Sistema de Emisión
Electrónica
U
n comprobante de pago es un documento que acredita la
transferencia de bienes, su entrega en uso o la prestación
de servicios.
Se considera
comprobante de pago electrónico
a todo
documento que acredita la transferencia de bienes, su
entrega en uso o la prestación de servicios y otros
relacionados, emitido utilizando una herramienta informática
autorizada como tal por la SUNAT.
A diferencia de un comprobante de pago físico, la serie que
utiliza es alfanumérica:
Qué es un comprobante de pago
electrónico - cpe
Beneficios de uso del Comprobantes
de Pago Electrónicos
Qué documentos de pago se
pueden emitir electrónicamente
Comprobantes de pago:
Recibo por honorarios
Factura
Boleta de venta
Notas de crédito
Notas de débito
Recibos por Servicios Públicos
Otros documentos relacionados:
Comprobante de retenciones
Comprobante de percepciones
Guía de remisión
Quienes están obligados a emitir
comprobantes de pago electrónicos
PROCESO GRADUAL DE INCORPORACION
Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los
contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como
emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.
La SUNAT mantiene un
Padrón de Contribuyentes Obligados a ser Emisores
Electrónicos
La RS SUNAT indicará la fecha de inicio de la obligación de emitir CPE, si se
asigna dicha calidad respecto de todas o parte de sus operaciones y, si pueden
usar, indistintamente, cualquiera de los dos sistemas comprendidos en el SEE.
Obligatoriedad
Grupo Designado
A partir de
RS 374 – 2013/SUNAT
(28.12.2013)
(1)
Contribuyentes de la Intendencia de Principales
Contribuyentes Nacionales (239)
1.08.2015
Trabajador independiente que preste servicios
a Entidades de la Administración Pública (RHE)
01.10.2014
RS 287 – 2014/SUNAT
(20.09.2014)
Todo aquel trabajador independiente que
preste servicios a empresas
01 .01. 2015
RS 300 – 2014/SUNAT
(30.09.2014)
Contribuyentes de la Intendencia de Principales
Contribuyentes Nacionales.(778)
(2)
01.01.2016
Los Comprendidos en el Anexo J (4,959)
01.01.2015
RS 203 – 2015/SUNAT
(04.08.2015)
Contribuyentes de la Intendencia de Principales
Contribuyentes Nacionales. (520)
15.07.2016
Contribuyentes de la Intendencia Lima y
provincias (11,800)
01.12.2016 (*)
(1) RS 300- 2014/SUNAT amplió plazo hasta 01.08.2015
Obligatoriedad
Grupo Designado
A partir de
RS 246– 2016/SUNAT
(06.08.2016)
Designan Emisores Electrónicos del SEE, para un
mayor control sobre sus operaciones (2,484).
01.01.2017
RS 246 – 2016/SUNAT
(30.09.2016)
Contribuyentes con las siguientes “conductas”
(1)
:
-
Afectación en el RUC a Concepto (Tributo) con
baja de oficio
-
Afectación en el RUC a Concepto (Tributo) al
reactivar RUC con baja de oficio.
Vigente a partir del
01 .01. 2017 /
desde que ocurra
la conducta.
RS 238 – 2016/SUNAT
(30.12.2016)
Designan Nuevos Emisores Electrónicos SEE de
Facturas, Boletas y Notas
(1)
:
Agentes de percepción
01.07.2017
DEROGADA
RS 123 – 2017/SUNAT
(15.05.2017)
Contribuyentes bajo el siguiente “supuesto”
(1)
:
-
Brinde servicio de arrendamiento (sub) de Bs.
Inmuebles situados en el país que emita factura
respecto a dicha operación
A partir del
01.07.2017 /
desde que ocurra
el supuesto
(1) Se verifico que no realizaban actividades generadoras de obligaciones tributarias.
(2) Derogada por la RS 155- 2017/SUNAT
Obligatoriedad
RS 155– 2017/SUNAT
(28.06.2017)
Siempre que al 29.06.2017 no tenga la calidad de
Emisor Electrónico SEE
Grupo Designado
A partir de
-
Agentes de Retención y Percepción del IGV al
30.06.2017
-
Principales Contribuyentes Nacionales
-
Anexo I - RS 155-2017/SUNAT
01.01.2018
Anexo II - RS 155-2017/SUNAT
01.05.2018
Anexo III - RS 155-2017/SUNAT
01.08.2018
Obligatoriedad
RS 155– 2017/SUNAT
(28.06.2017)
Siempre que al 29.06.2017 no tenga la calidad de
Emisor Electrónico SEE
Todos los años, desde el 2017, designaciones
automáticas
Grupo Designado
A partir de
Realicen
exportaciones anuales
por un monto
igual o mayor a
75 UIT
-
Casilla 127 del PDT 621 de enero a diciembre.
-
Rectificatorias surtan efecto hasta 30 de abril
del año siguiente.
-
UIT vigente del año que se evalúa.
01 de noviembre
del año siguiente.
Obtengan
ingresos anuales
por un monto igual o
mayor a
150 UIT
-
Se considera como ingreso anual el mayor
monto de un cuadro comparativo entre DJ
Mensuales y la DJ Anual del año que se evalua.
-
Rectificatorias surtan efecto hasta 30 de abril
del año siguiente
-
UIT vigente del año que se evalúa.
01 de noviembre
del año siguiente.
Obligatoriedad
RS 155– 2017/SUNAT
(28.06.2017)
Siempre que al 29.06.2017 no tenga la calidad de
Emisor Electrónico SEE
Todos los años, desde el 2018, designaciones
automáticas a sujetos que se inscriban en el
RUC.
Grupo Designado
A partir de
-
Acogidos al MYPE Tributario o RER o ingresado
al Reg. General, con ocasión de la presentación
de su DJ Mensual de inicio de actividades, o
-
De no presentar DJ Mensuales, comunico como
tributo afecto alguno de los referidos regímenes.
Primer día
calendario del
tercer mes
siguiente al mes
de su inscripción.
En el caso de elección del Contribuyente
A partir del día calendario siguiente de notificada la
resolución que resuelve la solicitud de incorporación al
SEE del contribuyente ó al día calendario en que se emita
la primera factura o boleta de venta electrónica a través
de SEE-SOL.
La SUNAT mantiene actualizado el
Padrón de Emisores de Comprobantes de Pago
Electrónicos
que incluye emisores voluntarios.
Quienes pueden emitir
Cómo se generan los
comprobantes de pago electrónicos
Los comprobantes de pago electrónicos se generan a través de los
Sistemas de Emisión Electrónica –SEE, que a continuación se
detallan:
•
Sistema de emisión SOL - SEE SOL
(incluye APP SUNAT)
•
Sistema emisión del contribuyente
(*)
–SEE-SDC
(incluye PSE)
•
Sistema de emisión facturador – SEE-Facturador
•
Sistema de emisión del Operador de Servicios Electrónicos –
SEE OSE
Sistemas de Emisión Electrónica
y documentos que se emiten
Sistema de Emisión
Electrónica
Consumidor Final -
Sistemas de Emisión
Electrónica – SEE SOL
Sistema de emisión SOL - SEE SOL
Es el sistema de
emisión de
comprobantes de
pago electrónicos a
través del
Portal de
SUNAT Operaciones
en línea –SOL
; para
ello es necesario
contar con la Clave
OPCIONES DE CONSULTA
SEE - SOL
SEE SOL –
RECIBOS POR HONORARIOS
REALIZACION
DEL
SERVICIO
Autenticación
Generación RHE
Registro de Pagos
Generación Libro
(vigente hasta el 31.12.2016)
Sistema de emisión SOL - SEE SOL
• Además, se incluye en este
sistema la emisión de
comprobantes de pago a través
del
APP de SUNAT
, que es una
aplicación móvil (teléfonos
celulares, tablets) que permite
realizar operaciones (consulta
RUC, emisión de RHE, emisión
de Factura Simplificada, etc.)
previa autenticación con Clave
SOL.
Comprobantes que se pueden
emitir en SEE SOL
Sistemas de Emisión
Electrónica desde los
Sistemas del Contribuyente
–SEE-SDC
Sistema emisión del contribuyente –
SEE del contribuyente
Es el sistema que
permite la emisión de
los comprobantes de
pago electrónicos
desde
los sistemas
desarrollados o
adquiridos por el
contribuyente
; para lo
cual el contribuyente
debe haber sido
autorizado por la SUNAT
(a solicitud del
contribuyente o por
designación).
No es un aplicativo de SUNAT
Emisor
:
Certificado digital
Proceso de homologación
CPE
:
Estructura basada en XML
Representaciones impresas con códigos
de barras
La numeración alfanumérica es
gestionada por el emisor electrónico.
Si se utiliza un PSE no se requiere
SEE-SDC - Factura
Documento electrónico
(archivo) generado en
formato XML de acuerdo a
las características y
condiciones establecidas
por la SUNAT (estándar
UBL y certificado digital).
Sirve para deducir crédito
fiscal del IGV y sustentar
costo o gasto para efectos
del Impuesto a la Renta.
Tiene la misma validez
que un comprobante
físico y es más segura.
Los datos de la factura
papel estructurados en
XML según lo indicado
por SUNAT
Certificado digital
Factura
electrónica
SEE-SDC - Factura
¿Cómo se ve una factura
electrónica en XML?
Boleta de Venta Electrónica
SEE – Del contribuyente
EMISOR
ELECTRONICO
AUTORIZADO
3
Valida
y
emite
CDR
Aceptado
/
Rechazado
SUNAT
Envía
Resumen
diario
de
boletas
y
notas
2
RECEPTOR
Emite
y
entrega
boleta
de
venta
electrónica
Representación
impresa
de
la
Boleta
Venta
o
Nota
formato
digital
1
Representación impresa de una
factura o boleta electrónica
Comprobantes que se
Importante
El contribuyente designado emisor electrónico del SEE, apartir de la
fecha de vigencia de su designación, la única forma en la que podrá emitir
sus comprobantes de pago (facturas, boletas de venta, notas de crédito y
notas de débito) será electrónicamente.
A partir de dicha fecha, en adelante, los comprobantes físicos que emita
no servirán a su cliente para:
• Deducir costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta.
• Sustentar Crédito Fiscal, en los casos en que el pago no haya sido
efectuado mediante depósito en cuenta, giro, transferencia de fondos,
orden de pago, tarjeta de débito o crédito; o cheque (no negociable,
intransferible, no a la orden).
Contingencia
Salvo que por causas no imputables al emisor electrónico (SOL o
Del Contribuyente), se tenga que emitir un comprobante físico
impresos por imprenta autorizada, este debe ser comunicado a la
SUNAT, como declaración jurada informativa, denominada “
Resumen
de Comprobantes Impresos
”.
Motivos
(Códigos del Archivo Resumen – Anexo 11):
1. Conexión Internet.
2. Fallas fluido eléctrico.
3. Desastres naturales.
4. Robo.
5. Fallas en el sistema de emisión electrónica.
6. Ventas por emisores itinerantes.
Campo Long. Descripción Formato
Observaciones
1 1 Motivo Numérico
Códigos de los motivos : 1 Conexión internet, 2. Fallas fluido eléctrico. 3.Desastres Naturales. 4. Robo. 5. Fallas en el sistema de emisión electrónica, 6 ventas por emisores itinerantes, 7 otros
2 10 Fecha de emisión del comprobante de pago, nota de débito o nota de
crédito DD/MM/AAAA
3 2 Tipo de comprobante de pago, nota de débito o nota de crédito Numérico Según catalogo N° 1 del Anexo 8. Solo se permite 01, 03,07,08 y 12
4 Hasta 20
Número de serie del comprobante de pago, nota de credito o nota de debito y en el caso del ticket o cinta emitido por máquina registradora, el número de serie de fabricación de dicha máquina. Alfanumérico
Debe estar dentro del rango autorizado, salvo que se trate de tickets o cintas emitidos por máquina registradora (tipo comprobante 12)
5 Hasta 20
Número correlativo de cada nota de crédito, nota de débito o comprobante de pago y ticket o cinta emitido por máquina registradora a que se refiere el numeral 5.3 del artículo 4° del RCP. En los demás casos (tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que no sustenten derecho a crédito fiscal ni gasto o costo para efectos tributarios) registrar el número inicial del rango de tickets.
Numérico
Debe estar dentro del rango autorizado, salvo que se trate de tickets o cintas emitidos por máquina registradora. En los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que no sustentan derecho a credito fiscal ni gasto o costo para efectos tributarios se indicará, en el campo respectivo, el importe total de las operaciones realizadas en el día y por máquina registradora.
6 Hasta 20
En caso de los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que no sustentan derecho a credito fiscal ni gasto o costo para efectos tributarios registrar el número final del rango de ticket. Numérico
En caso de los tickets o cintas emitidos por máquinas registradoras que no otorguen derecho a crédito fiscal ni costo o gasto para efectos tributarios, se indicará, en el campo respectivo, el importe total de las operaciones realizadas en el día y por máquina registradora 7 1 Tipo de documento de Identidad del adquirente o usuario Alfanumérico
Según catalogo N° 6 del Anexo 8 8 Hasta 15 Número de documento de Identidad del adquirente o usuario Alfanumérico
En caso sea RUC, deberá ser válido. 9 Hasta 60
Apellidos (paterno y materno) y nombres , denominación o razón
social del adquirente o usuario. Alfanumérico
validar campo lleno
10 decimales, sin comas de milesHasta 12 enteros y hasta 2 Total valor venta operaciones gravadas Numérico Importe cero (0.00) de no corresponder 11 Hasta 12 enteros y hasta 2
decimales, sin comas de miles Total valor venta operaciones exoneradas Numérico
Importe cero (0.00) de no corresponder 12 Hasta 12 enteros y hasta 2
decimales, sin comas de miles Total valor venta operaciones inafectas Numérico
Importe cero (0.00) de no corresponder 13 Hasta 12 enteros y hasta 2
decimales, sin comas de miles Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, de ser el caso Numérico
Importe cero (0.00) de no corresponder 14 Hasta 12 enteros y hasta 2
decimales, sin comas de miles
Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal - IGV y/o IPM. Numérico
Importe cero (0.00) de no corresponder 15 Hasta 12 enteros y hasta 2
decimales, sin comas de miles Otros tributos y otros cargos que no forman parte del valor de venta Numérico
Importe cero (0.00) de no corresponder 16 Hasta 12 enteros y hasta 2
decimales, sin comas de miles Importe total de la venta, cesión en uso o del servicio prestado Numérico
Importe cero (0.00) de no corresponder
17 2 Tipo del comprobante de pago que se modifica Numérico Campo obligatorio si el tipo de comprobante de pago (campo 3) es 07 u 08 18 Hasta 20 Número de serie del comprobante de pago que se modifica Alfanumérico
Campo obligatorio si el tipo de comprobante de pago (campo 2) es 07 u 08 .
Si el tipo de comprobante de pago es 01, 03 1 La longitud debe ser 4
2 Campo alfanumérico
19 Hasta 20 Número del comprobante de pago que se modifica. Alfanumérico Campo obligatorio si el tipo de comprobante de pago es 07, 08
ANEXO N° 11
ARCHIVO - RESUMEN DE COMPROBANTES IMPRESOS
Importes Totales del documento
Informacion adicional
Fecha de emision
Datos del documento
Datos del adquierente o usuario