoviendo por ello la realización de operaciones en moneda nacional. Para fines de liquidación y durante la vigencia del reporte. CAVALI calculará el monto de la última venta a plazo en base al IRD vigente. En el FL2 el cálculo será:

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PP = Precio de la última venta a plazo PC = Prec\o de \a primera venta

TRE = Tasa de rendimiento esperada PL = Plazo del reporte

IRDp = Indice de reajuste diario en el FL2. IRDc = Indice de reajuste diario en el FL1. VAL = Número de valores

Ai igual que en los casos anteriores, se pueden realizar operaciones con valores expresados en dólares norteamericanos, en cuyo caso se utiliza el tipo de cambio mostrado por el Sistema ELEX.

A continuación se presenta un ejemplo de una operación de reporte realizada con soles VAC: Valor: XYZ

Cantidad : 10,000 acciones Precio: S/. 5.00

TRE : 6.17% efectiva anual Plazo : 30 días

IRDp: 5.1 IRDc: 5.0 Maroen: Lista 1

Operación Comprador Vendedor I

Cantidad Precio SI.

Monto • S/. ;

Contado Reportante Reportado 10,000 5.0000 50.000 !

¡P,azo Reportado Reportante 10,000 5.1255 51,255 |

En el FL1, el reportado recibe S/. 50,000 por sus 10,000 acciones a S/. 5.00 cada una. Al vencimiento, el reportado paga S/. 51,255, esto es, la cantidad por S/. 5.1255

7.4. Reporte ajustado al Indice Selectivo (ISBVL) de la BVL: Esta modalidad permite a los inversionistas con fondos, obtener una rentabilidad similar a la registrada por la cartera de acciones que integra el Indice Selectivo de la BVL. Para fines de liquidación y durante la

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