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Capítulo I. Disposiciones generales

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(1)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 1

Familiarización con las Enmiendas de Manila 2010

Capítulo I

Disposiciones generales

(2)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 2

Regla I/1

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Incluye nuevas definiciones para las nuevas

prescripciones y para aquellos que aseguran una

interpretación consistente entre las Administraciones

Estratificación de los documentos/certificados que

pueden ser emitidos de acuerdo a los requisitos del

Convenio:

- Título de Competencia - (CoC)

- Certificado de Suficiencia - (CoP)

- Pruebas Documentales (DE)

(ver Tabla B-I/2 - identificación de todos los CoC, CoP & DE)

(3)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 3

Regla I/1

Prescripciones

Nuevas

disposiciones

Regla Título de Competencia (CoC)

I/1.30 Reemplaza “título idóneo” - título emitido a capitanes y oficiales con arreglo a lo dispuesto en los capítulos II, III, IV and VII

Regla Certificado de Suficiencia (CoP)

I/1.31 Certificado que no sea el CoC emitido a los marinos de conformidad con los requisitos del Convenio

(4)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 4

Regla I/1

Prescripciones

Nuevas

disposiciones

Regla I/1.32 Pruebas documentales

Documentación que no sea un CoC o un CoP emitido a los marinos de conformidad con los requisitos del Convenio

Regla Radiooperadores SMSSM

I/1.12 Persona titulada de conformidad con lo

dispuesto en el capítulo IV

(5)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 5

Regla I/1

Prescripciones

Nuevas

disposiciones

Regla I/1.20 Buque de pasaje

Buque definido en el Convenio SOLAS

Regla I/1.29 Tareas de protección

Tareas y cometidos de protección a bordo de los buques según se definen en el Convenio SOLAS y el Código PBIP

(6)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 6

Regla I/1

Prescripciones

Nuevas

disposiciones

Regla I/1.34 Marinero de primera de puente

Persona cualificada conforme a lo dispuesto en la regla II/5

Regla Marinero de primera de máquinas

I/ 1.35 Persona cualificada conforme a lo

dispuesto en la regla III/5

(7)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 7

Regla I/1

Prescripciones

Nuevas

disposiciones

Regla I/1.33 Oficial electrotécnico

Persona cualificada conforme a lo dispuesto en la regla III/6

Regla I/1.36 Marinero electrotécnico

Persona cualificada conforme a lo dispuesto en la regla III/7

(8)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 8

Regla I/2

Recorderis

Artículo II(c) - Definición de „Título’

Documento emitido por la Administración, o con autoridad conferida por ella, o bien reconocida por la Administración, en virtud del cual se faculte al titular….

Certificado de Suficiencia y Pruebas documentales pueden ser emitidas por una organización con autoridad conferida por la Administración

* Ver definición de ‟Administración‟: Artículo II(b)

(9)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 9

Regla I/2

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Establece “quien” puede emitir un Título de Competencia (CoC)

Establece “cuando” un CoC o un refrendo como reconocimiento de un título (regulation I/10) puede ser expedido

Nuevas disposiciones relacionadas con la emisión y registro de los títulos transferidos de la antigua regla I/9 y el Código

(10)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 10

Regla I/2

Nuevas

disposiciones

Los CoC serán expedidos únicamente por la

Administración tras haberse verificado la autenticidad y la validez de las pruebas documentales pertinentes

Los CoP expedidos de conformidad con lo dispuesto en las reglas V/1-1 y V/1-2 (disposiciones para petroleros) sólo serán expedidos por una Administración

(11)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 11

Regla I/2

Nuevas

disposiciones

Las Administraciones que refrenden certificados de otras Administraciones (Regla I/10) deberán garantizar la autenticidad de los certificados previamente a su refrendo Los certificados incluye:

• Todos los CoC

• Los CoP emitidos a los capitanes y oficiales en virtud de los dispuesto en las reglas V/1-1 y V/1-2 (disposiciones para petroleros)

Disposiciones generales para la emisión de los certificados (Disposiciones transferidas de la antigua regla I/9)

Maritime Training & Human 11 Element Section IMO

(12)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 12

Regla I/2

Nuevas

disposiciones

Disposiciones para manenter un registro de los certificados y facilitar información sobre la condición de los certificados (disposiciones transferidas de la antigua regla I/9)

Disposiciones para facilitar la información sobre la condición de los certificados en inglés y mediante medios electrónicos en una fecha específica establecida

(13)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 13

Sección A-I/2

Nueva

disposición

Información relacionada con la emisión y registro de los certificados transferida de la antigua sección B-I/9

(14)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 14

Sección B-I/2

Nuevas

disposiciones

Orientaciones para facilitar la aceptación de aplicaciones de revalidación de certificados dentro de los seis meses anteriores a la fecha de caducidad del refrendo

Contenido del CoP

Nuevo Cuadro B-I/2 - Antiguo cuadro B-I/9-3 Sinopsis de las prescripciones del Convenio

(15)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 15

Regla I/3

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Enmiendas que establecen la concertación obligatoria de “acuerdos” entre los gobiernos

Transferencia de los principios/factores que rigen los viajes próximos a la costa de la Parte B a la Parte A

Inclusión de límites a los viajes próximos a la costa en los refrendos emitidos

(16)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 16

Regla I/3

Nuevas

disposiciones

Establecimiento de acuerdos obligatorios (acuerdos

informales) entre las Partes para los buques que operen frente a las costas de otras Partes

Establecimiento de acuerdos obligatorios (acuerdos informales) entre las Partes cuando se acepten los certificados emitidos por cada uno

(17)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 17

Sección A-I/3

Nuevas

disposiciones

Se establecen factores que se deben tomar en cuenta cuando se definan los viajes próximos a la costa

Se establece que los viajes próximos a la costa no se deben ampliar a viajes por todo el mundo - Transferidos de la antigua Sección B-I/3

(18)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 18

Sección B-I/3

Nuevas

disposiciones

Se establece la adopción de acuerdos “bilaterales” o “multilaterales” entre los Estados cuando definan los límites a los viajes próximos a la costa

(19)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 19

Regla I/4

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Enmiendas para introducir prescripciones relacionadas con la protección en las disposiciones

(20)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 20

Sección A-I/4

Nuevas

disposiciones

Procedimientos de control relacionados con la protección (reglas VI/5 y VI/6)

• Verificación de certificados del personal que no tenga asignadas tareas de protección

• Evaluación de la competencia del personal al que se le asignen tareas de protección, en caso de haber motivos fundados, según lo dispuesto en el capítulo XI/2 del

Convenio SOLAS

(21)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 21

Regla I/5

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Enmiendas que introducen disposiciones relacionadas con la protección en las prescripciones

Enmiendas para impedir la emisión y proliferación de certificados fraudulentos

(22)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 22

Regla I/5

Nuevas

disposiciones

Administraciones adoptarán y aplicarán medidas adecuadas para impedir el fraude y otras prácticas ilícitas relacionadas con los documentos expedidos para cumplir con las prescripciones del Convenio

(23)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 23

Regla I/6

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Enmiendas para introducir orientaciones del uso del aprendizaje a distancia y del aprendizaje electrónico

(24)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 24

Sección B-I/6

Nuevas

disposiciones

Orientaciones para el uso de aprendizaje a distancia

y del aprendizaje electrónico

• Aprobados por la Administración

• Aplicables a los centros de educación y formación marítima • Pueden ser aplicados a las compañías marítimas y/o

otros proveedores de formación

Orientaciones en el registro de proveedores, cursos y

programas de formación aprobada

(25)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 25

Regla I/7

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Enmiendas para garantizar la revisión de la llamada “Lista Blanca”

Comunicación de la información relacionada con: enmiendas al Convenio, y los resultados de las evaluaciones independientes

Términos de referencia para el Panel de Personas Competentes cuando examinen la evaluación independiente de conformidad con lo dispuesto en la regla I/8

(26)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 26

Regla I/7

Recorderis

Disposiciones existentes en la regla I/7 - enfoque en la comunicación inicial de la información para documentar las medidas tomadas para dar plena y total efectividad a las enmiendas de 1995

Regla I/7 - Comunicación inicial de la información

Para “dar plena y total efectividad” a las disposiciones del Convenio - “Lista blanca”

(27)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 27

Regla I/7

Recorderis

Regla I/8 - las evaluaciones independientes serán realizadas a intervalos no superiores a cinco años y comunicadas a la OMI

Los términos de referencia para el panel de personas competentes y el contenido del informe de la evaluación independiente fueron emitidos como circulares STCW (orientaciones)

(28)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 28

Regla I/7

Nuevas

disposiciones

Solicita al Comité de Seguridad Marítima examinar la llamada “Lista Blanca” - para confirmar que contiene “sólo” las Partes que han dado plena y total efectividad a las disposiciones pertinentes del Convenio

Enmiendas al Convenio no son sometidas a un procedimiento “extenso” de reporte de la

comunicación inicial de información - sección A-I/7, párrafos 1 y 2

(29)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 29

Sección A-I/7

Nuevas

disposiciones

Esta sección es subdividida en 4 partes para

tratar los procesos, papeles y responsabilidades:

Parte 1

- Comunicación inicial de información

Parte 2

- Informes posteriores

Parte 3

- Panel de expertos competentes

Parte 4

- Informe para el Comité de Seguridad Marítima

(30)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 30

Sección A-I/7

Nuevas

disposiciones

Parte 2 - Informes posteriores

Establece el contenido del informe de la evaluación independiente de conformidad con la Regla I/8

Establece informar “una vez” los pasos tomados para implantar las enmiendas al Convenio y la fecha límite para la presentación del informe

Establece el contenido del informe sobre los pasos tomados para implantar las enmiendas al Convenio

(31)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 31

Sección A-I/7

Nuevas

disposiciones

Parte 3 - Panel de personas competentes

Establece el panel para la evaluación de todos los informes y la conducta de dicha evaluación

Establece el panel de personas competentes para la evaluación del informe de la “evaluación independiente” de acuerdo a lo prescrito en la regla I/8

Establece el mandato para el panel de personas competentes durante la evaluación de un informe

(32)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 32

Sección B-I/7

Nuevas

disposiciones

Orientaciones sobre el material a ser remitido cuando se informen los resultados de la evaluación independiente realizada de acuerdo a lo dispuesto en la regla I/8

Orientaciones sobre el material a ser remitido cuando se informen los pasos adoptados para implantar las enmiendas al Convenio

(33)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 33

Regla I/8

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Aclaración de que las Normas de Calidad deberán abarcar la emisión de los certificados médicos

Las evaluaciones independientes deberán incluir todos los cambios realizados para la implantación de las

enmiendas

(34)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 34

Regla I/8

Nuevas

disposiciones

La evaluación independiente deberá abarcar todas las disposiciones aplicables del Convenio, incluyendo todos los procedimientos nacionales en cumplimiento con las enmiendas que han entrado en vigor

Explícitamente requiere que las normas de calidad abarquen la emisión de los certificados médicos de conformidad con lo previsto en la regla I/9

(35)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 35

Regla I/9

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Establece la emisión de un certificado médico

Establece los principios generales que rigen la emisión de los certificados médicos

Establece la información mínima que debe ser incluida en el certificado médico

Establece las normas míminas de visión

Establece las normas de aptitud física y médica

(36)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 36

Regla I/9

Disposiciones

existentes

Regla I/9 existente - es de índole general y no establece la emisión del certificado médico o el periodo de validez de dicho certificado

Sección B-I/9 existente - contiene orientaciones para conducir la evaluación visual y de aptitud física

La OIT y la OMS establecieron directrices para conducir la evaluación médica de la gente de mar

(37)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 37

Regla I/9

Nuevas

disposiciones

Cada Parte establecerá normas de aptitud física

• Deberán aderirse a las normas míminas de visión en servicio para la gente de mar estipuladas en el cuadro A-I/9

• Deberán tener en cuenta los criterios de aptitud física y médica estipulados en el párrafo 2

• Deberán tener en cuenta las orientaciones establecidas en la sección B-I/9

• Pueden establecer diferencias entre las personas que intendan iniciar su carrera profesional en el mar y quienes ya prestan servicio en el mar,

teniendo presente los distintos cometidos de los marinos

(38)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 38

Regla I/9

Nuevas disposiciones

Cada Parte establecerá procedimientos para expedir certificados médicos

Aplicación de las prescripciones

Medidas transitorias en casos en que el certificado médico caduque durante una travesía

Medidas transitorias para permitir que un marino trabaje sin un certificado médico válido hasta el próximo puerto de escala

Periodo de validez para los certificados médicos

Máximo de un año para marinos menores de 18 años

Máximo de dos años para el resto de la gente de mar

(39)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 39

Regla I/10

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Evaluación obligatoria de los procedimientos de una Parte para el cumplimiento de las prescripciones del Convenio previo al reconocimientos de sus títulos

Orientaciones sobre el contenido de la prueba documental que una Administración deberá emitir cuando obvie temporalmente las prescripciones para el refrendo de un título

(40)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 40

Regla I/10

Disposición

existente

Nueva

disposición

La Administración ha confirmado, adoptando “todas las medidas necesarias,” entre las cuales

puede figurar la inspección de las instalaciones y los procedimientos, que se cumplen plenamente las prescripciones “sobre” las normas

de competencia,“expedición y refrendo de títulos y las relativas al mantenimiento del registro”

La Administración ha confirmado, mediante “una evaluación de dicha Parte,” que puede incluir

Una inspección de las

instalaciones y los procedimientos que se cumplen plenamiente las Prescripciones “del Convenio respecto” de las normas de

competencia, “formación y

titulación y las normas de calidad”

(41)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 41

Regla I/10

Disposición

existente

Nueva

disposición

La Administración podrá permitir

en determinadas circunstancias, que un marino preste servicio en un cargo“que no sea oficial radiotelegrafista o

radiooperador, salvo lo

estipulado en el Reglamento de Radiocomunicaciones,” durante

un periodo no superior a tres meses a bordo de un buque…

La Administración podrá permitir en determinadas circunstancias,

a reserva de lo dispuesto en el párrafo 1, permitir que un marino preste servicio durante un periodo no superior a tres meses a bordo de un buque…

(42)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 42

Secciones A-I/10 y B-I/10

Disposición existente Parte A Nueva disposición Parte B

Las Administraciones que obvien temporalmente (tres meses) las prescripciones para el refrendo de un título, deberán garantizar que una prueba documental fácilmente accesible de que se ha presentado a la Administración una solicitud de refrendo

Orientación relacionada co la información que debe incluir la prueba documental de que se ha presentado a la Administración una solicitud de refrendo

(43)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 43

Sección A-I/11

Nuevas

disposiciones

La continuidad de la competencia profesional estipulada en la regla I/11 se demostrará acreditando:

.1 Haber realizado un periodo de embarco, desempeñando funciones propias del título que se posee, durante al menos:

.1 un total de 12 meses durante los cinco años precedentes, o .2 un total de tres meses durante los seis meses

inmediatamente previos a la revalidación; o…

(44)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 44

Regla I/11

Recorderis

De acuerdo a las disposiciones de la regla I/11, párrafo 1, todo capitán, oficial y radiooperador que posean un título expedido o reconocido en virtud de un capítulo del Convenio distinto de su capítulo VI, que esté prestando servicio embarcado o se proponga volver a hacerlo tras un periodo de permanencia en tierra, habrá de demostrar a intervalos regulares que no excedan de cinco años que sigue reuniendo las condiciones necesarias para prestar servicio a bordo, a saber:

1- aptitud física, de conformidad con lo dispuesto en la regla I/9; y

2- la debida competencia profesional, conforme a lo prescrito en la sección A-I/11 del Código de Formación

(45)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 45

Regla I/11 and Section A-I/11

Nuevas

disposiciones

Los capitanes y oficiales deberán, para poder seguir cumpliendo el periodo de embarco a bordo de buques tanque, cumplir con las prescripciones generales de revalidación de la regla I/11, párrafo 1, y la establecida competencia profesional para buques tanque siguiente:

• Periodo de embarco aprobado, desempeñando los cometidos

propios del título, durante un total de al menos tres meses en el curso de los cinco años precedentes; o

• Haber concluido satisfactoriamente uno o varios cursos de

formación aprobada pertinentes

(46)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 46

Sección B-I/11

Nuevas

disposiciones

Dos aclaraciones nuevas:

1. “Prueba” - puede ser oral o escrito

2.“Periodo de embarco aprobado” - podrá realizarse como oficial

de una categoría inferior a la indicada en el título que se posee

(47)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 47

Regla I/11

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Prescripciones para la revalidación de capitanes y

oficiales a bordo de buques tanque

Enmiendas a la prescripción del periodo de embarco para establecer la continuidad de la competencia profesional

(48)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 48

Regla I/12 y Sección B-I/12

Nuevas

disposiciones

Parte A: Eliminación de la disposición obsoleta (párrafo 2) exentando del pleno cumplimiento de la totalidad de las normas de rendimiento en el Convenio a los simuladores instalados o en servicio antes del 1 de febrero de 2002

Parte B: Prescripciones para la formación y evaluación en el uso operacional de los Sistemas de Información y Visualización de Cartas Electrónicas (SIVCE) (capítulo II - prescripciones de formación)

Maritime Training & Human

(49)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 49

Regla I/13

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

El ámbito de aplicación ha sido extendido para incluir las prescripciones para la formación en aspectos de protección (párrafos 2, 3 y 8)

(50)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 50

Regla I/14

Sinopsis

de las

nuevas

disposiciones

Responsabilidades de la compañía para garantizar que la gente de mar ha recibido la formación apropiada

Responsabilidades de la compañía para garantizar una comunicación eficaz a bordo de los buques

(51)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 51

Regla I/14

Nuevas

disposiciones

Responsabilidades de las compañías para garantizar:

1.La gente de mar asignada a cualquiera de sus buques ha

recibido la formación adecuada de repaso y actualización según lo prescribe el Convenio

2.A bordo de sus buques la comunicación es siempre eficaz, de

conformidad con lo previsto en los párrafor 3 y 4 de la regla 14 del capítulo V del Convenio SOLAS

(52)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 52

Sección A-I/14 y B-I/14

Nuevas

disposiciones

Los capitanes, oficiales y demás personal al que se le asignen cometidos y responsabilidades específicas a bordo de buques de pasaje de transbordo rodado hayan recibido información de familiarización, teniendo en cuenta la orientación que figura en la sección B-I/14. (el texto proviene de la antigua sección A-V/2, párrafo 2)

La prescripción para la formación para la familiarización con el SMSSM ha sido incluida como orientación en la parte B

(53)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 53

Regla I/15

Nuevas

disposiciones

1 de enero de 2012 - Fecha de la entrada en vigor de las enmiendas de Manila Las disposiciones transitorias variarán de dependiendo de la fecha en

relación con la fecha en que la gente de mar haya iniciado un programa de formación o un periodo de embarco

1 de enero de 2017 - Fecha transitoria para la gente de mar existente

que hubiera iniciado un programa de formación/

periodo de embarco con anterioridad al 1 de julio de 2013 1 de enero de 2017 - Revalidación/renovación de títulos para la gente de mar existente

(54)

Octubre 2011 STCW - Enmiendas de Manila 54

Enmiendas de Manila 2010 - Cronograma de Implantación

(ver Regla I/15 & Resolución 4)

01-01-2012 01-07-2013 01-01-2014 01-01-2017

Formación de protección obligatoria Formación de protección A-VI/6-periodo

de embarco

Enmiendas de MANILA

Formación conforme con las

conforme con las enmiendas de Manila

disposiciones del STCW 1995

Formaciónpuede ser conforme con las enmiendas de Manila

Certificados STCW 1995

Formación será conforme con las enmiendas de Manila

Inicio de emisión de certificados que cumplen con las normas de formación de las

Referencias

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