Universidad de
Universidad de
Sotavento
Sotavento
Incorporada a la SEP
Incorporada a la SEP
Comercio Exterior
Comercio Exterior
Octavo Semestre
Octavo Semestre
Licenciatura en Contaduria
Licenciatura en Contaduria
Conceptualización del comercio exterior. Conceptualización del comercio exterior.
Hasta no hace mucho tiempo, el comercio exterior era patrimonio Hasta no hace mucho tiempo, el comercio exterior era patrimonio exclusivo de algunos países altamente industrializados, con una exclusivo de algunos países altamente industrializados, con una situación geográfica privilegiada y relaciones
situación geográfica privilegiada y relaciones diplomáticas extensas.diplomáticas extensas. En la actualidad, el comercio exterior ha pasado a ser un problema En la actualidad, el comercio exterior ha pasado a ser un problema de dirección empresarial, una técnica esencial de gestión, o un de dirección empresarial, una técnica esencial de gestión, o un imperativo nacional.
imperativo nacional. Esto se debe a tres
Esto se debe a tres razones fundamentales:razones fundamentales: 1.
1. Es Es un un problproblema ema empreempresarialsarial,, ya que se trata de obtener elya que se trata de obtener el máximo rendimiento de los modernos medios de producción. máximo rendimiento de los modernos medios de producción. 2.
2. PoPor r exexigigenencicias as dedel l memercrcadado.o. EsEsta ta acactitivividadad d reresusultlta a tatann ne
nececesasariria a papara ra la la prprosospeperiridadad d dedel l esestatado do cocomo mo papara ra lala prosperidad de las empresas. Permite al estado, además, prosperidad de las empresas. Permite al estado, además, controlar los remanentes ociosos de producción.
controlar los remanentes ociosos de producción. 3.
3. Por exigencias de información.Por exigencias de información. La tecnología de un paísLa tecnología de un país qu
que e no no se se prproyoyececta ta al al exexteteririoror, , se se esestatancnca. a. El El cocomemercrcioio exterior abre un extenso campo de conocimientos y avance exterior abre un extenso campo de conocimientos y avance tecnológico.
tecnológico.
Com
Comercercio io extexterioerior:r: es es el el acactto o dde e cocomemercrciio o cecellebebrarado do enenttrere
residentes de un país (exportador) con los de otro estado extranjero residentes de un país (exportador) con los de otro estado extranjero ((iimmppoorrttaaddoor)r), , rreevveessttiiddo o dde e lloos s rreecacauuddoos s y y ssoolleemmnniiddaaddeess ad
admimininiststraratitivavas, s, babancncarariaias s y y fifiscscalales es quque e amambabas s lelegigislslacacioioneness exigen respecto de la materia.
En el caso particular de nuestro país, a este acto de comercio le En el caso particular de nuestro país, a este acto de comercio le caben las prescripciones del art. 8
caben las prescripciones del art. 8 del Código de Comercio.del Código de Comercio.
Comer
Comercio cio internainternacional:cional: dedesisigngna a un un coconjnjununto to de de momovivimimienentotoss
ccoommeercrciiaallees s y y ffiinnaanncciieerroos, s, qquue e ddeessaarrrorollllaan n lloos s eessttaaddoos s yy particulares, o los estados entre sí, a nivel mundial.
particulares, o los estados entre sí, a nivel mundial. Diferencia entre comercio exterior y comercio
Diferencia entre comercio exterior y comercio internacional.internacional. Hablar de comercio exterior es como referirnos a un sector de la Hablar de comercio exterior es como referirnos a un sector de la actividad económica de un país, que plantea problemas originales y actividad económica de un país, que plantea problemas originales y exige disposiciones especiales.
exige disposiciones especiales.
La noción de comercio exterior no puede ser un término que se La noción de comercio exterior no puede ser un término que se emplea aisladamente, sino que debe ir unido al nombre del país al emplea aisladamente, sino que debe ir unido al nombre del país al qu
que e se se apapllicica. a. De De dodondnde e seseríría a imimprpropopio io ututiililizazar r el el vovocacablbloo "internacional" para lo que en realidad corresponde a una parte "internacional" para lo que en realidad corresponde a una parte na
naciciononalal. . PoPodedemomos s dedecicir r quque e el el cocomemercrcio io ininteternrnacacioionanal l es es elel
continente
continentey el comercio exterior, es ely el comercio exterior, es elcontenidocontenido..
El comercio exterior de un país es el conjunto de actos de tal El comercio exterior de un país es el conjunto de actos de tal ín
índodolele, , rerealalizizadados os popor r susus s reresisidedentntes es nanaciciononalaleses, , coconfnfororme me aa pr
presescrcripipcicionones es lelegagaleles s y y acactutuanando do cocomo mo susujejetotos s dedel l dedererechchoo internacional privado, mientras que esos mismos actos cuando son internacional privado, mientras que esos mismos actos cuando son realizados por los estados, actuando como sujetos del derecho realizados por los estados, actuando como sujetos del derecho internacional público, configuran el comercio internacional.
La teoría del comercio exterior.
El comercio exterior es la disciplina científica, parte de las ciencias económicas, que estudia las relaciones económicas y comerciales que mantienen los ciudadanos de un país con los de otros países, a los que genéricamente se denomina extranjeros.
El comercio exterior comprende no solamente este tipo de relaciones entre los particulares, sino también entre éstos y el estado.
Esta teoría se fundamente en tres principios:
• Explicar qué fuerzas determinan el movimiento de las
mercaderías que son objeto del comercio exterior.
• Averiguar qué factores intervienen para llegar a una situación
de equilibrio en la fijación de las relaciones de intercambio entre dichas mercaderías.
• Exponer de qué manera, y suponiendo que tal equilibrio se
rompa, se puede alcanzar una nueva situación de equilibrio. La esencia y origen del comercio exterior se encuentran en los distintos precios que alcanzan las mercaderías en los diversos países del mundo.
1. Los recursos provenientes de la tierra, mano de obra, capital, etc. de un país cualquiera están mejor dotados para una producción que para otra.
2. Más alto o más bajo desarrollo alcanzado por el país.
La hipótesis anterior parte del supuesto de que las diversas mercaderías en todos los países presentan las mismas calidades y tecnologías.
Otros factores que juegan en las diferencias de precios internacionales son: plazo de entrega, medios de pago, fletes, tipos de seguros, proximidad de los puertos de embarque, obtención de bodegas, etc.
El comercio exterior exige el conocimiento y cumplimiento de normas y solemnidades que le son propias, como condición previa para encarar el desarrollo de esta actividad.
Balanza de pagos.
El instrumento contable capaz de permitir el seguimiento de las relaciones de una economía determinada con el resto del mundo es la balanza de pagos, por lo que podemos definirla como:
Documento contable que registra sistemáticamente el conjunto de transacciones económicas de un país con el resto del mundo durante un período determinado de tiempo, generalmente un año.
La balanza de pagos suministra información detallada acerca de las transacciones económicas con el exterior, ya sean transacciones de bienes y servicios o transacciones financieras.
Sus principales componentes son:
1. La cuenta corriente. Las transacciones por cuenta corriente son las compras y ventas de bienes y servicios, así como las transferencias unilaterales corrientes. En la balanza por cuenta corriente aparecen recogidas todas aquellas transacciones que dan lugar a una generación de renta en nuestro país (las exportaciones) o en el exterior (las importaciones y aquellas transacciones que sin generar rentas dan lugar a una mayor o menor disponibilidad de renta para el gasto, esto es, las transferencias corrientes.
La balanza por cuenta corriente está integrada por:
• La balanza comercial o de mercancías: recoge los ingresos y
pagos generados por los movimientos de mercancías. Son ingresos las exportaciones de bienes intermedios y finales, mientras que son pagos las importaciones de dichos bienes.
• La balanza de servicios: registra los flujos monetarios debidos
a servicios realizados por el país al resto del mundo o del resto del mundo al país considerado. Está muy ligada a la evolución del turismo, a las necesidades de importación, a las posibilidades de exportación de tecnología y a los
rendimientos de las inversiones en el exterior o del resto del mundo en el país.
El importe consignado en el débito de estos rubros significa entrada de mercancías (importaciones) y entrada (o compra) de servicios a no residentes. El crédito significa salida de mercancías (exportaciones) y salida (o venta) de servicios a los no residentes.
• La balanza de transferencias: recoge los ingresos y pagos que se realizan sin contrapartidas. En ellas, tienen lugar entregas a título gratuito o sin contrapartida, y exigen una contabilización especial. Las remesas remitidas por los ciudadanos de un país que trabajan en otros países y las donaciones gubernamentales son las partidas más representativas. El débito significa salida de transferencias y el crédito su entrada.
La cuenta corriente mide el valor de los ingresos netos de un país derivados de las transacciones internacionales de bienes y servicios, con y sin contrapartida. Su saldo refleja los desequilibrios existentes entre el valor de los bienes y servicios adquiridos del resto del mundo (importaciones) y los vendidos al exterior (exportaciones), más (o menos) las transferencias netas.
El saldo de la balanza por cuenta corriente debe ser igual, pero de signo contrario, al saldo de la balanza por cuenta de capital.
Un déficit por cuenta corriente se financia vendiendo activos a extranjeros, endeudándose, o perdiendo reservas de divisas. Para eliminar un déficit por cuenta corriente, un país debe reducir su gasto en el extranjero o aumentar los ingresos procedentes de la venta de bienes y servicios en el extranjero.
1. La cuenta de capital. Recoge todos los movimientos de capital públicos o privados reflejados en la balanza de pagos, ya sean movimientos a largo plazo, a corto plazo, o variaciones de reservas de divisas. Incluye las subbalanzas siguientes:
• Capital privado a largo plazo.
• Transacciones financieras del gobierno. • Capital a corto plazo, público y privado.
• Variaciones de las reservas de oro y divisas. Las reservas son
posesiones que tiene un país de divisas y otros activos que pueden utilizarse para satisfacer las demandas de divisas, y que sitúan al país como acreedor frente al exterior, ya que éstas representan activos frente al resto del mundo.
La balanza de capital a largo plazo recoge las inversiones, créditos y préstamos, tanto públicos como privados, realizados por los extranjeros en el país (ingresos) o por los nacionales en el exterior (pagos) con plazo superior a un año.
La suma de las balanzas de cuenta corriente, de capital a largo plazo y las transacciones financieras del gobierno integran la
balanza básica. El saldo de la balanza básica frecuentemente se
utiliza como representativo de la balanza de pagos.
De las partidas que integran la balanza de capital, cabe diferenciar las inversiones productivas y las inversiones especulativas. Las inversiones productivas se incluyen en la balanza de capital a largo plazo, ya que implican compras de empresas, de acciones, etc. Los movimientos especulativos de capital tienen por objeto aprovechar situaciones transitorias de los mercados financieros, y tienen una
gran volatilidad. Por ello, estas inversiones se recogen en la balanza de capital a corto plazo. Los rendimientos de ambos tipos de inversiones se incluyen en la balanza de servicios.
La cuenta de capital de un país registra un superávit cuando éste obtiene más ingresos por la venta de activos al resto del mundo de los que se gasta comprando activos en el exterior. En este caso, hay unaentrada neta de capital .
La cuenta capital representa la variación en los activos y pasivos externos que se produjo durante el período considerado, como consecuencia de las transacciones en mercancías y servicios y las transferencias unilaterales. Por esta razón, el saldo de este rubro es igual a la suma algebraica de los rubros anteriores. El débito de la cuenta representa la entrada de divisas, o bien una baja del endeudamiento con los no residentes. El crédito, la salida de divisas, o bien el aumento del endeudamiento con los no residentes.
1. Cuenta de liquidaciones oficiales. Mide el cambio en los pasivos líquidos y no líquidos de un país, frente a las entidades oficiales extranjeras, así como el cambio de un país durante el período que se considera el balance.
Las reservas internacionales oficiales de un país están constituidas por su oro, divisas convertibles, derechos especiales de giro (DEG) y la posición neta del país en el FMI.
El pasivo en aumento de un país frente a las entidades oficiales extranjeras y una disminución de las reservas internacionales, son créditos (+), mientras que la situación inversa, constituye débitos (-).
La contabilidad de partida doble.
Cada transacción económica internacional se incorpora como débito o crédito a la balanza de pagos del país, pero cada vez que una transacción (débito o crédito) es incorporada, también genera una contrapartida en alguna de las cuentas analizadas, por la misma cantidad. A este movimiento se lo denomina técnicamente
contabilidad de partida doble del balance de pagos.
Balanza comercial.
Es el conjunto de transacciones comerciales realizadas por un país con otro u otros del exterior, en un período determinado. Tales transacciones están referidas a la compra y venta de mercaderías, es decir a las importaciones y exportaciones realizadas por el país.
Su saldo será equilibrado o nivelado, cuando M = X. Cuando sucede lo contrario, tendremos superávit o déficit.
Ubicación del sector externo.
La migración internacional de los factores de la producción, el volumen y composición del comercio exterior de los distintos países, las relaciones reales de intercambio y el sistema de pagos internacionales, desempeñan roles vitales en el desarrollo intensivo y extensivo de las naciones.
El sector de exportación puede considerarse como un sector clave del desarrollo, esto se fundamenta en:
1. Amplía el mercado de bienes.
2. Promueve el crecimiento de las industrias de exportación, evitándose la inversión de capital propio para obras de infraestructura, gastos de servicios y otros, necesarios en la comercialización interna de los productos.
3. Las exportaciones generan demanda efectiva externa, que se traduce en un incremento de la demanda interior de un país. La magnitud de la influencia del sector externo varía conforme a los países, originando en muchos casos que sus industrias adquieran relevancia a la luz de los mercados exteriores.
A menos que no se incremente el gasto público, el nivel de consumo, o la inversión interna, una reducción de las exportaciones provocará un retardo en el ritmo de desarrollo intensivo de la economía de un país. Esto debe ser evitado mediante la implementación de políticas adecuadas, que permitan la expansión
del sector y el mantenimiento de una posición competitiva en los mercados internacionales.
Reseña de los principales acuerdos internacionales.
El fundamento del comercio se encuentra en la desigualdad con que están distribuidos los recursos naturales, en la desigual capacidad de explotación de los bienes y en la voluntad de cambio.
En todas las épocas, los riesgos inherentes al cambio han estimulado la organización de instituciones y convenios que, dotados de medios físicos y jurídicos apropiados, garanticen el respeto y el orden.
Sin embargo, las relaciones comerciales entre las diferentes naciones está en función directa de la balanza de pagos de cada estado, por lo que una economía floreciente tendrá como efecto inmediato conceder mayores facilidades al comercio internacional, eliminando restricciones.
Las relaciones comerciales, dan lugar a acuerdos comerciales. Las relaciones financieras, dan lugar a acuerdos financieros.
Acuerdo comercial:acuerdo bilateral o multilateral entre estados, cuyo objeto es armonizar los intereses respectivos de los nacionales de las partes contratantes y aumentar los intercambios comerciales.
Existen dos tipos de acuerdos comerciales:
Cooperación internacional:es un sistema mediante el cual se asocian varios estados con el fin de alcanzar determinados objetivos comunes que responden a sus intereses solidarios, sin que la acción emprendida, ni las medidas adoptadas para alcanzarlos, afecten esencialmente a sus jurisdicciones o a sus prerrogativas de estado soberano.
• Integración internacional: es un sistema por el que se unen
varios estados, aceptando no hacer valer unilateralmente sus jurisdicciones y delegando su ejercicio en una autoridad supranacional, en la que se opera la fusión de sus intereses, y a cuyas decisiones aceptan someterse mediante el control y los procedimientos adecuados, para todo aquello que se refiera al sector de actividad encomendado a la alta autoridad.
Organización de las Naciones Unidas (ONU, junio de 1945). Objetivos:
1. Mantener la paz y la seguridad en el mundo,
2. Establecer relaciones de amistad entre las naciones, los países miembros y particularmente los países en vías de desarrollo, combatir el analfabetismo y fomentar el respeto a la libertad mutua,
3. Ayudar a los miembros a alcanzar estos objetivos.
La ONU comprende:
• Órganos políticos: Asamblea General, Consejo de Seguridad, Secretaría General.
• Órganos económicos: Consejo Económico y Social, del que dependen cuatro comisiones económicas regionales:
• EGE (Comisión Económica para Europa), con sede en
Ginebra,
• ECAGE (Comisión Económica para Asia), con sede en
Bangkk,
• ECA (Comisión Económica para África), con sede en Addis
Abeba, Etipía,
• ECLA (Comisión Económica para América Latina), con sede
en Santiago de Chile.
Estos organismos de carácter económico, social, cultural o técnico han sido creados por acuerdos intergubernamentales.
Igualmente, existen organizaciones no gubernamentales, a las que la ONU ha dado un estatuto consultivo, entre las cuales la más importante es la CCI (Cámara de Comercio Internacional), cuya sede está en París.
Banco Internacional para la Reconstrucción y Desarrollo (BIRD).
La Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas, celebrada en 1944, en Bretton Woods, da origen al Fondo Monetario Internacional (FMI) y al Banco Internacional para la Reconstrucción y Desarrollo (BIRD), conocido también como Banco Mundial.
El convenio constitutivo entró en vigor en 1945, y sus actividades se iniciaron en 1946, con la premisa de suministrar el capital necesario para ayudar a las distintas economías a superar los efectos de la guerra mundial, así como estimular el desarrollo de la producción y recursos en los países subdesarrollados.
1. Otorgar créditos a los gobiernos de los países miembros para el financiamiento de proyectos económicos prioritarios, con la garantía o respaldo de su Banco central o del gobierno mismo.
2. Prestar todo tipo de apoyo técnico multilateral y asesoramiento a los países solicitantes, tanto dentro como fuera del marco de sus operaciones financieras.
Su capital constitutivo está formado por suscripciones que realizan los países miembros, pero no se desembolsan en su totalidad, sino que se aporta un 2% en oro o dólares y el resto, hasta un 20%, en moneda del propio país, mientras que el 80% restante constituye un fondo de garantía destinado a respaldar emisiones de bonos en los mercados de capitales y son exigibles en caso de que el Banco tuviese que hacer frente a obligaciones.
El BIRD cuenta con sus propias reservas, provenientes de los intereses percibidos por préstamos y rendimientos de las inversiones realizadas. Otra de sus fuentes de recursos la constituye el acceso a los mercados internacionales de capital, mediante la colocación de emisiones, cuyo vencimiento varía entre 3 y 12 años.
Para proporcionar asistencia al sector privado se crean dos instituciones, que conforman el Grupo del Banco Mundial:
1. Corporación Financiera Internacional (CFI): creada en 1956, se dedica a la financiación de empresas privadas de países en desarrollo, sin exigir garantías por parte de los gobiernos. 2. Asociación Internacional de Fomento (AIF): creada en 1960,
pretende facilitar créditos a aquellos países que, debido a la situación de su balanza de pagos lo requieran, brindando condiciones más favorables que las otorgadas por el BIRD.
Los créditos otorgados por el BIRD son instrumentados, en la mayoría de los casos, a largo plazo (20 años) y se dirigen a la financiación de inversiones en los sectores de industrias básicas, sector agrario, bancos de desarrollo industrial, sistemas de transporte, urbanismo, energía, telecomunicaciones, etc.
Sin embargo, su labor ha sido considerada como poco satisfactoria debido a su capacidad financiera insuficiente.
La marcada influencia estadounidense de su gestión, su operatoria demasiado conservadora, los tipos de interés próximos a los del mercado y sus recursos muy limitados son algunos de los aspectos más criticados en la operatoria del BIRD.
El primer préstamo recibido por la Argentina del BIRD fue en 1961. Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Fue creado en 1959, iniciando sus actividades en 1960. Su sede central se encuentra en Washington y su principal objetivo es el de colaborar con el proceso de desarrollo económico individual y colectivo de los países miembros.
Su actuación específica consiste en promover la inversión de capitales públicos y privados para fines de desarrollo, así como brindar apoyo y orientación en la preparación de las políticas de desarrollo de los países miembros.
Está integrado por todos los países miembros de la Organización de Estados Americanos.
El Banco cuenta con sus propios recursos provenientes del capital suscripto en el Convenio de Constitución. Cuenta también con un Fondo para Operaciones Especiales. Por otra parte, el Social Progress Trust Fund es destinado a la asistencia técnica de países para la realización de mejoras estructurales.
Además. El BID acude a los mercados financieros internacionales, emitiendo bonos, vendiendo participaciones en los préstamos otorgados, etc.
En casos excepcionales, el banco puede recurrir a recursos confiados por países no miembros como los Países Bajos, Suecia, etc.
GATT (General Agreement of Tariff and Trade). (Acuerdo sobre tarifas y comercio internacional).
Firmado en Ginebra en 1947, por 23 países cuyas transacciones representaban el 70% de los intercambios más importantes. Su representante es la CCI (Cámara de Comercio Internacional) cuya sede está en París.
Es una institución a través de la cual se negocia la reducción de las barreras que entorpecen el desarrollo del comercio internacional y que actúa de árbitro de los conflictos que sobre asuntos comerciales puedan surgir entre sus partes contratantes.
El GATT, fundado en un simple contrato internacional multilateral, se puede comparar a un organismo de cooperación. Tiene una secretaría ejecutiva con sede en Ginebra.
Objetivos y principios.
• Prohibición de las restricciones cuantitativas. La
protección de la industria nacional únicamente puede llevarse a cabo mediante los derechos arancelarios, condenando por lo tanto toda restricción de carácter cuantitativo al comercio. Sin embargo, este principio está acompañado de una serie de excepciones con el fin de estabilizar los mercados agrícolas, proteger el equilibrio de la balanza de pagos y favorecer el desarrollo económico. Esto se implementa para los productos industriales, lo que indica que los no industriales pueden estar sujetos a regulaciones mucho más estrictas.
• Regulación del comercio de estado. Ante la existencia de
monopolios de compra o de venta en el comercio exterior que hayan sido originados por concesiones efectuadas por el estado a favor de empresas públicas o privadas, es atentatorio contra la libertad de comercio y tendrá efectos negativos contra las rebajas arancelarias que se logren. La empresa o empresas que realicen la compra o venta con el exterior, deberán ajustar su política con respecto al principio de no discriminación.
• Dumping.Ocurre el dumping cuando el precio de exportación
de un producto es inferior al del mercado interno. No siempre es posible determinar el precio de este mercado, por lo que se considera que existe dumping cuando:
a. El precio de exportación sea inferior al precio comprable más alto de un producto similar que debe ser exportado a un tercer país.
b. El precio de exportación sea inferior al costo de producción más un suplemento razonable en concepto de utilidad.
El acuerdo establece que el país perjudicado establezca un derecho anti dumping de una cuantía no superior a la diferencia entre el precio de exportación y el precio considerado normal.
• Subvenciones. El acuerdo no establece una prohibición
absoluta de aplicación de subvenciones, sólo dispone que para los productos que no sean primarios se dejarán de conceder subvenciones a la exportación, cualquiera que sea su naturaleza.
• Principio de igualdad de trato. Su aplicación práctica
• Las mercaderías no pueden ser objeto de discriminación por
su procedencia.
• Las legislaciones en materia comercial no podrán ser
aplicadas de modo que supongan una protección al comercio exterior.
• A todos los países se les exige la aplicación de las medidas
de máxima reciprocidad en el intercambio de ventajas en las negociaciones.
• Cláusula de la "nación más favorecida". Es el principio
fundamental. Indica que todas las ventajas, favores y privilegios concedidos por una parte contratante a un producto originario, se harán inmediata e incondicionalmente extensivas a cualquier producto similar originario o destinado de o a los territorios de las demás partes contratantes. No sólo se refiere a los derechos arancelarios, sino a "cualquier favor, ventaja, privilegio e inmunidad".
Conceptualización de los distintos sistemas de integración económica.
Laintegración económica es una institución jurídica - económica que comprende un proceso político de aparición y evolución reciente. Surgió después de la segunda guerra mundial, y se
desenvolvió a partir de la quinta década de este siglo, como proceso originariamente europeo.
Presupone la existencia de espacios económicos pertenecientes a dos o más estados soberanos dispuestos a la cooperación recíproca con el objeto de ampliar sus intercambios comerciales y estimular su desarrollo económico, mediante instituciones jurídicas y económicas comunes.
La integración económica se refiere a los factores que determinan los procesos económicos de los países participantes, relativos a los aspectos comerciales, monetarios, fiscales, industriales, agropecuarios, aduaneros, crediticios, de programación, de coyuntura y otros.
Los espacios económicos pueden ser homogéneos, cuando cada una de sus partes registra caracteres muy semejantes a los de los demás, o polarizados, en los que las partes dependen de un polo o centro que concentra las actividades secundarias y terciarias y produce la mayor parte del valor agregado.
En base a la noción de los espacios económicos, la integración económica encaminada a coordinar el desarrollo de dos o más
espacios soberanos, se produce, gradualmente y de hecho, un grado creciente de unificación económica.
La integración propiamente dicha es el "status jurídico" en el cual los estados entregan algunas de sus prerrogativas soberanas, con el fin de constituir un área dentro de la cual circulen libremente y reciban el mismo trato, las personas, los bienes, los servicios y los capitales mediante la armonización de las políticas correspondientes y bajo una égida supranacional.
En esencia, consisten en la eliminación de barreras económicas y la armonización de políticas nacionales.
El fundamento de todos los procesos de integración, particularmente en América Latina, es la búsqueda de mercados más amplios para sus industrias.
Preferencias comerciales.
Las preferencias comerciales consisten en ventajas, privilegios o tratamientos favorables que dos o más estados se acuerdan exclusivamente entre sí, sin extenderlos a terceros países.
Las preferencias son contrarias a la cláusula de la nación más favorecida, y el GATT sólo las admite con consentimiento expreso en forma de una dispensa (waiver), siendo de interpretación restrictiva.
Las preferencias se refieren siempre a productos concretos, designados conforme a la numeración y denominación de la nomenclatura aduanera de los estados que las otorgan, y pueden ser arancelarias, cuando eliminan o reducen los derechos de importación de las mercaderías originarias en los países beneficiados, o abarcar también otros gravámenes y restricciones al comercio.
Para el proceso de integración económica, las preferencias son de naturaleza primaria, por cuanto pueden significar inicialmente un estímulo para incrementar corrientes comerciales existentes o generar nuevas fuentes de intercambio. En rigor, las preferencias equivalen a una permuta de subsidios aduaneros a favor de las mercaderías beneficiadas.
Las preferencias carecen del efecto integrador de mercados que supone la libre circulación de bienes entre varios estados. En un régimen de preferencias, una mercadería puede ingresar con ventajas a un mercado, pero no puede circular libremente entre varios mercados, ni tampoco puede ingresar sin gravámenes al
mercado que las vende. Sin esa circulación libre, no hay territorio aduanero único, ni mercado común para las mercaderías beneficiadas. Por ello, se teme que acarreen más daño por las distorsiones que implican, que ventajas por el incremento del comercio que generan. Sólo se justifican transitoriamente, como paso hacia formas más amplias de integración.
El sistema de preferencias aduaneras se da cuando un conjunto de territorios aduaneros se conceden entre sí una serie de preferencias, no extensibles a terceros países, debido a la suspensión internacionalmente aceptada de la cláusula de la nación más favorecida.
Zona de libre comercio.
Es un término intermedio entre las preferencias aduaneras y la unión aduanera, que crea un solo territorio aduanero o espacio comercial. Conforman formaciones poco estables, que se crean con carácter transitorio y que tienden a convertirse en uniones aduaneras, o a desaparecer.
La zona de libre comercio es un área formada por dos o más países que, de manera inmediata o paulatina, suprimen las trabas aduaneras y comerciales entre sí, manteniendo cada una frente a
terceros su propio arancel de aduanas y su particular régimen de comercio.
El artículo XXIV, 8, b del GATT expresa que "se entenderá por zona de libre comercio a un grupo de dos o más territorios aduaneros entre los cuales se eliminen los derechos de aduana y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales de los productos originarios de los territorios constitutivos de dicha zona de libre comercio".
La zona de libre comercio permite excepciones cuantitativas (al limitar la liberación a lo esencial del intercambio, entendiéndose que no debe ser inferior al 80% del intercambio real) y cualitativas (al restringir esa liberación a los productos originarios).
La limitación cuantitativa surge del hecho de que cada estado mantiene su política comercial frente a terceros países, de modo que las mercaderías originarias de éstos podrían motivar desviaciones comerciales al ingresar a la zona por el estado gravado más bajo para su reenvío a los demás. Para el control respectivo, las partes deben definir qué consideran producto originario y luego concertar un mecanismo de certificados de origen para su presentación en aduanas. El principal problema radica en la admisibilidad de insumos provenientes de terceros mercados, en los
productos considerados como originarios de la zona. En general, se admite como máximo hasta el 50% de insumos designado con un extrazona.
La cláusula de la nación más favorecida rige dentro de la zona, de modo que cualquier ventaja, privilegio o favor vale para todos. Las excepciones deben ser consentidas.
Como institución del derecho público internacional, la zona se formaliza mediante tratados y protocolos que definen los derechos y obligaciones de las partes. Predominan los aspectos aduaneros y comerciales, aunque se norma también otros procesos económicos de interés común (capitales, personas, monedas, servicios, impuestos).
Unión aduanera.
El GATT define a la unión aduanera como la sustitución de dos o más territorios aduaneros por un solo territorio aduanero, de manera que:
1. Los derechos de aduana y demás reglamentaciones comerciales restrictivas sean eliminadas con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales de los productos originarios de dichos territorios.
2. Cada uno de los miembros de la unión aplique al comercio con los territorios que no están comprendidos en ella, iguales derechos de aduana y demás reglamentaciones del comercio.
La unión aduanera, simple y llana, difícilmente puede darse en la realidad y permanecer.
Si establecemos libertad de comercio sin barreras arancelarias ni cuantitativas dentro de la Unión, inmediatamente aparecen problemas derivados de la existencia de diferentes sistemas monetarios, fiscales, de transporte, etc. quiere decir que, cuando la unión aduanera se consolida efectivamente, desemboca en la unión económica.
La unión aduanera y la unión económica son la máxima expresión de integración de dos o más economías nacionales. Suponen la construcción de un arancel aduanero común frente a terceros países.
Comunidad económica.
El grado de integración económica difiere, según las intenciones de las partes y los instrumentos elegidos.
Las preferencias comerciales no requieren administración especial. La zona de libre comercio reclama, en cambio, una asociación de voluntades de efecto dinámico (su etapa de transición supone la negociación permanente), por lo que las partes constituyen una asociación intergubernamental.
En la asociación, los órganos de administración carecen de capacidad propia de decisión y ésta prevalece por la unanimidad. Salvo aspectos convenidos de procedimientos, no se reconocen órganos supranacionales con jurisdicción propias.
La comunidad económica es una forma más estrecha de integración, instituye organismos (no mecanismos) comunitarios, que representan los intereses generales y no los nacionales. Los órganos comunitarios tienen facultades normativas y competencias propias, con poderes directivos de ejecución de sus propias decisiones.
En su última etapa, la comunidad económica tiende a nuevas formas estatales, de carácter confederativo.
Mercado común.
En su contenido económico, el mercado común es la unificación de dos o más mercados. Puede aplicarse a un producto determinado, cuando circula libremente en varios territorios aduaneros. No obstante, la aplicación general del término se refiere a la unificación de dos o más espacios económicos soberanos en uno solo. Supone previamente la unión aduanera, y avanza sobre ésta al englobar también la eliminación de restricciones a los movimientos de los factores productivos.
Más allá del mercado común, se entiende que la unión económica es la etapa más avanzada de la integración económica, que requiere la armonización de las políticas fiscales, sociales, económicas, monetarias y anticíclicas. La última etapa consiste en la unificación política confederativa o unitaria.
La unión europea, bajo la forma de una confederación o federación, arranca doctrinariamente de las formulaciones esencialmente políticas, sin propiciar la unión económica como base previa.
Sólo después de la segunda guerra mundial se plasmaron iniciativas concretas a favor de la unidad. En 1948, se formó el primer intento concreto de integración económica entre Bélgica, Holanda y Luxemburgo (BENELUX).
Otro intento integrador, limitado al sector del carbón y el acero, fue la constitución en 1950 de la Comunidad Europea del Carbón y el Acero (CECA), constituida por Francia, Alemania, Italia y el
Benelux.
La CECA se considera antecedente directo de la Comunidad Económica Europea.
En 1947 fue lanzado el Plan Marshall y los países de Europa Occidental. Estados Unidos y Canadá constituyeron en 1948 la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE). La ayuda financiera estadounidense se canalizó en forma bilateral entre Estados Unidos y cada país, pero la cooperación monetaria y comercial transcurrió en el marco multilateral de la OECE. La Unión Soviética rechazó el plan y obligó a sus satélites a obrar de igual manera.
El método de liberar el comercio de trabas, manteniendo los aranceles vigentes, equivalía al restablecimiento del tratamiento no discriminatorio entre los países europeos, pero al mismo tiempo establecía una discriminación frente a los países no europeos, en especial los Estados Unidos y otros países de moneda libremente convertibles. La Argentina se asoció informalmente al sistema comercial de la OECE mediante los acuerdos del Club de París.
El ejercicio de la negociación en la OECE sirvió de antecedente para la gestación de los dos movimientos europeos de integración económica que siguieron.
La OECE en 1960 se transforma en la Organización Económica de Cooperación y Desarrollo (OECD), ya no limitada a la reconstrucción del comercio y los pagos europeos, sino a servir de
mecanismo de consulta y centro de estudios de problemas de cooperación económica.
Unión europea (ex Comunidad Económica Europea).
El lanzamiento del Plan Schuman, en 1950, se inicia mediante la proposición de la entonces Alemania Federal y el resto de los países que lo desearen, de crear las condiciones para una paz durable y promover el desarrollo económico y estratégico.
Los principios comunitarios eran:
• Igualdad entre los estados miembros. • Superioridad de las instituciones.
• Independencia de los órganos comunitarios. • Colaboración entre las instituciones.
En 1951, se reúnen en la mesa de negociaciones Bélgica, Holanda, Luxemburgo. Italia, Francia y Alemania, refrendando el acuerdo que instituye la Comunidad Económica del carbón y el Acero (CECA).
Se firma el tratado de Roma que da origen a la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica (EURATOM), ambas con sede central en Bruselas,
Bélgica.
A partir de ese momento, se inicia la puesta en marcha de políticas comerciales y regionales conjuntas, así como en materia de educación, investigación, protección al medio ambiente, relación con países del tercer mundo.
Posteriormente, se integran a la CEE Irlanda, Dinamarca y Reino Unido. En 1978, se integra Grecia.
En 1979 se logra poner en funcionamiento el Sistema Monetario Europeo, constituyendo el ECU, la unidad de cuenta simbólica del sistema, compuesto por una canasta de monedas nacionales.
En 1986, se produce el ingreso de España y Portugal a la CEE. Los doce países miembros se comprometieron a desarrollar un mercado común para el 1 de enero de 1993.
Tras la crisis de agosto de 1993 en el sistema monetario alemán, pilar de la estructura europea, se produce el derrumbe del SME.
En materia de instituciones, se han creado organismos comunes para el diálogo y la toma de decisiones. Surgen así el Consejo de Ministros, el Parlamento Europeo, la Corte de Justicia, el Comité Económico y Social, el Tribunal Europeo de Cuentas y la Comisión Europea. La característica propia de estos organismos es la supranacionalidad. Los estados, las empresas nacionales, multinacionales o los ciudadanos particulares de cada estado miembro pueden ser acusados ante la Corte o ante sus propios órganos jurisdiccionales.
La CEE constituye el proceso de integración que más avanzó en la implementación de la total libertad de circulación de mercaderías, mano de obra, capitales y servicios y en la armonización de políticas en general.
En el aspecto de política regional, cada uno de los estados posee características propias de desarrollo con algunas regiones más prósperas y otras desfavorecidas. Las disparidades internas responden a una brecha de desarrollo de 1 a 6, entre la región más rica y la más pobre. A partir de 1988, las acciones de solidaridad interregional se han intensificado. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) creado en 1975 contribuye a la puesta en marcha de planes estructurales en las regiones rurales, la creación de fuentes de trabajo en zonas de menor desarrollo relativo y el otorgamiento de respaldo económico concreto.
La Política Agropecuaria Comunitaria (PAC) tiende al establecimiento de un mercado agrícola también común, sometidos a las mismas reglas. Esta política agrícola tuvo desde sus orígenes un marcado sentido proteccionista y de estímulo a la producción agropecuaria de la comunidad, con el objetivo de alcanzar al menos un 90% de autoabastecimiento.
Principios fundamentales de la PAC:
• Preferencia comunitaria (preferencia a los productos
provenientes de la Unión Europea),
• Unidad de mercado (constitución de un mercado agrícola
común, en el que los productos puedan circular libremente),
• Solidaridad financiera (financiamiento comunitario para la
PAC).
Esta política perjudicó sistemáticamente a países agropecuarios eficientes como la Argentina.
La reforma de la PAC aprobada en 1992, regula la producción y precios agrícolas junto a subvenciones en determinados productos. Con el objetivo de contrarrestar las diferencias estructurales y aumentar la productividad en la agricultura, la Unión Europea
interviene mediante subsidios, préstamos accesibles, ayuda económica para la modernización de establecimientos, formación y capacitación de agricultores, mejora de la infraestructura rural, fortalecimiento de los canales de comercialización, etc. la Federación europea de Orientación Agrícola (FEOGA) brinda ayuda para implementar estas acciones.
En 1995 se incorporan a la Unión Europea Austria, Suecia y Noruega. En abril de ese mismo año, la Comisión Europea aprobó las directivas de un acuerdo marco interregional de cooperación comercial y económica con el Mercosur.
Zona europea de libre comercio.
Conocida bajo la sigla EFTA (European Free Trade Association) o española de AELC (Asociación Europea de Libre Comercio), configura otra forma de integración económica más atenuada y de objetivos más limitados que la CEE.
El punto de partida de la EFTA lo constituye el Tratado de Estocolmo, firmado entre el Reino Unido, Suecia, Noruega,
Dinamarca, Suiza y Austria. También se incorporaron Finlandia, Islandia y Liechtenstein.
La EFTA fue concebida como un refuerzo de negociación de los países integrantes, con la CEE.
No reconoce órganos supranacionales, mantiene apenas un secretariado en Estocolmo para las tareas de coordinación y la presentación de los estudios.
La liberación comercial vale para los productos originarios.
La EFTA no tienen organismos financieros específicos, ni cuenta con recursos fiscales propios.
COMECON.
El Consejo para la Ayuda Económica Mutua (COMECON) de los países de la órbita soviética, creado en 1949 como contrapartida política de la OECE y del Plan Marshall, no constituye propiamente un proceso de integración económica, pues le faltan los requisitos fundamentales de la economía de mercado. Estaba integrado por la Unión Soviética, Bulgaria, Checoslovaquia, la República Democrática Alemana, Hungría, Polonia y Rumania (Albania se retiró, China, Corea del Norte Vietnam del Norte sólo participarán como observadores). Actualmente se ha disuelto.
Mercado Común Árabe.
Bajo la forma de un "Acuerdo de la Unidad Económica", suscripto en 1957, pero que entró en vigencia en 1964, Arabia Saudita, Jordania, Irak, Kuwait, Líbano, Libia, Marruecos, la República Árabe Unida (Egipto), Siria, Sudán y Túnez, constituyeron el Mercado Común Árabe. El tratado manifiesta como objetivo la unidad económica integral, con libertad absoluta de circulación de personas, capitales, bienes y servicios, pleno ejercicio del derecho
de establecimiento y goce de todos los derechos civiles. A ese efecto, se establece la unión aduanera, se unifican las normas jurídicas y se negocia en forma colectiva frente a terceros estados.
El Mercado Común Árabe ha tenido pocos resultados.
Unión Económica y Aduanera de África Central.
El tratado fue suscripto en 1964 por Camerún, Congo, Gabón, Chad y la República Centro Africana. Sus órganos son el Consejo de Jefes de Estado, el Comité de Administración y la Secretaría General. Sus objetivos son análogos a los del Mercado Común Árabe.
La integración regional latinoamericana.
Cada república latinoamericana se formó con sus propias luchas políticas y evolucionó según sus designios nacionales, sin perjuicio de sus relaciones más o menos estrechas con las repúblicas limítrofes. Sólo en Centroamérica hubo unidad política federativa hasta 1838 y se mantuvieron los anhelos de reconstituirla, lo que parece razonable en virtud de la contigüidad y la dimensión reducida de los 5 estados centroamericanos.
En el campo comercial, se registran intentos recurrentes para estrechar lazos entre vecinos, aunque eses políticas eran de gravitación secundaria frente a los principales problemas comerciales con Europa y Estados Unidos.
Sólo cuando cambian las condiciones económicas y políticas mundiales, América Latina se encamina lentamente hacia formas más estrechas de cooperación comercial.
La gran depresión de 1930 marca el comienzo de las actitudes y las primeras tentativas de mayores acercamientos comerciales. Aparecen las primeras preferencias de raigambre cambiaria, y surgen algunas propuestas concretas para formalizarlas en acuerdos más amplios.
En la posguerra, en la Unión Panamericana se registraron propuestas aisladas, pero sólo la acción de la Comisión Económica para la América Latina (CEPAL), dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, aporta iniciativas nuevas al campo del acercamiento comercial y, posteriormente, de la integración económica.
A partir de 1950, la CEPAL aporta su asistencia a los países centroamericanos. Poco más tarde, la Secretaría de la Regional se define como "el territorio comercial común que pueden abrir los acuerdos concluidos entre más de dos países a determinadas producciones de las partes contratantes, sin eliminar la posibilidad de adhesión inmediata o ulterior de los demás países de la zona". Se pensaba en un sistema de preferencias, limitado a ciertos países sudamericanos con el objetivo expreso de facilitar el proceso de industrialización. La Conferencia Económica de la Organización de Estados Americanos, en Buenos Aires (1957) recomendó la "conveniencia de establecer gradual y progresivamente, en forma multilateral y competitiva, un mercado regional latinoamericano". En esa conferencia aparece por primera vez la denominación de mercado común y su área de libre comercio.
En 1958, la CEPAL recomienda la conveniencia de un mercado común en dos etapas: primero una zona de libre comercio y más tarde una unión aduanera.
Al año siguiente, el mismo grupo propuso dividir los bienes en tres categorías, a los efectos de la liberación comercial:
1. Los bienes primarios: para los que, salvo algunas
excepciones, se podrían llegar a eliminar totalmente los impuestos y otros gravámenes.
2. Los bienes de capital: los automotores, demás bienes duraderos, artículos intermedios y otros cuya demanda tienda a crecer intensamente o en los que exista amplio margen para la sustitución de las importaciones, para los cuales la meta será reducir los impuestos hasta el promedio más bajo posible.
3. Los bienes de consumo corriente:de demanda poco dinámica
y producidos en casi todos los países, respecto de los cuales la reducción de impuestos sería más moderada.
A partir de entonces, la integración ya forma parte de un proceso político de los gobiernos en el mercado común Centroamericano y la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio.
Mercado Común Centroamericano (MCCA).
Reconoce como antecedente institucional a al República Federal de Centroamérica de 1824 a 1838, con un poder federal muy débil y una característica económica muy curiosa: el gobierno federal tenía la facultad de imponer una tarifa externa común.
En 1951, la CEPAL inició los estudios encaminados a la integración económica de la región. Se concertaron diversos acuerdos bilaterales sobre liberalización comercial, cooperación monetaria, de transporte y comunicaciones, de consulta, de cooperación tecnológica y la preparación de una nomenclatura aduanera uniforme conocida bajo la sigla NAUCA.
A partir de 1958, los acuerdos bilaterales se transformaron en multilaterales.
En 1960, Guatemala, El salvador y Honduras firman el tratado de Asociación Económica, con la posterior adhesión de Nicaragua y
costa Rica. Su objetivo era el establecimiento de un nuevo mercado común en un plazo de 5 años. Las partes se comprometen a perfeccionar una zona centroamericana de libre comercio y adoptar un arancel uniforme.
Según estos compromisos, el mercado común se superpone a la zona de libre comercio y solo como segunda etapa aparece la unión aduanera.
Por el Convenio de Equiparación de Gravámenes de Importación, se tiende a la igualdad arancelaria y el arancel único con una sola
terminología aduanera conforme al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA).
Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC). El proceso de integración económica de América Latina se inicia formalmente con la firma del tratado de Montevideo de 1960, que constituye la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio y reconoce como antecedentes las políticas preferenciales de Argentina y Brasil, Chile, Uruguay, Bolivia, Paraguay y Perú, a partir
de la crisis de 1930.
Fue firmado por Argentina, Brasil, Chile, México, Paraguay, Perú y Uruguay. En 1961 se adhieren Colombia y Ecuador y en 1967, Bolivia y Venezuela.
El objetivo era crear un mercado común latinoamericano, partiendo de una zona de libre comercio y determinando un tratamiento diferencial para los distintos grupos de países según el desarrollo económico relativo. Se distinguen tres categorías:
1. Los más avanzados: Argentina, Brasil y México.
2. Países de desarrollo intermedio: Chile, Colombia, Perú, Uruguay y Venezuela.
3. Países de menor desarrollo relativo: Bolivia, Ecuador y Paraguay.
Asociación latinoamericana de Integración (ALADI).
Lamentablemente, y debido a factores esencialmente de política interna de los países signatarios, especialmente por la situación institucional de Uruguay y Argentina, el tratado que implementaba la ALALC estuvo condenado desde sus comienzos.
En la última etapa del proceso militar argentino, se quiso revitalizar el acuerdo, consiguiendo que en 1980 se efectuara su renovación, bajo la denominación de Asociación Latinoamericana de Integración.
• Proseguir el proceso de integración armónica y equilibrada de
la región, teniendo como objetivo a largo plazo el establecimiento de un Mercado Común Latinoamericano.
• La promoción y regulación del comercio recíproco, la
complementación económica y el desarrollo de las acciones de cooperación económica que coadyuven a la ampliación de los mercados.
Principios:
1. Pluralismo: sustentado en la voluntad de los países miembros.
2. Convergencia: se traduce en la multilateralización progresiva de los acuerdos de alcance parcial.
3. Flexibilidad: capacidad para permitir la concertación de acuerdos de alcance parcial.
4. Tratamientos diferenciales: establecidos sobre la base de tres categorías de países.
5. Múltiples: para posibilitar distintas formas de concertación, en armonía con los principios y funciones del proceso de integración, utilizando todos los instrumentos que sean capaces de dinamizar y ampliar los mercados a nivel regional.
Los países miembros establecieron un área de preferencias económicas compuesta por:
• Preferencia arancelaria regional (PAR): se aplicará con
referencia al nivel que rija para terceros países y se sujetará a la reglamentación correspondiente.
• Acuerdos de alcance regional (AAR): son aquellos en los
que participan todos los países miembros.
• Acuerdos de alcance parcial (AAP): no participa la totalidad
de los países miembros. Los derechos y obligaciones que se establezcan en los acuerdos regirán exclusivamente para los países que los suscriban, y podrán ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio, etc.
Disposiciones generales:
Las ventajas favores, franquicias, inmunidades y privilegios que los países miembros apliquen a productos originarios o destinados a cualquier otro país miembro o no, por decisiones o acuerdos que no estén previstos en el presente tratado o en el Acuerdo de Cartagena, serán inmediata e incondicionalmente extendidos a los restantes países miembros.
Esta integración subregional tenía una forma independiente dentro de la ALALC. Desde la creación de este grupo, las negociaciones de productos para obtener determinadas franquicias en las respectivas Listas Nacionales tropezaron con muchas dificultades.
Al poco tiempo de creada la zona de libre comercio, varios países observaron que Argentina y México obtenían mayores ventajas, en razón de contar con una infraestructura de producción de mayor grado.
El mismo Tratado de Montevideo admitió inicialmente que Bolivia, Ecuador, Paraguay y Uruguay tuviesen una categoría de menores obligaciones. A éstos se agregó posteriormente otra categoría de "mercado insuficiente" en la que se enrolaron Venezuela, Perú, Colombia y Chile.
Argentina, Brasil y México concedieron desgravaciones en sus Listas Nacionales, sobre todo con un sentido político de integración.
Estas "quejas" manejadas también con un sentido político por las naciones disconformes, iniciaron un movimiento interno tendiente a lograr una integración más rápida en sus países, propiciando una disminución automática de las barreras aduaneras internas, así como la aplicación de un arancel externo común contra las otras
naciones "fuera de zona". Esta posición se contraponía con los principios del Tratado de Montevideo, y es así como nace el PACTO ANDINO, en el que las naciones signatarias aplicarían sus propios
principios.
La creación del nuevo grupo, creó el problema del menor interés por negocios productivos dentro del marco de ALALC, reservándose entre ellos sus preferencias.
La situación política, así como la impresionante deuda externa que cada uno arrastraba, unido a la renuncia de Chile al pacto, hace que el intercambio se realice a través de acuerdos bilaterales dentro del marco, pero sin metas previas que hagan a una verdadera integración regional.
El Pacto Andino, ALALC, y ALADI, constituyen los más importantes antecedentes del MERCOSUR.
SISTEMA DE PREFERENCIAS ARANCELARIAS
GENERALIZADAS (SPG).
Las Preferencias Arancelarias Generalizadas son la reducción de todo o parte de la percepción de derechos aduaneros de ciertas
cantidades de productos provenientes de países en vías de desarrollo.
Preferencia, porque a estos productos se los beneficia con una
ventaja, sobre iguales productos provenientes de países industrializados.
Generalizadas, porque se conceden a todos los países en vías de
desarrollo, por la mayor parte de los países desarrollados.
Estas preferencias son no recíprocas, es decir, los países beneficiados no deben otorgar reducciones equivalentes de sus derechos aduaneros.
Antecedentes:
Se originaron en la Segunda Conferencia de las Naciones sobre el Comercio y Desarrollo (UNCTAD) realizada en Nueva Delhi en 1968. Allí se fijaron como objetivos el aumentar los ingresos por exportaciones de los países en desarrollo, favorecer su industrialización y acelerar el ritmo de crecimiento económico de los mismos.
1. Las preferencias son una acción unilateral no negociada con los países beneficiados.
2. Tienen carácter temporal.
3. El esquema de preferencias contiene mecanismos de "salvaguardia", de forma tal que permita a los países cedentes, controlar los intercambios que las nuevas ventajas arancelarias puedan producir.
4. Los nuevos derechos de aduana pueden ser restablecidos, sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza ni nueva concesión exigible por los países beneficiados.
El SGP y la Comunidad Económica Europea.
Presenta un régimen diferenciado, según se trate de productos agrícolas, textiles o industriales.
• Si los productos que se desean exportar son agrícolas, habrá
que cerciorarse que el producto está incluido en el esquema, buscando cuál es el margen general preferencial de que se beneficia. Ese marco referencial, varía desde una reducción en el derecho de aduana, hasta una franquicia total. Los productos se admiten sin ningún límite de volumen, salvo cinco (piñas en rodajas, las demás conservas de piñas, café soluble, tabaco bruto tipo Virginia "no fabricado", y los demás tabacos), los que tienen una limitación estricta en toneladas.
• Si los productos que se desean exportar son textiles, hay que
distinguir:
• Productos textiles AMF: para productos incluidos en la lista
del AMF (Acuerdo del Comercio Internacional de Textiles) hay que tomar en consideración que el beneficio del SPG se reserva a los países y territorios en vías de desarrollo que firmaron el AMF. Estos países tienen franquicia total dentro del límite de cupos individuales. El establecimiento de cupos implica el restablecimiento de los derechos de aduana una vez cubierta esa cuota.
• Los demás productos textiles: los productos textiles que no
están cubiertos por el AMF siguen un régimen similar a los demás productos textiles:
• Países considerados competitivos: las preferencias se
administran dentro de un límite máximo individual, dividido a su vez en cuotas anuales.
• Para los otros países beneficiarios: la Comunidad administra
las preferencias bajo un límite máximo que no se distribuye entre los países miembros de la Comunidad (cualquier país
miembro puede importar la cantidad que desea, dando cuenta a la Comunidad, la que autoriza hasta ese límite máximo. Cubierto el límite máximo, se restablece el derecho aduanero automáticamente.
• Si los productos que se desean exportar son industriales, se
determina una franquicia total de derechos aduaneros, dentro de los límites de ciertos montos y volúmenes expresados en ECUS o en toneladas.
Para los productos industriales, la Comunidad adoptó el principio de la individualización de los montos preferenciales. A cada beneficiario se le garantiza una cantidad específica.
Esto pretendía ser una salvaguardia, porque:
1. Los países más avanzados utilizaban las ventajas acordadas por el esquema en detrimento de los países menos desarrollados.
2. Ciertos países en vías de desarrollo beneficiados por el esquema se desarrollaron rápidamente en los sectores beneficiados, transformándose sus exportaciones más competitivas poniendo en dificultad a sectores de la producción comunitaria.
Así, la comunidad dividió en dos categorías los productos industriales:
• Productos sensibles, estrictamente controlados. Dentro de
éstos, se consideran:
• Productos preferenciados provenientes de países
considerados competitivos, administrándose en forma de contingente individual, divididos en cuotas para cada estado miembro de la Comunidad. Para los otros beneficiados que no se consideren competitivos, se administran las importaciones por la Comunidad bajo un límite máximo (no contingente) que no se distribuye entre los estados miembros.
• Productos sensibles, que se administran con límites máximos
individuales. Se ofrece al país beneficiado la certeza de disponer de las posibilidades preferenciales.
• Productos no sensibles. Para estos productos, el derecho
aduanero puede ser restablecido, en el caso de que el crecimiento de las importaciones de la Comunidad les acarree dificultades económicas.
El beneficio del Sistema General de Preferencias, se reserva a las mercaderías originarias de un país en vías de desarrollo. Un producto se considera originario de una nación cuando ha sido elaborado enteramente en ese país.
En el caso de que un producto no haya sido elaborado totalmente en ese país, es posible aplicar el SGP, siempre que su elaboración o transformación sea suficiente para que el producto final pueda obtener el carácter de originario.
La noción de elaboración o transformación se aplica a los complementos de mano de obra.
Reglas de transporte.
Se prevé que el transporte sea directo desde el país exportador hasta el país de destino. Pero, a veces, por razones geográficas o relativas al transporte mismo, es necesario tomar otros caminos.
Además, las mercaderías pueden quedar en depósito en un país intermediario cuando esto resulte de necesidades propias del transporte.
MERCOSUR (MERCADO COMÚN DEL SUR).
La Ley 23891 aprueba la constitución de un Mercado Común entre la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República de Paraguay y la República Oriental del Uruguay, suscripto en Asunción (Paraguay) el 26 de mayo de 1991, denominándose MERCOSUR.
El objetivo es lograr la integración entre estos estados para lograr el desarrollo económico, para lo cual se deberán aprovechar los recursos disponibles, la preservación del medio ambiente, mejoramiento de las interconexiones físicas, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de la economía, con base en los principios de gradualidad, flexibilidad y equilibrio, a través de una ampliación de la demanda (de los mercados internos).
Propósitos e instrumentos.
La constitución del MERCOSUR implica:
• La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos
entre los países.
• Eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no
arancelarias a la circulación y de cualquier otra medida equivalente.
• El establecimiento de un arancel externo común y la adopción
de una política comercial común con relación a terceros estados o agrupaciones de estados.
• La coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales
de: comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanas, de transporte y comunicaciones, y otras que se acuerden.
Los principales instrumentos para la constitución del MERCOSUR durante la etapa de transición serán:
• Un programa de liberación comercial.
• La coordinación de políticas macroeconómicas en forma
gradual y convergente con los programas de desgravación arancelaria y eliminación de restricciones no arancelarias.
• Un arancel externo común.
• La adopción de acuerdos sectoriales a efectos de optimizar la
utilización y movilidad de los factores de producción.
En materia de impuestos, tasas y otros gravámenes internos, los productos originarios del territorio de un estado gozarán en los otros estados, el mismo tratamiento que se aplique al producto nacional.
Estructura orgánica.
Durante el período de transición, la administración y ejecución del Tratado y los acuerdos específicos y decisiones que se adopten en el marco jurídico, están a cargo de los siguientes órganos:
1. Consejo del Mercado Común. Le corresponde la conducción política y la toma de decisiones para asegurar el cumplimiento de los objetivos y plazos establecidos para la constitución definitiva del Mercado Común. Está integrado por los ministros de Relaciones Exteriores y los ministros de Economía de los estados parte.
2. Grupo Mercado Común. Es el órgano ejecutivo del Mercado Común y será coordinado por los ministerios de Relaciones Exteriores. Constituirán los subgrupos de trabajo, que inicialmente son 8. Estará intgrado por cuatro miembros
titulares y cuatro miembros alternos por país, que representen a: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Economía y Banco Central. Contará con una Secretaría Administrativa con sede en Montevideo. Los idiomas oficiales del MERCOSUR son el español y el portugués.
¿De quién es la OMC?
Dirigen la OMC los gobiernos miembros. Todas las decisiones importantes son adoptadas por la totalidad de los miembros, ya sea por sus Ministros (que se reúnen cada dos años) o por sus
funcionarios (que se reúnen regularmente en Ginebra). Las decisiones se adoptan normalmente por consenso.
A este respecto, la OMC no es como otras organizaciones internacionales, por ejemplo el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. En la OMC no se delega la autoridad en una junta de directores; la Administración no ejerce influencia alguna en las políticas de los distintos países (aunque se formulen algunas observaciones analíticas en ocasión de los exámenes de las políticas comerciales que se efectúan regularmente).
Cuando las disposiciones de la OMC imponen disciplinas sobre las políticas de los países, es como resultado de negociaciones celebradas entre los miembros de la Organización. Las disposiciones las aplican los propios miembros, con arreglo a procedimientos convenidos que ellos mismos negocian. A veces, la aplicación de las disposiciones incluye la amenaza de sanciones comerciales, pero esas sanciones las imponen los países miembros, no la Organización. Es completamente diferente de lo que ocurre en otros organismos, que pueden, por ejemplo, negar el crédito a un país.
La adopción de decisiones por consenso entre 140 o más miembros puede resultar difícil. Su principal ventaja es que las decisiones adoptadas de esta manera son más aceptables para todos los miembros. A pesar de la dificultad apuntada, se han logrado algunos acuerdos notables. No obstante, de vez en cuando se oyen propuestas de creación de órganos ejecutivos más pequeños: tal vez, por ejemplo, una junta de directores en la que cada uno de