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Criterios de Selección

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Academic year: 2021

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Comisión Nacional del Agua

Proyecto Construcción y Rehabilitación de la Infraestructura Hidráulica de Protección de Áreas Productivas y Centros de Población del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Auditoría de Inversiones Físicas: 10-0-16B00-04-1075 DE-101

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios generales y particulares establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2010, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera de los recursos federales aplicados por la Comisión Nacional del Agua en el Proyecto para comprobar que las inversiones físicas se planearon, programaron, presupuestaron, licitaron, contrataron y ejecutaron conforme a la legislación aplicable.

Alcance

Universo Seleccionado: 136,664.5 miles de pesos

Muestra Auditada: 136,664.5 miles de pesos

Representatividad de la Muestra: 100.0 %

Se revisó la totalidad del universo seleccionado por un monto de 136,664.5 miles de pesos reportados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2010, por ser susceptibles de verificarse en los contratos.

Antecedentes

La Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, mediante el oficio núm. CGPC/DT/1191/2008 del 7 de julio de 2008, solicitó la opinión de la CONAGUA respecto a la procedencia de emitir la Declaratoria de Emergencia. La CONAGUA emitió su opinión técnica con los oficios núms. BOO.-1135 y CA/050/2008 del 9 y 10 de julio de 2008, que en su parte conducente indican que, de acuerdo con el análisis de la información y la normatividad vigente, procede emitir la Declaratoria de Emergencia por las lluvias atípicas ocurridas en seis municipios del estado de Veracruz: el 4 de julio en Emiliano Zapata e Ixhuacán de los Reyes; el 5 y 6 en Naranjos y Amatlán y el 6 en Pánuco, Pueblo Viejo y Tlaltetela.

Con base en lo anterior, se emitió la Declaratoria de Emergencia por las lluvias atípicas registradas el 4, 5 y 6 de julio de 2008 en seis municipios del estado de Veracruz.

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Para los efectos de la auditoría, se revisaron tres contratos y un convenio de obras públicas y servicios por un total ejercido en 2010 de 72,088.3 miles de pesos y ocho pedidos por 64,576.2 miles de pesos, como se describe a continuación:

Contratos Revisados (Miles de pesos) Núm. de contrato o convenio Objeto Contratista

Periodo de ejecución real Importe 2009

pasivos Importe 2010 Inicio Término

SGIH-OCGN-VER-09-IH-001-RF-LP

Construcción y rehabilitación de la infraestructura hidráulica de protección de áreas productivas y centros de población, dañada por las lluvias atípicas ocurridas el 4, 5 y 6 de junio de 2008 (bordos del corral de Pánuco), del estado de Veracruz.

Conseer, S.A. de C.V. 18/05/2009 31/12/2010 21,038.1

Est. 8 y 9 34,510.7

SGIH-OCGN-VER-09-IH-007-RF-LP

Supervisión y control de calidad de la construcción y rehabilitación de la infraestructura hidráulica de protección de áreas productivas y centros de población, dañada por las lluvias atípicas ocurridas el 4, 5 y 6 de junio de 2008 (bordos del corral de Pánuco), del estado de Veracruz.

Constructora Xelaju, S.A. de C.V. 18/05/2009 31/12/2010

303.3

Est. 8 y 9 2,958.4

Convenio núm.SD-0609/09

Incremento de altura de la línea de alta tensión TPC-93150-MIA (230 KV), derivado de la construcción del bordo de protección en El Moralillo, municipio de Pánuco, estado de Veracruz.

Comisión Federal de Electricidad. Firma del convenio 14/12/2009 2,300.0 Convenio SGIH-OCGN-VER-08-IH-090-RF-D

Construcción de las obras de protección contra inundaciones en El Moralillo; municipio de Pánuco, estado de Veracruz.

Construcciones, Excavaciones y Urbanizaciones Monterrey, S.A. de C.V. Est. 15 (nov.de 2009) Est. 16 (dic.de 2009) 10,977.8 Est. 15 y 16 34,619.2 37,469.1

SUBTOTAL EJERCIDO EN OBRA 72,088.3

Núm. de contrato o pedido Objeto Proveedor Fecha pedido

Fecha límite

de entrega Fecha de entrega Importe pagado PE-1740-114/2009

Adquisición de 11 vehículos: 5 Dodge Dakota, Crew Cab SLT 4x2 modelo 2010; 3 Jeep Wrangler Sahara Unlimilited 4 puertas 4x4 modelo 2010; y 3 Jeep Wrangler automático 2 puertas 4x4, modelo 2010.

Automotriz Country Comercial, S.A.

de C.V. 03/12/2009 31/12/2009 21/12/2009 3,511.3

PE-1740-118/2009

Adquisición de 1 camión centro operativo, cabina regular, para atender emergencias, marca International.

Kasa International Abastecedora, S.A.

de C.V. 03/12/2009 31/12/2009 23/12/2009 1,804.7 PE-1740-117/2009 Adquisición de 5 vehículos marca Chevrolet Silverado

Pick Up 1500.

Distribuidora Automotriz de León,

S.A. de C.V. 09/10/2009 31/12/2009 21/01/2010 1,058.6 PE-1740-115/2009

Adquisición de 2 vehículos todo terreno 4X4 con transmisión automática, 4 puertas, marca Jeep tipo Liberty Sport, modelo 2010.

Autokam Regiomontana, S.A. de C.V. 03/12/2009 31/12/2009 24/12/2009 661.7

PE-0900-3/2010 Adquisición de una grúa hidráulica autopropulsada para

todo terreno RoughTerrain, marca Grove. Ameco Services, S. de R.L. de C.V. 09/03/2010 19/03/2010 19/03/2010 5,328.2 PE-0900-6/2010 Adquisición de 2 bombas autocebantes asistida

por vacío de 18” de succión x 16” de descarga. Aqualatin, S.A. de C.V. 24/05/2010 27/05/2010 25/05/2010 11,994.4 PE-0900-9/2010 Adquisición de 3 bombas de vacío de 12”x8”. Machinery Parts of México, S.A. de

C.V. 26/05/2010 10/07/2010 24/06/2010 10,275.0 PE-0900-8/2010 Adquisición de 3 bombas, marca Hydrosub. Productos Industriales Acuario, S.A. 26/05/2010 24/06/2010 15/06/2010 29,942.3

SUBTOTAL EJERCIDO EN PEDIDOS 64,576.2

TOTAL 136,664.5

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Resultados

1. De la revisión de los tres contratos (dos de obras públicas y uno de servicios), se obtuvo: que éstos se licitaron y adjudicaron de conformidad con la normativa vigente, y que en términos generales las obras se planearon, programaron y presupuestaron conforme a la legislación aplicable; que la integración y autorización de los precios unitarios contratados y pagados se efectuaron conforme a la normativa aplicable; que los pagos se ajustaron a los volúmenes de obra ejecutados; que se vigiló y controló, en su aspecto de calidad, la ejecución de los trabajos; que los trabajos se realizaron conforme la secuencia y tiempo previstos en los programas pactados en los contratos; que de los ocho pedidos realizados se licitó la mitad y la otra se adjudicó de conformidad con la normativa aplicable, y que el pago de las adquisiciones se ajustó a las partidas indicadas en los pedidos.

Asimismo, se comprobó que el convenio núm. SD-0609/09 se formalizó entre la Comisión Federal de Electricidad y la CONAGUA para incrementar la altura de la línea de alta tensión TPC-93150-MIA (230 KV), como consecuencia de la construcción del bordo de protección en la localidad El Moralillo, de conformidad con la normativa vigente.

2. Se observó que, en los contratos núms. OCGN-VER-09-IH-001-RF-LP y SGIH-OCGN-VER-09-IH-007-RF-LP, se elaboraron extemporáneamente las actas de entrega-recepción y en sus finiquitos no se consignan las firmas del residente o del supervisor de obra.

Mediante el memorando núm. BOO:00.R11.120/2011 del 12 de agosto de 2011 el Director General del Organismo de Cuenca Golfo Norte instruyó al Director de Infraestructura Hidroagrícola mediante el memorando núm. BOO.00.R11.-095/2011 y éste, al Residente de Obra con el memorando núm. BOO.00.R11.06.-435/2011, ambos del 5 de agosto de 2011, a fin de que se tomen las medidas pertinentes y, una vez terminadas las obras que realicen, agilicen las acciones establecidas para su entrega, elaborando oportunamente el acta de entrega-recepción, de acuerdo con la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas. Por lo anterior, la ASF determinó que se da por atendido el resultado.

3. En los contratos núms. 001-RF-LP y SGIH-OCGN-VER-09-IH-007-RF-LP, se observó que se efectuaron retenciones por 59.0 y 1.5 miles de pesos para la Secretaría de la Función Pública (SFP) y para el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción del 5 y 2 al millar por derechos de inspección, control y vigilancia de la SFP y para capacitación; sin embargo, la CONAGUA no acreditó los soportes documentales de los enteros a la Tesorería de la Federación y a dicho instituto.

Mediante el memorando núm. BOO.07.06.-0364 del 6 de septiembre de 2011, el Subgerente de Programas Institucionales y Especiales de la CONAGUA envió copia del memorando núm. BOO.00.R11.-507/2011 del 5 de septiembre de 2011, en el que la Dirección General del Organismo de Cuenca Golfo Norte enteró el 0.2% al Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción, correspondiente al contrato núm. SGIH-OCGN-VER-09-IH-007-RF-LP, mediante la CLC núm. 016-86477 del 23 de agosto de 2011 (2D.AP.2011.000805), por 0.49 miles de pesos, y 0.5% a la Secretaría de la Función Pública correspondiente a los contratos núms. 09-IH-001-RF-LP y SGIH-OCGN-VER-09-IH-007-RF-LP, mediante la CLC núm. 016-86482 del 23 de agosto de 2011

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(2D.AP.2011.000809), por 1.2 miles de pesos y la CLC núm. 016-86487 (2D.AP.2011.000808), por 59.0 miles de pesos, y la entrega extemporánea se debió a la instalación del Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP) en ese año en la dependencia, motivo de retraso, ya que no estaban capacitados de la forma de enterar. Asimismo, se enviaron los memorandos núms. BOO.00.R11.-109/2011 y BOO.00.R11.09.-1065/2011, ambos del 5 de septiembre de 2011, en los que el Director General del Organismo de Cuenca Golfo Norte instruyó al Director de Administración y al Jefe de Proyecto de Recursos Financieros para “que en lo subsecuente se realicen los enteros de las retenciones de 2 y 5 al millar efectuadas a las contratistas de obra pública y servicios relacionados con las mismas, de manera oportuna conforme a la normatividad vigente en la materia, a fin de evitar observaciones que pudieran conllevar a una responsabilidad administrativa así como el pago de recargos por concentración extemporánea”. Por lo anterior, la ASF determinó que se da por atendido el resultado.

4. Se observó que, para la construcción del proyecto, la CONAGUA registró en sus controles internos un monto ejercido de 136,664.5 miles de pesos; sin embargo, se comprobó que en el proyecto se reporta una inversión de 64,576.2 miles de pesos que corresponde a la adquisición de cinco vehículos Dodge Dakota, tres Jeep Wrangler Sahara, tres Jeep Wrangler automático, un Camión Centro Operativo, cinco Chevrolet Silverado, dos Jeep Liberty, una grúa hidráulica y ocho bombas, vehículos y equipo, que no fueron utilizados en la zona de inundaciones ocurridas en el estado de Veracruz, lo que denota falta de confiabilidad y veracidad en la información reportada.

Véase acción(es): 10-9-16B00-04-1075-08-001

5. Se observó que en relación con los pedidos núms. 114/2009 y PE-1740-117/2009, que amparan la adquisición de cinco vehículos Dodge Dakota, tres Jeep Wrangler Sahara, tres Jeep Wrangler automático, cinco Chevrolet Silverado y dos Jeep Liberty, la CONAGUA omitió aplicar sanciones de 685.5 miles de pesos a los proveedores por la entrega extemporánea de los vehículos adquiridos.

Mediante el memorando núm. B00.00.07.-377 del 12 de septiembre de 2011, la Gerencia de Protección a la Infraestructura y Atención de Emergencias aclara que en los pedidos núms. PE-1740-114/2009 y PE-1740-117/2009, las altas almacenarias emitidas por el jefe de manejo y control de inventarios son las que corresponden a la entrada del almacén y en las que consta que los bienes se recibieron antes del 31 de diciembre de 2009. Por su parte, las altas que se gestionaron en enero y marzo de 2010 corresponden al pago de pasivo de la regularización del cobro de 16.0%, de acuerdo con la miscelánea fiscal que entró en vigor ese año, además, los bienes se recibieron mediante “avisos de alta” que se emiten como resultado, de una consulta al histórico sistema SIMCA WEB, como una utilería del sistema que permite establecer el día exacto en que se gestionan en el sistema las altas de los vehículos. Sin embargo, la observación persiste debido a que existe duplicidad en las altas almacenarias.

Véase acción(es): 10-0-16B00-04-1075-01-001

6. Se observó, en las bitácoras de campo, que la CONAGUA dio de alta una grúa hidráulica y ocho bombas en el Centro Regional de Atención de Emergencias (CRAE), en

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Tlalnepantla, Estado de México, en diciembre de 2010; no obstante, dichos equipos ya habían sido enviados a diversos estados de la República entre julio y octubre del mismo año, sin que exista registro en la bitácora de su reingreso al CRAE en Tlalnepantla, Estado de México. Por otra parte, los vehículos adquiridos no cuentan con las bitácoras que permitan conocer su kilometraje de recorridos, sus consumos de gasolina y su ubicación.

Mediante el memorando núm. B00.00.07.-377 del 12 de septiembre de 2011, la Gerencia de Protección a la Infraestructura y Atención de Emergencias aclaró que debido a la falta de material oficial para el llenado de las bitácoras se abrieron de manera extemporánea, y que el control del equipo se realizó de manera diferente; asimismo, se constató la existencia física de los vehículos y su ubicación física en las instalaciones del CRAE Tlalnepantla, adjuntando también las bitácoras de combustible y las anotaciones correspondientes de kilometraje. Sin embargo, la observación persiste debido que en la bitácora de kilometraje no mencionan el tipo ni características de los vehículos, en el reingreso de los mismos lo realizaron con otro formato y con posterioridad llevando el record del equipo de manera diferente y no existe bitácora de entrada y salida de los vehículos adquiridos.

Véase acción(es): 10-0-16B00-04-1075-01-002

Acciones

Recomendaciones

10-0-16B00-04-1075-01-001.- Para que la Comisión Nacional del Agua se asegure de que no exista duplicidad en las altas almacenarias para el pago por la entrega de los vehículos adquiridos. [Resultado 5]

10-0-16B00-04-1075-01-002.- Para que la Comisión Nacional del Agua se asegure de contar con una bitácora de campo de todos los equipos y vehículos que permita controlar su ubicación, su kilometraje de recorrido y sus consumos de gasolina. [Resultado 6]

Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria

10-9-16B00-04-1075-08-001.- Ante el Órgano Interno de Control en la Comisión Nacional del Agua, para que realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión registraron en sus controles internos un monto ejercido de 136,664.5 miles de pesos, sin embargo se comprobó que el proyecto se reporta una inversión de 64,576.2 miles de pesos que corresponde a la adquisición de cinco vehículos Dodge Dakota, tres Jeep Wrangler Sahara, tres Jeep Wrangler automático, un Camión Centro Operativo, cinco Chevrolet Silverado, dos Jeep Liberty, una grúa hidráulica y ocho bombas, vehículos y equipos que no fueron utilizados en la zona de inundaciones ocurridas en el estado de Veracruz, lo que denota falta de confiabilidad y veracidad en la información reportada. [Resultado 4]

Recuperaciones Operadas

En el transcurso de la revisión se recuperaron recursos por 60.7 miles de pesos, con motivo de la intervención de la ASF.

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Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 5 observación(es), de la(s) cual(es) 2 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 3 restante(s) generó(aron): 2 Recomendación(es) y 1 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: negativo

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos; y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Comisión Nacional del Agua no cumplió con las disposiciones normativas aplicables, como se precisa en los resultados que se presentan en el apartado correspondiente de este informe, donde destacan los siguientes: 64,576.2 miles de pesos que corresponden a la diferencia de lo reportado con la Cuenta Pública, 60.7 miles de pesos por el entero extemporáneo del 2 y 5 al millar del ICIC y la SFP, elaboración extemporánea de actas de entrega-recepción y falta de bitácora para ubicación de vehículos adquiridos.

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Verificar que la información financiera del programa reportado en la Cuenta Pública 2010 se corresponde con los controles internos de la entidad fiscalizada.

2. Verificar que las obras se contrataron y ejecutaron de acuerdo con la normativa aplicable.

3. Verificar que las deducciones contractuales efectuadas a las contratistas fueron enteradas.

4. Verificar que la integración y autorización de los precios unitarios contratados y pagados se efectuaron de acuerdo con la normativa aplicable.

5. Verificar que los pagos de los conceptos se ajustaron a los volúmenes de obra ejecutados.

6. Constatar que el tipo y la calidad de los materiales empleados cumplieron las especificaciones indicadas.

7. Verificar que los trabajos se realizaron conforme a la secuencia y tiempo previstos en los contratos.

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8. Verificar que se levantaron las actas de entrega-recepción, se realizaron los finiquitos y se constituyeron las fianzas de vicios ocultos.

9. Verificar que las adquisiciones se pagaron de acuerdo con el número de bienes adquiridos en la fecha pactada.

Áreas Revisadas

El Organismo de Cuenca Golfo Norte y la Gerencia de Protección a la Infraestructura y Atención de Emergencias de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA).

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada se determinaron incumplimientos en las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: artículo 1, párrafo segundo. 2. Ley General de Contabilidad Gubernamental: artículo 33.

3. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público: artículo 53, párrafo primero.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones que derivaron de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto; fracción IV, párrafo primero; y párrafo penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32, 39, 49, fracciones I, II, III y IV; 55, 56 y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar y/o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación y que les dio a conocer esta entidad fiscalizadora para efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.

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