• No se han encontrado resultados

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN DEL CONCURSO PROMETO QUE...

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN DEL CONCURSO PROMETO QUE..."

Copied!
5
0
0

Texto completo

(1)

REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN DEL CONCURSO “PROMETO QUE...”

1) Descripción general del CONCURSO:

1.1) El presente CONCURSO denominada “PROMETO QUE...” (en adelante, el “CONCURSO”), es organizado por WARNER MUSIC ARGENTINA S.A., empresa con domicilio en Av. Córdoba 1351 2º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “ORGANIZADOR”).-

1.2) El presente CONCURSO tendrá vigencia entre el viernes 10 y el jueves 16 de noviembre de 2017, ambos inclusive, (en adelante, la “VIGENCIA”), y será válida únicamente para personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad residentes en el ámbito de la República Argentina, excluyendo Salta, Mendoza, Neuquén, Río Negro y Chaco (en adelante, el “TERRITORIO”).-

1.3) El presente CONCURSO no implica directa o indirectamente la compra y/o contratación de producto y/o servicio alguno, ya que cualquier persona podrá participar libremente dando cumplimiento a los requisitos establecidos en este reglamento. En el presente CONCURSO no interviene el azar.-

1.4) Se aclara expresamente que la plataforma “INSTAGRAM” no tiene intervención ni responsabilidad alguna en la organización de este CONCURSO. En consecuencia, “INSTAGRAM” no tiene responsabilidad por el cumplimiento de los compromisos que asume el ORGANIZADOR en este reglamento, motivo por el cual el PARTICIPANTE que resultare ganador deberá reclamar la entrega del beneficio exclusivamente al ORGANIZADOR.-

2) Mecanismo de participación en el CONCURSO:

2.1) Podrán participar en la presente CONCURSO únicamente aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años de edad residentes en el TERRITORIO que durante la VIGENCIA suban una fotografía a su perfil público de la plataforma “INSTAGRAM” acompañada de una promesa, y añadan a su publicación el hashtag #BSASPrometoQue y el hashtag #PabloAlboran (en adelante, los “PARTICIPANTES”). Es condición para la participación que la publicación sea realizada con el hashtag #BSASPrometoQue, la promesa, y el hashtag #PabloAlboran, como por ejemplo “#BSASPrometoQue cuidaré más a mi abuela #PabloAlboran”.-

2.2) Es indispensable para participar del beneficio en juego que el PARTICIPANTE suba la fotografía con el hashtag #BSASPrometoQue y el hashtag #PabloAlboran, y que el perfil de la cuenta de “INSTAGRAM” sea público, es decir, que pueda ser accedido por cualquier usuario.-

2.3) A los fines de la identificación de los PARTICIPANTES, al subir la fotografía el PARTICIPANTE deberá agregarle un comentario en donde deberá indicar “DNI XXX”, siendo “XXX” los últimos tres dígitos de su Documento Nacional de Identidad.-

2.4) Se deja expresamente aclarado que únicamente se recibirán participaciones hasta las 23.59 hs. del día jueves 16 de noviembre de 2017. No se aceptarán reclamos por participaciones/registros posteriores a esta fecha, por problemas o imposibilidad de establecer contacto vía Internet, o por cualquier causa o motivo que fuese durante la VIGENCIA del CONCURSO.-

2.5) Se aclara que será eliminado e inhabilitado para participar por los beneficios en juego en este CONCURSO, cualquier intento de participación que incluya datos erróneos, inexactos o fraudulentos. Se eliminará cualquier participación que vaya acompañada, contenga, refleje o incite en modo alguno actitudes de carácter xenófobo, racista, clasista, sexual, pornográfico, atentatorio contra el honor, la intimidad o las buenas costumbres. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el CONCURSO que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada precedentemente. La utilización de técnicas de participación en el CONCURSO de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada,

(2)

mecanizada o similar llevará a la anulación de la participación de que se trate. El ORGANIZADOR no será responsable por aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables al ORGANIZADOR.-

2.6) Los PARTICIPANTES deberán conservar la fotografía con la cual hayan participado a los efectos de poder acreditar, en caso de resultar ganador del beneficio, que efectivamente es quien participó del CONCURSO.- 3) Mecanismo de selección de ganadores:

Finalizada la VIGENCIA del CONCURSO, un jurado conformado por tres (3) miembros del departamento de marketing y artística del ORGANIZADOR, seleccionarán veinte (20) participaciones ganadoras, teniendo en consideración para ello la originalidad de la fotografía y la promesa, y la popularidad que tales posteos tengan en “INSTAGRAM”. Adicionalmente se seleccionarán cinco (5) ganadores suplentes, para el eventual caso que alguno de los ganadores seleccionados en primer término no cumpla o no pueda cumplir con alguno de los requisitos señalados en el presente Reglamento. El resultado de la decisión del jurado será conocida el día 17 de noviembre de 2017. Las decisiones que tome el jurado tendrán carácter de definitivas e inapelables, no pudiendo el PARTICIPANTE apelarla, recurrirla, revindicar, ni solicitar revisión alguna. Es condición para acceder al beneficio en juego en el presente CONCURSO, que el ganador suscriba toda la documentación que sea requerida por el ORGANIZADOR en tal sentido.-

4) Beneficios:

4.1) Se entregarán como beneficio del presente CONCURSO, veinte (20) pases al showcase que el artista “PABLO ALBORÁN” brindará durante el mes de diciembre de 2017 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Gran Buenos Aires, en fecha, horario y lugar a determinar, a razón de un (1) pase por cada ganador. El showcase consistirá en un evento privado en donde el artista interpetará algunas canciones y se tomará una fotografía con cada ganador.-

4.2) Todo impuesto que deba tributarse en forma directa o indirecta sobre el beneficio estará a cargo del ganador. A fin de despejar cualquier duda, se reitera que única y exclusivamente estarán a cargo del ORGANIZADOR aquellos beneficios, adicionales, pagos o gestiones que estén expresamente indicados en este reglamento como a cargo del ORGANIZADOR.-

4.3) En ningún supuesto se cambiará total o parcialmente el beneficio por dinero en efectivo. El beneficio es intransferible, y única y exclusivamente será entregado a la persona mayor de dieciocho (18) años de edad participante de la CONCURSO.-

4.4) El evento será realizad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (o eventualmente, Gran Buenos Aires), motivo por el cual todos los gastos de transporte, hospedaje, viáticos, etc. en que incurra el ganador disfrutar del beneficio, estarán a su exclusivo cargo. El ORGANIZADOR no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el ganador o un tercero en sus personas o bienes con motivo o en ocasión de su participación y/o concurrencia a disfrutar del beneficio.-

4.5) El ORGANIZADOR no otorga garantía de calidad, satisfacción, ni ninguna otra en relación con los beneficios que se entreguen, debiendo dirigirse cualquier reclamo a los responsables de los mismos. Asimismo, el ORGANIZADOR no responde por absolutamente ningún evento o circunstancia vinculado en forma directa o indirecta, causal o concausal con el showcase del artista “PABLO ALBORÁN” y/o con la interacción que pueda tener en el acto de conocerlo, motivo por el cual cualquier reclamo deberá ser dirigido contra el organizador/productor del mismo (incluyendo, sin limitación, cambios de fechas, horarios y/o locaciones). El titular de este beneficio deberá mantener en todo momento una actitud de respeto para con el artista y el showcase, y no afectar el normal desenvolvimiento de dichas actividades, quedando establecido que la

(3)

organización del evento podrá solicitar que se retiren aquellas personas que no cumplan con estos requisitos. Será condición para la entrega del beneficio la confirmación escrita por parte del ganador de la aceptación de la exención de responsabilidad del ORGANIZADOR en el sentido detallado precedentemente.-

4.6) Desde el momento en que los ganadores sean contactados se comprometen por el mero hecho de serlo, a no revelar ninguna información que se les proporcione, manteniendo discreción y confidencialidad sobre los detalles del beneficio, así como a seguir todas las instrucciones que el ORGANIZADOR les indique en cada momento (ya sea antes como durante la realización del showcase). Entre estas instrucciones se encuentra el compromiso de entregar al personal designado por la organización del evento, si este lo requiere, cualquier aparato electrónico debidamente apagado (móvil, smartphone, cámara fotográfica y/o de vídeo... etc.), susceptible de fijar sonido o imagen y reproducirlo. Tras el showcase, la organización del evento devolverá los dispositivos entregados por los ganadores eximiendo al ORGANIZADOR de cualquier responsabilidad por pérdida o deterioro. Rogamos a las personas que no quieran hacer entrega de los mismos se abstengan de participar en el presente CONCURSO.-

4.7) Dado que el ORGANIZADOR no puede responder por la realización del showcase de “PABLO ALBORÁN” ni por su disponibilidad para la fotografía, en caso que el showcase se cancelara definitivamente o no se pudiera llevar a cabo la fotografía, el beneficio será cambiado por una discografía de “PABLO ALBORÁN” consistente un (1) ejemplar en formato disco compacto de cada uno de los álbumes del artista “PABLO ALBORÁN” publicados en Argentina por el ORGANIZADOR. Los PARTICIPANTES conocen que existe esta posibilidad y aceptan el beneficio sustituto por el solo hecho de participar en el presente CONCURSO.-

5) Notificación a los ganadores:

Dadas las características de la forma de participación, el ganador será notificado de tal carácter luego de realizada la elección de ganadores conforme lo establecido en el punto 3) de este reglamento, por mensaje privado enviado por el ORGANIZADOR a la cuenta del ganador en “INSTAGRAM”, solicitándole que brinde sus datos personales completos a los efectos de identificación. Con la finalidad de evitar participaciones fraudulentas y para confirmar que el beneficio sean efectivamente entregado a quienes corresponda, el ganador tendrá un plazo máximo de tres (3) días corridos para contestar la notificación efectuada, debiendo informar, en ese caso, lo siguiente: Nombre y apellido completo, número de DNI, domicilio completo, y fecha de nacimiento, y adjuntar una copia de su Documento Nacional de Identidad. Si el ganador no respondiera la notificación en tiempo y forma (en el plazo señalado y con los datos personales completos) perderá su condición de tal, y el ORGANIZADOR lo reemplazará por los suplentes seleccionados de conformidad con lo previsto en el punto 3) de este reglamento. No se aceptará ningún tipo de reclamo como consecuencia de no haber podido responder la notificación y/o por haberlo hecho fuera de término o de manera defectuosa. Los PARTICIPANTES, por el sólo hecho de participar, aceptan estas condiciones que responden únicamente a la naturaleza de la forma de participación en el CONCURSO. Los datos personales del ganador serán utilizados por el ORGANIZADOR únicamente a los efectos de su identificación y no serán tratados y/o almacenados en forma permanente.-

6) Cesión de derechos del

6.1) El hecho de subir la fotografía implica el consentimiento del PARTICIPANTE para que dicha fotografía y su imagen sean publicadas en cualquier medio y/o formato sin límite de tiempo ni de territorios, y sin derecho a remuneración alguna para el PARTICIPANTE. El hecho de subir la fotografía implica que el PARTICIPANTE ha obtenido todos los consentimientos y autorizaciones para publicar y reproducir la fotografía, incluyendo –pero no limitado a- quien haya tomado la fotografía y/o quienes aparezcan retratados en ella. Se aclara que en la

(4)

publicación de la fotografía no se otorgará crédito al autor de la misma y solamente se publicará el nombre del usuario que la haya subido, motivo por el cual el hecho de subir la fotografía implica la renuncia a reclamar por el no otorgamiento de crédito sobre la fotografía.-

6.2) Los PARTICIPANTES admiten que el contenido posteado pueda ser subido a redes sociales, ser editado o combinado con imágenes, video, sonido, texto o información y que pueda ser publicado, reproducido, expuesto, comunicado al público y distribuido por cualquier medio o formato.-

6.3) No será admitido en ningún caso material que contenga productos, marcas o cualesquiera otro contenido publicitario de terceros, ni aquellos que de alguna manera pudiesen ser contrarios al buen gusto o atentatorios de los derechos del resto de usuarios en el CONCURSO o de terceros y/o que pudiera vulnerar cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial, así como que pueda resultar hiriente u ofensivo o no apto para cualquier tipo de público.-

6.4) Por el sólo hecho de participar en este CONCURSO, el PARTICIPANTE autoriza al ORGANIZADOR y/o a quien el ORGANIZADOR indique (incluyendo, sin limitación, cualquier filial o subsidiaria o empresa vinculada del ORGANIZADOR), con facultad de cesión a terceros, la explotación del material compartido en todos los medios y formatos, en forma irrevocable y perpetua, con alcance mundial y sin límite de tiempo, con fines comerciales y/o promocionales, y especialmente su reproducción, distribución, comunicación pública, puesta a disposición del público y transformación, incluida, en caso de que el material remitido sea seleccionado, la transformación del mismo con el fin de incluirlo como parte del material del artista “PABLO ALBORAN”, que será explotado por el ORGANIZADOR y/o a quien el ORGANIZADOR indique (incluyendo, sin limitación, cualquier filial o subsidiaria o empresa vinculada del ORGANIZADOR o sus licenciatarias) sin límite de tiempo, en todos los medios y canales conocidos o por conocer y con fines comerciales y/o promocionales.-

6.5) Asimismo, por el sólo hecho de participar en este CONCURSO, el PARTICIPANTE autoriza al ORGANIZADOR y/o a quien el ORGANIZADOR indique (incluyendo, sin limitación, cualquier filial o subsidiaria o empresa vinculada del ORGANIZADOR o sus licenciatarias), a que se grabe, filme y/o fotografíe su imagen durante el evento en el cual disfrutará del beneficio, y a que se utilice su nombre e imagen para la realización de la campaña de comunicación del CONCURSO, gestión y difusión del video/fotografías resultantes del beneficio y de la campaña y CONCURSO en sí mismo. Los PARTICIPANTES admiten que el video/fotografías resultantes del beneficio pueda ser editado o combinado con otras imágenes, sonido, texto o información y que pueda ser publicado, reproducido, comunicado al público y distribuido. Asimismo, los PARTICIPANTES autorizan al ORGANIZADOR y/o a quien el ORGANIZADOR indique (incluyendo, sin limitación, cualquier filial o subsidiaria o empresa vinculada del ORGANIZADOR o sus licenciatarias) para la explotación del video/fotografías resultante del beneficio con fines comerciales y promocionales en todos los medios y formatos, con facultad de cesión a terceros.-

7) Probabilidades:

Las probabilidades de ganar uno de los beneficios en juego en este CONCURSO están determinadas por la cantidad de participaciones que se registren conforme lo señalado en el punto 2) de este reglamento. De esta manera, y a modo de ejemplo, en el hipotético caso de que se registre una totalidad de 20.000 participaciones durante la vigencia del CONCURSO, las probabilidades de ganar uno de los beneficios en juego para una persona que haya participado una sola vez serán de 1 en 1.000 participaciones.-

8) Consideraciones generales:

8.1) El ganador del beneficio en juego en el CONCURSO autoriza, por el solo hecho de su participación, al ORGANIZADOR y/o a quien el ORGANIZADOR indique, a difundir sus datos, su imagen y/o su voz con fines

(5)

publicitarios en los medios y formas que libremente determinen, sin derecho a compensación alguna. Será condición para que el beneficio sea efectivamente entregado la suscripción de la confirmación escrita de la autorización gratuita para la utilización de los datos y/o imagen y/o voz del beneficiario del mismo.-

8.2) El ORGANIZADOR del presente CONCURSO se reserva el derecho de establecerse y pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en este reglamento, reservándose asimismo el derecho de cancelar, suspender o modificar este CONCURSO por circunstancias no previstas que sean ajenas a la voluntad del ORGANIZADOR, siempre que ello sea ajustado a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicado a los participantes.-

8.3) La sola participación en el CONCURSO implica el conocimiento y aceptación de todas sus condiciones y el reconocimiento de que las decisiones que el ORGANIZADOR tome con relación al CONCURSO tendrán carácter de definitivas e inapelables, toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas y no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes, y respeten la legislación aplicable.- 8.4) El ORGANIZADOR únicamente será responsable por las obligaciones que asume expresamente en el presente reglamento.-

8.5) No podrán participar del CONCURSO empleados de WARNER MUSIC ARGENTINA S.A., ni tampoco los familiares directos hasta segundo grado de afinidad y consanguinidad de todos los nombrados.-

8.6) Toda divergencia que pudiera surgir con relación a este CONCURSO y a todos los efecto del mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Capital Federal de la Republica Argentina, renunciando a cualquier otro que les pudiera corresponder.-

8.7) El presente reglamento de participación estará disponible para ser leído y consultado durante toda la VIGENCIA del CONCURSO, en el sitio web http://www.prometoque.com/baseslegales/argentina.pdf

Referencias

Documento similar